Este documento presenta el alegato de un estudiante, Alexis Eduardo Wilson Valenzuela, cuyo recurso de protección solicita se acoja en todas sus partes. El estudiante fue expulsado arbitrariamente por el consejo académico de su universidad luego de ser condenado por un delito menor, a pesar de que no era estudiante al momento del hecho y no se le dio derecho a defensa. La expulsión vulnera sus derechos a no ser juzgado por comisiones especiales y a la propiedad sobre su matrícula. Se solic
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Este documento presenta el alegato de un estudiante, Alexis Eduardo Wilson Valenzuela, cuyo recurso de protección solicita se acoja en todas sus partes. El estudiante fue expulsado arbitrariamente por el consejo académico de su universidad luego de ser condenado por un delito menor, a pesar de que no era estudiante al momento del hecho y no se le dio derecho a defensa. La expulsión vulnera sus derechos a no ser juzgado por comisiones especiales y a la propiedad sobre su matrícula. Se solic
Este documento presenta el alegato de un estudiante, Alexis Eduardo Wilson Valenzuela, cuyo recurso de protección solicita se acoja en todas sus partes. El estudiante fue expulsado arbitrariamente por el consejo académico de su universidad luego de ser condenado por un delito menor, a pesar de que no era estudiante al momento del hecho y no se le dio derecho a defensa. La expulsión vulnera sus derechos a no ser juzgado por comisiones especiales y a la propiedad sobre su matrícula. Se solic
Este documento presenta el alegato de un estudiante, Alexis Eduardo Wilson Valenzuela, cuyo recurso de protección solicita se acoja en todas sus partes. El estudiante fue expulsado arbitrariamente por el consejo académico de su universidad luego de ser condenado por un delito menor, a pesar de que no era estudiante al momento del hecho y no se le dio derecho a defensa. La expulsión vulnera sus derechos a no ser juzgado por comisiones especiales y a la propiedad sobre su matrícula. Se solic
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MINUTA ALEGATO.
Con la venia del seor presidente y ministros presentes, doy comienzo a mi
alegato en representacin del recurrente: Alexis Eduardo Wilson Valenzuela. Solicitando desde ya, se acoja el recurso de proteccin en todas sus partes, con expresa condenacin en costas.
El da viernes 18 de abril, el destacado alumno de tercer ao de la carrera de ingeniera mecnica de la universidad tierra nueva, se entera por medio del Director Docente que durante horas de la maana, el consejo acadmico de la universidad se haba reunido y haba decidido cancelar su matrcula segn lo dispuesto en el art. 15 del reglamento de derechos y deberes de los estudiantes, el cual dispone que si un alumno es condenado por la comisin de un crimen o simple delito queda de inmediato extra matriculado, salvo que el consejo, determine lo contrario.
Dicha situacin sorprendi al alumno, pues este desconoca por completo que el consejo acadmico se reunira a deciros sobre su continuidad en la casa de estudios, pues no se le notifico de la sesin especial que tendra el consejo, tal como lo seala el art. 20 del reglamento de la universidad, el cual entrega un derecho a defensa a los alumnos, frente al consejo acadmico, ante este tipo de situaciones.
Si bien es efectivo que Wilson Valenzuela fue condenado el 16 de diciembre de 2011 a una pena de 61 das de presidio menor en su grado mnimo por el Juzgado de Garanta de Quilpu, es importante sealar, que Wilson Valenzuela, se matricula en la Universidad Tierra nueva 4 das despus de haber cumplido con su pena. Hecho no menor su SSI, porque el art. 15 del reglamento ya mencionado, hace referencia a SI UN ALUMNO ES CONDENADO, es decir habla en un tiempo presente, pero como se detallo anteriormente Wilson Valenzuela no era parte de la casa de estudios cuando fue condenado, por lo que no le cabra la aplicacin de este art para ser desvinculado de la Universidad.
Adems SS, es importante indicar, que la parte recurrida en su informe, seala que Wilson Valenzuela oculto el hecho de ser condenado, lo que estiman atenta contra los preceptos y el espritu de la institucin, lo cual no es correcto, pues para matricularse en la Universidad Tierra nueva, no es requisito presentar extracto de filiacin de antecedentes por lo que es imposible que mi representado oculte informacin, cuando esta jams se le ha requerido. Es por eso SSI, que esta parte estima, que el Consejo Acadmico aplico de manera arbitraria el reglamento a Wilson Valenzuela, pues sus preceptos no se condicen con la realidad de los hechos.
Estos hechos SS, vulneran lo establecido en la CPR en su art. 19, n 3 inc. 4 en lo referido a que nadie puede ser juzgado por comisiones especiales
Y la doctrina ha sealado que comisin especial es un grupo de personas reunidos para juzgar un caso concreto o a una determinada persona o grupo de personas en particular, sin que se garantice la imparcialidad del juzgador.
Definicin que se condice con el actuar del Consejo Acadmico, pues este se rene de manera especial slo para juzgar y as expulsar a mi representado, por hechos sucedidos con anterioridad a que este formara parte de la casa de estudios y que adems ya haban sido juzgados por un tribunal competente, adems el concejo carece de imparcialidad pues est conformado nicamente por directivos de la universidad que slo velan por los intereses de esta.
Tambin SSI, se ha vulnerado el art. 19 n 24 inc primero que garantiza el derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales y tal como lo seala el art 583 del cdigo civil sobre los bienes incorporales hay, tambin una especie de propiedad.
Respecto a esto, la Corte de Apelaciones de Valparaso, en fallo de recurso de proteccin, Rol 383-2007 Caratulado Pablo Quiroz Olivares contra Consejo Acadmico y sostenedor de colegio Andrs Bello, ha sealado Que es obvio que de un contrato educacional, se desprende, para el alumno y su apoderado, un derecho de propiedad sobre un bien incorporal.
En la actualidad SS, es indiscutible que al celebrarse un contrato de matrcula, se incorpora al patrimonio del estudiante un derecho incorporal a que se le preste el servicio educacional convenido, derecho incorporal, protegido por el derecho de propiedad, por lo que la medida de cancelar la matricula de Wilson Valenzuela, es una grave vulneracin al derecho de propiedad que este tiene sobre su matrcula.
Por tanto, en merito de estos antecedentes, solicito a VSI, se sirva en acoger el todas sus partes el recurso interpuesto, condenando en costas a la parte recurrida.
Siendo esto, todo cuando puedo alegar, doy por finalizado mi alegato.