Este documento analiza el marco normativo ambiental en el Perú. Señala que si bien las leyes generales del ambiente y el sistema de gestión ambiental cubren los aspectos fundamentales, existen vacíos importantes en normas de aplicación como los estándares de calidad ambiental de agua y suelo, y reglamentos sobre evaluación de impacto ambiental, fiscalización, acceso a información y participación ciudadana. Además, faltan límites máximos permisibles para muchas actividades. Por lo tanto, existe un déficit normativo significativo que debe ser l
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Este documento analiza el marco normativo ambiental en el Perú. Señala que si bien las leyes generales del ambiente y el sistema de gestión ambiental cubren los aspectos fundamentales, existen vacíos importantes en normas de aplicación como los estándares de calidad ambiental de agua y suelo, y reglamentos sobre evaluación de impacto ambiental, fiscalización, acceso a información y participación ciudadana. Además, faltan límites máximos permisibles para muchas actividades. Por lo tanto, existe un déficit normativo significativo que debe ser l
Este documento analiza el marco normativo ambiental en el Perú. Señala que si bien las leyes generales del ambiente y el sistema de gestión ambiental cubren los aspectos fundamentales, existen vacíos importantes en normas de aplicación como los estándares de calidad ambiental de agua y suelo, y reglamentos sobre evaluación de impacto ambiental, fiscalización, acceso a información y participación ciudadana. Además, faltan límites máximos permisibles para muchas actividades. Por lo tanto, existe un déficit normativo significativo que debe ser l
Este documento analiza el marco normativo ambiental en el Perú. Señala que si bien las leyes generales del ambiente y el sistema de gestión ambiental cubren los aspectos fundamentales, existen vacíos importantes en normas de aplicación como los estándares de calidad ambiental de agua y suelo, y reglamentos sobre evaluación de impacto ambiental, fiscalización, acceso a información y participación ciudadana. Además, faltan límites máximos permisibles para muchas actividades. Por lo tanto, existe un déficit normativo significativo que debe ser l
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Entre las normas propiamente ambientales, conformadas por las leyes
generales del ambiente y las normas derivadas de ellas, las normas
sectoriales de relevancia ambiental (que regulan los componentes ambientales de bienes de regulacin sectorial, como el agua o los bosques), y las normas de relevancia ambiental casual, que teniendo impactos sobre lo ambiental no tienen en este ltimo punto su principal materia de preocupacin. Otro criterio de clasificacin (que se puede agregar al anterior) distingue entre lo que denominaremos normas de resultado y las normas de aplicacin. Las primeras son las que consagran el derecho a un ambiente adecuado y su contenido. Por ejemplo, el artculo que consagra el Derecho a un ambiente adecuado establecido en la Constitucin, las normas que definen la calidad del aire adecuado para vivir, o del agua, o del suelo, o los niveles de ruido que son tolerables por las personas como es el caso de los Estndares Nacionales de Calidad Ambiental (ECA).
De otro lado, las normas de aplicacin son bloques normativos (conjunto de normas) que regulan instrumentos de gestin ambiental (con el fin de alcanzar las normas de resultado). Aqu podemos a su vez distinguir dos tipos de mandatos: entre aquellos orientados a la administracin, normas que determinan qu actividades o acciones debe realizar la administracin; de aquellos mandatos dirigidos al administrado y que estos deben cumplir para la adecuada aplicacin de los instrumentos de gestin ambiental. Ejemplo de este ltimo caso lo constituyen los Lmites Mximos Permisibles de emisin.
A partir de estos criterios podemos intentar un anlisis sobre la supuesta saturacin normativa. El Per cont con su primera norma propiamente ambiental en el ao 1990 con la promulgacin del Cdigo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales (Decreto Legislativo N 613). Hoy esta norma ha sido reemplazada por la reciente Ley General del Ambiente (Ley N 28611). Esta ltima junto con la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestin Ambiental (Ley N 28245) dictada en el 2004, constituyen el ncleo de la legislacin peruana. El marco general parece entonces estar adecuadamente cubierto, y esto incluye una buena regulacin de los derechos, deberes, principios, polticas e instrumentos bsicos para la gestin ambiental contenidos en los mencionados cuerpos normativos. Sin embargo, otros aspectos de gran importancia que requieren expresin legal como lo son los Estndares de Calidad Ambiental estn incompletos, faltando normas tan importantes como los ECA de Agua y de Suelo.
Si vamos por el lado de las normas de aplicacin podemos identificar importantes vacos. El principal es un marco normativo incompleto en materia de prevencin, debido a que no se dicta hasta la fecha el reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluacin de Impacto Ambiental. Por dicha razn no importantes reas de la actividad productiva y de servicios no se encuentran bajo el mbito de este instrumento (ejemplos: proyectos de saneamiento, infraestructura urbana, etc.) Tampoco se cuenta todava con el Rgimen Comn de Fiscalizacin Ambiental (donde se regula adems el rgimen de incentivos y sanciones ambientales), con un Reglamento general en materia de acceso a la informacin y participacin ambiental, y reglamentos en materia de tratamiento de pasivos y planes de descontaminacin. Lo mismo se puede decir de la ausencia de lmites mximos permisibles en la gran mayora de actividades, con lo cual se dificulta enormemente cualquier accin destinada a incentivar conductas ambientalmente adecuadas. Ni la actividad industrial pesquera, ni los servicios de saneamiento, por mencionar dos de las de mayor relevancia, carecen de estas normas. Un panorama ms desarrollado se encuentra en las normas vinculadas con la conservacin de la naturaleza. A esto debe agregarse la necesidad de reformar las normas penales que regulan las afectaciones al bien jurdico ambiente, tal como se define en la Ley General del Ambiente, y las mejoras que se requieren para facilitar el acceso de los ciudadanos y ciudadanas a los mecanismos de acceso a la justicia ambiental. Finalmente, pero no menos importante, todava encontramos vacos en la asignacin de responsabilidades en materia de gestin pblica ambiental. A esto debe agregarse tambin la dacin de normas sectoriales como la Ley General de Aguas, cuya relevancia para la gestin ambiental es crtica.
Por lo tanto, queda claro que el dficit normativo es importante. No obstante, consideramos que la afirmacin de que existen muchas leyes responde, adems de un asunto metodolgico tal como hemos mostrado, a dos razones. Una, a la reaccin de quienes ven en la mejora de la regulacin una afectacin en el corto de plazo de intereses particulares; como a la frustracin de otros actores frente a los problemas que persisten en la regulacin ambiental. Desde luego, centrar el objetivo del fortalecimiento institucional en slo el tema legal es un error. La existencia de capacidades y herramientas de aplicacin es central. Y desde luego, contar con los recursos financieros que permitan ejecutar una poltica sensata de aplicacin y cumplimiento de las normas ambientales. Dictar dispositivos legales sin considerar estas restricciones constituye un problema, lamentablemente compartido por otras reas de la regulacin legal. Pero tambin es necesario recordar que las leyes expresan prioridades de la sociedad, y que por lo tanto, constituyen una fuerza que puede impulsar cambios importantes al interior de la gestin pblica
El acceso al agua y su relación con las políticas públicas para los esquemas de pago por servicios ambientales (PSA): Reflexiones comparadas desde América Latina