Cesantia en Edad Avanzada ENSAYO
Cesantia en Edad Avanzada ENSAYO
Cesantia en Edad Avanzada ENSAYO
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una Institucin del gobierno federal,
autnoma y tripartita (Estado, Patrones y Trabajadores), dedicada a brindar servicios de
salud y seguridad social a la poblacin que cuente con afiliacin al propio instituto,
llamada entonces asegurado y derechohabiente. En esta unidad se hablar de los ramos
de Rgimen obligatorio y Rgimen voluntario, los cual se ver enseguida.
LEY DEL SEGURO SOCIAL
DEL RAMO DE CESANTIA EN EDAD AVANZADA
ENSAYO
Artculo 154. Para los efectos de esta Ley existe cesanta en edad avanzada cuando el
asegurado quede privado de trabajos remunerados a partir de los sesenta aos de edad.
Prrafo reformado DOF 20-12-2001
Para poder adquirir las prestaciones de cesanta en edad avanzada es necesario que la
persona est asegurada ante el Instituto de Seguridad Social y tenga una mnima de mil
doscientos cincuenta cotizaciones semanales.
Si el trabajador que tiene sesenta aos o ms no rene las mil doscientos cincuenta
semanas de cotizacin que se requiere, podr retirar todo su dinero o por lo contrario
esperar a reunir la cantidad de cotizacin que se requiere para poder recibir su pensin.
Si el trabajador asegurado tiene cotizadas un mnimo de setecientos cincuenta semanas,
tendr derecho a las prestaciones del seguro de enfermedades y de maternidad.
Artculo 155. Si en dado caso de que no pueda recibir dichas prestaciones, el instituto de
seguridad social est obligado a prestarle otros tipos de prestaciones tales como:
I.
II.
III.
IV.
Pensin
Asistencia mdica del seguro de enfermedades y maternidad
Asignaciones familiares y
Ayuda asistencial
Artculo 156. La pensin que debern recibir todos los trabajadores de cesanta en edad
avanzada comenzar solamente cuando el asegurado cumpla con el tiempo de
cotizaciones requeridas.
Artculo 157. Los trabajadores asegurados que renan el mnimo de mil doscientos
cincuenta semanas de cotizacin podrn disponer de su cuenta privada para hacer uso de
ella la cual le da derecho a optar por alguna de las siguientes alternativas:
I.
II.
Ambos estn sujetos a las reglas de la Ley del Seguro Social y la Ley de
Conformidad, que expida la Comisin Nacional del Sistema de ahorro para el
Retiro.
Arculo 158. El trabajador asegurado podr pensionarse antes de cumplir los sesenta
aos de edad siempre y cuando su pensin sea superior al treinta por ciento, una vez
cubierta la prima de seguro de sobrevivencia para sus beneficiarios, la disposicin
de su cuenta como de sus rendimientos estar exento a pago de contribuciones.
Artculo 159. Se podr abrir una cuenta individual por cada asegurado para que ah
se pueda depositar las cuotas obrero-patronales y estatales por concepto de seguro
de retiro, cesanta en edad avanzada y vejez, as como los rendimientos. Respecto de
VII. Monto constitutivo es la cantidad de dinero que se requiere para contratar los
seguros de renta vitalicia y de sobrevivencia con una institucin de seguros.
VIII. Suma asegurada es la cantidad que resulta de restar al monto constitutivo el
saldo de la cuenta individual del trabajador.
La renta vitalicia y el seguro de sobrevivencia, que otorguen de acuerdo a lo
previsto en los seguros de riesgos de trabajo, invalidez y vida y retiro, cesanta en
edad avanzada y vejez, las instituciones de seguros se sujetarn a las reglas de
carcter general que expida la Comisin Nacional de Seguros y Fianzas,
oyendo previamente la opinin de la Comisin Nacional del Sistema de Ahorro para
el Retiro.
Artculo 160. El pensionado que se encuentre disfrutando de una pensin de
cesanta en edad avanzada, no tendr derecho a una posterior de vejez o de
invalidez.
ANEXOS
Pensin
Edad
Porcentaje de la pensin
Vejez
60
75%
61
80%
62
85%
63
90%
64
90%
65
100%
Requisitos:
Fuente: ISSSTE
Negativa de Pensin
Si tienes 60 aos o ms pero no cumples con los requisitos, el IMSS te emitir
una NEGATIVA DE PENSIN. Si te dan una NEGATIVA DE PENSIN y tienes
recursos en tu cuenta de AFORE, podrs retirarlos en una sola exhibicin de acuerdo a
lo siguiente:
Referencias Bibliogrficas
http://www.inegi.org.mx/est/contenidos/proyectos/aspectosmetodologicos/clasificadoresycatalogos/d
oc/federal/LDSS.pdf
http://www.consar.gob.mx/principal/info_gral_trabajadores-imss_retiro_total_01.aspx
https://www.xxi-banorte.com/aforexb/retiros/cesantia_en_edad_avanzada_y_vejez.aspx
Conclusin
En los temas anteriormente vistos nos podemos dar cuenta de la importancia de
conocer nuestros derechos como trabajadores y todos los beneficios que nos pueden
otorgar lo cual son grandes ventajas tanto para nuestro presente en cuanto a riesgos
de trabajo, enfermedades y maternidad, como para nuestro futuro que son los
beneficios de cesanta en edad avanzada y vejez, cabe mencionar que los beneficios
abarca a varios integrantes de tu familia los cual es otro gran beneficio lo cual
tenemos el respaldo de la ley.