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Querella 15
Querella 15
Querella 15
RELACION DE HECHOS:
DEL RELATO CIRCUNTANCIADO
DEL HECHO
CON
INDICACION
DE
PARTICIPES Y VICTIMAS
1. Comparezco como agraviado por lo que relaciono los siguientes hechos: a)
hizo
mi
empresa
denominada
comercial
Morales
de
treinta y tres, con fecha quince de enero del ao dos mil catorce, con el objeto de
cobrarlo a travs de compensacin bancaria, siendo el caso que el mismo fue
rechazado por falta de fondos, habindosele impreso por parte del Banco de
Desarrollo Rural Sociedad Annima, el sello en su parte reversa que se le
textualmente: de DESARROLLO RURAL SOCIEDAD ANONIMA, Este cheque fue
presentado con fecha Rechazado por falta de fondos, firma ilegible, 15/02/2015. El
cheque identificado con anterioridad tiene la firma que corresponde al seor: JUAN
PEREZ VICENTE, en su parte inversa, habindose consumado el delito de estafa
mediante cheque contenido en el artculo 268 y 71 del Cdigo Penal, ya que
existi en el autor el propsito y/o resolucin criminal de estafa en el patrimonio a
mi persona, la falta de pago del cheque del cual hago preferencia est ocasionado
daos y perjuicios al patrimonio de mi persona en virtud de que fui estafado y
defraudado por el ahora sindicado JUAN PEREZ VICENTE.
1. El nico participe en la comisin del presente hecho ilcito es el seor JUAN
PEREZ VICENTE, en virtud de que aparece y me consta que el fue quien firmo el
inferido cheque, c) DE LA VICTIMA: La victima en el presente caso es mi persona
en
tiempo
para
su
canje
de
conformidad
con
la
ley
del Cdigo Penal, toda vez que el sindicado, giro el cheque relacionado
debidamente identificado, a sabiendas que dicho titulo de crdito no iba hacer
cancelado por el banco girado ya que la cuenta de depsitos monetarios no estaba
provista de fondos suficientes razn por la que se deduce existi animo o dolo en
defraudar en el patrimonio, a mi persona, puesto que con antelacin tenia
conocimiento de la insuficiencia de fondos para hacer efectivo aquel titulo de
crdito.
FORMA
DE
PARTICIPACION,
GRADO
DE
EJECUCION
CIVIL
REPARADORA:
I)
DE
LA
la
citacin
juicio
lo
haga
comparecer
para
identificarlo
10. Se
declare
con
lugar
la
accin
civil
reparadora
que
ejercito,
DE
LEYES:
ARTICULOS:
5,ll,12,13,21,24
Quater,
37,40,43,48,71,117,121,122,129,132,160,161,166,167,172,177,181,182,186,244,2
45,255,302,332
Bis,474,475,476,477,480
del
Cdigo
Procesal
Penal.
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