Reglamento Interno de Grados y Titulos FCCF
Reglamento Interno de Grados y Titulos FCCF
Reglamento Interno de Grados y Titulos FCCF
REGLAMENTO INTERNO
DE GRADOS Y TTULO
RESOLUCIN N203-2010-UNHEVAL-FCCF/CF
HUNUCO
PER
2010
Art. 2
Art. 3
Art. 4
El presente Reglamento Interno de Grados y Ttulos norma los procedimientos para el proceso de graduacin y
titulacin de los alumnos de la Facultad de Ciencias Contables y Financieras, y del Programa de Profesionalizacin de
la Universid2ad Nacional Hermilio Valdizn.
De acuerdo a lo establecido en el Art. 18 de la Ley Universitaria N 23733, cada Universidad seala los requisitos para
la obtencin de los grados acadmicos y ttulos profesionales correspondientes.
La Universidad Nacional Hermilio Valdizn, a travs de las Facultades, otorga a Nombre de la Nacin grados
acadmicos de bachiller, ttulos profesionales, diplomas de especializacin y otros similares.
La base legal del presente Reglamento Interno est conformada por las disposiciones especficas contenidas en la
Constitucin Poltica del Per, en la Ley Universitaria N 23733, en el Decreto Legislativo N 739, en el Estatuto de la
UNHEVAL y en el Reglamento General de Grados y Ttulos de la UNHEVAL (R. N 014-2007UNHEVAL-CU).
CAPTULO II
DEL GRADO ACADMICO DE BACHILLER
Art. 5
Para obtener el Grado Acadmico de Bachiller se requiere la presentacin del expediente que consta de una solicitud
dirigida al Decano de la Facultad, en especie valorada adquirida en la Caja de Tesorera de la UNHEVAL, adjuntando
los siguientes documentos:
a. Certificado de Estudios superiores de pregrado, segn los aos y/o semestres de duracin de la carrera profesional,
originales y sin enmendaduras.
b. Resolucin de haber realizado las Practicas Preprofesionales, de acuerdo al respectivo Reglamento de Prcticas
Preprofesionales de la Facultad.
c. Recibo expedido por Caja de Tesorera o de una entidad financiera autorizada, por concepto de Grado de Bachiller,
segn la tasa educacional vigente.
d. Constancias de no adeudar por ningn concepto a la UNHEVAL, cuya validez y vigencia es por dos meses, que
pueden ser actualizadas, sin el requisito de un nuevo pago por dicho concepto.
e. Partida de nacimiento original.
f. Cuatro (04) fotografas actualizadas de frente, tamao pasaporte, a colores, en fondo blanco, con terno.
g. Copia legalizada del Documento Nacional de Identidad (DNI).
h. Declaracin Jurada de no tener antecedentes policiales, penales o judiciales.
i. Recibo por concepto de sobre manila.
j. Un dossier con el logotipo de la UNHEVAL y de la Facultad conteniendo los documentos mencionados
anteriormente.
Art. 6
El Decano deriva el expediente a la Comisin Permanente de Grados y Ttulos para su opinin; sta a su vez presenta
el informe escrito al Decano en el trmino de cinco (05) das hbiles. Si, en el informe se opina por la procedencia, el
Consejo de Facultad aprobar el otorgamiento del Grado Acadmico de Bachiller, emitiendo la resolucin
correspondiente. El expediente se elevar al Vicerrector Acadmico para que, con la opinin favorable de la Jefatura de
la Unidad de Grados y Ttulos, que debe ser en un plazo no mayor de cinco (05) das hbiles, lo remita al Rector para
conocimiento del Consejo Universitario, encargado de conferir el Grado Acadmico, de acuerdo al Art. 32, inciso f), de
la Ley Universitaria, y del Art. 73, inciso h), del Estatuto de la UNHEVAL. De existir observaciones en cualquiera de las
instancias, se comunicar al interesado para que las subsane.
CAPTULO III
DEL TTULO PROFESIONAL
Art. 7
Art. 8
Art. 9
Lo normado en el presente Reglamento para la titulacin profesional es para quienes han obtenido el Grado Acadmico
de Bachiller.
De acuerdo a lo sealado en la Ley Universitaria N 23733 y en el Decreto Legislativo N 739, la Universidad Nacional
Hermilio Valdizn ofrece cuatro modalidades distintas para optar el Titulo Profesional:
MODALIDAD A. Presentacin, sustentacin y aprobacin de una Tesis.
MODALIDAD B. Presentacin, sustentacin y aprobacin de un Informe de Experiencia Profesional.
MODALIDAD C. Aprobacin de un Examen escrito y de un Examen Oral de Suficiencia Profesional.
MODALIDAD D. Programa de Profesionalizacin.
Para acceder a cualquiera de las modalidades para optar el Ttulo Profesional, el Bachiller debe presentar una solicitud,
en el Formato nico de Trmite adquirido en la Caja de Tesorera de la UNHEVAL, dirigida al Decano de la Facultad,
especificando la modalidad elegida, adjuntando lo siguiente:
Art. 10
Art. 11
Art. 12
Art. 13
Art. 14
Art. 15
Art. 16
Art. 17
Art. 26
Art. 27
Art. 28
Art. 29
El profesor Asesor de Tesis deber ser profesor ordinario y tener experiencia en el tema de investigacin.
Excepcionalmente, puede ser un profesor contratado a tiempo completo y con una permanencia en la Facultad no
menor de un ao.
El papel principal del Asesor es que la tesis cumpla con los requerimientos y los lineamientos de un Proyecto de
Investigacin.
Una vez emitido la resolucin por el Decano nombrando al Asesor, ste asume un compromiso de trabajo para orientar
al tesista en el desarrollo de su investigacin.
El Asesor de Tesis deber trabajar conjuntamente con el tesista para planificar el proceso de asesora, esto es,
clarificar los propsitos de la asesora y elaborar la estrategia de trabajo, la lista de actividades a realizar, el cronograma
para cumplir dichas actividades y el sistema de verificacin de logros. Adems definir un compromiso de trabajo que
deber cumplirse de acuerdo a lo programado. En resumen, es el responsable del contenido y calidad de la tesis.
El Asesor de Tesis, debe informar bimensualmente, segn el cronograma de actividades y logros alcanzados al Jefe del
Departamento Acadmico, quien abrir un file personal de cada asesor. Con su respectiva verificacin har llegar al
Presidente del Jurado de Tesis el respectivo File en el momento que tengan que dictaminar con respecto al Borrador de
Tesis. Un profesor slo podr asesorar un mximo de tres (03) tesis por ao acadmico.
CAPTULO VI
DEL ACTO PBLICO
Art. 30
Art. 31
La sustentacin se efectuar en acto pblico, en el da, hora y lugar previamente sealados en la correspondiente
resolucin. En dicho acto participar en forma obligatoria el Asesor de Tesis, con derecho a voz; el (los) sustentante (s)
deber (n) exponer oralmente el contenido de la referida tesis y absolver las preguntas que les formulen los miembros
del Jurado. Las actas de sustentacin debern ser llenadas y firmadas por los miembros del Jurado y entregadas por el
Secretario del Jurado a la Secretara del Decanato, juntamente con los ejemplares de la Tesis. En el caso de tesis
colectiva para iniciar la sustentacin debern estar presentes necesariamente todos los tesistas, suspendindose a falta
de uno o algunos de ellos.
Independientemente que la tesis fuera de elaboracin individual o colectiva, el Jurado evaluar y calificar a cada tesista
por separado. Para ser aprobado el sustentante deber tener nota aprobatoria mnima de catorce (14) del promedio de
los miembros del Jurado. Los promedios de trece con noventa y nuevo centsimas (13.99) hacia abajo se consideran
DESAPROBADO con el calificativo DEFICIENTE. De Catorce hasta Diecisis con noventa y nueve centsimas (16.99),
APROBADO con el calificativo de BUENO. Las notas promedio de diecisiete hasta dieciocho con noventa y nueve
centsimas (18.99) se califica MUY BUENO; y con el calificativo de EXCELENTE las notas promedio de Diecinueve
hasta Veinte.
CAPTULO VII
DE LA MODALIADAD DEL INFORME DE EXPERIENCIA PROFESIONAL
Art. 34
Art. 35
Art. 36
Art. 37
Art. 38
Art. 39
Art. 40
Art. 41
Art. 42
Para obtener el ttulo profesional por la modalidad del Informe de Experiencia Profesional, el interesado presentar
una solicitud dirigida al Decano de la Facultad, adjuntando los siguientes documentos:
a. Constancias y/o resoluciones de trabajo, boletas de pago, u otros similares, que acrediten la experiencia profesional
del peticionario y de haber prestado servicios relacionados con su especialidad en instituciones estatales o privadas
por un periodo no menor de tres aos consecutivos, segn lo estipula el Decreto Legislativo N 739.
b. Copia de su Grado de Bachiller, autenticada por el Secretario General de la UNHEVAL.
c. Un dossier con el logotipo de la UNHEVAL y de la Facultad conteniendo los documentos anteriormente
mencionados.
El expediente ser derivado a la Comisin de Grados y Ttulos para que, en un plazo no mayor de quince (15) das
calendarios, emita su pronunciamiento sobre la procedencia o improcedencia del trmite.
Con el informe favorable de la Comisin de Grados y Ttulos, el Decano de la Facultad, en el lapso de tres (03) das
hbiles, emitir la resolucin autorizando al interesado para que presente cuatro (04) ejemplares en borrador del Informe
de Experiencia Profesional, designando a tres profesores ordinarios como miembros del Jurado y un accesitario,
quienes emitirn un informe en conjunto, debidamente sustentado, por escrito, en un plazo no mayor de quince das
calendario, acerca de la suficiencia del Informe de Experiencia Profesional. En caso de no ser consistente, lo devolvern
al Decanato con las observaciones pertinentes para dar a conocer al interesado. Levantadas las observaciones, en un
plazo no mayor de treinta (30) das hbiles contados a partir de la fecha del Informe del Jurado, puede solicitar al
Decano, en Formato nico de Trmite, se fije da, hora y lugar para la sustentacin. El Decano emitir la resolucin
correspondiente, para que en acto pblico lo sustente dentro de los quince das calendarios siguientes.
El Jurado puede formular observaciones durante el acto de la sustentacin, que no impliquen cambios al contenido del
texto del informe, debiendo tenerse en cuenta el mismo procedimiento sealado para la Tesis.
Para la redaccin del Informe de Experiencia Profesional el interesado deber orientarse por los lineamientos
establecidos en el Anexo N 03.
El Decano dispondr que se publique, en lugar visible, la fecha, hora y lugar del acto de sustentacin.
Para la conformacin del Jurado, por esta modalidad, as como en lo referente al Acto Pblico, se tendr en
consideracin lo detallado para la modalidad de la Tesis.
En caso de no ser aprobado con nota promedio catorce (14) por el Jurado, el interesado podr presentarse a una nueva
sustentacin en el plazo no menor de un (01) mes ni mayor de cuatro (04) meses, contados a partir de la fecha de su
desaprobacin. Si volviera a desaprobar, el interesado tendr que optar por otra modalidad de acceso al ttulo
profesional.
Para Las calificaciones se tendr en consideracin lo establecido por la modalidad de tesis, de conformidad a Artculo
31 del presente Reglamento.
Si el Bachiller aprueba la sustentacin del Informe de Experiencia Profesional, el trmite para la obtencin del ttulo
ser el sealado para la titulacin por la modalidad de Tesis.
CAPTULO IX
DE LA MODALIDAD DEL EXAMEN DE SUFICIENCIA PROFESIONAL
Art. 43
Art. 44
Para acceder al ttulo profesional por esta modalidad, el interesado debe tener un promedio ponderado igual o mayor a
catorce (14).
Para la obtencin del ttulo profesional por esta modalidad, el interesado presentar una solicitud dirigida al Decano, en
el Formato nico de Trmite, adjuntando:
a. Reporte de Notas original, emitido por la Unidad de Procesos Acadmicos.
Art. 45
Art. 46
Art. 47
Art. 48
Art. 49
Art.50
Art. 51
Art. 52
Art. 53
Art. 54
Art. 55
Art. 56
Art. 57
Art. 58
Art. 59
Art. 60
Los alumnos luego de optar el Grado de Bachiller en la UNHEVAL y de otras universidades pueden titularse por esta
modalidad
Quien acceda al ttulo profesional a travs de la modalidad del Programa de Profesionalizacin debe adjuntar, adems
de los documentos especificados en el artculo 9 del presente Reglamento, lo siguiente:
a. Certificado de estudios originales expedido por su Universidad de origen.
b. Resolucin de autorizacin para estudiar en esta modalidad, emitida por el Decano de la Facultad.
c. Certificado de Estudios originales del Programa de Profesionalizacin que acredite haber concluido el Programa
satisfactoriamente.
d. Resolucin autenticada emitida por el Decano de la Facultad aprobando una monografa relacionada con la carrera
profesional.
e. Constancia de Registro de Bachiller expedido por la Asamblea Nacional de Rectores.
f. Otros requisitos que establece el Art. 9 del presente Reglamento.
Para la elaboracin de la monografa relacionada con la especialidad se tendr en consideracin los siguientes:
Art. 61
a. Es individual.
b. La estructura para su desarrollo se establece en el Anexo N 05 del presente
Reglamento.
c. Concluido el trabajo, el interesado, mediante solicitud dirigida al Decano adjuntando el Reporte de Notas del
PROPROF, solicitar la aprobacin de la monografa.
d. El Decano, dicho trabajo remitir a la Comisin de Grados y Ttulo para su evaluacin.
e. Con el informe favorable de La Comisin de Grados y Ttulo, el Decano emitir la resolucin aprobando la
monografa.
f. En el Libro de Monografas de la Facultad se registrar el titulo de la monografa, nombre del autor, ao y sede del
programa. As mismo, debe registrarse la exclusividad del tema en el Instituto de Investigacin de la Facultad.
g. Si el trabajo fuera declarado insuficiente, lo devolver para que el interesado levante las observaciones en un plazo
que no exceda los treinta (30) das hbiles. Si no levantara las observaciones dentro de los treinta das hbiles, con
la debida justificacin pedir ampliacin de plazo por treinta das ms, si dentro del plazo solicitado no cumple con
levantar las observaciones, presentar un nueva monografa.
La documentacin establecida en el Art. 9, del presente Reglamento, ser derivada por el Decano de la Facultad a la
Comisin de Grados y Ttulos, para que proceda de acuerdo al artculo 10 del presente Reglamento.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
PRIMERA.- La excelencia demostrada en el Examen de Suficiencia Profesional o la presentacin de una Tesis de excepcional
calidad, adems de los destacados antecedentes acadmicos del interesado, darn lugar a que el Jurado otorgue al
optante una Mencin de Honor que justificar por escrito ante el Decano de la Facultad, quien a su vez la someter a
consideracin del Consejo de Facultad para su aprobacin.
SEGUNDA.- El trmite administrativo referido en el presente Reglamento se efectuar personalmente por los propios interesados.
En casos excepcionales, el Decano podr permitir que se realice a travs de un apoderado debidamente acreditado.
TERCERA.- En cualquiera de las cuatro modalidades de titulacin profesional, el Decano, conformar el Jurado cuyos miembros
tendrn la condicin de Presidente, Secretario y Vocal, y un Accesitario, quien completar el respectivo Jurado cuando
inasiste alguno de sus miembros titulares. Por ninguna razn el acto fijado para el examen o Acto Pblico ser
suspendido por la falta de miembros del Jurado.
CUARTA.-
En caso que el aspirante hubiera obtenido una calificacin desaprobatoria la primera vez, el Decano, nombrar, para
la segunda y ltima oportunidad, un Jurado conformado por nuevos profesores.
QUINTA.-
En la modalidad de Tesis, el aspirante tendr derecho a una segunda oportunidad para sustentar el mismo tema. Si
fuera nuevamente desaprobado, slo podr obtener el ttulo profesional por esta modalidad con un nuevo tema de
investigacin para sustentarlo ante un Jurado conformado por nuevos profesores.
SEXTA.-
Si el aspirante fuera desaprobado en la modalidad del Examen de Suficiencia Profesional o en la Sustentacin del
Informe de Experiencia Profesional tendr derecho a una segunda y ltima oportunidad en dicha modalidad.
SPTIMA.- En caso de ser nuevamente desaprobado por la modalidad del Examen de Suficiencia Profesional o en la
Sustentacin del Informe de Experiencia Profesional, slo podr acceder al ttulo profesional a travs de una
modalidad distinta, cindose al procedimiento establecido en el presente Reglamento. En cualquier caso, la solicitud
en el Formato nico de Trmite para una nueva oportunidad de titulacin profesional, ir acompaada de los recibos
de pagos correspondientes emitidos por Tesorera de la UNNHEVAL.
OCTAVA.-
El uso de fuentes, trabajos y publicaciones, incluidos los propios o los efectuados en colaboracin con otros autores,
en las tesis e informes de Experiencia Profesional, requieren necesariamente de cita expresa, de acuerdo a la Ley de
Propiedad Intelectual. Y los lineamientos para la redaccin y presentacin de la Tesis y del Informe de Experiencia
Profesional se muestran en el Anexo N 04.
NOVENA.- Toda evidencia de fraude en perjuicio de la dignidad de la UNHEVAL ser sancionada con la inhabilitacin del autor, o
los autores, para obtener grado o titulo profesional en la UNHEVAL, sin perjuicio de las dems acciones que pudieran
emprenderse en estos casos.
DECIMA.-
Las tesis e informes de Experiencia Profesional son copropiedad de la UNHEVAL y de sus respectivos autores, a
partir del momento de su primera presentacin. Toda publicacin total o parcial deber contar con la autorizacin
conjunta de los coautores y se deber hacer constar que ha sido presentada a la UNHEVAL para obtener el ttulo
profesional respectivo.
DCIMAPRIMERA.- Las facultades que ofrecen diplomados y especializaciones, elaborarn el Proyecto de Reglamento
correspondiente, el mismo que se elevar al Consejo Universitario para su aprobacin. Esta accin deber realizarse
en el lapso de treinta (30) das hbiles de aprobado el presente Reglamento.
ANEXO N 01
PERFIL DE ESTRUCTURA DEL PROYECTO DE TESIS - FCCyF
I.
GENERALIDADES
Titulo de la investigacin.
Tesista.
Asesor.
Fecha de inicio y fecha probable de trmino.
II.
III.
MARCO TERICO
3.1. Antecedentes de estudios realizados.
3.2. Bases tericas y conceptos fundamentales.
3.3.
Marco situacional.
3.4.
Definicin de trminos bsicos.
IV.
IV.
MARCO METODOLGICO
4.1. Nivel y tipo de Investigacin.
4.2. Diseo de la investigacin.
V.
UNIVERSO/POBLACIN Y MUESTRA
5.1.
Determinacin del Universo/Poblacin.
5.2.
Seleccin de la Muestra.
BIBLIOGRAFIA
8.1 BASICA.
8.2 COMPLEMENTARIA.
ANEXO N 02
PERFIL DE LA ESTRUCTURA DE LA TESIS - FCCyF
I. PARTES OBLIGATORIAS.
1.1
CUBIERTA.
UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZN - HUNUCO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERAS
(El logotipo de la UNHEVAL)
(TTULO DE LA TESIS)
TESISTA: (NOMBRES Y APELLIDOS)
PARA OPTAR EL TTULO PROFESIONAL DE:
CONTADOR PBLICO
HUNUCO PER
(Ao de la sustentacin)
1.2
1.3
1.4
1.5
1.6
1.7
1.8
1.9
1.10.
1.11
1.12
1.13
1.14
1.14
1.15
HOJAS DE RESPETO
PORTADA: Que tiene la misma estructura de la cubierta. No se numera.
RESUMEN: Es una sntesis de la tesis. Generalmente incluir la definicin del problema, el procedimiento o mtodos, los
resultados y las conclusiones
NDICE: Es el contenido de los ttulos u rubros principales de la Tesis, con la mencin de la pgina (Pg.).
INTRODUCCIN: Se consigna la importancia del trabajo de investigacin, la visin genrica del mismo, las limitaciones
ms saltantes.
MARCO TERICO (CAPTULO I): Se consignan: Los antecedentes (otros trabajos de investigacin afines) la
investigacin bibliogrfica que tendr su correlato en las notas y pie de pgina; las hiptesis, variables, dimensiones,
indicadores; los objetivos; la poblacin y la muestra.
MARCO METODOLGICO (CAPTULO II): Se consignan: Nivel y tipo de investigacin, mtodos, tcnicas e
instrumentos empleados y cmo y para qu los utiliz.
DISCUSIN DE RESULTADOS (CAPTULO III): Se consignan los cuadros y grficos basados en los resultados que se
han obtenido de la aplicacin de los instrumentos de investigacin, principalmente de los cuestionarios, as como la
interpretacin que hace el investigador o tesista.
Se comparan o contrastan tambin con las conclusiones o aserciones que hayan realizado otros investigadores con los
resultados que ha obtenido el tesista, o lo que puedan decir las normas contrastadas con la realidad.
PRUEBA DE HIPOTESIS: Mediante teoras cientficas e investigaciones que tienen relacin con el problema motivo de
Investigacin; o la prueba de hiptesis estadstica.
CONCLUSIONES (no es captulo, pero va en hoja aparte): Son proposiciones concretas, que confirman o rechazan la
hiptesis y los objetivos formulados cuando se formul el Proyecto de Tesis, as como verdades o falsedades que se han
podido establecer durante la investigacin.
RECOMENDACIONES (no es captulo, pero va en hoja aparte). Tiene como sustento principal las conclusiones.
BIBLIOGRAFA: Contiene la relacin de obras, revistas u otros documentos consultados, que deben figurar en el texto
de la tesis, cono la indicacin del autor, (apellidos y nombres), ttulo de obra (en negrilla), el lugar, la editorial, el ao y el
nmero de pginas.
ANEXOS: El primer anexo es el Plan de Tesis. Los dems son los que el tesita considera que sirven de sustento a su
trabajo. Cada anexo debe tener un ttulo.
NOTA BIOGRFICA: Es una pgina en la que se consignan algunas referencias como las siguientes: Lugar y fecha de
nacimiento del autor de la Tesis o del Informe-memoria; centro educativo donde estudi la Secundaria, el nombre de la
Universidad, Escuela y/o Facultad, ao en que obtuvo el Bachillerato; alguna labor o produccin intelectual de
trascendencia..
ACTA DE APROBACION: Luego de la Nota Bibliogrfica, se consignar el formato del Acta de Aprobacin, la que ser
llenada por los miembros del Jurado en caso de ser aprobada la sustentacin. Esta pgina no ser numerada.
10
ANEXO N 03
PERFIL DEL INFORME DE EXPERIENCIA PROFESIONAL - FCCyF
I. PARTES OBLIGATORIAS
1.
CUBIERTA:
UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZN - HUNUCO
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERAS
(El logotipo de la UNHEVAL)
HOJA DE RESPETO.
PORTADA
NDICE.
INTRODUCCIN.
RESEA HISTRICA DE LA ENTIDAD (CAPTULO I).
MARCO LEGAL Y ESTRUCTURA FUNCIONAL DE LA ENTIDAD (CAPTULO II).
GESTIN DE LA ENTIDAD (CAPTULO III).
LABORES GERENCIALES REALIZADAS (CAPTULO II).
PROBLEMTICA INSTITUCIONAL Y APORTE PARA EL DESARROLLO DE LA ORGANIZACIN (CAPTULO V).
CONCLUSIONES.
SUGERENCIAS.
ANEXOS.
NOTA BIOGRFICA.
ACTA DE APROBACIN.
11
ANEXO N 04
LINEAMIENTOS PARA LA REDACCIN Y PRESENTACIN DEL INFORME DE
EXPERIENCIA PROFESIONAL - FCCyF
PRESENTACIN DE LOS EJEMPLARES
1. Para los efectos del dictamen de la Tesis, los interesados debern presentar los ejemplares sin empastar, pero con todas
las caractersticas del trabajo definitivo. Se recomienda utilizar anillados, engargolados, espiralados u otros implementos
que permitan realizar las modificaciones, inserciones o correcciones que sugieran los miembros del Jurado.
2. Para la obtencin del Titulo Profesional, el interesado deber presentar (03) ejemplares de la Tesis, digitados a doble
espacio y letra en tamao 12 puntos.
3. La Tesis y el Informe de Experiencia Profesional tendr el siguiente contenido bsico:
Cubierta
Ante propsito
Resumen
ndice General
Introduccin
Cuerpo del Trabajo
Conclusiones
Sugerencias
Bibliografa
Anexos
Nota Bibliogrfica
Acta de Aprobacin
Hojas de Respeto
El detalle es el siguiente:
a. Cubierta: Contendr el logotipo de la UNHEVAL y el color de la respectiva EAP. La identificacin del aspirante al
titulo se iniciar con el nombre de pila de los apellidos (Juan Vctor Rojas Cervantes), el lugar y el ao (Hunuco200).
b. Antepropsito: Puede contener una pgina destinada a la Dedicatoria (a familiares) y otra al agradecimiento (a la
persona o personas e institucin que colaboraron para la realizacin del trabajo). No son obligatorias. Estas pginas
no se numeran.
c. Resumen: El resumen deber ser de mximo trescientas cincuenta palabras. Los smbolos y las palabras de otros
idiomas debern estar claramente escritos para su fcil lectura. No se recomienda usar diagramas ni formulas.
d. ndice General: Se mencionarn los captulos, secciones o pargrafos en que se han distribuido el trabajo. A
excepcin de la primera hoja del ndice General, las dems se numeran con romanos minsculos, en forma
correlativa, teniendo en consideracin las paginas anteriores (III, IV, V. VI...).
e. Cuerpo del Trabajo: Se incluye lo siguiente:
Paginacin:
Adems de lo ya especificado, el nmero de la pgina, sin signo alguno antes ni despus, se sita en el ngulo superior
derecho (por ejemplo: 32). A excepcin de las pginas donde se numeraran con los arbigos. La numeracin
correlativa se considera en todas las pginas, inclusive en los anexos y en la Nota Biogrfica.
f.
Mrgenes:
El margen superior, inferior e izquierdo ser de 4 cm; el margen derecho ser de 2,5 cm.
Notas y referencias:
Las notas y referencias deben escribirse a espacio simple. La numeracin correlativa no debe exceder de diez. Si se
considera a pie de pgina, se sita separada del texto por una lnea horizontal desde la izquierda hasta el medio de
la pgina.
La cita debe contener el autor, la obra, el lugar, la editorial, el ao y la pgina, de acuerdo a cnones sobre el
particular, como el caso de las fichas hemerogrficas.
Los Captulos.
Los captulos deben escribirse a tamao 16, centrada, doble espacio, en negrita.
Conclusiones: Son proposiciones de variable extensin. Las conclusiones irn precedidas de las recomendaciones,
cuando se consideren convenientes. En su defecto, podr establecerse un sub tem de Sugerencias o
Recomendaciones.
Recomendaciones: Tiene sus sustento en las conclusiones.
Bibliografa: La presentacin adecuada y aceptada universalmente es la clasificacin por orden alfabtico, en forma
correlativa (Ejemplo: ALVARODO GONZALES, Pedro: los supuestos teleolgicos en el estudio de la personalidad;
Mxico, Editorial Trillas, 1997, pp. 436). La bibliografa consignada debe aparecer necesariamente en el Cuerpo del
Trabajo, a travs de las notas y referencias.
12
REGLAS GENERALES
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
16.
17.
18.
19.
20.
13
(TTULO DE LA MONOGRAFA)
CICLO Y AO
BACHILLER: (NOMBRES Y APELLIDOS)
MONOGRAFA PARA OPTAR EL TTULO PROFESIONAL DE:
CONTADOR PBLICO
HUNUCO PER
(Ao .)
14
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
15