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Consejo Superior de Colegios de Ingenieros de Minas Industria yMinería Agua • Medio Ambiente • Minería • Energía • Metalurgia • Geología Nº 419 • Primer Semestre de 2024 04 Editorial Miguel Uceda Rozas Artículo 09 Consejo Superior de Colegios de Ingenieros de Minas Industria y Minería Sumario Nº 419 • 1o Semestre de 2024 Tercer Concurso Literario de Relatos Cortos “La Minería Sostenible en tu Vida” Artículo 14 Las aguas subterráneas: más que un recurso estratégico Juan Antonio López Geta 25 Artículo Las explotaciones de cobre en la Sierra del Aramo Ángel Villa Valdés Artículo 28 Restauración de graveras y canteras y mejora de la aceptación social de la minería. El caso de éxito de la Comunidad Autónoma de La Rioja Rubén Esteban Pérez Artículo 36 40 Consejo Superior de Colegios y Asociación Nacional de Ingenieros de Minas 43 Colegio Oficial de Ingenieros de Minas del Noroeste 45 Colegio Oficial de Ingenieros de Minas del Nordeste 47 Colegio Oficial de Ingenieros de Minas del Levante 49 Colegio Oficial de Ingenieros de Minas del Sur 53 Colegio Oficial de Ingenieros de Minas del Centro Precio/ejemplar en PDF: 8 € Depósito Legal: 10.840-1958 ISSN: 1137-8042 55 Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Minas y Energía de Madrid Las opiniones y conceptos en esta Revista son de responsabilidad exclusiva de sus autores, sin que Industria y Minería los comparta necesariamente 61 Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Minas y Energía de Vigo REVISTA DEL CONSEJO SUPERIOR DE COLEGIOS DE INGENIEROS DE MINAS DE ESPAÑA Comité Editorial: Ángel Cámara Rascón Juan Ignacio Artieda González-Granda Antonio Ruiz Perea Redacción y Administración: C/ Alenza, 1 28003 Madrid Tel.: 91 441 46 11 Fax: 91 442 61 09 E-Mail: consejo@ingenierosdeminas.org Publicidad: Tel.: 91 441 46 11 consejo@ingenierosdeminas.org Normas de publicación: https://ingenierosdeminas.org Precio/ejemplar en papel: España: 16 € Extranjero: 38 € INDUSTRIA Y MINERÍA Nuestros organismos 3 Sumario Salinas de Cádiz. Imagen cedida por Marítima de Sales, S. L. Posición Interpretativa del Consejo Superior de Colegios de Ingenieros de Minas en relación con el Real Decreto 445/2023 La restauración de antiguas graveras y canteras abandonadas. El paso previo para la mejora de la aceptación social de la minería. El caso de éxito de la Comunidad Autónoma de La Rioja INDUSTRIA Y MINERÍA Rubén Esteban Pérez. Ex Director general de Calidad Ambiental y Recursos Hídricos de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno de La Rioja La minería más extendida en España es aquella que tiene que ver con el material más básico generalmente explotado para su aplicación en obras de construcción. Estas explotaciones suelen ser graveras o canteras a cielo abierto y su número de explotaciones triplica las de la minería metálica, rocas ornamentales y minerales industriales juntos. La mayoría de dichas explotaciones son de pequeño tamaño pero se localizan en el medio rural y, a veces, en áreas con valor medioambiental en cualquiera de sus aspectos. La crisis económica que sufrió España entre 2008 y 2014 conllevó el cierre de muchas de estas pequeñas graveras y canteras y en muchos casos su abandono por parte de sus administradores y propietarios que obviaron la obligación de restauración obligatoria por la normativa vigente. Este trabajo pretende comentar a grandes rasgos este hecho que fue común a todo el territorio español, el plan de recuperación de espacios afectados por actividades mineras abandonados que se llevó a cabo por el Gobierno de La Rioja entre 2019 y 2023 y la componente de percepción social que tanto el abandono y falta de restauración como la recuperación por parte de la Administración de estos espacios hace que la minería futura en áreas muchas veces azotadas por la despoblación, pueda desarrollarse o se encuentre con el rechazo frontal de la población. Artículo 28 The most widespread mining in Spain is that which has to do with the most basic material generally exploited for application in construction works. These exploitations are usually gravel pits or open pit quarries and their number of exploitations triples that of metal mining, ornamental rocks and industrial minerals combined. The majority of these industries are small in size but are located in rural areas and, sometimes, in areas with environmental value in any of its aspects. The economic crisis that Spain suffered between 2008 and 2014 led to the closure of many of these small gravel pits and quarries and in many cases abandonment by their administrators and owners who ignored the obligation of restoration required by current regulations. This work aims to comment broadly on this fact that was common to the entire Spanish territory, the recovery plan for abandoned spaces affected by mining activities that was carried out by the Government of La Rioja between 2019 and 2023 and the social perception component that both the abandonment and lack of restoration and the recovery by the Administration of these spaces means that future mining in areas often plagued by depopulation may develop or be met with frontal rejection by the population. Palabras clave: Minería, restauración, gravera, cantera, medioambiente, geología, Rioja Keywords: Mining, mine reclamation, gravel pit, quarry, environment, geology, Rioja Este periodo de profundos cambios afectó al sector de la minería de forma directa y, entre los distintos tipos de minería, en especial al de los denominados productos de cantera enfocados principalmente al sector de la construcción. Al inicio del crack, había en España 3.007 explotaciones de productos de cantera y 1.054 que aglutinaban los productos metálicos, rocas ornamentales y minerales industriales conjuntamente. A comienzos de 2012, año de máximos en generación de desempleo y de empresas que entraban en concurso de acreedores debido a la inestabilidad económica y financiera global, el número de empresas mineras de productos de cantera había descendido un 20%, hasta las 2.392, y el resto de tipos de explotaciones un 27%, hasta las 770. La situación de cierre de explotaciones mineras continuó hasta el final de la crisis. En 2015, el número de explotaciones de productos de cantera había caído en España un 30% Este panorama dejó en nuestro país 1.199 explotaciones mineras cerradas y obligadas a iniciar el proceso de restauración que obliga el Real Decreto 975/2009, de 12 de junio sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras y disposiciones conexas. Muchas de ellas por antigüedad, por indefinición dentro del marco de secciones mineras que recoge la Ley de Minas vigente, por ausencia de depósito de las garantías mineras para acometer lo recogido en el plan de restauración, debido a avales interpuestos, que de ninguna manera podrían cubrir la restauración por insuficientes, por tamaño o por localización o porque los administradores entraron en insolvencia total o, simplemente, se inhibieron de sus obligaciones para con la ciudadanía y el medioambiente, quedaron en estado de abandono, sin restaurar y, en muchos casos, corriendo la misma suerte los establecimientos de beneficio asociados a la explotación y localizados en la propia plaza de la cantera o muy cerca. El caso de las canteras y graveras de productos para la construcción, fue todavía más grave, ya que, aunque por lo general de pequeño tamaño, se encontraban en lugares donde los valores medioambientales eran elevados y, en muchos casos, en zonas de montaña de alto valor, con un componente paisajístico innegable. En la mayoría de estos casos, el plan de restauración, aun conociendo los condicionantes geo-ecológicos, como el clima, geología, litología, fauna, flora, hidrología, paisaje, etcétera, y culturales, demografía, economía e historia del entorno y del lugar a recuperar, se obviaron, dado que muchas explotaciones pasaron a ser propiedad de bancos, fondos de inversión o empresas de crédito y caución que no tenían intención de seguir explotando el recurso ni tampoco de restaurar el espacio explotado. Ni que decir tiene que la posible problemática del emplazamiento relativa a si ha habido contami- INDUSTRIA Y MINERÍA Tras unos cuantos años de bonanza económica sin paliativos en España, que disfrutó también el sector de la construcción de obra civil y, sobre todo, de la edificación, diversas vicisitudes por todos conocidas llevaron a nuestro país a una profunda crisis que tuvo sus inicios en 2008 y que se prolongó largamente hasta 2014, generando una situación de desempleo y económica dramática. con 915 explotaciones menos con respecto a 2008 y, para el resto de productos mineros, había descendido también un 30%, con un descenso de 284 explotaciones. 29 Artículo La crisis económica de 2008 que afectó de lleno a las pequeñas explotaciones mineras en España nación del suelo, del agua y si ha habido o puede haber en un futuro compactaciones, deslizamientos del terreno, subsidencias, colapsos, etcétera, tampoco se tuvo en cuenta. Todo lo anterior, continuado durante los años que duró este periodo de baja actividad económica en el sector de los productos de cantera y gravera, condujo a una situación que fue palpable al poco tiempo del abandono de dichas explotaciones y su falta de restauración, ya que se fueron convirtiendo en una suerte de vertederos incontrolados de todo tipo de residuos, con lo que eso trajo para la contaminación del terreno, de las aguas superficiales y subterráneas y para la biodiversidad. INDUSTRIA Y MINERÍA La normativa relativa a la recuperación de los espacios afectados por actividades mineras Artículo 30 La recuperación de un área debe tener como base su integración en el paisaje, comprendiendo un análisis profundo de las muchas interrelaciones que tienen lugar entre los elementos que la hacen posible. Aunque existe una correlación directa entre la mayoría de las degradaciones y las medidas de corrección que se van a acometer, el diseño global de la restauración debe orientar todas las intervenciones, tanto desde el punto de vista de integración paisajística y ecológica como de los usos a los que se pretende destinar el espacio. Aunque ya ha cumplido medio siglo, la Ley de Minas vigente cuenta con un espíritu que tiende hacia la protección del medio ambiente, donde, a pesar de que su fin último es la obtención y el beneficio de un recurso natural de índole geológica, sólo se debe comprometer en la menor cuantía posible la afectación al medio ambiente. En este sentido, actualmente existen numerosas tecnologías de aplicación en la práctica minera que permiten la rehabilitación de los terrenos afectados, mejorando incluso las condiciones iniciales de partida del terreno una vez explotado. Ya en 1982, siguiendo lo recogido en el articulado de la ley de Minas, se aprobó el Real Decreto 2994/1982, de 15 de octubre, sobre restauración del espacio natural afectado por actividades mineras. Posteriormente, se aprobó la Instrucción Técnica Complementaria 13.0.01, «Suspensión y abandono de labores», y la Instrucción Técnica Complementaria 08.02.01, «Depósitos de lodos en procesos de tratamiento de industrias extractivas», ambas emanadas del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera. Estas dos anteriores normas están también vinculadas con la protección y conservación del medio ambiente afectado por el laboreo de las minas y beneficio de los recursos naturales minerales. A nivel europeo, fue publicada la Directiva 2006/21/CE del Parlamento y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, sobre gestión de los residuos de industrias extractivas y por la que se modifica la Directiva 2004/35/CE. Esta Directiva respondía a los objetivos de la política comunitaria de medio ambiente, según la cual hay que establecer requisitos mínimos para prevenir o reducir cualquier efecto no deseado sobre el medioambiente, la biodiversidad y la salud humana que se produzca por una incorrecta gestión de residuos de la industria extractiva. La incorporación al ordenamiento interno español de dicha norma europea se lleva a cabo mediante el Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las in- Transcurrieron varios años hasta que se aprobó la Directiva 2018/851, que trataba, entre otros asuntos, de la reducción de la generación de residuos en el sector de extracción de minerales y en la construcción, tomando en consideración las mejores técnicas disponibles. En el mismo sentido, a nivel nacional, tuvieron lugar varias modificaciones en la normativa relativa a restauración de espacios mineros, con la aprobación del Real Decreto 777/2012, de 4 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 975/2009. Después llegó un profundo cambio en la norma de evaluación ambiental que afectaba a los planes de restauración de explotaciones mineras, como fue la Ley 21/2013, de 9 de diciembre. Restauración de huecos mineros abandonados en el periodo 2019-2023 en la Comunidad Autónoma de La Rioja El año 2019, el nuevo Gobierno de La Rioja que se formó tras las elecciones autonómicas de mayo tuvo claro que, en materia de minería, no se podía seguir como hasta ese momento y que además, fruto de la crisis económica pasada, varias decenas de pequeñas explotaciones mineras, principalmente graveras en las terrazas del río Ebro, pero también alguna cantera el territorio más montañoso de La Rioja estaba salpicado de estos huecos abandonados que en algunos casos se habían convertido en vertederos ilegales. Además de modificar los decretos de competencias de la estructura administrativa del Gobierno y trasladar las competencias en ordenación minera de la Consejería en materia de ordenación del territorio a la que tenía las competencias en calidad ambiental, puso al frente de dicha responsabili- dad a un geólogo, el que suscribe este artículo, con experiencia en materia minera. Desde el primer momento, tras estudiar la situación actual del sector en dicha Comunidad, se estructuró el reto futuro en tres áreas: 1. Revisión de todos los permisos mineros sobre todo de las secciones A y C y ordenación del sector, separando la paja del grano en lo que a explotaciones y a administradores de las mismas se refería. 2. Valoración de los huecos mineros afectados por actividades mineras en estado de abandono para preparar un plan de actuación de recuperación de dichos lugares, algunos de los cuales se localizan en áreas de gran interés medioambiental. 3. Ordenación del nebuloso mundo de los préstamos mineros para grandes obras lineales, la mayoría de las cuales pertenecían a la Administración General del Estado. Razón de todo ello se dio en la XVIII Reunión con Directores Generales de Industria, Energía y Minas, que el Consejo Superior de Ingenieros de Minas celebró en Sevilla en octubre de 2022. La situación, tras el inicio de la recuperación económica que empezó a despuntar en 2014, INDUSTRIA Y MINERÍA Unos pocos años después fueron publicadas otras dos normas cruciales en la restauración de explotaciones mineras. Se trata de la Decisión de la Comisión, de 20 de abril de 2009, por la que se establecen las directrices técnicas para la constitución de la garantía financiera prevista en la Directiva 2006/21/CE, y la Decisión de la Comisión, de 20 de abril de 2009, relativa a la definición de los criterios de clasificación aplicables a las instalaciones de residuos con arreglo a la misma Directiva. Y por último, para no entrar en más detalle, recientemente se aprueba la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular que da un profundo giro al complejo mundo de la gestión de residuos y entre ellos a los generados por la actividad minera. 31 Artículo dustrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras, a través del cual también se pretende unificar y mejorar las disposiciones relativas a la protección del medio ambiente en todo lo relativo a la explotación de recursos geológico-mineros. era que en La Rioja se habían perdido el 35% de sus explotaciones mineras, pasando de 70 con 172 establecimientos de beneficio a 44 explotaciones con 95 establecimientos. Por lo tanto, teníamos 26 explotaciones en estado de abandono, todas ellas de productos de cantera para construcción y prácticamente sin restaurar, con diversas casuísticas respecto a su titularidad y muchas de ellas sin aval alguno para restauración. INDUSTRIA Y MINERÍA Entre ellas estaban algunas de tamaño importante para la Comunidad, más de 5 has. de superficie, que ya se encontraban en un estado de acumulación de residuos demasiado doloso. Artículo 32 Iniciamos el trabajo de cartografía, estudio jurídico de situación administrativa y valoración y tres de ellas destacaban porque se habían convertido en vertederos ilegales y además se localizaban en el acuífero del Ebro, área muy sensible desde el punto de vista ambiental y de la biodiversidad. Estas eran las graveras Uceda en Tricio, Baños en Villamediana de Iregua y El Raposal en Arnedo. Una vez definidas las actuaciones prioritarias el plan se topó con la cruda realidad de la financiación para acometer las medidas propuestas y a la vista de las posibilidades de disposición de fondos que se preveían, se optó por actuar en la gravera de mayor tamaño y que además, podía causar un mayor daño al medioambiente y por extensión a las personas. La gravera Uceda fue la elegida. Esta explotación, situada a pocos kilómetros de los municipios de Tricio y Arenzana de Arriba, tenía un historial de problemas asociados a su abandono por parte de su explotador bastante extenso. Ya en 2012, tras la denuncia del Seprona de la Guardia Civil, se constata la presencia de vertidos de residuos en la gravera, abandonada sin restaurar unos pocos años antes. La propia mercantil que la explotaba quedó extinguida en 2017. En 2020, la Guardería Forestal informa sobre la realización de más vertidos de residuos no mineros en dicha gravera. Realizan una exhaustiva descripción de lo que se encuentran. Todo ello acumulado durante casi una década en plena terraza del acuífero del Ebro. En 2021, el personal de la Sección de Ordenación Minera gira visita a la explotación que permanece paralizada y no ha sido restaurada, ni se están realizando trabajos de restauración, siendo el único uso de la misma el vertido de residuos ajenos a la actividad minera. Al poco tiempo, y tras un reportaje en la prensa local hablando del plan de recuperación de estos espacios con fotografías tomadas en la propia gravera Uceda, se producen varios incendios en los referidos residuos. En abril de 2022 se concluye la redacción del “Plan de Rehabilitación de los terrenos afectados por la explotación de gravas y arenas Uceda”, que cuenta con una extensión de 5,8 hectáreas, sobre una zona de alta permeabilidad correspondiente al acuífero aluvial del Najerilla-Ebro, acuífero muy vulnerable a la contaminación y muy próxima a un gran número de parcelas de regadío. Existe, por tanto, una amenaza inminente de daño medioambiental a los suelos y las aguas subterráneas, a causa del peligro de infiltración en el terreno de los contaminantes procedentes de los residuos que se están vertiendo en los taludes y plaza de la cantera. Por todo lo anterior y habida cuenta que la zona afectada se sitúa sobre una formación geológica altamente permeable y muy vulnerable a la contaminación, así como, por los riesgos derivados de los incendios que los residuos puedan ocasionar, se entiende por parte de la Administración que es de aplicación la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, ya que, como se ha puesto de manifiesto, existe riesgo de daños medioambientales. Así pues, se hace necesario abordar dos asuntos urgentes: 1. La retirada de los residuos ajenos a la actividad minera Dado que no se ha identificado al operador u operadores a los que exigir la responsabilidad ya que el entramado societario y la falta de titularidad de las parcelas lo hace imposible sin peligro de que se produzcan mayores daños medioambientales, se dan las circunstancias previstas en la ley de Responsabilidad Medioambiental, por lo que la Consejería con responsabilidades en materia de minas elabora un Plan de Rehabilitación de la gravera en el que se indican las medidas y actuaciones que va a llevar a cabo para prevenir y evitar los mencionados daños medioambientales. Así mismo, se considera necesario declarar urgente la ocupación temporal de las fincas en las que se van a desarrollar las obras del referido plan. Además, este proyecto permitiría cumplir a la Administración la obligación de restaurar los terrenos afectados por la gravera tras la incautación de la garantía por importe de 27.045,54 euros, en cumplimiento del Real Decreto 975/2009, así como el logro de la devolución de dichos terrenos en las condiciones necesarias de seguridad. Por todo ello, se propone iniciar un procedimiento de exigencia Del mismo modo se pone de manifiesto el procedimiento a los interesados, así como a los titulares de los terrenos en los que se va a ejecutar el Plan de Rehabilitación, para que puedan presentar documentación y en su caso, alegaciones. El riesgo medioambiental que se ha puesto de manifiesto en párrafos anteriores, permite apreciar que existe un interés público a proteger, por lo que es razonable que se publique en el Boletín Oficial de La Rioja la resolución de inicio del procedimiento administrativo dictado, así como para salvaguardar los derechos y obligaciones de terceros. Así mismo, para cumplir con el Real Decreto 975/2009, se habrá de someter a información pública el referido plan de rehabilitación, y deberá ser informado por la Autoridad Ambiental y Sanitaria. Dicho plan también deberá ser informado por la Confederación Hidrográfica del Ebro. Y tras todo ello, se iniciaron los trabajos iniciando el tratamiento y gestión de residuos con la extracción de más de 50 toneladas de residuos de todo tipo. Después se comenzó la remodelación topográfica y estabilización de superficies, control de erosión y acondicionamiento de drenajes. Se siguió con la descompactación y preparación de suelos y recuperación de la capa superior de tierra vegetal. La adicción de enmiendas y abonados con la eliminación de vegetación inadecuada, la revegeta- ción con arbustos y árboles autóctonos y, por último, las mejoras del hábitat para la fauna, que en parte ya colonizaba la plaza de la gravera y los taludes. Se invirtieron unos 420.000 euros con apoyo del Fondo de Recuperación, Transformación y Resiliencia para renaturalizar este espacio. Percepción social del abandono y falta de restauración de espacios afectados por actividades mineras La minería, en tiempos recientes, donde el cuidado del medioambiente apoyado por un extenso corpus legislativo, es prioritario para una gran parte de la población sin tener en cuenta que debe darse un equilibrio entre la preservación de nuestros valores naturales y el desarrollo económico de los territorios, se encuentra entre las actividades industriales más criticadas de entre todas las que se desarrollan en el suelo no urbano. La proliferación de espacios protegidos y entre todos ellos, los espacios de Red Natura 2000, impiden de facto, aunque no debería ser así, la ampliación y la instalación de explotaciones mineras en su enorme extensión. También otras figuras de protección medioambiental coartan los esfuerzos de in- INDUSTRIA Y MINERÍA 2. La rehabilitación de los terrenos afectados por las labores mineras así como por los mencionados vertidos, con objeto de impedir y prevenir que se sigan produciendo nuevos vertidos incontrolados de residuos. de responsabilidad medioambiental y aprobación del Plan de Rehabilitación de la gravera. 33 Artículo que se han vertido en la gravera sin autorización, para evitar el efecto llamada que estos provocan. tral pero que no tenían intención alguna de proceder a la restauración. versión en explotación de nuestros recursos geológicos y mineros necesarios para el avance de las sociedades. INDUSTRIA Y MINERÍA Aun así, la necesidad de materiales para la construcción o para productos imprescindibles en las obras como pueda ser el hormigón, de bajo valor añadido y necesidad de producción cercana al lugar de utilización, hace que al menos las explotaciones que vienen de antiguo permanezcan y sigan generando riqueza. Artículo 34 La etapa de bonanza económica que desembocó en la crisis de 2008 permitió, si no alentó, a que entrasen en el mundo de la minería de productos de cantera una amalgama de oportunistas que, con el único ánimo de ganar dinero o compensar pérdidas, iniciaban aventuras mineras sin tener un fin claro y desde luego sin pensar que la restauración es una obligación legal al final de la vida útil de las explotaciones, por mucho que se lo advirtiesen sus facultativos. Este hecho nos llevó a la situación antes planteada a partir de 2008 del abandono de huecos mineros por doquier ya sea porque los propietarios se encontraban en insolvencia o porque se vendían las fincas a terceros que no tenían en cuenta que los derechos mineros acompañaban al asiento catas- Para la sociedad en su conjunto todos los vericuetos legales y detalles administrativos en el prolijo mundo de la minería no tienen la importancia al nivel del abandono de los huecos mineros sin restaurar y su conversión en vertederos de todo tipo de residuos. Lo que los vecinos del pueblo cercano, los agricultores, los senderistas o cualquier transeúnte cercano a uno de estos huecos ve es una explotación minera llena de basura y sin actividad. Para una gran pluralidad de personas esta visión se traduce en la realidad de la minería mal entendida. Alguien que explota un terreno, se lleva los recursos y deja allí el hueco que en poco tiempo se llena de maleza, de residuos y genera un importante peligro de accidentes, de enfermedades debido a vectores como los mosquitos porque se estanca el agua o simplemente de conversión de un paisaje anterior en otro que no cuenta con la aprobación de la sociedad. A pesar del bombardeo constante de la necesidad de materias primas minerales para la transición energética y del cambio de modelo de la dependencia de terceros países como China, parece que la percepción que ha calado es que solamente se habla de metales y de minerales que, como las tierras raras, parece que tienen obligatoriamente que venir de lejos. Los productos de cantera no son percibidos como imprescindibles para esta transición e igualmente, el gran empuje mediático que nos intenta convencer de que con el reciclaje y la economía circular en los productos de construcción y demolición se acabaría con este problema ayuda a este sentimiento general, aunque no es cierto. La necesidad de materiales de cantera para construir los viales de acceso a los parques eólicos o fotovoltaicos se cuenta por millones de toneladas. Para cada aerogenerador de los que habitualmente se construyen hoy en día se necesitan entre 400 y 450 m3 de hormigón solo para la zapata de apoyo y así podríamos ir dando más cifras al respecto. Estas necesidades de material de cantera no pueden venir de terceros países, deben extraerse de graveras y canteras cercanas al punto de suministro que una vez finalizada su vida útil deben recuperarse para otros usos medioambientales, agrícolas, para instalar energías renovables o lúdicos. Conclusión La necesidad de productos de cantera es cada vez mayor. Además de sus usos tradicionales en obra civil y de edificación, desde hace unos años, ha aparecido un gran consumidor que son las empresas de construcción de parques de energías renovables. Los productos de cantera no pueden traerse de largas distancias. Deben extraerse cerca de los lugares de uso ya que no cuentan con un alto valor añadido, generan una elevada huella de carbono en su transporte y deben consumirse cerca del lugar donde se producen. También hemos de tener en cuenta que la mayoría de las pequeñas explotaciones de productos de cantera se localizan en el medio rural, a veces en áreas que sufren la lacra de la despoblación y pueden trabajar por la fijeza de las personas al territorio y por el desarrollo económico sostenible y sostenido de esos lugares además de contribuir a la riqueza regional y local al producir el efecto de la creación de negocios complementarios a la minería como son talleres, restaurantes, hoteles, etc. Para terminar, es necesario tener en cuenta por todos los actores implicados en la minería y sobre todo en la que es más del territorio, de proximidad, que la percepción social de lunya, Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos de Lleida, Col.legi Oficial d'Enginyers agrònoms de Catalunya Referencias • Industria y Minería (2022), Nº 415. Artículo XVIII Reunión con Directores Generales de Industria, Energía y Minas. Página 20-21 • Alberruche del Campo, M.E. et al (2018). Guía para la rehabilitación de huecos mineros con residuos de construcción y demolición. Centro de Publicaciones. Ministerio para la Transición Ecológica • Instituto Tecnológico Geominero de España (1989). Manual de restauración de terrenos y evaluación de impactos ambientales en minería. Ministerio de Industria y Energía • Boletín Oficial del Estado. Diversas normas consultadas para completar y acompañar al texto • Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Gobierno de España. Estadística Minera de España 2008 • Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial. Gobierno de La Rioja (2009). Plan Director de las Actividades Mineras de la Comunidad Autónoma de La Rioja • Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Gobierno de España. Estadística Minera de España 2012 • De Porta, J. (1984). Restauración de suelos en minería a cielo abierto. Universidad Politécnica de Cataluña, Universitat Politècnica de Cata- • Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Gobierno de España. Estadística Minera de España 2020 INDUSTRIA Y MINERÍA Un mayor control por parte de la Autoridad Minera hacia los promotores y explotadores y un control férreo de los procesos de restauración de las canteras y graveras una vez vayan avanzando en su desarrollo puede mitigar este efecto que se vuelve contra el desarrollo minero e industrial de una región. este tipo de industria es crucial para su futuro. Que la sociedad en su conjunto debe percibir la industria minera como un motor de desarrollo de las comarcas que sobre todo no es estacional y es continuo en el tiempo por décadas, generando riqueza y empleo. 35 Artículo La proliferación de huecos mineros sin restaurar lleva a un sentimiento de rechazo hacia la actividad minera por parte de la Sociedad en su conjunto. Muchos de estos huecos se convierten en poco tiempo en vertederos ilegales y debe ser la Administración la que, en virtud de sus competencias y cuando el promotor haya abandonado la explotación por diversas causas y sea imposible que acometa su responsabilidad para con el medioambiente, lleve a cabo de oficio dichas restauraciones devolviendo el terreno a unos estándares medioambientales aceptables.