Consejo Superior de Colegios
de Ingenieros de Minas
Industria
yMinería
Agua • Medio Ambiente • Minería • Energía • Metalurgia • Geología
Nº 419 • Primer Semestre de 2024
04
Editorial
Miguel Uceda Rozas
Artículo
09
Consejo Superior de Colegios de Ingenieros de Minas
Industria y Minería
Sumario
Nº 419 • 1o Semestre de 2024
Tercer Concurso Literario de Relatos Cortos
“La Minería Sostenible en tu Vida”
Artículo
14
Las aguas subterráneas:
más que un recurso estratégico
Juan Antonio López Geta
25
Artículo
Las explotaciones de cobre en la Sierra del Aramo
Ángel Villa Valdés
Artículo
28
Restauración de graveras y canteras y mejora
de la aceptación social de la minería. El caso
de éxito de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Rubén Esteban Pérez
Artículo
36
40
Consejo Superior de Colegios y Asociación
Nacional de Ingenieros de Minas
43
Colegio Oficial de Ingenieros de Minas
del Noroeste
45
Colegio Oficial de Ingenieros de Minas
del Nordeste
47
Colegio Oficial de Ingenieros de Minas
del Levante
49
Colegio Oficial de Ingenieros de Minas
del Sur
53
Colegio Oficial de Ingenieros de Minas
del Centro
Precio/ejemplar en PDF: 8 €
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ISSN: 1137-8042
55
Escuela Técnica Superior de Ingenieros
de Minas y Energía de Madrid
Las opiniones y conceptos en esta
Revista son de responsabilidad exclusiva
de sus autores, sin que Industria
y Minería los comparta necesariamente
61
Escuela Técnica Superior de Ingeniería
de Minas y Energía de Vigo
REVISTA DEL CONSEJO SUPERIOR
DE COLEGIOS DE INGENIEROS
DE MINAS DE ESPAÑA
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INDUSTRIA Y MINERÍA
Nuestros organismos
3
Sumario
Salinas de Cádiz.
Imagen cedida
por Marítima de Sales, S. L.
Posición Interpretativa del Consejo Superior
de Colegios de Ingenieros de Minas en relación
con el Real Decreto 445/2023
La restauración de antiguas graveras
y canteras abandonadas.
El paso previo para la mejora
de la aceptación social de la minería.
El caso de éxito de la Comunidad
Autónoma de La Rioja
INDUSTRIA Y MINERÍA
Rubén Esteban Pérez. Ex Director general de Calidad Ambiental
y Recursos Hídricos de la Consejería de Sostenibilidad,
Transición Ecológica y Portavocía del Gobierno de La Rioja
La minería más extendida en España es aquella que tiene que ver con el material más básico generalmente explotado para su aplicación en obras de construcción. Estas explotaciones suelen ser graveras o
canteras a cielo abierto y su número de explotaciones triplica las de la minería metálica, rocas ornamentales y minerales industriales juntos.
La mayoría de dichas explotaciones son de pequeño tamaño pero se localizan en el medio rural y, a veces,
en áreas con valor medioambiental en cualquiera de sus aspectos.
La crisis económica que sufrió España entre 2008 y 2014 conllevó el cierre de muchas de estas pequeñas graveras y canteras y en muchos casos su abandono por parte de sus administradores y propietarios
que obviaron la obligación de restauración obligatoria por la normativa vigente.
Este trabajo pretende comentar a grandes rasgos este hecho que fue común a todo el territorio español,
el plan de recuperación de espacios afectados por actividades mineras abandonados que se llevó a cabo
por el Gobierno de La Rioja entre 2019 y 2023 y la componente de percepción social que tanto el abandono y falta de restauración como la recuperación por parte de la Administración de estos espacios hace
que la minería futura en áreas muchas veces azotadas por la despoblación, pueda desarrollarse o se encuentre con el rechazo frontal de la población.
Artículo
28
The most widespread mining in Spain is that which has to do with the most basic material generally exploited for application in construction works. These exploitations are usually gravel pits or open pit quarries
and their number of exploitations triples that of metal mining, ornamental rocks and industrial minerals
combined.
The majority of these industries are small in size but are located in rural areas and, sometimes, in areas
with environmental value in any of its aspects.
The economic crisis that Spain suffered between 2008 and 2014 led to the closure of many of these small
gravel pits and quarries and in many cases abandonment by their administrators and owners who ignored
the obligation of restoration required by current regulations.
This work aims to comment broadly on this fact that was common to the entire Spanish territory, the recovery plan for abandoned spaces affected by mining activities that was carried out by the Government of La
Rioja between 2019 and 2023 and the social perception component that both the abandonment and lack
of restoration and the recovery by the Administration of these spaces means that future mining in areas
often plagued by depopulation may develop or be met with frontal rejection by the population.
Palabras clave: Minería, restauración, gravera, cantera, medioambiente, geología, Rioja
Keywords: Mining, mine reclamation, gravel pit, quarry, environment, geology, Rioja
Este periodo de profundos
cambios afectó al sector de la
minería de forma directa y, entre los distintos tipos de minería, en especial al de los denominados productos de cantera
enfocados principalmente al
sector de la construcción.
Al inicio del crack, había en España 3.007 explotaciones de
productos de cantera y 1.054
que aglutinaban los productos
metálicos, rocas ornamentales
y minerales industriales conjuntamente.
A comienzos de 2012, año de
máximos en generación de
desempleo y de empresas que
entraban en concurso de
acreedores debido a la inestabilidad económica y financiera
global, el número de empresas
mineras de productos de cantera había descendido un 20%,
hasta las 2.392, y el resto de tipos de explotaciones un 27%,
hasta las 770.
La situación de cierre de explotaciones mineras continuó
hasta el final de la crisis. En
2015, el número de explotaciones de productos de cantera
había caído en España un 30%
Este panorama dejó en nuestro
país 1.199 explotaciones mineras cerradas y obligadas a iniciar
el proceso de restauración que
obliga el Real Decreto
975/2009, de 12 de junio sobre
gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio
afectado por actividades mineras y disposiciones conexas.
Muchas de ellas por antigüedad, por indefinición dentro del
marco de secciones mineras
que recoge la Ley de Minas vigente, por ausencia de depósito de las garantías mineras
para acometer lo recogido en el
plan de restauración, debido a
avales interpuestos, que de ninguna manera podrían cubrir la
restauración por insuficientes,
por tamaño o por localización o
porque los administradores entraron en insolvencia total o,
simplemente, se inhibieron de
sus obligaciones para con la
ciudadanía y el medioambiente, quedaron en estado de
abandono, sin restaurar y, en
muchos casos, corriendo la
misma suerte los establecimientos de beneficio asociados
a la explotación y localizados
en la propia plaza de la cantera
o muy cerca.
El caso de las canteras y graveras de productos para la construcción, fue todavía más grave,
ya que, aunque por lo general
de pequeño tamaño, se encontraban en lugares donde los valores medioambientales eran
elevados y, en muchos casos,
en zonas de montaña de alto
valor, con un componente paisajístico innegable.
En la mayoría de estos casos,
el plan de restauración, aun conociendo los condicionantes
geo-ecológicos, como el clima,
geología, litología, fauna, flora,
hidrología, paisaje, etcétera, y
culturales, demografía, economía e historia del entorno y del
lugar a recuperar, se obviaron,
dado que muchas explotaciones pasaron a ser propiedad de
bancos, fondos de inversión o
empresas de crédito y caución
que no tenían intención de seguir explotando el recurso ni
tampoco de restaurar el espacio explotado.
Ni que decir tiene que la posible
problemática del emplazamiento
relativa a si ha habido contami-
INDUSTRIA Y MINERÍA
Tras unos cuantos años de bonanza económica sin paliativos
en España, que disfrutó también el sector de la construcción de obra civil y, sobre todo,
de la edificación, diversas vicisitudes por todos conocidas llevaron a nuestro país a una profunda crisis que tuvo sus inicios
en 2008 y que se prolongó largamente hasta 2014, generando una situación de desempleo y económica dramática.
con 915 explotaciones menos
con respecto a 2008 y, para el
resto de productos mineros, había descendido también un
30%, con un descenso de 284
explotaciones.
29
Artículo
La crisis económica de 2008
que afectó de lleno
a las pequeñas explotaciones
mineras en España
nación del suelo, del agua y si
ha habido o puede haber en un
futuro compactaciones, deslizamientos del terreno, subsidencias, colapsos, etcétera, tampoco se tuvo en cuenta.
Todo lo anterior, continuado durante los años que duró este
periodo de baja actividad económica en el sector de los productos de cantera y gravera,
condujo a una situación que
fue palpable al poco tiempo del
abandono de dichas explotaciones y su falta de restauración,
ya que se fueron convirtiendo
en una suerte de vertederos incontrolados de todo tipo de residuos, con lo que eso trajo
para la contaminación del terreno, de las aguas superficiales y subterráneas y para la biodiversidad.
INDUSTRIA Y MINERÍA
La normativa relativa
a la recuperación
de los espacios afectados
por actividades mineras
Artículo
30
La recuperación de un área
debe tener como base su integración en el paisaje, comprendiendo un análisis profundo de
las muchas interrelaciones que
tienen lugar entre los elementos que la hacen posible.
Aunque existe una correlación
directa entre la mayoría de las
degradaciones y las medidas
de corrección que se van a acometer, el diseño global de la
restauración debe orientar todas las intervenciones, tanto
desde el punto de vista de integración paisajística y ecológica
como de los usos a los que se
pretende destinar el espacio.
Aunque ya ha cumplido medio
siglo, la Ley de Minas vigente
cuenta con un espíritu que
tiende hacia la protección del
medio ambiente, donde, a pesar de que su fin último es la
obtención y el beneficio de un
recurso natural de índole geológica, sólo se debe comprometer
en la menor cuantía posible la
afectación al medio ambiente.
En este sentido, actualmente
existen numerosas tecnologías
de aplicación en la práctica minera que permiten la rehabilitación de los terrenos afectados,
mejorando incluso las condiciones iniciales de partida del terreno una vez explotado.
Ya en 1982, siguiendo lo recogido en el articulado de la ley
de Minas, se aprobó el Real Decreto 2994/1982, de 15 de octubre, sobre restauración del
espacio natural afectado por
actividades mineras.
Posteriormente, se aprobó la
Instrucción Técnica Complementaria 13.0.01, «Suspensión
y abandono de labores», y la
Instrucción Técnica Complementaria 08.02.01, «Depósitos
de lodos en procesos de tratamiento de industrias extractivas», ambas emanadas del Reglamento General de Normas
Básicas de Seguridad Minera.
Estas dos anteriores normas
están también vinculadas con
la protección y conservación
del medio ambiente afectado
por el laboreo de las minas y
beneficio de los recursos naturales minerales.
A nivel europeo, fue publicada
la Directiva 2006/21/CE del
Parlamento y del Consejo, de
15 de marzo de 2006, sobre
gestión de los residuos de industrias extractivas y por la que
se modifica la Directiva
2004/35/CE.
Esta Directiva respondía a los
objetivos de la política comunitaria de medio ambiente, según
la cual hay que establecer requisitos mínimos para prevenir o
reducir cualquier efecto no deseado sobre el medioambiente,
la biodiversidad y la salud humana que se produzca por una
incorrecta gestión de residuos
de la industria extractiva.
La incorporación al ordenamiento interno español de dicha
norma europea se lleva a cabo
mediante el Real Decreto
975/2009, de 12 de junio, sobre
gestión de los residuos de las in-
Transcurrieron varios años
hasta que se aprobó la Directiva 2018/851, que trataba,
entre otros asuntos, de la reducción de la generación de residuos en el sector de extracción de minerales y en la
construcción, tomando en consideración las mejores técnicas
disponibles.
En el mismo sentido, a nivel nacional, tuvieron lugar varias
modificaciones en la normativa
relativa a restauración de espacios mineros, con la aprobación
del Real Decreto 777/2012, de
4 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 975/2009.
Después llegó un profundo
cambio en la norma de evaluación ambiental que afectaba a
los planes de restauración de
explotaciones mineras, como
fue la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Restauración de huecos
mineros abandonados
en el periodo 2019-2023
en la Comunidad Autónoma
de La Rioja
El año 2019, el nuevo Gobierno
de La Rioja que se formó tras
las elecciones autonómicas de
mayo tuvo claro que, en materia de minería, no se podía seguir como hasta ese momento
y que además, fruto de la crisis
económica pasada, varias decenas de pequeñas explotaciones mineras, principalmente
graveras en las terrazas del río
Ebro, pero también alguna cantera el territorio más montañoso de La Rioja estaba salpicado de estos huecos
abandonados que en algunos
casos se habían convertido en
vertederos ilegales.
Además de modificar los decretos de competencias de la estructura administrativa del Gobierno y trasladar las
competencias en ordenación
minera de la Consejería en materia de ordenación del territorio a la que tenía las competencias en calidad ambiental, puso
al frente de dicha responsabili-
dad a un geólogo, el que suscribe este artículo, con experiencia en materia minera.
Desde el primer momento, tras
estudiar la situación actual del
sector en dicha Comunidad, se
estructuró el reto futuro en tres
áreas:
1. Revisión de todos los permisos mineros sobre todo de las
secciones A y C y ordenación
del sector, separando la paja
del grano en lo que a explotaciones y a administradores de
las mismas se refería.
2. Valoración de los huecos mineros afectados por actividades mineras en estado de
abandono para preparar un
plan de actuación de recuperación de dichos lugares, algunos de los cuales se localizan en áreas de gran interés
medioambiental.
3. Ordenación del nebuloso
mundo de los préstamos mineros para grandes obras lineales, la mayoría de las cuales
pertenecían a la Administración General del Estado.
Razón de todo ello se dio en la
XVIII Reunión con Directores
Generales de Industria, Energía
y Minas, que el Consejo Superior de Ingenieros de Minas celebró en Sevilla en octubre de
2022.
La situación, tras el inicio de la
recuperación económica que
empezó a despuntar en 2014,
INDUSTRIA Y MINERÍA
Unos pocos años después fueron publicadas otras dos normas cruciales en la restauración de explotaciones mineras.
Se trata de la Decisión de la
Comisión, de 20 de abril de
2009, por la que se establecen
las directrices técnicas para la
constitución de la garantía financiera prevista en la Directiva 2006/21/CE, y la Decisión
de la Comisión, de 20 de abril
de 2009, relativa a la definición de los criterios de clasificación aplicables a las instalaciones de residuos con arreglo
a la misma Directiva.
Y por último, para no entrar en
más detalle, recientemente se
aprueba la Ley 7/2022, de 8
de abril, de residuos y suelos
contaminados para una economía circular que da un profundo giro al complejo mundo
de la gestión de residuos y entre ellos a los generados por la
actividad minera.
31
Artículo
dustrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio
afectado por actividades mineras, a través del cual también se
pretende unificar y mejorar las
disposiciones relativas a la protección del medio ambiente en
todo lo relativo a la explotación
de recursos geológico-mineros.
era que en La Rioja se habían
perdido el 35% de sus explotaciones mineras, pasando de 70
con 172 establecimientos de
beneficio a 44 explotaciones
con 95 establecimientos. Por lo
tanto, teníamos 26 explotaciones en estado de abandono, todas ellas de productos de cantera para construcción y
prácticamente sin restaurar,
con diversas casuísticas respecto a su titularidad y muchas
de ellas sin aval alguno para
restauración.
INDUSTRIA Y MINERÍA
Entre ellas estaban algunas de
tamaño importante para la Comunidad, más de 5 has. de superficie, que ya se encontraban
en un estado de acumulación
de residuos demasiado doloso.
Artículo
32
Iniciamos el trabajo de cartografía, estudio jurídico de situación administrativa y valoración
y tres de ellas destacaban porque se habían convertido en
vertederos ilegales y además
se localizaban en el acuífero
del Ebro, área muy sensible
desde el punto de vista ambiental y de la biodiversidad.
Estas eran las graveras Uceda
en Tricio, Baños en Villamediana de Iregua y El Raposal en
Arnedo. Una vez definidas las
actuaciones prioritarias el plan
se topó con la cruda realidad
de la financiación para acometer las medidas propuestas y a
la vista de las posibilidades de
disposición de fondos que se
preveían, se optó por actuar en
la gravera de mayor tamaño y
que además, podía causar un
mayor daño al medioambiente
y por extensión a las personas.
La gravera Uceda fue la elegida. Esta explotación, situada
a pocos kilómetros de los municipios de Tricio y Arenzana de
Arriba, tenía un historial de problemas asociados a su abandono por parte de su explotador bastante extenso.
Ya en 2012, tras la denuncia
del Seprona de la Guardia Civil,
se constata la presencia de vertidos de residuos en la gravera,
abandonada sin restaurar unos
pocos años antes.
La propia mercantil que la explotaba quedó extinguida en
2017. En 2020, la Guardería
Forestal informa sobre la realización de más vertidos de residuos no mineros en dicha gravera. Realizan una exhaustiva
descripción de lo que se encuentran. Todo ello acumulado
durante casi una década en
plena terraza del acuífero del
Ebro.
En 2021, el personal de la Sección de Ordenación Minera gira
visita a la explotación que permanece paralizada y no ha sido
restaurada, ni se están realizando trabajos de restauración,
siendo el único uso de la
misma el vertido de residuos
ajenos a la actividad minera.
Al poco tiempo, y tras un reportaje en la prensa local hablando del plan de recuperación de estos espacios con
fotografías tomadas en la propia gravera Uceda, se producen
varios incendios en los referidos residuos.
En abril de 2022 se concluye la
redacción del “Plan de Rehabilitación de los terrenos afectados por la explotación de gravas y arenas Uceda”, que
cuenta con una extensión de
5,8 hectáreas, sobre una zona
de alta permeabilidad correspondiente al acuífero aluvial
del Najerilla-Ebro, acuífero muy
vulnerable a la contaminación y
muy próxima a un gran número
de parcelas de regadío.
Existe, por tanto, una amenaza
inminente de daño medioambiental a los suelos y las aguas
subterráneas, a causa del peligro de infiltración en el terreno
de los contaminantes procedentes de los residuos que se
están vertiendo en los taludes
y plaza de la cantera.
Por todo lo anterior y habida
cuenta que la zona afectada se
sitúa sobre una formación geológica altamente permeable y
muy vulnerable a la contaminación, así como, por los riesgos
derivados de los incendios que
los residuos puedan ocasionar,
se entiende por parte de la Administración que es de aplicación la Ley 26/2007, de 23 de
octubre, de Responsabilidad
Medioambiental, ya que, como
se ha puesto de manifiesto,
existe riesgo de daños medioambientales.
Así pues, se hace necesario
abordar dos asuntos urgentes:
1. La retirada de los residuos
ajenos a la actividad minera
Dado que no se ha identificado
al operador u operadores a los
que exigir la responsabilidad ya
que el entramado societario y la
falta de titularidad de las parcelas lo hace imposible sin peligro
de que se produzcan mayores
daños medioambientales, se
dan las circunstancias previstas
en la ley de Responsabilidad
Medioambiental, por lo que la
Consejería con responsabilidades en materia de minas elabora un Plan de Rehabilitación
de la gravera en el que se indican las medidas y actuaciones
que va a llevar a cabo para prevenir y evitar los mencionados
daños medioambientales.
Así mismo, se considera necesario declarar urgente la ocupación temporal de las fincas en
las que se van a desarrollar las
obras del referido plan.
Además, este proyecto permitiría cumplir a la Administración
la obligación de restaurar los
terrenos afectados por la gravera tras la incautación de la
garantía por importe de
27.045,54 euros, en cumplimiento del Real Decreto
975/2009, así como el logro
de la devolución de dichos terrenos en las condiciones necesarias de seguridad.
Por todo ello, se propone iniciar
un procedimiento de exigencia
Del mismo modo se pone de
manifiesto el procedimiento a
los interesados, así como a los
titulares de los terrenos en los
que se va a ejecutar el Plan de
Rehabilitación, para que puedan presentar documentación y
en su caso, alegaciones.
El riesgo medioambiental que
se ha puesto de manifiesto en
párrafos anteriores, permite
apreciar que existe un interés
público a proteger, por lo que
es razonable que se publique
en el Boletín Oficial de La Rioja
la resolución de inicio del procedimiento administrativo dictado, así como para salvaguardar los derechos y obligaciones
de terceros.
Así mismo, para cumplir con el
Real Decreto 975/2009, se habrá de someter a información
pública el referido plan de rehabilitación, y deberá ser informado por la Autoridad Ambiental y Sanitaria. Dicho plan
también deberá ser informado
por la Confederación Hidrográfica del Ebro.
Y tras todo ello, se iniciaron los
trabajos iniciando el tratamiento y gestión de residuos
con la extracción de más de 50
toneladas de residuos de todo
tipo. Después se comenzó la
remodelación topográfica y estabilización de superficies, control de erosión y acondicionamiento de drenajes.
Se siguió con la descompactación y preparación de suelos y
recuperación de la capa superior de tierra vegetal. La adicción de enmiendas y abonados
con la eliminación de vegetación inadecuada, la revegeta-
ción con arbustos y árboles autóctonos y, por último, las mejoras del hábitat para la fauna,
que en parte ya colonizaba la
plaza de la gravera y los taludes.
Se invirtieron unos 420.000
euros con apoyo del Fondo de
Recuperación, Transformación
y Resiliencia para renaturalizar
este espacio.
Percepción social
del abandono y falta
de restauración de espacios
afectados por actividades
mineras
La minería, en tiempos recientes, donde el cuidado del medioambiente apoyado por un
extenso corpus legislativo, es
prioritario para una gran parte
de la población sin tener en
cuenta que debe darse un equilibrio entre la preservación de
nuestros valores naturales y el
desarrollo económico de los territorios, se encuentra entre las
actividades industriales más
criticadas de entre todas las
que se desarrollan en el suelo
no urbano.
La proliferación de espacios
protegidos y entre todos ellos,
los espacios de Red Natura
2000, impiden de facto, aunque
no debería ser así, la ampliación y la instalación de explotaciones mineras en su enorme
extensión. También otras figuras de protección medioambiental coartan los esfuerzos de in-
INDUSTRIA Y MINERÍA
2. La rehabilitación de los terrenos afectados por las labores mineras así como por los
mencionados vertidos, con
objeto de impedir y prevenir
que se sigan produciendo
nuevos vertidos incontrolados de residuos.
de responsabilidad medioambiental y aprobación del Plan
de Rehabilitación de la gravera.
33
Artículo
que se han vertido en la gravera sin autorización, para
evitar el efecto llamada que
estos provocan.
tral pero que no tenían intención alguna de proceder a la
restauración.
versión en explotación de nuestros recursos geológicos y mineros necesarios para el avance
de las sociedades.
INDUSTRIA Y MINERÍA
Aun así, la necesidad de materiales para la construcción o
para productos imprescindibles
en las obras como pueda ser el
hormigón, de bajo valor añadido y necesidad de producción
cercana al lugar de utilización,
hace que al menos las explotaciones que vienen de antiguo
permanezcan y sigan generando riqueza.
Artículo
34
La etapa de bonanza económica que desembocó en la crisis de 2008 permitió, si no
alentó, a que entrasen en el
mundo de la minería de productos de cantera una amalgama de oportunistas que, con
el único ánimo de ganar dinero
o compensar pérdidas, iniciaban aventuras mineras sin tener un fin claro y desde luego
sin pensar que la restauración
es una obligación legal al final
de la vida útil de las explotaciones, por mucho que se lo advirtiesen sus facultativos.
Este hecho nos llevó a la situación antes planteada a partir
de 2008 del abandono de huecos mineros por doquier ya sea
porque los propietarios se encontraban en insolvencia o porque se vendían las fincas a terceros que no tenían en cuenta
que los derechos mineros
acompañaban al asiento catas-
Para la sociedad en su conjunto todos los vericuetos legales y detalles administrativos
en el prolijo mundo de la minería no tienen la importancia al
nivel del abandono de los huecos mineros sin restaurar y su
conversión en vertederos de
todo tipo de residuos.
Lo que los vecinos del pueblo
cercano, los agricultores, los
senderistas o cualquier transeúnte cercano a uno de estos
huecos ve es una explotación
minera llena de basura y sin actividad.
Para una gran pluralidad de
personas esta visión se traduce
en la realidad de la minería mal
entendida. Alguien que explota
un terreno, se lleva los recursos y deja allí el hueco que en
poco tiempo se llena de maleza, de residuos y genera un
importante peligro de accidentes, de enfermedades debido a
vectores como los mosquitos
porque se estanca el agua o
simplemente de conversión de
un paisaje anterior en otro que
no cuenta con la aprobación de
la sociedad.
A pesar del bombardeo constante de la necesidad de materias primas minerales para la
transición energética y del cambio de modelo de la dependencia de terceros países como
China, parece que la percepción que ha calado es que solamente se habla de metales y de
minerales que, como las tierras
raras, parece que tienen obligatoriamente que venir de lejos.
Los productos de cantera no
son percibidos como imprescindibles para esta transición e
igualmente, el gran empuje mediático que nos intenta convencer de que con el reciclaje y la
economía circular en los productos de construcción y demolición se acabaría con este problema ayuda a este
sentimiento general, aunque
no es cierto.
La necesidad de materiales de
cantera para construir los viales de acceso a los parques eólicos o fotovoltaicos se cuenta
por millones de toneladas. Para
cada aerogenerador de los que
habitualmente se construyen
hoy en día se necesitan entre
400 y 450 m3 de hormigón solo
para la zapata de apoyo y así
podríamos ir dando más cifras
al respecto.
Estas necesidades de material
de cantera no pueden venir de
terceros países, deben extraerse de graveras y canteras
cercanas al punto de suministro que una vez finalizada su
vida útil deben recuperarse
para otros usos medioambientales, agrícolas, para instalar
energías renovables o lúdicos.
Conclusión
La necesidad de productos de
cantera es cada vez mayor.
Además de sus usos tradicionales en obra civil y de edificación, desde hace unos años, ha
aparecido un gran consumidor
que son las empresas de construcción de parques de energías renovables.
Los productos de cantera no
pueden traerse de largas distancias. Deben extraerse cerca
de los lugares de uso ya que no
cuentan con un alto valor añadido, generan una elevada huella de carbono en su transporte
y deben consumirse cerca del
lugar donde se producen.
También hemos de tener en
cuenta que la mayoría de las pequeñas explotaciones de productos de cantera se localizan en el
medio rural, a veces en áreas
que sufren la lacra de la despoblación y pueden trabajar por la
fijeza de las personas al territorio
y por el desarrollo económico
sostenible y sostenido de esos
lugares además de contribuir a
la riqueza regional y local al producir el efecto de la creación de
negocios complementarios a la
minería como son talleres, restaurantes, hoteles, etc.
Para terminar, es necesario tener en cuenta por todos los actores implicados en la minería y
sobre todo en la que es más
del territorio, de proximidad,
que la percepción social de
lunya, Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos
de Lleida, Col.legi Oficial
d'Enginyers agrònoms de Catalunya
Referencias
• Industria y Minería (2022),
Nº 415. Artículo XVIII Reunión con Directores Generales de Industria, Energía y
Minas. Página 20-21
• Alberruche del Campo, M.E.
et al (2018). Guía para la rehabilitación de huecos mineros con residuos de construcción y demolición. Centro
de Publicaciones. Ministerio
para la Transición Ecológica
• Instituto Tecnológico Geominero de España (1989). Manual de restauración de terrenos y evaluación de
impactos ambientales en minería. Ministerio de Industria
y Energía
• Boletín Oficial del Estado. Diversas normas consultadas
para completar y acompañar
al texto
• Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico. Gobierno de España. Estadística Minera de España
2008
• Consejería de Turismo, Medio
Ambiente y Política Territorial.
Gobierno de La Rioja (2009).
Plan Director de las Actividades Mineras de la Comunidad Autónoma de La Rioja
• Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico. Gobierno de España. Estadística Minera de España
2012
• De Porta, J. (1984). Restauración de suelos en minería
a cielo abierto. Universidad
Politécnica de Cataluña, Universitat Politècnica de Cata-
• Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico. Gobierno de España. Estadística Minera de España
2020
INDUSTRIA Y MINERÍA
Un mayor control por parte de
la Autoridad Minera hacia los
promotores y explotadores y un
control férreo de los procesos
de restauración de las canteras
y graveras una vez vayan avanzando en su desarrollo puede
mitigar este efecto que se
vuelve contra el desarrollo minero e industrial de una región.
este tipo de industria es crucial
para su futuro. Que la sociedad
en su conjunto debe percibir la
industria minera como un motor de desarrollo de las comarcas que sobre todo no es estacional y es continuo en el
tiempo por décadas, generando riqueza y empleo.
35
Artículo
La proliferación de huecos mineros sin restaurar lleva a un
sentimiento de rechazo hacia
la actividad minera por parte
de la Sociedad en su conjunto.
Muchos de estos huecos se
convierten en poco tiempo en
vertederos ilegales y debe ser
la Administración la que, en virtud de sus competencias y
cuando el promotor haya abandonado la explotación por diversas causas y sea imposible
que acometa su responsabilidad para con el medioambiente, lleve a cabo de oficio dichas restauraciones
devolviendo el terreno a unos
estándares medioambientales
aceptables.