Property">
Nuestro Medio Ambiente. Santiago de Machaca-2023.
Nuestro Medio Ambiente. Santiago de Machaca-2023.
Nuestro Medio Ambiente. Santiago de Machaca-2023.
Medio Ambientales”
Paisaje
Suficiente LIMPIO.
FORRAJE.
Convivencia
Suelo libre Natural
Flora y fauna
de CONTAMI JAQI-PACHA.
Natural
NACION
EQUILIBRADO
CPE.Artículo 34.
Cualquier persona, a título individual o en
representación de una colectividad, está
facultada para ejercitar las acciones
legales en defensa del derecho al medio
ambiente, sin perjuicio de la obligación de
las instituciones públicas de actuar de oficio
frente a los atentados contra el medio
ambiente.
“La Creación de Dios
Divino – Tunupa - en
Peligro de
Desaparición…!!!
“Derechos de la Madre Tierra”
LEY Nº 071
LEY DE 21 DE DICIEMBRE DE 2010.
Artículo 2. (PRINCIPIOS).
Los principios de obligatorio
cumplimiento, que rigen la
presente ley son:
Es el derecho a la preservación de la
funcionalidad de los ciclos del agua, de su
existencia en la cantidad y calidad
necesarias para el sostenimiento de los
sistemas de vida…
4. Al aire limpio:
Es el derecho a la preservación de la
calidad y composición del aire para el
sostenimiento de los sistemas de vida y su
protección frente a la contaminación, para
la reproducción de la vida de la Madre
Tierra.
5. Al equilibro:
Es el derecho al mantenimiento o restauración
de la
interrelación, interdependencia,
complementariedad y funcionalidad de los
componentes de la Madre Tierra, de forma
equilibrada…
6. A la restauración:
Es el derecho a la restauración oportuna y
efectiva de los sistemas de vida afectados por
las actividades humanas directa o
indirectamente.
7. A vivir libre de
contaminación:
Es el derecho a la
preservación de la Madre
Tierra de contaminación de
cualquiera de sus
componentes, así como de
residuos tóxicos y
radioactivos generados por
las actividades humanas.
Artículo 8. (OBLIGACIONES DEL ESTADO
PLURINACIONAL).
El Estado Plurinacional, tiene las siguientes
obligaciones:
ARTICULO 20º.-
Se consideran actividades y/o factores susceptibles
de degradar el medio ambiente; los que a
continuación se enumeran:
a) Los que contaminan el aire, las aguas en todos
sus estados, el suelo y el subsuelo.
b) Los que producen alteraciones nocivas de las
condiciones hidrológicas,
edafológicas, geomorfológicas y climáticas.
c) Los que alteran el patrimonio cultural, el paisaje y
los bienes colectivos o
individuales, protegidos por Ley.
d) Los que alteran el patrimonio natural constituido
por la diversidad biológica, genética y ecológica…
e) Las acciones directas o indirectas que producen o
pueden producir el deterioro ambiental en forma
temporal o permanente, incidiendo sobre la salud de
la población.
ARTICULO 21º.-