Justice">
Clase Segunda Unidad
Clase Segunda Unidad
Clase Segunda Unidad
Excepción que se limita a eliminar los efectos de la mora para las partes, considero que las
partes son iguales al incumplir sin que sea relevante quien incumplió primero. Art. 1609.
Allanarse a cumplir: cuando una de las partes estuvo dispuesta a cumplir y realizo todas las
acciones necesarias para hacerlo, pero no fue posible el cumplimiento en razón al
cumplimiento previo o simultaneo de la otra parte.
Consecuencia jurídica de la excepción, fracasan las pretensiones del demandante y procede
la resolución del contrato.
Fuerza Mayor – Caso Fortuito