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Leccià N 4 Funciones de La Criminología

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FUNCIONES DE LA

CRIMINOLOGÍA
Lección No. 4

Prof. Jorge Pérez Valenzuela / 2021


La función básica de la Criminología consiste en informar a la
sociedad y a los poderes públicos:

1. Sobre el delito.
2. El delincuente.
3. La Víctima.
4. Y el Control Social.

Aportando conocimientos seguro y contrastado que:

1. Permita comprender científicamente el problema


criminal.
2. Prevenirlo.
3. Intervenir con eficacia y de modo positivo en el hombre
delincuente.
La investigación criminológica, en cuanto actividad científica,
reduce al máximo el intuicionismo y el subjetivismo,
sometiendo el problema delictivo a un análisis riguroso, con
técnicas empíricas.

Su metodología interdisciplinaria permite, además, coordinar


los conocimientos obtenidos sectorialmente en los distintos
campos del saber por los respectivos especialistas,
eliminando contradicciones y colmando las inevitables
lagunas.
Ofrece un diagnóstico cualificado y de conjunto sobre el
hecho criminal.

Conviene desvirtuar algunos tópicos sobre el saber


científico criminológico, pues ofrecen una imagen
tergiversada de la Criminología como ciencia, de la
aportación que ésta puede brindar y de su propia
función.
La Criminología, como ciencia, no puede aportar un saber
absoluto, seguro y definitivo sobre el problema criminal,
sino un saber relativo, limitado, provisional sobre el
mismo.

La experiencia demuestra que con el tiempo y el progreso


las teorías se superan, las concepciones otrora más
acreditadas caen en el olvido y devienen obsoletas.
1. El saber criminológico como saber científico, dinámico
y práctico sobre el problema criminal

2. Debate científico e ideológico sobre el rol de la


Criminología

3. La aportación científica de la Criminología: ámbitos


de la misma

4. Relaciones de la Criminología con otras disciplinas


“criminales” y “no criminales”
1. El Saber Criminológico como saber científico, dinámico y
práctico sobre el problema criminal.

- La Criminología no es una ciencia exacta.


- Más realista es propugnar como función básica de la
Criminología la obtención de un núcleo de conocimientos
asegurados sobre el crimen, el delincuente y el control
social.
- Núcleo de conocimientos es, saber sistemático, ordenado,
generalizador: y no mera acumulación de datos o
informaciones aisladas e inconexas.
- El Conocimiento científico es obtenido con método y
técnicas de investigación rigurosas, fiables y no refutadas,
que toman cuerpo en proposiciones una vez contrastados y
elaborados los datos empíricos iniciales.
- La Criminología no es una central de informaciones sobre el
crimen, ni un banco de datos gigantesco.

- La Criminología no agota su cometido en la obtención y


suministro de información centralizada sobre el crimen.

- La obtención de datos no es un fin en sí mismo, sino un


medio; los datos son material bruto, neutro, que tienen que
ser interpretados con arreglo a una teoría. No basta sólo su
obtención y almacenamiento.
2. Debate científico e ideológico sobre el rol de la
Criminología.

El propio “rol” de la Criminología ha dado lugar a un fecundo


debate científico e ideológico.

a) La lucha contra la criminalidad como objetivo de la


Criminología.

Podrá parecer obvio que el destino final de la Criminología


es la lucha contra la criminalidad; o si se prefiere una
formulación bastante más técnica y menos agresiva: el
control y prevención del delito.
b) Legitimación o crítica del orden social.

La Criminología es una ciencia empírica, pero la actividad


criminológica, la investigación, la praxis, no es
funcionalmente neutra para el sistema social. Las diversas
actitudes criminológicas oscilan, en consecuencia, desde la
legitimación del status quo (conservadurismo) a la crítica
directa de los fundamentos del orden social a favor de la
sociedad estatalmente organizada o bien opta a favor de
determinadas minorías, pues, de algún modo, la politización
que se acusa actualmente en las ciencias sociales afecta
también a la Criminología y polariza el propio quehacer
empírico.
c) Los modelos de la ciencia criminológica.

Desde esta perspectiva funcional, cabe contraponer dos


modelos radicales: el positivista, conservador, y el crítico.

La denominada Criminología positivista es una Criminología


legitimadora del orden social constituido, porque no cuestiona
sus fundamentos axiológicos, las definiciones oficiales ni el
propio funcionamiento del sistema, lo asume como un dogma,
acríticamente, refugiándose en la supuesta neutralidad del
empirismo de las cifras y las estadísticas. Ni el delito, ni la
reacción social, son problemáticos, pues se parte de la bondad
suprema del orden social y del efecto terapéutico y bienhechor
de la pena. La Criminología positivista opera, en consecuencia,
como factor de legitimación y consolidación del status quo.
El modelo crítico, por el contrario, cuestiona las bases
del orden social, su legitimidad, el concreto
funcionamiento del sistema y de sus instancias, la
reacción social: el delito y el control social devienen
problemáticos.
Mientras la Criminología positivista legitima cualquier
orden social y tiende a respaldar empíricamente la
respuesta represiva a sus conflictos (el único culpable es
el individuo, el delincuente), la Criminología crítica
cuestiona todo el orden social, muestra su simpatía por
las minorías desviadas y mina el fundamento moral del
castigo (la culpable es la sociedad) predicando, de algún
modo, la no intervención punitiva del Estado.
Ninguno de los dos modelos esquematizados convence.
La Criminología no debe ser la coartada empírica
legitimadora de un determinado orden social, o un
instrumento eficaz para conservar el status quo,
potenciando la respuesta represiva contra sus disidentes;
ni un agente de subversión y crítica social.

El criminólogo, como científico, ha de buscar la verdad,


recabando para sí la posibilidad de criticar incluso las
bases del sistema legal y su funcionamiento: no es un
mero observador o testigo de la realidad. Ahora bien,
tampoco deben desvirtuarse los cometidos de la
Criminología convirtiendo a ésta en una genuina
sociología política o en una mera política criminal,
porque, en último termino, se olvidaría el rol genuino de
una disciplina empírica.
3. La aportación científica de la Criminología:
ámbitos de la misma.
La información sobre el problema criminal que puede
aportar la Criminología, válida (por la corrección del
método de obtención de la misma) y fiable (por la
bondad de la propia información), tiene un triple
ámbito:
i. La explicación científica del fenómeno criminal
(modelos teóricos), de su génesis, dinámica y
principales variables;
ii. La prevención del delito; y
iii. La intervención en el hombre delincuente.
a) La formulación de impecables modelos teóricos explicativos
del comportamiento criminal ha sido el cometido prioritario
asignado a la Criminología. En los otrora países socialistas,
sin embargo, tal objetivo merece una atención secundaria,
ya que prima por razones ideológicas y metodológicas, una
concepción instrumental, práctica, del saber científico,
menos teórico y academicista, espoleada por la utopía
politicocriminal que aspira a la superación del crimen en
una sociedad socialista. Interesa más prevenir el delito que
explicarlo, más transformar la sociedad (capitalista)
criminógena que elaborar modelos teóricos explicativos.
b) La prevención eficaz del delito es otro de los
objetivos prioritarios de la Criminología.
La mera represión llega siempre demasiado
tarde y no incide directamente en las claves
últimas del hecho criminal.

c) La Criminología puede suministrar, también,


una información útil y necesaria en orden a la
intervención en el hombre delincuente.
Asistimos, sin duda, a la crisis de la
denominada “ideología del tratamiento”, al
clamoroso e inevitable fracaso de los
programas de resocialización del delincuente.
4. Relaciones de la Criminología con otras disciplinas
“criminales” y “no criminales”.
- Conceptual y funcionalmente mantiene estrechas relaciones con
otras disciplinas, criminales y no criminales, por razón del principio
interdisciplinario, pluridimencional e integrador que la inspira.
- Se necesita tener una comprensión global del crimen, y esto no es
posible desde una perspectiva parcial y singular de disciplinas
sectoriales, como la Psicología, la Psiquiatría o la Sociología.
- El Psiquiatra, por sí solo, no podrá explicar satisfactoriamente –por
ejemplo- el auge de la criminalidad de cuello blanco. Ni el sociólogo
por qué –en idénticas situaciones sociales- un individuo actúa
conforme a la ley, mientras otro opta por la vía del crimen.
- La Criminología, por tanto, coordina e integra los conocimientos
sobre el crimen, el delincuente y el control social derivados de
diversas instancias científicas, sin que pueda concebirse a modo de
parte o parcela de las mismas (Psiquiatría criminal, Psicología
criminal o Sociología criminal).
a) Entre las ciencias, NO específicamente criminales,
relacionadas con la Criminología, destacan:

1. La Biología,
2. La psiquiatría,
3. La Psicología (Estudia la “vida psíquica llamada
normal” o, si se prefiere expresarlo de otro modo, “la
conducta y la experiencia no patológica de cada ser
viviente, de los grupos y colectivos, sobre todo del
hombre”.
Se ocupa solo marginalmente del crimen
3. El Psicoanálisis (Se ocupa de problemas básicos y aspectos
importantes del hecho criminal –así, proceso motivacional,
valor simbólico de la conducta, funcionalidad de la pena, etc.-.
Pero su cuerpo de doctrina gira, fundamentalmente, en torno al
inconsciente humano –que el psicoanálisis trata de explotar
mediante la introspección- y los conflictos intrapsíquicos del
individuo, determinantes de su personalidad y comportamiento.
La contribución criminológicamente más significativa de las
doctrinas psicoanalíticas discurre en dos planos: el teorético y el
clínico, aportando una sugestiva explicación del delito y del
castigo, y una nueva terapia útil para determinadas
perturbaciones psíquicas.
(complejo de culpa de origen edípico, debilidad o ausencia de
“super-yo”, primacía del instinto de destrucción o muerte, etc.)
4. La Sociología, (persigue un tratamiento científico sistemático de las
reglas que rigen la vida social y de los mecanismos de control y
efectividad de dichas reglas. El “delito” –y esto es, la conducta que se
“desvía” de un determinado tipo de “normas”: las jurídico-penales-
interesan, también, a la Sociología (criminal), aunque no agote el
estudio de éste su objeto, ni tenga en el mismo un lugar prioritario.
5. La Etología (contempla el entramado o soporte biológico del
comportamiento de las especies vivas, delimitando, caso a caso, el
componente “instintivo” y el “adquirido”. A través de la comparación
del comportamiento humano y el animal trata así de verificar las
reglas que rigen el sistema orgánico en su totalidad de acuerdo con
los objetivos propios de la Biología.
Algunos etólogos estiman que esta disciplina puede aportar una
valiosa perspectiva para el estudio de fenómenos como el miedo o la
agresión, luchas de los seres vivos por pretensiones jerárquicas y
territoriales, comportamiento sexual de las especies, elección de la
pareja, pautas del comportamiento grupal, ansias de posesión, etc.)
b) Relaciones de la Criminología con las ciencias
“criminales” . La criminología guarda, también,
estrecha relación con otras disciplinas que tienen
como objeto “específico” el crimen. De todas ellas
destacan:

1. El derecho Penal, y

2. La Política Criminal.
Criminología, Política Criminal y Derecho Penal mantienen, conceptualmente,
relaciones muy estrechas, pues las tres disciplinas se ocupan del delito.

El Derecho Penal es una ciencia jurídica, cultural, normativa: una ciencia del
deber ser; mientras la Criminología es una ciencia empírica, fáctica, del ser.

La Política Criminal es una ciencia que se encarga de procesar la información


referida en torno a la criminalidad y orientar la toma de decisiones por parte de
los niveles de administración ejecutiva de los gobiernos.

Criminología, Política Criminal y Derecho Penal representan tres momentos


inescindibles de la respuesta social al problema del crimen:

- El momento explicativo-empírico (Criminología),


- El decisional (Política Criminal) y
- El instrumental (Derecho Penal).
Muchas
Gracias!!!

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