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Rivera Laureano Jean Koqui

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• Los sujetos

• Vinculo jurídico
Elementos • Un objeto
• Una causa

Pothier , la obligación surge su efecto cuando hay dos sujetos llamado creedor y deudor , podría suceder
una muerte de cualquier a de los sujetos pasivo o activo ; por lo cual no deja de existir la obligación ya que
los hijos son herederos del suceso , eso se llama efectos a los herederos.
Sujetos de la Busso, no puede facultarse ya sea un sujeto activo o pasivo para que contrajera consigo mismo una
obligación obligación , por lo cual tiene que ver derechos subjetivos para crear la dicha obligación ante un crédito y
una deuda .
Y de la misma manera se cumpliría determinada prestación a favor de otra persona.
ELEMENTOS DE LA Articulo 1956 código civil
OBLIGACIÓN

Wayar, indudablemente se entiende entre un acreedor y un deudor , se establece un vinculo


Vinculo jurídico o relación jurídica.
jurídico El vinculo está presente en toda obligación jurídica, es decir por medio de la norma jurídica surge el
efecto de un NEXO entre el acreedor y deudor .
Si una obligación no es exigible solo seria como un deber jurídico.
René demongue , la obligación debe ser un objeto , debe presentar utilidad para el
acreedor
Articulo 140 cc inciso 2 , para la validez del acto jurídico se requiere un objeto físico
• Posibilidad de objeto y jurídicamente posible.
La posibilidad puede ser total o parcial , es decir la obligación no nace y la
prestación no puede ser cumplida ( articulo 1221 cc )

Manuel albaladejo , hay dos cosas especiales en donde no tiene digno de


protección .
• Licitud de objeto 1.- fin es jurídicamente rechazable , es ilícito , no puede quedar satisfecho.
Licitud no puedes ser prohibida por la ley , si no lo contrario.

Objeto de
la
obligación Sujetos determinados o determinables , se habla de los determinados
cuando los derechos y deberes a las obligaciones están reconocido o
• Germinación o identificado en el momento de la celebración del acto jurídico
Determinable , son los derechos que no están identificados en la
determinábilidad del celebración del acto jurídico .
objeto

Hector lafaille , señala que la obligación pose tres rasgos :


• Patrimonialidad de la • Reglas en los hechos crediticios
obligación •

Mayor influencia de los factores éticos y sociales
Consecuencia , el incumplimiento impone b resarcir por los daños y perjuicios

Alumno : JEAN KOQUI RIVERA LAUREANO

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