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2 SESION-Principios Notariales
2 SESION-Principios Notariales
2 SESION-Principios Notariales
PRINCIPIOS NOTARIALES
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
ESPECIALIDAD EN DERECHO NOTARIAL Y
REGISTRAL
DERECHO NOTARIAL I
PROFESORA:
IRIS CHAVES RODRIGUEZ
RESEÑA HISTÓRICA
Antiguamente los negocios no
necesitaban de un notario, ni de
documentos, porque toda
negociación operaba por trueque.
RESEÑA HISTÓRICA
Posteriormente, nace el documento
escrito, el cual era un documento
privado redactado por las mismas
partes, sin necesidad de un tercero.
RESEÑA HISTÓRICA
Interviene una persona ajena a la
relación contractual, que debía
cumplir un requisito esencial:
conducta ejemplar (moralmente
solvente) y experiencia en redacción
de documentos y en contratación.
RESEÑA HISTÓRICA
Este tercero actúa con el respaldo
del Estado y nace el documento
público, redactado por un funcionario
público (escribano-notario) y firmado
por las partes en su presencia.
NOTARIO PÚBLICO
El notario es todo profesional del
derecho investido de facultades,
tales como fedatario o depositario de
la fe pública, y que representa al
Estado en tal efecto -funcionario
público-.
NOTARIO PÚBLICO
Este doble carácter de profesional
del derecho y funcionario público que
tiene el notario, da lugar a la doctrina
para considerar la función notarial de
naturaleza jurídica mixta.
NOTARIO PÚBLICO
El notario es el funcionario público
investido por la ley, para dar fe
pública de los negocios jurídicos, que
se celebren ante él y que tiene que
adaptar la voluntad de las partes con
las normas jurídicas, dándole solidez
formal, fecha cierta y autenticidad.
NOTARIO PÚBLICO
El notario es mediador ante un
evento, contrato, o negocio jurídico.
Es su deber asesorar de acuerdo al