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Semana 12 Etica y Deontología
Semana 12 Etica y Deontología
Semana 12 Etica y Deontología
12MA. SEMANA
ETICA Y DEONTOLOGIA POLICIAL
Complicidad
- Actitud con que se muestra que existe
conocimiento por parte de dos o más
personas de algo que es secreto u
oculto para los demás: su complicidad
hacía pensar que eran más que
colegas.
- Cooperación o participación en la
comisión de un delito: Ejm. está
acusado de complicidad en el
secuestro.
La corrupción en el Perú en la última década se ha
presentado en una forma alarmante, que ha dado lugar
a que el Gobierno dicte normas legales más precisas y
con sanciones más justas
Durante la década de los noventa, llegó a darse en el
Perú el llamado "poder infiscalizado" (Olivera, 1999b).
También se entronizó el secreto como estilo de
gobierno a raíz de la lucha antisubversiva.
Denominamos poder infiscalizado a la "capacidad de
alguien de imponer su voluntad a un grupo o una
comunidad sin controles u obligación de responder por
sus actos".
En los espacios institucionales pueden llegar a tener a
poder infiscalizado quienes detentan los poderes
normativo y administrativo.
El "poder infiscalizado" implica:
La ausencia de mecanismos de participación de
la población o de las colectividades en el control
y fiscalización de la gestión del poder.
La inacción y/o complicidad de las entidades y
órganos fiscalizadores y de control.
La ausencia de rendiciones de cuentas
periódicas y públicas, por parte de funcionarios y
directivos.
En el caso del Perú, esta situación se dio claramente: el
poder se ejerció a discreción sin rendición de cuentas, sin
controles institucionales (estatales o de partidos) y con
"cheques en blanco" para gobernar. El poder infiscalizado
en el caso del Perú se incrementó porque el Congreso con
aplastante mayoría gubernamental y sin concesiones a la
minoría no intentó buscar ni tímidamente el equilibrio de
poderes, ni fiscalizó el poder normativo que le delegó en
varias oportunidades al Ejecutivo y menos se autofiscalizó
en su propia función legisladora por sus compromisos con
el Ejecutivo. A la postre no hubo equilibrio de poderes; no
hubo autonomía del Poder Judicial ni del Ministerio Público;
el Parlamento no cumplió con su misión fiscalizadora; la
Contraloría de la República no ejerció a cabalidad sus
funciones; no hubo participación de la población en las
decisiones nacionales ni en la formulación de leyes, etc.
Las principales MODALIDADES CONFORMANTES DE LOS TIPOS DE
CORRUPCIÓN, que se han dado en el sistema de corrupción peruano (2)
han sido:
Tráfico de influencias.
Malversación de fondos:
PREVARICATO:
Corrupción de funcionarios:
COHECHO PROPIO
el funcionario o servidor público que solicita o acepta
donativo, promesa o cualquier otra ventaja, para realizar u
omitir un acto en violación de sus obligaciones o el que
las acepta a consecuencia de haber faltado a sus
deberes.( art.393 CP.)
COHECHO IMPROPIO:
el funcionario, servidor público que solicita o acepta
donativo, promesa o cualquier otra ventaja indebida para
practicar un acto propio de su cargo, sin faltar a su
obligación (art.395-B)
CONCUSIÓN:
el funcionario o servidor público, abusando de su cargo,
obliga o induce a una persona a dar o prometer
indebidamente para si o para otro, un bien o un beneficio
patrimonial. (art. 382 del CP )
ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO:
Lavado de capitales, testaferrismo y receptación
Enriquecimiento ilícito, el funcionario o servidor público
que, por razón de su cargo, se enriquece ilícitamente (art.
401 CP ) .- Constituye enriquecimiento ilícito el
incremento del patrimonio de un servidor, empleado o
funcionario público con significativo exceso respecto de
sus ingresos legítimos durante el ejercicio de sus
funciones y que no pueda ser razonablemente justificado
por él. Constituye presunción grave de enriquecimiento
ilícito la falta de presentación de la declaración
juramentada de bienes al final del respectivo período y
esté legalmente obligado a rendirla.