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Estudio Dogmático de Los Delitos y Análisis de Casos

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ESTUDIO DOGMÁTICO

DE LOS DELITOS Y
ANÁLISIS DE CASOS
Dogma

Punto esencial de una religión, una doctrina o


un sistema de pensamiento que se tiene por
cierto y que no puede ponerse en duda dentro
de su sistema.

La  RAE lo define como una "proposición que


se asienta por firme y cierta, como principio
innegable"
Dogmático

Es algo indiscutible, fidedigno, innegable, que
no admite réplica o cuestionamiento.

Como dogmático definimos todo lo


perteneciente o relativo a los dogmas, es
decir, el conjunto de fundamentos o principios
por los que se rige una religión, doctrina,
ciencia o sistema determinado.
Delito

“son las conductas prohibidas a las que se les


asocia una pena como consecuencia. Por lo
tanto, no obra delito cuando la conducta de un
hombre no se adecué a alguno de esos
dispositivos.

Por lo que termina definiendo el concepto de


delito como la “conducta, típica, antijurídica y
culpable”. Eugenio Raúl Zaffaroni
Delito es el acto u omisión que sancionan las
leyes penales. Código Penal Federal art. 7º

“acto típicamente antijurídico culpable, sometido


a condiciones objetivas de penalidad imputable a
un hombre y sometido a una sanción penal”.
Luis Jiménez de Asúa
La palabra delito deriva del latín delinquere,
que significa abandonar, apartarse del buen
camino, alejarse del sendero señalado por la
ley.
Crimen Delito

Criminal Delincuente

Criminalidad Delincuencia
Estudio
dogmático

El estudio dogmático se refiere a la


caracterización de los elementos de un delito,
entendiendo por éste una conducta antijurídica
típica o específica, culpable y punible.

Antes de iniciar un estudio dogmático debe


considerarse que el delito se comete en un
ámbito espacial o territorio con jurisdicción, en un
ámbito temporal y en el ámbito personal.
Los elementos del delito son la tipicidad, la
anti-juridicidad y la culpabilidad. Si falta
alguno de estos elementos no hay delito.

Los delitos solamente pueden ser de dos


tipos: dolosos o culposos. No hay delito
cuando alguien es obligado a cometer un
acto punible por causas extrañas a su
voluntad.
CLASIFICACIÓN DE LOS
DELITOS
Por formas de culpabilidad

- Doloso
- Culposo
- Preterintencional
Por forma de acción

- Acción
- Omisión

Por el resultado

- Formal
- Material
ELEMENTOS DEL DELITO

Sujeto activo Sujeto pasivo


Acción Omisión
Típico Atípico
Jurídico Antijuridico
Imputable Inimputable
Culpabilidad
Punibilidad
FORMAS DE CONDUCTA
HUMANA
La conducta está relacionada a la modalidad que
tiene una persona para comportarse en diversos
ámbitos de su vida, esto quiere decir que puede
usarse como sinónimo de comportamiento ya que
se refiere a las acciones que desarrolla un sujeto
frente a los estímulos que recibe y a los vínculos
que establece con su entorno.
Existen diferentes tipos de conductas que son
estudiadas por la criminología con el fin de
identificar el posible nacimiento de una
conducta delictiva que transgreda el bien
común de las personas, para así poder
identificar posibles focos rojos en su actuar y
prevenir algún posible hecho ilícito.
Conductas

- Social

- Asocial

- Parasocial

- Antisocial

- Delictiva L. R. Manzanera
A la Criminología/Derecho interesan sobre
todo las conductas antisociales, pero esto no
implica que desatienda a las conductas
parasociales, en cuanto que algunas de éstas
pueden convertirse con cierta facilidad en
conductas antisociales.
MODELO COGNITIVO CONDUCTUAL

Albert Bandura, Psicólogo Canadiense,


profesor de la universidad de Stanford, Se
centró en estudios de tendencia
conductual-cognitiva. reconocido por su
trabajo sobre la teoría del aprendizaje
social.

Durante la fase inicial de su investigación


se analizan las bases del aprendizaje
humano y la disposición de niños y
adultos para imitar acciones observadas
en otras, particularmente la agresión.
El modelo cognitivo conductual une
conocimientos de la teoría del aprendizaje
social con el procesamiento de la
información y trata de explicar cómo se
aprenden determinadas conductas durante
la infancia y la adolescencia.
INSTITUCIONES
FORMALES
E INFORMALES
DEL CONTROL SOCIAL
La manera en que cada persona procesa
la información es fundamental para
entender su forma de comportarse y para
aplicar el tratamiento adecuado.

Se parte de la base de que lo que nos


rodea nos influye y aprendemos las
conductas.
Pilares de la teoría del modelo cognitivo conductual

Básicamente se pueden diferenciar 3 pilares:

 Condicionamiento clásico: Se trata de un término creado


por Iván Pavlov (Psicólogo ruso). Se entenderá mejor con
un ejemplo: lo que hizo Pavlov fue utilizar una
campanilla antes de poner la comida a los perros, con el
paso del tiempo logró que segregaran saliva solo con
hacer sonar la campanilla. Este experimento le hizo
concluir a Pavlov que la reacción de los perros eran el
resultado del aprendizaje debido a los estímulos.
 Condicionamiento operante: Si a una
acción le sigue un resultado positivo,
querremos repetir esa acción para volver
a tener ese resultado positivo.

Por lo tanto, se trata de una nueva


forma de aprender.
 Aprendizaje observacional: Las
conductas se aprenden a través de la
observación de otras personas, por
ejemplo, los hijos observan a sus padres
y aprenden (imitación).
Es importante observar dos aspectos muy
importantes en la conducta de un
individuo, la capacidad cognoscitiva y la
capacidad volitiva, ya que con ello podría
determinarse que tan propenso es a la
conducta antisocial o delictiva.
CAPACIDAD COGNOSCITIVA

hace referencia acerca de la capacidad de


comprensión, es decir, la capacidad que tiene las
personas para entender lo que hacen, la
construcción o formación del conocimiento
comprende 2 niveles:

 Nivel sensorial

 Nivel lógico
Nivel sensorial

 LaSensación: Es la impresión que producen los objetos,


y que es captada por los sentidos.

La sensación implica un proceso en nuestro sistema


nervioso y los receptores sensoriales a través de
estímulos.

El cerebro procesa la información y eso es la


sensación, el procesamiento que proviene de algunos
de los sentidos. (Segregación de neurotansmisores)
 La Percepción: Es la información del
objeto en su totalidad. Es el acto de
conocer e interpretar sensaciones.

La percepción es la manera en la que el


cerebro interpreta los estímulos sensoriales
que recibe para formar una impresión
consciente de la realidad física de su
entorno.
 La Representación: Es la imagen
sensoperceptiva en ausencia del objeto.
Es la recreación de la imagen sensorial
del objeto en la memoria sin el objeto
ante nosotros.
Nivel lógico

 ElConcepto: Es el reflejo de las cualidades


generales y esenciales de los objetos
fenómenos del mundo exterior en la mente
humana.

El concepto capta la esencia del objeto, el


fenómeno en su conjunto, las relaciones
internas de los fenómenos.
 Los Juicios: Es un pensamiento o acto
mental en que se niega o se afirma algo
de algún hecho o fenómeno de la
realidad. (Juicio de valor).
 ElRazonamiento: Es la operación discursiva
por medio del cual obtenemos un
conocimiento nuevo, inferido, partiendo de
otro conocimiento ya establecido.

El Raciocinio o deducción es el paso de la


verdad de una o varias proposiciones.

***Razonamiento en función de la
individualidad, del libre albedrio.
CAPACIDAD VOLITIVA

Se refiere a la habilidad de una persona de actuar en


función de lo que comprender, es decir, su capacidad
de controlar sus actos.

Entre las funciones que se refieren a la capacidad


volitiva, destacamos las siguientes:

 Perseverancia: Permite que realicemos esfuerzos


durante periodos de tiempo más o menos largos
para lograr un objetivo a medio o largo plazo.
 Autocontrol: Es una habilidad esencial para
dominar emociones, estados de estrés, de
cansancio, de enfado o de nerviosismo.

 Concentración: Se trata de fijar la atención en


algo en el momento adecuado y en el instante
oportuno en el que necesitamos esa atención.

 Capacidadde adaptación: Es útil para aceptar y


gestionar cambios, para verlos como una
oportunidad en lugar de como un obstáculo.
BIEN JURÍDICO TUTELADO

Los bienes jurídicos tutelados son los valores


fundamentales del ser humano, entre los que se
comprenden la vida como el mayor bien que posee
el ser humano, la libertad, familia, honor,
patrimonio, seguridad individual y colectiva,
seguridad sexual, entre otros, son bienes que el
estado debe proteger al igual que el orden jurídico
en lugar y tiempo determinado.
El interés social no se convierte en bien
jurídico hasta que no es protegido por el
Derecho.

El bien jurídico es la elevación a la categoría


del bien tutelado o protegido por el derecho,
mediante una sanción para cualquier
conducta que lesione o amenace con lesionar
este bien protegido.
RASGOS DE PERSONALIDAD

En el sentido común es la capacidad de un


individuo para reaccionar positivamente al
contacto con personas diversas en circunstancias
similares.

La Psicología social estudia la personalidad en


función de la impresión positiva, negativa o
indiferente que el individuo provoca en los demás.
La personalidad se define como el
conjunto de disposiciones psíquicas del
hombre que se reflejan en el modo de
reaccionar al ambiente, en el modo de
perseguir sus intereses, de satisfacer sus
necesidades, de alcanzar sus fines y de su
comportamiento en la sociedad.
El concepto de personalidad se presenta a
menudo asociado a los conceptos de
temperamento y carácter.

 El temperamento tiene relación con las


cualidades genéticas del comportamiento
humano y las formas innatas de reacción.

 El carácter esta asociado con la


transformación de esas mismas cualidades a
través de la historia de vida de cada sujeto.
Los rasgos de personalidad hacen referencia
a la forma de actuar de las personas.
Son aquellas características que nos
permiten crear una descripción exhaustiva
de la persona, por lo tanto, nos permiten
distinguir a una persona de otra.
10 rasgos de la personalidad considerados
más importantes
 Abierto  Dubitativo

 Reservado  Sumiso

 Introvertido  Dominante

 Extrovertido  Relajado

 seguro  excitable
RASGOS DE CARÁCTER

Desde la perspectiva psicológica, el carácter


hace referencia a cómo es una persona, es
decir, entendemos el carácter como un conjunto
de rasgos que definen a la persona tal como es.
Los rasgos de carácter tienen posibilidad
de modificarse a medida que la persona
se enfrenta a situaciones nuevas.

A continuación, revisaremos 11 tipos de


carácter de una persona.
1. Carácter flemático

Las personas de carácter flemático acostumbran a ser muy


pacientes. Son perseverantes y metódicos cuando quieren
conseguir lo que se proponen y, además, se muestran
indiferentes ante las posibles dificultades que puedan surgir. 

No obstante, estas personas tienen dificultades en la toma de


decisiones ya que, tienden a preocuparse por las consecuencias
de sus actos que puedan aparecer a largo plazo.

 Rasgos de personalidad: calmado, controlado, introspectivo,


muy inteligente, de mente abierta, etc.
2. Carácter colérico

Personas que se definen por una gran facilidad para adaptarse a


los cambios, acostumbran a estar de buen humor aunque pueden
enfadarse rápidamente. 

Les gustan los cambios, por lo que les gusta estar activas e ir en
busca de nuevas sensaciones. Por esta razón no suelen ser
personas muy pacientes ni disciplinadas, ya que tienen una
necesidad de cambio que se lo impide o dificulta. 

 Rasgos de personalidad: impulsivas, extrovertidas, activas,


innovadoras, excitables y habladoras.
3. Carácter sanguíneo

se caracterizan por ser calmadas y valientes, aunque


también tienden a ser egoístas, desconfiadas y cínicas.
Además, son personas muy prácticas a las que les
apasionan tanto el trabajo como el dinero. 
no les interesan las conversaciones profundas, sino que
tienen una gran preferencia por las cosas prácticas

 Rasgos de personalidad: se relacionan fácilmente, gran


capacidad de comprensión y de afrontar situaciones
difíciles, liberales.
4. Carácter apático

Personas con una carencia de intereses e ideas. Presentan


dificultades para relacionarse con otras personas; presentan
emociones negativas y persistentes.
Se encuentran bien en la soledad, sus dificultades para
relacionarse con los demás no son un inconveniente ya que no
necesitan la compañía de otros para poder sentirse bien y estar
contentos. 

 Rasgos de personalidad: melancólicos, cerrados, testarudos,


pasivos, indiferentes, perezosos, difíciles de conocer y les
gustan las rutinas.
5. Carácter apasionado

A las personas de carácter apasionado les suele gustar el


orden y tienden a ser políticamente conservadoras.
Se trata de personas que tienden a valorar en gran
mesura las tradiciones y muestran comportamiento
altruista con aquellas personas que tienen sometidas bajo
su poder. Suelen enfrentar obstáculos sin miedo y
habitualmente los superan gracias a su capacidad de
trabajo.

 Rasgos de personalidad: agresivas, decididas, valoran el


honor, la lealtad y la objetividad. 
6. Carácter sentimental

se caracterizan por la constante presencia de un componente


sentimental y emocional muy fuerte. Suelen sentir emociones
muy poderosas y fuertes pero persistentes, ya sean negativas o
positivas.

Suelen presentar dificultades a la hora de aceptar los cambios


y, generalmente, no están a gusto con ellas mismas.

 Rasgos de personalidad: observadoras, subjetivas,


retrospectivas, obsesivas, testarudas, idealistas y
románticas.
7. Carácter nervioso

Personas que acostumbran a sentir de manera muy fuerte y potente


todo aquello que les pasa.

Las personas con este tipo de carácter suelen tener dificultades


para la toma de decisiones, pierden el interés por cualquier cosa
fácil y rápidamente y, suelen buscar aventuras y nuevas
experiencias. Cambian de estado de ánimo con facilidad y tienden a
expresar de forma exagerada todo aquello que les ocurre.

 Rasgos de personalidad: enérgicas, impulsivas, juguetonas,


susceptibles, desordenadas, indisciplinadas y frívolas.
8. Carácter amorfo

Las personas con este tipo de carácter no prestan atención a las


consecuencias que puedan tener en el futuro, únicamente viven
en el presente y, por lo tanto, no le dan mucha importancia a
las consecuencias de sus actos y hacen lo justo y necesario
para poder vivir el día a día tratando de satisfacer las
necesidades básicas, como comer y dormir.

 Rasgos de personalidad: perezosas, desordenadas, torpes,


tranquilas, conformistas, influenciables, evitan los esfuerzos y
acostumbran a posponer las cosas.
9. Carácter inseguro

suelen ser personas que presentan dificultades para llevar a cabo


sus actos, como dice su nombre, presentan inseguridad personal y
emocional y dudan de sus actos, si son correctos o no, si tendrán
consecuencias negativas, evitan la búsqueda de experiencias y
sensaciones nuevas.
Este hecho, en muchas ocasiones, conlleva a una baja autoestima.
En las personas con este tipo de carácter, habitualmente sus
pensamientos son negativos, le ven el lado malo a todo.

 Rasgos de personalidad: gran falta de confianza en sí mismas,


evitan romper con la rutina y conocer cosas y situaciones
novedosas, temor a los juicios, celos, desconfianza.
10. Carácter obsesivo

Es propio de personas que suelen realizar muchos rituales y rutinas con la


finalidad de poder disminuir la ansiedad que eso les provocaría si no se
llevaran a cabo.
tienden a preocuparse demasiado por los problemas y situaciones del día
a día, le dan muchas vueltas a todo, hasta el punto de no poder controlas
ni parar estos pensamientos constantes.
En algunas ocasiones, todo esto conlleva a un efecto negativo en el
estado de ánimo y la conducta de las personas con este tipo carácter. 

 Rasgos de personalidad: perfeccionistas, maniáticas, ordenadas, con


extrema necesidad de limpiar tanto las cosas que les rodean como su
propio cuerpo, entre otros. 
11. Carácter sensible

Personas que tienden a ser muy susceptibles y con un alto grado de


sensibilidad. Por esta razón, los demás acostumbran a decirles las cosas de
una manera más suave y con tacto, para evitar que les afecte demasiado. 
También prefieren trabajar en equipo, pero sin tener que tomar las
decisiones finales. las personas con este tipo carácter muestran temor a los
riesgos, es decir, tienen preferencia por no romper con sus situaciones y
rutinas diarias y no buscar nuevas sensaciones y experiencias.

 Rasgos de personalidad: dificultad para la toma de decisiones, les afectan


algunos sonidos u olores fuertes, muestran sensibilidad ante las críticas,
demasiada empatía, les afectan mucho los problemas de otras personas.
RELACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y LA CONDUCTA
DELICTIVA

En la actualidad se ha encontrado que no existe un


perfil específico de personalidad delictiva, sin embargo
de manera general, se han podido constatar varias
características similares, o rasgos parecidos en
personas con conductas violentas y delictivas graves;
entre ellas se encuentran, alta extraversión, personas
muy activas, alto neuroticismo, ansiosos y con
inestabilidad emocional, y alto psicoticismo, sujetos
muy impulsivos, agresivos, etc.
Se puede deducir que en delitos no violentos se tiende a la
evitación, así como a bajas puntuaciones en extraversión, es
decir, tienden a la introversión, desesperanza y sentimientos
negativos, timidez, ansiedad, depresión y pobre autoestima.

se puede concluir que no existe una personalidad delictiva (como


lo sugería Lombroso en sus estudios) sin embargo existen rasgos
típicos de personalidad que tienen una relación directa con ciertas
conductas, así como rasgos típicos o patológicos que hacen
propenso al sujeto al delito.
DELITOS EN PARTICULAR
DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD
CORPORAL, Y CONTRA LA FAMILIA

Son los que afectan el bien jurídico de la vida humana,


la conducta del agente extingue la vida, la destruye.
Tales delitos son los más graves en cualquier
legislación penal, ya que una vez extinta la vida,
carece de sentido y lógica tutelar otros bienes.
CÓDIGO PENAL FEDERAL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE
GUERRERO
Libro segundo
Libro segundo

TITULO DECIMONOVENO Parte especial

Delitos Contra la Vida y la


Integridad Corporal TITULO PRIMERO
Delitos Contra la Vida y la
Integridad Corporal
CAPITULO I
Lesiones CAPITULO II
Lesiones
LESIONES
 
En tanto a la integridad corporal, la figura típica que
representa al bien jurídico tutelado es el delito de
lesiones. Por ello la ley trata de proteger la
integridad del cuerpo humano en su forma o manera
más integra, incluido el aspecto físico o daño
anatómico, así como su funcionalidad.
 HERIDA: afectación producida en la carne o el cuerpo vivo y
puede tratarse de una llaga, un corte, etc.; originados por una
contusión, traumatismo, instrumento cortante, punzante o
contundente.

 ESCORIACIÓN: el resultado o la consecuencia de erosionar,


gastar o arrancar la piel, por el efecto de ciertas sustancias
como ácidos, agua, aceite, etc.

 FRACTURA: es la ruptura de un hueso, normalmente la causan


los golpes, accidentes deportivos, caídas de gran altura, etc.
 DISLOCACIÓN: es la separación de su lugar del hueso,
pero este no se rompe sino solo se separa del lugar
donde debe estar.

 QUEMADURA: es el efecto causado por el fuego o


sustancias corrosivas en el tejido orgánico.

 CONTUSIÓN: es una magulladura que ocasionan los


instrumentos contundentes (golpes), como un arma
blanca, un martillo, etc.
El delito de lesiones de persigue por querella, a
excepción de que a quien ejerciendo la patria
potestad o la tutela infiera lesiones a los
menores o pupilos bajo su guarda, en este caso
será perseguido por oficio y se suspenderá el
ejercicio de sus derechos.
CIRCUNSTANCIA PENALIDAD MULTA
Lesiones no graves (1-15 días en 3 – 8 meses 30 – 50 días
sanar)
Lesiones que tarden en sanar más de 4 meses – 2 años 70 – 270 días
15 días
Lesión que deje cicatriz en la cara 2 – 5 años 100 – 300 pesos
Lesión que perturbe algún sentido, 3 – 5 años 300 – 500 pesos
dañe un órgano o alguna facultad
mental.
Lesión incurable o pérdida de algún 5 – 8 años
órgano, sentido o facultad mental

Incapacidad permanente 6 – 10 años


CPF
CPF
Lesión que ponga en peligro la vida 3 – 6 años
CIRCUNSTANCIA PENALIDAD MULTA

Lesiones 1-15 días 6 meses – 1 año 20 – 50 días

Lesiones 15 – 60 días 1 – 2 años 50 – 100 días

Lesiones + 60 días 2 – 4 años


Cicatriz permanente en 3 – 5 años
cara
Disminución de 3 – 6 años
facultad o
funcionamiento

Perdida de función de 4 – 6 años CPEG


órgano o facultad
Que pongan en peligro 4 – 8 años
la vida
 CIRCUNSTANCIAS MODIFICADORAS

Atenuantes
 Lesiones en riña o duelo: podrían disminuirse hasta la
mitad o hasta cinco sextos de la condena según se trate
del provocado o del provocador, considerando la mayor o
menor importancia de la provocación.

Agravantes
 son las mismas que agravan el homicidio (premeditación,
ventaja, alevosía y traición).
CÓDIGO PENAL FEDERAL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE
GUERRERO
TITULO DECIMONOVENO
Delitos Contra la Vida y la Libro segundo
Integridad Corporal Parte especial

CAPITULO II TITULO PRIMERO


Delitos Contra la Vida y la
Homicidio Integridad Corporal

CAPITULO I
Homicidio
HOMICIDIO

Pocos son los delitos cuyas consecuencias son tan


severas como las de un homicidio.
Esto se debe a que no estamos hablando de una
afectación cualquiera sino de la privación de uno de
los derechos humanos fundamentales, el derecho a la
vida, el cual no puede ser suspendido en ningún caso
ni circunstancia.
Consecuencias del Homicidio
 
Económicas
 Pérdida de ingreso para los hogares
dependientes de la actividad económica de la
víctima.
 Reducción de la demanda de ciertos bienes y
servicios de la inversión.
 Deterioro del capital humano.
 Afectación del bienestar social.
psicosociales

 Mayor percepción de inseguridad.


 Normalización de la violencia.
 Miedo y sensación de peligro.
 Deterioro del capital social.
 Traumatización de personas cercanas.
Políticas

 Impunidad.
 Debilitación de las instituciones del Estado
(Instituciones formales e informales).
 Afectación a la gobernabilidad.
 Inestabilidad política.
Para que exista el delito de homicidio se necesitan dos:
el activo y el pasivo.

 ACTIVO: solo la persona física puede ser sujeto activo


en el homicidio sin importar características,
circunstancias o peculiaridades de la persona (sexo,
edad, estado civil, salud)

 PASIVO: de igual forma solo una persona física puede


ser sujeto pasivo en este delito ya que es el poseedor
del bien tutelado que se protege que es la vida.
Causas de justificación

En el homicidio pueden presentarse todas las causas de


justificación: legitima defensa, estado de necesidad,
cumplimiento de un deber y ejercicio de un derecho.
privar de la vida amparado de cualquiera de estas causas
da como resultado la anulación del delito como tal.
ATENUANTES: son casos específicos en los cuales el
legislador considero que dada las condiciones en que se
produjo el homicidio, se debe aplicar una sanción menor
que la se aplicaría en un homicidio simple intencional.

Los homicidios atenuados o privilegiados de la legislación


penal mexicana son:

 homicidio consentido
 Homicidio en riña o duelo
 Legitima defensa
AGRAVANTES: cuando el legislador considera que las
circunstancias en que se desarrolla el delito, resulta
necesario agravar la punibilidad, pues la
antijuridicidad del delito reviste mayor gravedad.

 Premeditación
 Alevosía
 Ventaja
 Traición
CPF
CIRCUNSTANCIA PENALIDAD

Homicidio simple 8 – 20 años

Homicidio en razón de parentesco 20 – 50 años

Homicidio calificado 20 – 50 años

Homicidio a petición de la víctima 2 – 6 años

Homicidio en riña provocador – mitad de la pena por homicidio


simple
Provocado – tercera parte de homicidio simple
Feminicidio 20 – 60 años

En razón de orientación sexual 20 – 50 años CPEG


Homicidio en razón de parentesco o relación

Al que prive de la vida a su ascendiente o


descendiente consanguíneo en línea recta, hermano,
cónyuge, conviviente, compañera o compañero civil,
concubina o concubinario, adoptante o adoptado,
con conocimiento de esa relación se le impondrá
prisión de treinta a sesenta años.
Feminicidio

La muerte violenta de las mujeres por razones


de género, tipificada en nuestro sistema penal
como feminicidio, es la forma más extrema de
violencia contra la mujer.
Se considera que existen razones de género cuando concurra
alguna de las siguientes circunstancias:

 La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier


tipo

 A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones


infamantes o degradantes, previas o posteriores a la
privación de la vida o actos de necrofilia
 Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en
el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra
de la víctima

 Haya existido entre el activo y la víctima una relación


sentimental, afectiva o de confianza

 Existan datos que establezcan que hubo amenazas


relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del
sujeto activo en contra de la víctima
 La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea
el tiempo previo a la privación de la vida

 El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un


lugar público

A quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán


de cuarenta a sesenta años de prisión y de quinientos a
mil días multa.
“Tipos de feminicidio”

 Íntimo y familiar
 Lesbicidio
 Feminicidio racial
 Feminicidio en serie
El modelo de protocolo latinoamericano de
investigación de las muertes violentas de
mujeres por razones de género, recomienda que
todas las muertes violentas de mujeres deben
analizarse con perspectiva de género, para
poder determinar si hubo o no razones de
género en la causa de la muerte y para poder
confirmar o descartar el motivo de ésta.
Explicaciones psicológicas de la violencia de género

 Interaccionismo simbólico y el patriarcado

Desde esta orientación el feminicidio podría explicarse


como una consecuencia de las diferencias en los roles
otorgados a cada género por muchas sociedades: se
entiende que el ámbito público debe ser controlado por los
varones y se relega a las mujeres a la reproducción y al
cuidado del hogar. En muchas ocasiones se denomina
“patriarcado” a esta estructura social.
El Código Penal Federal establece que a quien
cometa el delito de feminicidio se le impondrán
de cuarenta a sesenta años de prisión y de
quinientos a mil días multa.

En caso de que no se acredite el feminicidio, se


aplicarán las reglas del homicidio.
Al servidor público que retarde o entorpezca
maliciosamente o por negligencia la procuración
o administración de justicia se le impondrá pena
de prisión de tres a ocho años y de quinientos a
mil quinientos días multa, además será
destituido e inhabilitado de tres a diez años para
desempeñar otro empleo, cargo o comisión
públicos.
El Código Penal para el Estado Libre y Soberano
de Guerrero establece de 20 a 60 años de prisión
como castigo para el delito de feminicidio.
CÓDIGO PENAL CÓDIGO PENAL PARA EL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO
FEDERAL DE GUERRERO

TITULO Libro segundo


DECIMONOVENO Parte especial
Delitos Contra la Vida y
la Integridad Corporal TITULO PRIMERO
Delitos Contra la Vida y la
Integridad Corporal
CAPITULO VI
Aborto CAPITULO V
Aborto
ABORTO

El aborto consiste en la interrupción del


embarazo y se puede producir tanto de forma
espontánea como inducida.

Sea cual sea el caso, el aborto concluye con la


expulsión del feto a través del canal vaginal.
 Aborto espontáneo

 Muerte fetal

 Aborto inducido
El aborto en México es legal cuando se da por ciertas
circunstancias contempladas en la ley. Estas
circunstancias se conocen como causales, y cada
estado del país determina cuáles de ellas acepta.

En total, México tiene 8 causales por las que se puede


abortar sin que sea considerado un delito.
 1. Cuando el embarazo es producto de una violación (en
los 32 estados)

 2. Cuando la continuación del embarazo afecta la salud de


la mujer

 3. Cuando el embarazo pone en riesgo la vida de la mujer

 4.Si el producto presenta alguna malformación congénita


grave
 5. Si el embarazo es producto de una inseminación
artificial en contra de la voluntad de la mujer

 6. Si el aborto fue provocado de manera imprudencial, es


decir, por accidente

 7. Cuando la economía precaria de la mujer se agrava al


continuar el embarazo

 8. Por libre decisión de la mujer (sólo en los estados que


no este penado por la ley)
CIRCUNSTANCIA PENALIDAD

Con consentimiento 1 – 3 años

Sin consentimiento 3 – 6 años

Uso de violencia física o moral 6 – 8 años

Atenuantes 6 meses – 1 año


CPF
CIRCUNSTANCIA PENALIDAD

Con consentimiento/voluntario 1 – 3 años

Sin consentimiento 3 – 8 años

Uso de violencia física o moral 6 – 9 años

CPE
G
Al profesionista o persona en ejercicio del oficio
que practique un aborto se le suspenderá el
ejercicio de su profesión u oficio por el tiempo
que dure la pena de prisión impuesta.
CÓDIGO PENAL CÓDIGO PENAL PARA EL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO
FEDERAL DE GUERRERO

TITULO Libro segundo


DECIMONOVENO Parte especial
Delitos Contra la Vida y
la Integridad Corporal TITULO PRIMERO
Delitos Contra la Vida y la
Integridad Corporal
CAPITULO III
Reglas comunes para CAPITULO IV
lesiones y homicidio Ayuda e Inducción al suicidio
El artículo 312 del Código Penal Federal
establece que el que prestare auxilio o indujere
a otro para que se suicide, será castigado con la
pena de uno a cinco años de prisión; si se lo
prestare hasta el punto de ejecutar él mismo la
muerte, la prisión será de cuatro a doce años.
Si el occiso o suicida fuere menor de edad o
padeciere alguna de las formas de enajenación
mental, se aplicarán al homicida o instigador las
sanciones señaladas al homicidio calificado o a
las lesiones calificadas.
CIRCUNSTANCIA PENALIDAD

Ayuda al suicidio 4 – 12 años

Inducción al suicidio 1 – 5 años

Menor de edad o que padezca Se aplicará sentencia de


de facultad mental homicidio calificado o lesiones
calificadas

CPF
CIRCUNSTANCIA PENALIDAD

Ayuda al suicidio 2 – 4 años


Ayuda/ejecución 4 – 8 años

Inducción al suicidio 4 - 8 años

el suicidio no se consuma pero causa 2 – 6 años


lesiones
Menor de edad o que padezca de Se aplicará sentencia de homicidio
facultad mental calificado o lesiones calificadas

Agravante por razón de 4 – 9 años


parentesco
CPEG
Requisitos que son necesarios para poder hablar
de suicidio:

 Necesidad efectiva de una muerte.

 Que dicha muerte sea voluntaria, querida por


el sujeto.
 Que el sujeto cuya muerte se produce tenga
capacidad de decisión, es decir, la voluntad de darse
muerte ha de ser consciente, si el sujeto no es
imputable, estaremos ante un homicidio, debe, por
tanto, excluirse la calificación de suicidio, si el sujeto
es menor de edad o está afectado por una
enfermedad mental, así como en aquellos casos en
los que el consentimiento de la víctima es obtenido
mediante engaño, violencia o cualquier otro vicio.
La razón de dejar impune el suicidio es de mera
política criminal:

parece excesivo imponer una pena al suicidio


intentado, que es el único que podría castigarse,
pero por eso, se pena la participación en el mismo.
Inducir al suicidio equivale a determinar a otra
persona a que se suicide. Supone por
consiguiente, que el suicida no hubiera tomado
la fatal resolución de darse muerte si no hubiera
mediado la conducta del inductor.
CÓDIGO PENAL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE
FEDERAL GUERRERO

TITULO Libro segundo


DECIMONOVENO Parte especial

Delitos Contra la Vida y


TITULO SEPTIMO
la Integridad Corporal
Delitos cometidos en contra de
un integrante de la familia y
delitos por discriminación contra
CAPITULO VIII la dignidad de las personas
Violencia Familiar
CAPITULO I
Violencia Familiar
El término violencia familiar hace referencia a
cualquier forma de abuso, ya sea físico,
psicológico o sexual, que tiene lugar en la
relación entre los miembros de una familia.
Como todo abuso, implica un desequilibrio de
poder, y es ejercido desde el más fuerte hacia el
más débil con el fin último de ejercer un control
sobre la relación.
La CNDH define a la violencia familiar como un
acto de poder u omisión intencional, dirigido a
dominar, someter, controlar o agredir física,
verbal, psicoemocional o sexualmente a
cualquier integrante de la familia, dentro o fuera
del domicilio familiar, por quien tenga o haya
tenido algún parentesco por afinidad, civil,
matrimonio, concubinato o a partir de una
relación de hecho y que tenga por efecto causar
un daño.
Tradicionalmente, en nuestra sociedad, dentro
de la estructura familiar jerárquica actualmente
predominante, los dos principales ejes de
desequilibrio los han constituido el género y la
edad, siendo las mujeres, los niños y los
ancianos las principales víctimas de la violencia
dentro de la familia.
Tanto la mujer como sus hijos carecían de
individualidad, absorbidos por la del hombre
cabeza de familia, a cargo de quien legalmente
estaban y que tenía plenos derechos para usar
las medidas que creyera convenientes para
mantener el control sobre ellos.
Actualmente puede resultar difícil aceptar,
debido a determinados estereotipos ideales del
concepto de familia, que la familia es uno de los
grupos sociales en los que se dan más
comportamientos violentos.
uno de los factores más relevantes a la hora de
explicar la elevada incidencia de la violencia
familiar es el hecho de que la familia posee una
serie de características que la hacen
potencialmente conflictiva, con el
correspondiente riesgo de que los conflictos
puedan resolverse de manera violenta.
Entre estas características destacan:

 Laalta intensidad de la relación, determinada


por la gran cantidad de tiempo compartido
entre sus miembros, el alto grado de confianza
entre ellos, el derecho a influir sobre los
demás y el elevado conocimiento mutuo que
se deriva de la convivencia diaria.
 La propia composición familiar, integrada por
personas de diferente sexo y edad, lo que
implica la asunción de diferentes roles a
desempeñar, y que se traduce en unas
marcadas diferencias de motivaciones,
intereses y actividades entre sus miembros.
 El alto nivel de estrés al cual está expuesta la
familia como grupo, debiendo hacer frente a
distintos cambios a lo largo del ciclo vital y a
exigencias de tipo económico, social, laboral o
asistencial.

 El carácter privado que posee todo aquello


que ocurre en el interior de una familia y que,
tradicionalmente, la ha hecho situarse fuera
del control social.
Algunas de las manifestaciones más frecuentes
de la violencia familiar en nuestro medio se dan
cuando:

 En el caso de las mujeres son golpeadas,


violadas, insultadas, amenazadas, ignoradas o
menospreciadas por su compañero. Puede ser
que en una pareja se golpeen, insulten,
amenacen, ignoren o menosprecien el uno al
otro.
 Niñas,niños, adolescentes, personas adultas
mayores o personas con alguna discapacidad
son golpeados, insultados, amenazados o
humillados.

 Algunos de los integrantes de la familia


obligan a otro u otros a tener prácticas
sexuales que no desean.
La violencia familiar genera crisis,
enfermedades, depresión, indefensión,
discapacidad e incluso muerte.

Las personas que sufren violencia, suelen ver


afectada su autoestima, desarrollo intelectual,
creatividad y capacidad para relacionarse con
los demás.
Los niños y adolescentes de estos hogares
violentos también suelen presentar una menor
competencia social y un menor rendimiento
académico que los niños de familias no violentas,
además de promedios más altos en medidas de
ansiedad, depresión y síntomas traumáticos.
CIRCUNSTANCIA PENALIDAD

Violencia familiar 6 meses - 4 años CPF

Violencia familiar 1 – 5 años CPEG

Este delito se persigue por querella, a excepción


de los casos de menores de edad.
MICROVIOLENCIA

Las microviolencias son pequeños e


imperceptibles controles y abusos de poder,
prácticamente normalizados, que los hombres
ejercen permanentemente sobre las mujeres.
Son hábiles artes de dominio, maniobras que sin
ser muy notables, disminuyen la autonomía y el
equilibrio psíquico de las mujeres.
LEY GENERAL DE SALUD CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE
GUERRERO
TITULO DECIMOCTAVO
Medidas de Seguridad, Libro segundo
Sanciones y Delitos Parte especial

CAPITULO VI TITULO SEGUNDO


Procreación asistida,
Delitos
inseminación artificial y
manipulación genética

CAPÍTULO I
Procreación asistida e
inseminación artificial
Los avances en la investigación biomédica y
biogenética han facilitado, e incluso en algunos
casos sustituido, los procesos de reproducción,
lo que ha alarmado sobre la necesidad de
establecer límites en su uso y evitar así una
aplicación inadecuada, misma que ha dado
origen a diversos delitos relacionados con la
materia.
La tipificación del delito de manipulación
genética tiene como alguno de sus fines evitar
la creación de nuevas especies, así como de
seres híbridos.
LEY GENERAL DE SALUD

Artículo 465. Al profesional, técnico o auxiliar de las


disciplinas para la salud y, en general, a toda persona
relacionada con la práctica médica que realice actos de
investigación clínica en seres humanos, sin sujetarse a lo
previsto en el Título Quinto de esta Ley, se le impondrá
prisión de uno a ocho años, suspensión en el ejercicio
profesional de uno a tres años y multa por el equivalente
de cien a dos mil días de salario mínimo.
Si la conducta se lleva a cabo con menores,
incapaces, ancianos, sujetos privados de libertad o,
en general, con personas que por cualquier
circunstancia no pudieran resistirse, la pena que fija
el párrafo anterior se aumentará hasta la mitad.
TÍTULO QUINTO LGS
Artículo 100
La investigación en seres humanos se desarrollará
conforme a las siguientes bases:

I. Deberá adaptarse a los principios científicos y éticos que


justifican la investigación médica, especialmente en lo que
se refiere a su posible contribución a la solución de
problemas de salud y al desarrollo de nuevos campos de
la ciencia médica;
II. Podrá realizarse sólo cuando el conocimiento que se
pretenda producir no pueda obtenerse por otro método
idóneo
III. Podrá efectuarse sólo cuando exista una razonable
seguridad de que no expone a riesgos ni daños
innecesarios al sujeto en experimentación;

IV. Se deberá contar con el consentimiento por escrito


del sujeto en quien se realizará la investigación, o de
su representante legal en caso de incapacidad legal
de aquél, una vez enterado de los objetivos de la
experimentación y de las posibles consecuencias
positivas o negativas para su salud;
V. Sólo podrá realizarse por profesionales de la salud
en instituciones médicas que actúen bajo la
vigilancia de las autoridades sanitarias
competentes;

VI. El profesional responsable suspenderá la


investigación en cualquier momento, si sobreviene
el riesgo de lesiones graves, invalidez o muerte del
sujeto en quien se realice la investigación, y

VII. Las demás que establezca la correspondiente


reglamentación.
ARTÍCULO 466
Al que sin consentimiento de una mujer o aun con su
consentimiento, si ésta fuere menor o incapaz, realice
en ella inseminación artificial, se le aplicará prisión de
uno a tres años, si no se produce el embarazo como
resultado de la inseminación; si resulta embarazo, se
impondrá prisión de dos a ocho años.
La mujer casada no podrá otorgar su consentimiento
para ser inseminada sin la conformidad de su cónyuge.
CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE GUERRERO

Artículo 160. Disposición ilícita de óvulos o


esperma
A quien disponga de óvulos o esperma para fines
distintos a los autorizados por sus donantes, se le
impondrán de dos a cinco años de prisión y de cincuenta
a cuatrocientos días multa.
Artículo 161. Inseminación artificial
A quien sin consentimiento de una mujer mayor de dieciocho
años o con el consentimiento de una mujer menor de edad o
que no tenga capacidad para comprender el significado del
hecho o para resistirlo, realice en ella inseminación artificial,
se le impondrán de tres a seis años de prisión.

Si la inseminación se realiza con violencia o de ésta resulta


un embarazo, se impondrán de cuatro a doce años de
prisión.
Artículo 162. Procreación asistida
A quien implante a una mujer un óvulo fecundado,
utilizado para ello un óvulo propio o ajeno, o
esperma de donante no autorizado, sin el
consentimiento expreso de la paciente, del donante
o con el consentimiento de una persona menor de
dieciocho años de edad o de persona que no tenga
capacidad para comprender el significado del hecho
o para resistirlo, se le impondrán de tres a seis años
de prisión.
Artículo 163. Punibilidad para agentes
cualificados
Además de las penas previstas en el capítulo
anterior, se impondrá suspensión para ejercer la
profesión o, en caso de servidores públicos,
destitución e inhabilitación para el desempeño
del empleo, cargo o comisión públicos, por un
tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.
Artículo 165. Manipulación genética
Se impondrán de dos a cinco años de prisión,
destitución e inhabilitación, en su caso, así como
suspensión por igual término para desempeñar
cargo, empleo o comisión públicos, profesión u
oficio, a quien:

I. Manipule genes humanos de manera que se


altere el genotipo, salvo que ésta se realice con la
finalidad de eliminar o disminuir enfermedades
graves;
II. Fecunde óvulos humanos con cualquier fin
distinto al de la procreación humana, o

III. Genere seres humanos por clonación o realice


procedimientos de ingeniería genética con fines
ilícitos.
Artículo 166. Punibilidad específica
Si de la comisión de alguno de los delitos
previstos en los artículos anteriores resultaren
hijos, la reparación del daño podrá comprender,
además, el pago de alimentos para éstos y para
la madre conforme a la legislación civil.
De forma muy específica en el Convenio para la
protección de los derechos humanos y la
dignidad del ser humano con respecto a las
aplicaciones de la Biología y la Medicina o
"Convenio de Oviedo" firmado en Oviedo el día 4 de
abril de 1997, seguido del Protocolo adicional por el
que se prohíbe la clonación de los seres humanos,
hecho en París el día 12 de enero de 1998 y ratificado
por España el 7 de enero de 2000.
CÓDIGO PENAL FEDERAL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE
GUERRERO
Libro segundo

Libro segundo
TITULO DECIMOQUINTO
Parte especial
Delitos contra la libertad y el
normal desarrollo psicosexual
TITULO QUINTO
Delitos contra la libertad sexual y
el normal desarrollo psicosexual
En los delitos de carácter sexual, los bienes
jurídicos lesionados son la libertad sexual y la
indemnidad sexual.

El libre desarrollo de la sexualidad se considera


como la seguridad que deben tener todos en el
ámbito sexual para poder desarrollarse, por eso
las leyes penales se preocupan en especial de
proteger la indemnidad sexual de los menores de
edad, los mas vulnerables en este aspecto.
SECUESTRO

Es un delito que consiste en privar de


la libertad de forma ilícita a una persona o
grupo de personas, normalmente durante un
tiempo determinado, con el objetivo de
obtener un rescate o el cumplimiento de otras
exigencias en perjuicio del o los secuestrados
o de terceros.
Los secuestradores, generalmente, y previo al
secuestro de su víctima, siguen sus
movimientos cotidianos durante días
anteriores al evento, con la finalidad de
conocer sus rutas de tránsito y horarios
habituales para así lograr con mayor éxito su
empresa delictiva.
El momento en que se lleva a cabo el rapto de
la víctima es en el 95,3% de las veces cuando
se transita a bordo de su vehículo por algún
lugar despoblado o de poca confluencia de
personas, así como al momento de salir de sus
domicilios o al momento de llegar al mismo. 
Cuando se trata de bandas organizadas para
cometer este tipo de delitos, se organizan
en células, es decir, hay sujetos que se
encargan de realizar las negociaciones
telefónicas con los familiares de la víctima
para exigir el pago del rescate, otros se
encargan de alimentar y vigilar a la víctima
durante el tiempo que dura en cautiverio, así
como que otros intervienen al momento de
someter a la víctima al momento de
interceptarla y trasladarla al lugar donde se
mantendrá en cautiverio.
PATRONES DE SECUESTROS

SECUESTRO EXPRESS
 Es un secuestro de un período corto, con una ganancia
rápida, de una o más personas.
 Presionan al individuo a realizar extracciones de efectivo
de cajeros o solicitan un rescate.
 Los pedidos de rescate son montos pequeños o más
fácilmente obtenibles.
 Bajo profesionalismo de los delincuentes, normalmente
violentos.
 Genera un daño moral y psíquico en las víctimas y su
entorno.
SECUESTRO COLECTIVO

 Es un delito utilizado con menor frecuencia.


 Su objetivo es obtener un salvoconducto
(rehenes), para negociar una entrega o pedir
medios de escape seguros.
 Losdelincuentes suelen ser ladrones y no
secuestradores profesionales.
SECUESTRO EXTORSIVO

 Es un delito más complejo que los anteriores.


 Suobjetivo, al igual que en los otros casos, es
obtener dinero efectivo.
 Como víctimas, generalmente se seleccionan
personas con solidez económica.
SECUESTRO VIRTUAL – EXTORSIÓN

 Es un secuestro inexistente.
 Los delincuentes aprovechan la ausencia de una
persona para extorsionar a la familia.
 Las cifras solicitadas son menores, por lo que es
más fácil reunir las sumas que demandan.
 Los delincuentes acceden a la información por
varias vías:
Información activa (víctima)
Información pasiva (entorno)
AUTO-SECUESTRO

En los últimos casos aparece la extorsión a los


padres por medio del autosecuestro, organizado
por alguno de los hijo(as), amigo(as), y a los que
exigen a los padres cantidades para su propia
satisfacción de necesidades inmediatas (dinero
para gastarlo en viajes, drogas, fiestas, etcétera).
Al particular que prive a otro de su libertad. Si la
privación de la libertad excede de veinticuatro
horas, la pena de prisión se incrementará de un mes
más por cada día.

La pena de prisión se aumentará hasta en una


mitad, cuando la privación de la libertad se realice
con violencia, cuando la víctima sea menor de
dieciséis o mayor de sesenta años de edad, o
cuando por cualquier circunstancia, la víctima esté
en situación de inferioridad física o mental.
Con las modificaciones a la ley para prevenir y
sancionar el secuestro, publicadas en el Diario
Oficial de la Federación, la pena de cárcel pasará
de entre 20 a 40 años a entre 40 y 80 años.

Si la víctima es asesinada por los secuestradores


la pena puede ser de hasta 140 años, cuando
antes era de no más de 70 años.
El secuestro también se presenta por envidia,
tomando en la mayoría de los casos a los
niños como rehenes, generalmente vinculados
a intentos de venganza.

El secuestro da pauta a la comisión de otros


delitos, como el tráfico de menores y la trata
de personas.
TRÁFICO DE PERSONAS MENORES DE EDAD
CPEG

A quien con el consentimiento de un ascendiente


que ejerza la patria potestad o de quien tenga a
su cargo la custodia de una persona menor de
edad, aunque ésta no haya sido formalmente
declarada, lo entregue ilegalmente a un tercero
para su custodia definitiva a cambio de un
beneficio cualquiera, se le impondrán de dos a
ocho años de prisión y de cien a cuatrocientos
días multa.
CPF

Comete el delito de tráfico de menores, quien


traslade a un menor de dieciséis años de edad
o lo entregue a un tercero, de manera ilícita,
fuera del territorio nacional, con el propósito
de obtener un beneficio económico indebido
por el traslado o la entrega del menor.
A quienes cometan el delito de tráfico de
menores se les impondrá una pena de tres a
diez años de prisión y de cuatrocientos a mil
días multa.

Además de las sanciones señaladas, se privará


de los derechos de patria potestad, tutela o
custodia a quienes, en su caso, teniendo el
ejercicio de éstos cometan el delito a que se
refiere el presente artículo.
VIOLACIÓN

Comete el delito de violación quien por medio de la


violencia física o moral realice cópula con persona
de cualquier sexo, se le impondrá prisión de ocho a
veinte años.

Para los efectos de este delito, se entiende por


cópula, la introducción del miembro viril en el
cuerpo de la víctima por vía vaginal, anal u oral,
independientemente de su sexo.
HOSTIGAMIENTO SEXUAL

Al que con fines lascivos asedie reiteradamente a


persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición
jerárquica derivada de sus relaciones laborales, o
cualquiera otra que implique subordinación, se le
impondrá sanción de 1 a 5 años de prisión y hasta de
ochocientos días multa. Si el hostigador fuese servidor
público se le destituirá del cargo y se le podrá
inhabilitar para ocupar cualquier otro cargo público
hasta por un año.
ABUSO SEXUAL

Comete el delito de abuso sexual quien


ejecute en una persona, sin su
consentimiento, o la obligue a ejecutar para sí
o en otra persona, actos sexuales sin el
propósito de llegar a la cópula.

A quien cometa este delito, se le impondrá


pena de seis a diez años de prisión y hasta
doscientos días multa.
se entiende por abuso sexual los tocamientos
o manoseos corporales obscenos, o los que
representen actos explícitamente sexuales u
obliguen a la víctima a representarlos.

También se considera abuso sexual cuando se


obligue a la víctima a observar un acto sexual,
o a exhibir su cuerpo sin su consentimiento.
ESTUPRO

A quien tenga cópula con persona mayor de


doce y menor de dieciocho años de edad,
obteniendo su consentimiento por cualquier tipo
de engaño, se le impondrán de uno a seis años
de prisión y de sesenta a trescientos días
multas.
Si el sujeto activo guarda una relación de
parentesco o se vale de su posición jerárquica,
derivada de sus relaciones laborales o
cualquier otra que implique subordinación, se
le impondrán de tres a ocho años de prisión y
de doscientos a quinientos días multa.
INCESTO

Se sancionará con pena de uno a seis años de


prisión, el delito de incesto cuando los
ascendientes tengan relaciones sexuales con sus
descendientes, siempre y cuando estos últimos
sean mayores de edad.

Cuando la víctima sea menor de edad, la


conducta siempre será entendida como típica de
violación.
A los hermanos, ascendientes o descendientes
consanguíneos en línea recta, que con
conocimiento de su parentesco tengan cópula
entre sí, se les impondrán de seis meses a tres
años de prisión. (CPEG)
DELITOS PATRIMONIALES

CÓDIGO PENAL FEDERAL CÓDIGO PENAL PARA EL ESTADO


LIBRE Y SOBERANO DE
GUERRERO
Libro segundo

Libro segundo
TITULO VIGESIMOSEGUNDO
Parte especial
Delitos en contra de las personas
en su patrimonio
TITULO DECIMOTERCERO
Delitos contra el patrimonio
En este tipo de delitos las personas, tanto físicas
como morales, pueden ser posibles sujetos
pasivos, salvaguardando el activo patrimonial de
una persona, mismo que puede ser estimable en
dinero.

Los delitos comprendidos son robo, abuso de


confianza, fraude, extorsión, despojo,
administración fraudulenta, daño a la propiedad.
 Robo: el que se apodere de una cosa mueble
ajena, sin derecho y sin el consentimiento de
quien legalmente pueda otorgarlo.

 Abuso de confianza: el que con perjuicio de


alguien disponga para sí o para otro de cualquier
cosa ajena, mueble, de la que se le haya
transmitido la tenencia y no el dominio.
 Fraude: el que engañando a otro o
aprovechándose del error en que se encuentra,
obtenga ilícitamente alguna cosa ajena u obtenga
un lucro indebido, en beneficio propio o de un
tercero.
 Despojo: quien de por voluntad propia y
utilizando violencia física o moral, engaño o a
escondidas, ocupe un inmueble ajeno, haga
uso de él o de un derecho real que no le
pertenezca.
 Administración fraudulenta: al que teniendo a
su cargo la protección del patrimonio de otra
persona, le cause daño, sea ejerciendo
abusivamente facultades para disponer por
cuenta de ella u obligarla, sea ejecutando u
omitiendo cualquier otra acción contrario al
interés del titular del patrimonio afectado.
 Extorsión:La persona que, con el propósito de
obtener provecho personal o para un tercero,
obligue a otro, con violencia o intimidación, a
realizar u omitir un acto o negocio jurídico en
perjuicio de su patrimonio o el de un tercero.
 Daño a la propiedad: afecta el patrimonio de las
personas, se consuma cuando se destruye o
deteriora una cosa ajena en perjuicio de otro, se
llega a cometer de forma dolosa o culposa.
DELITOS CONTRA LA SALUD

CÓDIGO PENAL FEDERAL

Libro segundo

TITULO SÉPTIMO

Delitos contra la salud


ASPECTO SOCIAL

El comercio ilícito de sustancias psicotrópicas


y/o narcóticos es la principal expresión de la
delincuencia organi​​zada, además de que de su
comisión se originan otros delitos como el
acopio y tráfico de armas, lavado de dinero,
tráfico de indocumentados, extorsión y
secuestro, entre otros.
De igual manera, la disputa entre
organizaciones delictivas por el control del
territorio utilizado para la distribución y
transporte de drogas, genera un grado de
violencia tal, que impacta directamente en el
ánimo social.
La lucha contra el tráfico de drogas ha sido una
labor ardua y difícil, sin embargo, se ha logrado
no sólo la desarticulación de diversas
organizaciones delictivas dedicadas al tráfico de
drogas, sino también se ha obtenido la
aprehensión y consignación de sus dirigentes y
principales miembros, todo ello en un esfuerzo
para contribuir a la seguridad nacional.
ASPECTO JURÍDICO

En relación con los delitos contra la salud en


materia de narcóticos, las reformas han sido
constantes para estar en posibilidad de
enfrentar a la delincuencia organizada. 
 Producción,tenencia, transporte y comercio de
sustancias adictivas ilegales

Se impondrá prisión de 10-25 años al que


produzca, transporte, trafique, comercie,
suministre aún gratuitamente o prescriba
alguno de los narcóticos sin la autorización
correspondiente a que se refiere la LGS.
se entiende que el narcótico está destinado
para su estricto consumo personal, cuando la
cantidad del mismo no exceda de las previstas
en el listado siguiente: 

• Opio – 2gr.
• Diacetilmorfina o heroína – 50mg.
• Cannabis – 5gr.
• Cocaina - 500mg.
• Lisergida (LSD) – 0.015mg.
 Posesión de sustancias adictivas ilegales

En México, el consumo de drogas no está


prohibido y las personas que sean
sorprendidas consumiendo o portando
cualquier sustancia prohibida cuya cantidad se
considere como de estricto consumo personal,
no pueden ser sujetas a ningún proceso
judicial.
 Siembra,cultivo, cosecha y acondicionamiento
de sustancias adictivas ilegales

Al que dedicándose como actividad principal a


las labores propias del campo, realice alguna
de las actividades mencionadas, por cuenta
propia, o con financiamiento de terceros, se le
impondrá prisión de uno a seis años.
La siembra, cultivo o cosecha de plantas de
marihuana no será punible cuando estas
actividades se lleven a cabo con fines médicos
y científicos en los términos y condiciones de
la autorización que para tal efecto emita el
Ejecutivo Federal.
 Narcomenudeo

Actividad ilícita originada con la prohibición de


las drogas, a principios del siglo XX. 

En este sentido, el narcotráfico representa una


empresa que requiere que su mercancía sea
distribuida a la población.
 Elnarco-menudeo provoca entre 8 a 10 mil
muertes por año
 Más de la mitad de los homicidios en México
son ejecuciones
 Es la principal causa de muertes entre
adolescentes y jóvenes
 Pelea de territorio
 mercados negros violentos y corruptores
CORRUPCIÓN DE MENORES E
INCAPACES
CÓDIGO PENAL FEDERAL

Libro segundo

TITULO OCTAVO

Delitos contra el libre desarrollo


de la personalidad
Se entiende por corrupción de menores, la
manipulación o abuso de incapaces por parte
del autor del delito, quien hace participar a la
víctima de forma obscena, en actividades de
naturaleza sexual que perjudican el desarrollo
de su personalidad.
 Pornografía infantil y de incapaces

se consideran como pornografía infantil a


aquellas representaciones fotográficas o
fílmicas de menores de edad de cualquier sexo
en conductas sexualmente explícitas ya sea
solos, interactuando con otros menores de
edad o con adultos.
 Prostitución de menores

Uso de niños en actividades sexuales a cambio


de una remuneración o cualquier otro tipo de
retribución. Esta actividad también se conoce
con el término explotación sexual.

La prostitución infantil es una versión moderna


de la esclavitud con fines económicos.
¿Por qué niños?

Los explotadores sexuales se aprovechan de la


docilidad de los niños, ya que tienen menor
capacidad para defenderse. Frecuentemente,
esta actitud desviada es motivada por querer
obtener un sentimiento de poder sexual o
económico, por buscar experiencias nuevas o
por la sensación de impunidad que
proporciona el anonimato.
Causas de la prostitución infantil

 Economía
 Huérfanos

Constantemente, y en todo el mundo, un


gran número de niños son secuestrados e
integrados en redes de prostitución contra
su voluntad.
 Turismo sexual

También conocido como sexoturismo es una


forma de turismo con el propósito de
mantener relaciones sexuales,
independientemente del sexo u orientación
sexual del individuo.
El turismo sexual de menores implica que
turistas adultos exploten sexualmente a
menores de edad mediante una prestación
económica o favor de alguna clase.

En la mayor parte de los casos, los niños


prostituidos son controlados por proxenetas
que se quedan con una porción de los ingresos
que generan.
Entre las causas que motivan el turismo sexual
se encuentran las siguientes:

 Unamayor tolerancia de la sociedad, o al


menos de las autoridades.
 Una mayor impunidad ante el delito, en el
caso de que la prostitución esté prohibida.
 Precios más bajos (al viajar el cliente de un
país rico a uno más pobre).
 Un mercado de trabajadores que buscan a
clientes como importante fuente de ingresos,
o como salida de países pobres por medio del
casamiento.
 El fácil acceso a menores de edad.
 Mayor privacidad.
 El cliente encuentra a determinados grupos
étnicos más atractivos o excitantes.
 El cliente prefiere la "ética laboral" de las
prostitutas extranjeras a la de las prostitutas
de su propio país.
 Lenocinio

Toda persona que explote el cuerpo de otra


por medio del comercio carnal, se mantenga
de este comercio u obtenga de él
un beneficio cualquiera
 Trata de personas

Es el comercio ilegal de seres humanos


con propósitos de esclavitud laboral,
mental, reproductiva, explotación
sexual, trabajos forzados, extracción de
órganos, o cualquier forma moderna
de esclavitud contra la voluntad y el
bienestar del ser humano.
DELITOS COMETIDOS POR
SERVIDORES PÚBLICOS
CÓDIGO PENAL FEDERAL

Libro segundo

TITULO DECIMOPRIMERO

Delitos cometidos por servidores


públicos
En este tema se analiza la relación de un servidor
público con su responsabilidad ante delitos
posibles contra la administración pública en
México, que se cometen mediante el abuso en su
cargo o funciones en contra del Estado.
 Cohecho

Se entiende como el ofrecimiento a un


funcionario público de un beneficio indebido,
generalmente en dinero, que produzca un
beneficio para sí o para otra persona, con el fin
de que dicho funcionario actúe o se abstenga de
actuar en el cumplimiento de sus funciones
oficiales.
 Peculado o malversación de recursos públicos

Se trata del desfalco o la apropiación indebida,


en beneficio propio o de terceros, de bienes o
dinero público que se han confiado al funcionario
en virtud de su cargo. 
 Tráfico de influencias

Es el ofrecimiento efectuado a un funcionario


público para que abuse de su influencia, con el
propósito de obtener de otra autoridad un
beneficio indebido que favorezca al solicitante.
 Abuso de autoridad

Es la realización de funciones distintas a las


que corresponden al funcionario público, o
bien, usar las propias pero en exceso, con el
fin de obtener ganancias ilegales.
 Enriquecimiento ilícito

Es el incremento injustificado del patrimonio


de un funcionario público. En esta modalidad
no se sanciona el tamaño del patrimonio ni su
incremento, sino que el mismo no se pueda
justificar, o bien, que provenga de una fuente
ilegal, incierta u oculta.
 Operaciones con recursos de procedencia ilícita

Es el proceso para encubrir el origen de las


ganancias generadas en virtud de algún delito de
corrupción.

El objetivo central del también llamado blanqueo de


capitales es que los recursos aparezcan como fruto
de actividades económicas o financieras legales.
 Ejercicio indebido de servicio público

Comete el delito el servidor público que ejerza


las funciones de un empleo, cargo o comisión, sin
haber tomado posesión legítima, o quien lo
designe sin satisfacer todos los requisitos legales.
 Desaparición forzada de personas

La desaparición forzada es un arresto,


secuestro, detención, o cualquier otra forma
de privación de la libertad no reconocida y
hecha por servidores públicos, o bien, por
personas o grupos que actúen con la
autorización del Estado. 
La desaparición forzada se caracteriza por la
negación de las autoridades a reconocer dicha
privación de la libertad y por la ocultación de
información sobre el paradero de la persona
desaparecida, evitando así que la víctima
pueda ser protegida por las leyes.
 Coalición de servidores públicos

Es cometido por los que teniendo tal carácter


se unan para tomar medidas contrarias a una
ley o reglamento, impedir o suspender la
administración pública en cualquiera de sus
ramas.
 Uso indebido de atribuciones y facultades

Comete este delito el servidor público que


otorgue concesiones, permisos, franquicias,
deducciones, subsidios, licencias, etc.
Derivados de recursos económicos públicos.

El SP que teniendo a su cargo fondos públicos,


les dé una aplicación pública distinta de
aquella a que estuvieren destinados.
Concusión

El término se relaciona exigir de manera


arbitraria, cualquier tipo de impuesto, multa o
prestación.

Sólo aplica para aquellas personas que son


funcionarios públicos o que prestan algún tipo
de función pública.
Intimidación

comete este delito el funcionario público que por


sí mismo o a través de una tercera persona
ejerza violencia física o moral para evitar que se
realice una denuncia o querella, o aporte
información relativa a la presunta comisión de
una conducta sancionada por la ley.
Ejercicio abusivo de funciones

El servidor público que en el desempeño de su


empleo, otorgue por sí o por tercera persona
contratos, concesiones, permisos, etc. que
produzca beneficios económicos al propio
servidor público, a su cónyuge, descendiente o
ascendiente o a algún familiar.
DELITOS CONTRA LA FE PÚBLICA

CÓDIGO PENAL FEDERAL

Libro segundo

TITULO DECIMOTERCERO

Falsedad
Falsificación de documentos

El delito consiste en alterar o modificar ciertos


elementos del documento original sin la
autorización del autor.
La falsificación de documentos se considera un
delito cuando se cause algún perjuicio a la
persona, al Estado o se intente obtener algún
beneficio. 

La pena puede llegar a ser de 6 meses a 7


años, en el caso de documentos públicos va de
4 a 12 años.
Los ejemplos comunes de falsificación de
documentos incluyen:

 Firmar el nombre de otra persona en un documento


 Duplicar o falsificar el sello o letra de otra persona
 Presentar
un cheque falso o alterado u otro
documento financiero
Documentoscopia 

Es la disciplina que analiza


los documentos modernos,
públicos o privados,
utilizando distintos métodos y
técnicas, a fin de establecer
su autenticidad o falsedad.
Grafoscopía

Consistente en el cotejo de
dos manuscritos con el fin de
poder determinar la autoría.

Este método los movimientos


gráficos inconscientes,
automáticos y espontáneos,
los cuales no se pueden
ejecutar por persona distinta.
Falsificación de moneda

Al que cometa el delito de falsificación de


moneda, se le impondrá de cinco a doce años
de prisión.
Para saber si un billete es auténtico, se
necesita tener presente cuáles son los
elementos de seguridad y cómo reconocerlos
por medio de la vista y el tacto, para lo cual
hay que seguir unos sencillos pasos que
delimitó el Banco de México.
Falsedad ante la autoridad

El falso testimonio es una actividad delictiva, se


produce cuando un sujeto falta a la verdad en
sus declaraciones ante una autoridad judicial. 

Se impondrán de cuatro a ocho años de prisión.


Al que designado como dolosamente falte a la
verdad en su dictamen, se le impondrán de
tres a ocho años de prisión.

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