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Origen de La Constitución Partes

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LA CONSTITUCIÓN

DOCENTE: LINDA ANGULO FARGE


O Los documentos escritos que fijan las reglas
de organización del poder del Estado,
recibieron, desde su aparición, el nombre de
constituciones políticas.
O Estas constituciones establecieron las
normas jurídicas básicas, los principios
generales y las prácticas sociales, a las que
debía encuadrarse la estructura general de
las naciones, que habían decidido vivir
organizadas estatalmente.
O Hoy usamos el término constitución,
como sinónimo de documento
prescriptivo, que contiene un conjunto
de reglas, principios y prácticas
convenidas, al que debe someterse
toda la sociedad, con miras a la
defensa de sus derechos, libertades,
intereses e ideales.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DEL ESTADO
Es un cuerpo de normas jurídicas
básicas y fundamentales que contienen
los derechos esenciales de las personas
y que precisan y determinan la
organización del Estado; constituyendo,
base, cimiento y columnas maestras del
resto del ordenamiento o edificio jurídico
de un país.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DEL ESTADO
Norma legal que declara los derechos más
importantes de las personas
Organiza el poder del Estado señalando quiénes
lo ejercen y cuáles son sus atribuciones.
Norma legal suprema del Estado.
Jerárquicamente es la norma superior a todas las
demás normas, leyes y disposiciones.
Se modifica mediante procedimiento especial.
FINALIDAD DE LA
CONSTITUCIÓN
O Toda Constitución Política tiene por finalidad
concreta la construcción jurídica de un orden
político estatal.
O Dicho de otra forma, las constituciones,
cualquiera sea su clase, tienen como fin
esencial, elaborar el ordenamiento jurídico del
país, instituyendo, para el efecto, las normas,
órganos, procedimientos, recursos y
competencias requeridas para hacer funcionar
al Estado.
ELABORACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN
Quien elabore la Constitución debe tener en cuenta lo siguiente:
O a. Considerar a la sociedad como un conjunto de individuos que
permanecen, para siempre, libres e iguales en derechos y
deberes.
O b. Procurar que el orden político que ha de construirse, sea
único, y se aplique para todos, sin ninguna distinción.
O c. Garantizar que el Estado, nacido a consecuencia del nuevo
orden creado, sea el único representante de todos los individuos
de la sociedad civil.
O d. Hacer que la voluntad de un ciudadano coincida con la de
todos los miembros de la sociedad, y que esta voluntad general
sea la ley, para que, quien obedezca la ley, no haga otra cosa que
obedecerse a sí mismo.
CONTENIDO DE UNA CONSTITUCIÓN
El contenido de la Constitución ha sido evolucionado en el decurso
de la historia:
O Contenido Exclusivamente político: Referido exclusivamente a la
organización del Estado (Constitución Jurídico – Política)
O Influencia del Individualismo y Liberalismo: Referido a los
derechos del hombre. Se establecen relaciones de
supraordenación y subordinación, convirtiéndose en un
instrumento de control público del Estado.
O Régimen adjetivo de protección de derechos individuales:
Establecimiento del Tribunal Constitucional y Jurisdicción de la
Libertad.
O Incorporación de Derechos Sociales, Económicos y Culturales: Es
la aparición de la Constitución Jurídico – Social.
CONSTITUCIÓN FORMAL
O Nos referimos al código político del Estado.
Este ha sido redactado por una Asamblea
Constituyente, ha recibido el respaldo de los
ciudadanos consultados en referéndum, se
ha promulgado por la máxima autoridad
ejecutiva preconstitucional y, finalmente, ha
sido publicado en el órgano periodístico
oficial de la comunidad nacional.
CONSTITUCIÓN FORMAL
O Este documento político fundamental,
estatuye las normas jurídicas reguladoras de
la conducta funcional de los gobernantes, así
como la de aquellos que tienen el deber de
obedecer, en su condición de gobernados.
Tanto unos como otros estarán sometidos a
los preceptos contenidos en el ordenamiento
jurídico constitucional del país.
CONSTITUCIÓN MATERIAL
O Aludimos a un conjunto de normas
jurídicas, escritas o no, dispersas,
carentes de codificación, acatadas por
la comunidad política, en todos los
actos relacionados con el acceso,
ejercicio, extinción y transmisión del
poder público.
CONSTITUCIÓN MATERIAL
O Este concepto corresponde a la manera de ser de la
sociedad, sus costumbres, normas, usos, creencias,
vivencias, los fallos de sus jueces y todas las prácticas
que atañen a la organización, estabilidad y permanencia
de la comunidad política.
O Este tipo de constitución no se origina en una asamblea
constituyente, sino en la vida socio cultural de la nación,
en su devenir histórico, en la forma como soluciona sus
conflictos, en la manera como suple sus necesidades, en
fin, en el quehacer cotidiano y generalmente anónimo del
conglomerado.
PARTES DE UNA CONSTITUCIÓN

Toda Constitución presenta dos partes:


O PARTE DOGMÁTICA.- Conformada por los derechos
fundamentales de las personas y constituye la parte
invariable de toda Constitución. Fue asimilada de
manera progresiva en el desarrollo del
constitucionalismo.
O PARTE ORGÁNICA.- Conformada por la estructura del
Estado y generalmente varía de constitución en
constitución. Estuvo omnipresente en el desarrollo del
constitucionalismo pues originariamente las primeras
constituciones fueron estrictamente políticas.
LA CONSTITUCIÓN DE 1993
 PREÁMBULO

 TITULO I : DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD

 TITULO II : DEL ESTADO Y LA NACIÓN

 TITULO III : DEL REGIMEN ECONÓMICO

 TITULO IV: DE LA ESTRUCTURA DEL ESTADO

 TITULO V : DE LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES

 TITULO VI : DE LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN


O En el preámbulo, el legislador constituyente
establece los fundamentos que dan sustento
filosófico al contenido normativo de la
Constitución. Tales fundamentos pueden ser
teológicos, sociológicos, históricos, orgánicos y
legislativos.
O En la parte dogmática se consigna los deberes
y derechos individuales, sociales, económicos,
políticos y culturales de los ciudadanos, al
igual que las garantías de su efectivo
cumplimiento por parte de las autoridades.
O La parte dogmática de la Constitución
peruana vigente contiene derechos
fundamentales; derechos económicos,
sociales y culturales; derechos políticos
y deberes; derecho de acceso a la
función pública; principios y derechos de
la función jurisdiccional y garantías
constitucionales.
O En la parte económica se señala las
normas y principios reguladores de los
distintos institutos, mediante los cuales el
hombre produce, distribuye, hace circular,
comercializa y consume los bienes y
servicios indispensables para la
subsistencia. Aquí se tratan temas tales
como el ambiente y los recursos naturales,
propiedad, tributos, presupuesto, moneda,
banca, agricultura, comunidades
campesinas y comunidades nativas
O En la parte orgánica se inserta las
normas estructuradoras de la
comunidad política estatal.
O Aquí se establece la forma de Estado, la
forma de gobierno, las funciones,
órganos, competencias y controles que
el aparato estatal requiere para su
buena marcha institucional
O En el apéndice se fija las normas
accesorias, complementarias, finales o
transitorias. Son normas interpretativas
y disposiciones referentes a la fecha de
su entrada en vigencia, a la modificación
y derogación de las leyes que se
opongan a la Constitución; se pueden
referir igualmente a la ratificación de
tratados internacionales, etc
PODER CONSTITUYENTE
O Se trata pues de esa capacidad extraordinaria que
tiene el pueblo, para darse una Constitución y, con
ella, instaurar el Estado, las leyes, las autoridades y
el gobierno que convenga a sus intereses.
O Poder Constituyente, entonces, es una fuerza capaz
de crear la Constitución Política y, por ende, capaz
de fundar el Estado e institucionalizar el Derecho,
según afirma Sánchez Viamonte .
DE LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN

OArt. 206º: Toda reforma constitucional


debe ser aprobada por el congreso con
mayoría absoluta del numero legal de sus
miembros, y ratificada mediante
referéndum.

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