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Seguro Asistencia Oro Visa Barclays
Seguro Asistencia Oro Visa Barclays
Seguro Asistencia Oro Visa Barclays
Asegurado: Titular de la tarjeta y otras tres personas adicionales. El Titular tiene la condición de Asegurado sólo
por el hecho de serlo sin necesidad de pagar el viaje con la tarjeta, salvo para las coberturas de pérdida de
equipajes, demora en la entrega de equipajes y demora de vuelo, para las que sí será necesario que haya pagado
el viaje con su tarjeta. Las otras tres personas adicionales deberán haber pagado el viaje con la tarjeta del titular
para estar asegurados en cualquiera de las coberturas.
Franquicia Kilométrica: 30 Km (excepto para la cobertura de pérdida de equipajes y demora de vuelo en las que
no existe franquicia).
1. Transporte o repatriación sanitaria en caso de enfermedad o accidente del Asegurado desplazado, hasta un
centro sanitario convenientemente equipado o hasta su lugar de residencia habitual.
4. Asistencia médica por enfermedad o accidente del Asegurado desplazado fuera de su país de residencia
habitual, gastos de hospitalización, de intervenciones quirúrgicas, de honorarios médicos, de gastos de
enfermería y de productos farmacéuticos con un limite de 6.000,00 € para los gastos no hospitalarios y
18.000,00 € como suma total por todos los conceptos.
7. Gastos de alojamiento de la persona que acompañante al Asegurado hospitalizado, 60,00 € diarios con un
máximo de 10 días.
8. Gastos de alojamiento por prolongación de estancia del Asegurado por prescripción facultativa, 60,00 € diarios
con un máximo de 10 días.
9. Transporte o repatriación del Asegurado fallecido hasta el lugar de inhumación, cremación o ceremonia
funeraria en su lugar de residencia habitual.
⋅ Hospitalización de un familiar.
⋅ Fallecimiento de un familiar.
B) COBERTURA DE DEMORAS
18. Demora en la salida del medio de transporte aéreo, reembolso hasta 150,00 € de los gastos de transporte,
alojamiento y manutención incurridos por demora con un mínimo de 6 horas o cancelación en la salida del
medio de transporte aéreo.
C) COBERTURA DE EQUIPAJES
19. Indemnización en caso de demora en la entrega del equipaje y efectos personales facturados por gastos de
primera necesidad.
No habrá lugar a esta prestación si la demora o las compras de artículos de primera necesidad se realizaron
en la provincia en la que el Asegurado tiene su residencia habitual.
20. Indemnización por pérdida definitiva, robo o destrucción del equipaje facturado en vuelo con un limite de
600,00 €. La indemnización por deterioro exterior se limita a un máximo de 150 euros.
23. Gastos de defensa jurídica en procedimientos derivados de accidente de circulación en el extranjero con un
limite 600,00 €.
EXCLUSIONES
Además de las Exclusiones Generales a todas las garantías de esta póliza no serán objeto de cobertura los
hechos siguientes y sus consecuencias:
1. Las enfermedades preexistentes del Asegurado y/o beneficiario, excepto para la garantía de
“Traslado o repatriación del Asegurado fallecido”.
2. Las enfermedades o estados patológicos producidos por la ingestión voluntaria de alcohol, drogas,
sustancias tóxicas, narcóticos o medicamentos adquiridos sin prescripción médica.
4. Los derivados de la renuncia o retraso, por parte del Asegurado o personas responsables por él, del
traslado propuesto por la Compañía y acordado por su Servicio Médico.
7. Las relativas a prótesis, material ortopédico u órtesis y material de osteosíntesis, así como las gafas.
8. Los ocurridos durante un viaje iniciado dándose cualquiera de las siguientes circunstancias:
9. Los accidentes ocurridos en actividades laborales peligrosas para la integridad física o la salud del
trabajador.
B. COBERTURA DE EQUIPAJES
Con carácter general a todas las garantías de esta Cobertura, queda excluido lo siguiente:
1. Las mercancías, material de carácter profesional, billetes de viaje, colecciones, títulos de cualquier
naturaleza, documentos de identidad y en general todo documento y valores en papel, tarjetas de
crédito, cualquier contenido almacenado en medios electrónicos y/o informáticos, documentos
registrados en bandas magnéticas o filmados, prótesis, gafas y lentes de contacto. A estos efectos
no se consideran material profesional los ordenadores personales.
2. Los daños debidos a uso o desgaste normal, vicio propio, o la acción de la intemperie.
3. Los daños sufridos por equipajes que no vayan suficientemente embalados o identificados, así
como equipajes frágiles o productos perecederos.
C) EXCLUSIONES GENERALES
a) Los causados directa o indirectamente por la mala fe del Asegurado, por su participación en actos
delictivos, o por sus acciones dolosas, gravemente negligentes o de imprudencia temeraria.
Tampoco son objeto de cobertura las consecuencias de las acciones del Asegurado en estado de
enajenación mental o bajo tratamiento psiquiátrico.
d) Hechos o actuaciones de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en tiempos
de paz.
e) Las guerras, con o sin declaración previa, y cualesquiera conflictos o intervenciones internacionales
con uso de la fuerza o coacción.
g) Los que se produzcan con ocasión de la participación del Asegurado en apuestas, desafíos o riñas,
salvo en caso de legítima defensa o necesidad.
j) Los que se produzcan con ocasión de la participación del Asegurado en competiciones y pruebas
preparatorias o entrenamientos.
a) Los servicios que el Asegurado haya concertado por su cuenta, sin la previa comunicación o sin el
consentimiento de MAPFRE FAMILIAR S.A., salvo en caso de urgente necesidad. En ese caso, el
Asegurado deberá presentar ante la Compañía los justificantes y facturas originales.
b) Los gastos producidos una vez que el Asegurado se encuentre en su lugar de residencia habitual,
los incurridos fuera del ámbito de aplicación de las garantías del seguro o una vez pasados 90
días desde el inicio del mismo.
La Compañía queda relevada de responsabilidad cuando por causa de fuerza mayor no pueda efectuar
cualquiera de las prestaciones específicamente previstas en esta Póliza.
Este Extracto de las Condiciones Generales de la póliza es emitido a título informativo, el texto integro de
la póliza suscrita entre MAPFRE FAMILIAR S.A. y BARCLAYS BANK S.A. se encuentra a disposición de
los Asegurados en el domicilio del Tomador siendo este texto el único válido en caso de discrepancia y
servirá para interpretar, delimitar y definir conceptos y términos definidos en este extracto.
• Nombre completo.
• Nº de Tarjeta Barclays.
Barclays Bank S.A. se reserva el derecho de modificar o cancelar este seguro en cualquier momento,