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Aplicación de Principios Registrales
Aplicación de Principios Registrales
Aplicación de Principios Registrales
PRINCIPIOS REGISTRALES
PRINCIPIO DE INSCRIPCIN: por cuya virtud se determina la eficacia y el valor
del asiento del registro civil.
PRINCIPIO DE LEGALIDAD: Este principio da lugar al surgimiento de la funcin
calificadora, que es el medio por el cual el Registrador, aprecia, analiza, determina
y declara la legalidad de fondo y forma de los ttulos y documentos que se
presenta a registro, con el objeto de aceptarlos o rechazarlos,
Indicando los motivos y la ley en que se funda.
Principio de Publicidad No es ms que la facultad que tiene toda persona de
conocer el contenido de los libros del Registro.
PRINCIPIO DE AUTENTICIDAD O FE PBLICA REGISTRAL: Las inscripciones
gozan de la presuncin de veracidad. El Registrador Civil est investido de fe
pblica en el mbito de sus funciones, las cuales estn establecidas en el Cdigo
Civil.
PRINCIPIO DE UNIDAD DEL ACTO: Segn el cual la inscripcin con todos sus
requisitos, como la calificacin de los documentos, el asiento del acta, las firmas,
las anotaciones y los avisos, etc. Integran un solo acto registral y que por lo tanto
debe darse en el mismo momento y sin interrupcin.
PRINCIPIO DE GRATUIDAD:
De conformidad con este principio las inscripciones son gratuitas. Como un
derecho de las personas
Requisitos generales:
Cdulas de Vecindad en original y fotocopia del padre y de la madre, o slo de la
madre en su caso. (la cdula de la madre es indispensable) Cdula de Vecindad
del compareciente en original y fotocopia Informe mdico de nacimiento, extendido
por: Mdico o Comadrona previamente registrado en el Registro Civil. En caso de
ser comadrona no registrada, presentar informe con legalizacin de firma de sta y
de los padres o slo de la madre en su caso Boleto de Ornato. Pasaporte vigente
si se trata de padres extranjeros En caso de ser Centroamericanos, pasaporte
vigente o en su defecto acompaar carta de generalidades que le extiende su
respectivo consulado.