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Estado Regional o Mixto

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ESTADO REGIONAL O MIXTO

Estado regional es una forma de Estado intermedia entre el Estado Federal y


el Estado unitario que busca compatibilizar la idea
de unidad y descentralizacin o autonoma. Este tipo de estado, habitualmente,
posee divisiones territoriales denominadas regiones. Existen distintas
denominaciones similares, como Estado unitario con autogobierno, para el
caso de Espaa, Estado de las autonomas o Estado autonmico (por
organizarse en comunidades autnomas).
Para algunos no habra una diferencia fundamental entre un Estado federal y
uno regional. La nica diferencia sera el origen de las atribuciones: mientras
que en el Estado federal son los estados federados los que deciden ceder parte
de sus atribuciones a la federacin, en el regional es el Estado central el que
las cede a las entidades subnacionales que lo componen.
Sin embargo, en general, se considera que un Estado regional es ms
centralizado que uno federal y menos centralizado que un Estado unitario. Para
algunos autores, el Estado regional no es ms que un subtipo de Estado
unitario en que existe un importante grado de descentralizacin .

ANTECEDENTES

En la doctrina internacional se sostiene que, as como el Estado unitario y el


Estado federal se sustentaran en el concepto de nacin, el Estado regional se
articulara sobre un hecho mucho ms cercano a la realidad humana, conocido
con el nombre de regin.
El concepto regional habra estado siempre presente en el imaginario de las
estructuras estatales, puesto que parte de una realidad social, histrica, cultural
y geogrfica que determinan el reconocimiento de una comunidad como tal y
que genera la demanda de autonoma, en la consecucin de un gobierno
propio, capaz de representar sus intereses.
Sin embargo, slo despus de la Segunda Guerra Mundial, en medio de la
reconstruccin de la nacin italiana que buscaba superar el fascismo, se
institucionaliza el Estado regional en 1947, como reconocimiento a una larga
historia de autonomas en ciudades y regiones en la pennsula Itlica,
constituyndose como un modelo, donde la autonoma de la regin frente al
gobierno central es una condicin necesaria para predicar la existencia de este
ltimo nivel, y despus de esta fue llamado y consolidado el estado regional en
1723.

CARACTERSTICAS

Las regiones forman el carcter de soberanas (como los estados federados),


pero disponen de un importante autonoma poltica. En otras palabras, se
mantiene en cierto modo el carcter unitario del Estado, concediendo a la vez
crecientes grados de autonoma a las entidades territoriales, ms all de las
meramentes administrativas, producindose una descentralizacin de
carcter poltico.
Tienen un gobierno propio, con capacidad de dirigir y administrar la entidad
territorial, de acuerdo a sus propias polticas. La autonoma poltica tambin
implica la posibilidad de disponer de
organismos administrativos y legislativos regionales.
As, para algunos el Estado regional se encuentra en medio de los extremos
del Estado unitario y del Estado federal, puesto que la regin goza de libertad y
autonoma frente a sus problemas, pero no de soberana para seccionar
al Estado y a la nacin. En la misma medida, la regionalizacin poltica o el
Estado regional se caracteriza por la creacin de colectividades territoriales
dotadas de competencias exclusivas. En otras palabras, el modelo del Estado
regional se sita en una posicin intermedia en la cual la estructura del Estado
unitario es mantenida, pero las colectividades regionales que lo componen
disponen de una real autonoma normativa, garantizada por la
misma Constitucin.
+ Posibilidad de Estados autonmicos muy dispares
Todo esto permite la existencia de Estados autonmicos muy dispares: los hay
con distintos tipos de regiones autnomas (de rgimen comn o de rgimen
especial); con regiones autnomas iguales pero con diferentes competencias
asumidas; con regiones autnomas y regiones no autnomas que siguen
sometidas al poder central, etc. Pero esta disponibilidad puede tambin llegar a
construir un modelo en el que se produce el mayor grado de descentralizacin
posible, es decir todo el territorio del Estado se organiza, o termina
organizndose, en regiones autnomas y todas tienen similares niveles de
competencias y stas son, adems de entidad igual o incluso superior que las
que detentan los Estados federados en algunos Estados federales.
+ El Estado autonmico, configurado como un modelo abierto
En definitiva, el Estado autonmico se configura como un modelo abierto, que
puede dar lugar a la aparicin de esquemas muy distintos, segn los pases. El

modelo est pensado para cubrir distintos supuestos: desde un Estado en el


que las regiones tienen muchas competencias a otros donde tienen pocas, etc.
En aquellos casos, como ha ocurrido en Espaa, en que por razones polticas,
se ha efectuado el mximo desarrollo posible del modelo, se llega a una
situacin final muy parecida, en cuanto a organizacin y competencias, a la del
Estado federal.

EL ESTADO REGIONAL FRENTE AL ESTADO FEDERAL

En principio diramos que el Estado federal se construye de abajo hacia arriba,


es decir, existen previamente unos Estados que deciden federarse, dando lugar
al nacimiento del ente federal. El Estado autonmico constituye, en cambio, un
movimiento en sentido inverso, es decir un Estado unitario que se descentraliza
en entes que pueden llegar a tener poder legislativo propio e incluso
competencias similares o hasta superiores a las de un Estado federado.

LISTA DE ESTADOS REGIONALES

-. ESPAA: 17 comunidades autnomas y 2 ciudades autnomas.

-. CHINA: 5 regiones autnomas y 2 regiones administrativas especiales: Hong


Kong y Macao.

-. FRANCIA: 26 regiones con autonoma administrativa moderada y 5


departamentos de ultramar.

-. ITALIA: 20 regiones, de las cuales 5 son autnomas con estatuto especial y


2 provincias con estatuto especial: Trento y Bolzano.

-. PASES BAJOS: 12 provincias y 3 municipalidades especiales.

-. PER: 24 regiones y una provincia de rgimen especial: Lima.

-. REINO UNIDO: 4 regiones con autogobierno: Inglaterra, Escocia, Gales e


Irlanda del Norte.

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