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NTC 2036 Mecánica. Herramientas Manuales. Niveles de Burbuja

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NORMA TCNICA NTC

COLOMBIANA 2036


1985-11-21




MECNICA.
HERRAMIENTAS MANUALES. NIVELES DE
BURBUJA










E: MECHANICS. HAND TOOLS. BUBBLE LEVELS


CORRESPONDENCIA:


DESCRIPTORES: nivel de burbuja; instrumento de
medida; herramienta manual.

















I.C.S.: 25.140.30

Editada por el Instituto Colombiano de Normas Tcnicas y Certificacin (ICONTEC)
Apartado 14237 Bogot, D.C. - Tel. 6078888 - Fax 2221435


Prohibida su reproduccin









PRLOGO


El Instituto Colombiano de Normas Tcnicas y Certificacin, ICONTEC, es el organismo nacional
de normalizacin, segn el Decreto 2269 de 1993.

ICONTEC es una entidad de carcter privado, sin nimo de lucro, cuya Misin es fundamental
para brindar soporte y desarrollo al productor y proteccin al consumidor. Colabora con el sector
gubernamental y apoya al sector privado del pas, para lograr ventajas competitivas en los
mercados interno y externo.

La representacin de todos los sectores involucrados en el proceso de Normalizacin Tcnica
est garantizada por los Comits Tcnicos y el perodo de Consulta Pblica, este ltimo
caracterizado por la participacin del pblico en general.

La NTC 2036 fue ratificada por el Consejo Directivo de 1985-11-21.

Esta norma est sujeta a ser actualizada permanentemente con el objeto de que responda en
todo momento a las necesidades y exigencias actuales.

A continuacin se relacionan las empresas que colaboraron en el estudio de esta norma a travs
de su participacin en el Comit Tcnico.

MINISTERIO DE SALUD PBLICA
SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y
COMERCIO
ASOCIACIN COLOMBIANA DE TCNICOS
PLOMEROS "ASCOTPLO"
CAJA DE CRDITO AGRARIO INDUSTRIAL
Y MINERO
COMERCIAL INDUSTRIAL NACIONAL S.A.
"CINSA"
COMPAA COLOMBIANA DE ALIMENTOS
LCTEOS LTDA. "CICOLAC"
CONSEJO COLOMBIANO DE SEGURIDAD
COMPAA DE CEMENTOS ARGOS S.A.
EMPRESA ANDINA DE HERRAMIENTAS S.A.
EMPRESA DE ACUEDUCTO Y
ALCANTARILLADO DE BOGOT D.E.
EMPRESA DE ENERGA ELCTRICA DE
BOGOT
EXTINTORES SUPERIOR MACAS &
ASOCIADOS LTDA.
FBRICA METALRGICA COLOMBIANA
"FEDEMETAL"
G.M.R. LTDA.
HERRAMIENTAS AGRCOLAS S.A.
"HERRAGRO"
HERRAMIENTAS DE COLOMBIA S.A.
HERRAMIENTAS STANLEY S.A.
INCA METAL S.A.
INDUSTRIA METALMECNICA INGERSOL
APOLO S.A.
INDUSTRIAS C.Q. LTDA.
INDUSTRIAS HIDROMECNICAS LTDA.
INDUSTRIAS METLICAS LA COLONA LTDA.
LANDERS & CA. S.A.
SIDERRGICA DEL PACFICO S.A.
UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA
UNIVERSIDAD FRANCISCO DE PAULA
SANTANDER
UNIVERSIDAD TECNOLGICA DE PEREIRA


ICONTEC cuenta con un Centro de Informacin que pone a disposicin de los interesados
normas internacionales, regionales y nacionales.

DIRECCIN DE NORMALIZACIN



NORMA TCNICA COLOMBIANA NTC 2036

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MECNICA.
HERRAMIENTAS MANUALES. NIVELES DE BURBUJA









1. OBJETO

Esta norma establece los requisitos que deben cumplir y los ensayos a los cuales deben
someterse los niveles de burbuja de bulbo fijo utilizados en trabajos de carpintera y de
construccin.


2. DEFINICIONES, CLASIFICACIN Y DESIGNACIN

2.1 DEFINICIONES

Para efectos de esta norma se establecen las siguientes:

2.1.1 Nivel: instrumento para determinar la diferencia de altura entre dos puntos o comprobar
si tiene la misma.

2.1.2 Bulbo horizontal: parte de nivel que se utiliza para verificar la horizontalidad de un plano.

2.1.3 Bulbo vertical: parte del nivel que se utiliza para verificar la perpendicularidad de un
plano con respecto a otro horizontal.

2.1.4 Precisin: medida de la tolerancia o desviacin permisible en la lectura misma del nivel.
Se determina observando la posicin de la burbuja cuando se coloca el nivel sobre un plano
horizontal o vertical con la tolerancia predeterminada.

2.1.5 Sensibilidad del bulbo: valor de desplazamiento angular en un plano vertical, requerido
para mover la burbuja una distancia de 2,5 mm.

2.2 CLASIFICACIN

a) Tipo I: cuerpo metlico

b) Tipo II: cuerpo de madera

- Clase a. Lectura superior

- Clase b. Lectura lateral

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c) Tipo III: cuerpo plstico.

d) Tipo IV: nivel torpeado.


2.3 DESIGNACIN

De acuerdo con su tamao, los niveles de burbuja se designan as:


Longitud del cuerpo punta a punta (mm)
Designacin
mnimo mximo
9 225 235
10 250 260
12 300 310
14 350 360
18 452 462
24 605 615
26 655 665
28 705 715
30 757 767
48 1 215 1 225


3. CONDICIONES GENERALES

3.1 CUERPO

El cuerpo de los niveles debe disearse para prevenir el alabeo y dar alojamiento apropiado a los
bulbos. Las tapas de aluminio, aluminio aleado, latn o bronce, as como los protectores del
bulbo, se deben fijar de tal forma que no causen interferencia con las superficies de trabajo.

3.2 BULBO

3.2.1 Los bulbos se deben montar de forma que la burbuja sea claramente visible y deben
llenarse con una solucin liquida anticongelante equivalente en viscosidad a 25 % ter 50 %
alcohol.

3.2.2 El lquido no debe decolorar, enturbiar o cambiar su fluidez, con el tiempo. El lquido debe
formar una burbuja bien definida y de un tamao tal que se ubique justamente dentro del borde
interior de las lneas centrales del bulbo

3.2.3 El bulbo se debe fijar firme y permanentemente de forma que sea parte integral y
homognea del cuerpo.


a) Los bulbos deben ser tubos de material transparente que no opaque ni se deforme
como resultado de la reaccin qumica con el lquido que contiene, o de la
reaccin ante la luz del da.

b) Los bulbos, si son curvos, deben estar doblados con un radio de curvatura de 194 mm.


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3.2.4 Los bulbos de nivel torpeado deben cumplir con lo dispuesto en el numeral 3.2.3 literal a).
El bulbo vertical y el bulbo a 45, deben tener un radio de curvatura mnimo de 147 mm,
equivalente a una sensibilidad mxima de 1 26 min.

3.2.5 Los lentes del bulbo, si los hay, deben ser de plstico o vidrio transparente y no deben ser
propensos a decolorarse u oscurecerse con el uso.

3.3 ACABADO

3.3.1 Partes de madera

Las partes de madera deben tener un acabado fino y no se deben recubrir con barniz, sellante,
laca o materia similar, para prevenir la absorcin de humedad.

3.3.2 Partes metlicas


a) Las superficies de trabajo deben ser lisas y estar libres de rebabas, escamas,
proyecciones cortantes, extremos o lminas de cubierta sobresalientes o cualquier
otra imperfeccin que afecte su funcionalidad.

b) Las superficies sin maquinar, diferentes a las de trabajo, que sean de metal
ferroso, deben ser lisas, lacadas, barnizadas o recubiertas con una capa de
proteccin adecuada. Las superficies de metales no ferrosos pueden o no ser
recubiertas.

c) Los componentes de aluminio, aluminio aleado o latn deben tener un acabado de
fino. Los componentes de acero deben ser electroplateados o pintados.


3.3.3 Partes plsticas

Deben cumplir con lo especificado en el numeral 3.3.2 literal a).

3.4 NIVELES TIPO I


- Cuerpo metlico:


a) El nivel debe consistir, esencialmente, de un cuerpo, un bulbo sencillo o
gemelo horizontal y un bulbo vertical sencillo o gemelo, para aquellos cuya
longitud es menor o igual que 462 mm; los de mayor longitud deben tener
dos bulbos sencillos o gemelos horizontales y un bulbo vertical.

b) El cuerpo debe ser de aleacin de aluminio, de diseo tipo viga de celosa
para proveerla de una rigidez y una resistencia adecuadas. La parte exterior
del cuerpo debe tener seccin transversal rectangular; el espesor en dicha
seccin no debe ser menor de 3 mm.


3.5 NIVELES TIPO II

- Clase A. Cuerpo de madera, lectura superior

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a) El nivel debe consistir esencialmente de un cuerpo, un bulbo horizontal
sencillo y un bulbo vertical sencillo.

b) El cuerpo se debe fabricar de madera dura de grano recto, el cuerpo se
debe acanalar para permitir su agarre seguro en condiciones normales de
uso. Adicionalmente, los filos de las superficies de trabajo pueden tener un
refuerzo de latn similar al mostrado en la Figura 1, en cuyo caso se debe
cumplir todos los requerimientos exigidos para los niveles de madera en la
presente norma. Las pestaas del refuerzo de latn deben tener una
anchura mnima de 3 mm y ste se debe fijar al cuerpo de tal forma que no
se afloje bajo condiciones normales de uso.





Figura 1. Mtodo para el empotramiento del refuerzo de latn


3.6 NIVELES TIPO II

- Clase B. Cuerpo de madera, lectura lateral:


a) El nivel debe consistir esencialmente de un cuerpo con tres aberturas
ovaladas o redondas para alojar los bulbos. La abertura central debe
contener un bulbo horizontal sencillo y las laterales un bulbo vertical sencillo,
todos de lectura lateral. Cuando se especifique, los bulbos verticales se
pueden ajustar a un ngulo de 45 con respecto a la base del nivel.

b) El cuerpo debe cumplir los mismos requerimientos exigidos para los niveles
clase a.


3.7 NIVELES TIPO III

- Cuerpo plstico


a) El nivel debe consistir esencialmente de un cuerpo con dos o ms aberturas
con forma y tamao adecuados para alojar los bulbos. Los bulbos cercanos al
centro deben ser horizontales y los otros verticales. Los bulbos deben ser de
lectura lateral excepto el bulbo horizontal que puede ser de lectura superior.

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b) El cuerpo de los niveles se debe fabricar con un plstico de alta resistencia.
Sus superficies de trabajo deben tener un acabado fino. El cuerpo puede
tener una superficie de trabajo magntica.


3.8 NIVELES TIPO IV

- Torpedo


a) El nivel debe consistir, esencialmente, de un cuerpo; un bulbo horizontal,
uno vertical y uno a 45 (vase la Figura 2).





Figura 2. Nivel de torpedo


El cuerpo del nivel debe ser de madera, aleacin de aluminio o magnesio, plstico u otro material
que cumpla con los requisitos de la presente norma.


4. REQUISITOS

4.1 DIMENSIONES

4.1.1 Las dimensiones de los niveles contemplados en la presente norma, sern las indicadas
en las Tablas 1 a 3, cuando se verifiquen de acuerdo con el ensayo descrito en el numeral 6.1.

4.1.2 El nivel tipo torpedo tendr una longitud entre 225 mm y 235 mm (designacin 9).

4.2 MASA

La masa mxima de los niveles contemplados en la presente norma ser indicada en las tablas
respectivas (1 a 4) cuando se verifique de acuerdo con el ensayo descrito en el numeral 6.2.


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Tabla 1. Cuerpo metlico, lectura lateral





Altura
mm
Ancho
mm
Masa
kg Designacin
mnima mxima mnimo mximo mxima
18 o menor 54 67 25 29 0,80
24 54 67 25 29 1,00
28 54 67 25 29 1,15
30 54 67 25 29 1,25
48 57 67 25 33 2,25



Tabla 2. Tipo II. Cuerpo de madera, lectura superior






Altura
mm
Ancho
mm
Masa
kg Designacin
mnima mxima mnimo mximo mxima
12 o menor 50 60 22 29 0,40
18 50 60 22 29 0,50
24 60 70 27 32 1,00
28 60 70 27 32 1,25



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Tabla 3 Tipo II. Cuerpo de madera, lectura lateral





Altura
mm
Ancho
mm
Masa
kg Designacin
mnima mxima mnimo mximo mxima
14 o menor 55 58 20 24 0,22
18 58 62 27 30 0,45
24 58 62 27 30 0,56
28 58 62 27 30 0,74
48 58 64 27 32 1,40



Tabla 4. Tipo IV. Cuerpo plstico

Altura
mm
Ancho
mm
Masa kg
Designacin
mnima mxima mnimo mximo mxima
9 36 42 19 23 0,25



4.3 PARALELISMO

La tolerancia de paralelismo "c" de los niveles no ser mayor que el valor especificado en la
Tabla 5, cuando se realice el ensayo descrito en el numeral 6.3 (vase la Figura 3).


L
a



Figura 3. Tolerancia de paralelismo "c"



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4.4 CONCAVIDAD Y CONVEXIDAD

La tolerancia de concavidad "b" de los niveles no ser mayor que el valor especificado en la
Tabla 5, cuando se verifique de acuerdo con el ensayo descrito en el numeral 6.4. Las superficies
de trabajo de los niveles no debern ser convexas ni en sentido longitudinal ni en sentido
transversal (vase la Figura 4).


L
h



Figura 4. Tolerancia de concavidad "b"


Tabla 5. Tolerancias para niveles con bulbos de 45 min de sensibilidad

Tolerancia mxima en mm
Designacin
"a" "b" o "c"
9 - 10 0,10 0,12
12 - 14 0,17 0,12
18 0,28 0,25
24 0,35 0,25
26 0,38 0,25
28 0,43 0,25
30 0,45 0,25
48 0,66 0,38


4.5 DESAJUSTE DEL BULBO

La tolerancia de desajuste del bulbo "a" no ser mayor que el valor especificado en la Tabla 5,
cuando se realice el ensayo descrito en el numeral 6.5 (vase la Figura 5).


L
a



Figura 5. Tolerancia de desajuste del bulbo

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4.6 SENSIBILIDAD DEL BULBO

El incremento en la altura del bloque calibrador, en uno de los extremos dela barra paralela, para
causar un movimiento de la burbuja 2,5 mm, no ser mayor que el valor indicado en la Tabla 6,
cuando el nivel se someta al ensayo descrito en el numeral 6.6.

Tabla 6. Incremento mximo en la altura del bloque calibrador

Longitud de la barra paralela mm Grado de sensibilidad del
bulbo (min)

1220
Bulbos vertical y a 45 del nivel
torpedo
86
30
Los dems 45 16


4.7 COMPORTAMIENTO DEL BULBO AL CAMBIO DE TEMPERATURA

Los bulbos, despus de someterse al ensayo descrito en el numeral 6.7, no presentarn
decoloracin o enturbamiento del lquido que contienen. Adicionalmente, el bulbo cumplir los
requisitos descritos en los numeral 4.5 y 4.6.

4.8 RESISTENCIA A LA CARGA

La flecha en el punto medio de los niveles de cuerpo metlico, despus de someterse al ensayo
descrito en el numeral 6.8, no ser mayor que 0,12 mm.

4.9 PARTES DE MADERA

El contenido de humedad de la madera estar entre 8 % y 10 %, cuando se determine de
acuerdo con lo establecido en el numeral 6.9.


5. TOMA DE MUESTRAS Y RECEPCIN DEL PRODUCTO

5.1 TOMA DE MUESTRAS

Para la verificacin de los requerimientos exigidos en la presente norma, se extraer al azar, de
cada lote, una muestra constituida por el nmero de niveles indicado en la Tabla 7.

5.2 CRITERIO DE ACEPTACIN Y RECHAZO

El nmero permitido de defectuosos con los cuales se aceptar el lote, ser el indicado en la
Tabla 7; en caso contrario se rechazar.

Tabla 7. Plan de muestreo

Lote Tamao de la muestra Nmero permitido de defectuosos
Hasta 25 5 0
26 a 50 8 0
51 a 90 13 0
91 a 150 20 1
151 a 280 32 1
281 a 500 50 2
501 a 1 200 80 3


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6. ENSAYOS

6.1 DIMENSIONES

Las dimensiones se deben verificar usando instrumentos de medicin de capacidad y precisin
adecuadas.

6.2 MASA

La masa del nivel se debe verificar utilizando un instrumento de pesaje de capacidad y precisin
adecuadas.

6.3 PARALELISMO

Para determinar el paralelismo se debe medir la altura del cuerpo en sus cuatro esquinas; la
diferencia de altura entre los dos extremos de un mimo lado, en sentido longitudinal, no ha de
exceder el valor especificado para "c".

6.4 ENSAYO PARA DETERMINAR LA CONCAVIDAD Y CONVEXIDAD

6.4.1 Para cada superficie de trabajo del nivel se debe apoyar, por sus extremos, sobre dos
bloques calibradores o paralelos, colocados sobre una superficie plana de precisin.

6.4.2 La superficie soportada por los bloques calibradores se debe verificar mediante un
indicador de precisin.

6.4.3 Al verificar con el indicador la superficie del nivel, no debe mostrar seales de convexidad
y la variacin para la disminucin "b" (vase la Figura 4), no ser mayor que la tolerancia "b"
especificada en la Tabla 7.

6.5 ENSAYO PARA DETERMINAR EL DESAJUSTE DEL BULBO

6.5.1 Bulbos horizontales


a) Para el ensayo se debe utilizar una superficie plana de presin o calibres de
espesor, cuya superficie de trabajo se haya nivelado con un plano horizontal
verdadero mediante un nivel de precisin de exactitud conocida.

b) Se coloca el nivel a ensayar en la superficie plana o calibres de espesor y se
introducen, bajo uno de sus extremos, lminas calibradas hasta encuadrar la
burbuja dentro de las lneas centrales del bulbo. Las lminas no se deben
introducir, bajo el extremo del nivel, ms de una distancia de 10 mm.

c) El espesor total de las laminas no debe ser mayor que la tolerancia "a"
especificada en el numeral 4.5.


6.5.2 Bulbos verticales

El desajuste de los bulbos verticales se debe determinar siguiendo el mismo procedimiento que
para los bulbos horizontales (vase el numeral 6.5.1) excepto que la superficie de referencia
debe ser un plano vertical verdadero.


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6.5.3 Bulbos a 45

El desajuste de los bulbos a 45 se debe determinar siguiendo el mismo procedimiento que para
los bulbos horizontales (vase el numeral 6.5.1), colocando la base del nivel sobre una placa
graduada o una falsa escuadra, ajustada a 45.

6.5.4 Niveles con base acanalada

Los niveles que tengan la base acanalada en toda su longitud se deben ensayar colocando el
canal sobre una barra cilndrica de precisin apoyada sobre la superficie plana. El procedimiento
es similar al descrito en el numeral 6.5.1 literal b).

6.6 ENSAYO DE SENSIBILIDAD DEL BULBO

6.6.1 Bulbos horizontales


a) Para el ensayo se debe disponer de una barra paralela cuya precisin de rectitud y
paralelismo de las superficies de trabajo sea conocida. La longitud de la barra
debe ser de 1 220 mm.

b) La barra paralela se apoya, en sus extremos, sobre bloques calibradores de
precisin, los cuales deben colocarse sobre una superficie plana (vase la Figura 6).
Los bloques se deben colocar a una distancia no mayor de 10 mm bajo los
extremos de la barra.

c) El nivel se debe colocar sobre la barra paralela. Se centra la burbuja siguiendo el
procedimiento descrito en el numeral 6.5.1.

d) Se incrementa la altura del bloque en un extremo de la paralela hasta causar un
movimiento de la burbuja de 2,5 mm.


Barra paralela
Superficie
plana
Bloques
calibrador



Figura 6. Barra paralela y bloques calibradores para determinar la sensibilidad del bulbo

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6.6.2 Bulbos verticales

La sensibilidad de los bulbos verticales se debe verificar siguiendo el procedimiento descrito en el
numeral 6.6.1, excepto que la superficie de la referencia debe ser un plano vertical verdadero.

6.7 ENSAYO DE TEMPERATURA

6.7.1 El nivel se coloca dentro de una cmara de ensayo a una temperatura de 65 C durante
un perodo de 8 h. Luego se saca de la cmara y se deja retornar a una temperatura ambiente de
15 C a 30 C.

6.7.2 Posteriormente, se coloca dentro de una cmara de ensayo a una temperatura de 0 C
durante un perodo de 8 h. Lugo se saca y se verifica el cumplimiento de los requisitos indicados
en el numeral 4.7.

6.8 ENSAYO DE RESISTENCIA

6.8.1 Se coloca el nivel transversalmente sobre dos soportes cilndricos, de tal forma que haya
contacto lineal. La distancia entre centros de los soportes debe ser 12 mm menos que la longitud
del nivel.

6.8.2 Se aplica gradualmente la carga con la masa en kg, indicada en la Tabla 8, a una rata no
mayor que 5 mm/min, sobre el punto medio del nivel, mediante un cilindro que proporcione
contacto lineal.

6.8.3 Se retira la carga y se determina la flecha por medio de un indicador de cuadrante o
determinando el cambio de concavidad en el punto medio del nivel.


Tabla 8. Carga para ensayo de resistencia

Designacin Carga kg
18 menor 330
24 250
28 210
30 200
40 125


6.9 CONTENIDO DE HUMEDAD

Se debe determinar mediante los mtodos de la NTC 206.


7. ROTULADO

Cada nivel se marcar en forma legible y permanente, con la siguiente informacin


- Nombre o marca registrada del fabricante

- La leyenda "Industria Colombiana" u otra que indique su pas de origen

- La designacin.


NORMA TCNICA COLOMBIANA NTC 2036

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8. APNDICE

8.1 NORMAS QUE DEBEN CONSULTARSE

La siguiente norma contiene disposiciones que, mediante la referencia dentro de este texto,
constituyen la integridad del mismo. En el momento de su publicacin era vlida la edicin
indicada. Todas las normas estn sujetas a actualizacin; los participantes, mediante acuerdos
basados en esta norma, deben investigar la posibilidad de aplicar la ltima versin de la norma
mencionada a continuacin.

NTC 206: Maderas. Contenido de humedad.

8.2 DOCUMENTO DE REFERENCIA

FEDERAL SPECIFICATION (U.S.) Level and Plumbs Levels. Washington GPO, 1967. 27 p. il.
(Federal Specification GGG-L 211c).

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