Alta en El IMSS
Alta en El IMSS
Alta en El IMSS
La afiliacin o Alta en el IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) de acuerdo al artculo 15 de la Ley del Seguro Social menciona que los patrones estn obligados a registrarse e inscribir a sus trabajadores en el IMSS, comunicar sus altas y bajas, las modificaciones a sus salarios y dems datos. Esto dentro de un plazo no mayor a cinco das hbiles despus de que el trabajador ha entrado a laborar a la empresa.
Reingreso al IMSS
El reingreso al IMSS es el derecho que nuevamente adquiere el trabajador al reincorporarse a la relacin laboral. Este movimiento se debe realizar dentro de los cinco das hbiles contados a partir de la fecha de inicio de sus labores en la empresa.
Salarios fijos: dentro de los primeros cinco das hbiles despus de la fecha en que se presentaron los cambios. Salarios variables: el aviso se debe presentar dentro de los primeros cinco das hbiles de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre, las modificaciones que se realizaron al salario del bimestre anterior. Es importante que los avisos lleven por fecha el da primero del mes siguiente al bimestre en que se hizo la modificacin. Salarios de naturaleza mixta: una vez que se realizan los cambios en los movimientos del salario, el aviso debe presentarse dentro de los cinco das hbiles siguientes a la fecha de cambios. Si al concluir el bimestre respectivo hubo cambios los avisos se deben presentar dentro de los primeros cinco das hbiles de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre.
c) Identificacin Oficial. (Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral, Pasaporte vigente Mexicano o Extranjero, Cartilla del Servicio Militar Nacional, Cedula Profesional. Como resultado de ese formato se obtendr un nmero que es nico, permanente e intransferible. Una vez llenada la forma se deber presentar a la Subdelegacin u Oficina Administrativa Auxiliar del IMSS que corresponda para cotejar la informacin. Tratndose del representante legal, documento que acredite tal calidad, e identificacin oficial con fotografa y firma Un vez afiliado al IMSS, el trabajador deber acudir al Centro de salud que le corresponda para obtener:
Un carnet para anotar sus citas mdicas o estudios mdicos. Un nmero de consultorio y un mdico especfico.
Identificacin oficial (IFE) Comprobante de domicilio CURP Acta de nacimiento (original y 2 copias) 2 fotos tamao infantil comprobante de alta ante Hacienda original y copia Tendr que llenar un cuestionario-solicitud Le informarn cul ser su aportacin por los servicios del IMSS Tiene derecho a todos los servicios que brinda el IMSS.
Pasos para Continuacin voluntaria de la afiliacin del IMSS Este servicio slo se otorga a aquellas personas que cotizaron en el IMSS un ao mnimo y que su baja no tenga ms de 52 semanas. El costo se determina en base al ltimo salario que percibi el trabajador bajo el rgimen obligatorio por el lapso mnimo de un ao. Los servicios que se le brindan son:
ltima modificacin salarial Comprobante de domicilio original y copia Identificacin original y copia Acta de nacimiento original y copia 2 fotos tamao infantil
Identificacin oficial (IFE) Comprobante de domicilio CURP Acta de nacimiento (original y 2 copias) 2 fotos tamao infantil
Acta de nacimiento o declaracin de adopcin. Si tienen de 16 a 25 aos se deber incluir constancia de estudios. Acta de nacimiento (original y 2 copias) 2 fotos tamao infantil
Padres: por lo que respecta a los padres y concubina(o), el trmite debe hacerlo directamente el asegurado. Presentar la siguiente documentacin:
Identificacin oficial (IFE) Comprobante de domicilio (a nombre del padre o la madre) CURP Acta de nacimiento (original y 2 copias) 2 fotos tamao infantil Cumplir con los requisitos de convivencia y dependencia econmica sealados en el artculo 84 de la Ley. Es decir que vivan y dependan econmicamente del trabajador. Requisito indispensable se necesita que los padres y el asegurado respondan a cuestionarios del Seguro Social.
Concubinato: para poder hacer constar el concubinato se requiere tener una convivencia mnima de cinco aos y ambos integrantes de la pareja deben estar libres de matrimonio.
Deben presentar identificacin oficial con foto Comprobantes de domicilio a nombre de ambos Si hubiera hijos se debe entregar acta de nacimiento