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Excavaciones Oviedo

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Actividades

Trabajo: Formación en Excavaciones Oviedo


Trabajo: Formación en Excavaciones Oviedo
1. Identifique y describa las necesidades formativas relacionadas con la
prevención de riesgos laborales para cada uno de los puestos de trabajo de
la empresa.
Tabla 1. Formación por puesto de trabajo o por oficio
PUESTOS DE CONTENIDO FORMATIVO NÚMERO DE DURACIÓN
TRABAJO TRABAJADORES MINIMA

Operadores de A. Definición de los


máquinas de trabajos. 6 20H
excavación. B. Técnicas preventivas
específicas.
A. Definición de los trabajos
B. Técnicas preventivas.
C. Medios auxiliares,
equipos y herramientas. 3 20H
Administrativo/ D. Verificación,
Comercial identificación y vigilancia
del lugar de trabajo y su
entorno.
E. Derechos y obligaciones.
A. Integración de la
prevención en la gestión
de la empresa.
Gerente/director B. Obligaciones y
responsabilidades. 1 10H
C. Organización y
planificación.
D. Costes de la
accidentalidad y
rentabilidad de la
prevención.
E. Legislación y normativa
básica en prevención.
(Convenio General del Sector de la Construcción, 2017)

TEMA 1 – Actividades © Universidad Internacional de La Rioja (UNIR)


2. Indique y justifique si sería necesaria la presencia de recursos preventivos
en los trabajos de excavación. En caso afirmativo, defina la formación y
competencias que debería tener dicho recurso preventivo.

Si sería necesario la presencia de un recurso preventivo en este trabajo de excavación, ya


que en el párrafo b), del artículo 32 bis, la presencia de los recursos preventivos. Ley
31/1995, (1995). indica: “cualquiera que sea la modalidad de organización de dichos
recursos, será necesaria en los siguientes casos: b) Cuando se realicen actividades o
procesos que reglamentariamente sean considerados como peligrosos o con riesgos
especiales” (p 23).

El recurso preventivo debe tener la capacidad suficiente para vigilar el cumplimiento de


las actividades a realizar, debiendo permanecer en el centro de trabajo durante el tiempo
que se requiera su presencia.
A. Su formación deberá, comprender de Nivel básico (mínimo 60 horas), tomando en
consideración, que se está realizando una actividad peligrosa y, además trabajos en el
sector de la construcción:
a) Conceptos básicos sobre seguridad y salud en el trabajo.
b) Riesgos generales y su prevención.
c) Riesgos específicos y su prevención en el sector de la construcción.
d) Elementos básicos de gestión de la prevención de riesgos.
e) Primeros auxilios.
B. Sus competencias como recurso preventivo serán las de:
Recogidas en el apartado 4 del artículo 22 bis del RD 39/1997.
1) Vigilar el cumplimiento de las actividades preventivas en relación con los riesgos
derivados de la situación (Movimientos de tierra), que determine su necesidad para
conseguir un adecuado control de dichos riesgos. Esta vigilancia incluirá:
 Comprobar la eficacia de las actividades preventivas previstas en la planificación.
 La adecuación de tales actividades, a los riesgos que pretenden prevenirse o la
aparición de riesgos no previstos.
2) Si, como resultado de la vigilancia, se observase un deficiente cumplimiento de las
actividades preventivas, se deberá:
 Harán las indicaciones necesarias para el correcto e inmediato cumplimiento de
las actividades preventivas.
 Deberán poner tales circunstancias en conocimiento del empresario para que éste
adopte las medidas necesarias para corregir las deficiencias observadas si éstas
no hubieran sido aún subsanadas.

TEMA 1 – Actividades © Universidad Internacional de La Rioja (UNIR)


3. Realice un perfil de puesto para ayudar al empresario a buscar un
responsable de prevención de riesgos laborales, cuyas funciones serían las
de encargarse parcialmente de la actividad preventiva en la empresa,
además de implantar un sistema de gestión de seguridad y salud.

DENOMINACIÓN Técnico Competente


 Titulación universitaria oficial (Arquitecto o Ingeniero técnico)

ASPECTOS
 Mínimo 300 horas de formación específica en Prevención de
DESEABLES DE Riesgos Laborales.
FORMACIÓN
EDUCACIONAL:
 La vigilancia y control de la salud de los trabajadores.
 Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y
de seguridad
 Ámbito jurídico de la prevención de riesgos laborales. Marco
normativo.
COMPETENCIAS
 Análisis de las condiciones de implantación en las obras de
construcción.
 Equipos de trabajo. Protecciones colectivas. Equipos de protección
individual.
 Coordinador en materia de seguridad y salud.
 La formación e información de carácter general, a todos los niveles,
y en las materias propias de su área de especialización.
 La vigilancia y control de la salud de los trabajadores.
 Diseñar, coordinar, e implantar el programa de formación
FUNCIONES
preventiva e integrarlo dentro del programa general de formación
de la empresa.
Tener una experiencia no inferior a dos años en una empresa,
EXPERIENCIA institución o Administración pública.

4. Además de la formación necesaria, ¿qué información general habría que


suministrar a todos los trabajadores de la empresa?
Además de recibir la formación necesaria, todo el trabajador, se informará de los
riesgos generales que afectan a toda la empresa y de las medidas de emergencia
(primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación).

TEMA 1 – Actividades © Universidad Internacional de La Rioja (UNIR)


Se informará también sobre los riesgos específicos de cada puesto de trabajo
referentes a:
 La utilización de máquinas y equipos de trabajo,
 La exposición a agentes químicos, físicos y biológicos,
 Normas y medidas de prevención y protección aplicadas en cada caso.
También deben ser informados de cualquier cambio o modificación que se produzca
en su puesto de trabajo (Nota técnica 559, 2000, p 2).

Haciendo resumen del apartado antes en mención, se deberá entregar como información
general a todo el personal de trabajadores de la empresa, lo siguiente:
 Aspectos de gestión y organización en riesgos laborales de la empresa en los que está
implicado.
 El plan de emergencia y sus normas generales.
 Normas generales de prevención en la empresa (riesgos, cambios en su puesto de
trabajo).

Bibliografía
Dirección General de Empleo. (2017). VI Convenio General del Sector de la Construcción.
Madrid, España. Obtenido de http://www.boe.es

Instituto Nacional de Seguridad e Higiene del Trabajo (INSHT). (2000). NTP 559,
Procedimiento de control de la información y formación preventiva. España. Obtenido de
https://www.insst.es/documents/94886/327064/ntp_559.pdf/2161d582-5ba9-453e-bbe2-
a350cc51174d

Ley 31/1995, de 8 de noviembre. (1995). Ley de Prevención de Riesgos Laborales. 37.


España: Legislación Consolidada. Obtenido de https://www.boe.es/buscar/pdf/1995/BOE-
A-1995-24292-consolidado.pdf

Real Decreto 39/1997. (1997). Reglamento de los Servicios de Prevención. Spain: Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales. Obtenido de https://www.boe.es/buscar/pdf/1997/BOE-A-
1997-1853-consolidado.pdf

TEMA 1 – Actividades © Universidad Internacional de La Rioja (UNIR)

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