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REGLAMENTOS PARA LA

OPERACION DE VEHICULOS INDUSTRIALES


Reglamentos Generales de Seguridad Industrial Reglamentos Generales de Seguridad Industrial 3650
3664 Reglas de Operación (parte(a)) Vehículos de Carga y Tractores de Remolque
Industriales. General (parte (t))
(a) Todos los empleadores que utilicen vehículos de carga o
camiones de remolque industriales, deberán colocar en los reglamentos de tráfico establecidos deberán ser
un lugar visible y hacer cumplir un conjunto de observados. Para vehículos que viajen en la misma
reglamentos de operación, incluyendo los reglamentos dirección se deberá mantener una distancia entre ellos
apropiados presentados en la Sección 3650 (t). de aproximadamente igual al largo de 3 vehículos
industriales o de preferencia, un lapso de 3 segundos
Reglamentos Generales de Seguridad Industrial 3650 – antes de pasar por el mismo punto.
Vehículos de Carga y Tractores de Remolque (10) Los vehículos que viajen en la misma dirección no
Industriales. General (parte (t)) deberán pasarse en intersecciones, puntos ciegos, ni
(t) Vehículos de carga y tractores de remolque industriales en lugares peligrosos.
serán operados de una manera segura de acuerdo con (11) El conductor deberá disminuir la velocidad y hacer
las siguientes reglas de operación: sonar la bocina al pasar por pasadizos y otros lugares
(1) Únicamente a los conductores autorizados por el donde la visibilidad esté obstruida. Si la carga que se
empleador y entrenados en la operación segura de transporta está obstruyendo la visibilidad enfrente, se
vehículos de carga o tractores de remolque requerirá que el conductor viaje con la carga atrás, o
industriales de acuerdo con la Sección 3668 se les remolcándola.
permitirá operar dichos vehículos. (12) Los operadores deberán mirar en la dirección en la que
(2) Esta prohibido manejar con imprudencia y hacer viajan y no deberán mover ningún vehículo hasta que
acrobacias. estén seguros de que no hay ninguna persona en el
(3) No se permitirán pasajeros en los vehículos, a menos área.
que dichos vehículos dispongan de facilidades (13) Los vehículos no deberán ser conducidos hasta la
adecuadas para tal fin. proximidad de una persona parada adelante de un
(4) Los empleados no deberán viajar en las horquillas de banco u otro objeto fijo de un tamaño tal que la persona
los montacargas. pueda ser atrapada entre el vehículo y dicho objeto.
(5) Los empleados no deberán viajar con el cuerpo o (14) Los declives deben ser ascendidos o descendidos
ninguna parte de éste fuera del vehículo industrial de lentamente.
carga en movimiento o entre el mástil vertical u otras (A) Cuando se asciendan o desciendan declives de
partes del vehículo adonde exista peligro de mas de un 10 % de inclinación, los vehículos
mutilación o aplastamiento. cargados deberán ser conducidos con la carga
(6) A los empleados no se les permitirá permanecer de cuesta arriba.
pie, pasar o trabajar debajo de la porción elevada de (B) En todos los declives la carga y el mecanismo de
cualquier vehículo industrial de carga, cargado o carga y descarga deberán estar inclinados hacia
vacío, a menos que éste haya sido bloqueado atrás, si es posible, y ser elevado solamente hasta
efectivamente para prevenir que se caiga. donde sea necesario por encima del nivel del
(7) Los conductores deberán revisar el vehículo al suelo.
comienzo de cada turno y si se encuentra que éste (C) Los vehículos motorizados de mano y los
no está en condiciones de funcionamiento seguro, “hand/rider trucks” deberán ser operados en todos
deberá informar inmediatamente a un supervisor o los declives, con el mecanismo de carga y
mecánico. El vehículo no deberá ser puesto en descarga hacia abajo.
servicio nuevamente hasta que esté en condiciones (15) Las horquillas deberán estar siempre en la posición
de funcionamiento seguro. Se deberá prestar más baja posible, para lograr una operación segura.
atención al funcionamiento apropiado de los (16) Cuando un vehículo no esté siendo vigilado (el
neumáticos, bocina, luces, batería, control, frenos, operador está a mas de 25 pies (7.6 metros) del
mecanismo de la dirección, sistema de enfriamiento y vehículo o cuando no pueda ver el vehiculo), los
sistema de levantamiento de los vehículos de frenos deben estar puestos, el mástil colocado en
horquillas elevadoras (fork lifts) (horquillas, cadenas, posición vertical, y las horquillas en la posición baja
cables e interruptores de seguridad). con una de las siguientes:
(8) Ningún vehículo que tenga pérdidas en el sistema de (A) Se deberá apagar el motor y, cuando el vehículo
combustible deberá ser puesto en funcionamiento. se deje en un declive, las ruedas deberán
(9) Los vehículos no deberán exceder la velocidad quedar bloqueadas; o,
autorizada, o aquella considerada como segura, (B) El motor podrá dejarse encendido siempre y
manteniendo siempre una distancia segura con cuando las ruedas delanteras y traseras queden
respecto a los otros vehículos. El vehículo deberá bloqueadas.
estar bajo control en todo momento y todos continúa...

IZQUIERDA (1/2)
REGLAMENTOS PARA LA
OPERACION DE VEHICULOS INDUSTRIALES
Reglamentos Generales de Seguridad Industrial 3650 Reglamentos Generales de Seguridad Industrial 3650
Vehículos de Carga y Tractores de Remolque Vehículos de Carga y Tractores de Remolque
Industriales. General (parte (t)) Industriales. General (parte (t))
(17) Cuando el operador no esté a bordo de un vehículo (26) Los camiones no deberán ser cargados mas allá de su
industrial y se encuentre dentro de una distancia de 25 capacidad nominal.
pies (7.6 metros) del vehículo y pueda verlo, el (27) No se deberá mover un vehículo cargado hasta que la
mecanismo de carga y descarga debe encontrarse carga sea asegurada y no presente ningún peligro.
totalmente hacia abajo, los controles puestos en neutral y
los frenos puestos, para evitar que el vehículo se mueva. (28) Se deberá tener extremo cuidado cuando se inclinen las
EXCEPCIÓN: El operador de un vehículo industrial cargas. Está prohibido inclinar la carga hacia adelante
equipado con horquillas puede mantener las horquillas con el mecanismo de carga y descarga elevado,
elevadas para cargar y descargar si las horquillas se excepto cuando se está recogiendo alguna carga. Las
elevan no más de 42 pulgadas sobre el mismo nivel de cargas elevadas no deberán ser inclinadas hacia
donde está ubicado el vehículo, el motor está apagado, delante, excepto en los casos cuando la carga está
los controles puestos en neutral, y los frenos están siendo depositada en anaqueles de almacenamiento o
puestos. Si el vehículo se encuentra en una cuesta, los su equivalente. Cuando la carga se apile o se coloque
neumáticos deben estar seguramente bloqueados. en filas, el inclinarla hacia atrás deberá quedar limitado
Cuando las horquillas están elevadas, el operador a únicamente lo necesario para estabilizar la carga.
permanecerá en el asiento del vehículo industrial salvo (29) El aparato de carga y descarga deberá ser colocado de
cuando el operador esté activamente cargando o manera tal que la carga sea sostenida o sujetada de
descargando materiales. forma segura.
(18) Los vehículos no deberán ser introducidos en el interior de (30) Se deberán tener precauciones especiales al asegurar
ningún ascensor, a menos que el conductor haya sido y manipular cargas por medio de vehículos equipados
expresamente autorizado para hacerlo. Antes de entrar al con accesorios, y durante la operación de estos
ascensor el conductor deberá asegurarse de que no se vehículos después que las cargas hayan sido retiradas.
excederá la capacidad de peso del ascensor. Cuando esté (31) Cuando los vehículos motorizados sean usados para
en el ascensor deberá apagar el motor y poner los frenos. abrir y cerrar puertas se deberán cumplir con los
(19) Los vehículos de mano “hand trucks” motorizados
siguientes reglamentos:
deberán entrar a los ascensores u a otras áreas cerradas
(A) Se deberá agregar al vehículo un aparato diseñado
con la parte donde llevan la carga hacia el frente.
(20) Los vehículos no deberán ser operados en pisos, específicamente para abrir y cerrar puertas.
entradas en las aceras, o plataformas que no soporten (B) La fuerza que este aparato aplique a las puertas
con seguridad, el peso del vehículo cargado. deberá ser paralela a la dirección en que corra la
(21) Antes de conducir hacia el interior de camiones, puerta.
remolques y vagones de ferrocarril, se deberá revisar el (C) Toda la operación de abrir las puertas deberá
piso de todos estos, para detectar rupturas o partes de la realizarse bajo la vista clara y sin obstrucciones del
estructura débiles o poco resistentes. operador.
(22) Ningún vehículo deberá ser conducido dentro o fuera de (D) El operador del vehículo y otros empleados
camiones de transporte y remolques sobre las plataformas deberán mantenerse alejados del área cercana al
de carga, hasta que dichos camiones y remolques queden vehiculo, donde la puerta podría caerse mientras
bloqueados o restringidos de forma segura y los frenos está siendo abierta.
estén aplicados. (32) Si la carga es levantada por dos o más vehículos
(23) Para evitar el movimiento de los vagones de ferrocarril trabajando a la vez, el peso total de la carga no deberá
durante las operaciones de carga o descarga deberán exceder la capacidad de levantamiento nominal
aplicarse los frenos usando cuñas para las ruedas, u otros combinada de todos los vehículos utilizados.
medios de bloqueo reconocidos como tales, y colocar (33) Cuando proporcionado por el fabricante de vehículos
banderas azules o luces en un lugar visible, de acuerdo industriales un sistema de sujeción del operador, tal
con la Sección 3333 de estos Reglamentos y Título 49, como el cinturón de seguridad, será utilizado.
CFR, Sección 218. 27 la cual se incorpora por referencia a
la presente.
(24) Mientras un vehículo industrial motorizado se encuentre
sobre una rampa elevada, plataforma, carro de carga o
camión, la distancia mínima que se debe dejar entre el
vehículo y el borde de cualquiera de las superficies
antedichas, deberá ser por lo menos igual al ancho de un
neumático de dicho vehículo.
(25) Siempre que sea posible, las vías del ferrocarril deberán
ser atravesadas diagonalmente. Está prohibido estacionar
a una distancia menor que 8 1/2 pies de la línea central de
las vías del ferrocarril.
noviembre de 2018 (2/2) DERECHA

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