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TDR - ASISTENTE DE TOPOGRAFÍA (2) Entregable

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TERMINOS DE REFERENCIA

ÁREA USUARIA: ADMINISTRACIÓN LOCAL DEL AGUA ZAÑA

META 163 - LIMPIEZA, DESCOLMATACIÓN, CONFORMACIÓN


DE DIQUE Y/O SERVICIO DE HABILITACIÓN, EN CAUCES DE
RÍOS Y QUEBRADAS POR EL FENÓMENO EL NIÑO A NIVEL
ACTIVIDAD DEL POI: NACIONAL - TAREA 1: LIMPIEZA Y DESCOLMATACIÓN DE
LOS RÍOS Y QUEBRADAS EN EL ÁMBITO DE LA AAA
JEQUETEPEQUE ZARUMILLA, DE LA META
PRESUPUESTARIA 163, DEL POI 2024 AAA.JZ.
DENOMINACIÓN DE
ASISTENTE DE TOPOGRAFÍA
LA CONTRATACIÓN:

I. ANTECEDENTES

Ante el peligro eminente del posible Fenómeno El Niño 2023, el Estado Peruano ha emitido
el D.S. N° 072-2023-PCM, D.U. N°015-2023 y D.S. N° 089-2023-PCM, disponiendo la
intervención en ámbitos declarados en emergencia “mediante la ejecución de actividades de
limpieza y descolmatación en los cauces de ríos y quebradas, así como diversas
intervenciones de preparación y respuesta destinadas a reducir los riesgos, vulnerabilidades,
daños o impacto ante la posible ocurrencia del Fenómeno El Niño”.

Considerando, que en el numeral 5.1 del D.U. N° 015-2023, se establece que “los titulares
de los pliegos comprendidos en la aplicación de la presente norma son responsables de la
adecuada aplicación de la misma, así como del uso y destino de los recursos comprendidos
en dicha aplicación, conforme a la normatividad vigente.”, es necesario adoptar medidas para
garantizar la ejecución de actividades de limpieza y descolmatación en cauces de ríos y
quebradas así como diversas intervenciones de preparación y respuesta destinadas a reducir
los riesgos, vulnerabilidades, daños o impacto ante la posible ocurrencia del Fenómeno El
Niño.

Para el presente año, en cumplimiento del D.U. N° 015-2023, con el fin de ejecutar dichas
actividades de limpieza y descolmatación, mediante la adecuada operación y mantenimiento
de la maquinaria propia adquirida por la ANA, y de lo dispuesto por el artículo 68° de la Ley
N° 31953-Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, ha elaborado el
“Plan de Trabajo para la Operación y Mantenimiento de Maquinaria, Vehículos y Equipos
adquiridos en el marco del D.U. N° 015-2023”, aprobado por la R.J. N° 005-2024-ANA.

Dicho Plan de Trabajo precisa, que en cuanto a los puntos a intervenir, dentro del ámbito
jurisdiccional de la AAA Jequetepeque Zarumilla, comprende las Regiones de Tumbes, Piura
y Lambayeque, que ejecutarán actividades de limpieza, descolmatación y protección con
roca al volteo en los cauces de ríos y/o quebradas identificadas como puntos críticos
inundaciones y/o movimientos en masa por el ente técnico competente y/o que cuenten con
una evaluación de Riesgo validada por el Centro Nacional de Estimación, Prevención y
Reducción de Riesgo de Desastres (CENEPRED).
II. JUSTIFICACIÓN

Es necesario adoptar medidas para garantizar la ejecución de actividades de limpieza y


descolmatación en cauces de ríos y quebradas, así como diversas intervenciones de
preparación y respuesta destinadas a reducir los riesgos, vulnerabilidades, daños o impacto
ante la posible ocurrencia del Fenómeno El Niño, en el ámbito de las Regiones Tumbes,
Piura y Lambayeque.

Debiendo por tanto, en el marco del “Plan de Intervenciones ante la probable ocurrencia del
Fenómeno El Niño 2023- 2024 y efectos al año 2025”, D.U. N° 015-2023 y Ley N° 31953-Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, implementarse las acciones
técnicas y administrativas contenidas en el “Plan de Trabajo para la Operación y
Mantenimiento de Maquinaria, Vehículos y Equipos adquiridos en el marco del D.U. N° 015-
2023”, aprobado por la R.J. N° 005-2024-ANA, que corresponde ejecutar a la AAA
Jequetepeque Zarumilla y Administraciones Locales de Agua que la conforman, para lo cual
la Sede Central ha asignado un Presupuesto y recursos por S/ 34´815,074.00, en la Fte. Fto.
RO, de la Meta Presupuestaria 163- “Limpieza, descolmatación y conformación de dique y/o
servicio de habilitación de caja hidráulica, en cauces de ríos y quebradas por el Fenómeno
El Niño a nivel nacional”, que forma parte del POI 2024 de la AAA Jequetepeque Zarumilla.

III. FINALIDAD PUBLICA

Considerando que el Plan de Trabajo para la Operación y Mantenimiento de la Maquinaria,


Vehículos y Equipos de la ANA adquiridos en el D.U 015-2023, tiene por finalidad garantizar
su operación efectiva, para las diversas intervenciones de preparación y respuesta
destinadas a reducir los riesgos, vulnerabilidades, daños o impacto, ante la ocurrencia del
Fenómeno El Niño, en la ejecución de actividades de limpieza y descolmatación de cauces
de ríos y quebradas y/o rocas al volteo, en beneficio de la población.

IV. OBJETIVO DE LA CONTRATACION

Contratar el Servicio de un asistente de topografía para la ejecución de las actividades de la


Meta Presupuestaria 163 - Limpieza, Descolmatación, Conformación de Dique y/o Servicio
de Habilitación, en Cauces de Ríos y Quebradas por el Fenómeno El Niño a Nivel Nacional,
en el ámbito de la Administración Local de Agua Zaña, de la Autoridad Administrativa del
Agua Jequetepeque Zarumilla.

V. ALCANCES Y DESCRIPCION DEL SERVICIO:

El conjunto de actividades, acciones o tareas, de acuerdo a la naturaleza del servicio, serán


realizadas de forma presencial, referidas a:
a) Brindar asistencia en las actividades de control topográfico de cauce de río con el fin de
realizar la limpieza, descolmatación y protección con roca al volteo de los cauces y/o
quebradas.
b) Brindar asistencia y apoyo en la colocación de puntos de control
c) Brindar asistencia y apoyo en las actividades de levantamiento topográfico con estación
total, gps diferencial y/o dron, de corresponder.
d) Brindar asistencia y apoyo en la elaboración de planos topográficos finales: planta, perfil
longitudinal, secciones transversales y metrados
VI. REQUISITOS MINIMOS DEL PERSONAL CONTRATADO BAJO LA MODALIDAD DE
SERVICIOS POR TERCEROS
La persona a contratar debe reunir los siguientes requisitos mínimos:
Formación académica

Técnico en Topografía y/o afines.

Experiencia para el servicio

Experiencia General
Experiencia laboral mínima de dos (02) años en entidades públicas y/o privadas.
Experiencia Específica
Experiencia laboral mínima comprobada de un (01) año desempeñando actividades
relacionadas al puesto

Otra documentación requerida


- Registro Nacional de Proveedores (RNP)
- Registro Único del Contribuyente (RUC)
- Código de Cuenta Interbancario (CCI)
- Contar con Seguro de Salud.
- Contar con sus dosis completas de vacunación contra el COVID-19
- No pertenecer al Personal Vulnerable o Grupo de Riesgo para COVID-19 de conformidad
a las normas dictadas por el MINSA y Protocolos de la ANA.
- Se acredita el perfil solicitado con copia simple de certificados, títulos, constancias,
contratos, órdenes (con su respectiva conformidad de servicio) y/o cualquier otra
documentación que de manera fehaciente demuestre su experiencia del proveedor

VII. SEGUROS
Contar con Seguro de Salud y Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) vigente
durante el desarrollo de las actividades
VIII. VIATICOS
No corresponde.

IX. ENTREGABLE

Los productos entregables serán presentados en formato físico y digital, siendo los
siguientes:
Primer Producto y/o Entregable: 01 Informe de servicios que contenga las
actividades señaladas en el ítem V; desarrolladas hasta los treinta (30) días
calendario de iniciado el plazo de ejecución del servicio.

Segundo Entregable: 01 Informe de servicios que contenga las actividades


señaladas en el ítem V; desarrolladas hasta los sesenta (60) días calendario de
iniciado el plazo de ejecución del servicio.

OBSERVACIONES
En caso de existir observación (es) al entregable, éstas deberán ser levantadas por el
contratado en un plazo no mayor de 05 días calendario posterior a la recepción de la
notificación.

El entregable tendrá un máximo de dos observaciones, en caso de que exista una


tercera observación, la entidad, previo informe técnico emitido por el área usuaria,
realizará la resolución de la orden de servicio, que será comunicada al proveedor de
servicios a cargo de la unidad correspondiente.
X. FORMA Y CONDICIONES DE PAGO

El pago se efectuará en dos (02) armadas, según detalle siguiente:

Primera armada, correspondiente a la presentación del primer producto.


Segunda armada, correspondiente a la presentación del segundo producto.

Para efectuar los pagos, se debe contar con la conformidad correspondiente, emitida por el
Supervisor del Servicio.
XI. SUPERVISION Y CONFORMIDAD DE LA CONTRATACION

La supervisión y conformidad del servicio, está a cargo del Administrador del Agua Zaña, el
cual designa al o a los Especialistas o Profesionales, para el control de calidad técnico del
producto a entregar y la posterior conformidad del servicio.
XII. PENALIDAD POR MORA

Penalidad por Mora en la ejecución de la prestación:

En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del
contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de
atraso.

La penalidad se aplica automáticamente y se calcula de acuerdo a la siguiente formula:

Penalidad diaria = 0.10 x monto


F x plazo en días
Donde F tiene los siguientes valores:

a) Plazos menores o iguales a sesenta (60) días: F = 0.40


b) Plazos mayores a sesenta (60) días: F = 0.25

Tanto el monto como plazo se refieren, según corresponda, a la ejecución total del servicio
o a la obligación parcial, de ser el caso, que fuera materia de retraso.

Se considera justificado el retraso, cuando el contratista acredite, de modo objetivamente


sustentado, que el mayor tiempo trascurrido no le resulta imputable.

Esta calificación del retraso como justificado no da lugar al pago de gastos generales de
ningún tipo.

XIII. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Recursos Ordinarios - RO.

XIV. LUGAR Y PLAZO DE EJECUCION

Las actividades se desarrollarán en el ámbito de la AAA. Jequetepeque Zarumilla (ALA


Zaña), de manera presencial.
El servicio se iniciará desde el día siguiente de notificada la orden de servicio y regirá por el
período de hasta sesenta (60) días calendario.

XV. OTRAS CONSIDERACIONES

La Autoridad Nacional del Agua no se hace responsable de los eventos y/o accidentes y/o
enfermedades que puedan presentarse durante el cumplimiento del servicio.

XVI. CONFIDENCIALIDAD

El proveedor está obligado a mantener la confidencialidad de la información que reciba a raíz


de la presente relación contractual y/o toda la información, análisis y conclusiones contenidos
en sus informes u otros documentos, durante el plazo de ejecución contractual y hasta dentro
del plazo de cuatro (04) años desde la recepción de la conformidad final del servicio, a menos
que cuente con un pronunciamiento escrito de la ANA en sentido contrario.

XVII. PROPIEDAD INTELECTUAL

El proveedor cede a favor de la ANA, cualquier tipo de derechos generados como


consecuencia de la elaboración de los Informes, opiniones, documentos generados, que son
materia del presente servicio en el marco de la Ley Nº 822, Ley sobre el Derecho de Autor.
Asimismo, se compromete a no utilizarlos para fines distintos a los del servicio realizado, ni
durante su ejecución ni después de la recepción del mismo, sin que medie autorización
escrita otorgada por la ANA.

XVIII. OTROS GASTOS

No corresponde

XIX. RESPONSABILIDAD POR LA ASIGNACION DE BIENES

En virtud a lo dispuesto en los Artículos 11 y 28 del texto Único Ordenado de la Ley N° 29151,
Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante el Decreto
Supremo N° 019-2019-VIVIENDA, en aquellos casos en los cuales, para el cumplimiento de
la prestación, la Entidad asigne al Contratista algún bien mueble e inmueble. Éste es
responsable del buen uso y conservación de los mismos, de lo contrario, responde por su
deterioro o pérdida, debiendo proceder a su reposición dentro del plazo máximo de cinco
(05) días hábiles, de corresponder. El proveedor debe contar con equipo de cómputo o laptop
propio para el desarrollo de sus actividades.

XX. CESION DE DERECHOS

Por medio de la presente clausula, el proveedor cede los derechos patrimoniales de los
cuales sea titular sobre el programa de ordenador o software producido o desarrollo en
ejecución del presente contrato, para su explotación no exclusiva, ilimitada, perpetua y con
alcance mundial, para cualquier uso, pretendiendo actualmente y en el futuro a favor de la
Autoridad Nacional del Agua -ANA. Esta cesión de derechos comprende, mas no se limita, a
los derechos de reproducción, comunicación al público, distribución, traducción,
modificación, u otra transformación, importación al territorio nacional de copias por cualquier
medio incluyendo la transmisión, así como cualquier otra forma de utilización que no estén
contempladas en la ley de la materia como excepción al derecho patrimonial y, en general,
para cualquier tipo de utilización y explotación, que la entidad estime pertinentes, pudiendo
ponerlo a disposición por medio de autorizaciones o licencias a favor del público en general.
Sin perjuicio de otras obligaciones a su cargo, el proveedor deberá entregar una versión final
del software incluyendo el código fuente, código objeto, documentación técnica y manuales,
sin ninguna medida tecnológica efectiva ni sistema de autotutela, sin contraseña ni
restricción. Lo dispuesto en relación con los programas de ordenador o software no se
aplicará cuando la entidad pública sea solo licenciataria del software.”
XXI. COMPROMISO ANTICORRUPCION

Se le informa por medio del presente que la Autoridad Nacional del Agua en cumplimento
con la norma NTP-ISO 37001:2017 ha implementado y mantiene un Sistema de Gestión
Antisoborno, que prohíbe el soborno mediante el establecimiento de procedimientos y
directivas que guían el comportamiento de todos colaboradores y proveedores que tengan
relación contractual con la ANA.

Por lo expuesto y en cumplimento del Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM que aprueba la


Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, el proveedor del servicio se
obliga a conducirse en todo momento, durante la ejecución del contrato, con honestidad,
probidad, veracidad e integridad, cumplir con los lineamientos del Sistema de Gestión de
Antisoborno de ANA y de no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o indirectamente
o a través de los socios, accionistas, integrantes de los órganos de administración,
apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores y personas vinculadas.

La ANA dispone de un canal de denuncias que permite al proveedor reportar el intento,


sospecha o comisión de un acto de soborno o cualquier incumplimiento del Sistema de
Gestión Antisoborno, asimismo se garantiza la confidencialidad de las denuncias y
comunicaciones recibidas, así como la protección de cualquier tipo de amenaza o coacciones
mediante la aplicación de la normativa vigente sobre defensa al denunciante, todo ello con
respecto a los derechos de legítima defensa.

XXII. CLAUSULA DE CUMPLIMIENTO

Son causales de resolución de contrato la presentación con información inexacta o falsa de


la Declaración Jurada de Prohibiciones e Incompatibilidades a que se hace referencia en la
ley de prevención y mitigación del conflicto de intereses en el acceso y salida de personal de
servicio público. Así mismo en caso se incumpla con los impedimentos señalados en el
artículo 5 de dicha ley se aplicará la inhabilitación por cinco años para contratar o prestar
servicios al Estado, bajo cualquier modalidad.

Enero, 2024.

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