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Establecen Disposiciones Que Regulan La Modalidad Virtual de Resolucion Ministerial N 232 2016 TR 1439017 1

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El Peruano / Sábado 8 de octubre de 2016 NORMAS LEGALES 601069

de inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores de


TRABAJO Y PROMOCION Construcción Civil - RETCC, y su renovación; modalidad
que regirá en la región o circunscripción territorial en la
que así se disponga mediante resolución ministerial;
DEL EMPLEO Con las visaciones del Despacho Viceministerial de
Trabajo, del Despacho Viceministerial de Promoción del
Establecen disposiciones que regulan Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección General
la modalidad virtual de inscripción en de Trabajo, de la Dirección General de Formación
Profesional y Capacitación Laboral, de la Oficina
el Registro Nacional de Trabajadores de General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina
Construcción Civil - RETCC, y su renovación General de Estadística y Tecnologías de la Información
y Comunicaciones, y de la Oficina General de Asesoría
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Jurídica; y,
Nº 232-2016-tr De conformidad con el numeral 8 del artículo 25 de la
Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley
Lima, 7 de octubre de 2016 Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo; y el Reglamento
VISTOS: El Informe Técnico Nº 061-2016-MTPE/4/9.3 de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y
de la Oficina de Organización y Modernización de la Oficina Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo
General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 023- Nº 004-2014-TR;
2016-MTPE/4/13.2/MAZM de la Oficina de Tecnologías
de la Información y Comunicaciones de la Oficina SE RESUELVE:
General de Estadística y Tecnologías de la Información y
Comunicaciones, el Informe Nº 137-2016-MTPE/2/14.1 Artículo 1.- Objeto
de la Dirección de Políticas y Normativa de Trabajo de La presente resolución ministerial tiene por objeto
la Dirección General de Trabajo, el Informe Nº 01-2016- establecer las disposiciones que regulan la modalidad
MTPE/3/19.2/DALT/EORC/KRC/LRC/PACC/VKRG de virtual de inscripción en el Registro Nacional de
la Sub Dirección de Normalización y Certificación de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC, y su
Competencias Laborales de la Dirección de Normalización renovación.
y Certificación de Competencias Laborales de la Dirección Cuando la presente resolución ministerial haga
General de Formación Profesional y Capacitación Laboral, mención al Reglamento del RETCC, se refiere al
y el Informe Nº 2876-2016-MTPE/4/8 de la Oficina General Reglamento del Registro Nacional de Trabajadores de
de Asesoría Jurídica; y, Construcción Civil - RETCC, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 009-2016-TR.
CONSIDERANDO:
Artículo 2.- Ámbito de aplicación
Que, el Decreto Legislativo Nº 1187, Decreto La presente resolución ministerial resulta de aplicación
Legislativo que previene y sanciona la violencia en la a:
actividad de construcción civil, dispone en su artículo
8 la creación del Registro Nacional de Trabajadores de a) Las dependencias competentes de las direcciones
Construcción Civil - RETCC, el cual se encuentra a cargo y gerencias regionales de trabajo y promoción del empleo
de la Autoridad Administrativa de Trabajo y es habilitante en cuyo ámbito territorial se disponga la implementación
para el desempeño de actividades de construcción de la modalidad virtual de inscripción en el Registro
civil en obras que superen las cincuenta (50) Unidades Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC,
Impositivas Tributarias; y su renovación.
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 009-2016- b) Los trabajadores de la actividad de construcción
TR se aprueba el Reglamento del Registro Nacional civil que soliciten su inscripción en el Registro Nacional
de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC, de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC, o su
estableciéndose su objeto, ámbito de aplicación, requisitos renovación, bajo la modalidad virtual en la región o
y procedimientos para la inscripción y renovación, circunscripción territorial correspondiente.
causales de suspensión y cancelación, y demás normas
de aplicación; Artículo 3.- Autoridad competente
Que, la Tercera Disposición Complementaria del
Reglamento del Registro Nacional de Trabajadores de 3.1. La Sub Dirección de Registros Generales o la que
Construcción Civil - RETCC establece que mediante haga sus veces en cada dirección o gerencia regional
resolución ministerial se establecen las disposiciones y de trabajo y promoción del empleo es la dependencia
medidas complementarias para la mejor aplicación del competente para conocer las solicitudes de inscripción
Decreto Supremo Nº 009-2016-TR, entre otros aspectos, en el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción
para el establecimiento de reglas especiales relativas a Civil - RETCC que se presenten bajo la modalidad virtual.
la implementación de la modalidad virtual de inscripción 3.2. La Dirección de Prevención y Solución de
o renovación en el RETCC, regulando, entre otros, el Conflictos o la que haga sus veces en cada dirección o
procedimiento a seguir, el cumplimiento y verificación de gerencia regional de trabajo y promoción del empleo es
los requisitos exigidos, la autoridad competente, plazos, competente para conocer el recurso de apelación por
mecanismos de fiscalización y otros necesarios para la denegatoria de inscripción en el Registro Nacional de
aplicación de la referida modalidad; Trabajadores de Construcción Civil - RETCC.
Que, el inciso 20.1.2 del artículo 20 de la Ley Nº 27444,
Ley del Procedimiento Administrativo General, determina Artículo 4.- Medios de inscripción virtual
que las notificaciones podrán ser efectuadas mediante
telegrama, correo certificado, telefax; o cualquier otro 4.1. La modalidad virtual de inscripción en el Registro
medio que permita comprobar fehacientemente su acuse Nacional de Trabajadores de Construcción Civil -
de recibo y quien lo recibe, siempre que el empleo de RETCC es puesta en funcionamiento a través de un
cualquiera de estos medios hubiese sido solicitado aplicativo informático disponible en el portal institucional
expresamente por el administrado; del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (en
Que, asimismo, el numeral 20.4 del artículo 20 de la adelante, MTPE).
Ley Nº 27444 establece que el administrado interesado o 4.2. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo
afectado por el acto, que hubiera consignado en su escrito 4 del Reglamento del RETCC, el desarrollo y cabal
alguna dirección electrónica que conste en el expediente, funcionamiento del aplicativo es responsabilidad de
podrá ser notificado a través de ese medio siempre que la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la
haya dado su autorización expresa para ello; Información y Comunicaciones del MTPE.
Que, conforme a lo indicado, corresponde emitir las 4.3. Las direcciones y gerencias regionales de
disposiciones necesarias para regular la modalidad virtual trabajo y promoción del empleo de cada Gobierno
601070 NORMAS LEGALES Sábado 8 de octubre de 2016 / El Peruano

Regional coadyuvan al adecuado funcionamiento de la de su solicitud, así como la oportunidad en la cual podrá
modalidad virtual de inscripción en el Registro Nacional acercarse a recoger su Constancia de Inscripción y el
de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC, respectivo carné.
asegurando contar con los recursos materiales, humanos, 6.3. De advertirse algún incumplimiento o asunto por
informáticos, entre otros necesarios para tal efecto. dilucidar, la dependencia competente de la Autoridad
Administrativa de Trabajo procede a comunicar ello al
Artículo 5.- De la solicitud de inscripción solicitante a efectos de que subsane el incumplimiento
o se pronuncie conforme a su derecho en el plazo de
5.1. A fin de iniciar el procedimiento de inscripción en dos (2) días hábiles, bajo apercibimiento de tener por no
el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción presentada la solicitud.
Civil - RETCC, el trabajador accede al aplicativo El escrito a través del cual el solicitante absuelve el
informático desde el portal institucional del MTPE, requerimiento de la Autoridad Administrativa de Trabajo
ingresando su nombre, domicilio y número de documento y la documentación de sustento pertinente, deben ser
de identidad, debiendo manifestar su voluntad de regirse presentados por escrito en las mesas de partes habilitadas
por las disposiciones previstas en la presente resolución para tal propósito.
ministerial. 6.4. Presentado el escrito de absolución, la
El aplicativo informático valida en línea la información dependencia competente cuenta con el plazo de dos (2)
inicial con los datos disponibles en las bases de datos del días hábiles para emitir pronunciamiento aprobando o
Registro Nacional de Identidad y Estado Civil – RENIEC y denegando la solicitud, según corresponda. En este último
de otras entidades públicas disponibles. caso, deberá precisarse el motivo de la denegatoria.
5.2. El trabajador proporciona, a través del aplicativo, Transcurrido el plazo anterior sin que el interesado
la información relativa al cumplimiento de requisitos de subsane lo requerido, se tiene por no presentada la
inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores de solicitud y se procede a su archivo.
Construcción Civil - RETCC. En caso el trabajador opte
por acceder a los servicios de promoción del empleo, Artículo 7.- Captura de imagen y entrega de carné
ingresa la información adicional prevista en la Resolución La dependencia competente de la Autoridad
Ministerial Nº 146-2015-TR. Administrativa de Trabajo realizará la captura de imagen
En los casos en que la Autoridad Administrativa del trabajador en la oportunidad de entrega del carné.
de Trabajo cuente con mecanismos de cooperación
que le permitan validar la información contenida en los Artículo 8.- Recurso de apelación
certificados de antecedentes policiales, judiciales o Contra la resolución que deniega la inscripción en
penales, así como el cumplimiento de otros requisitos el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción
necesarios para la inscripción, la conformidad de la Civil - RETCC es posible la presentación del recurso de
información ingresada por el trabajador se sujeta a dicha apelación, en el plazo de dos (2) días hábiles, observando
validación. los requisitos previstos en la Ley Nº 27444, Ley del
5.3. Completada la información necesaria, el aplicativo Procedimiento Administrativo General.
informático genera una constancia de solicitud de El plazo para resolver este recurso es de dos (2)
inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores de días hábiles contados desde el día hábil siguiente de su
Construcción Civil - RETCC, la cual especifica fecha y presentación.
hora de presentación, y proporciona un código a fin de
que el trabajador pueda acceder al módulo de consulta Artículo 9.- Obligaciones de los trabajadores
disponible en el portal institucional del MTPE. solicitantes:
La constancia de solicitud de inscripción indica el
plazo dentro del cual será comunicado, a través del Son obligaciones de los trabajadores solicitantes las
módulo de consulta, el resultado de la calificación de siguientes:
la solicitud.
5.4. Iniciada la sesión de la solicitud de inscripción a) Brindar información veraz y fidedigna en el
virtual en el Registro Nacional de Trabajadores de procedimiento virtual de inscripción en el Registro
Construcción Civil - RETCC, el trabajador cuenta con Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC.
cuarenta y ocho (48) horas para completar dicho proceso. b) Proporcionar una dirección válida de correo
En caso que en una determinada sesión no se electrónico, la cual debe mantener operativa, así como
complete la información de todos los campos necesarios, actualizada.
el aplicativo informático conserva la información hasta el c) Mantener la confidencialidad del código de acceso
vencimiento del plazo mencionado en el párrafo anterior. al módulo de consulta que le sea asignado.
5.5. No es posible el trámite de más de un d) Revisar oportuna y periódicamente el estado
procedimiento de inscripción de manera simultánea; no de la calificación de su solicitud de inscripción y las
obstante, archivado el procedimiento de inscripción, el comunicaciones relativas a ella a través del módulo de
interesado podrá iniciar uno nuevo. consultas disponible en el portal institucional del MTPE.
5.6. El aplicativo informático permite la presentación
de solicitudes de inscripción todos los días, las veinticuatro Artículo 10.- Notificaciones en el procedimiento de
(24) horas. Las solicitudes de inscripción ingresadas en inscripción
días hábiles con posterioridad a las 17:00 horas, así como
durante días inhábiles, se entenderán presentadas en el 10.1. Los actos administrativos que se emitan el
día hábil inmediato siguiente. marco del procedimiento virtual de inscripción en el
Sin perjuicio de ello, mediante resolución de Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil
la Autoridad Administrativa de Trabajo regional se - RETCC se notifican mediante su envío electrónico en el
establece el cronograma para la inscripción virtual de los módulo de consultas disponible en el portal institucional,
trabajadores. para lo cual se debe contar con la solicitud expresa del
interesado.
Artículo 6.- Calificación de la solicitud de 10.2. De manera complementaria a lo anterior,
inscripción previa autorización expresa del interesado, los actos
administrativos emitidos en el marco del procedimiento
6.1. Recibida la solicitud de inscripción, la dependencia virtual le son notificados a la dirección de correo
competente de la Autoridad Administrativa de Trabajo electrónico que señale en la solicitud de inscripción.
procede a su evaluación dentro del plazo de tres (3) 10.3. El módulo de consultas disponible en el portal
días hábiles contados a partir del día siguiente de su institucional del MTPE contiene información acerca de los
presentación. eventos generados durante el trámite del procedimiento
6.2. De verificarse el cumplimiento de los requisitos virtual de inscripción en el Registro Nacional de
legales para la inscripción conforme al Reglamento del Trabajadores de Construcción Civil - RETCC, entre otros,
RETCC, la Autoridad Administrativa de Trabajo genera respecto de la fecha, hora y nombre del usuario que
la comunicación al interesado indicándole la procedencia realiza una acción a través del aplicativo informático.
El Peruano / Sábado 8 de octubre de 2016 NORMAS LEGALES 601071
Artículo 11.- Código de acceso CUARTA.- Publicación
Disponer que los anexos a que se refiere la Segunda
11.1. El acceso al módulo de consulta disponible Disposición Complementaria Final se publiquen en
en el portal institucional del MTPE se realiza mediante la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción
un código generado en la oportunidad en que se emite del Empleo (www.trabajo.gob.pe) el mismo día de la
la constancia de solicitud de inscripción en el Registro publicación de la presente resolución ministerial en el
Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha
RETCC. acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y
11.2. El código de acceso es de uso personal y permite Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
identificar al solicitante.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Artículo 12.- Efectos de la notificación
La notificación realizada por la Autoridad Administrativa Alfonso Grados Carraro
de Trabajo surte efectos desde el día siguiente de su Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
puesta a disposición en el módulo de consultas del portal
institucional del MTPE. 1439017-1
Artículo 13.- De la renovación virtual de la
inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores Aprueban transferencia financiera del
de Construcción Civil - RETCC Programa Nacional para la Promoción de
La renovación de la inscripción en el Registro Nacional Oportunidades Laborales “Impulsa Perú” a
de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC que
corresponda realizar a un trabajador de la actividad de favor de entidad ejecutora
construcción civil, conforme a lo previsto en los artículos
10 y 11 del Reglamento del RETCC, se sujeta a las mismas RESOLUCIÓN MINISTERIAL
condiciones previstas para la inscripción, desarrolladas Nº 233-2016-TR
en los artículos precedentes.
Lima, 7 de octubre de 2016
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
VISTOS: El Informe N° 223-2016-MTPE/3/24.3/
PRIMERA.- Disponibilidad de la modalidad virtual CE/UGP, de la Unidad Gerencial de Planificación,
de inscripción y renovación en el Registro Nacional Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Informe N° 468-
de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC 2016-MTPE/3/24.3/CE/UGCC, de la Unidad Gerencial
Los trabajadores de la actividad de construcción de Capacitación para la Inserción Laboral y Certificación
civil podrán realizar la modalidad virtual de inscripción de Competencias Laborales; el Oficio N° 514-2016-
o renovación en el Registro Nacional de Trabajadores MTPE/3/24.3/CE de la Coordinación Ejecutiva del
de Construcción Civil - RETCC una vez que se haya Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades
dispuesto por resolución ministerial que opera alguna de Laborales “Impulsa Perú”; el Memorándum N° 839-2016-
estas modalidades virtuales en una determinada región MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y
o circunscripción territorial, conforme a lo previsto en el Presupuesto, y el Informe N° 2796-2016-MTPE/4/8, de la
literal d) de la Tercera Disposición Complementaria Final Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
del Reglamento del RETCC.
CONSIDERANDO:
SEGUNDA.- Formatos del Registro Nacional de Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2011-
Trabajadores de Construcción Civil - RETCC TR, modificado por los Decretos Supremos N°s. 004-
Apruébense los siguientes formatos relativos a 2012-TR, 013-2012-TR, 003-2015-TR y 008-2016-TR,
procedimientos del Registro Nacional de Trabajadores de se crea el Programa Nacional para la Promoción de
Construcción Civil - RETCC, los que en anexos forman Oportunidades Laborales “Vamos Perú”, con el objeto de
parte integrante de la presente resolución ministerial: promover el empleo, mejorar las competencias laborales
e incrementar los niveles de empleabilidad en el país;
- Anexo A: Formato de solicitud de inscripción en el Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2015-TR,
Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil se modifica la denominación del Programa Nacional
– RETCC; así como sus sub anexos A-1, A-2 y A-3. para la Promoción de Oportunidades Laborales “Vamos
- Anexo B: Formato de solicitud de renovación de la Perú” por la de Programa Nacional para la Promoción
inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores de de Oportunidades Laborales “Impulsa Perú” en adelante
Construcción Civil - RETCC; así como sus sub anexos el Programa, y señala que toda referencia en políticas,
B-1, B-2 y B-3. normativas, documentos de gestión, comunicaciones,
- Anexo C: Formato de solicitud de cancelación de la proyectos y procesos a cargo del Programa Nacional
inscripción en el Registro Nacional de Trabajadores de para la Promoción de Oportunidades Laborales “Vamos
Construcción Civil - RETCC. Perú” se entiende, a partir de la vigencia del referido
Decreto Supremo realizada al Programa Nacional para la
La Dirección General de Formación Profesional y Promoción de Oportunidades Laborales “Impulsa Perú”;
Capacitación Laboral, en coordinación con la Oficina Que, la Quincuagésima Primera Disposición
General de Estadística y Tecnologías de la Información Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de
y Comunicaciones, mantiene actualizada la lista de los Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
perfiles ocupacionales y de los módulos de capacitación 2016, autoriza la realización de manera excepcional, de
vinculados a la actividad de construcción civil, la cual transferencias financieras con entidades públicas, entre
se encuentra disponible en el portal institucional del otros, para los procesos de capacitación en competencias
MTPE. básicas y transversales para el empleo, debiendo ser
aprobadas mediante resolución del titular del pliego y
TERCERA.- Deber de fiscalización posterior publicadas en el diario oficial “El Peruano”;
A fin de verificar la veracidad o autenticidad de Que, el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 202-
las declaraciones, documentos e informaciones 2012-TR, que aprueba el Manual de Operaciones del
proporcionadas por los administrados para su inscripción Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades
en el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Laborales “Impulsa Perú”, establece que el objetivo del
Civil - RETCC, renovación y otros actos conexos, la Programa es desarrollar acciones para promover el
dependencia competente de la Autoridad Administrativa empleo, mejorar las competencias laborales e incrementar
de Trabajo procede conforme a lo previsto en el artículo los niveles de empleabilidad en el país;
14 del Reglamento del RETCC, en concordancia con lo Que, en ese contexto legal, la Unidad Gerencial de
estipulado en el artículo 32 de la Ley Nº 27444, Ley del Capacitación para la Inserción Laboral y Certificación de
Procedimiento Administrativo General. Competencias Laborales, a través del Informe N° 468-

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