T2 Derecho Administrativo Grupo
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DEL NORTE
DERECHO
ADMINISTRATIVO
T2
PROFESOR RESPONSABLE
JUAN CARLOS ALBERTO VASQUEZ SANTILLAN
Lima, 2022
INFORME NRO.S/N-2022-UPN-FDCP-DA1
INTRODUCCIÓN:
Por otro lado, la teoría del Servicio Público en contraste a Dugüit que planteaba
que toda actividad que su cumplimiento debe ser regulado, asegurado y fiscalizado
por los gobernantes, por ser indispensable a la realización y al desenvolvimiento
de la interdependencia social, ya que su ejecución se da solo por la intervención
de la fuerza gobernante, en esta teoría esta fuerza se convierte en una
cooperación nacional que asegure el cumplimiento de los servicios públicos y
sancione las reglas del derecho.
Así mismo, en el caso del Perú, se presenta ello en nuestra carta magna en el
primer artículo, puesto que precisa que “La defensa de la persona humana y el
respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.”, que para
lograr ello se debe emplear progresivamente una adecuada prestación de los
servicios públicos. Por ello, estos son asumidos por las entidades creadas por la
constitución política del Perú.
DESARROLLO:
EJEMPLOS:
- El servicio de agua, por ejemplo, que suministra Sedapal, puesto que es
permanente y no debe faltar a los ciudadanos
- Que los usuarios tengan igual tratamientos, evitando grupos privilegiados y hacer
llegar el servicio a todos los que lo necesitan.
- Que sea accesible como el caso de instrucción pública.
- Esenciales son aquellos que de no prestarse pondrían en peligro la existencia
misma del Estado: policía (aumentaría más la inseguridad ciudadana) la
educación (habría más personas analfabetas en el Perú), sanidad (la tasa de
mortalidad en nuestro país sería desgarradora).
CONCLUSIÓN:
Sintetizando, si el acceso a un determinado mercado es restringido y no permite
el libre acceso del sector privado, entonces será necesario que el gobierno otorgue
en concesión el derecho a prestar el servicio, y estaremos ante un servicio público.
Por otro lado, si el acceso a un determinado mercado es libre y cualquiera que
cumpla con la normativa legal vigente puede suministrarlo, entonces no habrá
motivo que justifique su entrega en concesión, ni su denominación como servicio
público.
Justia Perú: Constitución Política Del Perú De 1993: Ley de Perú. (2022). Justia
Perú. https://peru.justia.com/federales/constitucion-politica-del-peru-de-
1993/