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Actividad 6 Electiva Niif

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ACTIVIDAD 6 ELECTIVA NIIF

Contabilidad I (Corporación Universitaria Minuto de Dios)

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FINANZAS PÚBLICAS

Actividad 6

CARTILLA DE SEGUIMIENTO A LA GESTIÓN PRESUPUESTAL


Parte 3

NRC: 8406

Anyi Yolima Pinzón Barbosa


ID: 723341

Yeferson Andrés Olaya Bolaños


ID: 7101788

Aurora Lucia Torres Gómez


ID:721572

Sandra Isabel González Camargo


ID:721774

Tutora:

ELIZABETH PEÑA SIERRA

Corporación Universitaria Minuto de Dios

2 de Junio del 2021

Bogotá D.C.

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URL de la cartilla (sin restricción de acceso):
https://es.calameo.com/read/006474803072e9514831c

ANALISIS
Analizada la historia de Colombia antes de la Constitución de 1991, el modelo del
Estado era plenamente centralizado, no obstante debido a circunstancias o hechos que se
analizaron desde el punto de vista económico, social y político dieron inicio a la idea de
buscar una forma como el Estado fuera más eficaz en la solución de problemas que
afrontaban las diferentes regiones del País y en especial garantizar la presencia donde el
orden central no podía extenderse y hacer presencia por la complejidad y las dificultades
que ocasionaban su traslado y operatividad.

A partir de 1991, con la nueva Constitución Política, en su parte dogmática, refiere que
Colombia es un Estado organizado de forma unitaria, descentralizado y con autonomía de
sus entidades territoriales; estableciendo, de esta manera, que la administración no se
enfoca en un solo ente de carácter nacional absolutista sino que está distribuida entre
entidades territoriales, especializadas, de servicios y, también, entre ciertas entidades
particulares que, conforme a la ley, se encuentran facultadas y aptas por su experiencia para
desarrollar ciertas actividades administrativas, propias del Estado, lo cual se conoce como
descentralización por colaboración.
El artículo 1º, que la consagra, habla en términos generales de descentralización, sin
referirse a una en concreto o sin particularizar sus componentes.

De igual forma, plasma en su artículo 2º, los fines esenciales para lo cual fue creado el
estado, como es de servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la
efectividad en el cumplimiento de los principios constitucionales, que en términos
generales son la esencia fundamental para proteger la vida, honra, bienes, derechos y
libertades, que conllevan al cumplimiento

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de los deberes sociales del estado, y en especial al crecimiento de las personas dentro de su
entorno social.

Ahora bien, para tal ejercicio de la función administrativa, se ha otorgado a los


departamentos, distritos, municipios, territorios indígenas y a las regiones y provincias, que
se constituyan en los términos de la Constitución y de la ley, la autonomía para la gestión
de sus intereses; como se observa en los artículos 286 “Son entidades territoriales los
departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indígenas. La ley podrá darles
el carácter de entidades territoriales a las regiones y provincias que se constituyan en los
términos de la Constitución y de la ley”, y 287 “Las entidades territoriales gozan de
autonomía para la gestión de sus intereses, y dentro de los límites de la Constitución y la
ley. En tal virtud tendrán los siguientes derechos:
1). Gobernarse por autoridades propias
2). Ejercer las competencias que les correspondan
3). Administrar los recursos y establecerlos tributos necesarios para el cumplimiento
de sus funciones.
4). Participar en las rentas nacionales

2. RAMAS DEL PODER PUBLICO E INCIDENCIA EN LA ASIGNACION


PRESUPUESTAL

A través de la Constitución de 1991, Colombia consagró tres ramas autónomas e


independientes del poder, además de organismos electorales y de control.
El poder público en Colombia se distribuye en las ramas ejecutivas, legislativas y
judiciales, concebidas desde el año 1945, y en entidades de organización electoral y
organismos de control establecidos por la Constitución de 1991.

La Rama Ejecutiva:
En cabeza del Presidente de la República,

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está compuesta por Gobernaciones, Alcaldías
y Ministerios, principalmente. Su papel está
consagrado en el
Artículo 115 de la Constitución Política Nacional.

La Rama Legislativa:
Cuenta con una estructura bicameral
que integra al Congreso en Senado y
Cámara de Representantes. La elección
es por medio del voto popular y sus
miembros deben tener un mínimo de 30
años de edad.

La Rama Judicial:
Se ocupa de administrar la justicia
en Colombia. La componen organismos
como la Corte Suprema de Justicia,
la Corte Constitucional, el Consejo de
Estado, el Consejo Superior
de la Judicatura, las Jurisdicciones
Especiales y la Fiscalía General de la
Nación, un organismo adscrito.

El presupuesto nacional comprende las ramas legislativa y judicial, el Ministerio


Público, la Contraloría General de la República, la organización electoral, y la rama
ejecutiva del nivel nacional, con excepción de los establecimientos públicos, las
empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta.

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Un segundo nivel, que incluye la fijación de metas financieras a todo el sector público y
la distribución de los excedentes financieros de las empresas industriales y comerciales
del Estado, y de las sociedades de economía mixta con el régimen de aquéllas, sin
perjuicio de la autonomía que la Constitución y la ley les otorga.

ORGANISMOS PUBLICOS AUTONOMOS

Son entidades que sirven al Estado, entre ellos están órganos de control como el
Ministerio Público o Procuraduría y la Contraloría, así como el Consejo Nacional
Electoral, y el Banco de la República.

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ORGANISMOS QUE COMPONEN EL ESTADO

Contraloría General de la República:

El objetivo principal de la contraloría será ejercer en representación de la comunidad la


vigilancia de la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que
manejen fondos o bienes de la nación, evaluar los resultados obtenidos por las diferentes
organizaciones y entidades del estado en la correcta, eficiente, económica, eficaz y
equitativa administración del patrimonio público, de los recursos naturales y del medio
ambiente; generar una cultura del control del patrimonio del Estado y de la gestión pública;
establecer las responsabilidades fiscales e imponer las sanciones pecuniarias que
correspondan y las demás acciones derivadas del ejercicio de la vigilancia fiscal; procurar
el resarcimiento del patrimonio público.

Ejercer la vigilancia de la gestión fiscal del Estado a través, entre otros, de un


control financiero, de gestión y de resultados, fundado en la eficiencia, la
economía, la equidad y la valoración de los costos ambientales.
Ejercer la vigilancia de la gestión fiscal conforme a los sistemas de control,
procedimientos y principios que establezcan la Ley y el Contralor General de la
República mediante resolución.
Ejercer el control posterior sobre las cuentas de cualquier entidad territorial en los
casos previstos por la Ley.
Ejercer funciones administrativas y financieras propias de la entidad para el cabal
cumplimiento y desarrollo de las actividades de la gestión del control fiscal.
Ejercer en forma eficaz la representación y vigilancia de la gestión fiscal de la
administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la
nación al evaluar los resultados obtenidos por las diferentes

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organizaciones y entidades del estado en la correcta, eficiente, económica, eficaz y
equitativa administración del patrimonio público.

MINISTERIO PUBLICO

Procuraduría General de la Nación:

La procuraduría general de la nación es la entidad que representa a los ciudadanos ante


el estado el cual es el máximo organismo del ministerio público el cual está conformado
por la defensoría del pueblo y las personerías que a su vez está conformada por más de
3.500 servidores, La Procuraduría tiene autonomía administrativa, financiera y presupuestal
en los términos definidos por el estatuto orgánico del presupuesto nacional.

Están en la obligación velar por el correcto ejercicio de las funciones encomendadas en


la Constitución y la ley a servidores públicos donde su misión es vigilar el cumplimiento de
la constitución y la ley al promover la protección de los derechos fundamentales, el respeto
de los deberes ciudadanos y proteger el patrimonio público al ser referente de eficacia y
valoración ética en el ejercicio de la función pública en donde la visión del ministerio
público es ser guardián del interés general y vigilante del cumplimiento de los fines del
estado.

La Función preventiva
Considerada la principal responsabilidad de la procuraduría que está empeñada en prevenir
o sancionar en el ejercicio de vigilar el actuar de los servidores públicos y advertir
cualquier hecho que pueda ser violatorio de las normas vigentes sin que ello implique
coadministración o intromisión en la gestión de las entidades estatales.

La Función de intervención

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Está en la faculta de intervenir ante las jurisdicciones administrativas y constitucionales
para las diferentes instancias de las jurisdicciones penales, militares, civiles, ambientales y
agrarias, de familia, laboral, ante el consejo superior de la judicatura y las autoridades
administrativas y de policía.

La Función disciplinaria
La procuraduría general de la nación es la encargada de iniciar o adelantar las
investigaciones que por faltas disciplinarias se adelanten contra los servidores públicos y
contra los particulares que ejercen funciones públicas o manejan dineros del estado, de
conformidad con lo establecido en el código único Disciplinario - Ley 734 de 2002.

La Defensoría del Pueblo:

Es un organismo que forma parte del ministerio público el cual ejerce sus funciones
bajo la dirección del procurador general de la nación y le corresponde esencialmente velar
por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos.

Diseñar y adoptar con el procurador general de la nación las políticas de promoción


y divulgación de los derechos humanos en el país, en orden a tutelarlos y
defenderlos.
Dirigir y coordinar las labores de las diferentes dependencias que conforman la
defensoría del pueblo.
Hacer las recomendaciones y observaciones a las autoridades y a los particulares en
caso de amenaza o violación a los derechos humanos y para velar por su promoción
y ejercicio.
El defensor podrá hacer públicas tales recomendaciones e informar al congreso sobre
la respuesta recibida.

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Realizar diagnósticos de alcance general sobre situaciones económicas, sociales,
culturales, jurídicas y políticas, en las cuales se puedan encontrar las personas frente
al Estado.

Apremiar a las organizaciones privadas para que se abstengan de desconocer un


derecho.
Difundir el conocimiento de la constitución política de Colombia, especialmente los
derechos fundamentales, sociales, económicos, culturales, colectivos y del
ambiente.
Presentar anualmente al congreso un informe sobre sus actividades, en el que se
incluirá una relación del tipo y número de las quejas recibidas, de las medidas
tomadas para su atención y trámite, de la mención expresa de los funcionarios
renuentes o de los particulares comprometidos y de las

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recomendaciones de carácter administrativo y legislativo que considere necesarias.

4. CATEGORIAS EN LAS QUE SE ORGANIZA EL ESTADO

Rama Legislativa:

Esta encargada de formular las leyes y ejercer control sobre el gobierno y reformar la
constitución el cual está representada por una corporación pública de elección popular
denominada congreso de la república el cual está integrado por el senado de la república y
la cámara de representantes al constituir así un sistema

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una cámara representada por el senado y una cámara baja representada por la cámara de
representantes.

Senado de la republica
Cámara de representantes

Rama ejecutiva:

Esta encargada de ejecutar en forma coordinada todas las actividades administrativas


que están al servicio de los intereses generales de la comunidad para el cumplimiento de los
fines esenciales del estado el cual está representada por el presidente de la república el cual
simboliza la unidad nacional al ser el jefe de estado, jefe de gobierno y suprema autoridad
administrativa. El gobierno nacional está formado por el presidente de la república, los
ministros del despacho y los directores de departamentos administrativos. El presidente y el
ministro o director de departamento correspondientes.

Presidente de la Republica

Vicepresidencia de la Republica

Consejos Superiores de la Administración

Ministerios

Departamentos administrativos

Rama Judicial:

Esta encargada de solucionar los conflictos y controversias entre los ciudadanos y el


estado en cuestiones jurídicas controvertidas mediante pronunciamientos que adquieren
fuerza de verdad los cuales toman principalmente la forma de sentencias o fallos.

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Es la encargada hacer efectivos los derechos, obligaciones, garantías y libertades
consagradas en la constitución y en las leyes, con el fin de lograr y mantener la convivencia
social.

Corte constitucional

Corte suprema de justicia

Tribunal superior de distrito judicial

Juzgado / civiles, laborales, penales y promiscuos

Juzgados municipales / civiles, penales y promiscuos de pequeñas causas

Juzgados de ejecución de penas y medidas de aseguramiento

Juzgados de familia, penales para adolescentes y promiscuos

Consejo de estado

Tribunales administrativos

Juzgados administrativos

Jurisdicciones especiales

Jueces de paz

Jueces de reconsideración

Jurisdicción comunidades indígenas

Comisión de Disciplina Judicial

Consejo Superior de Judicatura

Dirección ejecutiva de administración judicial

Dirección seccional de administración judicial

Consejo sesiónales de judicatura


Fiscalía General de la nación

Instituto de medicina legal y ciencias forenses

Elementos que forman parte del gasto público de acuerdo con sus
orígenes y naturaliza

El gasto público que el estado realiza para garantizar los derechos de los ciudadanos en
diferentes necesidades como son educación, salud, seguridad y proveer bienes y servicios
para la ciudadanía como alcantarillado, electricidad, vías.

Gasto corriente: destinado a las operaciones más básicas del Estado.


Gasto de capital: destinado a la obtención de activos.
Gasto de transferencia: destinado a la ayuda de familias o empresas
Gasto de inversión: tiene como objetivo crear, aumentar, mejorar o substituir el
capital público ya existente.
Conservación y mantenimiento del capital existente.
Mejoramiento de la atención de ciertas necesidades productivas, asegurando los
abastecimientos de energéticos, aceros e infraestructura en general.
Aplicación del consumo social.
Expansión en el desarrollo agropecuario.
Diversificación en las exportaciones.
Fomento del turismo.
Debe ser ejecutado por una entidad pública.
Su inclusión como crédito presupuestario necesitará de una autorización, por parte
de las cortes generales, que le permita utilizar recursos públicos para cumplir con
los objetivos expuestos en los programas presupuestarios.
Es de carácter vinculante y limitativo, pues no puede excederse del total de gasto
que ha autorizado el poder legislativo.
Su finalidad debe ser de utilidad pública.

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Debe solventar y satisfacer las necesidades de una comunidad.

La principal fuente de ingresos del estado son los impuestos recaudados los cuales
pagamos entre todos los colombianos.
Estos impuestos recolectados por el gobierno colombiano se pueden clasificar en el
impuesto sobre las ventas, los recaudos de la salud y pensiones, el impuesto de renta de las
personas y a la renta de las empresas.

El gasto público se puede considerar como el elemento más relevante dentro de la


política económica de Colombia debido que permite al estado solucionar y satisfacer las
necesidades del país, de esto el buen manejo que debe darse por cada país ya que una mala
administración de este gasto puede conducir a una devaluación o ajuste que perjudique la
economía del país.

Gasto funcional: Este se considera que organiza el gasto público de acuerdo


con la naturaleza de los servicios que brindan las entidades públicas

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a la comunidad donde este permite establecer los objetivos generales y los medios por los
cuales estos se pretenden lograr.

Gasto administrativo: Este efectúan entidades públicas con el fin de ofrecer


servicios públicos, seguridad, servicios comunitarios, viviendas, sanidad, transporte
y otros servicios económicos.
Gasto económico: Determina agrupar los egresos del sector público basadas en
las características económicas de la transacción realizada donde permite destinar y
clasificar los gastos, según su necesidad económica del país ya sean en gastos
corrientes, de capital y aplicaciones financieras.

Límites del gasto para las entidades territoriales

Resolución Reglamentaria 039 de 2018 Contraloría General de la


República: Adopta el método para certificar los ingresos corrientes de libre
destinación, los cuales son recaudados efectivamente en la vigencia anterior y sobre
la relación porcentual entre los gastos de funcionamiento y los ingresos corrientes
de libre destinación de la vigencia inmediatamente anterior de las entidades
territoriales, y para calcular el límite de gasto de estas, de las corporaciones públicas
territoriales y de los entes de control territoriales.

Sentencia 320 de 2002 Corte Constitucional: Impone que los legislador de


los departamentos, distritos o municipios que tuvieron en 1999, gastos por debajo de
los límites establecidos en la Ley 617 de 2000, no pueden aumentar las
participaciones alcanzadas en dichos gastos, no está imponiendo una sanción a los
entes precavidos ni un premio a quienes superaron ese límite, porque no se está
disminuyendo el monto de sus gastos y además porque estas entidades demostraron
que con un manejo racional del gasto pueden funcionar adecuadamente.

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Corrige yerros presentados en el decreto Nacional 735 de 2001, en el Artículo 1 y en el
Artículo 2, relacionados con el año de expedición del

Decreto 735 de 2001 Nivel Nacional :Determina que los gastos de las
Asambleas, Concejos, Contralorías y Personerías hacen parte de los gastos de
funcionamiento del respectivo departamento, distrito o municipio. Expone una
excepción relativa al Concejo del Distrito Capital, contenida en la Ley 617 de 2000,
según la cual en cuanto a los gastos de honorarios que se causen por el número de
sesiones autorizado y al porcentaje de ingresos corrientes anuales para financiar las
Contralorías. Indica el límite de los ingresos corrientes destinados para el
funcionamiento de los Personerías. Art. 1. Indica el plazo para presentar por parte
de las entidades territoriales solicitud de garantías ante el Ministerio de Hacienda y
Crédito Público. Art.
2. Vigencia art. 3

Gasto de la nación

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El Presupuesto General de la Nación establece la forma en la que el Gobierno nacional
emplea los recursos públicos, disponiendo de las fuentes de financiación de la nación y
asignando su destino específico. De esta forma, estructura la senda de crecimiento
económico y desarrollo del país, impactando el bienestar y la calidad de vida de toda la
ciudadanía. El Presupuesto General de la Nación durante el 2021 fue de $314 billones de
pesos y recientemente su magnitud ha oscilado alrededor del 27% del PIB nacional.

Gastos de la nación

Conformación de recursos Presupuesto de la nación

Todos los ingresos de la Está conformado por el plan de desarrollo,


nación constituyen de la financiero y el operativo anual de
sumatoria de todos los inversiones del presupuesto el cual esta
impuestos recaudados sin supervisado por el marco fiscal o el gasto de
importar si son tributarios o no mediano plazo en conformación del plan de
establecidos en el marco fiscal y desarrollo los cuales resultan ser plan de
tributario del país, así como los inversión los cuales deben ser registrados en
recursos de capital que ingresan el banco de desarrollo.
al presupuesto general de la
nación

Los ingresos se
distribuyen para el gasto
público de
funcionamiento, inversión
y pago a la deuda, que
incluyen las transferencias
a los
municipios por medio del
sistema general de
participaciones

Presupuesto ingresos de Principios Deposito general


renta

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Ingresos corrientes Planificación y anualidad Norma para el año fiscal con la correcta
contribuciones fiscales Universidad ejecución del presupuesto conforme
fondos recursos especiales Unidad de caja
ingresos de capital programación integral
públicos establecimientos Especialización coherencia
explotación macroeconómica
ingresos de aportes e

presupuesto del gasto y ley de Programa de caja Plan financiero


aprobación Conforme un
instrumento de manejo
gasto del funcionamiento, gasto financiero de la Establece los ingresos y gastos de caja para
de personal, gasto general, ejecución presupuestal determinar la posibilidad financiera que se
trasferencias que pretende alcanzar las efectúan durante el año el cual se utiliza en
corrientes, comercialización de metas financieras de la el programa anual de caja
prestación de servicio o duda de disponibilidad
inversión. mensual de los recursos
que garanticen el
cumplimiento de las
obligaciones y la
vigencia fiscal.

Plan operativo de inversión Presupuesto anual Ingresos corrientes y recursos de capital


Ley anual del Recursos de crédito
presupuesto de la Recursos del balance
La inversión en el banco
nación para el
nacional y el proyecto del cumplimiento de los
departamento
planes del programa de
desarrollo y económico
social

No tributarios Tributarios Otros aportes


Tasas y derechos Impuestos directos Aportes nacionales y departamentales
Multas Impuestos indirectos
Contribuciones
Trasferencias
Aportes

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Gastos del departamento asignado para las dos últimas vigencias fiscales.

El presupuesto de inversión tendrá un aumento en sectores claves para la reactivación, que


generen empleo y que contribuyan al crecimiento. Se está haciendo un esfuerzo importante
para que, a pesar de la caída de los ingresos, se haga una inversión que garantice la
financiación de los programas sociales y que, adicionalmente, genere inversión del sector
privado, que será el dinamizador de nuestra economía. Se buscará potenciar la coordinación
de esfuerzos entre las entidades del Gobierno nacional y las entidades territoriales para que
la asignación de los recursos provenientes de las regalías se haga en concordancia con las
metas previstas en el PND y en los planes territoriales de desarrollo, y en cumplimiento de
las metas fiscales del MFMP 2020.

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PRESUPESTO GENERAL DE LA NACION 2020-2021

AÑO AÑO
2020 2021

SERVICIO A LA DEUDA

FUNCIONAMIENTO INVERSION
Destinados al cumplimiento de las

Dirigidos a atender las Erogaciones que permiten


necesidades de las incrementar la capacidad de
entidades para cumplir a producción y la productividad en
cabalidad con las Pago de: el campo de la infraestructura
funciones asignadas en la física económica y social.
Constitución y la Ley. Amortizaciones, intereses,
comisiones e imprevistos,
originados en
operaciones de crédito
Gasto de personal, adquisición público: crédito externo y
de bienes y servicios, crédito interno
transferencias.

-Sgp, mesadas pensionales,


aseguramiento en salud,
instituciones de educación
superior, fondo de prestaciones
magisterio, gastos de
comercialización y producción,
adquisición de activos financieros,
disminución de pasivos, gastos por
tributos, multas, sanciones, e
interés de mora.

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El presupuesto de gastos o ley de apropiaciones, con la cobertura definida en el artículo
tercero del EOP, incluye los gastos que se prevé ejecutar en la respectiva vigencia fiscal,
distinguiendo entre gastos de funcionamiento, servicio de la deuda pública y gastos de
inversión a nivel de programas y subprogramas. El presupuesto de gastos se desagrega al
nivel de detalle que se presenta en el correspondiente decreto de liquidación.

El PGN es el instrumento mediante el cual se aseguran los recursos que permiten garantizar
el normal funcionamiento de la administración pública nacional y demás órganos de las
diferentes ramas del poder público, se atiende el servicio de la deuda y se ejecutan los
programas y proyectos previstos en el plan de desarrollo. Después de ser aprobado por el
Congreso de la República y sancionado por el presidente de la República, se convierte en
una autorización máxima de gasto para las entidades que lo integran y en la fijación de una
meta de recaudo de los recursos que se rerirán para financiarlo durante una vigencia fiscal
determinada.

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20 Entidades que más contratación hayan realizado con el Estado.

A la fecha hay 483 Entidades Estatales registradas en el SECOP II, 134 Entidades son del
nivel nacional y 349 del nivel territorial. Entre las diez Entidades de la rama ejecutiva del
orden nacional que más procesos de licitación pública realizan en tiempo real en el SECOP
II están: el Ministerio de Cultura; la Fuerza Aérea Colombiana; Migración Colombia;
Unidad de Restitución de Tierras; el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -INPEC-;
el Departamento Nacional de Planeación -DNP-; la Unidad de Restitución de Tierras;
Colombia Compra Eficiente;

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el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural; y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible.

La Entidad Estatal con mayor número de Procesos de Contratación adjudicados en SECOP


II es el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural con 142 procesos, le sigue el
Departamento Administrativo de la Función Pública con 112 procesos, y luego el
Ministerio de Cultura con 76 procesos.

Colombia Compra Eficiente ofrece a las Entidades Estatales diferentes esquemas de


capacitación y herramientas de formación para que aprendan a utilizar la plataforma y
realicen sus procesos de compra desde la facilidad de un computador

Contratación de departamento

Cuando se calculó el presupuesto de ejecución del presupuesto general de la nación el cual


se elabora y publica mensualmente el análisis y consolidación del presupuestal de la donde
el ministerio de hacienda y crédito público el cual corresponde al informe de ejecución
del periodo en mención y contiene la

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información reportada por los órganos que conforman el sistema integrado de información
financiera.

Apropiación %
Nombre Sector Vigente Compromisos Obligaciones Pagos Ejecución
SIN SECTOR $ 1.247.292.623.476 $ 1.141.332.300.110 $ 673.685.284.125 $ 673.683.293.311 54,01%

PLANEACION $ 2.214.316.704.314 $ 384.277.471.790 $ 211.300.777.907 $ 205.869.141.025 9,54%

INFORMACION $ 610.773.373.928 $ 239.618.951.623 $ 119.484.814.321 $ 116.435.879.709 19,56%


ESTADISTICA
RELACIONES $ 1.174.703.273.824 $ 640.723.758.196 $ 445.066.318.395 $ 415.302.085.345 37,89%
EXTERIORES
HACIENDA $ 30.112.989.741.407 $ 7.546.524.827.518 $ 6.237.698.371.737 $ 5.746.936.286.208 20,71%

DEFENSA Y $ 38.556.566.916.666 $ 15.929.322.121.517 $ 12.090.840.991.694 $ 11.933.543.009.415 31,36%


POLICIA
INTERIOR $ 1.878.839.639.331 $ 1.182.379.639.811 $ 409.393.886.503 $ 401.797.508.902 21,79%

COMERCIO, $ 1.131.882.490.828 $ 765.031.697.615 $ 242.378.586.739 $ 240.855.129.013 21,41%


INDUSTRIA Y
TURISMO
ORGANISMOS DE $ 2.818.409.729.826 $ 1.014.035.423.103 $ 738.668.740.067 $ 736.553.361.717 26,21%
CONTROL
EMPLEO PUBLICO $ 501.248.972.395 $ 178.254.356.585 $ 59.044.664.104 $ 57.393.081.440 11,78
CONGRESO DE LA $ 718.527.897.349 $ 314.838.913.487 $ 220.587.298.485 $ 219.848.444.743 30,70%
REPUBLICA
EDUCACION $ 46.324.780.152.528 $ 29.090.549.453.835 $ 17.769.313.910.420 $ 17.764.239.888.100 38,36%

PRESIDENCIA DE $ 5.630.065.235.534 $ 4.692.093.915.353 $ 184.840.463.004 $ 178.873.163.240 3,28%


LA REPUBLICA

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SERVICIO DE LA $ 69.546.767.704.122 $ 23.707.541.313.181 $ 23.556.466.209.987 $ 21.960.831.508.287 33,87%
DEUDA PUBLICA
NACIONAL
REGISTRADURIA $ 1.217.950.898.783 $ 266.751.275.585 $ 201.309.785.665 $ 201.181.055.829 16,53%

CIENCIA Y $ 410.851.071.887 $ 300.686.058.340 $ 11.530.527.956 $ 11.443.601.250 2,81%


TECNOLOGIA
RAMA JUDICIAL $ 5.217.736.589.865 $ 1.843.420.991.893 $ 1.523.402.668.993 $ 1.518.636.462.213 29,20%

FISCALIA $ 4.504.212.079.422 $ 1.749.436.341.660 $ 1.420.285.341.829 $ 1.402.082.319.729 31,53%

JUSTICIA Y DEL $ 3.492.293.263.849 $ 1.376.978.256.506 $ 638.732.616.558 $ 619.907.057.731 18,29%


DERECHO
TRABAJO $ 27.285.771.971.993 $ 7.412.755.061.992 $ 6.004.866.000.503 $ 5.988.252.517.137 22,01%

AMBIENTE Y $ 1.103.860.791.110 $ 490.556.177.054 $ 248.141.468.407 $ 244.279.012.994 22,48%


DESARROLLO
SOSTENIBLE
INCLUSION $ 19.747.547.631.807 $ 12.138.540.385.103 $ 8.105.969.752.228 $ 8.074.781.345.158 41,05%
SOCIAL Y
RECONCILIACION
INTELIGENCIA $ 105.910.050.941 $ 45.569.948.934 $ 36.602.743.155 $ 35.533.872.442 34,56%
DEPORTE Y $ 737.745.255.976 $ 341.101.459.025 $ 49.971.550.174 $ 47.768.784.869 6,77%
RECREACION
VIVIENDA, CIUDAD $ 5.653.010.474.327 $ 3.547.653.305.515 $ 1.843.586.414.708 $ 1.631.874.866.862 32,61%
Y TERRITORIO
HACIENDA - $ 690.296.184.822 $ 640.065.639.579 $ 59.790.726.138 $ 56.826.671.076 8,66%
FONDO
ADAPTACION
JURISDICCIÓN $ 575.629.387.376 $ 292.209.751.021 $ 162.665.784.945 $ 160.452.422.071 28,26%
ESPECIAL PARA
LA PAZ
CULTURA $ 507.090.267.655 $ 267.192.472.510 $ 141.565.394.634 $ 134.944.893.036 27,92%
SALUD Y $ 36.264.671.165.402 $ 18.984.816.607.409 $ 17.401.285.550.795 $ 14.848.530.895.853 47,98%
PROTECCION
SOCIAL
AGROPECUARIO $ 2.310.609.096.860 $ 1.423.490.279.073 $ 510.708.074.866 $ 487.871.597.569 22,10%

MINAS Y ENERGIA $ 6.050.684.072.203 $ 2.233.610.961.894 $ 1.717.967.131.920 $ 1.716.244.640.077 28,39%

COMUNICACIONES $ 2.460.230.522.867 $ 1.906.075.322.376 $ 689.264.661.310 $ 650.141.962.376 28,02%

TRANSPORTE $ 11.993.984.938.729 $ 7.526.051.744.164 $ 1.548.092.422.413 $ 1.414.044.694.416 12,91%

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Ejecucion presupuestal de la
$80.000.000.000.000 nacion 60,00%
$70.000.000.000.000 50,00%
$60.000.000.000.000
$50.000.000.000.000 40,00%
$40.000.000.000.000 30,00%
$30.000.000.000.000 20,00%
$20.000.000.000.000
$10.000.000.000.000 10,00%
$0 0,00%

Apropiación Vigente Compromisos Obligaciones Pagos % Ejecución

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Referencias

https://elibro.net/es/ereader/uniminuto/69129?page=1

http://www.funcionpublica.gov.co/documents/418537/506921/PresentacionTe
cnicaDJEstructuraEstado.pdf/7e129799-e833-4d99-8b4e-754eeeb55b21

https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Inversiones%20y%20finanzas%20pblica
s/Documentos%20GFT/1.%20Bases%20para%20la%20Gesti%C3%B3n.pdf

https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Inversiones%20y%20finanzas%20pbli

https://procesoadministrativo03.wordpress.com/2013/09/22/gasto-publico-y-
sus-componentes-equipo-8/

https://www.archivogeneral.gov.co/transparencia/presupuesto/presupuesto-
general

http://www.pte.gov.co/WebsitePTE/

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