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N° Doc 19328-2024 29 ABR 2024, 17:13:13 Hrs. Apelación de Auto. 16p
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LIMA
Sede Alzamora Valdez
Esq. Abancay y Nicolas de Pierola S/N Cercado de Lima
Cargo de Presentación Electrónica de Documento
(Mesa de Partes Electrónica)
N° Documento: 19328 - 2024
EXPEDIENTE 21072-2015-0-1801-JR-CI-14
Org. Jurisdiccional 2° JUZGADO CIVIL TRANSITORIO
Secretario RAMOS HUAMAN CAROLINA
Fecha de Inicio 18/12/2015 14:31:06 Cuantía 0.00 SOLES
PRESENTANTE PRADO FLORES CARLOS ALBERTO
Tipo de Presentante TERCEROS/OTROS
Documento RECURSO DE APELACION
Fecha de Presentación 29/04/2024 17:13:13 Folios 15
Depósito Judicial 0 SIN DEPOSITO JUDICIAL
Mesa de Partes Electrónica Fecha de creación de este documento: 29/04/2024 17:13:15 Página 1 de 1
Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres
Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho
I. PRETENSIÓN IMPUGNATORIA:
1.1 Que, dentro del plazo de 3 (tres) días hábiles,
conforme manda el art. 377 del Texto Único Ordenado (T.U.O.) del Código
Procesal Civil (C.P.C.) aprobado por R.M. n.° 010-93-JUS y sus respectivas
modificatorias, interpongo recurso de apelación contra el auto sin título y
numerado como “Resolución N° Veinticinco” de fecha 23 de abril del 2024
(en adelante EL AUTO IMPUGNADO) en cuya parte resolutiva vuestra judicatura
ha resuelto Declarar INFUNDADO el pedido de intervención de Carlos Alberto
Prado Flores debiendo continuar con la tramitación de los presentes autos, con
la finalidad de que el superior jerárquico revoque dicha decisión y
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Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho
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Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho
4. Actividad regulada por la Ley n.° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil y su reglamento aprobado mediante D.S. n.° 050-
2001-MTC.
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6. Fundamento jurídico 7, segundo párrafo de la STC. n.° 00728-2008-PHC/TC Lima, caso Giuliana Flor de María LLAMOJA
HILARES. Fuente web: https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2008/00728-2008-HC.pdf
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Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho
III. ANEXOS:
En atención al art. 130, inc. 6 del T.U.O. del C.P.C. (aprobado mediante R.M. n.°
010-93-JUS publicado el 23/04/1993), adjunto como anexos los siguientes
documentos:
POR TANTO:
A Ud. señor juez pido que reciba el presente escrito y le dé el trámite conforme
a ley.
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www.pagalo.pe
RUC: 20100030595
Otros datos :
CANTIDAD: 00001
DISTRITO JUDICIAL: DIST. JUD. DE LIMA
DEPENDENCIA JUDICIAL: JUZGADO CIVIL - 100
NRO. EXPEDIENTE: 21072-2015-1701-JR-CI-14
COSTO UNITARIO: S/ **********51.50
Es parte de nuestro compromiso atenderlo cada día mejor; por lo tanto, de no estar conforme con las operaciones y servicios que le brindamos y desee
efectuar cualquier reclamo, puede recurrir a nuestra Red de Agencias a nivel nacional o llamar a nuestra Mesa de Consultas al 440-5305 / 442-4470, o
también a nuestra línea gratuita desde teléfonos fijos 0800-10700, donde lo atenderemos gustosamente. Adicionalmente podrá recurrir al Defensor del
Cliente Financiero, INDECOPI o a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP si considera que su reclamo no es atendido adecuadamente. Lo
dispuesto se encuentra conforme a la LEY N° 28587 y su Reglamento SBS N° 8181-2012.
Otros datos :
CANTIDAD: 00004
DISTRITO JUDICIAL: DIST. JUD. DE LIMA
DEPENDENCIA JUDICIAL: JUZGADO CIVIL - 100
NRO. EXPEDIENTE:
COSTO UNITARIO: S/ ***********5.30
Es parte de nuestro compromiso atenderlo cada día mejor; por lo tanto, de no estar conforme con las operaciones y servicios que le brindamos y desee
efectuar cualquier reclamo, puede recurrir a nuestra Red de Agencias a nivel nacional o llamar a nuestra Mesa de Consultas al 440-5305 / 442-4470, o
también a nuestra línea gratuita desde teléfonos fijos 0800-10700, donde lo atenderemos gustosamente. Adicionalmente podrá recurrir al Defensor del
Cliente Financiero, INDECOPI o a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP si considera que su reclamo no es atendido adecuadamente. Lo
dispuesto se encuentra conforme a la LEY N° 28587 y su Reglamento SBS N° 8181-2012.
Otros datos :
CANTIDAD: 00003
DISTRITO JUDICIAL: DIST. JUD. DE LIMA
DEPENDENCIA JUDICIAL: JUZGADO CIVIL - 100
NRO. EXPEDIENTE:
COSTO UNITARIO: S/ ***********5.30
Es parte de nuestro compromiso atenderlo cada día mejor; por lo tanto, de no estar conforme con las operaciones y servicios que le brindamos y desee
efectuar cualquier reclamo, puede recurrir a nuestra Red de Agencias a nivel nacional o llamar a nuestra Mesa de Consultas al 440-5305 / 442-4470, o
también a nuestra línea gratuita desde teléfonos fijos 0800-10700, donde lo atenderemos gustosamente. Adicionalmente podrá recurrir al Defensor del
Cliente Financiero, INDECOPI o a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP si considera que su reclamo no es atendido adecuadamente. Lo
dispuesto se encuentra conforme a la LEY N° 28587 y su Reglamento SBS N° 8181-2012.