Gaceta Guia Movilizacion 6771
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Valencia, 06 de junio de 2018 EXTRAORDINARIA Nº 6771
CONSIDERANDO Dado, firmado y sellado en San Diego, a los catorce (14) días
del mes de Mayo del año dos mil dieciocho (2018).
Que la Cláusula Décimo Tercera, numeral 8 del Documento
Constitutivo-Estatutario, de la Sociedad Mercantil DESOCA C.A, COMUNÍQUESE, EJECÚTESE Y PUBLÍQUESE
establece como una atribución del Presidente de la Empresa, el L.S.
nombramiento del personal de la Empresa a los fines de ocupar
los cargos establecidos en el Registro de Asignación de Cargos TCnel. (B) José Parada
(R.A.C.), para el cumplimiento de sus funciones. Presidente de la Junta Directiva
Decreto N° 023, de fecha 23/10/2017
CONSIDERANDO Gaceta Oficial del Estado Carabobo Extraordinaria
N° 6.422 de fecha 23/10/2017
Que el cargo de Jefe de Contabilidad, es un cargo de Dirección ………………………………………………………………………..…
de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica el Trabajo,
los Trabajadores y las Trabajadoras. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
GOBIERNO BOLIVARIANO DE CARABOBO
DESECHOS SÓLIDOS CARABOBO
CONSIDERANDO DESOCA C.A
Que en virtud de cumplir con el último aparte del artículo 105 de
la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA No. 0012-2018
Sistema Nacional de Control Fiscal, la Dirección de Talento
Humano, consultó vía portal digital, en la página web de la San Diego, 29 de Mayo de 2018
Contraloría General de la República, que la ciudadana JENIFER
ANDREINA ARCHILA TRILLO, titular de la cédula de identidad
N° V-21.478.134, no se encuentra inhabilitada para el ejercicio Corresponde al ciudadano JOSÉ OSCAR PARADA RAMIREZ,
de funciones públicas, obteniendo como resultado que la misma venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la
no se encuentra incursa en ninguna sanción accesoria a la cédula de identidad Nº V-8.083.557, en su condición de
Declaratoria de Responsabilidad Administrativa, establecida en Presidente de la empresa “DESECHOS SÓLIDOS
el artículo 105 ejusdem. CARABOBO, DESOCA C.A.”, mediante Decreto Nº 023 de
fecha 23 de Octubre de 2017, publicado en Gaceta Oficial del
Estado Carabobo Extraordinaria Nº 6.422 de la misma fecha, en
DICTA uso de sus atribuciones establecidas en la Cláusula Décimo
Tercera, numerales 1 y 5 del Documento Constitutivo-Estatutario
de la precitada Sociedad Mercantil publicado en Gaceta Oficial
ARTÍCULO 1°. Designar a partir de la presente fecha, a la del Estado Carabobo Extraordinaria N° 4.429 de fecha 14 de
ciudadana JENIFER ANDREINA ARCHILA TRILLO, titular de Febrero de 2013, en concordancia con lo dispuesto en el
la cédula de identidad N° V-21.478.134, en el cargo de JEFE artículo 25 numerales 1 y 4 del Reglamento Interno de la
DE CONTABILIDAD. Compañía, publicado en Gaceta Oficial del Estado Carabobo
Extraordinaria N° 5.822 de fecha 03 de Octubre de 2016.
ARTÍCULO 2°. Como consecuencia de la precitada
designación, la ciudadana JENIFER ANDREINA ARCHILA CONSIDERANDO
TRILLO, deberá cumplir con los deberes y atribuciones
establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Que los órganos y entes de la Administración Pública están al
Venezuela, leyes, el Reglamento Interno de la Compañía, así servicio de los ciudadanos y ciudadanas, fundamentando su
como los demás instrumentos normativos que le sean actividad en los Principios de celeridad, eficacia, transparencia,
aplicables. eficiencia, participación y rendición de cuentas, en el ejercicio de
la función pública previsto en el artículo 141 de la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela.
ARTÍCULO 3°. Se instruye a la Dirección de Talento
Humano, velar por el cumplimiento del presente acto CONSIDERANDO
administrativo.
Que la Empresa “DESECHOS SÓLIDOS CARABOBO,
DESOCA C.A.” como ente del Estado, tiene el deber de
ARTÍCULO 4°. En cumplimiento de lo señalado en la Ley garantizar la atención oportuna, eficaz y eficiente de la población
Orgánica de Procedimientos Administrativos, se le notificará del sujeta al ámbito de actuación, procurando acercar la
presente acto administrativo a la ciudadana identificada ut Administración Pública a toda la colectividad, mediante la
supra. mejora continua de los procedimientos y servicios.
CONSIDERANDO
ARTÍCULO 5°. Publíquese el presente acto administrativo en
la Gaceta Oficial del Estado Carabobo a los efectos legales Que la Ley Orgánica de Administración Pública, publicada en
correspondientes. Gaceta Oficial Extraordinaria 6.147 de fecha 17 de Noviembre
de 2014, en su artículo 4° señala que la Administración Pública
se organiza y actúa de conformidad con el principio de legalidad,
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CONSIDERANDO CONSIDERANDO
Que el artículo 16 de la Ley Orgánica del Ambiente, publicada Que se hace necesario a efectos de mitigar las acciones que
en Gaceta Oficial Nº 5.833 Extraordinario del 22 de diciembre de atenten contra la salubridad pública y el medio ambiente,
2006, establece que los órganos del Poder Público Nacional, establecer documentación que se utilice para la sustentación de
Estadal y Municipal, ejercerán las atribuciones constitucionales las operaciones en las cuales las personas naturales o jurídicas
y legales en materia ambiental, cada uno dentro del ámbito de de naturaleza privada se encargan de transportar materiales de
sus competencias, de manera coordinada, armónica y con origen doméstico, comercial e industrial de naturaleza no
sujeción a la directrices de la política nacional ambiental, a fin de peligrosa hacia los sitios o lugares de aprovechamiento,
garantizar el tratamiento integral del ambiente a que se refiere reutilización o reciclaje de residuos, ubicados en el Territorial
esta Ley. Nacional.
CONSIDERANDO
CONSIDERANDO
Que el artículo 17 de la Ley Orgánica del Ambiente, publicada
en Gaceta Oficial Nº 5.833 Extraordinario del 22 de diciembre de Que en Reunión Extraordinaria N° 005-2018 de fecha 28 del
2006, dispone que los estados y municipios podrán desarrollar mes de Mayo del año 2018, la Junta Directiva, como máximo
normas ambientales estadales o locales, según sea el caso, en órgano de decisión y administración, de conformidad con el
las materias de su competencia exclusiva, asignadas por la numeral 1 de la Cláusula Décimo Primera del Documento
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las Constitutivo-Estatutario de la Empresa, publicado en Gaceta
leyes; con base en las disposiciones establecidas en la presente Oficial del Estado Carabobo Extraordinaria N° 4.429 de fecha 14
Ley y atendiendo a los principios de interdependencia, de Febrero de 2013 en concordancia con lo dispuesto en el
coordinación, cooperación, corresponsabilidad y subsidiariedad numeral 1 del artículo 13 del Reglamento Interno de la
y a las particulares características ambientales de cada región. Compañía, publicado en Gaceta Oficial del Estado Carabobo
Extraordinaria N° 5.822 de fecha 03 de Octubre de 2016; aprobó
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Guía de Movilización de Material Aprovechable, con el fin de por la Empresa Desechos Sólidos Carabobo DESOCA C.A, a
autorizar a las personas naturales o jurídicas, transportar través del cual las personas naturales o jurídicas de naturaleza
materiales de origen doméstico, comercial e industrial de privada, transportarán aquellos residuos de origen doméstico,
naturaleza no peligrosa hacia los sitios o lugares de comercial e industrial de naturaleza no peligrosa hacia los sitios
aprovechamiento, reutilización o reciclaje de residuos, ubicados o lugares de aprovechamiento, reutilización o reciclaje ubicados
en el Territorio Nacional. en el Territorio Nacional.
Parágrafo Primero: La Guía de Movilización de Material ARTÍCULO 4°. Emisión. La Guía de Movilización de
Aprovechable, es un acto administrativo de mero trámite o Material Aprovechable, será emitida a solicitud del usuario o
impulso, que se implementará a nivel del Estado Carabobo usuaria, formulada por escrito o vía on line, ante la Empresa
como un instrumento de control y seguimiento administrativo “Desechos Sólidos Carabobo DESOCA” C.A; a tal efecto, el o la
cuyo contenido debe ser coherente con las condiciones solicitante deberá estar registrada previamente en la empresa.
establecidas en los permisos otorgados por el Ministerio de
Ecosocialismo y Agua. La Guía de Movilización de Material Aprovechable, será sellada
y suscrita por el Presidente de la Empresa o quien este delegue,
Parágrafo Segundo: La Guía de Movilización de Material dentro de los cinco (05) días hábiles anteriores a la fecha de la
Aprovechable, es de carácter oneroso y pueden retirarse en la movilización, con el fin de que el servidor público tenga el
Oficina de Atención al Ciudadano de la Empresa Desechos tiempo suficiente para revisar el expediente y demás aspectos a
Sólidos Carabobo DESOCA C.A. indagar y verificar, y de esta manera proceda con la emisión de
la prenombrada guía.
Parágrafo Tercero: Cada solicitud de Guía de Movilización
de Material Aprovechable, tendrá un costo de ciento veinte Parágrafo Primero: Para el registro, el o la solicitante,
unidades tributarias (120 UT), los cuales se depositarán a deberán realizar los trámites administrativos correspondientes,
nombre de la Empresa Desechos Sólidos Carabobo DESOCA acompañándolo de los documentos necesarios, por ante la
C.A. Oficina de Atención al Ciudadano de la Empresa; quien le
entregará a la persona natural o jurídica constancia de haber
ARTÍCULO 2°. Definición. Se entiende por Guía de cumplido con todas las formalidades establecidas.
Movilización de Material Aprovechable, el instrumento emitido
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Parágrafo Segundo: El titular del permiso y/o f. Registro en la Empresa “Desechos Sólidos
transportador deberá portar siempre el original de la guía de Carabobo DESOCA” C.A
movilización mientras transporta el material aprovechable, a g. Solicitud de la Guía de Movilización de Material
efectos de atender, en cualquier momento y lugar, los Aprovechable
requerimientos que le realicen las autoridades civiles, h. Ejemplar de la Guía de Movilización otorgada por
administrativas, militares o de policía. cada trámite solicitado.
i. Cualquier otro documento a juicio de la Empresa.
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GACETA OFICIAL
DEL ESTADO CARABOBO
IMPRENTA DEL ESTADO CARABOBO
Avenida Soublette, entre Calle Páez y Colombia, Valencia,
Edo. Carabobo Telf.: (0241) 8574920
Esta Gaceta contiene 06 páginas
Nro. Depósito Legal: pp76-0420
Tiraje: 08 ejemplares
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