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Trabajo Parcial-Contratos Mercantiles

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TRABAJO PARCIAL

CONTRATOS

MERCANTILES
Carrera: Administración de Empresas

Alumna: Lujan Robles Danielle Abigail

Docente: Venegas Márquez María Guadalupe

Materia: Derecho

Fecha: Viernes, 22 de marzo 2024


COMPRA-VENTA

¿QUÉ ES?

El contrato de compraventa mercantil es aquel por el cual una persona (vendedor) se obliga a
entregar una cosa a otra persona (comprador) que se compromete a pagar un precio. La
compraventa mercantil será aquella que tenga por objeto cosas muebles para revenderlas, bien en
la misma forma que se compran o bien en otra diferente, con ánimo de lucrarse en la reventa.

CARACTERISTICAS PRINCIPALES

-Versa sobre un bien mueble.

-El ánimo de la operación es vender, permutar o arrendar.

-Tiene un propósito lucrativo.

-Se da entre un comerciante y su proveedor. Normalmente, el comerciante adquiere mercaderías


para su negocio que utilizará para prestar su servicio posteriormente.

FUNDAMENTO LEGAL

El artículo 325 del Código de Comercio regula la compraventa mercantil y establece que “será
mercantil la compraventa de cosas muebles para revenderlas, bien en la misma forma que se
compraron, o bien en otra diferente, con ánimo de lucrarse en la reventa”.

REQUISITOS QUE DEBE TENER

1. Datos descriptivos y características del bien.

2. Documentos que avalen al vendedor, la pertenencia del bien a vender.

3. Estipular la cesión total de los derechos y acciones de posesión del bien, por parte del
vendedor, hacia el comprador.

4. Indicar el precio total del bien.

5. Plasmar que existe un mutuo acuerdo sobre el precio del bien.

6. Comprobar que no exista deuda alguna sobre el bien en venta.


7. Reconocer al comprador, como el único y nuevo propietario del bien.

8. Establecer la obligación por parte del vendedor, a entregar al comprador, toda la documentación
correspondiente al bien en cuestión.

9. Acuerdo entre ambas partes, para cubrir todos los gastos que genere la acción de compraventa.

10. Acuerdo entre los contratantes para quedar a disposición de la competencia y jurisdicción del
juez y/o tribunal, para atender cualquier discrepancia póstuma a la celebración del contrato.

EJEMPLO DE CADA UNO

Compraventa de una Propiedad Inmobiliaria


PRÉSTAMO

¿QUÉ ES?

El préstamo mercantil es un contrato traslativo de dominio que se establece entre una entidad
prestamista y un prestatario. El prestamista cede una cantidad de dinero o bienes fungibles al
solicitante, a cambio de la devolución de un objeto de la misma especie y calidad o de una suma
de dinero equivalente.

CARACTERISTICAS PRINCIPALES

-Traslativo de dominio: el prestamista se obliga a entregar la propiedad de la cosa o dinero, y el


prestatario puede disponer de la cosa prestada comprometiéndose a su devolución en especie o
su equivalente en dinero.

-Principal: no depende de otro contrato para su existencia y validez, tiene fines y vida propia.

-Unilateral: sólo produce obligaciones en una de las partes, el prestatario; aunque si se acuerda
entre las partes también se puede considerar bilateral.

-Contrato real: los efectos del préstamo no surgen hasta que se realiza la entrega de la propiedad.

-Gratuito por naturaleza y oneroso por excepción: es gratuito porque el prestatario no está
obligado a pagar contraprestación alguna si no se pacta expresamente, aunque en la práctica
comercial, el carácter profesional de los prestamistas deriva a que se incluya la onerosidad en los
contratos

FUNDAMENTO LEGAL

El contrato de préstamo mercantil por su parte se encuentra regulado en los artículos 358 a 364
de nuestro Código de Comercio, mismo que establece que un préstamo se considera mercantil
cuando las cosas prestadas se destinan a actos de comercio y no para necesidades ajenas de
éste.
REQUISITOS QUE DEBE TENER

Los elementos esenciales del contrato de préstamo mercantil son: el consentimiento de las
partes, el objeto del préstamo, la entrega del dinero o bienes, y el plazo y forma de pago.

EJEMPLO DE CADA UNO

Préstamo de dinero
COMISIÓN

¿QUÉ ES?

Un contrato de comisión mercantil es un acuerdo de colaboración, en el cual una de las partes se


compromete a vender o promocionar productos y servicios, a cambio de una comisión
previamente establecida.

CARACTERISTICAS PRINCIPALES

-Identificación de los involucrados como comitente y comisionista.

-Definición del objetivo y duración del contrato.

-Reconocimiento del comisionista como intermediario, no propietario de los bienes o servicios a


comercializar.

FUNDAMENTO LEGAL

El contrato de comisión mercantil está regulado por los artículos 273 al 308 del Código de
Comercio. Estos artículos abordan temas como: Obligaciones del comisionista: Incluyen la
realización de la comisión conforme a las instrucciones del comitente, la obligación de rendir
cuentas, entre otras.

REQUISITOS QUE DEBE TENER

-El comitente.

-El comisionista.

-El objeto del contrato.

-La tarea que ejecutará el comisionista.

-La remuneración o porcentaje que recibirá el comisionista por su trabajo.

-El período de duración del contrato.

-Términos de la relación contractual.


EJEMPLO DE CADA UNO

En la representación y distribución de productos


DEPÓSITO

¿QUÉ ES?

El contrato de depósito mercantil es un negocio jurídico que se regula tanto en el Código Civil y el
Código de Comercio. En estos contratos, por lo general una parte (depositario) recibe de otra
(depositante) un bien mueble concreto.

CARACTERISTICAS PRINCIPALES

-El depositario ejerce como comerciante.

-Los bienes custodiados son objeto de comercio.

-El depósito es remunerado, es decir, posee un carácter mercantil.

FUNDAMENTO LEGAL

Un depósito mercantil sucede cuando el objeto, el sujeto o el fin, lleven determinadas


características. Al respecto el artículo 332 del Código de Comercio establece que se estima
mercantil el depósito si las cosas depositadas son objeto de comercio o si se hace a consecuencia
de una operación mercantil.

REQUISITOS QUE DEBE TENER

-La identificación de las partes.

-El valor de los bienes entregados.

-La necesidad de incluir un anexo con la descripción y valoración de los bienes.

-Las obligaciones del depositario.

-Las obligaciones del depositante.

-La duración del contrato.


EJEMPLO DE CADA UNO

El que realizamos cuando estacionamos nuestro coche en el parking.


SEGURO

¿QUÉ ES?

Contrato de seguro es aquel en virtud del cual una empresa se obliga á pagar cierta suma al
acaecer un caso fortuito, mediante un precio calculado según las probabilidades de que acontezca
ese hecho.

CARACTERISTICAS PRINCIPALES

-Forma parte de un consenso entre el asegurador y el asegurado.

-Es bilateral: Es decir, mediante el contrato las partes firmantes se obligan recíprocamente a
cumplir con sus obligaciones. ...

-Oneroso: No es algo gratuito, sino que cada una de las partes obtiene una prestación.

FUNDAMENTO LEGAL

La Ley del Contrato de Seguro se conoce en el derecho español como la Ley 50/1980, de 8 de
octubre, de Contrato de Seguro, y es aquella que regula los derechos y obligaciones de asegurado
y asegurador.

REQUISITOS QUE DEBE TENER

(i) el interés asegurable,

(ii) el riesgo asegurable,

(iii) la prima o precio del seguro y

(iv) la obligación condicional del asegurador.

EJEMPLO DE CADA UNO

Seguro de auto

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