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Formacion Historica Del Derecho
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La segunda idea es el pagus que está definido por una idea más bien territorial, se trata de una
circunscripción administrativa o un distrito determinado en las que se agrupan estas comunidades
dediticias, ese poblamiento sería a modo de aldeas o lugares o pueblos de carácter proto urbano sin
caracteres defensivos que aparecen bajo el término de vicus (barrio o pequeña población). Los
habitantes de este territorio son denominados dediticios o peregrini dediticii que significa que no
tienen ninguna ciudadanía, son súbditos bajo la autoridad del magistrado romano de la provincia,
carecen de cualquier estatuto local y no constituyen ningún tipo de categoría jurídicamente clara.
Tienen prohibido vivir en Roma, tienen prohibido adquirir la ciudadanía. Son comunidades fuera del
ámbito urbano que a partir del S III a.C van a tener un peso importante en el nuevo esquema
económico y social romano.
El ejército como institución autónoma y las fórmulas de su nacimiento
A partir del S IV,tras la crisis del S II a.C se realizan reformas del tipo de administración acarecido
anteriormente. La autonomía ciudadana quiebra ante la aparición de administraciones provinciales
más potentes y se refuerza la autoridad del emperador en materia administrativa, normativa, tributaria;
transformando el modelo de la milicia. El ejército se convierte en una institución autónoma y se
desvincula a los gobernadores de las funciones militares, creando una nueva jerarquía específica para
el mando del ejército. Destacar sobre todo que se refuerzan las estructuras propias del ejército en
cuanto a la logística (fórmulas de abastecimiento y reproducción de su jerarquía) y el resto de las
clases sociales. Se fijan aspectos agrícolas como la propiedad del Estado o la clase senatorial que
quedan adscritos a un ejército que también queda en situaciones situado en el interior del Imperio.
Existía un limes que establece la frontera del exterior del occidente de Europa, donde los soldados se
hospedaban en las puertas principales vigilando las puertas del Imperio y controlando las vías de
comunicación entre ciudades. Las remuneraciones de los soldados del ejército romano desde el S III
d.C consisten en la de bienes de especie y de dinero o pagos (más adelante) que se transforman en la
creación de asentamientos con tierras (heredades militares), entregadas en función de la categoría de
cada uno. La función del ejército es proteger el limes exterior. En el entorno de las provincias se
establecen los soldados del ejército en las puertas principales con la finalidad de proteger el interior y
asegurar el tránsito de comunicación para el cobro de tributos y controlar el territorio no urbano.
TEMA 4. La conformación de los reinos germánicos en Occidente
La estratificación de la sociedad germánica fruto del contacto con el imperio romano
Estos pueblos germánicos situados en el limes (frontera) europeos luego pasaron a ser reinos
europeos, esto puede llevar a debate porque en primer lugar la autoridad provincial es visiblemente
violenta y en segundo lugar junto a ello se produce un asentamiento pacifico, un reparto acordado. Se
trata en cualquier caso de un amplio movimiento de pueblos que abarca en el área de Europa
occidental desde el S V d.C con las invasiones de pueblos extraños hasta el S X d.C, cuando se están
produciendo todavía las migraciones de amplios contingentes de población escandinava hacia zonas
meridionales. A diferencia de estos procesos, la fase que estamos tratando se corresponde con el S V
d.C, trae como consecuencia visible el establecimiento de un poder político nuevo dentro del imperio
romano. En lo que se refiere a Hispania desde el 409-507 en oleadas sucesivas se asientan grupos de
estirpe germánica de manera compacta, desde hace décadas tenían ya contacto o relación con las
fronteras del Imperio Romano y tenían un alto grado de relación con ellos. El conjunto de los pueblos
germánicos ofrece un modelo cultural alejado del mundo mediterráneo clásico, una civilización de
tipo comunal donde la propiedad de la tierra pertenece a una parentela (tribu que divide la tierra en
familias y que cada cierto tiempo cambia la distribución). La propiedad privada eran las cabezas de
ganado que era el único elemento que diferenciaban entre unos y otros (el ganado menor y el ganado
porcino). El cultivo de la tierra era de tipo itinerante que permitía la existencia de desiertos con
arboleda que hacían posible la movilidad, la técnica de desbrozamiento del bosque para hacer viable
el bosque. Almacenaba el cereal en silos subterráneos cubiertos de estiércol para protegerlos del frío.
No conocen la ciudad, tienen construcciones toscas que carecen de manufactura, aunque destacan en
la fabricación de armas, no valoran el uso de la moneda más que como forma de atesoramiento o de
adquirir prestigio, carecen de una escritura elaborada, aunque hay unas inscripciones antiguas
llamadas runas que tienen un carácter decorativo.
En la sociedad germánica, en su inicio con una organización tribal y estructurada en torno a la familia
y está en grupos de familia que forman una tribu, se evoluciona en función de la actividad guerrera.
Una posible etimología corresponde con el término germánico antiguo de GUERRA que daría lugar a
WEHR MANN que sería hombre de guerra. El grupo de guerreros se une a su jefe con independencia
de su familia o de su tribu de origen. Determinados dirigentes de cada tribu aglutinan séquitos de
guerreros que actúan bajo su jefatura para las expediciones de saqueo frente a otros pueblos
germánicos, todos estos séquitos superan las unidades clánicas, las estructuras iniciales más
primitivas. Este jefe de una comitiva o comitatus debe proporcionar acciones guerreras que permitan
dos cuestiones fundamentales, la obtención de prestigio, en segundo lugar, la acumulación de riqueza
privada que se manifiesta en bienes muebles como ganado o riqueza en forma de tesoros como oro o
joyas. En cuanto a hombres libres que son, siempre pueden dejar a su jefe si este no les proporciona
expediciones para obtener botín y prestigio. Aparece el término leutes. A finales del S V y S IV d.C,
hay una presencia continuada de individuos de origen germánico en relación con el ejército romano
formulado. Existe el reclutamiento procedente de tribus germánicas para servir en el ejército romano,
un alistamiento libre en condiciones iguales a otro soldado, pero sin adquirir la ciudadanía romana,
ello permite la promoción. Ahí va a producirse a finales del S IV y S V d.C el reuso a contingentes
militares compuestos por población germánica y dirigidos por sus propios jefes.
Hay una relación estrecha también en cuanto a aliados del imperio en territorio germánico, fuera de
los límites provinciales defendiendo los intereses de Roma en el mundo Bárbaro a cambio de
subvenciones financieras o de entrega de bienes y apoyo político.
Estas relaciones comerciales facilitan la distinción de determinados linajes que consolidan unas
jefaturas sobre otras y las dota de cierta apariencia monárquica. La idea es que se ha producido una
estratificación de esa sociedad al inicio igualitaria, y ya en el S V d.C se ha producido un proceso de
desintegración de esos modos de producción comunales que se realizaban en el bosque germánico.
Los pueblos que tienen el contacto más estrecho con el imperio son los que desarrollan las estructuras
económicas más acorde a las estructuras provinciales e incluso se llegan a conformar en determinados
periodos organizaciones con cierto carácter estatal.
Se produce una diversificación económica, se abandona de manera progresiva el modelo comunal en
el aprovechamiento agrícola y se desarrollan otras formas mediante la organización del espacio en
villas, los esclavos y siervos para cultivar y a parte se conforman esas agrupaciones en torno a la
aristocracia con una función militar. En el S III, los alamanes que son un pueblo germánico situado en
el sur oeste de la Alemania actual tienen villas al estilo romano cultivadas por siervos y esclavos
capturados en guerras, lo mismo sucede entre otro pueblo germánico que después desaparece. Son
poblaciones efímeras que pueden unirse a otra jefatura sin grandes problemas como los marcomanos
que luego desaparecen y estarían en la Bohemia actual que sería la República Checa. En el S III a
finales la aristocracia visigoda que se conoce por el nombre de Optimates, forman una clase
poseedora de fincas y agrupan a sequitos a su alrededor y se diferencian del resto de la población y
forman el territorio de Dacia que es el valle bajo del Danubio abandonada por las legiones y entregada
a los visigodos que es una parte de la Rumania actual.
La idea de clases dirigentes en la edad media de la cultura bárbara de núcleo germánico se sustenta
sobre dos fuentes económicas: la aristocracia consolidada con el dominio de tierras de cultivo
susceptibles de tener un plus-producto que tiene que permitir la reproducción de la élite dirigente. En
segundo lugar, la obtención esporádica pero también continuada de botín, fruto de expediciones
militares, siempre esta base económica estará en discordancia con las necesidades que debe de suplir
con el espacio que ocupa marginal quizá eso explique la necesidad de salida de esos grupos de
población que ya no pueden reproducir esos mecanismos en el territorio que ocupan.
El control del espacio provincial: asentamientos, motivos, forma de realizarlo y legitimación
En el año 406 en navidad, importantes contingentes de población sueva y vándala cruzan los límites
del río Rin. En el 410 atraviesan los Pirineos. Según la historiografía del periodo, una serie de autores
tratan las migraciones de los pueblos germánicos, en Hispania los suevos y los vándalos realizan una
especie de reparto de las provincias, más exactamente se apostaron y se distribuyeron los puntos de
percepción de las rentas provinciales. En el 416 los Visigodos firman un tratado con Roma para salir
como ejército auxiliar o aliado. Este tratado tiene, a cambio de servir como ejército auxiliar, que el
pueblo visigodo recibe tierras en propiedad plena en el sur de la Francia actual como eran Septimania.
Se instalan en torno a dos ríos que son el Garona y el Aude y reciben propiedades en ciudades
importantes como Burdeos, Bayona, Tolosa, Narbona que es la capital de la provincia. Se trata del
primer reino bárbaro constituido dentro del Imperio (416-418).
El modelo de entrada de estos pueblos y el asentamiento corresponde a una entidad violenta, una
sociedad situada en los parámetros culturales de la edad de los Metales: el valor de la milicia, la
agrupación en clanes aristocráticos y parenteras, la familia como núcleo último de la sociedad,
economía basada en el saqueo y en los territorios agropecuarios, su función es militar y su modo de
vida es rural, y la adquisición de tierras tiene como objeto como finalidad principal obtener rentas y
organizar el territorio de una forma acorde con sus tradiciones. A pesar de lo dicho antes, de la
jerarquización y diferenciación social, los pueblos germánicos seguían construyendo comunidades
muy primitivas, la distancia entre la población romana y la goda o germánica era enorme, hábitat
rural, viven en aldeas con edificaciones simples y técnica agrícola simple. Cuando se instalan en las
ciudades la elite militar lo hace en barrios separados. Los pueblos germánicos son guerreros y su
iconografía se basa en armas, espadas… y la romana se basaba en la paz o la vía pacífica. En
cualquier caso, estos pueblos se adaptan bien a una realidad provincial que ya habíamos descrito en la
que la vía comercial se densifica y se empieza a ver una economía de subsistencia con producción
local o indígena. El motivo de abordar con diferentes contingentes el asentamiento es mantener el
territorio y el funcionamiento del modelo económico existente en un proceso de desmembración de
las estructuras civiles romanas, son sobre todo las clases dirigentes provinciales las que llevan a cabo
acuerdos con los jefes militares para dejar asentamientos en determinadas áreas, la entrega o reparto
de tierras se va a llevar a cabo en última instancia por la aristocracia provincial que es la que controla
el territorio, van a dar parcelas de tierras en lugares concentradas, en España en torno al Duero lo cual
tiene trascendencia para el mantenimiento de la cohesión de estos núcleos de población. El
asentamiento se realiza por parte de esta aristocracia provincial y por el otro por los distintos jefes
militares u optimates. Estos van a desarrollar un poder personal que deriva en la autoridad del rey
visigodo y una maquinaria de poder similar al que ejercía la aristocracia provincial romana.
Pueblos germánicos:visigodos,ostrogodos,suevos, vándalos, alanos, burgundios: eran sociedades
guerreras, militares, movimiento desde sus hogares de origen, separados de un poder civil.
Asentamientos de grupos, aldeas donde se organizan retomando su modo de subsistencia tradicional,
reproducen el modelo aristocrático. Para ello se necesitan rentas para autoabastecerse. Van desde
Dacia hasta Galia y la Tarraconense en Hispania. El asentamiento sigue ese modelo aristocrático: la
jerarquía militar.
Ese asentamiento se realiza en tres grupos que forman estos conjuntos de terrenos: el jefe de estas
gentes armadas reparte las tierras (se reparten grandes lotes de terreno) que pertenecen al estado
romano o a la clase senatorial. Grandes extensiones de tierra en él saltus que son latifundios en
funcionamiento, organizados en torno a villaes. Esa gran extensión de terreno se adjudica en parte a
los contingentes militares. Otras propiedades pesan a ser propiedad del jefe románico correspondiente.
Se asentaban en las aldeas los militares y se ponían a labrar la tierra. Lo que se distribuía era la renta,
sacada de los campos cultivados por los siervos. Los visigodos vienen a mantener la organización
socra existente en Hispania. Hay un grupo de esta comitiva que son los llamados Sayones, constituyen
el séquito personal de cada magnate (guardia personal del patrón). Por otro lado, encontramos un
nombre extraño, que es el de Bucelarios. Estos forman parte de la comitiva armada, tienen relación
personal de dependencia directa con el jefe militar(patrocinium). Son hombres libres para elegir otros
patrones y reciben partes o porciones de la propiedad que recibe el jefe militar sin estar alojados en su
propia casa. Nos encontramos con otro grupo de individuos llamados Leudes.
Son guerreros libres, gente no noble que también puede ir a la guerra y que lo hacen con su grupo
familiar, se asientan de manera independiente en antiguas poblaciones. No tienen una relación de
patrocinio directo con un jefe militar. Se ha sobrevalorado en torno a comunidades de aldea con un
hábitat campesino. Los visigodos en Hispania, controlan la península mediante un acuerdo con los
romanos, se instalan en torno a vías de comunicación. En Hispania había dos vías de comunicación
importantes: De Tarraconense a Cesaraugusta, Clunica ,Astorga. De Hispalis, Mérida, a Astorga. De
Mérida a Tolosa.
La primera legislación germánica y la debilidad económica y cultural de los reinos bárbaros y la
debilidad económica y cultural de los reinos bárbaros.
A partir del 416 y 418 empiezan a publicar normas y se asientan. Tratan de materias diversas (división
de tierras). Se dividía en tres partes: Un tercio(tertia)al imperio y los dos tercios al magnate
correspondiente(cortes).
Los reyes bárbaros, los grupos se rodean al rey tienen una tradición administrativa, legal muy
limitada, es decir, lo que llamamos cancillería: lugar donde se crean documentos. Un secretario lleva
esta actividad. En este momento comienzan a adquirir el poder de la burocracia civil provincial. El
jefe militar actúa con la autoridad civil conjuntamente. El jefe militar bárbaro es el sucesor de esa
autoridad militar. Esta toma la dirección de esa oficina burocrática situada en las ciudades principales
(capitales de provincia), toma el control de las aduanas(tributos) y, sobre todo, cuando se hace con la
sede las importante (ciudad de Arles), va a actuar como la máxima autoridad (pretor de la provincia).
La comunidad romana conserva la estructura administrativa y conoce los medios materiales que
sirven de soporte a la burocracia. Son los que conocen los fundamentos jurídicos que permiten el
control. Los bárbaros no tenían leyes escritas, por lo que se regían mediante costumbres que se
aprobaban en la asamblea.
Se produce en este periodo (segunda mitad del S V), un proceso continuado de elaboración de códigos
de derecho. El aspecto de los códigos responde en parte a que se han ido hallando estos códigos o
edictos. Son diferentes colecciones (no todas oficiales, promulgadas) que responden a la práctica
jurídica de Hispania, Galia, Septimania…y que se elaborarán en la oficina del pretor en Arles el
derecho que se está utilizando en las provincias.3 textos: Código de Eurico, Edicto de Teodorico(rey)
y el Breviario de Alarico (506 d.C). Interés del mundo provincial por mantener en vigor el derecho
que se está utilizando (Derecho Romano). Es una forma de tener reconocida su situación y supone
para el rey bárbaro una legitimación. El Código de Eurico al parecer se promulgó con carácter de
edicto, un tipo de norma que promulgaba la autoridad civil sancionando el derecho en vigor.
Tradicionalmente, se decía que el código de Eurico era una normativa de origen germánico porque se
comparaba con el breviario que contiene la normativa no bárbara. Lo que es el código de Eurico es un
conjunto legislativo, conjunto de leyes que se tienen que aclarar una serie de normas para responder a
una serie de casos concretos, dirigidos a unos funcionarios, normas promulgadas por las máximas
autoridades. El derecho que se utilizaba en la práctica, que interesaba recoger por escrito, y que
presupone la existencia de un conjunto normativo más alto. Son cuestiones de derecho privado
(préstamo con interés, cuestiones de materia territorial), derecho penal y procesal. Solo se conoce una
serie de leyes, decenas de leyes que contenían 300/400 leyes. Eran sanciones por parte del rey
visigodo o por parte del edicto del pretor.
Hay algunas instituciones que podían ser de tipo germánico (rasgos germánicos), el juramento
mediante el cual se puede liberar de la responsabilidad. Es un elemento que aparece ya en la técnica
procesal romana. Consistía en una serie de multas monetarias fijas, para penar los daños. También se
tendía a la praxis judicial, a imponer penas fijas para resolver determinados daños a personas. Código
que vendría a recoger el derecho romano vulgar (derecho romano de la práctica, alejado de sutilezas
que no se relacionan con la práctica cotidiana). El Edictum Teodorico Regis, es un códice en el que
están agrupados unos 150 artículos breves. La mayoría son fragmentos o leyes recogidas en el Códex
Theodosianus. Recopilación de normas del códex y anteriores autores en los que se agrupaba la
normativa del emperador. La Lex romana visigothorum es el nombre del Breviario de Alarico y se
promulga en el 506 (reunión de nobles y representantes de las ciudades, celebradas en Bayona).
Recoge puro derecho romano. Recopila fragmentos del Codex Theodosianus y por otro lado recoge
pasajes unos más extensos que otros de tres obras postclásicos (finales del S II y principios del III). Es
una obra que es resumida por tres autores postclásicos que tienen una didáctica menos densa y más
explicativa. Son Gayo (instituciones de Gayo), Paulo (Sentencias) y Papiniano (Pasajes breves de las
responsae). Lo que más interesa es que todos estos textos tienen una Interpretativo, es decir, una
explicación que se debe a los juristas que hacen la recopilación y que sirve para conocer el nivel
jurídico que había en el sur de Galia en este momento. Recopilación de doctrina romana que se
aprueba de manera solemne en una asamblea en el 506 en la localidad de Adurís (sur oeste de
Francia). Algún autor destaca que hay una selección interesante de la normativa dedicada a proteger la
inmunidad de las curias y también hay una selección de normas en base a la organización de la iglesia
dotándola de cierta autonomía. Este proceso sucede con otra serie de reinos en partes de las provincias
de occidente y son estos reyes los que se manifiesten como delegación de la autoridad imperial. El
poder del rey bárbaro es débil.
4. El rey no deja de ser un jefe militar y normalmente se corresponde con ese noble o ese jefe que
tiene mayor poder económico y una mayor posibilidad de confiar en el poder armado. Con
posterioridad de la historiografía se reconstruye una autoridad de ser estable (poder monárquico).
Aparecen nombrados como reyes de gentes y no de territorios.
El gobierno del territorio aparece muy distinto del anterior articulado mediante instituciones
diferentes a las anteriores. El régimen municipal romano ha desaparecido. Sustituyen a las nuevas
provincias y aparecen nuevos distritos con la fórmula de gobierno Ad regnandum:entregados para que
gobiernen otras autoridades. Se designan agentes de la comitiva real. Nobles ligados personalmente al
rey. En el Breviario de Alarico aparecen distintas denominaciones para designar a estos
funcionarios:iudices, presides, rectores…En textos posteriores se habla de Comes Civitates(condes).
La curia ha quedado desplazada por la jerarquía cristiana y eclesiástica(obispos), en el momento que
es apoyada por el emperador. En las demarcaciones aparecen nuevas denominaciones: Missi,
Vicarii,...(el mando se ramifica). El régimen municipal de la curia es reemplazado por el obispo y por
las magistraturas de manera indistinta. Aparecen títulos: Dux(duque), Comes(conde), Vicarios,
defensores y aprecian una serie de funcionarios dedicados a la administración fiscal. Sigue vigente la
administración fiscal romana: había una capitatio, y existen los portoria(tasas aduaneras que gravan el
tráfico interior y exterior). Hay recaudadores específicos(exceptores). Cada funcionario (el iudex que
actúa en un territorio o ciudad) tiene un conjunto de funcionarios que los ayudan. En ningún caso el
rey tiene relación directa con los vasallos. Hay una serie de eslabones que intermedian en las
relaciones de poder, de servicio y de protección en lo que es el orden feudal. En la administración
central (corte) se configura lentamente una serie de instituciones que organizan la administración, el
gobierno y que auxilian al rey.
Hay una distinción entre lo público y lo privado. Nos interesa una institución que se llama él Aula
Regia. Organismo que se hace del conjunto de gentes que se aglutinan en torno al rey. Se encuentra la
corte o casa del rey en sentido estricto(Officium Palatinum). Hay oficiales privados ligados a esta
casa. Es aquel personal que se ocupa de los caballos, suministro de productos para la casa del
rey(domus rey) y también un personal que son los responsables del patrimonio personal del rey, de la
renta, un responsable de la cancillería (cartas, monumentos, normativa del rey(diplomas del rey). En
el Aula Regia se encuentran una serie de personajes que tienen importancia en el reino. Los enviados
del rey, poderosos que venden sus tierras y que ocasionalmente acudan a la corte, son miembros de la
nobleza (asesores, consejeros, jueces que deben prestar juramento de fidelidad al rey cada vez que se
elige a un rey). La condición real entre los grupos germánicos se mantiene electiva desde el S V hasta
el S VII (final del reino visigodo (S VIII)). Legitimación de la nobleza por elección del pueblo. Hay
una preocupación por fijar un criterio en base a la sucesión del trono. Uno de los intelectuales que
interviene es Isidoro de Sevilla. Vive a finales del S VI y comienzos del S VII. Obras tratando de este
periodo y tratando de los visigodos. Interviene en una serie de concilios(reuniones) estableciendo
normas para fijar esa sucesión real. Los concilios son unas asambleas que se van a realizar de manera
continuada a partir de finales del S VI y durante el S VII. Pretenden un aspecto formal (prescriben las
condiciones para ser rey, fijan una forma de elección del rey, instan el juramento del rey, sancionan
leyes y normas (normas (las respaldan) e intentan definir una serie de normas de orden real, serie de
elementos que significan la soberanía (función de una residencia real, el trono, el cetro…)
PARTE 3. LA PROYECCION JURÍDICA Y POLÍTICA DEL MODO DE PRODUCCIÓN
FEUDAL
TEMA 5. La cristalización del modelo feudal.
El marco geográfico y socioeconómico característico del modo de producción feudal.
Pablo Diácono en su historia de los lombardos. De los Francos hay también una mención que señala
que cuando se autoproclamó rey Pipino, fue con el consentimiento de todos los francos. También la
formación ideológica que se va a desarrollar en base a ese modo de producción. Así se desarrolla el
feudalismo. El proceso de transformación del sistema esclavista y comercial antiguo en una nueva
forma de organización social se manifiesta en la descomposición o partición del espacio mediterráneo
antes unido y su fragmentación en dos grandes áreas: Área o espacio económico dominado por lo que
llamamos la economía natural. La otra área se caracteriza porque en él pervive la economía urbana y
la producción diversificada ligada a ese modelo comercial antiguo.
El feudalismo anida en un hábitat o sistema ecológico familiar a las culturas bárbaras. Culturas
bárbaras que resurgen del mundo romano, apareciendo revividas en las fuentes. Actividad ganadera de
tipo extensivo (ganado que pasta en la montaña, zonas forestales), un cultivo cerealista de secano,
cultivo de viñedo. En la PI este tipo de hábitat es el que existe y en el que se desarrolla esa economía
natural entre la cordillera cantábrica y los pirineos hasta el valle del Tajo. En esta área en la que cada
vez decae más la vida urbana se desarrolla un tipo de economía agraria tradicional. Ese nido en el que
se crean poblaciones con esa economía. Por otro lado, pervive la economía urbana y comercial. En un
inicio es similar a la actividad bizantina de los romanos, desarrollada en Bizancio, pero a continuación
se va a recomponer este espacio mediterráneo, en torno a la civilización islámica. El islam aglutina
entre el S XVIII y el S XIX un amplio espacio comercial que se extiende desde Mesopotamia (Irak,
Irán) y Siria hasta la mitad meridional de la península Ibérica lo que se conoce como al-Ándalus.
Aglutina un espacio amplio, controla todo el mediterráneo. características: comercio, desarrollo de la
actividad bancaria, manufactura, modelo tributario antiguo…Se produce de una manera separada, una
revitalización importante del comercio en la vida urbana. Se revitaliza entonces la actividad
económica desarrollada. El incremento de la agricultura es constante, cultivos desarrollados, regadío,
agricultura de tipo intensivo. Términos como acequia, aljibe, almunia, la alcachofa, alfalfa,
berenjena…Frente al espacio del norte y del interior de la p Ibérica los valles fluviales del Ebro,
Guadiana y Guadalquivir y las regiones Levantinas ofrecen un modelo comercial y urbano. Una
civilización refinada. Un bienestar en estas ciudades. Comercian en la calle o en el zoco, centros
comerciales de lujo(bazares). Arroz, azafrán, lino, seda, olivo, cañas de azúcar. Actividad acumulada
en propiedades del estado(latifundios), trabajados con un sistema de aparcería (división de la
cosecha). Ganadería, industria de lujo. Toda sociedad premoderna es campesina pero la civilización
musulmana se caracteriza con un alto grado de desarrollo urbano que la distingue (sociedad
compleja). Esto tiene una expresión cultural, la lengua árabe es la cultura de referencia en Hispania.
Se adopta el árabe como lengua de cultura. Los escritos y la comunicación artística y científica (el
conocimiento) es en árabe. No todos hablan árabe pero la población en general sigue hablando
lenguas romances. El conocimiento de los autores griegos se realiza a través del árabe en Hispania,
esa frontera entre el mundo feudal y el urbano. La población de al Ándalus habla árabe, pero en el
norte se haya modelos que tienen el mundo árabe. Fuera del lenguaje escrito, permite el lenguaje
romance y vulgar.
Frente a esta pervivencia de la economía urbana clásica se va a conformar un modelo económico que
se basa en una economía, modo de producción dominado por la tierra, modo de producción natural. El
sistema económico está basado en la producción agraria. Una producción que se limita además a una
serie de bienes dedicado a la auto subsistencia de una comunidad cerrada. Se caracteriza porque el
productor inmediato que es el campesino está unido al medio de producción que es la tierra y
dependen personalmente de los propietarios. Jurídicamente los campesinos están adscritos a la tierra y
tienen su movilidad limitada por el derecho. Esa situación es hereditaria. En este tipo de modo de
producción, el campesino que ocupa la tierra nunca es un propietario. La propiedad agraria está
controlada por una clase de señores que extraen el excedente que produce el trabajo del campesino,
esa cantidad de bienes que no necesita el campesino para mantener a su familia. Ese excedente se
materializa con la entrega de rentas, entregas en especie y también en forma de prestaciones de
servicios de trabajo personal. La extracción del plus producto del campesinado (excedente del
campesino) se basa en unas relaciones de compulsión, obligación político-legal. No tiene en una
mínima parte una base económica entre el propietario y un trabajador. Mi el trabajo ni los productos
del trabajo son mercancías. Esta relación se fundamenta como resultado existente de forma natural,
tradicional el resultado de obligaciones que han existido siempre sin justificarlas de ninguna manera
(inherentes a la existencia). Este modelo se justifica en la tradición, forma de existencia que no
necesita una justificación. Este modo de producción feudal requiere también cierta legitimación. La
clase feudal requiere de un poder que autorice su posición prominente. Esta legitimación la otorga de
la concesión de un señor en instancia de un rey que en principio derivaría toda autoridad. Esa
condición monárquicamente que personaliza la autoridad suprema procede de la nobleza. El rey es
distinto de los nobles sólo en grado y la cantidad de bienes que acumulan. Las actuaciones sobre sus
vasallos directos son de naturaleza esencialmente guerrera. Por último, por supuesto el rey no tiene
acceso político directo al conjunto de la población. El poder político era ejercido a través de la
intervención de un conjunto numeroso de variados niveles de sub-infeudación (autoridad política). La
soberanía en el feudalismo no esté en un solo centro. Se distribuyen en cada uno de los niveles que
conexionan esa sociedad. Múltiples partimientos que asumen la soberanía particular distinta a la que
existe en ese centro de autoridad. El señor feudal es un señor más y tiene una función militar y no
tiene acceso directo con el conjunto de la población.
El mándamentum o señorío feudal
Las ciudades que subsisten parecen campamentos fortificados. La clave del sistema es el vínculo de
los hombres con la tierra. Eso es lo que mantiene la estabilidad de esa sociedad, una estabilidad
organizada a partir de la vinculación del campo eso no con la tierra. Nunca abandonar la tierra por
parte del cultivador. Se controla la tierra por el señor y a partir de ahí se organizan las partes que
componen el sistema feudal. Los señores perciben rentas y servicios de sus siervos. Los señores
ejercen la jurisdicción en su territorio. Ese poder del señor sobre el territorio, sobre los siervos que
pagan rentas al señor, constituye la base de la que se organiza todo el sistema. El mandamentum es el
derecho que tiene el señor a mandar, a obligar, a juzgar, a imponer sanciones, a castigar y que
constituye lo que llamamos señorío jurisdiccional. Este señorío o mandamentum se mantiene
mediante un control opresivo, sistemático, permanente que es ejercido gracias a la existencia de una
serie de fideles, caballeros, milites que forman parte de los miembros vinculados al señor. Los señores
gobiernan desde la fortificación y desde ahí establece sus propios tributos sobre los hombres y
mujeres que habitan en su propiedad y también sobre población como campesinos con tierras propias,
comunidades de aldea, pero que el señor piensa que se encuentran en su señorío banal o
jurisdiccional. El fundamento de la autoridad del señor, ese mandamentum se encuentra en un origen
de tipo hereditario (ha sido recibido por sus antepasados). No precisa de una justificación en cuanto
está ya integrado en el orden natural de las cosas. Uno es señor y otro vasallo porque sí. Se trata de un
poder ejercido directamente sobre las personas. Puede tener en última instancia en una antigua
organización pública, más probablemente en una nobleza que aparece en el S XVIII. Consiste en la
capacidad de mandar, obligar, reclutar si es necesario que se encuentra bajo el señorío. Ese señorío
tiene una producción económica. En cierto momento inicial podría haber una fundamentación de tipo
público y también una fundamentación pública para la recaudación de rentas o tributos. Las
exacciones no existen ya y es sustituidos por el término de consuetudines, usos que significan ya la
legitimación por la tradición de la apropiación de rentas sobre tierras de otros. Hay una multitud de
causas diversas, pero se pueden distinguir una serie de derechos que podrían tener una justificación en
el ejercicio del poder público y también en esa potestad para asegurar la protección del territorio.
Otras que derivan del ejercicio de la jurisdicción (poder jurisdiccional: decir el derecho) y el
mantenimiento de una administración de justicia que requiere de ese personal. AA parte hay otra serie
de cargas que no tienen ningún tipo de fundamento, de los que no se puede extraer ningún origen.
¿Cómo funcionan estas exactiones?:
Las que derivan del ejercicio del poder: La potestad de un señor y el ejercicio por este de la
protección del territorio se refleja en cargas o derechos que deben estos vasallos como son el
albergum (derecho del conde o sus representantes a recibir hospedaje por parte de todos vasallo como
obligación, servicio derivado de la necesidad del cargo público de desplazarse por el territorio para es
llevar a cabo sus funciones: proporcional avena a los caballos, pan y comida al señor. En un origen la
carga sería ocasional. Después se convierte en un ejercicio frecuente.
Con el tiempo esto se convierte en una entrega anual en especie de distintos productos: hortalizas,
queso, huevos. Economías muy rudimentarias y adquiriendo un término fijo para cada una de las
aldeas.), castellaria (consiste en origen en un servicio de trabajo personal, que tenían los vasallos de
trabajar para preparar las murallas y para reconstruir las defensas en torno al señor. Una obligación
que se amplía en edificaciones, casas colindantes con las murallas y elementos necesarios, acomodar
las edificaciones del señor. Al final aparece como se utiliza a realizar faenas en el campo) y fonsado o
conductum (Unida a la actividad militar y en este caso se trata del transporte de expediciones de tipo
militar, servicios para la actividad guerrera del señor). En seguida las dos últimas se han convertido
como servicio de Coruea o Serna. Son manifestaciones típicas del carácter feudal. Servicios de
carácter personal que consiste en prestaciones de trabajo en la reserva señorial (arar, sembrar,
cosechar) que se realizan sin ningún tipo de beneficio para el campesino. Para esas actividades deben
llevar sus propios animales, herramientas…Tipo de cargas que tienen un fundamento ligado al
ejercicio de la actividad jurisdiccional (imponer penas mantener la administración de justicia e
imponer penas): Desde el momento en el que la facultad jurisdiccional se producen cargas justificadas
a la jurisdicción. Las cuotas fijas que se exigen a los habitantes del señorío (IUSTICIAS: carga fija
que está obligado a entregar el campesino por el derecho a pleitear/administración de la justicia.). Las
CALONIAS (calumnia: la llamada, petición del señor) son sentencias, multas, que se refieren de
manera especial a los casos de delitos de sangre(sexual) y las heridas.
En último lugar se encuentran una serie de cargas, malos usos y las llamadas banalidades. Consistían
en el acaparamiento o monopolio de las infraestructuras básicas, servicios básicos como el granero
(almacenar el grado), el molino, el horno, la fragua, el trujal, el agar (uva para hacer vino), y para su
utilización había que satisfacer el canon correspondiente. Los malos usos son cargas también
mantenidas de manera consuetudinaria(costumbre) tienen un carácter degradante. La extensión que no
parece bien justificada de la manifestación de la propiedad eminente que tiene el señor sobre las
tierras, alodios que aprovechan los campesinos. Cuando se producen cambios inusuales en la familia
campesina, se manifiestan de manera violenta a modo de tributos. Satisfacer al señor para recuperar su
derecho al uso de esa tierra.
Esa capacidad por extender sus derechos de propiedad hacia otras situaciones, prohibición de vender
sin consentimiento del señor, retracto señorial(posibilidad para igualar una compra y adquirir entonces
la propiedad).Hay otros malos usos como en materia de realización familiar el conocido derecho de
pernada (facultad del señor para hacer con la novia en el momento previo a la celebración del
matrimonio) y el llamado derecho a maltratar,(al vasalli):derecho a aplicar penas capitales sobre sus
vasallos.
Consolidación del feudalismo y repoblación
La formación feudal es una forma o mecanismo de recomposición de espacios socioeconómicos que
consolida una estructura definitiva hasta el periodo comprendido entre el S VIII y el S XII. Como tal
formación feudal se define en Europa occidental hasta los Balcanes. La manifestación más clara de la
madurez de este modelo (su punto de ebullición) se presenta cuando comienzan a ponerse en
funcionamiento nuevos espacios agrarios antes no organizados, abandonados algunos por completo.
El proceso se toma con un carácter masivo con el consiguiente incremento de la producción agraria y
el aumento de la población. El fenómeno de la explotación es general en toda Europa occidental. Fue
un movimiento común a la Europa feudal. En la PI toma un carácter especialmente trascendente y
muy gráfico ya que se incorporan a gran escala territorios antes musulmanes, incorporados en bloque
al modelo feudal.
Esta dinámica repobladora se corresponde con la existencia ya de una capacidad económica y la
existencia en consecuencia de un excedente de población capaz de mantenerse, regularse mediante la
puesta de nuevos espacios agrarios. El ritmo del proceso repoblador depende de la relación que hay
entre ese excedente y la capacidad de organizar un territorio. La repoblación consiste en dos aspectos:
la rotura (consiste en la puesta en cultivo de tierras abandonadas, tierras que han sido dejadas de
cultivar. En principio son alodios, tierras libres de carga señorial) y la presura o aprisio(se refiere a la
ocupación de un espacio que está sin propiedad, territorio que mantiene en parte cierto recuerdo de la
organización anterior. Consolidación plena de ese espacio mediante el transcurso de 30 años. Son
explotaciones con espacios vacíos que pueden tomarse y con espacios para la obtención de agua, leña,
pasto…La aprisio tiene que quedar reconocida por una autoridad). También el proceso repoblador
fortalece siempre también entramados de poder, estructuras de poder ya que son esas estructuras las
que dominan el territorio y las que legitiman esa propiedad. La aprisio tiene que estar dirigida de
algún modo. Tuvo cierto boom la visualización de comunidades aldeanas que de un modo espontáneo
ocupaban el territorio y se auto gestionan.
Tienden a la diferenciación social. La comunidad aldeana tiene una estructura dual, la utilización de
esos bienes que son de toda la comunidad (pastos, bosques, leña, caza); y una parcelación de las
explotaciones que pertenecen a diferentes linajes, familias que pueden transmitirlas. Este
aprovechamiento individual de la tierra siempre va a marcar una evolución hacia la desigualdad
social.
A parte de esta repoblación a cargo de comunidades aldeanas, empoderadas; se encuentra la
repoblación nobiliar que concede para esa repoblación una serie de privilegios de los que goza el
repoblador. Esta ordenación del territorio se recoge por escrito lo que se conoce como Carta de
Población (carta puebla). En esta carta de población se recogen aspectos limitados a la organización
de la aldea, fija el margen de aprovechamiento y las carpas que tienen los aldeanos, fija materias de
orden público, aspectos del gobierno de la comunidad…Está carta puebla o carta de franquicias no
superan el círculo de sujeción y de servicio señorial. Son ordenamientos, normas de tipo local
básicamente referido a las formas de aprovechamiento del espacio agravio y las relaciones que
mantienen con el señor.
El fuero como excepción al orden feudal y expresión del renacer de la vida urbana y el
comercio.
Frente a la carta de franquicia, el derecho del fuero crea alguna norma que supera el orden feudal. A
parte y al igual de las cartas de franquicias (hasta la edad moderna) el fuero es un fenómeno limitado
temporalmente a la edad media (S. XVII-S. XVIII). El fuero recoge un derecho que ya existen,
derechos preexistentes que interesan para proteger una serie de poblaciones y que interesan para
hacerlas libres de la sujeción señorial. Estos derechos son legitimados con el monarca, calificada
como soberana. Agrupaciones que no depende del orden feudal y alcanzar un dinamismo económico
orientado a la industria y el comercio. Población no militar, burgueses.
El fuero responde a una idea totalmente extinta. Es consecuencia de esa expansión socioeconómica
visible a lo largo del S X en toda Europa occidental, consecuencia de esa cristalización de ese modelo
socioeconómico: el feudalismo. Se manifiesta con el cambio de milenio (año 1000). Tiene esa fecha
como elemento de división. Como consecuencia de esta expansión aparece de una manera
característica la promulgación de una serie de ordenamientos destinados a atraer población que se
conocen como fueros. El término fuero significa un derecho, un conjunto de normas, un derecho
privilegiado. Es un conjunto de normas que surgen naturalmente y que son previos a las leyes. El
fuero significa una ordenación del individuo que tiene mayor autoridad que la sanción por parte de
una institución, de una ley determinada. El fuero recoge una normativa preexistente. En la alta edad
media (S XII-XIII) se tiene esa concepción natural del derecho. El derecho son las normas,
costumbres, usos jurídicos que son aceptados por el pueblo y que están en vigor (usos cotidianos).
Como tales son completamente atécnicos(carecen de base científica). El fuero extrae una serie de
normas de este fondo de derecho que existe. Lo característico del fuero es que se intentan ver
reconocidas una serie de normas destinadas a atraer población y conseguir que esa población se
organice de manera autónoma. Para atraer población dependerá del territorio(fronterizo), de las
cultivaciones y habla diversos mecanismos. Nos interesan los fueros que intentan atraer población de
tipo burgués (personas que habitan en ciudades, dedicadas a la artesanía, comerciantes (comercio a
larga distancia, profesional) que van a provenir de otros territorios. Provenientes de Francia, Jaca)
Van a crear riqueza.
Esta población es una población pacífica (no tiene conocimientos militares ni tiene una capacidad
física poderosa, evitan los conflictos (Ordalía: pelea con otro litigante) Les interesa ver protegida sus
propiedades privadas, les interesa no tener cargas o gravámenes excesivos, les interesa que haya una
serie de normas que regulen esa actividad comercial (medidas fijas, soluciones a los litigios).
Son individuos que constituyen profesiones, un grupo social con ciertas especialidades para su
funcionamiento, por lo tanto, precisan la idea de organizarse para resolver las necesidades de la
actividad a la que se dedican.
NORMAS DENTRO DEL FUERO: Inmunidad individual(no tener que enfrentarte en un
litigio),franquicias de tipo tributario(se les reconoce un límite a las tasas ,tienen excepción con
respecto al dominio señorial(dependen de la autoridad real directamente(se prohíbe la presencia de la
ciudadanía eclesiástica y la presencia de la iglesia en Jaca),hay determinadas normas destinadas a
proteger la seguridad dentro de la ciudad, prohibición de desafíos, eliminación de la venganza
privada, penalización grave de cualquier acto violento(homicidio o violencia corporal),protección del
domicilio, normas frente al robo y la autonomía en materia de administración de justicia que se va a
hacer por jueces que son elegidos de entre los vecinos de la ciudad. Son estos jueces los que ejercen la
jurisdicción, teniendo una jurisdicción especial dentro de la ciudad.
Uno de estos casos es el que corresponde al otorgamiento de un pueblo a la villa de Jaca. Este fuero se
concede en el año 1076/1077.Corresponde a Sancho Ramírez. "Quiero crear una ciudad en mi villa
llamada Jaca”. Documento de concesión: "anula todos los malos fueros que han tenido y concedo y
ratificó los buenos fueros que me habéis pedido para que mi ciudad sea populosa.”
Con el tiempo va matizándose y se termina creando un fuero completo, que ordena todo un territorio
más amplio. En el S XI en Pamplona, San Sebastián y Aragón (Sahagon:1085), Logroño (1095) se
crean fueros en esas ciudades.
TEMA 6. Los ordenamientos jurídicos nacionales.
El derecho de la alta edad media y las nuevas necesidades normativas
Aparece de forma tardía (posterior al siglo XII) porque los textos anteriores a esta época han
desaparecido. Hemos visto que en la alta edad media con anterioridad al S XIII (momento en el que se
formulan las reglas objetivas de derecho), las disputas, los resultados a la hora de discutir el derecho
se basan en criterios subjetivos. No hay reglas objetivas (no tienen mayor carga de justicia o de
equidad) sino que los criterios son subjetivos. El derecho se concibe como un compromiso, una
elección justa entre diferentes soluciones posibles. Los tribunales(árbitros)deciden de acuerdo a los
sentimientos, las situaciones de las personas implícitas en el litigio. Hay aspectos como el orgullo, el
honor, la vergüenza que se tienen en consideración. Hay dos formas de resolver conflictos: mediante
la violencia (es legítima en la edad media para obtener el respeto a los derechos propios, a los
privilegios personales. Existe esa idea de defensa partículas del privilegio de cada uno.
VENGANZA DE SANGRE: el derecho autoriza esta venganza (delitos corporales). Cuando se
delinque el que ha cometido el delito está sometido a esa venganza y se verá obligado a llegar a un
acuerdo(composición). Nos sentimos satisfechos si se le hace lo mismo al que ha delinquido
homicidios (pena de muerte) o compensaciones económicas)) o mediante el arbitraje (es la habitual.
Los árbitros (no son jueces, sino que son individuos o grupos dirigidos que son capaces de presionar a
los litigantes para que acepten una solución. La capacidad de influencia depende de su posición social
y su influencia. Su autoridad es discrecional es decir no hay técnicos ni precedentes fijos y su decisión
es arbitraria.) Normalmente, los conflictos se resuelven por la aceptación de ese acuerdo y por dividir
el objeto de litigio. La práctica es dar a cada uno algo y no hay une regla objetiva salvo la idea de dar
la satisfacción de ambas partes. Este esquema de diferentes instituciones, clases o grupos sociales se
va conformando desde el S. VIII aparecen referencias a la existencia de diferentes estamentos que
componen la sociedad. La idea es que la sociedad de esa época está organizada en tres grupos
sociales: Los grupos superiores (eclesiásticos y los nobles.) La definición de un grupo dirigente,
privilegiado que está separado jurídicamente del resto de la población. Integran estamentos que
constituyen una ocupación estable, permanente, exclusiva que se fundamenta en unas determinadas
funciones sociales. Estas funciones son la función de servir a Dios, el grupo de los oradores y el
estamento dedicado a mantener la seguridad y a combatir, que son los militares (belatores). A parte
existe un tercer estamento que es el del burgo (burgus) que más tarde será sustituido por
laboratores(trabajadores). Este es el modelo por el que se estructura la sociedad medieval. Los
laboratores realizan el trabajo mediante actividades físicas.
La definición del orden estamental es común a todo occidente. El término que utilizamos es el
estamento, pero también se utiliza el término de estados (etat). Esta noción está recogida por un autor
conocido, un noble que pertenecía a la nobleza castellana (Reino de León y Castilla en aquella época).
Juan Manuel y su obra “Libro de los Estados", todos sus estamentos se cierran en tres: defensores,
oradores y labradores. Es concepto se proyecta para componer toda la sociedad. Dentro de cada
estamento hay otras organizaciones. Se extiende con el de los labradores y dice que dentro de este
estamento se encuentran los burgueses, mercaderes, tenderos, sastres, orfebres, carpinteros. La idea es
de una composición de la sociedad a base de celdizacion (complicado pasar de un estamento a otro,
transmitida de manera hereditaria.)
Las características del orden estamental: El estamento o estado supone una agrupación de personas
que están unidas entre sí por unas mismas responsabilidades, una misma función y como
consecuencia de esa función, unas aspiraciones hacia un determinado honor que deriva de la dignidad
que se tiene del ejercicio de esa función o al mismo tiempo del linaje al que se pertenece. Esta idea de
honor social se encuentra regulada por el derecho. Esta idea diferencia la agrupación a la que se es
parte. En su modelo más extremo, rige un modo de vida en base a tu estamento (en el mundo de la
nobleza. No lo distingue las posesiones de bienes, sino que lo distingue la forma de comportarse y su
actitud). Al tiempo, está idea estamental desarrolla otras características que tienden a mantener esa
aspiración del estamento. Es una agrupación anti individualista. Se exige para entrar al estamento y
para progresar en él, una serie de cualidades y para admitir nuevos miembros se hacen una serie de
pruebas que forman espiritualmente a los nuevos integrantes. Cualquier estamento supone una idea de
privilegio. El orden estamental va a precisar para organizarse un derecho que no existía. Para definir
cómo se produce una salida de estamento y para garantizar sobre todo los privilegios de la nobleza y
muchas veces se van a inspirar en un ordenamiento que no era el tradicional. Cuestiones de sucesión,
de participación de la nobleza en la política, sucesión de la propiedad…todas estas cuestiones
necesitan ese nuevo derecho. Hay un tercer estamento no privilegiado. Esta definición del modelo va
unido a un proceso de expansión del modelo económico feudal, se aumenta la producción económica,
se crean nuevas ciudades…Se manifiesta a lo largo de los S.XII y XIII. En la PI se realizó de una
manera extraordinarios con la incorporación de las ciudades. A finales del S. XII, se conoce que en
Inglaterra las rentas obtenidas por el comercio de la lana eran equivalentes a la mitad de la renta de la
economía agraria. Eran significativamente capitalistas ((el comercio constituido la mitad de las
rentas). La lana se exportaba a Flandes (norte de Bélgica). Los corderos se comían. También se
exportaban al norte de Italia donde había una fuerte industria textil. Se desarrolla la manufactura y el
proceso no es el típico industrial. Se desarrolla de una manera importante en Flandes y el Italia,
desarrollando productos a la exportación de productos a largo distancia que supone una gran
importancia. Surge ferias y se desarrolla una legislación comercial, aparecen elementos cada vez más
complejos en el comercio (letras de cambio, préstamos, pagarés …) Aparecen la batalla de personas
como método de resolución de conflictos, se impone el documento de la feria sellada con los
representantes de los comerciantes…El auge urbano impulsado en el S. XIII presenta la garantía de
unos medios que protegen la paz, la seguridad y la nueva mentalidad urbana y pacífica. Surge una
serie nueva de instituciones que van a ser más eficaces y surge también una legitimidad para esas
instituciones que no va a poder mantenerse solo, sino que hay nuevas leyes en base a esta. El
fenómeno principal es la aparición de nuevas ciudades. Constituyen ciudades desvinculadas de
cualquier dependencia jurisdiccional que no fuera la del rey que cada vez más deja de ser un noble
más para personificar una idea (idea de estado) Las villas se presentan separadas, al margen de la
sociedad señorial constituida por señores y campesinos dependientes de esos señores. En el ámbito
local aparecerán también organizaciones de esa comunidad y también en seguida oligarquías que
dirigen esas comunidades urbanas. En el ámbito urbano se va a conformar un nuevo tipo de individuo
que con el tiempo se va a manifestar de manera característica como autónomo e independiente. Se
conforma un habitante contrapuesto a la idea de súbdito, se contrapone la idea de pueblo como
conjunto de ciudadanos soberanos en la cual el conjunto de estos es el elemento que constituye la
cuidad de una manera simple. No hay diferencias entre unos ciudadanos y otros. Basta con la mayoría
cuantitativa, numérica…y va a haber una masticación a la hora de asignar los diferentes cargos de las
instituciones ciudadanas (ponderación de cada grupo social).
Surge el término política, término que es una traducción al latín que solo se produce ahora. Significa
actuar como ciudadano.
Lo mismo sucede con la idea de estado como entidad suprema que agrupa a esa comunidad de
ciudadanos, unión que se conforma como la suma de uniones previas de origen natural.
Este estado que va a conformarse ahora, que define a la comunidad suprema de ciudadanos, es una
entidad civil de origen natural y de este modo se encuentra desvinculado de la legislación divina. Está
designada a regular aspectos como la propiedad, la organización de la vida pública se adapta a cada
comunidad (implica la aceptación de relatividad) y no tiene por qué adecuarse a una determinada fe.
Actúa como un instrumento dotado de relatividad. Aparece la idea de la responsabilidad del gobierno
del estado dado que la función de este gobierno tiene un carácter instrumental (actuar en base a la ley
de ese estado). Aparece la idea de soberanía bastante parecida a la que tenemos actualmente, una idea
que aparece limitada por una serie de fronteras donde ese estado como entidad superior a través de sus
oficiales que nombra tiene poder absoluto. La idea comenzó siendo en el S. XIII, un asunto
jurisdiccional. La idea comienza ene que no se puede recurrir una sentencia por parte del rey a ningún
otro tribunal. De ahí deriva la noción de que las leyes de un estado son absolutas, definitivas dentro de
su ámbito territorial. El ejercicio de poder público estaba territorialmente limitado. Todos estos
aspectos precisan la aparición de un derecho nuevo que se corresponde con un fenómeno de impulso
de la vida de las ciudades. Se va a precisar de un cultivo especializado del derecho a partir de un
método objetivo(científico). La base para establecer ese método la van a encontrar los universitarios
que en una nueva lectura de conceptos de derecho que se habían olvidado. Manuscritos que depuran y
consiguen comprender en los que hay conceptos de derecho romano postclásico (fijado en el código
Corpus Iuris Civilis, el Digesto).
El renacimiento intelectual de la Edad Media y la creación de las universidades
Hablamos del renacimiento medieval iniciado en el S. XII S. XIII. Hay una revolución cultural.
Renacimientos humanísticos XV/S XVI.
Este renacimiento intelectual que ocasiona la aparición de las universidades se corresponde con ese
fenómeno de impulso de la vida en las ciudades que es consecuencia de la consolidación del modelo
productivo y la expansión económica y demográfica. Se va a corresponder con el auge urbano y la
revitalización de la actividad económica. Van a surgir las soluciones que van a permitir ordenar las
nuevas situaciones que se presentan. Existe la necesidad de crear instituciones entre todos los ámbitos,
existe un interés por las nuevas actividades y existe la voluntad de crear instituciones jurídicas que
precisan para desarrollarse de una elaboración teórica inexistente hasta ese momento. A partir del S.
XII surgen en las ciudades nuevas escuelas dedicadas a divulgar el conocimiento y a ampliar las
materias, el ámbito de estudio. Hasta Entonces el saber estaba conservado en escuelas monásticas
donde se reproduce, se transmite el conocimiento que se ha conseguido mantener. La imagen que se
puede tener es la de un monje encerrado en un monasterio sin contacto con el mundo que se dedica a
copiar y escribir textos en los que apenas anota nada (alguna explicación), pero la idea es conservar el
conocimiento. A partir del S. XII en Europa, se van a fundar en las ciudades más dinámicas los
estudios generales (studia generalia): las universidades. El estudio general es el lugar donde se daban
las clases y donde se reunía la universidad que formaban los profesores y el alumnado(pueblo). En las
universidades aparecen profesores, la mayoría clérigos (relación religiosa o eclesiástica), están en
contacto con el mundo, viven en las ciudades.
Profesores y estudiantes se desplazan de un lugar a otro buscando las mejores universidades donde
aprender.
Aparece un tipo de individuo nuevo que es este estudiante, este clérigo en muchas ocasiones que se
encuentra durante un periodo de tiempo, alejado de ese rígido orden, alejado de la iglesia oficial, de la
familia y los gremios, y alejado de las esferas rígidas que estructuran el orden nobiliar. Reciben el
nombre de goliardos, teniendo un carácter marginal. Tienen también un modelo de comportamiento
más libertino, aventurero, una postura crítica respecto a la vida y también una crítica espiritual. El
renacimiento conlleva movimientos críticos generados por este tipo de personas y que proyecta una
superación del modelo anterior en el ámbito intelectual. Amantes del juego las letras, se trata de
profesores, estudiantes que buscan los mejores maestros…Son personas que quieren órdenes menores.
En definitiva, una ruptura del orden social de la edad media.
En las universidades se estudian de manera constante una serie de materias que constituyen la base de
la que uno se puede especializar. Estas materias se dividen en dos grupos:
1. Trívium (hacía referencia a las materias más tradicionales: gramática (reglas de escritura), la
retórica (arte de saber convencer en una conversación) y la dialéctica o lógica (método para
descubrir la veracidad y falsedad de los argumentos de una conversación).
2. Cuadrivium(Está compuesto por una serie de materias novedosas: asuntos de ciencias. La
aritmética, la geometría, la música (se entendía como un estudio con una base matemática) y
la astronomía (creían en losastros, conjunciones astros, conjunciones de elementos
pertenecientes a la esfera celeste).
Ambos se conocen como las 7 artes liberales, porque son vistos en artes de la palabra,
ocupaciones de los números que permiten aquellos que los dominan poder dedicarse a
profesiones que los liberan de las artes mecánicas.
Los servicios especialización que en primer lugar van a tener como objeto fuentes ya
conocidas. Textos de medicina, poéticos, literarios, jurídicos…Aparece el interés por
comprender mejor esas fuentes, por explicarlas, por depurar los textos. A través de su estudio
obtener nuevas conclusiones en todos los ámbitos. Se va a seguir un mismo método que
consistía en proponer una cuestión apoyada en un texto normalmente. Se hace la lectura de
ese texto, se explica e ilustra por parte del profesor y la originalidad del método es el
momento en el que se exponen puntos de vista diferentes, diferentes opiniones, soluciones,
conclusiones de manera común por todos (profesores, doctrina) y por último se realizaba una
conclusión de todo ello normalmente dando entrada a las preguntas y llévanos a los
estudiantes a hacer esa conclusión. Los estudiantes se sentaban en pupitres donde escribían
sobre papel (paso del pergamino al papel) con la pluma. Los alumnos copiaban estas
explicaciones sentadas en una cátedra.
La consolidación del derecho tradicional y los procesos de creación doctrinal del derecho.
La base para el cultivo de derecho se va a establecer a partir de la interpretación y la reelaboración del
antiguo derecho romano. Un conjunto de leyes, escritos de juristas que se mandó ordenar en el siglo
vi. Esas fuentes del s vi son las que ahora van a ser el objeto de estudio y también se van a reordenar,
fijan y reconstruir, van a servir para formular teorías. Sucede porque hay una necesidad para encontrar
soluciones para las disputas, los asuntos privados y los negocios que den lugar a reglas fijas. Se acude
a textos anteriores, procedentes de la época romana (INSTITUCIONES DE GAYO).
Sobre el estudio de este derecho se va a formar una clase de juristas técnicos. Van a ser a principio
pocos los estudiantes de derecho y van a ser los que ocupan las posiciones letradas (Cancilleres, portar
documentos, ministros, secretarios, jueces, componentes de la Corte el rey, notarios, escribanos…) A
la hora de actuar aplican los principios que han estudiado. El derecho es el mismo en todas las
universidades europeas, siguen un mismo programa de derecho. Por ello recibe el nombre de derecho
común (IUS COMMUNE). Las instituciones de esa sociedad van a ser ejercidas por profesionales
dedicados a ello.
El estudio del derecho romano constituye un aspecto técnico, pero también tiene una trascendencia
política clara, enfocada en cuales son las fuentes para crear el derecho y como se va a crear el
derecho. El primer ordenamiento que se sistematiza a partir de los conocimientos del derecho es el
que se corresponde con la Iglesia católica. La Iglesia constituye la mayor autoridad y el mayor
registro normativo. Se hace necesario llevar a una organización del material normativo de la Iglesia.
El periodo comienza con los estudios del derecho en Bolonia en el año 1125.En el año 1140 ya se está
ordenando la normativa canónica y el proceso continúa hasta que se reordena en el S. XIII. En el S.
XIII se fijan una serie de ordenamientos en occidente (todo occidente es cristiano). Se lleva a cabo un
proceso de organización en distintos reinos de Occidente como en Sajonia, partes del norte de Francia,
Sicilia, Castilla, Aragón...Para explicarla utilizaremos el proceso aragones.Se recurre a la depuración
de los textos que existen en ese territorio, que circulan en ese territorio. En Aragón se trata de un
derecho amplio que se había desarrollado en la ciudad de Jaca (fuero de Jaca) vigente en toda la
comunidad. Fuero particular creado en base a la costumbre. En Aragón se fijan los fueros que van a
ser sancionados, aprobados mediante cortes. Están basados en el derecho tradicional. Se conoce como
el Código de Huesca. Recoge Huesca. Recoge el derecho tradicional del reino seccionado en 9 libros
con una sistemática bastante rudimentaria. Se aprueba en Cortes celebrada en la ciudad de Huesca en
la época de Jaime I. El obispo Vidal de Canellas, consejero del rey y estudiante en la universidad de
Bolonia. No se recoge normativa política ya que el rey no tiene interés en sancionar una serie de
privilegios. Los juristas hacen una serie de interpretaciones sobre el derecho internacional llamada
observancias. El derecho tradicional se intenta fijar con mayor o menor desarrollo en base a unos
textos basados en el derecho romano en mayor o menor extensión. Según la normativa que prevalezca
puede haber una forma u otra de organización política en el territorio: El modelo pactista tradicional o
una mayor capacidad normativa por parte del monarca.
****(La sociedad moderna se caracteriza por el capitalismo) ****
Fuero real, en el que se intenta generalizar. Texto normativo general a ese territorio comprendido
desde Vizcaya hasta Sevilla. Texto que con posterioridad hay una legislación en forma de ordenanzas.
En Aragón se fijan en ese mismo periodo los Fueros de Aragón, a los que se unen luego las reuniones
en estos fueros: con condiciones más complejas que antes con el modelo pactista, más
centralizado...las mayorías en estas reuniones. En esta normativa se trata de casos concretos y junto a
esta normativa S XIII/XIV se elaboran una serie de textos intentan introducir cuerpos de derecho
organizados, como por ejemplo las 7 PARTIDAS en Castilla.
En Aragón se desarrolla un cuerpo de doctrina que interpreta unos fueros y a partir de esa
interpretación se crean a lo que llamamos observancias en el caso de Castilla y Aragón. Tienen un
carácter más de práctica judicial que de fuente creadora del derecho.
PARTE 4. LA MODERNIDAD: CRISIS DE LA FORMACION FEUDAL Y
TRANSFORMACIÓN DEL DERECHO
TEMA 7. La idea de Modernidad y el pensamiento racional.
Crisis de valores y cambio de perspectiva cultural
Se corresponde con el momento cultural que se inicia a finales del S XV. (ÉPOCA MODERNA). La
época moderna se corresponde desde el S XV hasta la actualidad (con la contemporaneidad que es el
S XXI). Desde finales del siglo XX, una serie de filósofos, una idea de postmodernidad. La idea de
modernidad significa una idea de progreso indefinido del ser humano, de la civilización, de la
humanidad. Esta idea quiebra en el SXX cuando inician los genocidios de judíos en la Guerra
Mundial. Marca a partir de mediados del S XX, la postmodernidad. A finales del S XV, a lo largo del
1400 se presenta una nueva época en la historia de la humanidad. Subsisten múltiples legados
medievales, mantiene elementos anteriores (Ej.: rey, Iglesia). La modernidad en esta nueva época se
caracteriza por la manifestación del individualismo en una proporción desconocida hasta entonces. El
propósito es el de realizar en cada ser humano el ideal de la plenitud de disfrute en la bondad y
belleza, capacidad del hombre. El hombre confía en sí mismo para alcanzar ese objetivo.es la
búsqueda de la comprensión de la naturaleza, el estudio del mundo natural y el inicio de toda una serie
de observación, con la idea de adueñarse de toda esa naturaleza. Esto provoca una serie de
descubrimientos científicos y geográficos. Esta idea de recurso a propia razón provoca una separación
de aquel ideal de la Edad Media (morir en vida para vivir en Dios, en la eternidad). De esta idea se
aleja el ideal del hombre. Hay una idea de un Dios más formal para acercarse más al hombre (empieza
a haber un cuestionamiento sobre su relativa existencia). Surgen movimientos de tipo gnósticos, los
que se basan solo en la experiencia propia, prefiere no mortificarse. En la academia llamada
neoplatónica del S V de Florencia, figuraba un lema "Feliz en el presente, no desees dignidades, huye
de los negocios…
El hombre basa la búsqueda del conocimiento en su propia capacidad, en la razón y se opone a las
afirmaciones que ya existen, su observación de la realidad. Descubre que algunas verdades que
ofrecen las religiones no son ciertas. Galileo Galilei (Figura importante de la época relacionada con el
conocimiento)
El renacimiento surge con un mayor vigor en Italia. Desde el S XIV hay familias de comerciantes,
banqueros .... que hacen de mecenas(protectores) a sabios y artistas.Ciudaddes como Venecia, Milán,
Ciudades repletas de humanistas, apasionados de las letras del saber y de las artes. En Italia donde se
instaura el foco principal y del inicio de una revolución científica. Se sitúa en el S XVI y en seguida
se proyecta hacia el norte de Europa. Se innova en una serie de disciplinas a partir de la observación y
el perfeccionamiento de una serie de inventos como el telescopio, la microbiología, el microscopio y
se descubre cada vez más elementos en el espacio (más planetas y estrellas), la fisiología, el estudio
de la naturaleza, la idea del infinito en la astrología y en la física… todo esto da lugar a la creación y
formulación de un mundo matemático,
un mundo ordenado por leyes de tipo físico, matemático. Se produce junto a ello un avance más
práctico: el proceso de divulgación mediante nuevos recursos que llevan el conocimiento a un
conjunto más general de la población. Se extiende la educación universal. Prácticos en cuanto a los
descubrimientos geográficos. El mayor acontecimiento en la historia de la humanidad es que según
Adam Smith (S XVIII) es la incorporación de América a la civilización y el contacto de Europa con
las Indias. Cristóbal Colón, tenía una fuerte conciencia providencialista, se sentía capaz para realizar
esos descubrimientos. Creía que la tierra era completamente redonda, pero al navegar comprueba que
conforma de acerca a la parte central del ecuador que es más ancha, y defiende que en la zona del
Amazonas hay un promontorio. Son medidas de modernización de la sociedad que llegar hasta la
actualidad.
Actividad, mercantil, capitalismo y revolución industrial
Para el economista Adam Smith (1723-1790) es esa interconexión de oriente con Europa y el
descubrimiento de américa. Estos dos acontecimientos se producen en el S XV. En 1488 es la travesía
hacia África. El segundo es la llegada de los españoles a América en 1942.Incorporación de las indias
y tráfico intenso a partir de este momento de oro materias materiales, drogas...el comercio de hace
universal. Las minas de plata de Potosí y unos años después Zacatecas en México, generan plata que
origina un dinamismo económico en toda Europa occidental. Desde el S XVII el capital comercial
europeo alcanza una actuación global. En Asia se obtienen especias y drogas y en África se obtienen
esclavos que se van a utilizar como mano de obra para producir materias primas como el tabaco,
azúcar, algodón…La explotación comercial que realiza la corona de Castilla se realiza en la forma de
monopolio. Los barcos que van a comerciar con América solo pueden salir de Sevilla y deben partir
hacia el Caribe protegidas por naves de guerra para evitar a los piratas. Nunca se consiguió paralizar
la navegación española en el Caribe. Este monopolio funcionó y al final solo hubo una serie de
mercancías que se mantuvieron como exclusivas en su comercio por parte de la corona. El resto de las
mercancías se podían vender (solían venderse en Sevilla). En el S XVIII a causa de su volumen y peso
partían desde Cádiz. El comercio con las indias Occidentales y también con Oriente por arte de otros
estados europeos como Francia, Holanda, Inglaterra, se desarrolla de otra manera. El proceso de
colonización de un territorio se basaba en la colaboración de compañías comerciales, financiadas por
los Estados que tenían el monopolio de explotación de los territorios asignados para proveer a la
metrópoli de productos, actúan con una gran independencia y se orientaban a determinados espacios
como las indias orientales. Hay ejemplos de compañías francesas, inglesas, holandesas…emiten
acciones o valores que se cotizan en las bolsas. Este negocio en bolsas fue destinado al comercio del
producto. Se genera un mundo capitalista cada vez más intenso, basados en ese comercio de materias
primas para producir una serie de elementos de tipo industrial que se intentan colocar en América y
con gran dificultad en Oriente. Esas materias primas en América son producidas con mano de obra
esclava africana. Es la industria que se exporta desde Inglaterra. La industria cambia ya que la
exportación es de bienes de consumo masivo (anteriormente armas y productos de lujo solamente).SE
INICIA YA A FINALES DE S XVII.
Se comienza a transformar el modo de producción (antes se elaboraban manufacturas en talleres con
un maestro, con un régimen estamental). Se sustituye con las fábricas con miles de obreros bajo la
propiedad del capitalista bajo la hegemonía de capataces cuyo objetivo era el capital. La manufactura
en fábricas es cuando se convierte en predominante en el S XIX.
El iusnaturalismo racionalista como base para la transformación del Derecho
Se producen una serie de avances científicos (como el catalejo), y nuevos hallazgos geográficos
(comunidades con las que no se había tenido contacto), y se produce una integración con todas estas
tierras (nueva relación con todo el mundo conocido). Esto produciría una transformación del modo de
organizar el derecho. Dos van a ser los ejes que entran en acción en cuanto a la forma de concebir el
derecho: La naturaleza (Derecho natural) y consideraban al ser humano como la más perfecta creación
de Dios. El humanismo del siglo XV se acerca al derecho justinianeo (CORPUS IURIS CIVILIS
fijado en la edad media) de una forma distinta. Pueblo como el producto imperfecto por que para el
humanista la edad clásica, la Roma clásica tiene que resolver unos cánones que son los que ellos
mismos proyectan. En el derecho sucede algo similar, el derecho es poco romano (no es una
disposición clásica del derecho). Lo conciben como un análisis histórico, algo depurable y que debe
ser analizable nuevamente. Esa relativización del valor del derecho justinianeo, junto a eso, los
juristas del humanismo se acercan al estudio de los derechos particulares a cada reino o estado. Estas
fuentes o corpus de derecho son fuentes de estudio por parte de los juristas. El más interesante es la
aparición de la Escuela de Derecho Natural. El descubrimiento del nuevo continente se produce
ahora (Siglo XV, Cristóbal Colón y los indios). Se suscita una cuestión acerca del derecho que va a
dominar estos nuevos pueblos, derecho para obligar a esas personas que son libres. Hay una serie de
polémicas y se genera una nueva normativa. Este contexto plantea la idea de un nuevo derecho.
Surgen cuestiones en Europa en base a este derecho con la entrada de derechos esenciales para todas
las sociedades, la razón y el pensamiento entra de lleno en estas cuestiones, el hombre debe saber
distinguir entre lo bueno y lo malo, la libertad de circulación y navegación y comercio debe ser
aceptada por todas las comunidades…En base a estas cuestiones se crean una serie de leyes que sirven
de base para un derecho positivo previo. Entra en cuestión lo que llamamos el Derecho Natural,
producto de la razón y del pensamiento lógico basado en un método (forma de razonar en base a una
serie de propuestas de la que se obtienen diferentes principios). Son una serie de leyes fijas y se
desarrolla de manera separada de cualquier forma de fundamento religioso. En el S XVIII tenemos
LA ILUSTRACIÓN. Son unas directrices que en base a estas se va formando un sistema completo
que es capaz de regular todo tipo de instituciones.