ET Balanza
ET Balanza
ET Balanza
I. DENOMINACION DE LA ADQUISICION:
Adquisición de balanza electrónica con capacidad de 500 kg.
II. FINALIDAD PUBLICA:
El presente, tiene como finalidad la Adquisición de balanza electrónica con capacidad de 500 kg.
III. ANTECEDENTES
Decreto Legislativo N°1440 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto
Público.
Ley N°31638 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2023
Ley Orgánica de Municipalidades N°27972
IV. OBJETIVO DE LA CONTRATACION:
Esta adquisición tiene como objetivo Adquisición de balanza electrónica con capacidad de 500
kg.
V. ALCANCES Y DESCRIPCION DE LOS BIENES A CONTRATAR
V.1.Características y Condiciones:
ITEM DESCRIPCIÓN CANTIDAD UNIDAD DE MEDIDA
1 BALANZA ELECTRONICA DE 500 1 UNIDAD
KG
2 UNIDAD
V.2.Condiciones de Operación
V.3.:
NO APLICA
V.4.Normas técnicas:
NO APLICA
V.5.Requisitos del proveedor:
Persona natural y/o jurídica
Contar con CCI
Contar con RUC activo y habido
Contar con RNP (si supera el moto de una UIT)
V.6.Lugar y Plazo de ejecución de la prestación:
Plazo: 10 días calendarios, contados a partir del día siguiente de la recepción de la O/C
Lugar: en el almacén Central de la Municipalidad Distrital de Pilcomayo en el Jr. Libertad
N°190 Plaza principal del Distrito de Pilcomayo – Provincia de Huancayo – Departamento
de Junín.
V.7.Forma de pago:
El pago se realizara una vez entregado el bien, previa recepción de almacén central,
remisión de comprobante de pago y conformidad del área usuaria.
V.8.Otras penalidades aplicables:
Penalidad por mora en la ejecución de la prestación:
En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del
contrato, la entidad le aplica automáticamente y se calcula de acuerdo a la siguiente
formula:
Penalidad diaria:0.10 x monto
F X plazo en días donde F tiene los siguientes valores:
a) Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días para bienes, servicios en
general, consultorías y ejecución de obras: F=0.40
b) Para plazos mayores a sesenta (60) días
Para bienes, servicios y consultorías: F=0.25
Para obras: F=0.15
Tanto el monto como el plazo se refieren, según correspondan a la ejecución
total de servicio o a la obligación parcial de ser el caso que fuera materia de
retraso.
Se considera justificado el retraso cuando el contratista acredite de modo
objetivamente sustentado que el mayor tiempo transcurrido no le resulta
imputable.
Esta calificación del retraso como justificado no da lugar al pago de gastos
generales de ningún tipo.