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Panorama de La Psicologia Juridica y Forense en Mexico

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REVISTA DE PSICOLOGÍA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO

VOLUMEN 12, NÚMERO 33, FASCÍCULO 2, julio-diciembre 2023 / ISSN: 2007-7149


PANORAMA DE LA PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE EN MÉXICO
Luz Adriana Arellano Gutiérrez, María Elena Rivera Heredia.

PANORAMA DE LA PSICOLOGÍA JURÍDICA


Y FORENSE EN MÉXICO
OVERVIEW OF LEGAL AND FORENSIC PSHYCHOLOGY IN MEXICO.

Luz Adriana Arellano Gutiérrez*, María Elena Rivera Heredia**

Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo* Universidad Nacional Autónoma de México**

Correspondencia: luz.adriana.arellano@gmail.com

RESUMEN
La Psicología Jurídica y Forense en México es una disciplina relativamente
joven que se ha desarrollado de manera veloz en los últimos años guiándose
del sólido avance de otros países que le anteceden con varias décadas.
Sin embargo, existen particularidades en el sistema de justicia mexicano
y en la propia cultura que exigen un desenvolvimiento propio, pertinente
y adecuado a las necesidades y el contexto. Por esto, el presente artículo
tiene como objetivo brindar un panorama general de la Psicología Jurídica
y Forense en México que contemple la introducción histórica de este
campo de estudio a nivel internacional y nacional, la exposición de los
desafíos que la disciplina enfrenta en nuestro país, además de presentar a
algunos de los investigadores e investigadoras destacados en el área. Se
identifican como retos: a) la formación en trabajo multidisciplinario; b)
la reforma de justicia penal en México que exige mayores habilidades y
destrezas en la práctica profesional; c) la especialización en la disciplina
como requisito para la acreditación del ejercicio forense; d) la oferta

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de programas académicos de calidad; e) la producción científica y la


elaboración de guías de buenas prácticas en Psicología Forense en México.
Palabras clave: Psicología jurídica, Psicología forense, Criminología.

ABSTRACT
Legal and Forensic Psychology in Mexico is a fairly young discipline
that has developed rapidly in recent years, guided by the solid progress
of other countries that precede it by several decades. However, there
are peculiarities in the Mexican justice system and in the culture itself
that require a self-development, relevant and appropriate to the needs
and context. For this reason, this article aims to provide an overview of
Legal and Forensic Psychology in Mexico that contemplates the historical
introduction of this field of study at the international and national level,
the exposure of the challenges that the discipline faces in our country, in
addition to presenting some of the outstanding researchers in the area.
The following challenges are identified: a) training in multidisciplinary
work; b) the criminal justice reform in Mexico that require greater abilities
and skills in professional practice; c) specialization in the discipline as a
requirement for the accreditation of the forensic practice; d) the offer of
quality academic programs; e) the scientific production and the elaboration
of good practice guides in Forensic Psychology in Mexico.
Keywords: Legal Psychology, Forensic Psychology, Criminology.

La Psicología Jurídica y Forense ha pasado por diferentes fases a lo largo


de su breve historia en México hasta llegar a nuestros días, convirtiéndose
en una disciplina en consolidación dentro de la psicología y vinculada al
derecho en múltiples procesos legales (Gonzáles-Salá et al., 2018).

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El término Psicología Forense (Forensic Psychology) es comúnmente


utilizado en los países angloparlantes (Morales y García, 2017) y de acuerdo
con la Sociedad Británica de Psicología (2020), se refiere a la aplicación de
la psicología al sistema legal para crear comunidades más seguras y para
orientar a la gente a encontrar caminos que le alejen del comportamiento
criminal. Asimismo, la Asociación Americana de Psicología (APA), cuenta
con la División número 41 llamada American Psychology-Law Society,
en la cual se conjuntan los investigadores e investigadoras que estudian
las contribuciones de la psicología a la comprensión del derecho, las
instituciones jurídicas, la educación de los psicólogos en asuntos legales,
así como la formación de los abogados en asuntos psicológicos; en síntesis,
esta división se enfoca en la aplicación de la psicología en el sistema legal
y define a la psicología forense como: una especialidad en psicología
profesional caracterizada por actividades primordialmente destinadas a
proporcionar experticia psicológica dentro de los ámbitos judicial y legal
(Asociación Americana de Psicología 2020).

Las organizaciones anteriormente mencionadas consideran como áreas de


desempeño los centros penitenciarios, los tribunales, la práctica clínica,
el trabajo con víctimas, las políticas públicas, la investigación científica,
el ámbito policial, la enseñanza, la investigación del delito, la evaluación
psicológica, entre otras.

Por otra parte, en países de habla castellana suele emplearse el concepto


de Psicología Jurídica como área general y se le diferencia de subáreas
como la Psicología Criminológica o la Forense. De esta forma, el término
forense, en España y América Latina, está limitado a las funciones de
evaluación con valor probatorio. Sin embargo, es frecuente encontrarse

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en la literatura científica internacional la aplicación de ambos términos de


manera indistinta (Bartol y Bartol, 2005).

En este sentido, Carolina Gutiérrez (2010) hizo énfasis en las dificultades


epistemológicas, teóricas y metodológicas que conlleva la inexistencia de
un consenso sobre la definición de Psicología Jurídica afirmando que ello
puede debilitar el estatus de ciencia. Después de haber realizado un extenso
análisis de las mencionadas dificultades, propuso la siguiente definición:
Es un área especializada, básica y aplicada de la Psicología Científica,
que investiga e interviene sobre el comportamiento humano que alcanza
implicaciones jurídicas. Esta área propende por la defensa de los derechos
humanos, la salud mental y el impacto de éstas en la sociedad, con el fin de
alcanzar y humanizar la justicia. (p. 233)

El propósito del presente artículo es brindar un panorama general de la


Psicología Jurídica y Forense en México que incluye la introducción
histórica de la disciplina a nivel internacional y nacional, así como la
exposición de los retos que la disciplina enfrenta en este país en función del
estado del arte de la misma en México. De esta manera, se espera brindar
a las y los lectores una perspectiva del estado del arte de la reciente pero
pujante disciplina, y una reflexión de los objetivos abordados. También,
se espera que este artículo contribuya a uno de los principales retos de la
disciplina en México, que es la producción de textos científicos en este
campo.

INICIOS DE LA PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE


Si bien, la disciplina se considera reciente, el término Psicología Forense
aparece en distintas publicaciones con anterioridad al siglo XX. De
hecho, los primeros acontecimientos históricos que tienen relación con

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la intervención del psicólogo en el contexto legal y que facilitaron el


establecimiento de un nuevo campo de investigación, se remontan a los
últimos años del siglo XVI, en Europa (Gudjonsson y Haward, 2016).
A finales del siglo XVIII, se documentaron publicaciones relacionadas
con aspectos psicológicos de la delincuencia (Kury, 1997). De hecho, un
estudio sobre Psicología del Testimonio en los interrogatorios judiciales,
identificado como el primer experimento, fue realizado por Cattell (1860-
1944) en la Universidad de Columbia en EE. UU., inaugurando una nueva
línea de investigación, la cual tuvo continuidad en las contribuciones de
William Stern y Alfred Binet (Bartol y Bartol, 2005). En este sentido,
Magner (1991) señaló que la consideración de “padre de la Psicología
Jurídica” se le otorgó a Hugo Münsterberg por su obra “On the witness
stand”, por lo que se suele citar como el inicio de la moderna Psicología
Jurídica (Novo et al., 2003).

Durante los años 50 y 60, se fue consolidando la Psicología Forense,


así como la figura del perito experto con sus primeras intervenciones en
los tribunales. Por ejemplo, el emblemático caso de Jenkins contra los
Estados Unidos de América (Jenkins vs. United States) en el que, en su
juicio original, se consideró la existencia de locura después de que el
acusado Vincent E. Jenkins cometió una agresión sexual; los psicólogos
proporcionaron evidencia que demostraba que el acusado estaba teniendo
un episodio psicótico en el momento del ataque. Pero, el tribunal de
primera instancia no permitió el aporte de los psicólogos, y dictaminó
que no podían testificar sobre enfermedades mentales porque carecían de
capacitación médica. Sin embargo, ante la inconformidad de la resolución,
el Tribunal de Apelaciones del Distrito de Columbia, Estados Unidos,
recibió el primer amicus curiae, o “amigo del tribunal”, que consistió en un
informe de la APA. En él, la Asociación proporcionó evidencia de que los

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psicólogos tienen la educación y la capacitación para evaluar y diagnosticar


adecuadamente las enfermedades mentales, y el Tribunal de Apelaciones
del Distrito de Columbia estuvo de acuerdo. A partir de entonces, los
psicólogos tuvieron la aprobación que necesitaban para testificar sobre
enfermedades mentales en casos penales (De Angelis, 2020).
Más delante, los años 70 se caracterizaron por un aumento de los trabajos
de investigación tanto empíricos como teóricos sobre la Psicología del
Testimonio, o la Psicología de los testigos presenciales. Al respecto,
Elizabeth Loftus (1979) escribió Eyewitness Testimony, un emblemático
texto sobre los procesos psicológicos involucrados en el testimonio desde
un pensamiento crítico y científico. En la misma década, en el Reino
Unido se creó la División de Criminología y Psicología Legal dentro de la
British Psychological Society en 1977 (actualmente Forensic Psychology)
en el King’s College London (Kapardis, 2014). Por otra parte, en España el
Colegio Oficial de Abogados de Barcelona creó el Anuario de Sociología
y Psicología Jurídica, dirigida por Luis Muñoz Sabaté. Dicha revista dio
pie a la posterior publicación, Introducción a la Psicología Jurídica, en
1980. En dicho momento, los tres grandes intentos de aplicación de la
Psicología al Derecho consistían en la prueba testifical, la criminología
y al proceso de elaboración de sentencia por los jueces (Muñoz Sabaté,
1980). Posteriormente, hasta el 2001, la APA reconoció a esta área de la
Psicología oficialmente.

Ya de manera más específica, en México se tienen notas históricas de


antecedentes de la Psicología Forense y Criminológica, tanto durante la
época colonial, como en el Porfiriato. Los discursos de la criminología, el
derecho penal, la antropología, la psiquiatría y la psicología se desarrollaron
en México en dicho periodo y coinciden en asuntos de responsabilidad legal
de los alienados, además de las causas y remedios para la delincuencia. En

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1775, se llevó a cabo la primera pericial psiquiátrica, en la que un paciente


fue examinado sucesivamente por tres médicos, quienes dictaminaron que
presentaba una opresión en su sistema de nervios, en el que se encontraba
dañada su imaginación; otro de los examinadores no halló alteración; y el
tercero, diagnosticó un grado de demencia. Se sabe que la función del perito
se desarrolló desde mucho tiempo atrás y aunque no existía la denominación
como tal, en un principio se relacionaba directamente con la medicina y
posteriormente, con el ámbito forense. Los médicos incursionaron en los
peritajes acerca de las psicopatologías de los delincuentes y después de la
Reforma, algunos se especializaron en el tratamiento de enfermos mentales
recluidos en los hospitales psiquiátricos (Álvarez, 2010).
En México, el campo de la Psicología Jurídica y Forense no ha encontrado
aún la plenitud de su desarrollo en este país y, por lo tanto, su evolución está
dando sus primeros, aunque firmes pasos, lo que se ha visto favorecido por
el hecho de que la figura del psicólogo se requiere con mayor frecuencia
como perito o experto en los juicios civiles y penales, y más recientemente,
en los laborales (Dzib y Godoy, 2017). Por otra parte, la opinión pública
ha tomado mayor conciencia de las distintas funciones que un psicólogo
puede realizar dentro del marco legal.

Del 2010 en adelante, los seminarios, congresos y diversos medios de


difusión de información y actualización sobre la Psicología Jurídica
y Forense comenzaron a tomar fuerza y fue hasta entonces cuando se
empezó a considerar de manera más formal esta disciplina (García y
Morales, 2017). Actualmente, existe una mayor proliferación de dicha
difusión e incluso existen Instituciones dedicadas a esta disciplina, como la
Asociación Nacional de Psicología Jurídica de México, la cual es presidida
por la Doctora María Cristina Pérez Agüero.

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Entonces, existen retos de la disciplina que se derivan tanto de lo reciente


que es su surgimiento en este país, como de las particularidades del sistema
de justicia mexicano, las cuales, exigen mayores habilidades y destrezas.

RETOS DE LA DISCIPLINA EN MÉXICO


Uno de los retos de la Psicología Jurídica y Forense, se encuentra enfocado
en la relevancia de la formación de psicólogos y psicólogas forenses en
el trabajo multidisciplinario e interdisciplinario, dada la importancia
que tiene el trabajo de dichos profesionistas en otras disciplinas. La
formulación forense debe estar sustentada en los avances de las diferentes
áreas y campos de conocimiento que interactúan en el estudio científico
del comportamiento humano, y particularmente en las investigaciones
realizadas en Psicología Jurídica y Forense, provenientes como por
ejemplo, del trabajo social, psiquiatría, medicina legal, criminología,
criminalística, los estudios de género y evidentemente, el derecho, ya que
el hecho de que las disciplinas trabajen juntas no significa que éstas pierdan
independencia, sino que se enriquecen mutuamente y se posibilita de esta
forma un mayor desarrollo de las mismas (García et al., 2008), pudiendo
incluso acercarse a la creación de nuevos campos de conocimiento de
carácter transdisciplinar.

Para ejemplificar lo anterior, en el ámbito académico, Clatch y


sus colaboradores (2020), encontraron que los equipos de autores
interdisciplinarios de psicología y derecho producen publicaciones que
muestran una integración más transversal en los métodos que aquellos
de una sola disciplina, también divulgan con mayor fusión y obtienen
más citaciones que solo los grupos conformados por juristas o solo por
psicólogos. Se presume que las probabilidades de descubrir nuevos
conocimientos son mayores cuando hay una interacción sustancial entre

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dos campos y los expertos se sumergen y se involucran en las teorías y


métodos de sus respectivos campos de especialización.

Otro de los desafíos se deriva de la reforma del sistema de justicia penal


en el país. Tal como ocurrió en Europa continental, en las últimas décadas,
ha predominado una tendencia en América Latina hacia la activación de la
justicia oral en materia penal, lo que comúnmente se conoce como juicios
orales, en sustitución del sistema tradicional, el cual se llevaba a cabo
totalmente por escrito. En el sistema actual, prevalece la intervención oral
de las partes a lo largo de las diversas etapas que contiene el proceso.
Este cambio en el proceso dio inicio de manera formal en México el 9 de
marzo de 2007, con el objetivo de realizar la implementación por regiones
hasta finalizar con dicho proceso en junio de 2016 (Guillén, 2014). Desde
entonces, se dieron cambios significativos en la elaboración del peritaje
psicológico, así como en el desempeño de las y los psicólogos en funciones
forenses. El principal cambio se dio con el seguimiento de las nuevas
reglas de oralidad y contradicción y aunque el informe escrito no cambió
en esencia, este debe acompañarse de una disertación oral para alcanzar su
pleno valor probatorio.

Por esto, se presume una mayor participación del perito (Dzib y Godoy,
2017; Edens y Bocaccini, 2017) y una mayor destreza en sus habilidades de
oralidad, ya que también éste debe dar contestación a las distintas etapas del
interrogatorio, en las que la técnica del mismo toma relevancia y el tipo de
preguntas permitidas es mayor en cantidad. Incluso, la Psicología Forense
exige un mayor protagonismo para el cual el profesional se encuentra
usualmente poco acostumbrado, debido a que requiere la capacidad de
establecer y describir de manera coherente y concreta, apegado a las
diversas disposiciones legales, las diversas metodologías mediante las

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cuales ha arribado a sus conclusiones, sin vacilar, ni realizar conjeturas


alejadas de la ciencia (Morales, et al., 2017). Todas sus respuestas deben
contener un sustento fáctico, empírico y estar basadas en el estado del
arte de la ciencia de la Psicología Forense, lo cual también manifiesta la
necesidad de desarrollo de habilidades de tipo oral y argumentativo.
Además de lo anteriormente expuesto, se ha destacado la necesidad de
la especialización de los psicólogos que ejercen en el área jurídica y
forense, ya que existen diferencias sustanciales entre el desempeño en esta
disciplina y otras ramas de la psicología, por ejemplo, la Psicología Clínica
(Esbec y Echeburúa, 2016; Gudjonsson y Haward, 2016; Juárez y Álvarez,
2018). Sin embargo, en México, el marco legal que ampara la labor de los
peritos, se encuentra en el Código Nacional de Procedimientos Penales;
la situación legislativa actual permite que cualquier persona con el título
profesional en Psicología pueda realizar un informe psicológico pericial,
al no existir en estos momentos una regulación de la Psicología Jurídica o
Forense en el ámbito jurídico (penal o civil) y a que todavía no se exijan
como imprescindibles, los conocimientos especializados en esta área.

Esto, conlleva consecuencias importantes debido a que la disciplina presenta


dilemas éticos particulares (Arellano y Rivera, 2021) y metodológicos
que es necesario se comprendan desde la formación especializada
debido a que, en el mejor de los casos, un engranaje sólo con el código
ético (del psicólogo) evita solo algunas de las faltas deontológicas en la
práctica de la psicológica forense (Echeburúa, 2011). Empero, la labor en
Psicología Forense implica un riguroso proceso de investigación, como
lo es la evaluación forense siguiendo el método científico, la elaboración
y falsación de hipótesis para concluir la evaluación con solidez y rigor
científico, dando respuesta a la pregunta formulada, además de la posterior
ratificación del informe en la audiencia oral. Todo lo anterior, con el

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compromiso de brindar una opinión técnica apegada a la ciencia, por


medio de una buena práctica sin perder de vista diferentes lineamientos,
códigos y protocolos.

Entonces, una realidad es que en México falta mucho camino por recorrer,
lo cual se evidencia también en la falta de más asignaturas relacionadas
con la Psicología Jurídica y Forense en los programas de estudio, tanto
a nivel de educación superior como en licenciatura. También se requiere
una mayor proliferación de trabajos de investigación publicados en
revistas científicas y de divulgación, así como la presencia de revistas
especializadas en el área, congresos, y especialmente el establecimiento de
unas mejores relaciones entre el Derecho y la Psicología (Jiménez, 2013;
Morales y García, 2010).

En este sentido, la información basada en la evidencia no sólo tiene una


implicación en las buenas prácticas o en la investigación; las políticas
públicas también se benefician de la Psicología Jurídica basada en la
evidencia. De hecho, la división 41 de la APA propone que los estudiantes
entrenados en el estudio de la Psicología y de la ley deben encargarse, entre
otras funciones, de investigar y desarrollar políticas públicas y legales en las
que trabajen tanto abogados como psicólogos. Por ejemplo, recientemente
se aprobó el proyecto de dictamen por el que se reforman artículos en el
Código Penal Federal en materia de prescripción de delitos sexuales en
contra de personas menores de edad, derivado de la información proveída
por la evidencia científica en relación a los efectos de este delito en las
víctimas niñas, niños y adolescentes.

Por lo tanto, una de las lecciones que los psicólogos forenses deben tener
en cuenta respecto a la interdependencia de la Psicología Forense con la

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política, es que los responsables de la formulación de políticas tienen una


importante implicación para dar respuestas a diversos problemas de salud
mental y por lo tanto, la comunidad forense necesita involucrarse en el
estándar de control de los generadores de políticas públicas, proporcionar
suficiente educación, capacitación y oportunidades de experiencia para
ayudar a los forenses a obtener las habilidades necesarias para cumplir con
los estándares que se requieren (Krauss y Sales, 2003).

Por otra parte, los programas de estudios a nivel licenciatura y posgrado que
incluyen a la Psicología Jurídica, Forense o Criminológica como materias
en sus programas de estudio son escasos (ver Universidad Iberoamericana
León, 2021) y aquellos que lo hacen, generalmente las incluyen como
materias optativas (Morales et al, 2017).

En relación con los programas de posgrado, la ausencia de líneas explícitas


de investigación en estos temas dentro de los programas de maestría
(Tabla 1) y doctorado en Psicología contribuye al aún primitivo desarrollo
científico del área, lo cual se ve reflejado en el limitado número de
académicos enfocados específicamente en la Psicología Jurídica, Forense
o Criminológica que existen en el momento actual en México. Morales
y colaboradores (2017) realizaron una exploración de los programas en
posgrado, a la que se agregó un análisis más reciente y se incluyeron otros
programas de estudio adicionales. Además, se investigó la modalidad y el
tipo de programa de cada una de ellas; también, se actualizaron los datos
sobre el número de materias, mismo que se puede apreciar en la Tabla 1.

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Tabla 1. Programas de Maestría en Psicología jurídica, forense y/o


criminológica
Nombre del Sede del Tipo de
Institución # de materias Modalidad
Programa Programa Programa
Claustro Universitario Psicología Chihuahua,
22 Presencial Profesionalizante
de Chihuahua Criminal Chih.
Instituto de Ciencias Psicología
Puebla, Pue. 22 Presencial Profesionalizante
Forenses y Periciales Criminal
Psicología
Instituto Mundial de
Jurídica y León, Gto. 22 Presencial Profesionalizante
Estudios Superiores
Forense
Psicología
Instituto Universitario Córdoba y
Jurídica y 19 Presencial Profesionalizante
Puebla Xalapa, Ver.
Criminología
Instituto Zacatecano de Psicología
Zacatecas, Zac. 32 Presencial Profesionalizante
Estudios Universitarios Criminal
Psicología
Estudios Superiores de Tuxtla No disponible
en el área Presencial Profesionalizante
Tuxtla Gutiérrez, Chis. en red
criminológica
Psicología
Universidad Autónoma con terminal
Mérida, Yuc. 8 Presencial Profesionalizante
de Yucatán en Psicología
Criminológica
Psicología
Universidad del Valle
Forense y CDMX 14 Presencial Profesionalizante
de México
Criminológica

Maestría en
Facultad Libre de Tuxtla
Psicología 24 Presencial Profesionalizante
Derecho de Chiapas Gutiérrez, Chis.
Forense

Maestría en
Consejo Certificador Psicología Aguascalientes,
16 En línea Profesionalizante
Psicología Forense Criminal y Ags.
Forense

Maestría en
Universidad Autónoma
Psicopatología San Luis Potosí 20 Presencial Profesionalizante
de San Luis Potosí
forense

Fuente: adaptado de Morales et al., 2017

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Se destaca que ninguno de los posgrados pertenece al Padrón del Programa


Nacional de Posgrados de Calidad (PNPC) perteneciente al Consejo
Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACyT) y en dicho Padrón,
tampoco figura algún posgrado relativo a la Psicología Jurídica o Forense.
Asimismo, se exploró el carácter de cada posgrado, siendo todos de tipo
profesionalizante, y ninguno de investigación, lo cual influye de manera
importante en el perfil de egreso y por consecuencia, en la incursión en el
ámbito académico y de investigación de los egresados. En este sentido, se
ha expuesto la necesidad del desarrollo de competencias para establecer
contacto con las revistas científicas y conocer el proceso de publicación
en las mismas, ya que, es también una actividad de la cual se nutre la
producción científica, misma que carece especialmente la Psicología
Jurídica y Forense (Rivera-Heredia y Hernández-Hernández, 2014).

Con respecto a grupos de investigación formales, sólo se identificó el


Grupo de Investigación en Psicología Jurídica y Forense que deriva de la
Facultad de Psicología de la Universidad Nacional Autónoma de México,
bajo la dirección de la Dra. María Cristina Pérez Agüero.

Derivada de la exploración realizada por Morales y colaboradores (2017),


así como la propia, se puede evidenciar la escasa oferta en cuanto a materias
y posgrados especializados en el área jurídica y forense. Ello, coincide
con lo expuesto por Pérez et al. (2019), quienes también han subrayado la
falta de cursos, materias, diplomados especializados en el área, así como la
carencia de guías de buenas prácticas que puedan orientar al profesional a
realizar su trabajo de manera científica y lo menos empírica posible.

Lo anterior cobra relevancia debido a que, en el ámbito judicial, el informe


psicológico forense es presentado y valorado bajo el supuesto de que el

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perito cumple los criterios de tener una formación sustentada y dominio


en el uso del método científico, lo cual ha quedado demostrado que no es
frecuente que se cumpla (Heilbrun et al., 2007; Ireland, 2012; Pérez-Sales
et al., 2022) pero que además, se ha evidenciado que influye de manera
significativa en la sentencia judicial (Martínez et al., 2016), debido a que
el experto facilita la profundización y comprensión del tema en cuestión
(Escobar y Granada, 2017; Martínez et al., 2016). Por esto, cuando no se
elabora de manera rigurosa, podría traer consigo una serie de implicaciones
éticas y procesales que repercuten en la vida futura de los involucrados en
cada proceso judicial.

Por todo lo anteriormente expuesto, resulta fundamental que los


profesionales en el contexto forense posean una formación basada en el
pensamiento crítico y científico, que, a través de ella, también puedan
aportar conocimiento a la Psicología Jurídica y Forense, de lo cual carece
en buena medida México, y posiblemente otros países que presenten
circunstancias y fenómenos semejantes.

Asimismo, las guías de buenas prácticas con base en la evidencia, la


observación de principios ético-deontológicos y su operatividad mediante
metodologías actualizadas son necesarias, dado que puede llegar a ser
sumamente perjudicial concluir con base en ignorancia o la intuición en
los casos en los que se interviene en el contexto forense. En cambio, las
guías orientan el quehacer del profesional con el sustento de una práctica
de calidad (Esbec y Echeburúa, 2016). También, se ha demostrado que,
en esta disciplina, los psicólogos enfrentan dilemas éticos particulares y
diferentes a los de otras ramas de la psicología Arellano y Rivera-Heredia
(2021).

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Por otra parte, al momento de brindar testimonio como expertos, también


es frecuente que los y las psicólogas no cumplan con uno o más de los
criterios de la ciencia. De manera frecuente, se aprecia lo anterior al
carecer de una mente abierta y escéptica, presentar datos o teorías
idiosincráticas, no seguir los métodos establecidos al sacar conclusiones,
y/o la presentación o cuantificación inadecuada de los datos (Coles, 2000),
realzando la necesidad de la generación de las guías de buenas prácticas.

INVESTIGADORAS E INVESTIGADORES MEXICANOS


DESTACADOS
Para analizar el desarrollo del campo de conocimiento de la Psicología
Jurídica y Forense en México en materia de investigación, resulta relevante
tomar en cuenta el liderazgo científico, por lo que a continuación, se
presentan una serie de perfiles curriculares, los cuales no son exhaustivos, ni
tampoco únicos, sino un primer acercamiento para presentar un panorama
de quienes que se han dedicado a la investigación en estos ámbitos,
exponiendo aportaciones científicas en esta materia (ver tabla 2), así como
las líneas de generación de conocimiento. Dichos perfiles se identificaron a
partir de las siguientes estrategias: 1) búsqueda de publicaciones científicas
en medios electrónicos sobre psicología forense en México; 2) búsqueda de
campos de conocimiento de profesionales de la psicología mencionados en
el Sistema Nacional de Investigadores; 3) participación como ponentes en
temas de investigación en psicología forense; 4) organización de eventos
en materia de investigación en psicología forense.

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Tabla 2. Destacados(as) investigadores(as) en materia de Psicología


Jurídica y Forense en México
Autor y lugar Líneas de Investigación Publicaciones
Dr. Eric García Psicopatología Forense “Psicopatología
López (Ciudad de Victimología Forense” (García,
México y Oaxaca) Neurolaw 2014).
Dra. Feggy Neuropsicología “Neuropsychology of
Ostrosky Shejet Neurolaw criminal Behavior”
(Ciudad de Neurobiología de la (Ostrosky y Ardila,
México) violencia 2018)

Dra. Martha Violencia Familiar “Restorative Justice:


Frías Armenta Delincuencia Juvenil A Model of School
(Sonora) Seguimiento de normas Violence”
(Frías et al., 2018)

Dr. José Paulino Psicofisiología de la mentira “La máscara del


Dzib Aguilar Credibilidad del testimonio asesino”
(Yucatán) Psicología Jurídica para (Vaca y Dzib, 2012)
jóvenes y adolescentes.

Dra. María Alienación Parental “Desarrollo de


Cristina Pérez Formación en Psicología competencias
Agüero Psicología Forense profesionales del
(Ciudad de Divorcio. psicólogo en formación
México) en el ámbito forense”
(Pérez et al., 2019)

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Dra. Luz Emociones “Psicología Jurídica,


Ányela Morales Empatía y violencia Criminológica y
Q u i n t e r o Prevención de la violencia Forense en México:
(Puebla) Justicia restaurativa estado del arte”
(Morales et al., 2017)
Dr. Jesús Psicología criminológica “Asesinos seriales en el
Vaca Cortés Perfilación criminal México Prehispánico”
(Chihuahua) Victimología (Vaca-Cortés, 2016)

Dr. Aurelio Israel Evaluación de la Tortura “False Allegations:


Coronado Mares Falsas Acusaciones Investigative and
(Aguascalientes) Investigación Criminal. Forensic Issues in
Fraudulent Reports of
Crime”” (Turvey &
Coronado, 2019)
Fuente: elaboración propia

CONCLUSIONES
A partir de la información presentada, se identificaron como retos y
desafíos principales de la Psicología Jurídica y Forense: a) la formación
en trabajo multidisciplinario; b) los desafíos que se desprenden de la
reforma de justicia penal en México y que exigen mayores habilidades y
destrezas en la práctica profesional; c) la necesaria especialización en la
disciplina como requisito para la acreditación para el ejercicio forense; d)
incrementar la oferta académica de calidad; e) la necesidad de producción
científica y guías de buenas prácticas en el área de la Psicología Jurídica y
Forense en México.

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PANORAMA DE LA PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE EN MÉXICO
Luz Adriana Arellano Gutiérrez, María Elena Rivera Heredia.

Existe un interés creciente en el área, así como una mayor participación


de las Instituciones de Educación Superior, tanto de pregrado como de
posgrado, en la oferta de programas de estudio y también emergen
nuevas instituciones que ofrecen cursos, diplomados, congresos e incluso,
asociaciones especializadas en Psicología Jurídica y Forense (García
y Morales, 2017). Por todo ello, resulta necesaria la consolidación de
programas de calidad académica y científica que ofrezcan las competencias
necesarias para el desempeño profesional y de investigación académica
en tan compleja y relevante área de la Psicología, teniendo en cuenta
el contexto social del país, las transformaciones legales (Morales et al.,
2020), los códigos legales y derechos humanos. Por todo ello, se concluye
que la Psicología Jurídica y Forense en México se encuentra en un proceso
de desarrollo en vías de la consolidación.

Por otra parte, se ha discutido también la necesaria generación tanto de una


mayor investigación y publicación de textos científicos en el área, tales
como las guías de buenas prácticas en Psicología Forense en México, ya
que atendiendo a las cuestiones expuestas anteriormente, diversos colegios
de psicólogos extranjeros e instituciones oficiales han generado guías de
buenas prácticas o lineamientos para el ejercicio de la Psicología Forense,
por ejemplo, la Sociedad Británica de Psicología (2017), El Colegio
Oficial de Psicólogos de Cataluña (2020), o la Asociación Americana
de Psicología (2013). Esta última, ofrece uno de los documentos más
reconocidos a nivel internacional y promueve las Speciality guidelines
for Forensic Psychology, que tienen como objetivo mejorar la calidad
de los servicios en Psicología Forense, realzar la práctica y facilitar el
desarrollo sistemático de este campo de conocimiento; fomentar un alto
nivel de calidad de la práctica profesional basada en la evidencia, solventar
ciertos dilemas éticos a los que se enfrenta el psicólogo en esta práctica,

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y alentar a los profesionales para que reconozcan y respeten los derechos


de aquellos a los que proveen el servicio. Sin embargo, en México no se
conoce algún documento de este tipo, ni con un respaldo institucional como
los mencionados, lo cual representa otro de los retos de esta disciplina.

Como pudo apreciarse en las trayectorias de las y los investigadores e


investigadoras que se presentaron en este trabajo ya hay camino avanzado,
pero es necesario dar continuidad y consolidarlo, además de ampliarlo. En
este sentido, sólo dos investigadores del Padrón del Sistema Nacional de
Investigadores (El Dr. Eric García López y la Dra. Martha Frías Armenta)
cuentan con la especialidad de Psicología Jurídica registrada como área de
investigación. Por ello, resulta necesario asegurar la formación de nuevos
investigadores/as en esta disciplina, que trabajen en la generación de
conocimiento de los temas de interés de la disciplina, con datos específicos
del contexto mexicano.

Asimismo, se considera importante fortalecer el entrenamiento en el trabajo


multidisciplinario e interdisciplinario que exige una disciplina como ésta,
ya que el rigor de la ciencia puede ofrecer a la ley posibles soluciones a
ciertas cuestiones y el trabajo interdependiente beneficia al desarrollo de
soluciones a problemas transversales y que trascienden en el desarrollo de
la sociedad.

Otro de los aspectos pendientes es la regulación de la figura del perito,


ya que, como se expuso previamente, resulta limitada la exigencia oficial
respecto de dicha figura y, por lo tanto, se permite que se realice dicha
labor sin conocimientos especializados lo cual, puede ultimar en perjuicio
de los involucrados en el proceso, dado el alcance de la opinión técnica en
un proceso judicial.

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PANORAMA DE LA PSICOLOGÍA JURÍDICA Y FORENSE EN MÉXICO
Luz Adriana Arellano Gutiérrez, María Elena Rivera Heredia.

Ahora bien, una de las limitaciones del presente estudio es su carácter de


artículo de revisión de literatura con estructura de ensayo. Por lo que queda
como propuesta para la investigación futura el que pueda detallarse más la
información con una metodología propia de artículos bibliométricos, así
como de revisión sistemática, para lo cual se propone identificar los textos
que se han publicado en el país en el área de Psicología Jurídica y Forense
en la última década, con el propósito de conocer de una manera objetiva
y rigurosa, el lugar en el que se encuentra bajo estas delimitaciones la
producción científica de dicha área.

Finalmente, resulta relevante el involucramiento de las y los psicólogos


forenses en las propuestas de políticas públicas, ya que, como se discutió
previamente, es imprescindible el conocimiento basado en la ciencia y en
la evidencia resultando este, un aporte trascendental en beneficio de la
sociedad.

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Envió dictamen: 16 febrero 2023


Reenvió: 16 marzo 2023
Aprobación: 12 abril 2023

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Luz Adriana Arellano Gutiérrez. Estudiante del Doctorado


Interinstitucional en Psicología en la Universidad Michoacana de San
Nicolás de Hidalgo apoyada por CONACyT. Maestra en Psicología
Investigativa y Forense por la Universidad de Liverpool, Reino Unido.
Licenciada en Psicología por la Universidad Iberoamericana León.
Perito en materia de psicología Es docente en el nivel de licenciatura en
psicología y se ha desempeñado en congresos relativos a la psicología
jurídica y forense como asistente y ponente y sus publicaciones han estado
encaminadas en esa misma línea de investigación. Es miembro consultivo
del Sistema Estatal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes
(SIPINNA) Michoacán. Correo electrónico: luzadrianaarellano@gmail.
com

María Elena Rivera Heredia. Doctora en psicología y Maestra en


psicología clínica por la Universidad Nacional Autónoma de México.
Profesora Investigadora de la Facultad de Psicología de la Universidad
Michoacana de San Nicolás de Hidalgo. Pertenece al Sistema Nacional
de Investigadores, actualmente está ubicada en el nivel 3. Es integrante
de la Academia Mexicana de Ciencias. Pertenece al Cuerpo Académico
“Intervenciones Psicológicas y Socioculturales en Familia, Género,
Migración, Educación y Salud”. Autora de diversas publicaciones
científicas. Colabora en proyectos de investigación interinstitucionales
con Universidades de México y de Estados Unidos de América. Correo
electrónico: maelenarivera@gmail.com

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