Economies">
Informe Arbitrios Municipales
Informe Arbitrios Municipales
Informe Arbitrios Municipales
Curso:
Tema:
Arbitrios Municipales
Docente:
Estudiantes:
En este contexto, los Arbitrios Municipales se erigen como tasas que los
ciudadanos abonan por la prestación o mantenimiento de servicios públicos esenciales,
tales como Limpieza Pública, Áreas Verdes y Seguridad Ciudadana. La distribución del
costo de estas tasas se sustenta en criterios variados, tales como el uso, tamaño y
ubicación del predio del contribuyente, con el fin de reflejar de manera justa y
equitativa la carga impositiva en relación con los beneficios recibidos.
1. Arbitrios Municipales:
Son tasas que se pagan por la prestación o Mantenimiento de los servicios públicos de
Limpieza Pública, Recolección Domiciliaria de Residuos Sólidos, Parques y Jardines
Públicos y Seguridad Ciudadana Serenazgo, los cuales son aprobados mediante
ordenanza, en la cual se establecen los montos de las tasas que deban pagar los
contribuyentes. Ordenanza Municipal N° 029-2010-MPH, O.M. N° 22-MPH
Arbitrios Serenazgo:
Brinda servicios de seguridad a la población. Está organizado para garantizar y
colaborar con los órganos públicos competentes en la protección de personas y bienes,
así como en el mantenimiento de la tranquilidad y el orden ciudadano. Tiene el
compromiso de prestar auxilio, protección, orden, seguridad y una convivencia pacífica
de la comunidad, contamos con un servicio público diurno y nocturno, patrullaje,
servicio canino, protección civil y atención de emergencias.
En el caso de las personas que adquieran alguna propiedad, empezarán a pagar los
arbitrios municipales a partir del mes siguiente de realizada la compra. Los arbitrios son
tributos de periodicidad trimestral debiendo cancelarse según el cronograma de pagos
establecido.
El monto de los Arbitrios Municipales se calculará dentro del primer trimestre de cada
año fiscal, en función al costo efectivo del servicio prestado. Para determinar el monto a
cobrar por arbitrios en la jurisdicción las municipalidades realizan un estudio del costo
que implica prestar los servicios involucrados. Una vez obtenido el costo total, se
distribuye entre los contribuyentes en base a criterios objetivos como la extensión y uso
del predio, valor del autoevalúo, ubicación, etc.
Inafectaciones:
Las inafectaciones están dispuestas en la Ordenanza Municipal N° 29-2010-MPH, y se
amplían para incluir predios de propiedad registrados a nombre de instituciones como:
Exoneraciones:
Se encuentran exonerados al pago de Arbitrios Municipales:
CASO PRÁCTICO:
De acuerdo con la data verificada, la misma que ha sido proporcionada por la Gerencia
de Administración Tributaria de la municipalidad distrital de El Alto, se ha podido
identificar la cantidad de 2781 predios, los mismos cuya posesión o propiedad pertenece
a 2,252 contribuyentes.
En la Tabla 18 se indica los metros lineales10 registrados de los predios por cada grupo
de uso.
De acuerdo con lo establecido, los costos en los que incurre la municipalidad para
brindar el servicio de barrido de calles son distribuidos utilizando los siguientes
criterios:
a) Tamaño del predio Es el frontis del predio, en metros lineales, que viene recibiendo
el servicio de barrido.
b) Factor de Uso del predio La actividad o uso del predio como casa habitación,
instituciones públicas, comercios y/o servicios e industria que se desarrolla dentro de un
predio, constituye una variable complementaria que permite ajustar el cálculo del
servicio, teniendo en cuenta que diferentes usos generan diferente incidencia en residuos
sujetos al barrido de calles en la vía pública.
En la Tabla 21 se ha determinado el costo anual distribuido por cada grupo de uso, para
ello se ha multiplicado cada % de ponderación por el Costo total del Servicio de
Limpieza Pública.
Finalmente, se ha divido cada costo anual distribuido entre los metros lineales
registrado por cada grupo de uso, hallando así la tasa estimada anual del servicio de
barrido de calles, como se puede ver en la Tabla 22.
Las tasas estimadas anual para el servicio de barrido de calles para el ejercicio fiscal
2022 es la siguiente:
Para calcular el monto a pagar por cada contribuyente se debe multiplicar la tasa
estimada anual por el frontis, en metros lineales, de cada predio teniendo en cuenta el
grupo de uso al que pertenece. La fórmula quedaría de la siguiente manera:
Los arbitrios municipales son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de
servicios públicos como la limpieza pública, recolección domiciliaria de residuos
sólidos, mantenimiento de parques y jardines públicos, y seguridad ciudadana a través
del serenazgo. Estos son establecidos mediante ordenanzas municipales, donde se
determinan los montos que deben abonar los contribuyentes.
Las clases de arbitrios incluyen el arbitrio de limpieza pública, que abarca el barrido de
calles y la recolección de residuos sólidos; los arbitrios de parques y jardines, que se
enfocan en el mantenimiento y mejoramiento de áreas verdes públicas; y los arbitrios de
serenazgo, que proporcionan servicios de seguridad a la población.
En cuanto a quiénes deben pagarlos, los propietarios de predios son responsables del
pago cuando habiten en ellos, realicen actividades en los mismos o estén desocupados.
En casos de copropiedad, se distribuyen proporcionalmente entre los propietarios.
Además, los ocupantes de la vía pública que ejerzan comercio informal también están
obligados al pago.