Divorcio Coahuila
Divorcio Coahuila
Divorcio Coahuila
xxxxxxx, mexicano, casado, mayor de edad, señalando como domicilio para oír
dentro del presente procedimiento, en los términos del artículo 120 del Código
Sustaita Reyes, con cédula profesional número 2884568, expedida por la Dirección
Licenciado en Derecho registrado con número 3998 ante la Secretaría del Tribunal
respetuosamente expongo:
Por medio del presente escrito, con fundamento en lo dispuesto por los artículos
234, 235, 236 y demás relativos de la Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza,
así como en los artículos 152, 153, 155, 160 y demás aplicables del Código de
Juárez Mireles, a quien podrá notificársele de la presente solicitud y del convenio que
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siguientes:
Hechos
dos) el suscrito celebré matrimonio con Ruth Elizabeth Juárez Mireles ante la fe del
Oficial Tercero del Registro Civil de esta ciudad de Monclova, Coahuila de Zaragoza,
quedando inscrito dicho acto jurídico bajo el acta número 00050, Libro 01, de la
mencionada oficialía.
1997 (mil novecientos noventa y siete), según se acredita con las certificaciones
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originales que se exhiben, relativas a sus nacimientos, expedidas por la Dirección del
Registro Civil del Estado de Coahuila de Zaragoza, los cuales actualmente son
mayores de edad.
disolución del vínculo matrimonial, anexando para tal efecto la propuesta de convenio
a que se refiere el artículo 235 de la Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza, que
de Zaragoza, anexo con este escrito los documentos públicos consistentes en: a)
Derecho
En cuanto al fondo es de aplicarse lo dispuesto por los artículos 234, 235, 236
155, 160 y demás aplicables del Código de Procedimientos Familiares Para el Estado
de Coahuila de Zaragoza.
me une con x;
certificado de no embarazo a que se refiere la fracción V del artículo 155 del Código
Tercero. En los términos de lo dispuesto por la fracción IV del artículo 158 del
Quinto. Una vez desahogadas las vistas antes mencionadas, en los términos de
lo dispuesto por los artículos 236 de la Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza
resolución al Oficial del Registro Civil ante quien se celebró el matrimonio, así como al
correspondientes.
“Protesto lo necesario“
y custodia, con motivo de que actualmente son mayores de edad nuestros hijos xxxxx
acredita con las certificaciones originales que se exhiben, relativas a sus nacimientos,
jurídica.
Tercera. Alimentos. Con motivo de que nuestro hijo xxxxx Juárez es mayor de
edad, actualmente terminó sus estudios y, además, percibe sus propios ingresos, así
como que xxxxx aun y cuando es mayor de edad continúa cursando sus estudios, se
crédito BBVA Bancomer, S. A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA
vigente dicha obligación alimentaria hasta que concluya sus estudios profesionales o
hasta que se actualice alguno de los supuestos legales que originen la suspensión o
cancelación de la obligación.
Fiador alimentista. Para tal efecto, el suscrito xxxxxxxxxx señalo como garantía
calidad de comodataria.
matrimonio, se propone el inventario del bien inmueble que la conforma, el avalúo del
de Zaragoza.
(veinticinco) metros y colinda con lote número 2 (dos); al Sur mide 25.00 metros
(veinticinco) metros y colinda con Silvano Martínez; al Oriente mide 8 (ocho) metros y
colinda con Gilberto Lizárraga y al Poniente mide 8 (ocho) metros y colinda con calle
dos de abril.
Bien inmueble,
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crédito de Infonavit ejercitado por el suscrito Mxxxx, una vez disuelto el vínculo
propiedad del suscrito xxxx, quien continuaré con el pago del crédito. Para tal
conformidad con lo dispuesto por el artículo 196 de la Ley Para la Familia de Coahuila
de Zaragoza, en relación con el artículo 1116 del Código Procesal Civil del Estado de
Coahuila de Zaragoza, una vez aprobado el presente convenio que se formula, con la
Monclova, con posterioridad se designará para tal efecto a Notario Público, a quien en
carácter de administradores.
que cada uno haya contraído en lo individual durante nuestro matrimonio, se propone
que éstas sean pagadas por cada uno de la misma forma, responsabilizándonos cada
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del anterior Código Civil del Estado de Coahuila de Zaragoza, la regla general
los supuestos previstos por el artículo 239 de la Ley para la Familia de Coahuila de
numeral.
“Protesto lo necesario“
xxxxxxxxxx