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Reglamento Interclubes 2024 2
Reglamento Interclubes 2024 2
Reglamento Interclubes 2024 2
REGLAMENTO GENERAL
R E S O L U C I O N NRO. 031-23
(noviembre 1 de 2023)
R E S U E L V E:
CAPÍTULO I
ORGANIZACIÓN
ARTÍCULO 2.- Los Clubes, que por cumplir estrictamente con los requisitos exigidos
sean admitidos para tomar parte en estos eventos, serán distribuidos por DIFUTBOL
en ZONAS GEOGRÁFICAS de acuerdo a sus facilidades territoriales, a sus
condiciones logísticas en las ciudades que tengan como sede y a la infraestructura
deportiva y directiva que posea y que garantice su normal y adecuada participación
en el Campeonato.-
CAPÍTULO II
AUTORIDADES DEL CAMPEONATO
c. Fijar y determinar las zonas geográficas en que serán distribuidos los Clubes
participantes.
d. Designar, cuando sea necesario, a los miembros de las Comisiones zonales
que administren y dirijan en representación de DIFUTBOL el campeonato en
cada una de las ZONAS GEOGRÁFICAS en que sean distribuidos los Clubes
participantes.
e. Servir de nexo y comunicación entre la Federación, la DIMAYOR, las LIGAS
Deportivas, los Clubes participantes y las Comisiones respectivas.
f. Aprobar la programación de los partidos.-
g. Confirmar y aprobar el sistema de juego y clasificación que regirá para cada
zona geográfica del país.
h. Designar a los miembros de los COMITÉS DISCIPLINARIOS del
CAMPEONATO y del COMITÉ DISCIPLINARIO NACIONAL DE APELACIÓN.
i. Reglamentar el sistema de juego y fijar las ciudades SEDE de todas y cada
una de las FASES DEL CAMPEONATO.
j. Prestar asesoría técnica y administrativa para el normal desarrollo del
campeonato.
k. Ejercer la administración del campeonato.
l. Nombrar los funcionarios que considere necesarios.
m. Las demás funciones inherentes a su cargo, y las que sean ordenadas por la
Federación.
CAPÍTULO IV
COMITÉ DISCIPLINARIO DE CAMPEONATO
FÚTBOL MASCULINO.
1.- CATEGORÍA PRIMERA C: EDAD LIBRE. - El campeonato se iniciará el 18 de
MAYO. - La inscripción de CLUBES vence el 27 DE ABRIL-
5-CATEGORÍA SUB. -15.- En esta categoría cada Club puede inscribir hasta 30
jugadores NACIDOS A PARTIR DEL 1 DE ENERO de 2009.- Se inicia el 24 de
FEBRERO.- La INSCRIPCIÓN DE CLUBES vence el 31 de ENERO.-
6-CATEGORÍA SUB. -13.- En esta categoría cada Club puede inscribir hasta 30
Jugadores NACIDOS A PARTIR DEL 1 DE ENERO de 2011.- Se inicia el 23 de
MARZO.- La INSCRIPCIÓN DE CLUBES vence el 24 de FEBRERO.-
FÚTBOL FEMENINO.
8-SUB.19:En esta categoría cada Club puede inscribir hasta 30 jugadoras nacidas
a partir del 1 de Enero de 2005.- Se inicia el 10 de SEPTIEMBRE.- La inscripción de
Clubes vence el 13 de AGOSTO.-
FEDERACIÓN COLOMBIANA DE FÚTBOL
DIVISIÓN AFICIONADA DEL FÚTBOL COLOMBIANO “DIFÚTBOL”
9-SUB.23:En esta categoría cada CLUB puede inscribir 30 jugadoras que cumplan
con el siguiente
régimen de edades:
25 nacidas a partir del 1 de Enero de 2001.-
5 jugadoras de CUALQUIER EDAD.
ARTÍCULO 14.- Los jugadores que se vayan a INSCRIBIR por PRIMERA VEZ ante
DIFUTBOL deben comprobar la edad mediante la presentación del ORIGINAL del
registro civil de NACIMIENTO, y fotocopia de la cédula de ciudadanía o tarjeta de
identidad.- Cuando sea exigido por DIFUTBOL, se debe adicionar la partida de
bautismo.-En las categorías SUB.13, SUB.15 y SUB.17, cuando alguna de los
CLUBES participantes lo estime necesario, podrá EXIGIR a los jugadores
CONTENDIENTES que considere, la PRUEBA DE RESONANCIA MAGNÉTICA
CON SU RESPECTIVO DIAGNÓSTICO MÉDICO.- El costo económico de dicho
examen, será ASUMIDO en su totalidad por quien la solicita.- Deben ser jugadores
afiliados reglamentariamente a su respectiva Liga con el Club que van a representar
conforme al régimen establecido en el Estatuto del jugador.
PARÁGRAFO: Todos los jugadores se deben inscribir a través del sistema COMET
de COLFUTBOL enviar a DIFUTBOL para su REVISIÓN y ARCHIVO todos los
documentos físicos exigidos en los artículos 14 y 15 del Reglamento General de
Campeonatos Nacionales promulgado por dicha Entidad.- .
ARTÍCULO 15.- La fecha del acto de inscripción del registro Civil y/o la partida de
bautismo ante la respectiva Notaría o Parroquia, debe haberse realizado como
MÍNIMO CON TRES (3) AÑOS ANTES DE LA FECHA DE INICIACIÓN DEL
CAMPEONATO RESPECTIVO.-
ARTÍCULO 19.- Los carnés serán recibidos por cada uno de los jugadores y para
ello deben presentar su documento de identidad. - NO SE PUEDE ACTUAR SIN SU
RESPECTIVO CARNET.- Cuando sea necesario, el ÁRBITRO del partido PODRÁ
EXIGIR ADEMÁS, LA PRESENTACIÓN DEL DOCUMENTO DE IDENTIDAD A UN
JUGADOR para AUTORIZAR SU PARTICIPACIÓN EN EL PARTIDO.-
ARTÍCULO 21.- Los jugadores inscritos oficialmente para los citados campeonatos,
no podrán actuar con otros CLUBES o EQUIPOS en OTROS eventos o
campeonatos de cualquier índole que se desarrollen simultánea o paralelamente con
ellos.
CAPÍTULO VI
ORGANIZACIÓN DE LA COMPETICIÓN
ARTÍCULO 26.- El retiro voluntario o por sanción de un CLUB después del comienzo
de la competición oficial en cualquier fase , ocasiona la pérdida de los derechos de
inscripción, sanción por el COMITÉ DISCIPLINARIO RESPECTIVO con multa
DESDE CUARENTA (40) SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES VIGENTE y la
PROHIBICIÓN DE PARTICIPAR EN LAS DOS PRÓXIMAS EDICIONES ANUALES
del respectivo CAMPEONATO.- Los puntos en disputa del calendario restante, serán
ADJUDICADOS a sus rivales del calendario posteriores al retiro, con MARCADOR
1-0.- DICHOS PARTIDOS NO SERÁN VÁLIDOS para el cumplimiento de sanciones
disciplinarias aplicadas a jugadores, personal técnico y oficiales de los Clubes
participantes.
CAPITULO VII
GRAN FINAL
ARTÍCULO 27.- Los equipos clasificados para la GRAN FINAL , están obligados a
jugar todos los partidos hasta la culminación de la MISMA,.
ARTÍCULO 29.- El Club que se retire antes de la iniciación de ésta fase ,puede ser
reemplazado por DIFUTBOL según el orden de clasificación de la Zona respectiva,
o de otras, según el caso.
CAPÍTULO VIII
REGLAS DE JUEGO
ARTÍCULO 30.- Las Reglas de juego para el Campeonato son las establecidas por
la International Football Association Board, promulgadas universalmente por la FIFA
y acogidas por la FEDERACIÓN y DIFUTBOL.
PARÁGRAFO 1o. Solo se aceptarán cambios del día y la hora para la realización
de UN partido, por causas de fuerza mayor previamente comprobadas por
DIFUTBOL, cuando el Club que debe jugar como local lo haya solicitado por escrito
a DIFUTBOL antes de las 6.00 pm. del día LUNES de la respectiva SEMANA en que
va a jugarse el partido.-
FEDERACIÓN COLOMBIANA DE FÚTBOL
DIVISIÓN AFICIONADA DEL FÚTBOL COLOMBIANO “DIFÚTBOL”
ARTÍCULO 33.-Todo club visitante deberá presentarse en el estadio sede del partido
con un tiempo de antelación a la iniciación del mismo, de mínimo de DOS (2)
HORAS, asumiendo todos los gastos que ocasione su participación en la
competencia.-
ARTÍCULO 35.- Si transcurridos quince (15) minutos después de la hora fijada para
la iniciación y/o continuación de un partido , uno de los clubes no se presenta, el
árbitro registrará el hecho en la planilla de juego, abandonará el campo e informará
de ello a DIFUTBOL y/o a la Comisión respectiva.- Salvo que la falta obedeciera a
causas de fuerza mayor insuperables plenamente comprobadas por DIFUTBOL, el
Club ausente perderá el partido en favor de su contendor con resultado de 3 x 0.-
Los goles no se sumarán a ningún jugador.
ARTÍCULO 39.- Los Clubes no podrán empezar un partido con menos de siete (7)
jugadores cada uno. Si en el transcurso del mismo, éste número se reduce por
cualquier causa, el árbitro lo dará por finalizado y el Club reducido perderá con
resultado de 3 x 0, a menos que el marcador en el momento de finalizarlo sea mayor.
PARÁGRAFO 1o. Los goles convertidos serán contabilizados para las estadísticas
de goleador, sin importar que el resultado por RESOLUCIÓN sea otro.
ARTÍCULO 41.- Los partidos tendrán duración de noventa (90) minutos, divididos en
dos TIEMPOS
de cuarenta y cinco (45) cada uno, con QUINCE (15) minutos de descanso entre
ellos.- En las categorías U.13, y U.15 MASCULINO y FEMENINO , los tiempos de
juego serán de 40 Minutos cada uno.-
ARTÍCULO 46.- Para efectos del numeral anterior se consideran causas de fuerza
MAYOR, las siguientes:
A. Mal estado del terreno de juego por lluvia o situaciones CLIMÁTICAS, que lo
haga imposible o peligroso utilizarlo.
B. La falta de suficiente luz natural o artificial.
C. Los demás factores a juicio RAZONABLE del árbitro.
D. Invasión del público al terreno de Juego.
ARTÍCULO 47.- Cualquier partido suspendido por una cualquiera de las causas de
FUERZA MAYOR establecidas en el ARTÍCULO anterior y cuyo tiempo de juego sea
inferior a los OCHENTA (80) minutos, debe concluirse o jugarse íntegramente al día
siguiente, procurando que sea antes de proseguir con el calendario de juego del
grupo al que pertenecen ambos Clubes.-En las categorías U.13 y U.15, serán
SETENTA MINUTOS
PARÁGRAFO: El resultado final del mismo, será adverso 3 x 0 al Club que se NEGÓ
a colaborar con el ÁRBITRO, ,o cuya barra de aficionados fue protagonista de los
hechos, a menos que el marcador hasta ese momento sea mayor en su contra,
previo análisis de los hechos anteriores por parte de COMITÉ DISCIPLINARIO
RESPECTIVO.
ARTÍCULO 49.- De acuerdo a los resultados de los partidos, los equipos obtienen el
siguiente
puntaje :
➔ 200 Puntos por retardo injustificado para salir al terreno de juego para iniciar,
reiniciar o continuar el partido.
➔ 10 Puntos por JUGADOR AMONESTADO.
➔ 20 Puntos por JUGADOR EXPULSADO.
➔ 100 Puntos por NO PRESENTACIÓN DE BALÓN REGLAMENTARIO.
➔ 2000 Puntos por abandono del equipo del terreno de juego, sin justa causa.
CAPITULO IX
UNIFORMES, NÚMEROS Y BALONES
ARTÍCULO 52.- Cada Club utilizará los uniformes que inscribió en el formulario y en
la planilla de inscripción respectiva.
ARTÍCULO 54.- Ningún jugador puede actuar con un número de camiseta diferente
al que le haya sido asignado en la PLANILLA DE PARTIDO que debe ser entregada
al Comisario Arbitral, MÁXIMO treinta (30) minutos antes de la iniciación del
encuentro, ni podrá cambiar dicho número durante el desarrollo del partido.-No
puede haber más de un jugador con el mismo número de camiseta en un partido.
FEDERACIÓN COLOMBIANA DE FÚTBOL
DIVISIÓN AFICIONADA DEL FÚTBOL COLOMBIANO “DIFÚTBOL”
ARTÍCULO 55.-Cada equipo debe presentar como MÍNIMO dos BALONES MARCA
GOLTY EN CONDICIONES DE USO REGLAMENTARIO.- El incumplimiento será
sancionado con multa de CINCO (5) SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES
VIGENTES y la ACUMULACION DE 200 PUNTOS en la TABLA DEL JUEGO
LIMPIO.
CAPITULO X
ÁRBITROS CENTRALES y ASISTENTES
A. Los nombres completos de los oficiales del CLUB registrados para el partido,
de los jugadores y el cuerpo técnico que actúen por cada club, con los
números de sus carnés deportivos y de sus camisetas,
B. Nombre de los clubes que se enfrentan, la ciudad, el campo y la hora de
iniciación del partido, los retardos o las esperas, anotadores de goles,
FEDERACIÓN COLOMBIANA DE FÚTBOL
DIVISIÓN AFICIONADA DEL FÚTBOL COLOMBIANO “DIFÚTBOL”
CAPITULO XI
RÉGIMEN ECONÓMICO
PARÁGRAFO: La suma anterior debe ser consignada en por los Clubes admitidos
en la cuenta corriente de BANCOLOMBIA NÚMERO 1016–024489–5 a nombre de
DIVISIÓN AFICIONADA FÚTBOL COLOMBIANO DIFUTBOL.- Debe enviarse el
original del recibo con la respectiva documentación.- CLUB que NO CUMPLA ESTE
REQUISITO NO SERÁ ACEPTADO EN EL CAMPEONATO.
FEDERACIÓN COLOMBIANA DE FÚTBOL
DIVISIÓN AFICIONADA DEL FÚTBOL COLOMBIANO “DIFÚTBOL”
ARTÍCULO 63.- El Club local, asumirá los costos por servicio de la terna arbitral y el
CUARTO OFICIAL ,suma que debe pagar ANTES de la INICIACIÓN DEL PARTIDO
RESPECTIVO, con base a la siguiente tarifa:
PARÁGRAFO: Dicho pago debe hacerse dentro de las SETENTA y DOS (72) horas
siguientes a la culminación del partido, y enviar a DIFUTBOL copia del recibo
respectivo.
ARTÍCULO 66.- Los costos que ocasione la administración del Campeonato por
parte de la COMISIÓN ZONAL, si existe, respecto a los TRANSPORTES AÉREOS
y/o TERRESTRES del CUERPO ARBITRAL serán pagados por DIFUTBOL a través
de la misma COMISIÓN.-
ARTÍCULO 68.- El Club que aspire a la SEDE de alguna de las FASES del Torneo
en caso de que ésta se vaya a jugar por el sistema de SEDE FIJA, hará solicitud
escrita a DIFUTBOL dejando constancia de que se hace responsable de la totalidad
de los siguientes gastos:
A. Hospedaje y alimentación para VEINTE (20) personas por cada uno de los
CLUBES clasificados.
B. Hospedaje y alimentación de los miembros de la Comisión Técnica y
Comisión Arbitral.
C. Transporte interno (Hotel-Estadio-Hotel) para la competencia en la ciudad
sede para todas las comisiones respectivas.
D. Pago de los honorarios arbitrales establecidos en el ARTÍCULO 63 del
presente reglamento.
CAPITULO XII
RECLAMACIONES
ARTÍCULO 70.- Toda RECLAMACIÓN, para que sea RECIBIDA y/o RADICADA,
debe presentarse por escrito ante el COMITÉ DISCIPLINARIO respectivo, firmada
FEDERACIÓN COLOMBIANA DE FÚTBOL
DIVISIÓN AFICIONADA DEL FÚTBOL COLOMBIANO “DIFÚTBOL”
por el Presidente del Club, juntando a ella, las pruebas en las cuales se fundamentan
los hechos, dentro de las DOS (2) horas siguientes a la finalización del partido que
la motiva, si corresponde a UNA FASE de un partido que se juega por el SISTEMA
DE LOCAL – VISITANTE.- Sin no se cumple con uno cualquiera estos requisitos,
NO SERÁ RECIBIDA NI RADICADA.-
PARÁGRAFO: El marcador oficial para todo partido perdido por un fallo a UNA
RECLAMACIÓN será de 3-0.
CAPITULO XIV
MEDIDAS TÉCNICAS Y DISCIPLINARIAS
ARTÍCULO 84.- Las faltas de que tratan los ARTÍCULOS 82 y 83 del presente
Reglamento serán SANCIONADAS por el COMITÉ DISCIPLINARIO DE
CAMPEONATO con la PÉRDIDA de los puntos, que hubiere obtenido el equipo en
el partido en que hayan JUGADO los jugadores implicados, y EXPULSIÓN del
CAMPEONATO del EQUIPO INFRACTOR, PREVIA RECLAMACIÓN
PRESENTADA por su contendor dentro de los términos legales. En el evento de
comprobarse violación a estas normas por parte de un CLUB, el COMITÉ
DISCIPLINARIO respectivo, de OFICIO, si lo considera pertinente, PODRA anular el
resultado de OTROS partidos en los que hayan actuado los implicados, sin sumar
los puntos a favor de ningún competidor.-El marcador oficial de éste partido será 3-
0 en contra del equipo infractor.- Los goles anotados serán reconocidos en las
estadísticas de jugadores correspondientes.- La decisión anterior no se opone a
OTRAS ACCIONES DISCIPLINARIAS QUE DE OFICIO puede tomar el COMITÉ
DISCIPLINARIO respectivo con fundamento en el presente REGLAMENTO y en el
CDU de COLFUTBOL.- El jugador que actúe estando suspendido o inhabilitado, se
le sancionara automáticamente con el DOBLE DE LA PENA QUE LE HUBIERE
SIDO IMPUESTA.- La anterior sanción no se opone a las otras de tipo deportivo y
penal que el respectivo COMITÉ DISCIPLINARIO o la justicia colombiana pueda
aplicar a quienes sean encontrados como directos responsables de los hechos.
ARTÍCULO 88.- Sólo los directivos debidamente registrados por sus respectivos
CLUBES, pueden desempeñar funciones en representación de los mismos en los
partidos oficiales.- Las personas distintas a los directivos sólo pueden actuar como
delegados mediante acreditación firmada por el presidente del club previo Vo. Bo de
DIFUTBOL y/o de la LIGA respectiva.
CAPITULO XIV
FALTAS Y SANCIONES
ARTÍCULO 93.- Los DIRECTIVOS , los Dirigentes, los Delegados, los integrantes
del CUERPO TÉCNICO, y los Auxiliares de un CLUB, que sean encontrados como
responsables de uno o varias de las FALTAS contempladas en el ARTÍCULO 82 de
la presente Reglamentación, serán sancionados con suspensión de HASTA POR
CINCO (5) AÑOS por el COMITÉ DISCIPLINARIO competente, sin perjuicio de las
acciones judiciales a que haya lugar.
CAPÍTULO XVII
DISPOSICIONES VARIAS
Original Firmado
ALVARO GONZALEZ ALZATE. -
Presidente. -