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Minuta Compra Venta Kenyi Domingo Ramirez
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SEÑOR NOTARIO: Sírvase usted extender en su Registro de Escritura
Pública de COMPRA VENTA CON INDEPENDIZACION que celebran de
parte en calidad de VENDEDORES DON: TITO HUGO BOTTGER
RENGIFO, identificado con DNI N° 07867209, peruano, estado civil casado
con DOÑA: MELISA YUSELY NANO VELARDE, identificada con DNI Nº
43179756, peruana, trabajadora independiente, casada,ambos
domiciliados en la Av. Circunvalación sin número, ciudad de La Merced,
provincia Chanchamayo, departamento de Junín y de la otra parte en
calidad de COMPRADORES DON: KENYI ANDERSON DOMINGO
RAMIREZ, identificado con DNI Nº 46798709, peruano, estado civil soltero
con una convivencia con DOÑA MARIBEL AMANDA HUISA CHUCO,
identificada con DNI N° 70326637, soltera, con la convivencia declarada
desde hace 11 años, ambos con domicilio en el Circuito Flor de Oro – Alto
Capelo S/Nº ciudad de La Merced, provincia de Chanchamayo,
departamento de Junín., bajo los términos y condiciones
siguientes:========================
PRIMERO- ANTECEDENTE: A) Los vendedores han obtenido un predio
rustico independizado de un predio matriz de mayor extensión, conforme
aparece en la MINUTA DE COMPRA VENTA E INDEPENDIZACION
otorgado por Don: VICTOR CLAUDIO DAMAS CRISTOBAL y cónyuge,
celebrado por ante letrado con fecha 24 de noviembre del 2020 y
debidamente legalizado las firmas por ante el abogado-Notario Público de
Chanchamayo, Diana Auris Rodríguez, su fecha 09 de diciembre del 2020.
En ella ha adquirido Tierras aptas para cultivo permanente: 900.00 M2. Y
tierras de protección de 1080.87 M2.=============================
B) El pago de los Impuestos Prediales se encuentran al dia y a nombre de
TITO HUGO BOTTGER RENGIFO, Municipalidad Provincial de
Chanchamayo del año 2020. ==================================
C) En este acto los vendedores del predio que han adquirido van a otorgar
de las tierras aptas para cultivo COMO VENTA un área independizada de
208.30 M2 y ceden a favor de los compradores en lo que respecta a la
tierra de protección una cesión de uso de 61.51
M2.===================
D) Por esta venta la parte vendedora queda por las TIERRAS APTAS
PARA CULTIVO un área REMANENTE de: 691.70 M2. En lo que
respecta a la cesión de uso de la parte vendedora queda con un área
REMANENTE de 1019.36
M2.=============================================
E) En este acto por su propio derecho los propietarios en su calidad de
vendedores celebran de buena fe la presente compra venta.===========