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RESOLUCION Paternidad

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DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD JUNIN

HOSPITAL RDCQ DANIEL A. CARRION – HUANCAYO

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° -2021-GRJ-DRSJ-HRDCQ-DAC-HYO/ORRHH
Huancayo, de Febrero del 2021.

VISTO: El expediente Administrativo Nº1958480 -2018, presentado por el servidor XXXXXX sobre Licencia por
Paternidad de fecha 20 de Setiembre del 2021,

CONSIDERANDO:

Que, mediante documentos vistos el servidor Yony CONDOR CAPCHA, solicita Licencia por Paternidad con
Goce de haber, a partir del: 25 de Setiembre del 2018 al 04 de Octubre del 2018 (10 días), para asistir en el
alumbramiento de su Cónyuge, Gianinna Rosa HUYHUA DE CONDOR, quien ha sido Hospitalizada en la Sala
de Partos del Hospital Nacional RAMIRO PRIALE – PRIALE –Huancayo; el que se acredita con en el Acta de
Nacido Vivo y otros documentos;

Que, El otorgamiento de la licencia por motivos de paternidad con goce de remuneraciones es un derecho que le
asiste al trabajador de la actividad pública y privad que se encuentra regulado en la Ley N° 29409, modificada en
su artículo 2° por la Ley N° 30807 y el Decreto Supremo N° 014-2010-TR, “Reglamento de la Ley N° 29409, Ley
que concede el derecho de licencia por paternidad a los trabajadores de la actividad pública y privada”;

Que, mediante Ley N° 29409 se concedió el derecho de licencia por paternidad a los trabajadores de la actividad
pública y privada, a efectos que cuenten con la autorización legal para ausentarse de su centro de trabajo por
un periodo determinado, ante el nacimiento de su hija o hijo, con la finalidad de promover y fortalecer el
desarrollo de la familia, a través de la atención de las necesidades y obligaciones familiares propias de dicha
condición;

Que, el modificado artículo 2° de la Ley N° 29409, señala en su numeral 2.1 “La licencia por paternidad (…) es
otorgada por el empleador al padre por diez (10) días calendario consecutivos en los casos de parto natural o
cesárea”, asimismo en el numeral 2.3 señala que: El plazo de la licencia se computa a partir de la fecha que el
trabajador indique entre las siguientes alternativas: a) Desde la fecha de nacimiento del hijo o hija; b) Desde la
fecha en que la madre o el hijo o hija son dados de alta por el centro médico respectivo; c) A partir del tercer día
anterior a la fecha probable de parto, acreditada mediante el certificado médico correspondiente, suscrito por
profesional debidamente colegiado”.

Que, el literal g) del Artículo 6° del Decreto Legislativo N° 1057, modificado por la Ley N° 29849, que establece
que el Contrato Administrativo de Servicios otorga al trabajador: “Licencias con Goce de haber por Maternidad,
Paternidad, y otras licencias que tienen derecho los trabajadores de los regímenes laborales generales”;

Que, a efectos de otorgar a un personal bajo el régimen CAS las licencias a que se hace referencia, en el
considerando antes mencionado debe observarse el régimen laboral general al que pertenezca la entidad (el
régimen del Decreto Legislativo N° 276), en ese contexto, el mismo beneficio de los servidores de la entidad bajo
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HOSPITAL RDCQ DANIEL A. CARRION – HUANCAYO

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° -2021-GRJ-DRSJ-HRDCQ-DAC-HYO/ORRHH
Huancayo, de Febrero del 2021.

el régimen laboral general se extienda en su aplicación al personal CAS, previo cumplimiento de los requisitos
establecidos en las normas correspondientes para su otorgamiento;

Estando a lo informado por la Unidad de Bienestar de Personal de la Oficina de Recursos Humanos del Hospital
Regional Docente Clínico Quirúrgico “Daniel A. Carrión” Huancayo; y

Con la Opinión favorable del Jefe de la Oficina de Recursos Humanos del Hospital Regional Docente Clínico
Quirúrgico “Daniel A. Carrión” Huancayo;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- OTORGAR, con eficacia anticipada la Licencia por Paternidad con Goce de Remuneraciones, al
servidor, xxxxxxxxxxxxx Médico A, por el periodo de Diez (10) días, contados con efectividad a partir del día 16 al
25 de Abril de 2020, debiendo presentarse a laborar el día 26 de Abril de 2020.

Artículo 2°.- De existir una situación excepcional que haga ineludible la asistencia a su cónyuge o su
menor hijo (a), fuera de la licencia otorgada, le asiste el derecho de solicitar licencia a Cuenta de
Vacaciones, conforme está previsto en normas legales y administrativas.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE


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HOSPITAL RDCQ DANIEL A. CARRION – HUANCAYO

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° -2021-GRJ-DRSJ-HRDCQ-DAC-HYO/ORRHH
Huancayo, de Febrero del 2021.

VISTO: El expediente Administrativo Nº1993688 -2018, Licencia por Paternidad de fecha, 25 de Octubre
del 2018,

CONSIDERANDO:

Que, mediante documentos vistos, de don, Iván Carlos VERGARA QUINTANILLA, solicita Licencia por
Paternidad con Goce de haber, para asistir en el alumbramiento de su Cónyuge de Doña, Adriana
Sofía RODRIGUEZ BALVIN, quien ha sido atendido en el Establecimiento de Salud Clínica Cayetano
Heredia El Tambo Huancayo, a partir del: 19 de Octubre del 2018 al 28 de Octubre del 2018 (10 días),
conforme está acreditado en el Acta de Nacido Vivo y documentos que sustentan;

Que, mediante Ley N° 29409 se concedió el derecho de licencia por paternidad a los trabajadores de la
actividad pública y privada, a efectos que cuenten con la autorización legal para ausentarse de su
centro de trabajo por un periodo determinado, ante el nacimiento de su hija o hijo, con la finalidad de
promover y fortalecer el desarrollo de la familia, a través de la atención de las necesidades y
obligaciones familiares propias de dicha condición;

Que, mediante Ley N° 30807, Ley que Modifica la Ley 29409, Ley que concede el derecho de Licencia por
Paternidad a los Trabajadores de la Actividad Pública y Privada, Articulo único. Modificación del
artículo 2 de la Ley 29409, Ley que concede el derecho de licencia por paternidad a los trabajadores de
la actividad pública y privada. Articulo 2.- La licencia por paternidad a que se refiere el artículo 1 es
otorgada por el empleador al padre por diez (10) días calendario consecutivos en los casos de parto
natural o cesárea.

De conformidad al Decreto Legislativo 276-84 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa, del Decreto
Supremo 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, Ley 27444 Ley de
Procedimientos Administrativo General, Resolución Ministerial N° 132-92-SA-P, Resolución Ejecutiva
Regional N° 019-2005-GR-JUNIN/PR que delega facultades y atribuciones para expedir resoluciones
sobre acciones de personal; y

Estando a lo informado por la Unidad de Bienestar de Personal de la Oficina Administrativa de Recursos


Humanos del Hospital Regional Docente Clínico Quirúrgico “Daniel A. Carrión” Huancayo; y
DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD JUNIN
HOSPITAL RDCQ DANIEL A. CARRION – HUANCAYO

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° -2021-GRJ-DRSJ-HRDCQ-DAC-HYO/ORRHH
Huancayo, de Febrero del 2021.

Con la Opinión favorable del Jefe de la Unidad de Control de Asistencia y Permanencia de Personal de la
Oficina de Administración de Recursos Humanos del Hospital Regional Docente Clínico Quirúrgico
“Daniel A. Carrión” Huancayo;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Conceder a Don, Iván Carlos VERGARA QUINTANILLA, Médico Especialista, labora en el
Departamento de Emergencia, Licencia por Paternidad, hasta 10 días, a partir del 19 de Octubre del
2018 al 28 de Octubre del 2018 con Goce de Haber, por el alumbramiento de su Cónyuge doña:
Adriana Sofía RODRIGUEZ BALVIN, quien fue hospitalizada en la Sala de Partos de la Clínica Cayetano
Heredia El Tambo Huancayo,

Artículo 2°.- De existir una situación excepcional que haga ineludible la asistencia a su cónyuge o su
menor hijo (a), fuera de la licencia otorgada, le asiste el derecho de solicitar licencia a Cuenta de
Vacaciones, conforme está previsto en normas legales y administrativas.

Regístrese y Comuníquese
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N° -2021-GRJ-DRSJ-HRDCQ-DAC-HYO/ORRHH
Huancayo, de Febrero del 2021.

VISTO: El expediente Administrativo Nº 1943352-2018, Licencia por Paternidad de fecha, 06 de


Setiembre del 2018,

CONSIDERANDO:

Que, mediante documentos vistos, de don, Ulises Alejandro GALVAN LUJAN, solicita Licencia por
Paternidad con Goce de haber, para asistir en el alumbramiento de su Cónyuge de Doña, Roxana SAN
MIGUEL ARQUIÑEGO, quien ha sido Hospitalizada en la Clínica Cayetano Heredia –Huancayo, a partir
del: 08 de Setiembre del 2018 al 17 de Setiembre del 2018 (10 días), conforme está acreditado en el
Acta de Nacido Vivo y documentos que sustentan;

Que, mediante Ley N° 29409 se concedió el derecho de licencia por paternidad a los trabajadores de la
actividad pública y privada, a efectos que cuenten con la autorización legal para ausentarse de su
centro de trabajo por un periodo determinado, ante el nacimiento de su hija o hijo, con la finalidad de
promover y fortalecer el desarrollo de la familia, a través de la atención de las necesidades y
obligaciones familiares propias de dicha condición;

Que, mediante Ley N° 30807, Ley que Modifica la Ley 29409, Ley que concede el derecho de Licencia por
Paternidad a los Trabajadores de la Actividad Pública y Privada, Articulo único. Modificación del
artículo 2 de la Ley 29409, Ley que concede el derecho de licencia por paternidad a los trabajadores de
la actividad pública y privada. Articulo 2.- La licencia por paternidad a que se refiere el artículo 1 es
otorgada por el empleador al padre por diez (10) días calendario consecutivos en los casos de parto
natural o cesárea.

De conformidad al Decreto Legislativo 276-84 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa, del Decreto
Supremo 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, Ley 27444 Ley de
Procedimientos Administrativo General, Resolución Ministerial N° 132-92-SA-P, Resolución Ejecutiva
Regional N° 019-2005-GR-JUNIN/PR que delega facultades y atribuciones para expedir resoluciones
sobre acciones de personal; y

Estando a lo informado por la Unidad de Bienestar de Personal de la Oficina Administrativa de Recursos


Humanos del Hospital Regional Docente Clínico Quirúrgico “Daniel A. Carrión” Huancayo; y
DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD JUNIN
HOSPITAL RDCQ DANIEL A. CARRION – HUANCAYO

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° -2021-GRJ-DRSJ-HRDCQ-DAC-HYO/ORRHH
Huancayo, de Febrero del 2021.

Con la Opinión favorable del Jefe de la Unidad de Control de Asistencia y Permanencia de Personal de la
Oficina de Administración de Recursos Humanos del Hospital Regional Docente Clínico Quirúrgico
“Daniel A. Carrión” Huancayo;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Conceder, a Don, Ulises Alejandro GALVAN LUJAN, Médico Especialista, labora en el
Departamento de Cirugía, Licencia por Paternidad, hasta 10 días, a partir del 08 de Setiembre del
2018 al 17 de Setiembre del 2018 con Goce de Haber, por el alumbramiento de su Cónyuge doña:
Roxana SAN MIGUEL ARQUIÑEGO, quien fue hospitalizada en la Clínica Cayetano Heredia –Huancayo,

Artículo 2°.- De existir una situación excepcional que haga ineludible la asistencia a su cónyuge o su
menor hijo (a), fuera de la licencia otorgada, le asiste el derecho de solicitar licencia a Cuenta de
Vacaciones, conforme está previsto en normas legales y administrativas.

Regístrese y Comuníquese

VISTO: El expediente Administrativo Nº 1895742-2018, Licencia por Paternidad de fecha, 31 de Julio del
2018,

CONSIDERANDO:

Que, mediante documentos vistos, de don, Elvis Guadalupe CIRINEO IZAGUIRRE, solicita Licencia por
Paternidad con Goce de haber, para asistir en el alumbramiento de su Cónyuge de Doña, Daniela
Denisse DURAN EGOAVIL, quien ha sido Hospitalizada en la Clínica Santo Domingo –Huancayo, a partir
del: 31 de Julio del 2018 al 09 de Agosto del 2018 (10 días), conforme está acreditado en el Acta de
Nacido Vivo y documentos que sustentan;

Que, mediante Ley N° 29409 se concedió el derecho de licencia por paternidad a los trabajadores de la
actividad pública y privada, a efectos que cuenten con la autorización legal para ausentarse de su
centro de trabajo por un periodo determinado, ante el nacimiento de su hija o hijo, con la finalidad de
DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD JUNIN
HOSPITAL RDCQ DANIEL A. CARRION – HUANCAYO

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° -2021-GRJ-DRSJ-HRDCQ-DAC-HYO/ORRHH
Huancayo, de Febrero del 2021.

promover y fortalecer el desarrollo de la familia, a través de la atención de las necesidades y


obligaciones familiares propias de dicha condición;

Que, mediante Ley N° N° 30807, Ley que Modifica la Ley 29409, Ley que concede el derecho de Licencia
por Paternidad a los Trabajadores de la Actividad Pública y Privada, Articulo único. Modificación del
artículo 2 de la Ley 29409, Ley que concede el derecho de licencia por paternidad a los trabajadores de
la actividad pública y privada. Articulo 2.- La licencia por paternidad a que se refiere el artículo 1 es
otorgada por el empleador al padre por diez (10) días calendario consecutivos en los casos de parto
natural o cesárea.

De conformidad al Decreto Legislativo 276-84 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa, del Decreto
Supremo 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, Ley 27444 Ley de
Procedimientos Administrativo General, Resolución Ministerial N° 132-92-SA-P, Resolución Ejecutiva
Regional N° 019-2005-GR-JUNIN/PR que delega facultades y atribuciones para expedir resoluciones
sobre acciones de personal; y

Estando a lo informado por la Unidad de Bienestar de Personal de la Oficina Administrativa de Recursos


Humanos del Hospital Regional Docente Clínico Quirúrgico “Daniel A. Carrión” Huancayo; y

Con la Opinión favorable del Jefe de la Unidad de Control de Asistencia y Permanencia de Personal de la
Oficina de Administración de Recursos Humanos del Hospital Regional Docente Clínico Quirúrgico
“Daniel A. Carrión” Huancayo;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Conceder, a Don, Elvis Guadalupe CIRINEO IZAGUIRRE, Técnico de Enfermería, labora en
el Servicio de UCI , Licencia por Paternidad, hasta 10 días, a partir del 31 de Julio del 2018 al 09 de
Agosto del 2018 con Goce de Haber, por el alumbramiento de su Cónyuge doña: Daniela Denisse
DURAN EGOAVIL, quien fuera hospitalizada en la Clínica Santo Domingo –Huancayo,

Artículo 2°.- De existir una situación excepcional que haga ineludible la asistencia a su cónyuge o su
menor hijo (a), fuera de la licencia otorgada, le asiste el derecho de solicitar licencia a Cuenta de
Vacaciones, conforme está previsto en normas legales y administrativas.

Regístrese y Comuníquese
DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD JUNIN
HOSPITAL RDCQ DANIEL A. CARRION – HUANCAYO

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° -2021-GRJ-DRSJ-HRDCQ-DAC-HYO/ORRHH
Huancayo, de Febrero del 2021.

VISTO: El expediente Administrativo Nº 1718394-2018, Licencia por Paternidad de fecha, 09 de Febrero


del 2018,

CONSIDERANDO:

Que, mediante documentos vistos, de don, Arturo Rafael, POMALAZA ALAYO, solicita Licencia por
Paternidad con Goce de haber, para asistir en el alumbramiento de su Cónyuge de Doña, Giovanna Edy,
QUINCHO CORONEL quien ha sido Hospitalizada en la Sala de Partos de Es Salud –Huancayo, a partir
del: 06 de Febrero del 2017 al 09 de Febrero del 2018, conforme está acreditado en el Acta de Nacido
Vivo y documentos que sustentan;

Que, mediante Ley N° 29409 se concedió el derecho de licencia por paternidad a los trabajadores de la
actividad pública y privada, a efectos que cuenten con la autorización legal para ausentarse de su
centro de trabajo por un periodo determinado, ante el nacimiento de su hija o hijo, con la finalidad de
promover y fortalecer el desarrollo de la familia, a través de la atención de las necesidades y
obligaciones familiares propias de dicha condición;
DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD JUNIN
HOSPITAL RDCQ DANIEL A. CARRION – HUANCAYO

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° -2021-GRJ-DRSJ-HRDCQ-DAC-HYO/ORRHH
Huancayo, de Febrero del 2021.

Que, mediante Ley N° 29409, Ley que Modifica conceder el derecho de Licencia por Paternidad a los
Trabajadores de la Actividad Pública y Privada se modifica el artículo 2 de la Ley 29409, licencia por
paternidad a que se refiere el artículo 1 es otorgada por el empleador al padre por diez (10) días
calendario consecutivos en los casos de parto natural o cesárea.

De conformidad al Decreto Legislativo 276-84 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa, del Decreto
Supremo 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, Ley 27444 Ley de
Procedimientos Administrativo General, Resolución Ministerial N° 132-92-SA-P, Resolución Ejecutiva
Regional N° 019-2005-GR-JUNIN/PR que delega facultades y atribuciones para expedir resoluciones
sobre acciones de personal; y

Estando a lo informado por la Unidad de Bienestar de Personal de la Oficina Administrativa de Recursos


Humanos del Hospital Regional Docente Clínico Quirúrgico “Daniel A. Carrión” Huancayo; y

Con la Opinión favorable del Jefe de la Unidad de Control de Asistencia y Permanencia de Personal de la
Oficina de Administración de Recursos Humanos del Hospital Regional Docente Clínico Quirúrgico
“Daniel A. Carrión” Huancayo;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Conceder, a Don, Arturo Rafael, POMALAZA ALAYO, Odontólogo Licencia por Paternidad,
hasta un máximo de 04 días, del 06 de Febrero del 2018 al 09 de Febrero del 2018 con Goce de Haber,
por el alumbramiento de su Cónyuge doña: Giovanna Edy, QUINCHO CORONEL, quien fuera
hospitalizada en la Sala de Partos de Es Salud –Huancayo,

Artículo 2°.- De existir una situación excepcional que haga ineludible la asistencia a su cónyuge o su
menor hijo (a), fuera de la licencia otorgada, le asiste el derecho de solicitar licencia a Cuenta de
Vacaciones, conforme está previsto en normas legales y administrativas.
DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD JUNIN
HOSPITAL RDCQ DANIEL A. CARRION – HUANCAYO

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° -2021-GRJ-DRSJ-HRDCQ-DAC-HYO/ORRHH
Huancayo, de Febrero del 2021.

Regístrese y Comuníquese

VISTO: El expediente Administrativo Nº 1792485-2018, Licencia por Paternidad de fecha, 20 de Abril del
2018,

CONSIDERANDO:

Que, mediante documentos vistos, de don, Raúl Silvestre, NOLASCO BONILLA, solicita Licencia por
Paternidad con Goce de haber, para asistir en el alumbramiento de su Cónyuge de Doña, Teresa
Laynery ,GAMARRA ALFARO quien ha sido Hospitalizada en la Sala de Partos de Salud – Hospital
Nacional RAMIRO PRIALE- Huancayo, a partir del: 17 de Abril del 2018 al 19 de Abril del 2018,
conforme está acreditado en el Acta de Nacido Vivo y documentos que sustentan;

Que, mediante Ley N° 29409 se concedió el derecho de licencia por paternidad a los trabajadores de la
actividad pública y privada, a efectos que cuenten con la autorización legal para ausentarse de su
centro de trabajo por un periodo determinado, ante el nacimiento de su hija o hijo, con la finalidad de
promover y fortalecer el desarrollo de la familia, a través de la atención de las necesidades y
obligaciones familiares propias de dicha condición;

De conformidad al Decreto Legislativo 276-84 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa, del Decreto
Supremo 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, Ley 27444 Ley de
DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD JUNIN
HOSPITAL RDCQ DANIEL A. CARRION – HUANCAYO

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° -2021-GRJ-DRSJ-HRDCQ-DAC-HYO/ORRHH
Huancayo, de Febrero del 2021.

Procedimientos Administrativo General, Resolución Ministerial N° 132-92-SA-P, Resolución Ejecutiva


Regional N° 019-2005-GR-JUNIN/PR que delega facultades y atribuciones para expedir resoluciones
sobre acciones de personal; y

Estando a lo informado por la Unidad de Bienestar de Personal de la Oficina Administrativa de Recursos


Humanos del Hospital Regional Docente Clínico Quirúrgico “Daniel A. Carrión” Huancayo; y

Con la Opinión favorable del Jefe de la Unidad de Control de Asistencia y Permanencia de Personal de la
Oficina de Administración de Recursos Humanos del Hospital Regional Docente Clínico Quirúrgico
“Daniel A. Carrión” Huancayo;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Conceder, a Don, Raúl Silvestre, NOLASCO BONILLA, Técnico en Informática Licencia
por Paternidad, hasta un máximo de 04 días, del 25 al 27 y 30 de Abril del 2018, con Goce de Haber,
por el alumbramiento de su Cónyuge doña: Teresa Laynery , GAMARRA ALFARO, quien fuera
hospitalizada en la Sala de Partos de Salud- Hospital Nacional RAMIRO PRIALE –Huancayo;

Artículo 2°.- De existir una situación excepcional que haga ineludible la asistencia a su cónyuge o su
menor hijo (a), fuera de la licencia otorgada, le asiste el derecho de solicitar licencia a Cuenta de
Vacaciones, conforme está previsto en normas legales y administrativas.

Regístrese y Comuníquese
DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD JUNIN
HOSPITAL RDCQ DANIEL A. CARRION – HUANCAYO

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° -2021-GRJ-DRSJ-HRDCQ-DAC-HYO/ORRHH
Huancayo, de Febrero del 2021.

VISTO: El expediente Administrativo Nº 1862987-2018, Licencia por Paternidad de fecha, 02 de Julio del
2018,

CONSIDERANDO:

Que, mediante documentos vistos, de don, Huber Leandro ANTONIO ASTO, solicita Licencia por
Paternidad con Goce de haber, para asistir en el alumbramiento de su Cónyuge de Doña, Soraida
HUAMAN PAUCAR, quien ha sido Hospitalizada en la Sala de Partos de Salud – Hospital Nacional
RAMIRO PRIALE- Huancayo, a partir del: 16 al 19 de Junio del 2018, conforme está acreditado en el
Acta de Nacido Vivo y documentos que sustentan;

Que, mediante Ley N° 29409 se concedió el derecho de licencia por paternidad a los trabajadores de la
actividad pública y privada, a efectos que cuenten con la autorización legal para ausentarse de su
centro de trabajo por un periodo determinado, ante el nacimiento de su hija o hijo, con la finalidad de
promover y fortalecer el desarrollo de la familia, a través de la atención de las necesidades y
obligaciones familiares propias de dicha condición;

De conformidad al Decreto Legislativo 276-84 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa, del Decreto
Supremo 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, Ley 27444 Ley de
Procedimientos Administrativo General, Resolución Ministerial N° 132-92-SA-P, Resolución Ejecutiva
DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD JUNIN
HOSPITAL RDCQ DANIEL A. CARRION – HUANCAYO

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° -2021-GRJ-DRSJ-HRDCQ-DAC-HYO/ORRHH
Huancayo, de Febrero del 2021.

Regional N° 019-2005-GR-JUNIN/PR que delega facultades y atribuciones para expedir resoluciones


sobre acciones de personal; y

Estando a lo informado por la Unidad de Bienestar de Personal de la Oficina Administrativa de Recursos


Humanos del Hospital Regional Docente Clínico Quirúrgico “Daniel A. Carrión” Huancayo; y

Con la Opinión favorable del Jefe de la Unidad de Control de Asistencia y Permanencia de Personal de la
Oficina de Administración de Recursos Humanos del Hospital Regional Docente Clínico Quirúrgico
“Daniel A. Carrión” Huancayo;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Conceder, a Don, Huber Leandro ANTONIO ASTO, Técnico en Farmacia, Licencia por
Paternidad, hasta un máximo de 04 días, del 16 al 19 de Junio del 2018, con Goce de Haber, por el
alumbramiento de su Cónyuge doña: Soraida HUAMAN PAUCAR , quien fuera hospitalizada en la Sala
de Partos de Salud- Hospital Nacional RAMIRO PRIALE –Huancayo;

Artículo 2°.- De existir una situación excepcional que haga ineludible la asistencia a su cónyuge o su
menor hijo (a), fuera de la licencia otorgada, le asiste el derecho de solicitar licencia a Cuenta de
Vacaciones, conforme está previsto en normas legales y administrativas.

Regístrese y Comuníquese

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