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Trabajo de Analisis Del DL 1318

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LIDEREZ DE LA PAZ

POLICIA NACIONAL DEL PERU


ESCUELA NACIONAL DE FORMACION
PROFESIONAL POLICIAL
ESCUELA DE EDUCACION SUPERIOR TECNICO
PROFESIONAL DE SAN BARTOLO

“LÍDERES DE LA PAZ”

ASIGNATURA: LEGISLAMIENTO POLICIAL


TEMA: ANALISIS DEL DECRETO LEGISLATIVO N°
1318
CATEDRATICO:
ESTUDIANTE:
BATALLON: COMPAÑÍA: SECCION:

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LIDEREZ DE LA PAZ

DEDICATORIA

El presente trabajo está dedicado


a mis padres por haberme
brindado todo el apoyo en esta
etapa y también a mi catedrático
por brindarme el conocimiento y
las pautas para realizar este
trabajo monográfico.

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LIDEREZ DE LA PAZ

AGRADECIMIENTO

Primeramente, agradezco a Dios por


permitir gozar de buena salud, así
disfrutar de mi familia y de mi
formación profesional también
agradezco a mis padres por siempre
darme la fuerza para seguir adelante.

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LIDEREZ DE LA PAZ

INDICE

CARATULA-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------1

DEDICATORIA---------------------------------------------------------------------------------------------------------------2

AGRADECIMIENTO--------------------------------------------------------------------------------------------------------3

INDICE------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------4

INTRODUCION--------------------------------------------------------------------------------------------------------------5

MARCO TEORICO----------------------------------------------------------------------------------------------------------6

ANALISIS DECRETO LEGISLATIVO N° 1318---------------------------------------------------------------------------9

CONCLUSIONES----------------------------------------------------------------------------------------------------------11

RECOMENDACIONES----------------------------------------------------------------------------------------------------12

ANEXOS--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------13

BIBLIOGRAFIAS-----------------------------------------------------------------------------------------------------------14

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INTRODUCCIÓN

En presente trabajo, se analizara el Decreto Legislativo N° 1318, que regulan la


formación profesional de la Policía Nacional del Perú, la preparación,
integración, renovación, profesionalización y perfeccionamiento de la Policía
Nacional del Perú en un sistema de formación de alto nivel, fin público
del cual es “demostrar la adecuación y eficacia de la Policía Nacional del
Perú en el desempeño de sus funciones, garantizando con ello la prestación de los
servicios y los derechos fundamentales de la sociedad.

Esto significa que del Decreto No. 1318 en su artículo N° 7 establece que la Escuela
de Formación Profesional de la Policía Nacional del Perú, es el órgano de gestión
educativa responsable de la organización, difusión, evaluación y acreditación de la
formación profesional de los alumnos y personal de la Policía Nacional del Perú,
que depende de la Policía Nacional del Perú y forman una unidad ejecutora.

En cuanto al régimen disciplinario de los estudiantes de pregrado de la Escuela


Nacional de Formación Profesional de Policial, el Decreto Legislativo No. 1318
El artículo N° 23 establece que las infracciones se clasifican en leves, graves y muy
graves, y que las penas se dividen en simples, graves y aisladas. o deportación
según la gravedad del delito; también establece que las infracciones graves y leves
y sus sanciones se regulan por Decreto Legislativo

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MARCO TEORICO

I.- APROBACIÓN DEL REGLAMENTO:

El Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1318, ha sido aprobado, el Decreto


Legislativo que regula la Formación Profesional de la Policía Nacional del Perú,
que consta de doce (12) títulos, ciento tres (103) artículos, dos (02)
Disposiciones Complementarias Finales, dos (02) Disposiciones
Complementarias Transitorias y Una (01) Disposición Complementaria
Derogatoria, la Tabla de Sanciones por Infracciones Leves, Graves y Muy
Graves y la estructura de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial,
que como anexos forman parte del presente Decreto Supremo.

II.- OBJETO

El presente Reglamento regula la aplicación de lo dispuesto en el Decreto


Legislativo Nº 1318, Decreto Legislativo que regula la formación profesional de
la Policía Nacional del Perú- PNP, conforme a lo establecido en su Primera
Disposición Complementaria Final.

III.- PRINCIPIOS:

La Escuela Nacional de Formación Profesional Policial – ENFPP, tiene como


principios de su actividad, los siguientes:

a. Investigación e innovación.
En los procesos de formación profesional policial es esencial tanto la
búsqueda de respuestas a las interrogantes observadas en el desempeño
diario como la sistematización de las prácticas o experiencias exitosas más
eficientes y eficaces en el ejercicio de la función policial.

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LIDEREZ DE LA PAZ

b. Calidad educativa.
La Escuela Nacional de Formación Profesional Policial (ENFPP) está en
constante búsqueda de la excelencia en el cumplimiento de su misión. Se
integran a este principio, los procesos de licenciamiento y acreditación del
sistema educativo para contribuir a la consolidación de un sistema de
aseguramiento de la calidad para la formación profesional de la Policía
Nacional del Perú.

c. Meritocracia.
Los programas académicos que la Escuela Nacional de Formación
Profesional Policial (ENFPP) ofrece a través de sus unidades académicas, se
sustentan en la aptitud, actitud, desempeño, capacidad y evaluación
permanente del estudiante desde su ingreso, durante su permanencia y hasta
su graduación.

d. Desarrollo de competencias pertinentes.


Tomando como principal insumo las exigencias de formación, actualización,
capacitación y entrenamiento que surgen en el día a día del desempeño
policial, y las nuevas condiciones del contexto nacional e internacional, la
ENFPP responde a los requerimientos de conocimientos, habilidades y
aptitudes que necesita el personal policial para el mejor ejercicio de su
función. Así, la ENFPP innova constantemente los programas académicos
existentes que ofrece o los crea.

e. Mejoramiento continuo.
La ENFPP asume una mirada crítica y reflexiva sobre su misión y desempeño.
En ese sentido, se prevé el diseño, implementación y evaluación de un
conjunto de instrumentos confiables que permitan fortalecer el compromiso
institucional de mejorar continuamente todos sus procesos y gestión.

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LIDEREZ DE LA PAZ

f. Pertenencia y mística institucional.


Todos los programas académicos que ofrece la ENFPP integran la dimensión
académica y profesional policial, con la formación en los principios, valores y
doctrina de la PNP y su cultura organizacional.

g. Ética profesional.
La Escuela Nacional de Formación Profesional Policial (ENFPP) promueve la
ética profesional de la función policial en todos sus procesos y programas de
formación profesional. El personal de la PNP, en toda situación y
circunstancia, es objeto de atención pública y debe esforzarse por convertirse
en un modelo de la sociedad. En consecuencia, todo estudiante de la ENFPP
conoce y aprende el Código de Ética Policial, basado en un comportamiento
responsable, honesto, justo y transparente en su vida personal y profesional,
así como en una actuación profesional, honorable, moderada, con vocación
de servicio y enmarcada en la Constitución y las leyes de la República en el
ejercicio de su función.

IV.- FINALIDAD:

La Formación Profesional Policial es el proceso educativo con autonomía


académica, normativa y administrativa que tiene como finalidad la preparación,
integración, actualización, especialización y perfeccionamiento de la Policía
Nacional del Perú en el nivel superior del sistema educativo.

La Formación Profesional Policial tiene como finalidad pública, certificar la


idoneidad y eficacia de la Policía Nacional del Perú para el cumplimiento de sus
funciones, garantizando así la prestación de un servicio y derecho fundamental
para la sociedad.

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LIDEREZ DE LA PAZ

V. ANALISIS DEL DECRETO LEGISLATIVO N°1318

a. Se cumple en analizar el Decreto Legislativo Nº 1318 que establece que los


títulos de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial serán
equivalentes a los que entregan las universidades e institutos de nivel superior
en el Perú.

b. El presente decreto es considerado como "un aspecto fundamental para


consolidar y mantener la institucionalidad policial, logrando la revalorización de
la función policial con la finalidad de obtener un mejor apreciación de la
sociedad respecto al rol que cumple la policía nacional y sobre todo, que sus
miembros cumplan con altos estándares profesionales de desempeño en el
ejercicio de sus funciones".

c. Conforme a lo publicado en la norma tiene como objetivo "lograr en el mediano


plazo; un cuerpo policial profesional formado en Escuelas que cumplan con
una estructura organizativa y funcional eficiente, sobre la base de criterios
académicos vinculados a un perfil idóneo para responder a la demanda laboral
que se necesita en la institución, con contenidos y evidencias de desempeño
que garanticen su ética y mística".

d. Asimismo, en el reglamento del Decreto Legislativo N° 1318 indico que la


formación profesional del personal de la Policía. Brindará la posibilidad de que
los oficiales sigan posgrados y maestrías. También las estudiantes
embarazadas detendrán la oportunidad de continuar con su formación hasta
por 2 años y luego podrán reincorporarse al servicio policial.

e. La norma dispone que la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial


(ENFPP) tenga su Escuela de Posgrado. Dicha institución desarrollará
programas de estudios y otorgará grados académicos a nombre de la Nación,
así como diplomas de posgrado de conformidad con la Ley Universitaria.
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LIDEREZ DE LA PAZ

f. Los diplomados y posgrados son estudios cortos y están dirigidos a oficiales


subalternos y superiores de armas en situación de actividad, con grado de
teniente, capitán y mayor. Se pueden desarrollar bajo la modalidad presencial,
semipresencial o virtual.

g. La Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú otorga el grado


académico de Bachiller en Administración y Ciencias Policiales, al concluir
satisfactoriamente el proceso de formación profesional policial, en
concordancia con el procedimiento establecido en el Manual del Régimen
Educativo de la Escuela de Formación y de acuerdo con lo señalado en la
normatividad vigente.

h. Las Escuelas de Formación de la Policía Nacional del Perú otorgan títulos a


nombre de la Nación; la Escuela de Oficiales expide el título de Licenciado en
Administración y Ciencias Policiales; y, las Escuelas de Educación Superior
Técnico Profesional expiden el título de Técnico Profesional en Ciencias
Administrativas y Policiales; de conformidad con el procedimiento normado en
el Manual de Régimen Educativo de las Escuelas de Formación.

i. El grado académico y título otorgados en la Escuela de Oficiales, se inscriben


en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional
de Educación Superior Universitaria (SUNEDU).

j. Los títulos técnicos que otorgan las Escuelas de Educación Superior Técnico
Profesional de la Policía Nacional del Perú se inscriben en las Direcciones
Regionales de Educación (DRE) o los órganos que hagan sus veces, a través
de la Dirección Académica de la Dirección Ejecutiva de Educación y Doctrina,
y conforme lo señalado en la normatividad vigente

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CONCLUSIONES

En conclusión, todas las disposiciones de la ley de la Policía Nacional del Perú se


aprueban por Decreto Supremo e un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles
contados a partir de la fecha de su entrada en vigencia. Su redacción se
desarrollará dentro de la normativa vigente.

Los procedimientos y servicios administrativos que se prestan únicamente a través


de la Policía Nacional del Perú son aprobados por el Ministerio
del Interior con la opinión previa de la Secretaría de Administración del Estado
en la Presidencia del Consejo de Ministros. Cualquier cambio en los mismos
deberá recibir previamente la opinión de la Dirección General de Planificación y
Presupuesto del Ministerio del Interior.

A partir de la entrada en vigencia de este reglamento, no será posible financiar


salarios, gratificaciones y otras provisiones económicas similares para el personal
policial que se encuentre gravado con recursos provenientes de fuentes de
financiamiento y así los recursos se recolectan directamente.

Finalmente se debe recaudar directamente los recursos derivados del concepto de


prestación integral de los trámites y servicios de administración de la policía
nacional del Perú, a su vez realizar trámites administrativos del Ministerio del
Interior, destinados principalmente a financiar los costos de su implementación y
sostenibilidad a las Escuelas de Formación de la Policía Nacional del Perú.

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LIDEREZ DE LA PAZ

RECOMENDACIONES

La ENFPP debe buscar la excelencia en el cumplimiento de su misión. A fin de


conseguir el proceso de licenciamiento y acreditación del sistema educativo para
contribuir a la consolidación de un sistema de aseguramiento de la calidad para la
formación profesional de la Policía Nacional del Perú.

Los programas académicos que la ENFPP deberían ofrece a través de sus


unidades académicas, se sustentan en la aptitud, actitud, desempeño, capacidad
y evaluación permanente del estudiante desde su ingreso, durante su permanencia
y hasta su graduación satisfactoriamente.

Se sugiere que todos los programas académicos de la ENFPP que integran la


dimensión académica y profesional policial, deben brindar con la formación en los
principios, valores y doctrina de la PNP y su cultura organizacional.

La Policía Nacional del Perú, puede ganarse la confianza de la sociedad


incorporando a sus programas de acción, mecanismos concretos para examinar
sus actividades de los estudiantes a fin de que adquieran todos los conocimientos
en su etapa de formación profesional.

Es recomendable todos estudiantes que se encuentran en formación profesional


deben estudiar toda la legislación policial, con el fin de poder conocer y entender
su funcionamiento y a qué leyes regirse.

En fundamental por parte de los estudiantes analizar los nuevos decretos


legislativos que se aprueban transcurso el tiempo, es necesario poder conocer sus
beneficios y perjuicios. Que puede afectar o beneficiar directamente a los
estudiantes y al personal policial.

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ANEXOS

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BIBLIOGRAFIA

1. https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-legislativo-que-
regula-la-formacion-profesional-de-l-decreto-legislativo-n-1318-1469782-1/

2. https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-
aprueba-el-reglamento-del-decreto-legisl-decreto-supremo-n-022-2017-in-
1540144-2/

3. https://www.policia.gob.pe/Contenido/doc/docuDireasjur/MODIFICACION%
20DEL%20REGLAMENTO%20DEL%20DECRETO%20LEGISLATIVO%20
1318.pdf

4. https://spij.minjus.gob.pe/Graficos/Peru/2017/Julio/05/EXP-DS-022-2017-
IN.pdf

5. https://repositorio.uss.edu.pe/handle/20.500.12802/6937

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