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Para Hacer El Video 2

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FILOSOFIA DE ACCION DE P.C.

VIDEO 1

PERMISO MI CAPITAN BUENOS DIAS YO SOY EL SEÑOR CBOS. GUARNIZO WILLAN EN ESTE
MOMENTO VOY HACER UNA BREVE EXPOSICION SOBRE LA TAREA DOS DEL MODULO DE
FILOSOFIA DE ACCION DE LA POLICIA COMUNITARIA, EN EL CUAL VOY A TRATAR EL TEMA DE
LA CREACIÓN DE LOS DERECHOS UNIVERSALES DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

LA CREACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y


ADOLESCENTES SE DA EN.

En el año 1948 año en el cual se consagran nuestros derechos más fundamentales.


En 1989 se aprueba la convención sobre los derechos de los Niños, como parte de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos.

Los derechos de los niños, niñas y adolescentes, debido a sus características particulares, que enfrentan
una condición de vulnerabilidad, requieren atención y protección por parte de la familia y el estado.

Los Derechos de los niños y niñas están reconocidos en:

La Declaración de los Derechos del Niño.

EN el año 1959 se aprobó un texto en el cual protege por primera vez a los niños “El niño es reconocido
universalmente como un ser humano que debe ser capaz de desarrollarse física, mental, social, moral y
espiritualmente” en cual se establecieron 10 principios básicos que reconocen los derechos civiles
políticos, económicos, sociales y culturales de los niños y niñas. Entre estos tenemos derecho a la
igualdad, derechos a la alimentación, derecho a un nombre, derecho a la protección de cualquier forma de
abandono crueldad y explotación.

La Constitución del Ecuador:

También promueve la integridad de las personas y sus derechos basándose en que los seres humanos
somos iguales con los mismos derechos.
Respecto a los niños y niñas los pone dentro del grupo de atención prioritaria, por las diferentes
vulnerabilidades que presentan, basándose en los principios estipulados en los art. 44, 45 y 46, en la cual
nos indica sobre el:

 Interés superior del niño. Que se refiere a Tomar la mejor decisión para la niña o niño en función del
cumplimiento de sus derechos.

 Sobre Priorizar el desarrollo integral del niño y niña en la sociedad y la familia.

 Y sobre la Universalización de derechos: Se refiere a que todas las personas gozamos de los
derechos estipulados en las diferentes normativas y los niños gozan de derechos propios de su
condición.

Código de la niñez y adolescencia:

Aprobado en el año 2003 y determina que el niño o niña es sujeto de derecho y de derechos, debido al
interés superior del niño y la protección especial con la cuenta, por eso debe ser protegido por el estado,
por la sociedad y por la familia, con el fin de garantizar un desarrollo íntegro y plenos disfrute de sus
derechos.

A CONTINUACION VOY HABLAR SOBRE EL ENFOQUE DE GÉNERO

El enfoque de género es de carácter histórico y cultural.

AL hablar de enfoque de genero nos estamos refiriendo a las diferentes oportunidades que tenemos los
hombres y las mujeres Y por los distintos papeles que socialmente nos asignan.

El enfoque de género centra su atención en las condiciones necesarias para garantizar derechos de
acceso a bienes y servicios de la sociedad con justicia e igualdad.

Las características construidas que definen y relacionan del ser y del que hacer femenino y masculino se
identifican en el ámbito familiar, refiriéndose a las creencias de que los niños y niñas deben desarrollar
comportamientos que marquen la diferencia entre niño y niña.

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