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Act - 5.1 - Meyra - Juárez - Cuadro Comparativo Fianza y Prenda

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UNIVERSIDAD

INTERCONTINENTAL
Derecho - Contratos Civiles

Docente
Rogelio Urzúa Robles

Alumna
Jillian Elizabeth Meyra Juárez
Fianza Prenda
1. Definición La fianza es una obligación La prenda es un contrato por el cual
accesoria en virtud de la cual una o se entrega una cosa corporal mueble
más personas responden de una al acreedor para dar seguridad a su
obligación ajena comprometiéndose crédito otorgándole la facultad de
para con el acreedor a cumplirla en perseguir la cosa empeñada
todo o parte si el deudor principal no retenerla en ciertos casos y pagarse
la cumple. preferentemente con el producto de
su realización en caso de que el
deudor no cumpla con la obligación
garantizada.
2. Clasificación Es unilateral, gratuito, accesorio y Es un contrato unilateral, gratuito,
consensual accesorio y real y se perfecciona con
la entrega.

3. Elementos El fiador responde con todo su Se responde con el bien otorgado en


personales patrimonio, se tienen que tener prenda y se deben tener facultades
bienes suficientes para realizar la de enajenación sobre el bien que se
fianza. dará en prenda.

4. Elementos Formalidades libres, salvo fianza Formalidades por escrito.


formales judicial que deberá llevarse ante el
Registro Publico de Propiedad.

5. Elementos No se entrega ningún bien. El bien se puede o no entregar al


reales El fiador es siempre un tercero. acreedor.
El constituyente puede ser el mismo
deudor o un tercero.

El acreedor puede perseguir al Esta garantía real lleva consigo la


6. Efectos fiador desde que la obligación se desposesión de la cosa, sobre la cual
haya hecho exigible; no siendo esté constituida la garantía. Las
necesario perseguir al deudor prendas sin desplazamiento le
principal (a no ser que este permiten al deudor conservar el
interponga el beneficio de material de explotación sobre el cual
excusión), l fiador, antes de ser obtiene crédito, estas prendas sin
requerido de pago, puede pagar la desposesión del deudor se
deuda. En este caso, las aproximan a la hipoteca.
obligaciones del fiador son las
siguientes:
Si paga antes del plazo, deberá
esperar a que se cumpla este para
ejercitar contra el deudor la acción
de reembolso, Deberá dar aviso al
deudor antes de pagar
anticipadamente, de no hacerlo la
sanción es:
El deudor puede oponer todas las
excepciones que pudo oponer el
acreedor.
7. Modos de La fianza se extingue: Por vía La prenda se extingue: a) Por
extinción consecuencial con la extinción de la prescripción, cuyo término es de
obligación principal, Por haber cuatro años a partir del vencimiento
ocurrido respecto de la fianza de la obligación; b) Por pago total; c)
misma cualquiera de las causas por Por la resolución del derecho del
las que se extinguen las constituyente, en los casos en que
obligaciones, Por medios conforme a la ley, las acciones
especiales, El relevo de la fianza en resolutorias perjudican a terceros.
verdad no es una forma particular
de extinción de la fianza sino una
modalidad de la remisión o de la
resciliación, Cuando el acreedor por
hecho o culpa suya ha perdido las
acciones en que el fiador tenía el
derecho de subrogarse y Este sí es
un modo especial de extinguir la
fianza.

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