Accion de Amparo
Accion de Amparo
Accion de Amparo
1-21-0061
La acción de amparo será admisible contra todo acto omisión de una autoridad pública o
de cualquier particular, que en forma actual o inminente y con arbitrariedad o ilegalidad
manifiesta lesione, restrinja, altere o amenace los derechos fundamentales consagrados
en la Constitución.
con excepción de los derechos protegidos por el Hábeas Corpus y el Hábeas Data.
Toda persona física o moral, sin distinción de ninguna especie, tiene derecho a reclamar
la protección de sus derechos fundamentales mediante el ejercicio de la acción de amparo.
5- ¿En consiste la calidad del Defensor del Pueblo, para interponer la Acción de
Amparo?
El Defensor del Pueblo tiene calidad para interponer la acción de amparo en interés de
salvaguardar los derechos fundamentales de las personas y los intereses colectivos y
difusos establecidos en la Constitución y las leyes, en caso de que estos sean violados,
amenazados o puestos en peligro por funcionarios u órganos del Estado, por prestadores
de servicios públicos o particulares.
2) Cuando la reclamación no hubiese sido presentada dentro de los sesenta días que
sigan a la fecha en que el agraviado ha tenido conocimiento del acto u omisión que le ha
conculcado un derecho fundamental.
8- ¿Tribunal competente?
Será competente para conocer de la acción de amparo, el juez de primera instancia del
lugar donde se hava manifestado el acto u omisión cuestionado
12- ¿Qué debe hacer el juez cuando es apoderado de una acción de amparo?
el juez apoderado dictara auto en un plazo no mayor de tres dias. autorizando a reclamante
acitar al presunto agraviante a comparecer a la audiencia que tendra lugar para conocer
de los méritos de la reclamación.
13- Cómo pueden ser acreditados los actos u omisiones que constituyen una lesión,
restricción o amenaza a un derecho fundamental?
1) El día y la hora fijados para la audiencia, el juez invitará a las partes presentes o
representadas a producir los medios de prueba que pretendan hacer valer para
fundamentar sus pretensiones. La parte o las partes supuestamente agraviantes deberan
producir sus medios de predas, ames o en la ausencia misma, preservándose siempre el
carácter contradictorio.;
2) Cada una de las partes, en primer término el reclamante, tiene facultad para hacer sus
observaciones en cuanto a las pruebas producidas v exponer sus argumentos respecto del
objeto de la solicitud del amparo.
3) La no comparecencia de una de las partes, si ésta ha sido legalmente citada, no
suspende el procedimiento. en el caso de que no sea suficiente una audiencia
4) El juez, sin perjuicio de la sustanciación del caso, procurará que la producción de las
pruebas se verifique en el más breve término posible.
El juez suplirá de oficio cualquier medio de derecho y podrá decidir en una sola
sentencia sobre el fondo y sobre los incidentes, si los ha habido, excepto en lo relativo a
las excepciones de incompetencia.
El juez apoderado de la acción de amparo puede ordenar en cualquier etapa del proceso,
a petición escrita o verbal del reclamante o de oficio. la adopción de las medidas. urgentes
que. según las circunstancias. se estimen más idóneas para asegurar provisionalmente la
efectividad del derecho fundamental alegadamente lesionado. restringido. alterado o
amenazado.
19- ¿En cuanto a los recursos de la acción de amparo: Cuáles proceden, cómo se
interpone, a quién se notifica y en cuáles plazos
Todas las sentencias emitidas por el juez de amparo pueden ser recurridas en revisión por
ante el Tribunal Constitucional en la forma y bajo las condiciones establecidas en esta
ley.
Ningún otro recurso es posible, salvo la tercería, es cuyo caso habrá de procederse con
arreglo a lo que establece el derecho común.
Notificación. El recurso le será notificado a las demás partes en el proceso. junto con las
pruebas anexas. en un plazo no mavor de cinco dias