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Accion de Amparo

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Ernest Genao R.

1-21-0061

En cuanto a la Acción de Amparo, contesta lo siguiente:

1.- ¿Contra qué será admisible?

La acción de amparo será admisible contra todo acto omisión de una autoridad pública o
de cualquier particular, que en forma actual o inminente y con arbitrariedad o ilegalidad
manifiesta lesione, restrinja, altere o amenace los derechos fundamentales consagrados
en la Constitución.

2- ¿Cuáles son las excepciones de los derechos protegidos por lo que no


procede?

con excepción de los derechos protegidos por el Hábeas Corpus y el Hábeas Data.

3- ¿En qué consiste la gratuidad?

La gratuidad se refiere a la condición en la cual un bien, servicio o acción no tiene un


costo o precio asociado para quien lo recibe o utiliza. En el contexto de la educación,
por ejemplo, la gratuidad implica que la educación es proporcionada sin costo alguno
para los estudiantes, ya sea en instituciones públicas o a través de programas de becas y
subsidios.

La gratuidad puede aplicarse en diversos ámbitos, como la atención médica en sistemas


de salud públicos, servicios sociales, asistencia legal, entre otros. Su objetivo es
garantizar el acceso a servicios esenciales sin que las personas tengan que incurrir en
gastos que puedan ser prohibitivos.

4- ¿Quiénes pueden interponerlo?

Toda persona física o moral, sin distinción de ninguna especie, tiene derecho a reclamar
la protección de sus derechos fundamentales mediante el ejercicio de la acción de amparo.

5- ¿En consiste la calidad del Defensor del Pueblo, para interponer la Acción de
Amparo?

El Defensor del Pueblo tiene calidad para interponer la acción de amparo en interés de
salvaguardar los derechos fundamentales de las personas y los intereses colectivos y
difusos establecidos en la Constitución y las leyes, en caso de que estos sean violados,
amenazados o puestos en peligro por funcionarios u órganos del Estado, por prestadores
de servicios públicos o particulares.

6- ¿Cuáles son las causas de inadmisibilidad?

El juez apoderado de la acción de amparo, luego de instruido el proceso, podrá dictar


sentencia declarando inadmisible la acción, sin pronunciarse sobre el fondo, en los
siguientes casos:
1) Cuando existan otras vías judiciales que permitan de manera efectiva obtener la
protección del derecho fundamental invocado.

2) Cuando la reclamación no hubiese sido presentada dentro de los sesenta días que
sigan a la fecha en que el agraviado ha tenido conocimiento del acto u omisión que le ha
conculcado un derecho fundamental.

3) Cuando la petición de amparo resulte notoriamente improcedente.

7- ¿En qué consiste la ausencia de los efectos suspensivos?

El conocimiento de la acción de amparo que reúna las condiciones de admisibilidad, no


podrá suspenderse o sobreseerse para aguardar la derinicion de la suerte de otro proceso
judicial.

8- ¿Tribunal competente?

Será competente para conocer de la acción de amparo, el juez de primera instancia del
lugar donde se hava manifestado el acto u omisión cuestionado

9- ¿Por qué ningún juez podrá declarar de oficio su incompetencia territorial?

Ningún juez podrá declarar de oficio su incompetencia territorial. Cuando el juez


originalmente apoderado de la acción de amparo se declare incompetente, éste expresará
en su decisión la jurisdicción que estima competente. bajo pena de incurrir en denegación
de justicia. Esta designación se impondrá a las partes, y al juez de envío, quien no puede
rehusarse a estatuir, bajo pena de incurrir en denegación de justicia.

10- ¿Cuándo las Jurisdicciones Especializadas conocerán acciones de amparo?

Los tribunales o jurisdicciones especializadas existentes o los que pudieran ser


posteriormente establecidos, deberán conocer también acciones de amparo, cuando el
derecho fundamental vulnerado guarde afinidad o relación directa con el ámbito
jurisdiccional específico que corresponda a ese tribunal especializado, debiendo seguirse,
en todo caso, el procedimiento previsto por esta ley.

11- ¿Explique el procedimiento de amparo y qué debe contener la instancia?

La acción de amparo se intentará mediante escrit dirigido por el reclamante al juez


apoderado y depositado en la Secretaria del Tribunal. acompanado de los documentos y
piezas que le sirven de soporte, asi como de la indicación de las demas pruebas que
pretende hacer valer, con mención de su finalidad probatoria, el cual deberá contener:

1) La indicación del órgano jurisdiccional al que va dirigida, en atribuciones de tribunal


de amparo.

2) El nombre, profesión, domicilio real y menciones relativas al documento legal de


identificación del reclamante y del abogado constituido, si lo hubiere.
3) El senalamiento de la persona fisica o moral supuestamente agraviante. con la
designación de su domicilio o sede operativa, si fuere del conocimiento del reclamante.

4) La enunciación sucinta v ordenada de los actos v omisiones que alegadamente han


infligido o procuran producir una vulneración, restricción o limitación a un derecho
fundamenta del reclamante. con una exnosicion breve de las

razones que sirven de rundamento 3 la accion

5) La indicación clara y precisa del derecho fundamental conculcado o amenazado y cuyo


pleno goce y ejercicio se pretende garantizar o restituir mediante la acción de amparo.

6) La fecha de la redacción de la instancia y la firma del solicitante de protección o la de


su mandatario, si la hubiere. En caso de que el reclamante no sepa o no pueda firmar,
deberá suscribirlo en su nombre una persona que no ocupe cargo en el tribunal y que a
solicitud suya lo haga en presencia del secretario, lo cual éste certificará. La persona
reclamante que carezca de aptitud para la redacción del escrito de demanda, puede utilizar
los servicios del tribunal o del empleado que este indique. Quedando sometida la
formalidad de la firma a Io anteriormente prescrito.

12- ¿Qué debe hacer el juez cuando es apoderado de una acción de amparo?

el juez apoderado dictara auto en un plazo no mayor de tres dias. autorizando a reclamante
acitar al presunto agraviante a comparecer a la audiencia que tendra lugar para conocer
de los méritos de la reclamación.

13- Cómo pueden ser acreditados los actos u omisiones que constituyen una lesión,
restricción o amenaza a un derecho fundamental?

pueden ser acreditados por cualquier medio de prueba permitido en la legislación


nacional, siempre y cuando su admisión no implique un atentado al derecho de defensa
del presunto agraviante.

14- ¿Para la celebración de las audiencias en materia de amparo, cómo se regirán


sus formalidades?

Para la celebración de las audiencias en materia de amparo, regirán las siguientes


formalidades

1) El día y la hora fijados para la audiencia, el juez invitará a las partes presentes o
representadas a producir los medios de prueba que pretendan hacer valer para
fundamentar sus pretensiones. La parte o las partes supuestamente agraviantes deberan
producir sus medios de predas, ames o en la ausencia misma, preservándose siempre el
carácter contradictorio.;

2) Cada una de las partes, en primer término el reclamante, tiene facultad para hacer sus
observaciones en cuanto a las pruebas producidas v exponer sus argumentos respecto del
objeto de la solicitud del amparo.
3) La no comparecencia de una de las partes, si ésta ha sido legalmente citada, no
suspende el procedimiento. en el caso de que no sea suficiente una audiencia

para la producción de las pruebas, el juez puede ordenar su continuación si perjuicio de


la substanciación del caso, procurando que la producción de las pruebas se verifique en
un término no mayor de tres dias.

4) El juez, sin perjuicio de la sustanciación del caso, procurará que la producción de las
pruebas se verifique en el más breve término posible.

15- ¿En qué consiste el Procedimiento de Extrema Urgencia?

En casos de extrema urgencia, el reclamante, por instancia motivada, podrá solicitarle al


juez de amparo que le permita citar al alegado agraviante a comparecer a audiencia a
celebrarse a hora fija, aun en dias feriados o de descanso.

16- ¿Cuáles son las facultades del juez en materia de amparo?

El juez suplirá de oficio cualquier medio de derecho y podrá decidir en una sola
sentencia sobre el fondo y sobre los incidentes, si los ha habido, excepto en lo relativo a
las excepciones de incompetencia.

17- ¿En qué consisten las Medidas Precautorias?

El juez apoderado de la acción de amparo puede ordenar en cualquier etapa del proceso,
a petición escrita o verbal del reclamante o de oficio. la adopción de las medidas. urgentes
que. según las circunstancias. se estimen más idóneas para asegurar provisionalmente la
efectividad del derecho fundamental alegadamente lesionado. restringido. alterado o
amenazado.

18- ¿Qué debe contener el Dispositivo de la Sentencia?

La decisión que concede el amparo deberá contener

1) La mención de la persona en cuyo favor se concede el amparo.

2) El señalamiento de la persona fisica o moral, pública o privada, órgano o agente de la


administración pública contra cuyo acto u omisión se concede el amparo.

3) La determinación precisa de lo ordenado a cumplirse, de lo que debe o no hacerse,


con las especificaciones necesarias para su, ejecución.

4) El plazo para cumplir con lo decidido.

5) La sancion en caso de incumplimiento.

19- ¿En cuanto a los recursos de la acción de amparo: Cuáles proceden, cómo se
interpone, a quién se notifica y en cuáles plazos
Todas las sentencias emitidas por el juez de amparo pueden ser recurridas en revisión por
ante el Tribunal Constitucional en la forma y bajo las condiciones establecidas en esta
ley.

Ningún otro recurso es posible, salvo la tercería, es cuyo caso habrá de procederse con
arreglo a lo que establece el derecho común.

Interposición. El recurso de revisión se interpondrá mediante escrito motivado a ser


depositado en la secretaria del juez o tribunal que rindio la sentencia. En un plazo de cinco
días contados a partir de la fecha de su notificación.

Forma. El recurso contendrá las menciones exigidas para la interposición de la accion de


amparo. naciendose constar ademas de Torma clara y Drecisa los agravios causados por
la decision Impugnada.

Notificación. El recurso le será notificado a las demás partes en el proceso. junto con las
pruebas anexas. en un plazo no mavor de cinco dias

Escrito de Defensa. En el plazo de cinco días contados a partir de la notificación del


recurso, las demas partes en el proceso depositaran en la secretaria del juez o tribunal que
rindio la sentencia, su escrito de defensa, junto con las pruebas que o avalan.

Remisión al Tribunal Constitucional. Al vencimiento de ese último plazo. la secretaria de


juez o tribunal remite sin demora e expediente conformado al Tribunal Constitucional.

Pronunciamiento. Se pronunciará sobre el recurso interpuesto dentro del plazo maximo


de treinta dias que sigan a la recepcion de las actuaciones.

20- Cuáles son los Requisitos de Admisibilidad del Recurso?

La admisibilidad del recurso esta suieta a la especial trascendencia o relevancia


constitucional de la cuestión planteada, que se apreciará atendiendo a su importancia para
la interpretación, aplicación y general eficacia de la Constitución. o para la determinación
del contenido. alcance y la concreta protección de los derechos fundamentales.

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