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ESCRITURA PUBLICA NUMERO 12345 - Anexo

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AB 00 286618

ESCRITURA PUBLICA NUMERO 12345

DOCE MIL TRECIENTOS CUARENTA Y CINCO ------------------------------------

FECHA DE OTORGAMIENTO: DIEZ (10) DICIEMBRE DE DOS MIL

VEINTITRES (2.023).--------------------------------------------------------------------

OTORGADA EN LA NOTARIA QUINTA (05) DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ

D.C.---------------------------------------------------------------------------------------

---------------------------------- SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO ----------------------------

----------------------------------------------------- FORMATO DE REGISTRO -------------------------------------------

MATRICULA INMOBILIARIA NUMERO: 50N- 20343312 -----------------------------------------------------------

CODIGO CATASTRAL: SB D151 A13 6 ---------------------------------------------------------------------------------

UBICACION DEL ----- DEPARTAMENTO ----- MUNICIPIO ----- VEREDA ----------------------------

PREDIO ------------------ CUNDIMARCA ------------ BOGOTÁ --------- ======== -----------------------------

URBANO X ------------------------- NOMBRE O DIRECCIÓN: DIAGONAL 16 B NO. 107 A -65 –

RURAL BLOQUE 11 APARTAMENTO 801, GARAJE 12 DEL --------------------

--------------------------------------------- CONJUNTO RESIDENCIAL TERRAZAS DE SAN ANGEL -------------

----------------------------------------------PROPIEDAD HORIZONTAL -------------------------------------------------

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

NATURALEZA JURIDICA DEL ACTO VALOR DEL ACTO ------------

ESPECIFICACION PESOS ------------------------------------

0125 COMPRAVENTA $178,000,000 ----------------------------

PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL ACTO IDENTIFICACION NUMERO ----------

MARIA FERNANDA JAIMES SILVA 52951874 ---------------------------------

LUZ MARY SUAREZ CAÑON 1015999358 ------------------------------


Comparecen: MARIA FERNANDA JAIMES SILVA, mayor de edad, domiciliada en Bogotá D.C.,

de Nacionalidad Colombiana, Identificada con la Cedula de Ciudadanía Número 52951874

expedida en Bogotá D.C., de estado Civil Soltera. Comparece a este Acto en su propio

nombre y Representación, con la Libre Administración sobre sus bienes, se llamara EL

VENDEDOR, a quien identifique y quien tiene a mi juicio la capacidad legal necesaria para el

otorgamiento de la presente Escritura y de todo lo cual doy fe y manifestó lo siguiente:-

PRIMERO:- OBJETO- Que en las Condiciones antes dichas, Transfiere a título de venta real,

pura y simple a favor de la Señora LUZ MARY SUAREZ CAÑON Identificada con la Cedula de

Ciudadanía Número 1.015.999.358 expedida en Bogotá D.C., Quien en el Cuerpo de este Acto

se Denominara LA COMPRADORA, La Totalidad del predio que El Vendedor tiene y ejerce en

el Siguiente Bien Inmueble:- PREDIO UBICADO EN EL CONJUNTO RESIDENCIAL TERRAZAS

DE SAN ANGEL – DIAGONAL 16B No. 107 A -65 BLOQUE 11 APARTAMENTO 801- la transfiere

Con todas sus anexidades y dependencia, se encuentra situada en ESTA CIUDAD DE

BOGOTA- AREA DEL PREDIO:- 42.00 M2- AREA Construida de:- 42.00 M2-CUYOS LINDEROS Y

MEDIDAS Aparecen en el Certificado Plano No.- 1423447 expedido por el Instituto Geográfico

Agustín Codazzi IGAC, que se incorpora a la presente Escritura como parte de la misma con

Ref. Cat.- #01-04-0435-0011-000, que a esta Área le corresponde el Folio de Matricula

Particular 070-29451 - determinado por los siguientes linderos y medidas generales:- POR EL

NORTE , Apartamento 802 , mide metros.- POR EL ESTE: - Apartamento 805 y mide 62.00

metros, - POR EL SUR: Parque Infantil Centenario, mide 3430 metros.- POR EL OESTE :-

Apartamento 804 y mide 62.00 metros. PRIMERO:-

No Obstante la Cabida y Linderos Acabados de expresar, La Compraventa de los 42.00M2.,

del Inmueble arriba relacionado se hace como la de un Cuerpo Cierto y Verdadero.-------------

----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO:- ADQUISICION: Que LA VENDEDORA SE HIZO A LA TOTALIDAD DEL INMUEBLE

POR COMPRA QUE EFECTUADA POR URBE CAPITAL S.A., como consta Pormenorizadamente

en la Escritura Publica No.- 4071 de fecha 16 del mes de Septiembre del año 2008 de la

Notaria Quinta del Circuito de Bogotá D.C., la que fue inscrita en la Oficina de Registros

de Instrumentos Públicos de Bogotá, el día dieciocho (18) de Noviembre del Año dos mil

dieciocho (2008), Bajo el Folio de Matricula Particular 20343312. TERCERO:- PRECIO:- Que El

Precio de esta Venta Fue por la Suma Total de:- CIENTO SETENTA Y OCHO MILLONES DE

PESOS MCTE - ($178.000.000.oo)., que la COMPRADORA se obliga a pagar a la VENDEDORA,

o a su orden, en la ciudad de Bogotá y en la siguiente forma: VEINTE MILLONES DE PESOS

M/CTE ($20.000.000) como arras a la firma del contrato promesa de compraventa. CIEN

MILLONES DE PESOS M/CTE ($100.000.000) a la entrega del inmueble; la suma de

CINCUENTA Y OCHO MILLONES DE PESOS M/CTE ($58.000.000) al momento del

otorgamiento de la escritura pública correspondiente, dichas sumas serán canceladas en

efectivo. CUARTO:- Que EL VENDEDOR No ha Enajenado el Derecho que ahora vende por

Acto anterior al presente y que tal Derecho se halla Libre de embargos, Registros por

demandas Civiles, que también Entrega el inmueble libre de Pleitos Pendientes,

Condiciones Suspensivas o Resolutorias del Dominio, Arrendamiento por Escritura Pública,

ni tiene Constituido sobre el Bien Patrimonio de Familia Inembargable, Ni Afectación a

Vivienda Familiar- que el Vendedor del Predio lo Entrega Libre de Hipotecas- Cancelado

debidamente el Predial- hasta el año 2018 - y el Vendedor le entrega al Comprador todos los

recibos Cancelados por agua, luz y gas natural y el Comprador manifiesta que en este Estado

Recibió el Inmueble. QUINTO:- Que EL VENDEDOR a Título Personal y/o quien Represente

sus Derechos en esta Ciudad de Bogotá, se obliga al saneamiento de lo vendido en los casos

que manda la Ley, ya sea por vicios redhibitorios, o por vicios ocultos.
PARAGRAFO PRIMERO: Que EL VENDEDOR entrega el inmueble a EL COMPRADOR libre de

todo Gravamen, CON Las Acometidas e Instalaciones por Los Servicios Públicos de Agua,

luz, gas natural y Así lo Recibió EL COMPRADOR, con todos estos servicios instalados y

Cancelados, al momento de la Entrega del Inmueble- EL VENDEDOR, entrego al Comprador-

todos los recibos Cancelados por los conceptos antes anotados. SEXTO:- GASTOS:- Que

Los Gastos que ocasione el Otorgamiento de la Presente Escritura, Serán

Cancelados de la Siguiente Forma: Los Gastos Notariales, serán Asumidos POR LA

COMPRADORA , al igual que el Impuesto De Retención en la Fuente. SÉPTIMO: - CLAUSULA

– PACTO COMISORIO:- si LA COMPRADORA no paga A LA VENDEDORA el precio del

inmueble y el monto correspondiente a los impuestos, en el tiempo y lugar convenidos,

se resuelve ipso facto el contrato de compraventa, sin perjuicio, de que LA COMPRADORA

pudiera hacerlo subsistir, pagando el precio dentro de un término máximo de gracia de

veinticuatro horas, contadas desde la siguiente hora hábil a la de la notificación de la

demanda. OCTAVO: INDAGACION A EL VENDEDOR SOBRE SI EL BIEN A TRANSFERIR SE

ENCUENTRA AFECTADO A VIVIENDA FAMILIAR:- En Mi Calidad de Vendedora, manifiesto

que la totalidad del Inmueble dado en venta no se encuentra Afectado a Vivienda Familiar de

Conformidad con lo Dispuesto en la Ley 258 del 17 de Enero de 1996 y que sobre el Bien NO

se Haya Constituido. NOVENO:- PODER ESPECIAL:- LA VENDEDORA Confiere Poder

Especial, Amplio y Suficiente a LA COMPRADORA para que a través de una Escritura Pública

de Aclaratoria y haciendo uso del Referido mandato aquí consignado, corrija cualquier error

que se encuentre en la Nomenclatura, Matricula Inmobiliaria, Referencia Catastral, linderos y

medidas, títulos antecedentes y cualquier otro aspecto SOLO de esta Escritura. Este

Poder se entiende conferido exclusivamente para ajustar los datos del 100% por ciento del

Inmueble que por este instrumento se da EN VENTA, a la Información que se encuentren en


los títulos antecedentes, en la Oficina de Registro Correspondiente y a los

documentos de Identidad Presentados a la Notaria. PARAGRAFO:- De Conformidad con el

Artículo 5º del Decreto 768 del 12 de Marzo del 2008, EL Vendedor o Transferente, declaran

bajo la gravedad del Juramento que el 100% por Ciento del Inmueble que transfiere por este

Instrumento NO se Encuentra Protegido en los Términos de la Ley 1152 del 2007. DECIMO:-

ACEPTACIÓN:- Presente en este Otorgamiento la Señora:- LUZ MARY SUAREZ CAÑON -

mayor de edad, vecina y domiciliada en la Ciudad de Bogotá, de Nacionalidad Colombiana,

Identificada con la Cedula de Ciudadanía Número 1.015.999.358 expedida en Bogotá D.C.,

comparece a este Acto con su propio nombre y representación, quien en el cuerpo de este

Acto se ha llamado LA COMPRADORA- por una parte, a quien Identifique y quien tiene a

mi juicio la Capacidad legal necesaria para el otorgamiento de la presente

Escritura y de todo lo cual doy fe y Manifestó lo Siguiente:- a) Que en las Condiciones antes

dichas acepta a su nombre la presente Escritura de Compraventa con sus cláusulas- por

encontrarla todo de acuerdo con lo pactado con LA VENDEDORA – MARIA FERNANDA JAIMES

SILVA, b) Que conoce y recibió a sus nombre el Inmueble Vendido a entera satisfacción en el

estado actual en que se encontraba el Bien.- c) Que LA COMPRADORA se hizo al Dominio del

Bien, con el Producto de negociación licitas y dineros de su propio pecunio esfuerzo y

trabajo- d) CLAUSULA NOTARIAL- Que en la calidad de COMPRADORES, manifiéstanos que

NO AFECTAMOS EL BIEN QUE POR ESTE INSTRUMENTO NOS TRANSFIEREN.--------------------

DOCUMENTOS QUE SE ANEXAN CON ESTE INSTRUMENTO: ------------------------------------

1. CERTIFICADO DE TRADICION VIGENTE ---------------------------------------------------------------

2. RECIBO DE PREDIAL CANCELADO HASTA EL AÑO 2023 ------------------------------------------

----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
-----------------------------------------CONSTANCIA NOTARIAL:--------------------------------------------

EN CUMPLIMIENTO A LA INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA NÚMERO 1 DE ABRIL 1º DE 2.004

EL NOTARIO EXHORTA A LOS VENDEDORES DE DECLARAR EL (LOS) BIEN QUE SE VENDE(N)

Y QUE EL PREDIO A LA FECHA SE ENCUENTRA (N) A PAZ Y SALVO POR

CONCEPTO DE PREDIAL Y VALORIZACION CANCELADOS QUE EL PREDIO TIENE SUS

ACOMETIDAS E INSTALACIONES POR LOS SERVICIOS PÚBLICOS ( DE LUZ – AGUA, GAS

NATURAL Y ESTOS SERVICIOS SE ENCUENTRAN INSTALADOS Y CANCELADOS – ).-------------

----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

------------------------------------OTORGAMIENTO Y AUTORIZACIÓN. ----------------------------------

El presente Instrumento, fue Leído, Aprobado y Firmado por los Comparecientes y por Ello el

Suscrito Notario lo Autoriza.- Se Advirtió a los Comparecientes Lo Siguiente:- A) Que las

Declaraciones Emitidas por ellos deben obedecer a la Verdad. B) Que son

responsables penal y civilmente en el Evento de que se utilice este Instrumento con Fines

Fraudulentos o ilegales. C) Que se abstiene de dar fe sobre el querer o fuero interno de los

comparecientes que no se expresó en este Instrumento. D) Que el Notario solo Responde de

la Regularidad Formal del Instrumento, ya que las afirmaciones de las partes solo a ellos

atañen. E) Que, dado que los comparecientes han leído cuidadosamente

esta escritura, los errores de trascripción en que en ella se incurran no son atribuibles al

Notario, sino a las partes. F) Que deben presentar esta Escritura para su Registro en la Oficina

de Registro Correspondiente dentro deltérmino perentorio de dos (2) meses contados

a partir de la fecha de otorgamiento de este instrumento, y que el incumplimiento causará

Intereses moratorios por mes o fracción de mes de retardo.-

( Para efectos de suliquidación se toma por el valor más Alto-) INSERTOS:-

Para el Otorgamiento de la Presente Escritura se Entregaron los Siguientes Certificados de


Impuestos- SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA BOGOTA, IMPUESTO

PREDIAL UNIFICADO, LEY 44 DE 1990, Factura DE PREDIAL EN CERO No.-

1800101015702777-01 FECHA DE EMISION 17/08/2023, se Expide al Predio Con Ref. Cat.

No.- 01-03-0423-0011-000, Cuya Dirección es la Siguiente:- DG16B 107 65, a Nombre de

MARIA FERNANDA JAIMES SILVA- Con Auto Avalúos Oficial de:- $178.000.000.oo, se Presenta

la Factura Cero- y esta Cancelada hasta el 31 de Diciembre del Año 2022- Protocolo

Elaborado en Los Sellos- Código de Barra Nos.-----------------------------------------------------------

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MARIA FERNANDA JAIMES SILVA

CC 52951874 DE BOGOTÁ

CEL: 310 3137322

CORREO ELECTRONICO: mariafernanda0725@gmail.com

LUZ MARY SUAREZ CAÑON

CC 1.015.999.358

CEL: 320 5678921

CORREO ELECTRONICO: desingmay@gmail.com

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