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Demanda Proforma Suegra Don Carlos11

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MARIA DEL SOCORRO VILLALOBOS MARTINEZ

VS
JOSE LUIS LIBORIO VEGA
OTORGAMIENTO Y FIRMA DE
ESCRITURAS
ESCRITO INICIAL.

C. JUEZ CIVIL EN TURNO


DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUAUTITLAN
MÉXICO, ESTADO DE MÉXICO.

P R E S E N T E:

MARIA DEL SOCORRO VILLALOBOS MARTINEZ promoviendo por


propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y el
correo institucional 12281620@pejedomex.com, documentos, las listas y el boletín judicial de
este H. Juzgado y autorizando para los mismos efectos al C. Licenciado en derecho Lic. LIRA
LANDA IRVIN NOE con cédula profesional 12281620, emitida por la dirección general de
profesiones, asi como al estudiante en derecho CESAR ADRIEL TERAN TOVAR, conjunta o
indistintamente, con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito, en la vía ordinaria civil, en este acto
vengo a promover juicio de OTORGAMIENTO Y FIRMA DE ESCRITURA, por lo que en este
mismo acto vengo a demandar al C. JOSE LUIS LIBORIO VEGA, mismos que tiene su
domicilio para ser emplazada a juicio el ubicado en CALZADA ZACATECAS, SIN NUMERO,
COLONIA LA CANTERA, TULTEPEC, ESTADO DE MÉXICO. Por lo que podrá analizar su
Señoría que el presente procedimiento es una acción personal por lo que la competencia está
determinada en bace al domicilio del actor esto con fundamento en el artículo 1.42 del código
de procedimientos civiles vigente para el Estado de México, por lo que se señala el domicilio
en cita con objeto de que se le sea notificado en el domicilio señalado al ahora demandado.
De quien demando las siguientes.

PRESTACIONES:

A) El cumplimiento de las cláusula CUARTA del contrato de compraventa de


fecha 7 de Julio del año 2022, en virtud de que el vendedor me otorgue la firma de la escritura
pública con finalidad de dar forma exigida por la ley y elevar mi contrato de compraventa a
escritura pública con todas sus formalidades, respecto del predio ubicado en CALLE
REFORMA AGRARIA LOTE 7 MANZANA 46 COLONIA ALFREDO V. BONFIL, MUNICIPIO DE
NAUCALPAN ESTADO DE MÉXICO, predio que contiene las siguientes medidas y
colindancias:

Al norte 20.00 mts colinda con LOTE 6 MANZANA 46.

Al sur 20.00 mts colinda con LOTE 8 MANZANA 46.

Al oriente 7.50 mts colinda con CALLE REFORMA AGRARIA

Al poniente 7.50 mts colinda con LOTE 36 MANZANA 47.

Con una superficie total aproximada de 150.00 m2

Se funda la presente demanda en las siguientes consideraciones de hechos y derecho.


HECHOS

I.- En fecha 7 de Julio del año 2022 celebre contrato de compraventa con EL C. JOSE
LUIS LIBORIO VEGA respecto del predio ubicado en CALLE REFORMA AGRARIA LOTE 7
MANZANA 46 COLONIA ALFREDO V. BONFIL, MUNICIPIO DE NAUCALPAN ESTADO DE
MÉXICO que contiene las siguientes medidas y colindancias:

Al norte 20.00 mts colinda con LOTE 6 MANZANA 46.

Al sur 20.00 mts colinda con LOTE 8 MANZANA 46.

Al oriente 7.50 mts colinda con CALLE REFORMA AGRARIA

Al poniente 7.50 mts colinda con LOTE 36 MANZANA 47.

Con una superficie total aproximada de 150.00 m2

Lo cual acredito con el contrato original de compraventa que anexo a este escrito inicial de
demanda como documento base de mi acción.

II.- Hago de su conocimiento a su Señoría que tengo la posesión del predio, Litis de la
presente demanda, desde la fecha 7 de Julio del año 2022, fecha en que la suscrita y el ahora
demandado celebramos de forma escrita contrato privado de compraventa documento base
de la acción, del predio referido dentro del presente procedimiento, Predio por el cual pactamos
un pago de $100,000 (cien mil pesos, de aquellos pesos).

III. Cabe mencionar que en fecha 13 de enero del año 2023 la suscrita le solicite al
ahora demandado se presentara ante la fe del notario numero 4 de Tula de Allende a firmar la
escritura publica correspondiente, a lo cual se negaron, alegando que no tiene tiempo y que
son tramites innecesarios puesto que ya me firmo un contrato y que con eso para el basta.

IV.- En repetidas ocasiones la suscrita le he solicitado en forma verbal al ahora


demandado que se presente con el notario público para los efectos de escrituración del predio
motivo de la Litis del presente juicio, negándose. Por lo que desde este momento solicito a
este H. Juzgado se le cite para que reconozca en audiencia pública el contrato de
Compraventa, así como sus medidas y colindancias y superficie total, contenido y firma del
predio Litis del presente juicio, para elevarlo a escritura pública.

V.- Hago saber a este H. Juzgado que el día 7 de Julio del año 2022, fecha en que
el suscrito celebré contrato de Compraventa con el C. JOSE LUIS LIBORIO VEGA estuvo
presente la testigo C. ANA LAURA MARTINEZ RAMIREZ, persona que desde este momento
me comprometo a presentarlos el día y hora que este H. Juzgado lo solicite.

DERECHO.

Fundó la presente demanda en lo dispuesto por los artículos 7.532, 7.533, 7.552,
7.600, Y DEMÁS RELATIVOS AL CÓDIGO CIVIL VIGENTE PARA EL ESTADO DE
MÉXICO.
En cuanto a la forma del procedimiento son aplicables los artículos 2.107, 2.08,
2.109 al 2.143 del código procesal civil vigente para la entidad, y demás relativos y aplicables
al caso en concreto.

En cuanto a la competencia es aplicable el articulo 1.42 fracción III del código


procesal vigente para la entidad en virtud de que la acción proforma es una acción personal y
esta esta determinada en bace al domicilio del demandado, aun cuando este fuera diverso del
lugar de la firma del contrato o bien del domicilio en donde se ubica el objeto materia del
contrato.

Por lo anteriormente expuesto y fundado a usted C. Juez, con el debido respeto


comparezco y expongo.

PRIMERO. - Tenerme por presentado con este escrito inicial de demanda y


documentos que acompañó promoviendo Juicio Ordinario Civil RECONOCIMIENTO DE
ESCRITURA, en contra del CC. JOSE LUIS LIBORIO VEGA

SEGUNDO. - Con las copias de traslado que anexo al presente escrito se tenga a bien
notificar al ahora demandado.

TERCERO. - En su oportunidad dictar sentencia definitiva, condenando al demandado


al reconocimiento de firma y contenido del presente contrato de compraventa.

CUARTO. -Tenerme por señalado el domicilio y por autorizados a los profesionistas


que mencionamos en esta demanda.

PROTESTO LO NECESARIO

MARIA DEL SOCORRO VILLALOBOS MARTINEZ

ABOGADO PATRONO.
LIC. LIRA LANDA IRVIN NOE
CED. PROF. 12281620

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