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Organizacion Curso 2024 2025 Inf Prim

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ORGANIZACIÓN DEL CURSO

ESCOLAR 2024-2025 EN LOS


CENTROS PÚBLICOS DE
EDUCACIÓN INFANTIL Y
PRIMARIA

Resolución de la viceconsejera de
Educación
7
Índice
INTRODUCCIÓN ...................................................................................................................................... 12
1. LÍNEAS DE TRABAJO DE LA VICECONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ............................................................ 14
1.1. LIDERAZGO PEDAGÓGICO Y TRANSFORMACIÓN EDUCATIVA ................................................... 14
1.1.1. El equipo directivo ......................................................................................................... 15
1.1.2. Responsables de Innovación .......................................................................................... 18
1.2. EL CURRÍCULO y LA EVALUACIÓN .................................................................................................. 20
1.2.1. Desarrollo curricular. ..................................................................................................... 20
1.2.2. Digitalización.................................................................................................................. 22
1.2.3. Euskera, plurilingüismo e interculturalidad ................................................................... 26
1.2.4. Estrategia para la Sostenibilidad 2030 ........................................................................... 35
1.2.5 Internacionalización........................................................................................................ 36
1.3. ESCUELA INCLUSIVA Y BIENESTAR ................................................................................................. 38
1.3.1. Innovación en la convivencia y gestión de la diversidad, incluido el cuidado
emocional ................................................................................................................................ 38
1.3.2. Coeducación: en el camino hacia la igualdad y el buen trato ........................................ 41
1.3.3. Orientación educativa.................................................................................................... 47
1.3.4. Programa Eraldatzen ..................................................................................................... 47
1.3.5. Programa Bidelaguna..................................................................................................... 48
1.4. FORMACIÓN Y ASESORAMIENTO DIRIGIDOS AL CENTRO EDUCATIVO .......................................... 48
2. ORGANIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO ............................................................. 51
2.1. PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO .......................................................................................... 51
2.2. REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO (ROF) ............................ 51
Regulación del uso de teléfonos móviles y relojes inteligentes en centros educativos ................ 51
2.3. PROYECTO LINGÜÍSTICO DEL CENTRO (PLC) ............................................................................... 52
2.4. PROYECTO DIGITAL DEL CENTRO (PDC) ...................................................................................... 53
2.5. PLAN ANUAL DEL CENTRO (PAC) y MEMORIA ANUAL ................................................................ 54
2.5.1. Plan anual del centro (PAC) ........................................................................................... 54
2.5.2. Memoria anual del centro (MAC) .................................................................................. 61
3. ALUMNADO ........................................................................................................................................ 63
3.1. ORGANIZACIÓN DEL ALUMNADO .............................................................................................. 63
3.2. ALUMNADO CON NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO (NEAE) .......................... 63

8
3.2.1. Alumnado con necesidades educativas especiales (NEE) .............................................. 64
3.2.2. Alumnado con trastorno de atención o dificultades específicas de aprendizaje. .......... 66
3.2.3 Alumnado con altas capacidades intelectuales .............................................................. 67
3.2.4. Escolarización del alumnado fuera del proceso ordinario de admisión ......................... 68
3.2.5. Alumnado con especiales condiciones personales o de historia escolar ....................... 69
3.3. PROCEDIMIENTO PARA LA RECOGIDA Y ORGANIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DEL ALUMNADO
CON NEAE EN LOS CENTROS (TRASTORNO DE ATENCIÓN O APRENDIZAJE, TRASTORNO DE
DESARROLLO LINGÜÍSTICO, ALTAS CAPACIDADES)........................................................................... 71
3.4. SOLICITUD DE EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA A LA ASESORÍA DE NEAE DEL
BERRITZEGUNE ................................................................................................................................. 71
3.5. SOLICITUD DE MEDIDAS CURRICULARES EXTRAORDINARIAS .................................................... 71
3.5.1. Adaptaciones de acceso al currículo .............................................................................. 72
3.6. ATENCIÓN TEMPRANA: PROTOCOLO DE SEGUIMIENTO DEL DESARROLLO INFANTIL ............. 73
3.7. CALENDARIO Y HORARIO ESCOLAR .......................................................................................... 75
3.7.1.- Horarios escolares del alumnado de Educación Infantil ............................................... 75
3.7.2.- Horarios escolares del alumnado de Educación Primaria. ............................................ 76
3.8. ASISTENCIA DE LAS ALUMNAS Y ALUMNOS A CLASE ................................................................. 77
3.9. RELIGIÓN.................................................................................................................................... 78
3.10. ASPECTOS RELACIONADOS CON LA EVALUACIÓN DEL ALUMNADO........................................ 78
3.11. EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA .................................................................................................... 78
3.11.1. EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA DE FINAL DE ETAPA ........................................................ 79
4. PROFESORADO Y PERSONAL EDUCATIVO ........................................................................................... 80
4.1. ORGANIZACIÓN DEL PROFESORADO ......................................................................................... 80
4.1.1. Ordenación de la actividad docente ................................................................................. 80
4.1.2- Jornada anual ................................................................................................................... 80
4.1.3.- Jornada semanal y funciones del profesorado ................................................................ 81
4.2. CARGOS DIRECTIVOS Y OTROS CARGOS .................................................................................... 88
4.2.1. El equipo directivo............................................................................................................ 88
4.2.2. Otros cargos no directivos................................................................................................ 89
a) Figura BeA y profesorado BODI ................................................................................... 89
b) Coordinador o coordinadora del equipo BAT .............................................................. 90
c) Persona coordinadora del Programa Eraldatzen.......................................................... 90
d) Mentorías Adi. (Programa Eskola Adimentsua) ........................................................... 90

9
4.2.3. Horario de los cargos directivos ....................................................................................... 92
4.3. ASISTENCIA DEL PROFESORADO. Control del cumplimiento de la jornada................................ 92
4.4. EQUIPOS DE CICLO/ETAPA ......................................................................................................... 94
4.4.1. Coordinadores y coordinadoras de ciclo/etapa................................................................ 95
4.4.2. Reuniones y tareas del equipo de ciclo/etapa.................................................................. 95
4.5. EQUIPOS DE NIVEL Y TUTORÍAS ..................................................................................................... 96
4.5.1. Designación de tutores y tutoras ..................................................................................... 96
4.5.2 Funciones del tutor o tutora ............................................................................................. 96
4.5.3. Control de faltas de asistencia ......................................................................................... 98
4.5.4. Reuniones con padres, madres o tutores legales ............................................................. 98
4.6. TUTORIZACIÓN DE ALUMNADO UNIVERSITARIO EN PRÁCTICAS................................................... 98
4.7. PERIODO DE PRÁCTICAS DEL PROFESORADO SELECCIONADO EN LOS PROCEDIMIENTOS
SELECTIVOS .......................................................................................................................................... 99
4.8. PERSONAL ESPECÍFICO .................................................................................................................. 99
4.8.1. Encargado o encargada del comedor ............................................................................... 99
4.8.2. Encargado o encargada de la gestión administrativa ..................................................... 101
4.8.3. Profesorado del programa de actividades complementarias y extraescolares .............. 103
4.8.4. Personal laboral docente y educativo ............................................................................ 103
5. OTRAS NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO...................................................................... 106
5.1. UTILIZACIÓN DE LOS EDIFICIOS E INSTALACIONES DE LOS CENTROS PARA ACTIVIDADES NO
PREVISTAS EN EL PLAN ANUAL ....................................................................................................... 106
5.2. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES ..................................................................................... 106
5.3. LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN LOS CENTROS EDUCATIVOS ................................................. 107
5.4.- NORMATIVA SOBRE SALUD Y SEGURIDAD EN LOS CENTROS ................................................. 107
5.4.1. Situaciones de urgencia médica en un centro educativo ............................................... 107
5.4.2. Atención sanitaria durante el horario escolar ................................................................ 107
5.4.3. Acceso de vehículos al centro escolar ............................................................................ 107
5.4.4. Obras .............................................................................................................................. 108
5.4.5. Tabaco y bebidas alcohólicas ......................................................................................... 108
5.4.6. Utilización de laboratorios escolares.............................................................................. 108
5.5. SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES................................................................ 108
5.5.1.- Colaborador o colaboradora de seguridad ................................................................... 109
5.5.2.- Formación del profesorado en materia de prevención................................................. 109

10
5.5.3.- Simulacros de emergencia ............................................................................................ 110
5.5.4.- Botiquín portátil ............................................................................................................ 110
5.5.5.- Accidentes de trabajo ................................................................................................... 110
5.5.6.- Información sobre prevención de riesgos laborales ..................................................... 110

11
INTRODUCCIÓN
Durante el curso 2024-2025 nos adentraremos en el diseño del I Plan Estratégico para la transformación
de la escuela pública vasca. ¿Con qué objetivo? Mejorar la calidad educativa de los centros de nuestro
sistema, promover la participación de la comunidad educativa y diseñar una guía clara y estructurada
para responder eficazmente a los retos y oportunidades del entorno educativo. Será un hito para la
Escuela pública y, asimismo, una oportunidad para imaginar la sociedad del futuro.
De cara al curso 2024-2025, continuaremos con la implementación del Currículo y recorreremos el
camino con las nuevas herramientas que tenemos entre manos y que iremos construyendo. Nuestro
objetivo es dar un salto cualitativo en la evaluación formativa para garantizar un proceso de aprendizaje
renovado y exitoso del alumnado. Ofreceremos una formación específica relacionada con el currículo,
ya que su difusión va más allá de la implementación de cada profesor desde sus aulas. El cambio
curricular debe reflejarse en el Proyecto Educativo de Centro (en adelante PEC), seleccionando las
metodologías adecuadas, poniendo la digitalización al servicio del proceso de aprendizaje, trasladando
al alumno al centro
En los dos últimos años hemos contado con la figura del Responsable de Innovación Educativa en
nuestros centros (en adelante figura BeA). Se ha visto que estas figuras están desempeñando un papel
fundamental en nuestros centros: están fomentando, sobre todo, la cultura de innovación y mejora
continua del centro. ¿Cómo? Explorando y experimentando prácticas pedagógicas innovadoras,
impulsando el uso eficiente y responsable de las tecnologías educativas, y llevando al centro la
colaboración entre el profesorado.
Asimismo, las figuras de BeA tienen el potencial de contribuir a la creación de comunidades de prácticas
profesionales dentro de los centros y entre ellos, donde el intercambio de experiencias, conocimientos
y recursos contribuyen al desarrollo profesional de todos los miembros de la comunidad educativa. De
esta forma, se refuerza la capacidad de adaptación de los centros a los cambios y retos del entorno
educativo actual y futuro y se garantiza una educación de calidad y significativa para todo el alumnado.
El ecosistema de nuestro centro debe ser el que progresivamente cohesione, transforme y adapte. Para
ello, continuaremos con el camino iniciado en el curso 2022-2023, los Responsables de Innovación
continuarán trabajando y crearemos redes de aprendizaje para incidir en procesos y proyectos
significativos.
Como bien sabemos, el equipo docente en general, y cada profesor en particular, son motores de
transformación educativa, motor del cambio, guía del alumnado y referente de la comunidad educativa.
Por ello, para el curso 2024-2025 se tendrán en cuenta las siguientes líneas generales de trabajo:
- Liderazgo pedagógico y transformación educativa
- Evaluación educativa
- Euskera y plurilingüismo enriquecido
- Digitalización responsable
- Escuela inclusiva, convivencia y bienestar
Estas líneas generales de trabajo se concretan, entre otros, en los siguientes objetivos:

12
- Promover el liderazgo educativo de las direcciones de los centros y el empoderamiento de todo el
profesorado.
- Propiciar la implantación del nuevo currículo.
- Profundizar en el marco de la evaluación educativa.
- Desarrollo del Proyecto Digital de Centro.
- Impulsar las comunidades educativas plurilingües, incidiendo en la calidad de las lenguas
curriculares y desarrollando en especial nuevas estrategias para la normalización del euskera, con
especial atención a la educación sociolingüística.
- Profundizar en las estrategias de una escuela inclusiva adaptada a la realidad de todo el alumnado.
- Avanzar en la estrategia de bienestar emocional y convivencia.
La respuesta constructiva a los retos a los que nos enfrentamos este curso pasa por el compromiso de
todos y todas que formamos parte de la comunidad educativa, siempre desde la colaboración.
Índice

13
1. LÍNEAS DE TRABAJO DE LA VICECONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
En relación con los ámbitos prioritarios de planificación del presente curso, se tendrán en cuenta los
siguientes aspectos:
- Liderazgo pedagógico y transformación educativa
- Evaluación educativa
- Euskera y plurilingüismo enriquecido
- Digitalización responsable
- Escuela inclusiva, convivencia y bienestar

1.1. LIDERAZGO PEDAGÓGICO Y TRANSFORMACIÓN EDUCATIVA


Tal y como se recoge en el preámbulo de la Ley de Educación del País Vasco1, la posición central que
ocupa el alumnado como sujeto activo del aprendizaje conlleva una visión transformadora de los
liderazgos y de los modelos de gobernanza tanto en la organización escolar como en el conjunto del
Sistema Educativo Vasco. Así, en la organización escolar se parte de la premisa de que la dirección y el
equipo de personas que ejercen funciones directivas específicas constituyen un factor de éxito
determinante para el impulso de la gestión del centro y del propio proyecto educativo, así como de la
promoción de prácticas colaborativas y de creación de sinergias en el aula, en todo el centro y fuera de
sus límites. En ese marco institucional, la comunidad educativa es la que plasma, a través del propio
centro, la riqueza derivada de los distintos proyectos educativos, adaptándolo a la realidad del alumnado
con transparencia, rendición de cuentas y un proyecto innovador, con la finalidad de que el alumnado
alcance el mayor grado de competencia que le permita seguir desarrollando sus capacidades. En suma,
la comunidad educativa debe actuar en un entorno cada vez más complejo, en el que los cambios y las
incertidumbres serán constantes, la globalización marcará muchos de los contenidos y las competencias,
la digitalización será creciente, mientras que el cambio climático configura uno de los mayores desafíos
a los que se ha enfrentado la humanidad, con implicaciones muy importantes también en el sistema
educativo.
En este contexto, el capítulo II de la Ley pone en valor el papel de los órganos de dirección en el liderazgo
pedagógico y en el modo de dotar a los centros de los instrumentos adecuados para conducir ese
proceso de transformación y adaptación continua, en el que el papel de la dirección será determinante.
El objetivo último es que tales estructuras directivas de los centros educativos se asienten sobre los ejes
de la autonomía, el ejercicio de sus propias competencias y la responsabilidad en la gestión, así como en
la capacidad de evaluación. Así se configuran la dirección y los niveles que en ella se incluyan como
estructuras formadas por personas con alto rendimiento, recursos suficientes y reconocimiento
profesional, así como con incentivos económicos.
Índice

1
Ley 17/2023, de 21 de diciembre, de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
14
1.1.1. El equipo directivo
Para que el centro escolar sea dirigido con éxito, es imprescindible que el equipo directivo cuente con
la formación y el apoyo necesarios para el eficaz desempeño de sus funciones. El objetivo se traduce,
por tanto, en impulsar en el centro un equipo directivo formado, cohesionado, evaluado y estable que
fomente la transformación.
En este contexto, hay que remitir al nuevo Decreto 29/2023, de 28 de febrero, por el que se regula el
acceso a la función directiva, la formación, la evaluación y el reconocimiento de su ejercicio, y el cese de
los cargos que la integran en los centros docentes públicos.

a) Formación de los equipos directivos


Somos conscientes de que, además del profesorado, el equipo directivo es el factor más determinante
del éxito del alumnado. Estudios recientes subrayan que la formación continua y específica de los
equipos directivos es crucial para la mejora del rendimiento escolar y la calidad educativa en general. La
formación de los líderes escolares tiene un impacto directo en la creación de un entorno de aprendizaje
positivo y en la implementación efectiva de las políticas educativas. Por tanto, continuaremos poniendo
en el centro la formación de los equipos directivos, alineándonos con el camino adoptado en el curso
2022-2023, para garantizar que dispongan de las competencias necesarias para afrontar los retos
educativos contemporáneos.
Las evidencias científicas resaltan la necesidad de prestar especial atención a la dimensión de la
formación para estos líderes educativos. La formación no solo debe enfocarse en aspectos de gestión,
sino también en habilidades pedagógicas, liderazgo transformacional y estrategias de innovación
educativa. Este enfoque integral es esencial para asegurar que los equipos directivos puedan liderar con
eficacia y adaptarse a las demandas cambiantes del entorno educativo. En este sentido, el
Departamento de Educación del Gobierno Vasco seguirá invirtiendo en programas de formación
avanzados y personalizados, para consolidar equipos directivos competentes y comprometidos con la
excelencia educativa.

 Formación inicial de las directoras o directores:

La formación inicial de las directoras o directores se regula mediante el Programa específico de


formación para la incorporación al ejercicio de la función directiva (en adelante, PEFI_EFD).
Las características generales del Programa formativo PEFI_EFD son las siguientes:
- Objetivo del programa: la adquisición de las competencias que tiene que adquirir el
personal docente para el ejercicio de la función directiva y el liderazgo pedagógico propio
del puesto de directora o director.
- Contenidos del programa: están organizados en 5 módulos. Las actividades formativas que
se realizan durante el programa interrelacionan contenidos de los diferentes módulos, de
manera que se trabajan de forma globalizada
 Módulo 1.- Marco normativo para el funcionamiento y la organización del centro
 Módulo 2.- Liderazgo Pedagógico y éxito de todo el alumnado
 Módulo 3.- Liderazgo ético y convivencia positiva en el centro
 Módulo 4.- Liderazgo transformador: gestión del cambio e innovación educativa

15
 Módulo 5.- Liderazgo estratégico y organización eficaz del centro
- Actividades formativas del programa: el programa de formación incluye diversas actividades
formativas adaptadas a sus objetivos, planificación, y estrategias (ver anexo V. Programa específico de
formación para la incorporación al ejercicio de la función directiva (PEFI_EFD) de las Instrucciones sobre las
figuras responsables de innovación educativa de los centros públicos (figuras BeAs) para el curso 2024-2025).
Las características de las actividades formativas son las siguientes:
 Las actividades se organizan en itinerarios formativos según su contenido y se clasifican
en cursos, seminarios, comunidades de prácticas, encuentros monográficos, programas
internacionales, estancias formativas y encuentros de liderazgo en entornos no
educativos.
 Parte de las actividades son obligatorias para el Programa PEFI_EFD, mientras que otras
son optativas para personalizar el itinerario formativo.
 Las actividades formativas incluirán aplicaciones prácticas, mecanismos de evaluación,
seguimiento de objetivos individuales y estrategias de intervención para mejorar los
centros educativos.
 La formación se impartirá de forma presencial y online, utilizando la plataforma
Moodlegunea para asegurar la participación y aprovechamiento de los participantes.
- Duración del programa: 120 horas; 80 se corresponden a actividades formativas prescriptivas
y 40 corresponden a actividades optativas y se celebrará entre los meses de octubre 2024 y mayo
de 2025. De esta forma cada persona solicitante puede completar su propio itinerario formativo.
- Coordinación y supervisión del Programa: le corresponde al Área de Liderazgo Pedagógico y
Transformación Educativa del Berritzegune Nagusia. Las actividades formativas serán impartidas
por personal con acreditada competencia en la materia: inspectoras o inspectores de educación;
directoras y directores de centros docentes u otros órganos unipersonales de gobierno de los
centros distintos a estos, todos ellos con evaluación positiva en el ejercicio de la función directiva;
personal de los servicios de apoyo; personal docente e investigador universitario; personal
funcionario del Departamento de Educación; otro personal de las Administraciones públicas experto
en temas específicos; o expertas o expertos no pertenecientes a la Administración.
- Personas destinatarias: La realización de este programa es obligatoria para:
o Directores o directoras con nombramiento con carácter extraordinario en el curso
2023-2024 y que no cuente con la acreditación del programa PEFI_EFD.
o El profesorado que desee participar en concurso de méritos para la selección de las
directoras y directores de los centros docentes no universitarios dependientes del
Departamento de Educación, en los que el cargo vaya a quedar vacante el 30 de junio
de 2025, que se convocará en el primer trimestre del curso escolar 24-25, y que no
cuente con la acreditación del programa PEFI_EFD.
La convocatoria para participar en el programa formativo PEFI_EFD en el curso 2024-2025 está
publicada en la RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2024, de la directora de Aprendizaje e Innovación
Educativa, por la que se convoca curso de formación sobre el Programa específico de formación para
la incorporación al ejercicio de la función directiva establecido en el Decreto 29/2023, de 28 de
febrero, de Educación

16
 Formación permanente de las directoras o directores

La actividades formativas previstas para la formación permanente de las directoras y directores


están recogidas en el anexo V. Programa de formación continua para equipos directivos (seminarios de
direcciones; seminarios de jefaturas de estudios; mentorazgo; monográficos…) de las Instrucciones sobre las
figuras responsables de innovación educativa de los centros públicos (figuras BeAs) para el curso 2024-2025).

El objetivo de esta formación es que las y los directores desarrollen las competencias necesarias para
ejercer la función directiva y el liderazgo pedagógico.
Cada directora o director podrá elegir las actividades formativas que desee para responder a las
necesidades de su centro y de esta manera puede completar su trayectoria formativa.

 Formación de jefaturas de estudios y secretarías

Se ofrecen programas específicos de formación para los órganos unipersonales de gobierno, distintos
al de directora o director y que comienzan a ejercer la función directiva. Asimismo, se ofrecen
programas específicos de actualización para estos órganos de gobierno.
Objetivo de esta formación es que las jefaturas de estudios y secretarías adquieran y desarrollen las
competencias necesarias para ejercer la función directiva y el liderazgo pedagógico
Las actividades formativas previstas para el curso 24-25 está recogida el anexo V. Programa de
formación continua para equipos directivos (seminarios de direcciones; seminarios de jefaturas de estudios;
mentorazgo; monográficos…) de las Instrucciones sobre las figuras responsables de innovación educativa de
los centros públicos (figuras BeAs) para el curso 2024-2025).
Índice

b) Selección de los equipos directivos


De acuerdo con el Decreto 29/2023, el concurso de méritos para la selección y el nombramiento de las
directoras y directores se convocará con periodicidad anual e incluirá aquellos centros en los que el
cargo de directora o director vaya a quedar vacante al finalizar el curso escolar. Así, se prevé convocar
el concurso de méritos para el nombramiento de las directoras y directores en el primer trimestre del
curso 2024-25.
Índice

c) Evaluación de la función directiva


La función directiva es uno de los factores que más inciden en la mejora del funcionamiento de los
centros y en la gestión del cambio, su evaluación permite impulsar la eficiencia de los centros y contribuir
a la mejora continua.
La evaluación del desempeño de las direcciones está dirigida a analizar, mejorar y apoyar el desarrollo
de la función y competencias directivas. De hecho, la evaluación de la función directiva se afrontará
desde una doble perspectiva indisoluble: la educativa, por cada curso de mandato, y la acreditada, al
finalizar el mandato.
El Decreto 29/2023, de 28 de febrero, actualmente vigente, establece las especificaciones para la
evaluación.

17
 Direcciones con proyecto de dirección:

Las direcciones de los centros que cuenten con Proyecto de Dirección en el curso 2024-25 estarán
en el año siguiente de su mandato: en el 1º año, en el 2º año, en el 4º año, en el 7º año, en el 12º
año o en el 15º año.
Las direcciones con proyecto de 1º y 2º año serán evaluadas con el modelo basado en competencias
que define el Decreto 29/2023.
En línea con el Decreto, se impulsará el aprendizaje entre direcciones para mejorar las
competencias de la función directiva, reflexionar sobre la práctica diaria y garantizar la transmisión
del conocimiento entre iguales.
Para ello, y sobre la base de compartir el conocimiento y el aprendizaje entre iguales, las direcciones
con experiencia (direcciones que se encuentran en su 4º, 7º, 12º y 15º año de mandato) podrán
participar en la mentorización y evaluación de las direcciones noves (direcciones que se encuentran
en el 1º y 2º año de su mandato).
Esas directoras o directores que tomarán parte tanto en la mentorización como en la evaluación de
las direcciones noveles, conseguirán una acreditación sobre la actividad formativa. Estas
acreditaciones, además, convalidarán una parte del Programa específico de actualización de
competencias para el ejercicio de la función directiva (PEAC_EFD).

 Direcciones con nombramiento de carácter extraordinario:

El Decreto 29/2023 regula que, además de las direcciones con proyecto de dirección, se realizará
una evaluación de las direcciones que vayan a actuar con nombramiento con carácter
extraordinario para el periodo establecido.
Las direcciones con nombramiento con carácter extraordinario incluirán en el Plan Anual de Centro
(PAC) al menos un objetivo relacionado con el liderazgo pedagógico (Plan de Actuación). Este
objetivo expresará una intención de liderazgo acorde con el Proyecto Educativo del centro. En la
Memoria Anual del Centro se evaluará el grado de consecución del objetivo definido.
Índice

1.1.2. Responsables de Innovación


Este curso se ha vuelto a asignar la figura de la Persona Responsable de Innovación (BeA), para dar una
respuesta integral en el centro educativo a los planes de innovación y formación. Esta figura colaborará
con el equipo directivo y el claustro, y tiene como misión principal el impulso, dinamización y
coordinación de los procesos y proyectos de innovación del aprendizaje en el centro, de acuerdo con el
PEC y los documentos estratégicos resultantes.
Teniendo en cuenta todo ello, se han publicado las Instrucciones de la viceconsejera de Educación para
el curso 2024-2025 sobre las personas responsables de innovación educativa (BeA) en los centros
públicos. En ellas, se regulan todos los detalles relativos a esta figura, entre otros sus funciones:
- función de liderazgo pedagógico
- función de dinamización de los centros educativos
- función de formación

18
- función de coordinación y dinamización del proceso de creación y uso de materiales
didácticos
- función de Innovación lingüística
- función de creación de redes y de fortalecimiento de la Escuela Pública Vasca
Para el desarrollo de estas funciones, se ha diseñado un programa de formación y acompañamiento
denominado “BeAk trebatzen”. El objetivo del programa es adquirir las competencias, conocimientos y
herramientas necesarios para el desempeño eficaz de las funciones de la figura BeA.
Esta formación les ayudará a comprender los procesos y herramientas necesarios para desarrollar con
éxito sus funciones. Además, mediante esta formación se ofrecerán espacios y momentos para
compartir experiencias. A través de esos espacios, se posibilitará la promoción de relaciones tanto
formales como informales para la creación de redes y comunidades de prácticas entre centros
educativos.
El Plan Anual del Centro recogerá la planificación del crédito horario asignado para la innovación, en la
que se especificarán las tareas y los detalles organizativos de las mismas para la figura BeA y. en su caso,
para el profesorado con horas dedicadas a la innovación (en adelante profesorado BODI). Además, se
reflejarán en el mismo apartado el proceso que se seguirá para realizar el seguimiento y la evaluación
de dicha planificación. Para ello, se pondrá una herramienta a disposición de la dirección del centro. En
la evaluación final se detallarán las propuestas de mejora para el próximo curso. El director o directora
adjuntará dicha evaluación a la Memoria Anual del Centro.
La Inspección de Educación supervisará la planificación antes mencionada. Dicha supervisión
comprenderá, al menos, los siguientes momentos:
 La primera quincena de septiembre. Acciones a realizar:
 Comprobar que el profesorado asignado como figura BeA por parte de la dirección
del centro concuerda con la propuesta aceptada por la comisión de valoración.

 Comprobar que estas personas estén en activo como miembros del claustro del
centro correspondiente.
 En caso de que algunas de las dos comprobaciones anteriores no se cumplan,
asegurar que se nombre como figura o, en su caso figuras BeA, a un funcionario o
una funcionaria de carrera que cumpla con los requisitos establecidos en las
Instrucciones de las figuras Bea para el curso 2024-2025.
 Una vez realizada dicha comprobación, la inspección notificará a la responsable del
eragingune correspondiente en que centros no hay ninguna modificación de la
propuesta acepta, y en cuales, sí. En estos últimos, informará de los datos de esta
nueva figura o figuras BeA.

 En los casos en los que no se cumpla con lo establecido en la propuesta aceptada por
la comisión de valoración, y no sea posible nombrar a un funcionario o una
funcionaria de carrera que cumpla con los requisitos establecidos en las Instrucciones
de las figuras Bea para el curso 2024-2025, se realizará un análisis de la situación
concreta, en colaboración con la responsable del eragingune correspondiente.

19
 Durante el primer trimestre se asegurará de que están debidamente recogidos en el PAC la
planificación de las tareas de la figura BeA, asi como del profesorado BODI, y los mecanismos
de seguimiento y evaluación a realizar en el centro. Al mismo tiempo, se asegurará de que los
datos de la figura BeA y del profesorado BODI (en su caso) estén correctamente reflejados en
la versión 0 del Documento de actividad escolar (DAE)/Cuadros horarios y de que se ajusten a
la propuesta aprobada por la comisión de valoración.
 Durante el curso realizará un seguimiento de estas figuras, dentro del proceso de supervisión
del centro educativo.
 A final de curso, se asegurará de que el centro ha realizado la evaluación final de la figura BeA
y de que en la evaluación se recoge el grado de cumplimiento de la planificación realizada y las
propuestas de mejora para el siguiente curso.
A lo largo del curso escolar, los responsables del programa de formación BeAk Trebatzen del Berritzegune
Nagusia realizarán un seguimiento de la participación de los BeA en las actividades formativas. Es
importante recordar que dichos responsables no justifican la ausencia de una figura BeA en las
actividades formativas obligatorias. Su función se limita a controlar la asistencia a estas formaciones,
mientras que la justificación de las faltas de asistencia corresponde a la dirección del centro, de acuerdo
con la normativa general de control de asistencia del profesorado.
Estas son las acciones previstas:
- Al finalizar cada actividad formativa obligatoria del programa Beak Trebatzen, la
responsable del eragingune enviará a la dirección del centro un acta de la formación, donde
se indicarán los centros participantes.
- Si alguna figura BeA no asiste a una de estas formaciones, la responsable del eragingune
informará de ello a la dirección del centro correspondiente.
- Ambas notificaciones se enviarán al correo oficial del centro educativo
(0xxxxxaa@hezkuntza.net).
Índice

1.2. EL CURRÍCULO y LA EVALUACIÓN


El objetivo principal de este curso es impulsar procesos y proyectos que garanticen un profundo
aprendizaje en los centros educativos. Estos procesos han de estar necesariamente alineados con el
Proyecto Educativo del Centro, con el resto de documentos estratégicos y con los decretos curriculares
vigentes. Todo ello bajo el liderazgo del equipo directivo y en estrecha colaboración con las personas
Responsables de Innovación y los claustros de los centros escolares. El objetivo último es mejorar la
calidad educativa del centro y responder a la diversidad del alumnado desde un punto de vista inclusivo.

1.2.1. Desarrollo curricular.


Los centros seguirán desempeñando un papel fundamental en la implantación y adaptación permanente
de los currículos en todas las etapas educativas, integrándolos de forma coherente en el Proyecto
Educativo de cada centro. No obstante, se fomentará una mayor autonomía de los centros en la
organización y planificación de dichas adaptaciones, de forma que se adapten a las necesidades
específicas de su alumnado y a su contexto educativo.

20
En el marco de esta autonomía, las funciones del centro se centrarán en los siguientes aspectos:
a) Una organización curricular flexible. Organizar las materias de manera flexible (por medio de
proyectos globalizados, ámbitos, etc.) y adoptar las medidas organizativas o de atención que
más se ajusten a las características del alumnado.
b) Programaciones didácticas. Actualizar, implantar y evaluar las programaciones didácticas y, en
su caso, las situaciones de aprendizaje correspondientes, los trabajos a través de retos, los
proyectos globalizados… A tal efecto, el centro organizará la planificación y formación.
c) Seguimiento y gestión de las decisiones curriculares. Asegurar la efectiva implementación de
las decisiones curriculares adoptadas, documentándolas en el Proyecto Educativo de Centro y
coordinando su ejecución, seguimiento, evaluación y mejora con los órganos de coordinación
y de gobierno correspondientes. Además, seguir facilitando la adopción de nuevas decisiones
curriculares, promoviendo un ciclo de análisis, adaptación y mejora continua del proceso
educativo, para adaptarlo a las necesidades cambiantes del alumnado y del entorno educativo.
d) Crear y supervisar materiales didácticos. Investigación, selección y desarrollo de materiales
didácticos de calidad, alineados con los objetivos educativos del centro y adaptados a las
necesidades específicas del alumnado. Esto incluirá la creación y/o selección de recursos
digitales, guías y tutoriales para la utilización de herramientas educativas innovadoras.
e) Promover la Competencia y la Competencia Plurilingüe en Comunicación Lingüística. Colaborar
en la elaboración y seguimiento del Proyecto Lingüístico de Centro, garantizando la coherencia
con el Proyecto Educativo y con la realidad sociolingüística del alumnado, haciendo especial
hincapié en el uso del euskera. Impulsar la implementación de metodologías basadas en el
tratamiento integrado e integral de las lenguas en todas las materias, teniendo en cuenta el
contexto plurilingüe e intercultural.
f) Desarrollar la Estrategia de Lectura. Implantar en el centro la recién publicada Estrategia de
Lectura para el Sistema Educativo Vasco. 2024-2027 que incluya propuestas para mejorar la
capacidad de comprensión del alumnado de textos de todas las materias, así como para
fomentar el hábito lector y la adición a la lectura. Evaluar los resultados obtenidos y proponer
medidas de mejora continua.
Para lograr todo ello, será fundamental cuidar de los siguientes aspectos:

a) La formación del claustro.

En este apartado resultará clave diseñar, coordinar y hacer un seguimiento del Plan de Formación
del centro educativo, con el liderazgo de la figura BeA y bajo la supervisión del equipo directivo. En
dicho plan se incluirán los proyectos de innovación y sus programas de formación, con el fin de que
se establezcan relaciones entre ellos y de que consigan un carácter integral.

b) Los proyectos de innovación puestos en marcha en el centro.

Los proyectos de innovación contarán con objetivos claros, acciones, cronogramas y mecanismos
de seguimiento y evaluación. Así, se realizará una apuesta clara por su despliegue eficiente y
coordinado.

21
c) Las mejoras a partir del diagnóstico del centro.

Desde el diagnóstico realizado por el centro a partir de datos provenientes tanto de evaluaciones
externas (evaluaciones diagnósticas, prueba PAU, entre otras...) como de evaluaciones internas,
identificando las áreas de mejora en los procesos de enseñanza y aprendizaje y en la tecnología
educativa. Se realizará el diseño, la implementación, el seguimiento y la evaluación de las
propuestas de mejora derivadas del citado diagnóstico.

d) Las redes y relaciones con otros centros educativos.

Este curso escolar se pondrá en marcha las comunidades de prácticas relacionadas con los
proyectos de innovación.
Una comunidad de prácticas es un grupo de trabajo entre centros educativos que comparte
experiencias, conocimientos y buenas prácticas sobre el diseño, el desarrollo, el seguimiento y la
evaluación de un determinado proyecto de innovación.
En el curso 2023-2024 se han identificado los proyectos de innovación que se están desarrollando
a través de una comunidad de práctica profesional. La información básica sobre estas Comunidades
de Prácticas Profesionales se recoge en el anexo VI de las instrucciones de las figuras BeA para el
curso 2024-2025. Esta identificación no implica la imposibilidad de constituir nuevas comunidades
de prácticas profesionales a lo largo del curso para dar continuidad y garantizar la eficacia de una
actividad formativa realizada con anterioridad (monográfico, curso...).
La participación en una comunidad de prácticas será voluntaria para el centro, pero una vez
adquirido el compromiso de adhesión a dicha comunidad, el centro deberá cumplir los
compromisos que establezca la comunidad de prácticas correspondiente.
La Dirección del centro decidirá si en esta comunidad de prácticas participa el BeA u otro
profesorado. En este caso, la figura de BeA será la encargada de coordinarse con este profesorado
para poder realizar el seguimiento de la implantación de los proyectos de innovación que se
desarrollen al amparo de esta comunidad de prácticas.
Estas comunidades de prácticas podrán contar con el apoyo de un asesor o asesora de un área del
Berritzegune Nagusia, pero se dará prioridad a la autoorganización y corresponsabilidad entre sus
miembros.
En estas comunidades de prácticas se trabajarán acciones de aprendizaje compartido a través de
espacios abiertos de intercambio y comunicación de experiencias ubicadas en los propios centros
educativos. Con estas acciones, basadas en la observación, el intercambio y la formación, se
pretende promover el desarrollo de las competencias de las figuras de BeA y ofrecer los medios
formativos necesarios para el desarrollo del proyecto de innovación y transformación educativa
correspondiente.
Índice

1.2.2. Digitalización
En los últimos tres años se han dado pasos importantes en el proceso de digitalización del Sistema
Educativo Vasco.

22
El Plan de Transformación Digital del Sistema Educativo Vasco 2022-2024 puesto en marcha por el
Departamento de Educación y el programa DigCompEdu Gelan sobre mentoria digital del sistema
educativo vasco no universitario han permitido realizar avances significativos en este ámbito. Así, entre
otras cosas, todos los centros de la CAPV han comenzado a diseñar e implementar su estrategia digital
(PDC) y más del 90% del profesorado ha recibido formación para mejorar su competencia digital.
Por ello, y además de seguir profundizando en el trabajo realizado, la digitalización pone a la educación
ante nuevos retos. Entre todos estos retos, a distinto nivel, en el curso 2024-25 nos corresponde
empezar a abordar:
- la vigilancia de la protección de datos del alumnado y profesorado
- la Inteligencia artificial en la educación
- el pensamiento computacional, programación y robótica (programa Eskola adimentsua).
Además, seguiremos ofreciendo formación para mejorar y acreditar la competencia digital del
profesorado. Más información en el apartado d).
Índice

a) Protección de datos del alumnado y profesorado


El Departamento de Educación ofrece a todo el alumnado y profesorado de la Comunidad Autónoma
del País Vasco una identidad que reúne las condiciones adecuadas de protección de datos a través del
correo electrónico @ikasle.eus e @irakasle.eus. Estas cuentas ofrecen la posibilidad de acceder a
diversos servicios y, gracias al trabajo realizado en los últimos dos años, ya es mayoría el profesorado
que utiliza esta cuenta.
Habría que seguir la misma línea con el alumnado, ya que @ikasle.eus es la herramienta puesta por el
Departamento de Educación para garantizar la protección de los datos del alumnado.
Además, y teniendo en cuenta la diversidad de aplicaciones digitales que se utilizan en los centros
educativos, junto con la Agencia Vasca de Protección de Datos, el Departamento de Educación analizará
si las mismas aseguran la privacidad y la protección de datos, especialmente para la recogida, uso y
almacenamiento de datos del alumnado, con el fin de adecuar el protocolo de seguridad y privacidad.
De hecho, es necesario fomentar el uso responsable y ético de los datos en el entorno educativo,
teniendo como prioridad el bienestar y el aprendizaje del alumnado.
En las propuestas didácticas que se hacen al alumnado hay que tener en cuenta, entre otras cosas, la
confirmación de los recursos a utilizar para llevarlas a cabo y de las condiciones para su uso; por ejemplo,
la normativa para el uso de las redes sociales, en la que se recoge, en el momento de la redacción de
esta resolución, que los jóvenes de hasta 14 años no pueden utilizarlas.
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b) Inteligencia artificial
En los últimos años y, sobre todo, desde que se han generalizado las últimas plataformas de inteligencia
artificial creativa, los recursos que utilizan esta tecnología están cogiendo mucha fuerza. Hay varias
razones para analizar la contribución que la inteligencia artificial (en adelante IA) puede realizar a la
práctica educativa, por ejemplo:
- personalización del aprendizaje

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- identificación temprana de las dificultades de aprendizaje
- feedback significativo y rápido adaptado a la persona
- automatización de diversos trabajos administrativos
- alfabetización del alumnado
La inteligencia artificial no sólo nos ofrece oportunidades, sino que también nos sitúa ante nuevos retos,
con luces y sombras, y por ello hay que insistir en que son los sólidos principios éticos y pedagógicos los
que deben guiar el proceso de incorporación de la inteligencia artificial a la educación. El profesorado
debe recibir la formación adecuada para utilizar estas herramientas de forma eficaz y reflexiva,
asegurando que la tecnología complementa y enriquece los procesos de enseñanza-aprendizaje, pero
nunca suplantando la mirada y la decisión del profesorado, asegurando que complementa y enriquece
la enseñanza convencional en lugar de sustituirla.
Además, y como se ha señalado en el punto anterior, es fundamental garantizar la privacidad y seguridad
de los datos del alumnado en el uso de sistemas de inteligencia artificial en la educación.
Para ello, a lo largo del curso se iniciará un proceso de sensibilización sobre este tema a través de la
organización de diversas acciones desde el marco de la Digitalización e Innovación Tecnopedagógica,
entre otras:
• Ofrecer una actividad formativa, en formato de ubide, de sensibilización en torno a la IA.
(Más información en el anexo V de las Instrucciones BeA 24-25).
• Puesta en marcha de un proyecto piloto sobre el uso de la IA en educación.
• Ofrecer el apartado de IA en el Kit Digital.
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c) Pensamiento computacional, programación y robótica (Eskola adimentsua)


En los currículos educativos de la Comunidad Autónoma del País Vasco, se destaca la importancia del
pensamiento computacional, la programación, la robótica y las disciplinas STEAM (Ciencia, Tecnología,
Ingeniería, Artes y Matemáticas) en todas las etapas educativas. Se subraya la necesidad de adaptar la
enseñanza para integrar estas áreas desde una edad temprana.
El Departamento de Educación implementará el programa Eskola Adimentsua durante el curso 2024-25,
con los siguientes objetivos:
 Desarrollo de Competencias: Fomentar las competencias en el proceso de enseñanza y
aprendizaje relacionadas con el pensamiento computacional, la programación y la robótica.
 Uso de Metodologías y Tecnologías: Promover el uso de metodologías, tecnologías, materiales
y recursos digitales en el aula para que el alumnado desarrolle habilidades en pensamiento
computacional, programación y robótica, según el currículo.
 Creación de Materiales Educativos: Incentivar la creación y puesta a disposición del sistema
educativo vasco de materiales digitales y analógicos diseñados para desarrollar el pensamiento
computacional, la programación y la robótica en el aula.
 Formación y Apoyo al Profesorado: Proporcionar formación y apoyo necesarios para impulsar
estas áreas en los centros educativos.
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 Dotación de Equipamiento: Equipar a los centros educativos con los recursos necesarios para
fomentar el pensamiento computacional, la programación y la robótica.

 Igualdad de Género y Educación Inclusiva: Garantizar la igualdad de género y superar cualquier


desigualdad derivada de estereotipos, promoviendo una educación inclusiva y equitativa que
prepare al alumnado para ser ciudadanos responsables en un mundo interconectado y
sostenible.

 Cultura de la Sostenibilidad. Un objetivo crucial del programa Eskola Adimentsua es promover


la sostenibilidad en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en particular el
ODS 4. Este objetivo se centra en "Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad,
y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos". La preparación en
pensamiento computacional, robótica y programación se alinea con el ODS 4 al fomentar
habilidades del siglo XXI, promover la innovación y creatividad, y asegurar una educación
inclusiva y equitativa. Estas competencias permiten al alumnado abordar desafíos globales de
sostenibilidad, diseñar soluciones tecnológicas y mejorar sus oportunidades laborales. Integrar
estas áreas en el currículo prepara al alumnado para un mundo interconectado y sostenible,
cumpliendo con los objetivos de una educación de calidad y desarrollo sostenible.
Para alcanzar estos objetivos, el Departamento de Educación ofrecerá a los centros diversos recursos,
entre los cuales se incluyen:
- Equipamiento: Proveer a los centros educativos del equipamiento necesario para
desarrollar las competencias digitales del alumnado, especialmente en pensamiento
computacional y programación.
- Mentores Adi: Siguiendo el modelo de mentores digitales del programa DigCompEdu
Gelan, el programa Adi contará con mentores que asistirán, asesorarán y formarán a los
centros educativos. En colaboración con Digitalde del Berritzegune Nagusia, estos mentores
ofrecerán apoyo y orientación en la creación de recursos para integrar el pensamiento
computacional, la robótica y la programación en las actividades diarias (ver punto 4.5.6).
- Formación: Se ofrecerá formación específica en pensamiento computacional, robótica
y programación en dos formatos:
o Seminarios: Incluidos en el plan de formación anual de los centros, si así lo
deciden. Habrá dos tipos de seminarios optativos:
 Para principiantes: Dirigido a centros que inician la integración del
pensamiento computacional, la robótica y la programación (30 horas).
 Para avanzados: Dirigido a centros con experiencia previa (curso 23-24),
con un enfoque práctico (20 horas).
o Formación individual: Curso en línea de 10 horas en formato NOOC (curso en línea
abierto y masivo). Este curso no tendrá tutoría ni evaluación, por lo que no se
certificará. Sin embargo, el profesorado podrá acceder a contenidos sobre
pensamiento computacional, robótica y programación para mejorar su práctica.

25
o Web Adimengune: Una web donde el profesorado encontrará videotutoriales
sobre el uso de diversos dispositivos y propuestas prácticas para incorporar en el
aula.
Para implementar el programa Eskola Adimentsua, es esencial que los centros educativos, además de
recibir la formación y asesoramiento adecuados, cuenten con los recursos y equipamiento necesarios.
Por ello, el Departamento de Educación proporcionará apoyo económico a todos los centros. Esta
dotación económica variará según el número de aulas y etapas educativas, desde el segundo ciclo de
Educación Infantil hasta el Bachillerato.
A cambio de este apoyo financiero, cada centro deberá desarrollar y poner a disposición del
Departamento de Educación un recurso digital destinado a trabajar el pensamiento computacional, la
robótica y la programación. Este recurso será compartido en las plataformas de contenidos del
Departamento, cumpliendo con las especificaciones establecidas por el Berritzegune Nagusia, y deberá
estar disponible antes del 30 de abril de 2025.Más información y detalle en el documento que describe
el programa Eskola Adimentsua que se pondrá a disposición de los centros.
En breve, se proporcionará a los centros educativos un documento con información y detalles
adicionales sobre el programa Eskola Adimentsua.
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d) Formación para la mejora de la competencia digital del profesorado.


Desde el área de digitalización e innovación tecnopedagógica, con el fin de contribuir a la puesta en
práctica de los aprendizajes adquiridos en los últimos años y de incidir en las competencias digitales de
nuestro alumnado, se ofertarán cursos de digitalización más específicos a los centros escolares para
que, en caso de estar interesados, los incorporen a su plan de formación del curso:
• Recursos Educativos Digitales en eXelearning.
• Tecnopedagogía práctica y competencia digital del alumnado.
• Inteligencia artificial en la educación.
La formación no será obligatoria y será elegida por cada centro en función de sus intereses (más
información en las instrucciones BeA).
Además, aquellos profesores y profesoras que deseen avanzar en la acreditación de su competencia
digital podrán acceder a los cursos de los niveles A2, B1 y B2 a través de los turnos libres.
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1.2.3. Euskera, plurilingüismo e interculturalidad


Es crucial que los estudiantes desarrollen la Competencia Lingüística en Comunicación y la Competencia
Plurilingüe, ya que estas habilidades son fundamentales para el desarrollo completo de otras
competencias. El lenguaje proporciona las herramientas y recursos necesarios para comprender la
realidad, expresar el pensamiento, razonar, transmitir el conocimiento y transmitir una determinada
forma de ver y entender el mundo y de relacionarse con los demás.
Por ello, este curso la Viceconsejería de Educación ofrecerá formación y asesoramiento para mejorar los
procesos de enseñanza y aprendizaje de las lenguas en los centros educativos. Además, se busca que el
profesorado mejore sus propias competencias lingüísticas. Los centros deberán incluir en su Proyecto

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Lingüístico las iniciativas, planes o proyectos en los que participarán para abordar estos aspectos.
También deberán especificar las actividades de formación del profesorado que puedan resultar de estas
iniciativas, según lo establecido en el PAC.
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a) Estrategia de Lectura para el Sistema Educativo Vasco 2024-2027


La competencia lectora es esencial en todas las áreas del currículo para que el alumnado pueda
enfrentar con éxito los desafíos a lo largo de sus vidas y cumplir con el perfil de salida esperado.
Considerada una herramienta crucial para el aprendizaje en todas las materias, la estrategia lectora de
los centros educativos se posiciona como un elemento clave en el contexto actual.
Para contribuir a ello, el Departamento de Educación acaba de poner a disposición de toda la comunidad
educativa la Estrategia de Lectura para el Sistema Educativo Vasco 2024-2027.
La Estrategia de Lectura se basa en organizar y articular el tratamiento de la lectura en un centro
educativo a partir de un objetivo claro y concreto: formar buenas y buenos lectores, conscientes de que
el desarrollo de la competencia lectora del alumnado requiere una actividad coordinada y
adecuadamente programada.
Dentro del Proyecto Educativo de Centro, la Estrategia de Lectura debe ser un pilar fundamental. Es
crucial contar con una programación detallada que aborde la lectura desde todas las materias
curriculares, asegurando así una formación sólida en lectura para el alumnado y sentando las bases para
un futuro desarrollo competente como lectoras y lectores de los mismos.
En el curso 2024-2025, los servicios de asesoramiento del Departamento de Educación comenzarán a
difundir la Estrategia de Lectura publicada en primavera entre los centros educativos. Los centros
participantes en la convocatoria Eleaniztasunerantz recibirán formación básica para familiarizarse con
los aspectos clave de esta nueva estrategia de lectura.
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b) ITT, Instrumento de medición de habilidades lectoras

La competencia lectora es de vital importancia para el desarrollo de la competencia comunicativa


lingüística, ya que el acceso a los contenidos curriculares se realiza principalmente a través de la lectura.

Por tanto, el centro continuará, a través de su Estrategia de Lectura, planificando y ejecutando


estrategias para desarrollar en el alumnado los tres ejes de práctica lectora: aprender a leer, leer para
aprender, hábito y afición a leer.

En este sentido, es importante que el centro pueda conocer cuál es el nivel de lectura de su alumnado,
detectar tempranamente fortalezas y dificultades con los procesos de lectura y establecer las
intervenciones adecuadas en consecuencia.

Concepto de ITT

El Departamento de Educación ha desarrollado la "Herramienta de Medición de Habilidades Lectoras


(ITT)". Es una herramienta que mide de forma sencilla y práctica la competencia lectora del alumnado

27
de 2º de Primaria y ha sido diseñada para detectar las fortalezas y dificultades que el alumnado puede
tener en esta dimensión comunicativa.

La "Herramienta de Medición de Habilidades Lectoras (ITT)" es un programa diseñado, creado y probado


por el Instituto Vasco de Evaluación e Investigación Educativa (ISEI-IVEI), en colaboración con el
Berritzegune.

El objetivo de este programa es medir el grado de desarrollo de las habilidades lectoras del alumnado
de 2º de Educación Primaria y a partir de los resultados obtenidos diseñar intervenciones adaptadas a
las necesidades (adaptadas a las necesidades de cada alumno o alumna). Es necesario señalar que no se
trata de un instrumento de detección precoz de dificultades ni de detección precoz de altas capacidades,
para estos casos el Departamento de Educación tiene diseñadas herramientas específicas.

En qué consiste la prueba de medición


La herramienta ITT la aplica la propia escuela a través de sus maestros. El alumnado de 2º de Primaria
debe leer un texto y responder a unas preguntas. Con la ayuda de la herramienta, el tutor o tutora del
alumno o alumna reconocerá el grado de desarrollo de su habilidad lectora.
Género textual: La herramienta ITT utiliza el texto narrativo porque es un tipo de texto con una
estructura a la que los alumnos están acostumbrados.
Lugar y forma de realización de la prueba: La prueba se realiza de forma individual: el profesor/a y el
alumno/a están solos/as en un aula preparada y utilizada expresamente para ello fuera del aula; la
prueba consta de dos partes y tiene una duración aproximada de 20 minutos.
• La primera parte corresponde al proceso de decodificación y el alumno deberá leer el texto en
voz alta, registrando el aplicador los siguientes datos: precisión lectora, entonación y pausas,
velocidad lectora y modo de lectura.
• En la segunda parte, el alumno o la alumna, tras leer el texto en voz alta, deberá responder a
una serie de preguntas. El objetivo de estas preguntas es conocer si el alumno o alumna ha
entendido o no el texto, y hasta qué nivel ha llegado en este proceso de comprensión, en el
que se analizan la comprensión concreta, la comprensión general y la comprensión inferencial.
Apoyo a loas maestrasy maestros (personas aplicadoras)
Para el centro la participación en este proceso de medición será voluntaria durante el curso 24-25. Si se
decide participar en esta prueba, la Jefatura de Estudios organizará, dirigirá y supervisará el proceso
siguiendo las orientaciones e instrucciones del Berritzegune.
• Se ofrecerá formación específica a los maestros que van a aplicar la prueba de medición de
la mano del Berritzegune. Es un cara a cara. Dos representantes del centro recibirán la
información y formación necesaria para conocer y desarrollar el programa.
• Los centros participantes dispondrán en todo momento de un servicio de consulta para
atender sus dudas.
• Se entregará un manual a los profesores-aplicadores participantes. El manual consta de dos
partes, una que explica cómo se evaluará el proceso de decodificación o lectura en voz alta
y otra que describe los procesos de comprensión que se van a evaluar. Al final, en los
anexos, se presentan los instrumentos de evaluación.

28
Cronograma
- Entre febrero y marzo de 2025 se organizarán sesiones informativas sobre la herramienta ITT
para los maestros y maestras de los centros participantes en el programa. De cada centro
participarán un máximo de dos maestros. La sesión informativa y formativa se desarrollará en
un único día, por la mañana, de 9:30 a 14:00 horas, en función del número de centros
participantes, que podrán ser comarcales y/o territoriales.
- Del 13 de mayo al 14 de junio de 2025 se realizarán en los centros las pruebas de ITT con
alumnado de 2º de FP.
- Finalmente, el centro analizará los resultados de las pruebas de ITT en los meses de junio y
septiembre de 2025, con las instrucciones y asesoramiento ofrecido por el Berritzegune.
Índice

c) Herramienta de detección precoz de dificultades de aprendizaje

El objetivo de esta herramienta es ofrecer un procedimiento en el que se relacione la detección y la


intervención en los procesos de enseñanza y aprendizaje, realizando una evaluación rigurosa de las
subcompetencias necesarias para alcanzar el éxito académico.

Es fundamental detectar al alumnado en riesgo de dificultades de aprendizaje y proporcionar una ayuda


adicional desde el momento en que se inicia el proceso de aprendizaje, es decir, antes de retrasar
significativamente el rendimiento lector.

Además, la intervención temprana también es fundamental, ya que aprovecha la plasticidad cerebral


para maximizar el potencial de desarrollo de los niños, especialmente en niños con trastornos o con
riesgo de padecerlos, y para prevenir o disminuir sus dificultades futuras.
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d) Competencia didáctica y metodológica del profesorado.


La competencia didáctica y metodológica del profesorado juega un papel fundamental en el desarrollo
educativo integral del alumnado. Con enfoques pedagógicos activos e innovadores, además de integrar
y mejorar el tratamiento de las lenguas, se pretende reforzar la competencia comunicativa del
alumnado. A continuación se detallan algunas iniciativas y programas de formación clave que el
Departamento de Educación va a implementar en el curso 2024-2025 para reforzar estas competencias
del profesorado:

1. Berba-lapiko:

Metodología para abordar la oralidad de forma sistemática y planificada en los centros de


Educación Primaria, para el desarrollo de la competencia en comunicación oral del alumnado
de los centros educativos ubicados en entornos castellanoparlantes.

2. Eleaniztasunerantz:

En las modalidades A y B de esta convocatoria se promueve un modelo de formación que


destaque metodologías didácticas y metodológicas activas e innovadoras. Estas metodologías
están diseñadas para desarrollar un tratamiento integrado e integral de las lenguas,

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facilitando así el desarrollo de la competencia comunicativa del alumnado. Todo el
profesorado de los centros que participen en la convocatoria Eleaniztasunerantz en el curso
2024-2025 deberá recibir formación en Estrategia de Lectura, tal y como se especifica en la
convocatoria

3. Pluriliteracies:

Durante el curso 2024-2025 se celebrará la tercera edición de este programa para mejorar
las competencias lingüísticas a través de la alfabetización múltiple. Los participantes recibirán
formación específica en inglés para enriquecer los procesos de enseñanza y aprendizaje en
todas las áreas y materias. Por primera vez, este programa estará disponible no sólo para los
profesores que enseñan en inglés, sino también para los que lo hacen en euskera. Más
detalles se pueden encontrar en el enlace facilitado.

4. R900:

Curso sobre comunicación oral en euskera en las actividades docentes a través del programa
IRALE. Se deberá especificar en el Proyecto Lingüístico del centro cómo se implementará en
el centro el proyecto derivado de este programa.

5. R400:

Curso sobre creación de material didáctico en euskera a través del programa IRALE. Se deberá
especificar en el Proyecto Lingüístico del centro cómo se implementará en el centro el
material didáctico derivado de este programa.

6. Cursos H e I

Cursos sobre didáctica docente en materia de euskera y estrategias de fomento de la


normalización del euskera en el centro educativo.

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e) Competencia lingüística y comunicativa del profesorado.


La competencia lingüística y comunicativa del profesorado juega un papel fundamental en la calidad
educativa y en el desarrollo integral del alumnado. En este apartado se detallan diferentes iniciativas y
programas formativos dirigidos al refuerzo de estas competencias entre el profesorado en el curso 2024-
2025.

1. R300:

El objetivo es reforzar la competencia en euskera del profesorado a través del programa


IRALE.

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2. Eleaniztasunerantz B

Modalidad B: el modelo de formación propuesto en esta modalidad incluye también la mejora


de la competencia del profesorado en la comunicación en lengua extranjera. Para esta
formación se concederán dotaciones económicas para el paso del nivel B1 al nivel B2 y del
nivel B2 al nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, con un mínimo
de 50 horas para la obtención de la certificación en un plazo de 3 años.

3. English for Better Teaching (link):

Formación específica para mejorar la competencia lingüística del profesorado en inglés y


mejorar los procesos de enseñanza en inglés. En el curso 2024-2025 se volverá a ofertar el curso
mediante una convocatoria, de forma limitada, para su realización en el primer cuatrimestre de
2025. Se liberará al profesorado admitido en el programa durante 3 meses y el centro recibirá
un sustituto. Además de la capacitación lingüística para el salto del nivel B2 al C1, se abordará la
actualización didáctica y metodológica, tomando como referencia el currículo. Dentro de las
habilidades lingüísticas, especialmente, en la actividad de aprendizaje se trabajará la
comunicación oral. Asimismo, se facilitarán pautas para la creación de materiales didácticos en
inglés y para garantizar su calidad lingüística.
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f) Normalización del euskera, cultura vasca y educación sociolingüística


Tal y como indica el currículo, para poder dar respuesta a los retos sociales que caracterizan a la sociedad
actual, es importante conocer las respuestas que ofrece cada cultura a esas necesidades, a fin de evitar
los riesgos del etnocentrismo y de valorar o tener en cuenta las aportaciones de otras culturas, a través
de planteamientos educativos interculturales que favorezcan el respeto y el diálogo entre las diferentes
culturas.
A este respecto, el currículo recoge, dentro de los Principios de la Educación Básica, que las áreas y
materias de la Educación Básica deben integrar la dimensión específica de la cultura y la lengua vascas.
Por ello, se va a realizar un asesoramiento desde el Berritzegune Nagusia en aquellos centros educativos
que quieran abordar estas cuestiones en los Proyectos Lingüísticos; también se trabajará en los
seminarios ULIBARRI.

1. Seminarios de normalización lingüística (Seminarios NL-Programa ULIBARRI)

Una vez al mes, seminarios dirigidos al profesorado responsable de los centros del Programa
Ulibarri, para apoyar el desarrollo de los planes de normalización del euskera existentes en los
mismos. En el curso escolar 24-25 estos seminarios se celebrarán los martes por la mañana, en
sesiones de dos horas y media y en horario de 9:30 a 12:00 horas. Se prevén ocho sesiones a lo
largo del curso escolar. La mayoría de las sesiones del seminario serán presenciales, pero
también se podrán programar sesiones online. Las sesiones presenciales se organizarán según
los eraginguneak
En cuanto a los contenidos, además de compartir información y buenas prácticas sobre el
programa Ulibarri y la normalización del euskera, en la segunda parte de las sesiones los
seminarios adquirirán un carácter de comunidades de prácticas, agrupando a las personas

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participantes en subgrupos en función de las materias de su interés que, acordando un objetivo,
crearán producciones que serán de utilidad para los centros educativos. Estos subgrupos podrán
centrarse, entre otros, en los siguientes temas:
- la familia como compañera de viaje: plan de comunicación
- transmisión de la cultura vasca en un contexto multicultural
- creación de un alumnado euskaldun activo: contenidos sociolingüísticos, actitudes y
comportamiento
- normalización del euskera en el ámbito digital del centro.
Índice

2. R600

Es un curso para abordar la cultura vasca en el currículo. Se especificará en el Proyecto


Lingüístico de centro cómo se implementará en el centro el proyecto derivado de este curso.
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g) Programas para el alumnado recién llegado


Necesidades de formación y acompañamiento derivadas de proyectos de promoción de la
interculturalidad en la lengua, bienestar y diversidad cultural:

1. Programa Eusle

La iniciativa Eusle es un programa de inmersión lingüística para facilitar el proceso de adquisición


de la lengua vehicular escolar, el euskera, al alumnado recién llegado a nuestro sistema
educativo. El programa tiene dos pilares fundamentales, velar por el bienestar emocional del
alumnado y posibilitar el lenguaje para la comunicación lo antes posible (nivel A2) para tener la
competencia de llevar a cabo el desarrollo académico.
Los centros que participen en el Programa Eusle en el curso 2024-2025 contarán con el siguiente
alumnado:
- Alumnado recién llegado a 4º, 5º y 6º de Educación Primaria en el año 2024 o que en
el año 2023 ha recibido por primera vez la ayuda del profesorado de refuerzo
lingüístico (en adelante PRL).
- Para completar el grupo será necesario un mínimo de 6 alumnas y alumnos.
- Las altas y bajas del alumnado del grupo se comunicarán al Responsable de Innovación
Territorial correspondiente y al Responsable de Centros y Planificación.
La duración del programa para el alumnado será de 24 meses, prorrogables hasta 36 meses,
siempre que así lo acuerde la Comisión del programa y el profesorado Eusle, una vez realizada
una prueba, de acuerdo con los siguientes criterios establecidos:
- nivel alcanzado en la prueba
- distancia lingüística respecto a la lengua de origen

32
- fecha de incorporación al refuerzo lingüístico (PRL/Eusle): al inicio del año, al inicio del
curso o al final del mismo
Una vez iniciado el programa no se podrán crear nuevos grupos, y para el alumnado matriculado
fuera del periodo habitual se contará con la colaboración del profesorado de refuerzo lingüístico
(PRL). Ese alumnado podrá acceder al programa durante el próximo curso escolar.
La relación de alumnas y alumnos que se incorporen al programa, así como otros datos que el
mismo requiera, se trasladará a la persona responsable de Innovación Territorial y a la persona
responsable de Centros y Planificación de la Delegación Territorial correspondiente. Una vez
validada dicha relación y entregada la documentación especificada en el programa, se asignará
el profesorado EUSLE.
Los centros que cuenten con el programa Eusle cumplirán los siguientes compromisos:
- Crear un equipo tractor para la dinamización, promoción y seguimiento del programa. El
equipo estará formado por el profesorado implicado, el profesorado Eusle, el profesorado
orientador y un miembro del equipo directivo. Este equipo realizará un seguimiento del
programa, informará a la comisión pedagógica y realizará propuestas de mejora y hará
constar por escrito las decisiones adoptadas.
- Elegir a las profesoras y profesores Eusle entre el profesorado con carácter definitivo o
estabilidad en el centro y con acreditada experiencia en la enseñanza de lenguas y actitud
positiva hacia el programa. Toda su jornada se dedicará a orientar a la atención y
necesidades del alumnado del aula Eusle y a prestar apoyo en materia de euskera en las
aulas de referencia de su alumnado.
- Utilizar el material didáctico elaborado al efecto y la metodología asociada al mismo.
- Promover el cambio metodológico en la línea de Eusle en el aula de referencia. Se aplicarán
metodologías para el tratamiento integrado de lenguas y contenidos.
- Colaborar con el asesor o asesora del Berritzegune Nagusia compartiendo documentos del
centro (JPP, programaciones, situaciones de aprendizaje, materiales adaptados...) para
garantizar el éxito del alumnado Eusle.
- Realizar conjuntamente el proceso de evaluación del alumnado Eusle entre el profesorado
tutor y el profesorado Eusle.
- Asignar un espacio adecuado al aula Eusle en cuanto a tamaño, accesibilidad, mobiliario y
recursos materiales y tecnológicos necesarios.
- Incluir en el Plan Anual de Centro acciones concretas para trabajar con las familias.
- Participar con Inspección en la evaluación del programa y con los servicios de apoyo en los
aspectos que el programa así lo requiera.
Al tratarse Eusle de un contrato programa que cumple los requisitos establecidos
anteriormente, el incumplimiento injustificado de uno o varios de ellos podrá dar lugar a la
exclusión del mismo.

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El Departamento de Educación, a través del Berritzegune Nagusia, proporcionará a los centros
el asesoramiento y los materiales didácticos necesarios para el desarrollo de este programa. Al
mismo tiempo, organizará la formación necesaria.
Durante el curso escolar 2024-25, se dará prioridad a las siguientes actuaciones:
• En cuanto al equipo dinamizador: Establecer la distribución de las funciones y especificar
el calendario y el horario para el seguimiento y la evaluación del alumnado, así como
organizar ayudas al proceso de alfabetización del alumnado.
• Impulsar la coordinación entre este profesorado en los centros que cuentan con el
programa Eusle y con profesorado del PRL, de forma que la respuesta educativa al
alumnado recién llegado sea coherente.
• Actualizar e implantar de manera efectiva de los planes de acogida.
• Elaborar trimestralmente un proyecto en las aulas de referencia del alumnado Eusle, de
acuerdo con las bases metodológicas establecidas en el programa.
• Construir puentes entre las áreas o materias trabajadas en el aula de referencia y en la
gela Eusle
Índice

2. Profesorado de refuerzo lingüístico (PRL)

El profesorado de refuerzo lingüístico tendrá las siguientes funciones:


• Elaborar la programación de refuerzo lingüístico, adaptada a las necesidades del
alumnado.
• Proporcionar el correspondiente refuerzo educativo.
• Colaborar con el tutor o tutora para la realización de un Plan de Actuación Personalizado
(PAP) para ese alumnado.
• Analizar, organizar y preparar los materiales didácticos con el enfoque adecuado, con el
objetivo de alcanzar el nivel A2.
• La intervención directa deberá realizarse en grupo (no individualmente).
• Impartir un mínimo de 5 sesiones lectivas semanales a cada alumna o alumno.
• Participación del nuevo profesorado de refuerzo lingüístico en las formaciones del
Berritzegune Nagusia.
El profesorado de refuerzo lingüístico compartirá con las tutoras y tutores del alumnado recién llegado
las siguientes funciones:
• Establecer un proceso de coordinación con el resto del profesorado para la realización
del PAP y su seguimiento al ponerlo en marcha.
• Facilitar la acogida e inclusión del alumnado recién llegado, según el Plan de Acogida
elaborado, velando por el bienestar emocional y observando de cerca el proceso de
socialización.

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• Realizar intervenciones específicas con este alumnado para que adquiera la capacitación
lingüística necesaria para la elaboración del currículo y la participación activa en las
actividades del centro.
• Participar en la evaluación de los avances y aprendizajes del alumnado.
• Realizar las adaptaciones metodológicas y organizativas necesarias respecto al material
didáctico y a los contenidos.
Como miembros de la comunidad escolar, el profesorado de refuerzo lingüístico tendrá, junto con el
resto del profesorado, las siguientes funciones:
• Planificar las actividades de enseñanza lingüística.
• Diseñar actuaciones para la integración de la perspectiva intercultural en el proceso
educativo.
• Actualización e implantación efectiva de los planes de acogida.
Índice

1.2.4. Estrategia para la Sostenibilidad 2030


En línea con la nueva Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, que abarca los Objetivos de Desarrollo
Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas, y para avanzar en la implementación de la Estrategia de
Educación para la Sostenibilidad del País Vasco 2030, los centros educativos están integrando de manera
progresiva los principios ecosociales y educativos en su práctica diaria.
En este contexto, los centros educativos irán definiendo compromisos concretos hacia la sostenibilidad,
tanto en el desarrollo curricular como en las prácticas de gestión y participación comunitaria. Estas
especificaciones se reflejarán en documentos institucionales como el Proyecto Educativo de Centro
(PEC), el Reglamento de Organización y Funcionamiento (ROF), y el Plan Anual de Centro (PAC).
La promoción de la cultura de la sostenibilidad en las comunidades educativas implica el desarrollo de
competencias y el fomento del compromiso del alumnado frente a los desafíos ecológicos y sociales. Es
esencial fomentar la participación activa del alumnado y de la comunidad educativa en la identificación
y ejecución de acciones transformadoras para abordar desafíos locales y globales. Esto requiere
fortalecer la interdisciplinariedad e integrar contenidos sobre crisis ecológica, justicia social, equidad y
ciudadanía global en el currículo.
Por lo tanto, es crucial difundir la cultura de la sostenibilidad en los centros educativos y promover
oportunidades para la participación y colaboración. La formulación y aplicación de estrategias
sostenibles permiten a las comunidades educativas involucrarse en iniciativas transformadoras,
preparándolas para responder adecuadamente a los retos presentes y futuros.
En este marco, se pueden realizar diagnósticos previos, reflexiones y acciones concretas para construir
entornos educativos más sostenibles:
- Implementación de la Agenda Escolar 2030: Integración de la cultura de la sostenibilidad en las
comunidades educativas, capacitando al alumnado con habilidades y compromisos necesarios
para abordar problemas ecológicos y sociales, tanto a nivel local como global, mediante
acciones transformadoras individuales y colectivas en el centro y más allá.

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- Adaptación a la emergencia climática: Incorporación de contenidos curriculares sobre cambio
climático y desarrollo de iniciativas proambientales. Esto incluye promover la movilidad
sostenible (uso de bicicletas, transporte público), mejorar la gestión de recursos (energía, agua,
materiales) mediante prácticas de consumo responsable y la implementación de energías
renovables.
- Fomento de la participación estudiantil: Involucramiento activo del alumnado en proyectos de
servicio comunitario relacionados con la sostenibilidad.
- Utilizar espacios naturales, patios escolares y otra variedad de espacios para la renovación
curricular en colaboración con la comunidad local y desde una perspectiva ecosocial.
- Incorporar criterios ecosociales a partir del compromiso de sostenibilidad de la escuela en un
documento oficial, más allá de la gestión. En este documento participarán todos los miembros
de la comunidad escolar.
Índice

1.2.5 Internacionalización
El currículo actual subraya la importancia de que el alumnado del siglo XXI desarrolle competencias
fundamentales para vivir en un mundo cada vez más globalizado. Estas competencias incluyen la
empatía, la autonomía, la resiliencia, el espíritu cooperativo y crítico, el compromiso social, así como el
conocimiento y respeto intercultural. En un entorno global interconectado, estas habilidades son
esenciales para formar ciudadanas y ciudadanos capaces de enfrentar los retos del futuro y contribuir
positivamente a la sociedad.
Para promover el desarrollo de estas competencias, es crucial ofrecer al alumnado la mayor cantidad de
oportunidades para estudiar en el extranjero y colaborar con estudiantes de otros países. Esta
experiencia internacional no solo mejora el uso de lenguas extranjeras, sino que también fomenta la
motivación por el aprendizaje y el respeto hacia otras culturas. Además, la internacionalización
contribuye al crecimiento personal del alumnado, desarrollando habilidades como la adaptabilidad y la
comprensión intercultural.
Durante este curso escolar, la Viceconsejería de Educación proporcionará a los centros información
sobre diversos programas internacionales. Se impartirá formación y asesoramiento específicos para
facilitar la inclusión de estos programas en el proyecto educativo. Entre estos programas destaca
Erasmus+, una iniciativa de la Unión Europea que promueve la cooperación educativa y el intercambio
de estudiantes y profesorado.
Oportunidades de Estudio en el Extranjero:
- Programas de Intercambio y Movilidad: Participar en programas como Erasmus+ permite a las
y los estudiantes pasar un periodo en el extranjero, estudiando en instituciones educativas de
otros países. Esto no solo mejora su competencia lingüística, sino que también les expone a
diferentes metodologías de enseñanza y contextos culturales, enriqueciendo su experiencia
educativa y personal.
- Estancias Cortas y Viajes Educativos: Organizar estancias cortas, viajes de estudio y visitas
culturales a otros países. Estas experiencias, aunque de menor duración que los intercambios

36
completos, tienen un impacto significativo en la perspectiva global del alumnado y en su
comprensión intercultural.
- Programas de Verano Internacionales: Fomentar la participación en programas de verano en
el extranjero, que combinan el aprendizaje académico con actividades culturales y recreativas,
ofreciendo una inmersión total en un entorno internacional. En este sentido, cabe destacar las
ayudas que el gobierno vasco dispone en la convocatoria de “Plazas para la realización de
cursos de inglés, francés y alemán en el extranjero para alumnos y alumnas de 3º y 4º cursos
de ESO y de 1º y 2º cursos de Bachillerato matriculados en centros sostenidos con fondos
públicos de la Comunidad Autónoma del País Vasco ”
Colaboración con Otros Estudiantes:
- Proyectos de Colaboración Interdisciplinar a través de eTwinning: eTwinning es una
plataforma que permite a los centros educativos de Europa colaborar en proyectos educativos
utilizando tecnologías de la información y la comunicación. A través de esta plataforma, las y
los estudiantes pueden trabajar en proyectos comunes con sus pares de otros países,
desarrollando habilidades de trabajo en equipo, comunicación intercultural y competencias
digitales.
- Asociaciones Estratégicas y Redes de Escuelas: Establecer asociaciones con centros educativos
de otros países para desarrollar proyectos conjuntos y compartir buenas prácticas. Estas
colaboraciones pueden abordar temas específicos del currículo y promover el intercambio de
conocimientos y experiencias entre estudiantes y profesorado. En este sentido cabe destacar
la Red Elos.
- Concursos y Conferencias Internacionales: Animar al alumnado a participar en concursos,
conferencias y seminarios internacionales. Estas actividades ofrecen una plataforma para que
los estudiantes presenten sus ideas y proyectos, interactúen con sus pares de otros países y
desarrollen sus habilidades de presentación y comunicación.
Formación y Asesoramiento:
- Capacitación del Profesorado: Proporcionar formación específica al profesorado para que
puedan integrar eficazmente los programas internacionales en el currículo y gestionar
proyectos de colaboración con otros países. Esta formación incluirá el uso de herramientas TIC,
metodologías de enseñanza intercultural y gestión de proyectos internacionales.
- Asesoramiento para la Participación en Erasmus+: Ofrecer apoyo y asesoramiento continuo a
los centros educativos para la correcta implementación de Erasmus+ y otros programas
internacionales. Esto incluye la orientación sobre cómo solicitar fondos, gestionar la logística
de los intercambios y maximizar el impacto educativo de estas experiencias.
- Promoción de la Internacionalización en el Centro: Incluir en el Proyecto Educativo de Centro
(PEC) y en el Plan Anual de Centro (PAC) acciones concretas para promover la
internacionalización. Esto puede incluir la creación de un equipo responsable de la
internacionalización, la organización de jornadas de sensibilización y la integración de la
dimensión internacional en el currículo de todas las asignaturas.

37
Impacto Positivo en el Profesorado:
La internacionalización no solo beneficia al alumnado, sino también al profesorado. A través de
actividades como el job shadowing y programas de intercambio, el profesorado tiene la oportunidad
de ampliar sus horizontes profesionales y adquirir nuevas competencias. Estos programas permiten al
profesorado visitar otras instituciones educativas, observar diferentes prácticas pedagógicas y
participar en experiencias de formación continua en un contexto internacional.
- Job Shadowing: El job shadowing permite al profesorado observar y aprender de colegas en
otros países. Esta experiencia ofrece una visión directa de diferentes metodologías de
enseñanza y gestión educativa, facilitando la transferencia de buenas prácticas a sus propios
centros.
- Intercambios y Estancias Internacionales: Participar en intercambios y estancias en el
extranjero proporciona al profesorado una inmersión en otros sistemas educativos. Esto no
solo enriquece su práctica docente, sino que también fomenta una mentalidad abierta y
flexible, esencial para enfrentar los desafíos de la educación globalizada.
- Proyectos de Colaboración Internacional: A través de programas como Erasmus+ y eTwinning,
el profesorado puede colaborar en proyectos interdisciplinarios con colegas de otros países.
Estos proyectos no solo enriquecen el currículo, sino que también fortalecen las competencias
interculturales y colaborativas del profesorado.
La participación del profesorado en estos programas internacionales también tiene un efecto
multiplicador en sus centros educativos. Los conocimientos y experiencias adquiridos se comparten con
el resto del claustro, promoviendo una cultura de innovación y mejora continua. Además, estos
intercambios fomentan la creación de redes profesionales internacionales, lo que facilita futuras
colaboraciones y el desarrollo de proyectos conjuntos.
La internacionalización de los centros educativos no solo enriquece la experiencia de aprendizaje del
alumnado, sino que también enriquece la práctica docente y fortalece la comunidad educativa en su
conjunto. Además, contribuye al desarrollo de una ciudadanía global, comprometida y responsable.
Fomentar estas oportunidades es esencial para desarrollar competencias clave y promover una
educación de calidad en el País Vasco.
Índice

1.3. ESCUELA INCLUSIVA Y BIENESTAR

1.3.1. Innovación en la convivencia y gestión de la diversidad, incluido el cuidado


emocional
La convivencia positiva, la atención a la diversidad y el bienestar emocional en el marco de la escuela
inclusiva son elementos fundamentales para el desarrollo personal, social y académico de nuestro
alumnado.
La escuela inclusiva debe ofrecer a todo el alumnado las oportunidades educativas que necesita para su
progreso académico y personal y para el desarrollo de su autonomía. Se trata de construir un contexto
adaptado a las personas, que tenga en cuenta las desigualdades y garantice el apoyo y las medidas
necesarias para los colectivos y estudiantes más vulnerables.

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La escuela inclusiva debe construir espacios sociales democráticos y participativos, enriquecidos
socialmente, que faciliten el aprendizaje y pongan en valor el interés por la convivencia, el aprendizaje,
la comprensión, la comunicación, la relación, la actuación y la proyección con otros colectivos.
Para ello, es fundamental “atender” a las relaciones entre el alumnado. Conociendo la situación
socioemocional y académica del mismo y lo que ocurre en el grupo entre iguales, la escuela debe
responder a los factores de riesgo y proteger las vivencias del alumnado.
Por medio de la iniciativa Bizikasi pretendemos convertir el centro escolar en un espacio de aprendizaje
y desarrollo personal y social que, a través del conocimiento y compromiso compartido en el tiempo por
todos los miembros de la comunidad escolar, lo transforme en un espacio positivo para la convivencia y
en un marco seguro de tolerancia cero ante posibles situaciones de acoso.
Para ello, es fundamental educar en la convivencia, creando entornos seguros y agradables donde todo
el alumnado participe y pueda aprender a desarrollar al máximo todas sus competencias, evitando así la
violencia estructural.
Además, debemos educar para la convivencia, trabajando la capacidad emocional, fomentando el
aprendizaje dialógico, la pedagogía del cuidado, el buen trato y el desarrollo de la autoestima, la escucha
activa, la asertividad, la resiliencia y la empatía.
Asimismo, el alumnado menor de edad pasa mucho tiempo en el centro escolar, cuyo objetivo principal
es garantizar un desarrollo integral a través de entornos que faciliten la enseñanza y el aprendizaje.
Por ello, en el marco de la iniciativa Bizikasi, las aulas son un entorno ideal para promover la salud mental
y aprender estrategias de prevención de la conducta suicida: tomar conciencia de los factores de riesgo,
saber detectar las señales de alarma convencionales y buscar apoyos.
Índice

a) Iniciativa Bizikasi
Desde su inicio en el curso 2017-18, la iniciativa Bizikasi se ha implantado en diferentes ámbitos y se ha
ido basando progresivamente en las funciones del centro para responder al acoso escolar desde una
perspectiva sistémica e integral, orientadas a mejorar la convivencia positiva y al desarrollo de
competencias prosociales en el alumnado. La iniciativa está orientada, entre otros objetivos, a prevenir
de forma temprana los posibles casos de acoso y, en caso necesario, a restaurar las relaciones dañadas.
Con el fin de facilitar la gestión de posibles situaciones de acoso escolar en los centros educativos, se ha
establecido un protocolo de actuación ante situaciones de acoso escolar en los centros educativos no
universitarios de la CAPV. En este protocolo se definen los pasos a seguir por los centros cuando se
detecta o se tiene conocimiento de una situación de acoso escolar.
El protocolo se enmarca dentro de las actividades que cada centro debe impulsar para fomentar una
convivencia escolar positiva. Y su objetivo es garantizar que los centros educativos actúen lo más rápido,
eficaz y seguro posible en todos los casos en los que haya habido alguna demanda de intervención.
Asimismo, el protocolo proporciona orientaciones claras sobre los pasos a dar en este tipo de
situaciones. Se trata de una propuesta de actividades básicas que cada centro, en función de sus
especiales circunstancias y dentro de las normas de convivencia establecidas, podrá ampliar y
profundizar.

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Para la gestión eficaz de estas situaciones, el Departamento de Educación facilitará al centro el
asesoramiento y los materiales didácticos necesarios para el desarrollo de la iniciativa Bizikazi. Esta
iniciativa se considera un objetivo de trabajo prioritario dentro del Plan de Convivencia del Centro.
• Reforzar el equipo BAT como estructura de referencia para coordinar el proceso de resolución
de los casos de acoso escolar que se producen en el centro y para las intervenciones que se
realicen en el desarrollo de la iniciativa. Asimismo, será el equipo que gestione los recursos para
canalizar el malestar emocional del alumnado, sobre todo, cuando manifiestan un
comportamiento suicida. Para conseguirlo se actuará en dos ejes:
Eje primero: Consolidación de las estructuras de funcionamiento del grupo BAT:
o El equipo BAT estará formado, al menos, por la directora/director o jefatura de
estudios, profesorado orientador-consultor, responsable de coeducación y PERSONA
coordinadora de bienestar y protección del alumnado.
o Se prioriza que el coordinador del grupo BAT sea la persona coordinadora de
Bienestar y Protección del alumnado En el artículo 135 de la LEY 2/2024, de 15 de
febrero, de Infancia y Adolescencia se regulan todas las determinaciones relativas a
esta figura, entre ellas las funciones de dicha figura. En caso contrario deberá existir
una estrecha coordinación entre el profesorado consultor y la persona coordinadora
de Bienestar y Protección.
o En el caso de que se decida que la persona coordinadora de bienestar y protección
sea la profesoro o profesor consultor, se le asignarán 4 de las sesiones de las que
dispone para intervenciones individuales (máximo 7 sesiones).
o En el horario del centro se fijará al menos una sesión semanal para coordinar a los
miembros del equipo.
o Los anexos a los protocolos de acoso escolar y conducta suicida se remitirán al
inspector o inspectora de referencia. Asimismo, en el caso de los Servicios de Apoyo,
se enviará un correo electrónico a bnbizikidetza.bizikasi@berritzeguneak.eus
Eje segundo: Profundizar en el trabajo del equipo BAT a partir de las funciones que se detalla
en la Resolución de la Viceconsejera de Educación sobre las instrucciones que regulan la
aplicación del protocolo de actuación ante situaciones de acoso escolar en los centros
docentes no universitarios de la CAPV y del protocolo de intervención y posvención de la
conducta suicida en el ámbito educativo (2024) (ver versión navegable):
o Presentación de las tareas del equipo BAT en la comunidad educativa. Alumnado,
profesorado, personal no docente y familias. BAT ikastetxea gara.
o Participar en las propuestas formativas que se oferten desde la iniciativa Bizikasi
dentro del proceso de formación continua. Esta participación es obligatoria para
todos los centros.
o Asumir la formación dirigida al personal educativo no docente y a las familias.
o Difusión de los materiales disponibles en web Bizikasi para la sensibilización,
conocimiento y concienciación sobre la conducta suicida.

40
• Incluir en el PAC 2024-25 los objetivos y las actividades relacionados con el desarrollo de la
iniciativa Bizikasi, programadas en el Plan de Convivencia.
• Desarrollar en el Plan de Acción Tutorial los materiales curriculares creados para prevenir el
acoso escolar y construir una convivencia ciber-convivencia positiva. También actividades para
trabajar el bienestar emocional personal. Estos están disponibles en la web de Bizikasi.
Índice

b) Estrategia de prevención, intervención y posvención de la conducta suicida en el


ámbito educativo
Las personas menores de edad pasan una parte importante de su tiempo en el centro escolar,
convirtiéndose este espacio y contexto en un lugar idóneo para detectar problemas de salud mental y/o
conductas suicidas. Esto permite a las aulas identificar los factores relacionados con la conducta suicida
(factores de riesgo, factores de protección y señales de alarma) y adquirir habilidades clave que permitan
detectar y evitar comportamientos suicidas.
En el marco de la Estrategia de Prevención del Suicidio (2019) elaborada por el Departamento de Salud
se establecen objetivos y medidas específicas para trabajar en la Educación formal. La medida 22 de la
estrategia de prevención dice así: protocolizar la actuación ante los casos de riesgo de suicidio
identificados en centros educativos.
El marco conceptual de la Estrategia de Prevención, Intervención y Posvención de la Conducta Suicida
en el Ámbito Educativo, publicada en octubre de 2022, se basa en las recomendaciones de la OMS, la
UNESCO y la Estrategia de Prevención del Suicidio en Euskadi. Estas recomendaciones promueven las
escuelas que impulsan la salud mental, y se basan en los siguientes principios educativos:

• Inclusión
• Creación de sentido y promoción de la esperanza como estudiantes
• Bienestar personal
• Seguridad, conexión y comunicación: interacciones de calidad

Parte de esta estrategia es el protocolo de intervención y posvención ante la conducta suicida en el


ámbito educativo, que determina los pasos a seguir por los centros en los casos en los que se detecta o
se conoce al alumnado con conducta suicida.
Índice

1.3.2. Coeducación: en el camino hacia la igualdad y el buen trato


De acuerdo con el Texto Refundido de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres y para la Convivencia
sin Violencia Machista contra las Mujeres y Vidas Libres de Violencia Machista contra las Mujeres,
aprobado por Decreto Legislativo 1/2023, de 16 de marzo (en adelante, Ley de Igualdad), el centro
educativo debe trabajar en un modelo educativo basado en el desarrollo integral de la persona, al
margen de estereotipos y roles en función del sexo, excluyendo todo tipo de discriminación y
garantizando una orientación académica y profesional no diferenciada en función del género. Este
modelo debe basarse también en la prevención de la violencia de género, es decir, de cualquier tipo de
violencia arraigada en el sexismo.

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Además, la Estrategia 2030 para la igualdad de mujeres y hombres en la CAPV establece 11 metas
generales para el año 2023 y establece en su meta 7º:
“Conseguir que todos los centros del sistema educativo vasco cuenten con un plan coeducativo propio,
para dar respuesta eficaz a su diagnóstico de situación.”
La citada meta está ligada al despliegue del "II Plan de coeducación para el sistema educativo vasco, en
el camino hacia la igualdad y el buen trato" del Departamento de Educación. La consecución de una
escuela coeducativa requiere la implantación de un plan coeducativo en los centros, la creación de
estructuras estables de impulso, coordinación y seguimiento de la coeducación, la formación del
profesorado en coeducación, la disponibilidad de materiales coeducativos en las aulas y la implicación
de las familias.
Con el II Plan de coeducación para el sistema educativo vasco, en el camino hacia la igualdad y el buen
trato, se establecen tres objetivos estratégicos a desarrollar por los centros educativos:
1. Proveer al Departamento de Educación y al Sistema Educativo de formación, estructuras y
personas para impulsar de manera coordinada e integral el modelo de escuela coeducativa en las
etapas de Educación Infantil, Primaria y Educación Secundaria.
2. Impulsar que los centros educativos incorporen la perspectiva de género en su cultura, políticas
y prácticas.
3. Poner en marcha mecanismos para la prevención, detección precoz y respuesta eficaz ante la
violencia contra las mujeres.
En este momento, el "II Plan de coeducación para el sistema educativo de la CAPV en el camino hacia la
la igualdad y el buen trato" se encuentra en un proceso de evaluación, pero se considera necesario
seguir desarrollando los objetivos estratégicos mencionados y los ocho pilares de coeducación que se
desarrollan en el mismo.
Por tanto, para poder continuar en este camino, el citado Plan plantea la necesidad de desarrollar las
siguientes acciones:
o Crear estructuras estables de centro
o Nombramiento de la persona responsable de coeducación y que ésta se integre en el
equipo BAT
o Formación de la comunidad educativa
o Desarrollar un plan coeducativo que dé respuesta eficaz al diagnóstico de la situación del
centro.
o Prevenir la violencia machista contra las mujeres, de acuerdo con lo establecido en el
convenio interinstitucional vigente.
o Realizar una evaluación sistemática y rigurosa y recoger datos sobre la implantación e
impacto de las medidas recogidas en el plan
Para ello, el centro concretará sus compromisos con la igualdad en la oferta educativa y cultural y en las
prácticas educativas. Esto significa que los documentos de ordenación educativa (PEC, ROF, Plan de
Convivencia...) incluirán objetivos y actuaciones para promover la igualdad y la coeducación y combatir
la violencia machista contra las mujeres.
42
Para lograrlo, el centro escolar debe contar con un plan de coeducación (guía para la elaboración del
plan de coeducación) que se ajuste a las directrices de dicha ley y al II Plan de coeducación.
El plan de coeducación del centro incluirá:
 La integración de la coeducación en el plan de tutoría u orientación.

 El desarrollo de los ocho pilares de la coeducación (preparación educativa e implantación en


aula).
 La perspectiva coeducativa en la selección de todo tipo de materiales educativos y
curriculares utilizados en el centro educativo (ámbito formal y no formal).

 El grado de desarrollo de la coeducación en el centro: el centro evaluará el grado de


desarrollo de la coeducación en los últimos años, a fin de adoptar las decisiones que se
determinen en el Plan de coeducación. Para ello, el centro cuenta con una herramienta para
la autoevaluación de la coeducación.

 La participación de la comunidad educativa en las acciones relacionadas con la coeducación


y la igualdad de género.
Además, en el curso académico 2024-2025 y siguientes, el centro educativo realizará las siguientes
actuaciones:
 Tener nombrada una persona responsable de coeducación en el claustro, garantizando que
esta persona sea responsable de coeducación en el grupo BAT (Bizikasi) y en el Consejo
Escolar.

 El equipo directivo posibilitará la participación de la persona responsable de coeducación en


los seminarios de los eraginguneak o en las sesiones de coordinación o formación que se
organicen para estos profesionales.

 Los nuevos responsables de coeducación participarán en la formación específica que se


organizará desde el Berritzegune Nagusia: módulo de coeducación I (on-line).

 Establecer el plan de coeducación del centro, reflejando los objetivos en el plan anual del
centro y realizar la evaluación que se reflejará en la memoria anual.

 Incorporar la perspectiva de género en los Planes de Tutoría y Orientación desde las bases de
la coeducación y teniendo en cuenta los ocho pilares coeducativos.
 Promover la oferta y desarrollo de actividades extraescolares desde la perspectiva de género
Por otro lado, el Departamento de Educación ha adquirido una serie de compromisos para el curso 2024-
2025:
 Facilitar materiales para el desarrollo de los objetivos establecidos en el II Plan de
Coeducación: Hezkidetzagunea.
 Organizar seminarios coeducativos y otros foros de coordinación para los centros educativos
en los diferentes eraginguneak, ofreciendo formación y asesoramiento para el desarrollo del
Plan de Coeducación.

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 Servicio de formación y asesoramiento a centros educativos Berdindu en materia de
diversidad sexual y de género.

 Puesta a disposición de materiales para difundir pautas de actuación ante la violencia


machista contra las mujeres
Índice

a) Pautas para los centros educativos para la atención a niñas, niños, adolescentes y
mujeres víctimas de violencia machista
La violencia contra las mujeres constituye una grave vulneración de los derechos humanos. Es la
violencia que ejercen los hombres contra las mujeres por ser mujeres.
Estas pautas consideran violencia machista contra las mujeres toda violencia que se ejerza contra las
mujeres, incluidas las niñas y adolescentes y las mujeres transexuales, por el hecho de ser mujeres, o
que les afecte de forma desproporcionada, tanto en el ámbito público como en el privado, y también la
ejercida contra los niños con el fin de hacer daño a la madre. La violencia se puede ejercer tanto por
acción como por omisión, y los medios para ejercerla pueden ser físicos, psicológicos o económicos,
incluidas las amenazas, intimidaciones y coacciones que tengan como resultado un daño, sufrimiento o
perjuicio físico, sexual, psicológico, social, socioeconómico o patrimonial.
Se entiende por violencia machista contra las mujeres la violencia contra la pareja o expareja, la violencia
familiar, la violencia sexual, el feminicidio, la trata de mujeres y niñas pequeñas, la explotación sexual,
la mutilación genital femenina, los matrimonios forzados y otras prácticas tradicionales lesivas, la
coacción o privación arbitraria de libertad, la tortura, la violencia institucional, el acoso, la violencia
política de género, la violencia digital y en redes sociales, la obstétrica, la violación de los derechos
sexuales y reproductivos, y cualquier otro tipo de violencia que vulnere o pueda vulnerar la dignidad, la
seguridad o la libertad de las mujeres o niñas pequeñas, y que esté recogida en los tratados
internacionales, en el Código Penal español o en la normativa estatal o autonómica. Todo ello con
independencia de que ocurra en el ámbito público o privado, incluyendo ámbitos como la familia, el
trabajo, la educación, la salud, el deporte, la comunidad, los medios de comunicación, los espacios de
ocio y fiestas y el ámbito virtual.
También se entiende por violencia machista contra las mujeres la que se ejerce contra las personas que
protegen a las víctimas, así como contra su entorno cercano o afectivo, especialmente contra sus hijas
e hijos u otros familiares, para disgustar voluntariamente a la mujer
Asimismo, la Administración educativa establecerá como principio básico la prevención de conductas
violentas en todos los niveles educativos, incluidos los abusos sexuales a menores, y establecerá
asignaturas o contenidos y periodos concretos de vida cotidiana en todos los niveles educativos. En estos
contenidos y periodos se incluirán aspectos y contenidos relacionados con el ámbito doméstico y el
cuidado de las personas, el conocimiento del funcionamiento de las relaciones personales y la
promoción de relaciones afectivo-sexuales saludables y positivas, el uso no sexista del lenguaje, el
cuestionamiento del uso del cuerpo de las mujeres como elemento de atracción o fuente de riqueza, la
identificación y prevención de actitudes machistas, incluidas las más evidentes, y el aprendizaje de
métodos no violentos para la resolución de conflictos y modelos de convivencia basados en el respeto a
la igualdad de sexos y a la diversidad.

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Por todo ello, se han establecido las siguientes pautas para los centros educativos de la CAPV para actuar
ante la violencia machista.
Existen cuatro casos en función del agente que ejerce la violencia. Así, en los centros educativos se
pueden detectar las siguientes situaciones de violencia machista:
1. Una alumna es víctima de violencia machista por parte de un alumno varón del mismo
centro.
2. Una alumna es víctima de violencia machista por parte de un trabajador del centro.
3. Una alumna sufre violencia machista por parte de un familiar u otra persona que no trabaja
en el centro.
4. La víctima es una trabajadora del centro o la madre de un alumno o una alumna que sufre
la violencia machista que se produce en el domicilio.
Estas instrucciones han sido revisadas y renovadas recientemente y presentadas a los centros
educativos. En ella se indican los procedimientos a seguir en las situaciones que puedan darse y que
serán tenidos en cuenta por todos los centros asistidos con fondos públicos. Los anexos a los protocolos
se remitirán al inspector de referencia. Asimismo, en el caso de los Servicios de Apoyo, se enviará un
correo electrónico a bnbizikidetza.bizikasi@berritzeguneak.eus.
Índice

b) Protocolo en el acompañamiento al alumnado trans o con comportamiento de género


no normativo y a sus familias
El género es un constructo cultural que asigna a hombres y mujeres, niños y niñas, determinados roles
estereotipados en función del sexo establecido al nacer. Este constructo cultural y social marca a los
bebés antes incluso de nacer, por lo que están obligados a seguir estos mandatos de género desde la
infancia hasta la madurez. Si no siguen estos preceptos, se sentirán diferentes y se dirá que tienen un
comportamiento no normativo.
La diversidad sexual y/o de género, cuando hablamos de menores, es un término inclusivo y generalizado
que engloba realidades muy diferentes de los denominados menores trans.
El centro educativo debe crear y orientar un contexto educativo seguro y no discriminatorio hacia las y
los menores de diversidad sexual y/o de género, sus familias y su entorno. Es decir, el contexto para
poder dar el mejor apoyo.
El centro educativo inclusivo debe dar una respuesta a esta realidad plural, con planteamientos globales
en materia de coeducación e igualdad, basados en el conocimiento y respeto de la diversidad sexual y
de género, que incidan en las políticas, culturas y prácticas de los centros.
Todos los procesos de transición son y serán diferentes; debemos respetar el ritmo, las necesidades y
las demandas del niño, niña o adolescente, así como todas las expresiones de género que puedan
explicarse en el centro.
El protocolo trans ha sido revisado y renovado recientemente y presentado a los centros educativos. En
ella se indican los procedimientos a seguir en las situaciones que pueden darse. Los anexos a los
protocolos se remitirán al inspector de referencia. Asimismo, en el caso de los Servicios de Apoyo, se
enviará un correo electrónico a bnbizikidetza.bizikasi@berritzeguneak.eus.

45
Índice

c) Protocolo de prevención y actuación en el ámbito educativo ante situaciones de


posible desprotección y maltrato, acoso y abuso sexual infantil y adolescente
Al inicio del curso las directoras y directores del centro establecerán las medidas necesarias para
garantizar el conocimiento del protocolo por parte de toda la comunidad educativa. Además, el centro
deberá tener en cuenta lo establecido en el artículo 144 de la LEY 2/2024, de 15 de febrero, de Infancia
y Adolescencia (Actuaciones de los centros):
“1.– El Gobierno Vasco, a través del departamento competente en materia de educación, adoptará las
medidas necesarias para facilitar la detección precoz de la violencia ejercida sobre personas menores y,
en particular, desarrollará programas de sensibilización y formación continua del personal educativo con
el fin de mejorar el diagnóstico precoz y las actuaciones orientadas al cese de dichas situaciones.
2.– Todos los centros educativos, al inicio de cada curso escolar, facilitarán a las personas menores toda
la información referente a los procedimientos de comunicación de situaciones de violencia regulados
por las administraciones públicas vascas y aplicados en el centro, así como las personas responsables en
este ámbito, con especial referencia a la persona coordinadora de bienestar y protección regulada en el
artículo 135 de esta ley.
3.– En los mismos términos, facilitarán información sobre los medios electrónicos de comunicación, tales
como el servicio de orientación, asesoramiento e información, telefónico o telemático, puesto a
disposición de las personas menores por el Gobierno Vasco.
4.– Los citados centros mantendrán permanentemente actualizada esta información en un lugar visible
y accesible, y adoptarán las medidas necesarias para asegurar que las personas menores puedan
consultarla libremente, en cualquier momento, para permitir y facilitar el acceso a esos procedimientos
de comunicación y a las líneas de ayuda existentes.
5.– Cuando se detecten situaciones de violencia contra la infancia y la adolescencia, todos los centros
educativos, con independencia de que la violencia haya sido ejercida por alumnos o alumnas o por
personas adultas, deberán aplicar el protocolo sectorial de actuación frente a la violencia contra la
infancia y la adolescencia, específico para el ámbito educativo, previsto en el artículo 142 de esta ley.
Para ello, contarán con el apoyo y la intervención de la persona responsable de la coordinación del
bienestar y protección del alumnado.
6.– En particular, dicha persona deberá coordinar los casos que deban ser objeto de comunicación a las
autoridades competentes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de esta ley, además de
implantar un sistema para monitorizar el nivel de cumplimiento de dicha obligación
7.– Las personas menores víctimas de violencia tendrán acceso preferente a los centros educativos
integrados en el Sistema Educativo Vasco, incluso durante el curso escolar cuando resulte necesario un
cambio de centro. En todo caso, se garantizará el acceso a los apoyos específicos que puedan resultar
necesarios, incluso cuando se produzca el ingreso en un centro educativo durante el curso escolar.
8.– El Gobierno Vasco, a través del departamento competente en materia de educación, aportará al
Sistema Vasco de Información sobre la Infancia y la Adolescencia, contemplado en el artículo 308 de
esta ley, los datos disponibles sobre las situaciones de violencia detectadas en el ámbito escolar.”
Cualquier situación de este tipo en el centro educativo deberá ser notificada a la Inspección de
Educación.
46
Asimismo, en estos casos, deberá promoverse la intervención coordinada del personal no docente
(vigilantes o cuidadores y cuidadoras de comedor, monitores y monitoras de actividades extraescolares,
etc.).
A lo largo del curso, la Inspección de Educación organizará una reunión dirigida a los equipos directivos
de los centros para analizar el protocolo y determinar la implicación del profesorado en esta materia.
En este sentido, además de la Ley de Infancia y Adolescencia, deberán tenerse en cuenta:
• Pautas de actuación en casos de abuso y explotación sexual de niños, niñas y adolescentes
en Euskadi, derivadas de la Recomendación General 2/2021 de 18 de mayo, del Ararteko
• Pautas para los centros educativos para la atención a niñas, niños, adolescentes y mujeres
víctimas de violencia machista
• Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia
frente a la violencia (artículo 18)
Índice

1.3.3. Orientación educativa


El artículo 14 de la Ley 17/2023, de 21 de diciembre, de Educación del País Vasco, establece la necesidad
de prestar especial atención a la orientación educativa y profesional del alumnado.
En la educación básica, en el mismo sentido se pronuncia el DECRETO 77/2023, de 30 de mayo, sobre
determinación e implantación del currículo de la Educación Básica en la CAPV.
Este decreto define la orientación educativa. La actividad de orientación girará en torno al desarrollo de
una convivencia positiva, la atención a la diversidad y a la inclusión educativa y la orientación académica.
Para el desarrollo de estas líneas de trabajo el Departamento de Educación desarrollará las siguientes
líneas de actuación:

• Recogida y preparación de recursos para el asesoramiento.


• Promoción y desarrollo de seminarios de Profesorado Consultor para el profesorado asesor
del centro.
• Ofertar y organizar formación (formación para nuevos profesores-asesores, jornadas...)
• Servicio de asesoramiento a los centros en materia de orientación.

Índice

1.3.4. Programa Eraldatzen

Es un contrato-programa a desarrollar entre los centros docentes seleccionados y el Departamento de


Educación que tiene como objetivo la mejora del éxito escolar y el mayor nivel de desarrollo de las
competencias para la vida, interviniendo con el alumnado desde un planteamiento inclusivo.
Todo ello en un marco que permita a los centros asumir progresivamente y de forma responsable su
autonomía pedagógica, organizativa y de gestión para avanzar hacia un sistema educativo que se ajuste
a las necesidades y características de la sociedad actual, incidiendo en la promoción de la inclusión, la
igualdad, la equidad y la calidad educativa para todo el alumnado.

47
La participación en el contrato-programa por parte de los centros será voluntaria, pero en todo caso
deberá contar con:

• El compromiso de, al menos, el 60 % del claustro del profesorado


• La aceptación de su participación por parte del Consejo Escolar del centro educativo

El asesoramiento y el seguimiento que se plantean en este programa se realizan por un equipo creado
al efecto por el Departamento de Educación. El asesoramiento está también orientado a establecer
redes de cooperación entre centros cuyo intercambio de conocimiento y experiencias pueda contribuir
a crear nuevas fórmulas de aprendizaje continuo.
Teniendo en cuenta que Eraldatzen es un contrato-programa que vincula al centro docente al
cumplimiento de los compromisos establecidos, el incumplimiento injustificado de uno o varios de ellos
puede dar lugar a la exclusión del programa.
Índice

1.3.5. Programa Bidelaguna


Se trata de un programa de apoyo fuera del horario lectivo dirigido al alumnado de 5º y 6º de Educación
Primaria, prioritariamente al alumnado con dificultades o retraso escolar relacionado con su situación
de desventaja social.
El programa tiene como finalidad mejorar los índices de éxito escolar, para lo cual pretende:

- Facilitar al alumnado, sobre todo a aquel que no goza de entorno físico ni estímulos
adecuados, un acompañamiento y unos medios para dedicar un tiempo complementario a
hacer frente a su retraso escolar o a prevenirlo.
- Mejorar el desarrollo de las competencias básicas, en particular las tareas asociadas a
la lectura, las áreas o materias instrumentales, la organización del trabajo y la adquisición
de hábitos de estudio.
- Mejorar las expectativas que tiene el alumnado sobre sus propias capacidades, y las
que tiene el centro sobre su propio alumnado.
- Mejorar la relación recíproca entre las familias y el centro

Índice

1.4. FORMACIÓN Y ASESORAMIENTO DIRIGIDOS AL CENTRO EDUCATIVO


Durante el curso 2024-2025 debemos seguir adaptándonos al currículo y afrontar, entre otros, los retos
que suponen la digitalización y las nuevas metodologías y los cuidados emocionales. La sociedad está en
constante cambio, y los servicios de apoyo deben dar respuesta a una profunda transformación, en una
nueva configuración a la que toda la comunidad educativa deberá adaptarse.
En este contexto, los servicios de apoyo a la innovación están avanzando hacia un nuevo modelo,
adaptado a la realidad, que responda adecuadamente a las necesidades de nuestros centros educativos.
Las 8 áreas que conforman el Berritzegune Nagusia son:
1. Liderazgo pedagógico y transformación de la educación
2. Desarrollo curricular

48
3. Metodologías y competencias docentes
4. Innovación en la convivencia y gestión de la diversidad
5. Internacionalización
6. Euskera, plurilingüismo e interculturalidad
7. Digitalización e innovación técnico-pedagógica
8. Educación ambiental para la sostenibilidad
Para el curso 2024-2025 se prevé estructurar el trabajo de las asesorías de forma horizontal entre los
Berritzegunes zonales y el Berritzegune Central. A partir de las zonas de influencia que abarcan los
actuales Berritzegunes, los eragingunes del próximo curso serán: 1 en Álava, 4 en Bizkaia y 3 en Gipuzkoa.
Junto con los eraginguneak, el actual Berritzegune Nagusia liderará los procesos formativos e
innovadores, en estrecha colaboración con los otros Berritzegunes y por medio de una colaboración
horizontal, en coordinación con las dos Direcciones dependientes de la Viceconsejería de Educación: la
Dirección para la Diversidad e Inclusión Educativa y la Dirección de Aprendizaje e Innovación Educativa.
En cuanto a la formación, el Berritzegune Central ha previsto para 2024-2025 una oferta formativa
teniendo en cuenta las necesidades de los centros, con el objetivo de apoyar al equipo directivo en el
diseño del plan de formación del centro para el desarrollo integral y colectivo de las líneas estratégicas
prioritarias y de los proyectos de innovación del centro. La información más detallada se encuentra en
las Instrucciones BeA para el curso 24-25.
El Berritzegune Nagusia se compromete a informar a todos los centros públicos de la Comunidad
Autónoma del País Vasco de los tres momentos importantes de comunicación que se llevarán a cabo
para ampliar la oferta formativa del curso 2024-2025. A continuación, se detallan las fases y los
procedimientos correspondientes:
Primer Momento de Comunicación: oferta formativa para el curso 24-25
Fecha: finales de junio de 2024
Objetivo: presentar la oferta formativa para todo el curso 24-25
Medio: Correo electrónico para los directores de los centros
Contenido: Documento inicial de la oferta formativa
Segundo Momento de Comunicación: Recordatorio de la oferta formativa para el segundo trimestre
Fecha: Antes de las vacaciones de diciembre
Objetivo: Recordar la oferta formativa que comienza en el segundo trimestre
Medio: Correo electrónico para los directores de los centros
Contenido: Versión ajustada de la oferta formativa para el segundo trimestre.
Tercer Momento de Comunicación: Recordatorio de la oferta formativa para el segundo trimestre
Fecha: Antes de las vacaciones de primavera
Objetivo: Recordar la oferta formativa que comienza en el tercer trimestre
Medio: Correo electrónico para los directores de los centros
49
Contenido: Versión ajustada de la oferta formativa para el tercer trimestre.
Es importante que cada equipo directivo de los centros revise con detenimiento la información
suministrada en cada momento comunicativo, ya que en cada comunicación puede haber información
relevante.
Índice

50
2. ORGANIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO
En este segundo punto de la resolución se abordarán los aspectos relativos a la organización y
planificación del centro educativo, estableciendo los aspectos que deben tenerse en cuenta en todos
los centros públicos de Educación Infantil y Primaria durante el curso 2024-2025.

2.1. PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO


El proyecto educativo de centro (en adelante, el PEC) es una propuesta integral y global vinculante,
realizada a partir del contexto del centro y una vez analizadas las características de la comunidad
educativa y de su entorno. Reflejará la identidad del centro y determinará sus valores, principios y
objetivos, así como su forma de conseguirlos.
El proyecto educativo del centro determinará los principios de identidad del centro en relación con las
características y valores del mismo; los objetivos educativos que pretende alcanzar, de acuerdo con los
principios del centro; la determinación curricular elaborada y aprobada por el claustro del profesorado;
las competencias básicas que deben adquirir el alumnado en función de sus características; los criterios
básicos y las líneas estratégicas principales; y las prioridades de actuación, que se desarrollarán en el
ámbito lingüístico, curricular y organizativo.
Corresponde al Consejo Escolar del centro la aprobación del proyecto educativo del centro. En todo
caso, el centro deberá hacer público su proyecto educativo para su conocimiento por toda la comunidad
educativa.
El Departamento de Educación pondrá a disposición del centro una guía actualizada para la elaboración
del proyecto educativo de centro, adaptada a la nueva normativa, para que los centros vayan adaptando
su PEC en el curso 2024-2025.
Índice

2.2. REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO (ROF)

Regulación del uso de teléfonos móviles y relojes inteligentes en centros educativos


Los centros educativos deberán regular en sus respectivos ROFs el uso de teléfonos móviles y relojes
inteligentes
Las tecnologías digitales presentan un enorme potencial para mejorar y diversificar las prácticas de
enseñanza y aprendizaje, así como para desarrollar las competencias digitales entre el alumnado. Se
trata de aprovechar las numerosas oportunidades que brindan estas tecnologías para la enseñanza, el
aprendizaje, la comunicación y la creatividad. Pero, no cabe duda de que, en especial el acceso a los
teléfonos móviles, impacta directamente en el desarrollo y la interacción de los alumnos y alumnas. Por
ello, es necesario fomentar el buen uso de estos dispositivos e impulsar hábitos, actitudes y estrategias
que favorezcan la convivencia positiva también en el ámbito digital, ya que las tecnologías no solo
brindan nuevas oportunidades y mejoras, sino que también pueden ser fuente de riesgos y amenazas,
que deben afrontarse.
Ante este desafío, el Departamento de Educación publicará próximamente unas instrucciones para la
regulación del uso de los teléfonos móviles y relojes inteligentes en los centros. Esta regulación tendrá
como objetivo educar al alumnado de todos los niveles en el uso seguro de las tecnologías de

51
información y comunicación, y en los principios éticos que deben regir su utilización, para que la
ciberconvivencia sea posible.
Dentro de su autonomía de organización y funcionamiento, cada centro adoptará medidas de carácter
pedagógico para regular el uso de teléfonos móviles y relojes inteligentes durante la jornada escolar,
atendiendo siempre a las especificidades y al contexto de cada uno de ellos. Se entiende como jornada
escolar el espacio de tiempo que incluye el horario lectivo, los tiempos de recreo o servicios ofertados
por el centro –como el comedor o el transporte-, así como los períodos dedicados al desarrollo de las
actividades complementarias y extraescolares.
Esta regulación deberá quedar recogida en el Reglamento de Organización y Funcionamiento (ROF) de
los centros y ser aprobado por el Consejo Escolar de los mismos. Estas medidas deberán ser comunicadas
a la comunidad educativa, promoviendo acciones de sensibilización sobre los riesgos del uso excesivo
de los teléfonos móviles y relojes inteligentes, y, en especial, las referidas a prevenir el ciberacoso.
Asimismo, los centros educativos han de contemplar actuaciones de prevención del ciberacoso escolar
o posibles situaciones de abuso a través de teléfonos móviles y relojes inteligentes en su plan de
convivencia, en los planes de orientación y de acción tutorial, así como en su Proyecto Digital de Centro,
con el fin de intensificar actitudes y mecanismos preventivos y proactivos.
El Departamento de Educación ofertará materiales específicos y formación dirigida a la comunidad
educativa sobre el uso seguro y responsable de internet y dispositivos móviles, como la Guía elaborada
por Berritzegune Nagusia que se encuentra en Digigunea.
Índice

2.3. PROYECTO LINGÜÍSTICO DEL CENTRO (PLC)1


El PLC es un documento fundamental que se deriva del Proyecto Educativo, en el que se recogen todos
los criterios y decisiones relativos a la enseñanza y al uso de las lenguas. Todas las decisiones que recoja
el PLC deben tener como objetivo final el desarrollo de la competencia comunicativa y plurilingüe para
todo el alumnado del centro, así como la consecución de los objetivos lingüísticos que se establezcan en
el Decreto curricular correspondiente en relación al euskera, al castellano y, al menos, a una lengua
extranjera.
Para lograr ese objetivo, en un sistema educativo bilingüe como el nuestro –en el que la lengua vehicular,
el euskera, es la segunda lengua de una gran parte del alumnado–, y, además, tratándose de una lengua
en situación minorizada, es imprescindible priorizar el euskera (su competencia comunicativa, su uso y
su normalización). Por ello, el euskera será el eje del PLC, y el mismo tendrá como objetivo el
plurilingüismo y la interculturalidad, ya que debe contemplar el resto de las lenguas impartidas y otras
lenguas y culturas del alumnado.
Por tanto, para la consecución de los objetivos anteriores, el centro deberá redactar y desarrollar
proyectos lingüísticos multilingües eficaces en torno al euskera. El PLC ha de ser vivo y dinámico, ya que
se deberán implementar las medidas pedagógicas, las estrategias metodológicas y los proyectos de
innovación necesarios para llevar a cabo los criterios y decisiones que en él se recogen, además de

1
https://www.euskadi.eus/inn-educativa-documentos-lenguas/web01-a2hberri/es/

52
evaluar periódicamente el grado de desarrollo y la consecución de los objetivos del proyecto y renovarlo
y actualizarlo en base a ello.
En este sentido, el centro que desee actualizar el PLC en el curso 2024-2025 deberá tomar
necesariamente la nueva Ley Vasca de Educación y el currículo como referencias principales, y tener en
cuenta los principios pedagógicos y metodológicos que contiene el currículo, para realizar las
adaptaciones necesarias en dicha actualización. Para ello, contará con el apoyo de las personas
orientadoras del Berritzegune Nagusia.
En el curso 2024-2025, además, los centros deben comenzar a actualizar sus decisiones y actividades
sobre la competencia lectora de acuerdo con la nueva Estrategia de Lectura para el Sistema Educativo
Vasco, actualización que deberá tener su reflejo en el Proyecto Lingüístico de Centro.
Además de los principios que la Ley de Educación y el currículo enuncian sobre los procesos de
enseñanza y aprendizaje de las lenguas, el Proyecto Lingüístico de Centro deberá recoger los siguientes
aspectos:
• Tratamiento integrado e integral de las lenguas.
• Metodologías que fomentan la interacción y estrategias para trabajar el lenguaje oral.
• Medidas para mejorar la competencia lectora del alumnado en función de la nueva
Estrategia de Lectura para el Sistema Educativo Vasco.
• Atención y respuesta al alumnado con necesidades lingüísticas, especialmente al
alumnado con incorporación tardía al sistema educativo.
• Uso y normalización del euskera en el centro.
• Aspectos motivacionales para influir en el uso.
• Transmisión de la cultura vasca.
• Para trabajar la lengua extranjera a través de áreas y materias.
• Formación del profesorado para la mejora de la competencia lingüística y la capacitación
en la enseñanza de lenguas en sistemas plurilingües.
• Colaboración con las familias y la comunidad para la promoción de ecosistemas
favorecedores del euskera.
Índice

2.4. PROYECTO DIGITAL DEL CENTRO (PDC)


El Proyecto Digital del Centro (en adelante PDC) es una herramienta que impulsa y promueve el uso de
recursos educativos digitales, tanto en los procesos de enseñanza y aprendizaje como en el resto de
procesos de gestión del centro, con el fin de contribuir al desarrollo integral del alumnado. Por ello, debe
ser una herramienta que se integre en el PEC, en el proyecto de dirección y en el plan anual. Además, es
imprescindible dotar al PDC de una perspectiva escolar sobre el uso de los recursos pedagógicos digitales
disponibles, para aprovechar al máximo sus oportunidades de modo que sea un proyecto compartido
por todos los miembros de la comunidad educativa, que proporcione coherencia y que lidere el uso de
las tecnologías.

53
En este sentido, desde el curso 2022-2023 el centro tiene diseñado y aprobado el DPI a partir de su
autodiagnóstico. Este documento recoge los objetivos relacionados con este ámbito y las acciones
previstas para su consecución por el centro en el marco de su situación y autonomía.
El PDC debe estar publicado en la web del centro y el enlace al público de ubicaciones debe estar en
manos de Berrizegune Nagusia.
La PDC es una herramienta viva que debe ser adaptada y revisada año tras año para responder a las
necesidades del centro y del alumnado. Para ello la Comisión de Digitalización realizará la evaluación
anual y las medidas previstas para el próximo curso en el PAC.
En el curso 2024-2025, se incluirá un anexo en la PDC con todas las aplicaciones utilizadas por el centro
educativo (de diferentes niveles, como CANVA, Pinterest, INIKA, entre otras). En este anexo se deberán
listar todas las aplicaciones que se usan en el centro. Durante el curso 2023-2024, los mentores digitales
realizaron un cuestionario para identificar estas aplicaciones. Con la información obtenida, se debe crear
el anexo para la PDC y enviarlo a través de Hezigune junto con el Plan Anual.
La Viceconsejería de Educación, a través del Berritzegune Nagusia (figuras BeA), proporcionará la
plantilla para listar las aplicaciones. Con los datos recopilados, el Departamento de Educación, en
colaboración con la Agencia Vasca de Protección de Datos, evaluará el grado de cumplimiento de la
normativa de protección de datos y elaborará una guía. Esta guía estará disponible para los centros
educativos, que deberán consultarla antes de utilizar cualquier aplicación.
Debido a las medidas de protección de datos, algunas aplicaciones no podrán descargarse en los
dispositivos proporcionados por el Departamento sin la autorización del Delegado de Protección de
Datos, ya que es necesario realizar un estudio de impacto y riesgo de las aplicaciones.
Índice

2.5. PLAN ANUAL DEL CENTRO (PAC) y MEMORIA ANUAL

2.5.1. Plan anual del centro (PAC)


El responsable de coordinar la elaboración del Plan Anual de Centro es el equipo directivo. La aprobación
de dicho Plan corresponde al Consejo Escolar, sin perjuicio de las competencias atribuidas al claustro
respecto al programa de actividades docentes.
El centro elaborará el PAC para el curso 2024-2025 como instrumento de planificación, organización y
gestión de las actividades del centro, y lo pondrá a disposición de la Inspección de Educación a través de
Hezigunea antes del 27 de octubre de 2024.
El PAC será breve y conciso, a fin de que resulte útil y práctico para el propio centro. El Departamento
de Educación pondrá a disposición del centro una plantilla actualizada para la elaboración del PAC,
adaptada a la nueva normativa. Se pone a disposición del centro la guía actualizada para realizar el PAC.
Teniendo en cuenta que toda la actividad educativa se desarrolla en un marco inclusivo, es
imprescindible tener en consideración la situación de colectivos vulnerables (alumnado recién llegado,
alumnado gitano, personas con situaciones familiares graves). Para ello, es necesario que los centros
incluyan explícitamente en sus proyectos y planes anuales objetivos de mejora de los resultados
escolares, con el fin de proporcionar los apoyos necesarios.

54
Asimismo, se preverán estrategias diversas para la evaluación del alumnado, que permitan profundizar
en la evaluación y formación continua del mismo. A lo largo del mes de septiembre se deberá realizar la
evaluación inicial. Para ello, se tomará como base la situación de partida de cada alumna y alumno
respecto a los aspectos esenciales exigidos para el nuevo curso. En este contexto cobra especial
importancia el fomento de la coordinación entre los equipos docentes de los sucesivos niveles.
A partir de la información obtenida, se deberán organizar actuaciones de apoyo y refuerzo para aquel
alumnado que, habiendo promocionado de nivel, muestra dificultades específicas respecto a la
programación prevista para el nuevo curso. Todo ello se recogerá en el Plan de Actuación Personalizado
(PAP).
En cuanto a los marcos metodológicos que deben tener las actividades de enseñanza, hay que tener en
cuenta, entre otros aspectos, que el alumnado es un agente activo en el proceso de aprendizaje; que se
impulsen la interacción entre el alumnado y propuestas que fomenten su autonomía; que se establezcan
contextos de relación flexibles; y que se hagan propuestas creativas. Todo ello en un contexto seguro de
convivencia positiva.
El Plan Anual debe contener, como mínimo, los apartados que a continuación se indican:
• Programa de actividades docentes
• Programa de actividades complementarias y extraescolares
• Programa anual de gestión
• Seguimiento del desarrollo del PAC y del funcionamiento del centro
• Índice

a) Programa de actividades docentes


La elaboración de este programa corresponde al claustro y, en su caso, a una comisión.
Contendrá los siguientes subapartados:

1. Objetivos, acciones e indicadores de logro

Se indicará un número limitado de objetivos (derivados del análisis de los datos y de la prioridad
establecida). Esto no quiere decir que sean los únicos objetivos a lograr, sino que son aquellos a
los que se va a prestar especial atención en todos los ámbitos del centro educativo y que implican
a toda la comunidad educativa para lograrlos, planificando las actividades que permitan su
consecución y poniendo en marcha los procesos de revisión y evaluación necesarios.
Es muy importante determinar las relaciones entre los objetivos formulados y las líneas
estratégicas del centro (si han sido formulados por el centro docente o derivados de otros
documentos de planificación y organización de la vida del mismo). Esta relación ayudará al
centro a visualizar la coherencia entre la formulación de los objetivos y el diseño de acciones
concretas.
Los objetivos pueden derivarse, entre otras, de las siguientes fuentes:
 El proyecto de dirección
 El currículo: metodología (proyectos globalizados, áreas…)

55
 El currículo: actualización/adaptación de programaciones didácticas y situaciones de
aprendizaje, trabajos a través de retos, proyectos globalizados…
 El currículo: STEAM, pensamiento computacional, programación y robótica
 El currículo: la evaluación
 Los objetivos de mejora identificados tras el análisis de los resultados de las
evaluaciones tanto externas como internas
 La digitalización: el proyecto de digitalización del centro
 El proyecto lingüístico: normalización del euskera, cultura vasca y educación
sociolingüística
 El proyecto lingüístico: respuesta al alumnado recién llegado (programa Eusle y PRL)
 El plan de convivencia: convivencia y bienestar emocional
 El plan de coeducación
 El plan de atención a la diversidad
Una vez definido claramente cada uno de los objetivos, se especificarán los siguientes aspectos:
• Las actividades a desarrollar –así como los recursos necesarios para su realización– para
conseguir los resultados previstos
• La temporalización para el desarrollo de cada una de las actividades organizadas
• Quién participará en cada actividad y quién se responsabilizará de la consecución del
resultado
• Indicadores de seguimiento y de logro medibles

2. Índice de complejidad educativa (en adelante, ICE)

Se especificarán los objetivos, las acciones y los indicadores de logro asociados al ICE (solo en el
caso de aquellos centros que hayan obtenido un recurso adicional como consecuencia de su
aplicación).
Las direcciones de los centros que hayan obtenido un recurso adicional como consecuencia de
la aplicación del Índice de Complejidad Educativa (ICE) deberán incluir en su plan anual de centro
un apartado explicativo de la finalidad y funciones de dichos recursos, teniendo en cuenta que
el objetivo propuesto es mejorar los resultados escolares. En consecuencia, este recurso
adicional deberá destinarse prioritariamente a actividades de enseñanza directa: distribuciones
educativas; refuerzos; coenseñanza; intervención específica con el alumnado que lo necesite.
Los centros participantes en el programa Eraldatzen garantizarán que 1/3 de este recurso se
destine a las tareas de la persona responsable de Eraldatzen.

3. El programa de actividades docentes ordinarias (PADO)

Incluirá los siguientes apartados:


a) Funcionamiento y la organización del centro

56
b) Innovación y transformación
c) Formación y desarrollo profesional

a) Funcionamiento y la organización del centro

En este apartado se incluirán las decisiones y criterios de organización y funcionamiento del


centro y de la actividad escolar que se adopten a lo largo del curso, teniendo en cuenta las
necesidades del alumnado y los recursos existentes, siempre que se formulen por primera vez o
se trate de decisiones muy coyunturales. Si no fuera así, se recogerán en otros documentos de
planificación y organización de la actividad del centro (generalmente en el ROF).
Ejemplos de ese tipo de decisiones y criterios son los siguientes:
 Calendario y fechas de evaluación. (deberá indicarse necesariamente)
 Comunicación con familias o tutores o tutoras legales (deben especificarse
necesariamente las fechas de las reuniones del grupo)
 Criterios para la asignación de tareas del profesorado
 Criterios para la distribución de las tutorías
 Organización de las sesiones de actividad exclusiva [en educación infantil y primaria] y
de las sesiones de atención extraordinaria [en las demás etapas] en el centro escolar
 Criterios de agrupación de alumnos
 Refuerzo educativo y criterios de organización del apoyo
 Criterios de ordenación y distribución de espacios comunes
 Servicios del centro (comedor, transporte, biblioteca…)
PADO

b) Innovación y transformación

Para afrontar los retos actuales y futuros, el centro debe ser un espacio para el desarrollo de
habilidades y competencias. Es imprescindible situarlo en la vanguardia de la innovación, para
asegurar que el alumnado reciba una educación de calidad. En este sentido, partiendo de su
propia realidad, el centro promoverá la innovación del aprendizaje, en coherencia con su
Proyecto Educativo y partiendo de la realidad y características de su comunidad educativa. Por
lo tanto, no se pretende renovar por el simple hecho de hacerlo, sino de que las novedades
implantadas en el centro educativo se desarrollen desde un punto de vista holístico y
contextualizado que repercuta de forma significativa y positiva en el rendimiento académico y
en la calidad educativa del alumnado.
En ese contexto, el centro educativo recibió por primera vez en el curso 2022-2023 la asignación
de un crédito horario para la innovación, y resultado de ello ha sido la persona responsable de
innovación (BeA).
Desde esta nueva perspectiva, se ha superado la asignación horaria fraccionada por proyectos
o convocatorias para pasar a un escenario que priorice la visión general del centro, de forma

57
que todos los proyectos que se desarrollen en el mismo se sitúen en una única dirección
coherente, siempre de acuerdo con el Proyecto Educativo.
Así, la figura BeA tiene como misión principal el impulso, dinamización y coordinación de los
procesos y proyectos de innovación del aprendizaje en el centro, en estrecha colaboración con
el Proyecto Educativo y el equipo directivo del centro.
En este apartado del PAC se desarrollarán dos aspectos:
o Los proyectos de innovación que sean coherentes con la estrategia del centro e
incluyan objetivos claros, acciones, cronogramas y mecanismos de seguimiento y
evaluación.
o La planificación del crédito horario asignado al centro para la innovación: definición de
las tareas y organización de la figura BeA y del profesorado con horas de innovación, así
como de los mecanismos de seguimiento y evaluación que se realizarán en el centro.
PADO

c) Formación y desarrollo profesional

Le corresponde a la figura BeA el diseño, coordinación y seguimiento del Plan de Formación del
Centro, de acuerdo con el equipo directivo. Dicho plan incluirá programas de capacitación
relacionados con los proyectos de innovación definidos en el apartado anterior, de forma que
se establezcan interrelaciones y tengan un carácter integral.
Para ello, el Berritzegune Nagusia ha diseñado la oferta formativa prevista para el curso 24-25
Esta oferta formativa va más allá del objetivo de formar al mero profesorado, ya que pretende
apoyar al equipo directivo en el diseño del plan de formación del centro para el curso escolar,
con la finalidad del desarrollo integral y colectivo de las líneas estratégicas prioritarias y
proyectos de innovación del mismo.
La oferta formativa, además, tiene un carácter vivo, que se alimentará y enriquecerá a medida
que avance el curso escolar.
Al inicio del curso se notificarán los medios de inscripción en las distintas formaciones,
habilitando para ello un procedimiento telemático concreto, con el consiguiente
establecimiento de canales de comunicación directos. De esta forma, la directora o director del
centro podrá elaborar sus previsiones a fin de definir un plan de formación (horarios,
participantes…).
PADO

b) Programa de actividades complementarias y extraescolares

Actividades complementarias

Son actividades educativas organizadas por los centros educativos dentro del calendario escolar
y directamente relacionadas con el PEC, y, en consecuencia, con el Plan Anual. Asimismo, se trata
de actividades que, por el momento, los espacios y/o los recursos que se utilizan, se diferencian
del horario lectivo habitual. El alumnado y el profesorado están obligados a participar en estas

58
actividades, al igual que en el resto de las horas lectivas. Las faltas de asistencia a estas
actividades deberán ser justificadas por las familias.
A la hora de organizar las actividades complementarias, se especificarán los objetivos, el
alumnado y profesorado implicados, el día, hora y lugar de realización. Dicho registro deberá
estar a disposición del Consejo Escolar y de la Inspección en el centro. Asimismo, el equipo
directivo se encargará de que este registro de salidas este actualizado.
Cuando un centro planifica actividades complementarias debe tener en cuenta a todo el
alumnado. Todos y todas tienen derecho a participar en estas actividades. Por lo tanto, esto
deberá preverse previamente y, teniendo en cuenta los recursos propios del centro (todas y
todos los profesionales de la enseñanza y de la educación), se deberán elegir los más adecuados
para que nadie quede excluido de estas actividades. En este sentido, es preciso prever en las
actividades las condiciones necesarias para la accesibilidad universal, con el fin de que todo el
alumnado participe en condiciones similares.
Las actividades complementarias deberán estar incluidas en este Plan Anual y, si no lo
estuvieran, deberán ser aprobadas previamente por el Consejo Escolar e incluidas en el PAC.
Deberá tenerse en cuenta que en las actividades que se realicen fuera del centro escolar será
necesaria la autorización de las familias o tutores legales. Además, los desplazamientos deben
programarse con criterios de sostenibilidad.
Si una alumna o alumno no participa de la salida por razones justificadas, deberá ser
adecuadamente atendido en el centro durante toda la jornada escolar.
En cualquier actividad complementaria que se desarrolle fuera del centro, el alumnado deberá
estar acompañado, en todos los casos, por dos profesionales como mínimo, de los que al menos
uno será una profesora o profesor del equipo docente del grupo. En su caso, también acudirá
personal especialista de apoyo educativo. Por otra parte, el número de profesoras y profesores
acompañantes será al menos de uno por cada 20 alumnas o alumnos o fracción superior a 10,
respetando, en todo caso, el número mínimo señalado anteriormente. Es decir:

Número de
alumnos y Profesores/profeso
alumnas

1-30 2

31-50 3

51-70 4

71-90 5

91-110 6

Son actividades complementarias:

59
 Estancias en barnetegis: Por parte del Departamento de Educación, entre otras,
existen las siguientes ofertas:
o Estancias de inmersión en inglés, también para estudiantes de 2º de la ESO:
como novedad en el curso 23/24, hay que destacar que, además de para la etapa
de Educación Primaria, se convocaron plazas para alumnado de 2º curso de
Educación Secundaria para participar en estas estancias de inmersión lingüística.
Estas estancias tienen como finalidad el aprendizaje y uso del inglés, por lo que se
utilizará exclusivamente esa lengua. Las actividades serán académicas, lúdicas,
deportivas y de ocio.
o Centros de Afianzamiento Idiomático
• Actividades festivas del centro
• Campañas educativas especiales
• Actividades fuera del aula: visitas, salidas, excursiones, encuentros, jornadas...
• Intercambios derivados de programas europeos
• …

Actividades extraescolares

Se consideran actividades extraescolares aquellas que están alineadas con la ampliación de la


oferta del centro, orientadas a procurar la formación integral del alumnado, organizadas desde una
perspectiva positiva, inclusiva y centrada en la dimensión de género y, sobre todo, relacionadas
con:

• El euskera y la cultura vasca


• El arte
• La música
• Las ciencias
• Las lenguas extranjeras
• La educación ambiental para la sostenibilidad
• El ejercicio físico o el deporte
• …

Asimismo, estas actividades extraescolares tienen un gran impacto en la mejora de la comunicación


lingüística en euskera, así como en el apego y motivación del alumnado hacia el euskera. Por ello, es
prioritario fomentar el uso del euskera en estas actividades.
Se realizan fuera del tiempo de dedicación docente y tienen carácter voluntario. En la planificación de
dichas actividades se definirán los objetivos, grupos, las personas responsables, el momento y el lugar
de realización.
Cuando un centro planifica actividades extraescolares debe tener en cuenta a todo el alumnado. Todos
y todas tienen derecho a participar en estas actividades. Por lo tanto, esto deberá preverse previamente
y, teniendo en cuenta los recursos propios del centro (todas y todos los profesionales de la enseñanza y
de la educación), se deberán elegir los más adecuados para que nadie quede excluido de estas

60
actividades. En este sentido, es preciso prever en las actividades extraescolares las condiciones
necesarias para la accesibilidad universal, con el fin de que todo el alumnado participe en condiciones
similares.
Deberá tenerse en cuenta que en las actividades que se realicen fuera del centro escolar será necesaria
la autorización de las familias o tutores legales. Además, los desplazamientos deben programarse con
criterios de sostenibilidad,
Las actividades extraescolares deberán estar incluidas en el PAC, y, si no lo estuvieran, deberán ser
aprobadas previamente por el Consejo Escolar e incluidas en el PAC.
Índice

c) Programa anual de gestión


La elaboración de esta parte del plan anual corresponde al equipo directivo o a la Comisión Permanente,
para su aprobación por el Consejo Escolar.
La distribución de los recursos financieros es una forma importante de establecer objetivos y prioridades
en el centro. En este apartado hay que tener en cuenta que los marcos temporales de la gestión
económica (el año natural) y del plan anual del centro (el curso escolar) son diferentes.
Por ello, en este apartado se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
• El grado de cumplimiento del presupuesto aprobado: para ello basta con que se
recojan en una hoja determinadas partidas presupuestarias y cuánto dinero se ha
utilizado hasta ese momento (gastos). Este documento lo proporciona la propia
aplicación informática de gestión económica.
• Los criterios y previsiones de gasto para los siguientes presupuestos, especialmente
en lo que se refiere a los gastos no relacionados con el funcionamiento: suministros,
formación, obras menores, etc.
• Índice

d) Seguimiento del desarrollo del PAC y del funcionamiento del centro


Hay que hacer posible que el seguimiento del desarrollo del PAC se haga de la forma más participativa
posible, para lo cual se determinará el proceso a seguir a comienzo de curso. Puede realizarse por el
Equipo Directivo o por una comisión creada al efecto por personas pertenecientes a distintos
estamentos de la comunidad educativa. Asimismo, será necesario informar al Consejo Escolar al menos
una vez a mediados de curso.
La información derivada del seguimiento y evaluación del Plan serán referentes básicos para la
elaboración de la Memoria anual del Centro.
Índice

2.5.2. Memoria anual del centro (MAC)


El Equipo Directivo es el responsable de coordinar la elaboración de la Memoria. A partir del análisis y
grado de cumplimiento del PAC y de los resultados escolares logrados, así como del análisis de los
resultados de la Evaluación de Diagnóstico u otras evaluaciones externas, cada centro realizará su propia
autoevaluación, extrayendo conclusiones y presentando propuestas de mejora de actuación para el

61
siguiente curso, estableciendo prioridades que a su vez serán tomadas como objetivos a lograr en el
siguiente PAC. La Memoria deberá reflejar una visión global y unificada del centro.
La memoria será aprobada por el Consejo Escolar. Los centros la pondrán a disposición de la Inspección
de Educación a través de Hezigunea antes del 16 de septiembre de 2025.
Será breve y concreta, a fin de que resulte práctica para el propio centro siguiendo las recomendaciones
de la guía que puede encontrarse en la página web del Departamento de Educación.
Índice

62
3. ALUMNADO
3.1. ORGANIZACIÓN DEL ALUMNADO
La organización del alumnado debe responder a los principios y finalidades de la escuela inclusiva. Esto
supone que todo el alumnado desarrolle al máximo sus capacidades y potencialidades para ser
competente en la construcción de su proyecto personal, social y profesional. Para ello, el equipo
directivo debe asegurar el acceso y la permanencia y participación de todo el alumnado, especialmente
del más vulnerable a la exclusión educativa y social, y ofrecer un sistema educativo de calidad con
igualdad de oportunidades favoreciendo la convivencia positiva.
Se trata de que el alumnado tenga un sentimiento de pertenencia al centro. Para ello, se favorecerá la
participación, el trabajo en grupo y el desarrollo de proyectos, garantizando que los alumnos y alumnas
se sientan protagonistas de su proceso de aprendizaje tanto en el aula como en el resto de espacios
educativos.
Para conseguir lo anteriormente citado, el equipo directivo deberá contemplar en colaboración con la
orientadora u orientador los siguientes aspectos organizativos:

• Es responsabilidad de todo el profesorado dar una respuesta educativa adecuada a


todo el alumnado. Para posibilitarlo, incluirán en sus programaciones intervenciones
específicas dirigidas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.
• Las medidas y apoyos complementarios se articularán de forma coordinada y
colaborativa, dentro del contexto habitual, buscando el beneficio de todo el alumnado.
En consecuencia, las direcciones de los centros garantizarán la participación coordinada
de todas las personas profesionales implicadas.
• Todo el profesorado y el personal educativo participarán activamente en la detección
y respuesta a las necesidades del alumnado. Para ello es necesario aplicar los
procedimientos establecidos por el Departamento de Educación. Es decir, el protocolo
correspondiente a las altas capacidades intelectuales (detección específica e intervención
por parte del PAP) y a la atención temprana.
• En base a los principios de accesibilidad universal del aprendizaje, se utilizarán
metodologías de aprendizaje y estrategias inclusivas que respondan a la diversidad del
alumnado.

Todos estos aspectos incidirán no sólo en la planificación educativa sino también en la organización del
alumnado y en la distribución de responsabilidades educativas entre los miembros de la comunidad y
en el desarrollo de las acciones planificadas.

3.2. ALUMNADO CON NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO (NEAE)


El alumnado que requiere atención educativa adicional es aquel que presenta las siguientes
características:
• Necesidades educativas especiales: discapacidad física, psíquica, sensorial,
trastornos graves de la conducta y trastornos graves de la comunicación y del
lenguaje
• Retraso madurativo

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• Trastorno del lenguaje y del desarrollo de la comunicación
• Trastorno de la atención o del aprendizaje
• Grave desconocimiento de la lengua de aprendizaje
• Vulnerabilidad socioeducativa
• Altas capacidades intelectuales
• Incorporación tardía al sistema educativo
• Condiciones personales especiales o de historia escolar
Los centros educativos recogerán en el Plan de Atención a la Diversidad, así como en el Plan Anual, las
medidas de organización y planificación. Para ello, se tendrán en cuenta, entre otras, las instrucciones
de la directora para la Diversidad e Inclusión Educativa.
Índice

3.2.1. Alumnado con necesidades educativas especiales (NEE)


Las necesidades educativas especiales están relacionadas con la discapacidad física, psíquica, sensorial,
los trastornos graves de la conducta y los trastornos graves de la comunicación y del lenguaje.
El equipo docente deberá tener en cuenta el tipo y la intensidad de los apoyos (refuerzos, medidas de
acceso, recursos humanos asignados, adaptaciones…) que requiere este alumnado. En todo caso, se
organizará desde el punto de vista de la escuela inclusiva y potenciando la autonomía de los alumnos y
alumnas.
Las direcciones de los centros deberán garantizar la participación e implicación integrada de las personas
profesionales que intervienen con el alumnado tanto en la planificación (plan, horario…) y coordinación
(reuniones), como en el seguimiento y evaluación del mismo teniendo como base la evaluación
psicopedagógica realizada conjuntamente con las asesorías de NEE de los Berritzegunes.
Entre las citadas personas profesionales se encuentran el profesorado tutor, el resto de profesorado, el
profesorado orientador, el profesorado de Pedagogía Terapéutica, especialistas de apoyo educativo,
terapeutas ocupacionales, fisioterapeutas y profesionales del IBT-CRI, entre otros.
Teniendo en cuenta la resolución de 17 de mayo de 2023 de la viceconsejera de Educación, los cambios
de intensidad en las ayudas durante el curso, las nuevas evaluaciones psicopedagógicas realizadas o la
incorporación de nuevo alumnado no supondrán una revisión de los recursos previamente planificados
y asignados al inicio del curso, salvo excepciones justificadas de acuerdo con el procedimiento
establecido.
El centro deberá realizar los ajustes y modificaciones horarias necesarios para atender a todo el
alumnado con necesidades educativas especiales y al nuevo alumnado. Asimismo, el profesorado
adaptará la programación de su clase a las necesidades de apoyo de todo el alumnado con necesidades
educativas especiales y del nuevo alumnado. Las nuevas valoraciones y las modificaciones realizadas
sobre las ya realizadas se tendrán en cuenta para determinar la asignación correspondiente en el curso
siguiente.
Excepcionalmente, el centro podrá solicitar la revisión de la asignación de recursos humanos
correspondientes al alumnado con NEE cuando se haya incorporado a lo largo del curso alumnado que

64
precise apoyo de alta intensidad. La nueva incorporación deberá ser por causa justificada: cambio de
municipio de residencia o incorporación al sistema educativo vasco. El centro deberá justificar en su
solicitud que ha llevado a cabo la reorganización de los recursos asignados y que, aun así, resulta
imposible atender al alumno o a la alumna.
Asimismo, el centro docente tiene la obligación de comunicar al Servicio de Innovación Educativa de la
Delegación Territorial correspondiente la baja o el traslado de cualquier alumno o alumna con NEE, para
el uso y gestión eficientes de los recursos públicos.
A tener en cuenta:

a) Para que el alumnado pueda acceder al currículo sin lenguaje oral o utilizando un lenguaje hablado
muy pobre y/o poco funcional, se ha publicado el “Protocolo para la implementación de los
sistemas aumentativos y alternativos de comunicación (SAAC) en el sistema educativo”. Pretende
iniciar procesos de unificación de criterios de intervención, garantizando la coordinación de las
personas profesionales implicadas y la familia, determinando las responsabilidades en función de
las competencias profesionales y proporcionando recursos básicos para la evaluación e
intervención.

Como materiales de apoyo, se han publicado, entre otras, las siguientes orientaciones: Respuesta
educativa al alumnado con discapacidad auditiva de la CAV

b) Que el centro disponga de un protocolo de actuación aprobado por el Consejo Escolar para
responder de la manera más eficaz a las situaciones de crisis. Además, el centro educativo
establecerá un protocolo personalizado de actuación cuando se considere necesario frenar estas
situaciones y ante comportamientos que, por su gravedad, requieran provisionalmente la
utilización de otros espacios o programas. Para ello contará con el asesoramiento necesario por
parte de las asesorías NEAE de los Berritzegunes. Las crisis provocadas por trastornos de conducta
deben ser respondidas, en primer lugar, e inmediatamente, por el personal docente o no docente
más próximo al alumno en el momento de la crisis, por la urgencia. Por ello, todos los profesionales
del centro deberán conocer dicho protocolo.

El o la Especialista en Apoyo Educativo (EAE), como cualquier otro u otra profesional del centro,
podrá colaborar en tareas de promoción de la autorregulación, siempre que el plan del alumno o
alumna de que se trate así lo contemple.
La complejidad de esta situación supera la respuesta educativa por lo que será necesaria una
intervención, en los ámbitos familiar, sanitario y social, coordinada por las asesorías de NEAE de los
Berritzegunes.
En este ámbito debe tenerse en cuenta: El Marco general de colaboración Educación-Salud Mental,
que se puso en marcha en mayo de 2018.
En este ámbito, se señalan los consensos alcanzados en lo que respecta a la coordinación con estos
servicios. Asimismo, se recogen los itinerarios de derivación, los procedimientos para el intercambio
de información, los modelos de informes y algunas recomendaciones en relación con las relaciones
entre profesionales de ambos sistemas que pueden facilitar una buena práctica profesional.

65
Tanto los centros como los servicios de apoyo deben facilitar que el desarrollo de este marco de
colaboración implique una mejor atención al alumnado y a sus familias en este ámbito.

c) Hay que tener en cuenta que en el caso del alumnado con discapacidad visual que requiera la
adaptación de materiales (braille, audio, etc.), los centros deberán proporcionar a tiempo los
materiales a adaptar a las personas profesionales responsables del alumnado con discapacidad
visual. En el caso de los textos, la relación de los mismos debe facilitarse en el mes de mayo.
Como materiales de apoyo, se han publicado, entre otras, las siguientes orientaciones: Inclusión
educativa del alumnado con discapacidad visual.

d) Se ha publicado el siguiente documento descriptivo de las medidas y ayudas dirigidas al alumnado


con discapacidad auditiva: Respuesta educativa al alumnado con discapacidad auditiva en la CAPV

Índice

3.2.2. Alumnado con trastorno de atención o dificultades específicas de aprendizaje.


Entre el alumnado que necesita de una atención educativa adicional a la habitual para poder desarrollar
al máximo sus capacidades, se encuentran aquellos con dificultades específicas de aprendizaje (DEA)
(también llamado trastorno de aprendizaje) y/o trastorno por déficit de atención e hiperactividad
(TDAH).
El alumnado con DEA se enfrenta a barreras que limitan su aprendizaje debido a dificultades
significativas y persistentes en el aprendizaje de habilidades académicas que afectan a la lectura, la
escritura, el sentido numérico, el cálculo o el razonamiento matemático.
Las personas con TDAH muestran un patrón permanente de falta de atención o
hiperactividad/impulsividad que influye en su funcionamiento o desarrollo.
En cuanto a las Dificultades Específicas de Aprendizaje (DEA) y las TDHA, la evidencia científica indica
que cuanto antes se identifique y se inicie un programa de intervención eficaz, mayor será la posibilidad
de mejorar los resultados a largo plazo. Y además de ayudar a mejorar el rendimiento escolar, la acción
temprana reduce los problemas emocionales relacionados con el fracaso y la falta de motivación.
Por ello, el Departamento de Educación del Gobierno Vasco ha diseñado "Dificultades Específicas de
Aprendizaje y un procedimiento de identificación e intervención temprana del AGNH/TDAH". En este
documento se establecen las fases de detección e intervención, los momentos y las tareas a realizar en
los centros por los diferentes profesionales.
Este proceso se enmarca en el primer ciclo de la educación, en los cursos 1º y 2º ( de Educación Primaria
y tiene los siguientes objetivos:
1. Concienciar a la comunidad educativa sobre la importancia de implantar procesos de detección e
intervención temprana en los centros educativos y su incorporación a la práctica docente ordinaria.
2. Sistematizar en los centros el procedimiento de identificación temprana, intervención, seguimiento y
evaluación en las Dificultades Específicas de Aprendizaje y TDHA (1º y 2º de Educación Primaria).
3. Impulsar una respuesta educativa basada en la aplicación de los principios del Diseño Universal de
Aprendizaje (IDU) y en un sistema de apoyo multinivel, proporcionando al profesorado pautas y
herramientas que orienten la respuesta educativa.

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4. Fomentar la colaboración, coordinación y trabajo en red entre los diferentes agentes profesionales
del centro.
5. Impulsar la coordinación sistemática entre el centro y la familia en este proceso.
6. Promover el éxito escolar de todo el alumnado.
No obstante, si aparecieran indicios o evidencias que indiquen que algún alumno o alumna puede tener
dificultades específicas de aprendizaje no detectadas previamente y un trastorno de atención, el
profesor o profesora deberá comunicarlo lo antes posible al profesorado consultor del centro para
iniciar el proceso de identificación y poner en marcha un Plan de Actuación Personalizado (PIP) adaptado
a las necesidades. Para la realización de este proceso contará con la colaboración del personal asesor
NEAE del Berritzegune.
La respuesta educativa y las medidas específicas que se adopten en el aula deben adaptarse a tales
necesidades y deben ser aplicadas por todo el profesorado que trabaje con este alumnado. Además,
podrán contar con la atención y/o ayuda de profesionales de apoyo a la inclusión, teniendo en cuenta la
evaluación psicopedagógica realizada en colaboración con las asesorías NEAE. Como material de ayuda
existe la siguiente documentación:

• Orientaciones relativas a la enseñanza de la lectura


• Guías y herramientas de uso habitual para la atención al alumnado con trastorno de
déficit de atención e hiperactividad
• Orientaciones y materiales sobre inclusividad y dificultades de aprendizaje
• Plan lector
• Propuestas inclusivas para la intervención con el alumnado con necesidades
específicas de apoyo educativo (NEAE)

Índice

3.2.3 Alumnado con altas capacidades intelectuales


Este alumnado debe recibir la respuesta adecuada que garantice el desarrollo máximo de su potencial.
Para ello, se necesita conocer en profundidad sus características, necesidades, intereses y detectar las
barreras con que se encuentra al interaccionar con el contexto y poder ajustar la respuesta educativa.
El centro escolar continuará en el este curso identificando al alumnado de altas capacidades
intelectuales y estableciendo un protocolo de respuesta educativa al mismo. Este protocolo está dirigido
a alumnado de Educación Primaria (1º y 2º, 6º) y Secundaria (1º y 2º curso de la ESO), y es obligatoria
su implantación.
El protocolo consta de tres fases, en las que se implican directamente al profesorado tutor de los citados
niveles (fase de cribado), al profesorado consultor (fase de detección específica) y al personal asesor
NEAE del Berritzegune y al profesorado tutor y al claustro (fase de evaluación psicopedagógica y
respuesta educativa).
En el caso del 1º curso de Educación Primaria, la primera fase (o de cribado), se deberá completar en
enero y febrero , y en el caso de 6º de Educación Primaria en abril y mayo. En esta fase, el profesor tutor
o profesora tutora, con la colaboración del profesorado consultor, observará y cumplirá las escalas para
la observación de las altas capacidades intelectuales. Para ello, se ofrecerá al profesorado tutor y
consultor un curso de formación básica online.
67
La información obtenida tras esta primera fase permitirá determinar los indicios correspondientes al
alumnado que pueda pasar a la segunda fase (o de detección específica). En esta fase, el profesorado
consultor realizará observaciones directas, cuestionarios específicos, pruebas de detección
complementarias y entrevistas con las familias. La información obtenida de todos ellos determinará el
perfil individual y, en caso de ser compatible con las altas capacidades intelectuales, deberá pasar a la
siguiente y última fase (o de evaluación psicopedagógica).
La fase de detección específica deberá completarse entre marzo y abril con el alumnado de 1º de
Educación Primaria, previamente realizado un proceso formativo para profesorado consultor.
La tercera fase está orientada exclusivamente a la evaluación psicopedagógica para el alumnado
especificado en la segunda. Esta evaluación orientará, además, a cada alumno o alumna con altas
capacidades intelectuales sobre cómo desarrollar la respuesta educativa. Este trabajo se llevará a cabo
de forma colaborativa entre el profesorado consultor del centro y el asesoramiento de NEAE
correspondiente, junto con el resto del equipo docente. Esta tercera fase del alumnado de 1º Educación
Primaria se deberá completar entre mayo y junio. No obstante, se podrá adelantar el diseño y aplicación
de la respuesta educativa a reflejar en el Plan de Actuación Personalizado.
Aunque en una primera fase sea necesaria la observación rutinaria –similar a la del protocolo de
seguimiento del desarrollo infantil o la Atención Temprana– antes del inicio de la fase de detección
específica, es necesario comunicarse con las familias del alumnado identificado y solicitar y conseguir el
permiso para seguir interviniendo en la segunda y tercera fase.
El centro docente contará con formación y asesoramiento específicos a lo largo de todo el proceso.
En cualquier caso, en cualquiera de los niveles en los que se detecten indicios, se debe iniciar un proceso
de valoración, para lo cual se dispone de herramientas para el profesorado y la familia:
En el documento Orientaciones educativas. Alumnado con altas capacidades intelectuales se puede
encontrar información de gran utilidad para el profesorado. Asimismo, determinadas orientaciones y
materiales pueden ser interesantes y útiles para enriquecer el currículo.
Índice

3.2.4. Escolarización del alumnado fuera del proceso ordinario de admisión


La normativa para la escolarización del alumnado fuera del proceso de admisión habitual es la siguiente:
Orden de 27 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la escolarización
del alumnado fuera del proceso ordinario de escolarización, en Educación Infantil, Primaria y Secundaria
Obligatoria, en centros públicos dependientes del Departamento de Educación y en centros privados
concertados de la Comunidad Autónoma del País Vasco y se determina la composición, las funciones y
las normas de organización y funcionamiento de las Comisiones de Escolarización de Álava, Bizkaia y
Gipuzkoa. (BOPV, 10-01-2023)
1. Alumnado de Educación Infantil a partir del tercer curso del primer ciclo y de educación
obligatoria sin plaza escolar una vez finalizado el proceso ordinario de admisión, por no haber
participado en el mismo.
2. Incorporación tardía al sistema educativo de alumnado tanto del segundo Ciclo de Educación
Infantil y como de educación obligatoria.
3. Traslado de centro de alumnado ya escolarizado, por alguna de las siguientes causas:

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a) Aplicación de las medidas previstas en el Decreto 201/2008, de 2 de diciembre, sobre
derechos y deberes de los alumnos y alumnas de los centros docentes no universitarios
de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
b) Circunstancia familiar de violencia de género.
c) Convivencia escolar desfavorable.
d) Cambio de residencia a otra localidad.
e) Adopción o acogimiento familiar formalizados tras la finalización del proceso ordinario
de admisión.
f) Aquellos extraordinarios, que pudieran realizarse en beneficio del alumnado por la
Delegación Territorial de Educación, en los que concurran circunstancias análogas
pero distintas de las anteriores. Este supuesto deberá ser de aplicación restrictiva y
extraordinaria, y la concurrencia de los supuestos que habiliten su aplicación deberán
ser acreditados por medio del oportuno informe de Inspección Educativa
En el caso de recién llegados a la CAPV que necesiten un puesto escolar en la Educación Infantil o en la
Educación Primaria, el centro gestionará la solicitud dirigida a la Comisión de Escolarización a través de
la aplicación informática, mediante el menú habitual: Matrícula/Comisión de Escolarización. El centro
deberá tramitar la solicitud de cualquier familia, independientemente del centro solicitado por la familia.
En el caso de alumnado de incorporación tardía con necesidades específicas de apoyo educativo, se
actuará de acuerdo con lo dispuesto en la presente Resolución. Todo el alumnado que haya finalizado
el programa de refuerzo lingüístico deberá tener un programa de seguimiento individualizado en los tres
cursos siguientes.
Índice

3.2.5. Alumnado con especiales condiciones personales o de historia escolar


a) Alumnado con necesidades de atención hospitalaria, domiciliaria o terapéutico-
educativa
Mediante el Decreto 266/2006, de 20 de diciembre, se crearon los Centros Territoriales para la Atención
Educativa Hospitalaria, Domiciliaria y Terapéutico-Educativa, que tienen como finalidad el apoyo
educativo al alumnado que no pueda asistir a su centro escolar por prescripción médica, ya sea por
encontrarse hospitalizado en una institución sanitaria, en hospitalización domiciliaria o por estar incluido
en un programa terapéutico educativo.
• El apoyo en el ámbito hospitalario se ofrecerá en las aulas de apoyo educativo ubicadas
en determinados hospitales de la CAPV. Cuando una alumna o un alumno necesite
tratamiento hospitalario, la atención pedagógica será realizada por la profesora o
profesor del aula hospitalaria, quién se coordinará con la tutora o tutor del centro escolar.
• El apoyo en el ámbito domiciliario se realizará por profesorado en los domicilios de las
alumnas y alumnos que, por prescripción facultativa, no puedan acudir a los centros
escolares. Cuando una alumna o un alumno que recibe atención pedagógica domiciliaria
circunstancialmente tiene que ingresar en el hospital, será su profesorado de atención
pedagógica domiciliaria quien continuará atendiéndole en el hospital.

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Las directoras y directores de los centros escolares, con el fin de posibilitar el aprendizaje escolar
y la socialización de la alumna o alumno que se encuentre en esta situación, seguirán el
procedimiento establecido en el artículo 35 de la Orden de 30 de julio de 1998, por la que se
establecen los criterios de escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales y
la dotación de recursos para su correcta escolarización (BOPV de 31-08-1998).

 El apoyo educativo en el ámbito terapéutico-educativo se desarrollará en colaboración con el


Servicio de Salud Mental Infanto-Juvenil de Osakidetza, según el convenio de colaboración
establecido. Cuando una alumna o alumno con graves problemas psicopatológicos necesite
tratamiento intensivo, podrá ser propuesto o propuesta para su incorporación en el programa
terapéutico-educativo del OETHHDTE con el visto bueno de las asesoras o asesores de NEAE y
de la Unidad de Psiquiatría Infanto-Juvenil de Osakidetza.

Además, para acceder al programa terapéutico-educativo, se deberá tener en cuenta y


cumplimentar los documentos que figuran en el aplicativo W67:
o Tener en cuenta los criterios de inclusión-exclusión para entrar en la OETH-HDTE.
o Consentimiento expreso de la persona progenitora o representante legal.
o Informe a derivar desde el centro a la OETH-HDTE.
o Informe desde el Berritzegune a la OETH-HDTE
Para finalizar el proceso, la Comisión de Valoración decidirá si el alumno o alumna es admitido
o no. En el centro terapéutico se admitirá por un periodo determinado, con un máximo de un
curso completo. En cualquier caso, el objetivo es que el niño, niña o adolescente vuelva a su
entorno escolar.
El centro en el que esté matriculado el alumno o alumna y el centro de OETH-HDTE deberán
establecer cauces de coordinación y seguimiento. Asimismo, deberán acordar y planificar la
estrategia a seguir para regresar al centro de referencia.
En este mismo sentido, debe tenerse en cuenta el anteriormente mencionado (trastornos
graves de conducta) Marco general de colaboración Educación-Salud Mental, que se puso en
marcha en mayo de 2018.
Índice

b) Alumnado con enfermedades minoritarias, alergias alimentarias múltiples y otras


enfermedades
El protocolo a seguir para este alumnado se encuentra en la “Circular sobre la atención sanitaria
especial durante el horario escolar”.
Índice

70
3.3. PROCEDIMIENTO PARA LA RECOGIDA Y ORGANIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DEL
ALUMNADO CON NEAE EN LOS CENTROS (TRASTORNO DE ATENCIÓN O
APRENDIZAJE, TRASTORNO DE DESARROLLO LINGÜÍSTICO, ALTAS CAPACIDADES)
De acuerdo con la Resolución de 10 de julio de 2020 de la viceconsejera de Educación, los centros deben
tener actualizada la información relativa al alumnado con NEAE para recogerla y organizarla en la
aplicación W67, y canalizar su intervención a través del Plan de Actuación Personalizado (PAP).
Este plan será realizado por el profesorado tutor y el resto del equipo docente, en colaboración con el
profesorado orientador y con la colaboración del asesoramiento de NEAE.
Una vez desarrollado el Plan de Actuación Personalizado, en caso de que las medidas incluidas en el
mismo no cumpliesen los objetivos establecidos, el centro docente debería solicitar la evaluación
psicopedagógica, para recoger la respuesta educativa específica que el alumno o alumna precisa.
Índice

3.4. SOLICITUD DE EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA A LA ASESORÍA DE NEAE DEL


BERRITZEGUNE
Se realizará una evaluación psicopedagógica del alumnado cuando de la interacción entre el contexto y
determinadas condiciones personales se deriven obstáculos que pongan en peligro el acceso, la duración
y la participación en el proceso de aprendizaje de la alumna o alumno.
Hay que recordar, no obstante, que la evaluación psicopedagógica es un proceso extraordinario de
intervención educativa. Únicamente debe hacerse cuando no hayan sido suficientes las medidas de
refuerzo que el profesorado tutor y el profesorado orientador hayan considerado adecuadas.
Esta evaluación tendrá las siguientes características: será interdisciplinar, contextualizada y centrada en
la colaboración de todas las personas profesionales implicadas.
El centro definirá dicha demanda con el protocolo establecido “Solicitud de evaluación Psicopedagógica”
que se realizará a través de la aplicación informática (W67). El modelo de solicitud actualizado está
disponible en el directorio W67.
En cualquier caso, el referente principal de cada alumna y alumno es su tutora o tutor, que ejercerá sus
funciones en coordinación con el resto del equipo docente y en su caso, con el resto de personas
profesionales que puedan intervenir con su grupo de alumnas y alumnos y, especialmente, con la
colaboración del profesorado orientador.
Índice

3.5. SOLICITUD DE MEDIDAS CURRICULARES EXTRAORDINARIAS


La tramitación de las adaptaciones curriculares y de todas las medidas extraordinarias se realizará a
través de la aplicación de NEE (W67).
La tramitación del Proyecto Curricular de Aula Estable se realizará siguiendo el procedimiento de cursos
anteriores.
Las adaptaciones curriculares se regulan mediante el Decreto 118/1998, de 23 de junio (BOPV 13-07-
1998), y las órdenes que lo desarrollan (BOPV 31-08-1998). Asimismo, deben tenerse en cuenta las
Instrucciones de la viceconsejera de Educación sobre las adaptaciones curriculares individuales.

71
3.5.1. Adaptaciones de acceso al currículo
Las adaptaciones de acceso al currículo deberán quedar registradas en el expediente del alumnado y las
medidas adoptadas tendrán carácter prescriptivo.
Las direcciones de los centros educativos deben asegurar el trabajo coordinado entre el personal
docente y no-docente en la planificación, coordinación y seguimiento del alumnado para asegurar la
accesibilidad al currículo.
Cuando la disponibilidad de recursos para la accesibilidad y/o la adaptación de materiales dependa de
servicios externos (Biltegiak, Centros de recursos), el centro educativo realizará la correspondiente
solicitud con el tiempo suficiente.

a) Plazos de presentación de las adaptaciones curriculares individuales significativas y del


Proyecto Curricular de las Aulas Estables (PCAE)
• La Dirección del centro remitirá las propuestas correspondientes antes del 21 de octubre
• La asesoría de NEAE del Berritzegune emitirá su informe antes del 11 de noviembre
• La Inspección de Educación enviará su Visto Bueno antes del 29 de noviembre
• El o la responsable territorial de Innovación Educativa comunicará a los centros, antes del 9
de diciembre, si la adaptación curricular y/o el PCAE está o no aprobado, para que, antes del
16 de diciembre, el centro informe por escrito a los responsables legales del alumno o
alumna, adjuntando copia de la resolución.
Índice

b) Plazos de presentación de las adaptaciones curriculares de ampliación para alumnas y


alumnos con altas capacidades intelectuales en Educación Primaria
• La dirección del centro remitirá las propuestas correspondientes antes del 23 de octubre
• La asesoría de NEAE emitirá su informe antes del 13 de noviembre
• La Inspección de Educación enviará su Visto Bueno antes del 29 de noviembre
• El o la responsable territorial de Innovación Educativa comunicará a los centros antes del 11
de diciembre, si la medida está o no aprobada, para que, antes del 18 de diciembre, el centro
informe por escrito a los responsables legales del alumno o alumna, adjuntando copia de la
resolución.
Índice

c) Plazos de presentación de la solicitud para la anticipación de la escolarización en


Educación Infantil y Primaria o para la flexibilización del periodo de escolarización
• La Dirección del centro, antes del comienzo de la etapa, tramitará la propuesta de
anticipación o flexibilización del periodo de escolarización antes del 27 de mayo.
• La asesoría de NEAE emitirá su informe antes del 3 de junio.
• La Inspección de Educación enviará su Visto Bueno antes del 10 de junio.

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• El o la responsable territorial de Innovación Educativa tramitará la documentación antes del
17 de junio.
• La Dirección para la Diversidad e Inclusión Educativa comunicará a los centros si la propuesta
se considera o no aprobada antes del 24 de junio, para que el centro informe a las personas
responsables legales del alumno o alumna, adjuntando copia de la resolución, antes del 28
de junio.
Índice

d) Plazos de solicitud de recursos materiales de acceso al currículo para el alumnado con


necesidades educativas especiales
• Los recursos materiales serán solicitados por los centros a través del Berritzegune, para lo
cual la asesoría de NEAE realizará la evaluación psicopedagógica correspondiente. La asesoría
de NEAE valorará las necesidades y tramitará la propuesta de recursos al o a la responsable
territorial de Innovación Educativa antes del 10 de abril.
• El mantenimiento del material en préstamo será responsabilidad del centro y se requiere su
devolución en óptimas condiciones (para tal efecto se cumplimentará un documento
detallando el citado compromiso). Los materiales necesarios para el acceso al currículo con
coste inferior a 150 euros deberán ser costeados por el centro educativo.
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3.6. ATENCIÓN TEMPRANA: PROTOCOLO DE SEGUIMIENTO DEL DESARROLLO


INFANTIL
El presente protocolo es obligatorio en todos los centros sostenidos con fondos públicos y su objetivo
es detectar de forma temprana los cambios de desarrollo que puedan generar necesidades específicas
de apoyo educativo. La aplicación de las fases y agentes participantes, calendario y escalas de
observación a todo el alumnado, sin excepción, se recoge en el Protocolo de Seguimiento del Desarrollo
Infantil.
Para la aplicación es necesaria la participación y coordinación del profesor tutor o profesora tutora de
Educación Infantil, del coordinador o coordinadora de Educación Infantil, del profesorado tutor, del
profesorado orientador y, en particular, del jefe o jefa de estudios. Ello garantizará el cumplimiento de
dicho protocolo en las condiciones establecidas.
Las escalas de observación se rellenarán en la plataforma informática de atención temprana diseñada
por ISEI-IVEI, y se realizarán en dos momentos:

• Del 1 de noviembre al 20 de diciembre (niños y niñas de 4 y 5 años).


• Del 1 de febrero al 15 de marzo (niños y niñas de 2 y 3 años).

Asimismo, se seguirá el procedimiento establecido:

- Educación Infantil de 2 y 3 años:


Las escalas se cumplimentarán en febrero.

Cuando se detecten dificultades en las escalas:

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- En caso de no existir ítems en una o varias áreas, se elaborará e implantará el Plan de
Actuación Personalizado (PAP). En la elaboración de este plan se contará también con la
participación de la familia. Este plan se evaluará al final del curso escolar y se continuará,
en su caso, en el curso siguiente.
- Si en el primer trimestre del curso siguiente las dificultades persistieran, se procederá a su
evaluación y, en su caso, se iniciará la detección específica. Una vez realizada la detección
específica, se procederá a la actualización del PAP.
- Educación Infantil de 4 y 5 años:
Las escalas se cumplimentarán en noviembre.
Cuando se detecten dificultades en las escalas:
- Si se detectan dificultades al inicio del curso, se elaborará e implementará el PAP, o, si ya
existe, se continuará con el mismo.
- Si las dificultades persistieran en el primer trimestre, se procederá a su evaluación y, en su
caso, se iniciará la detección específica.
En todos los niveles de Educación Infantil, si se detectan señales de alerta, si se observa que en un área
no se han obtenido tres o más ítems o en dos áreas dos o más ítems, se elaborará e implantará el PAP,
pasando a la segunda fase de detección específica.
Cuando se detecta un desarrollo precoz o altas capacidades intelectuales, el criterio de inicio de la
segunda fase es doble. En primer lugar, las conductas indicadas en la misma área en tres o más ítems o
en dos o más áreas tienen que coincidir con indicadores de edad superiores a la edad del alumno o
alumna. En segundo lugar, la presencia de más del 50 % de los indicadores de desarrollo precoz en
relación con la edad cronológica.
No obstante, hay que recordar que, aunque no se cumplan todos los criterios, es necesario elaborar e
implantar el PAP para atender las necesidades detectadas.
Corresponde al tutor o a la tutora iniciar el Protocolo de Seguimiento del Desarrollo Infantil, aplicando
a todo el alumnado las Escalas de Observación y, en su caso, realizar el seguimiento y coordinación de
las fases posteriores. Además, elaborará, implantará y evaluará los PAP. Para ello, contará con el apoyo
del profesorado orientador del centro, en colaboración con el Berritzegune.
La derivación a otros servicios requiere únicamente la realización de la fase de detección específica, con
el apoyo de la asesoría de NEAE, y la cumplimentación del informe de derivación existente en la
aplicación W67. Sin la detección específica, no se exigirá evaluación psicopedagógica ni derivación fuera
del ámbito educativo.
Este protocolo debe ser comunicado a las familias al inicio del curso escolar.
Para cubrir las Escalas de Observación no hace falta el consentimiento de las familias, ya que lo
observado está estrechamente relacionado con el propio currículo de la etapa, y está pensado para
todos los niños y niñas de Educación Infantil.
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3.7. CALENDARIO Y HORARIO ESCOLAR
Corresponde al Consejo Escolar fijar el calendario y el horario de clase habitual del alumnado,
respetando las normas propias de cada etapa educativa, el tiempo en que el centro va a permanecer
abierto y las actividades que se van a realizar fuera del horario de clase habitual del alumnado.
En todo caso, el calendario y horario ordinario deberán establecerse de acuerdo con la resolución de la
viceconsejera de Educación , por la que se dictan normas complementarias que han de regular la
elaboración del calendario escolar para el curso 2024-2025 de los centros públicos de la Comunidad
Autónoma del País Vasco.
El calendario y el horario aprobado no podrá ser modificado durante el curso, salvo por causas
excepcionales debidamente autorizadas por la correspondiente Delegación Territorial de Educación.
Cualquier modificación del horario del centro para el próximo curso requerirá la autorización expresa de
la persona delegada Territorial de Educación, de acuerdo con el siguiente procedimiento:

- La propuesta será elaborada por la dirección del centro y deberá cumplir todos los requisitos
establecidos en la normativa sobre el calendario escolar.
- La propuesta deberá ser consultada con el profesorado y con familias del centro y deberá
ser aprobada en cada uno de estos sectores con una mayoría cualificada de 2/3 de los votos
emitidos y una participación mínima del 50 % del censo.
- La propuesta deberá ser aprobada por mayoría absoluta del Consejo Escolar del centro.

Cumplidos los anteriores requisitos, la solicitud de modificación para el curso 2024-2025 será tramitada
por la dirección del centro a la Delegación Territorial de Educación, antes del 15 de enero de 2024. La
Delegación Territorial, después de recabar los informes que considere convenientes, autorizará o
denegará dicha modificación antes de que el centro realice las preinscripciones de matrículas, a fin de
que el centro pueda informar del cambio de horario para el curso siguiente a todos los componentes de
la comunidad escolar (familias, alumnado y profesorado).
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3.7.1.- Horarios escolares del alumnado de Educación Infantil


A la hora de confeccionar los horarios de cara al curso 2024-2025, hay que tener en cuenta lo indicado
por el Decreto 75/2023 para la Educación Infantil.
La incorporación por primera vez a la etapa o al centro de las niñas y niños será progresiva, llevándose
a cabo un período de adaptación. La finalidad de este período es la de favorecer la continuidad entre el
ámbito familiar y el escolar y posibilitar una progresiva adaptación de las niñas y niños a la escuela. Este
período de adaptación, que es el tiempo que necesita cada niña o niño para incorporarse de forma
satisfactoria a la nueva situación cuando se trata de su primera experiencia escolar, no será el mismo
para todos, sino que intentará responder a sus necesidades y, en todo caso, será consensuado con cada
familia, no pudiendo extenderse más allá del mes de septiembre.
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3.7.2.- Horarios escolares del alumnado de Educación Primaria.
A la hora de confeccionar los horarios de cara al curso 2024-2025, hay que tener en cuenta lo indicado
por el Decreto 77/2023 para la Educación Primaria.
El horario ordinario de clase del alumnado de Educación Primaria será establecido por el propio centro,
respetando los mínimos establecidos en la normativa vigente. Para ello, se tomará en consideración lo
estipulado por la Resolución de la viceconsejera de Educación, por la que se dicta la normativa
complementaria para la elaboración del calendario escolar para el curso escolar 2024-2025 en los
centros públicos de Educación Infantil y Primaria de la CAPV.
Los días de jornada de mañana y tarde, la actividad de clase será habitualmente en Educación Primaria
de 5 sesiones distribuidas del modo siguiente:

• Mañana: 3 sesiones y un recreo de 30 minutos.


• Tarde: 2 sesiones de clase con una duración mínima de 90 minutos.
• Los días de jornada continua se tendrán un máximo de 4 sesiones de clase. Además,
habrá uno o varios periodos de recreo que supondrán en Educación Primaria 30
minutos de descanso.

El horario deberá cumplir los siguientes requisitos:

• Las clases de la mañana no empezarán antes de las 9:00 horas ni después de las 10:00
horas.
• Entre las jornadas de mañana y tarde deberá haber un descanso de al menos 1 hora y
30 minutos.
• No se podrá impartir más de 2 horas de clase sin tener un periodo de recreo.

La Dirección y el profesorado de los centros educativos es responsable de las alumnas y alumnos durante
el tiempo que se encuentran en el centro o fuera del centro educativo realizando actividades
complementarias. Durante la jornada de clase habitual el alumnado solo podrá ausentarse cuando las
familias, responsables legales o personas autorizadas se personen en el centro educativo y se hagan
cargo de la o el menor.
A la hora de confeccionar los horarios de cara al curso 2023-2024, hay que tener en cuenta el Anexo VI
del Decreto 77/2023:

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El centro, en el ejercicio de su autonomía, complementará el horario del centro en base al horario
mínimo de la etapa. Para ello se proponen diferentes alternativas:
- Por áreas, se puede tomar como referencia la propuesta de la columna “Hor. de ref por
ciclos”.
- Por ámbitos, se pueden tomar como referencia las propuestas de la segunda y tercera
columna, con las siguientes opciones:
• Hor. de ref por cicl y ámb 1- primer ámbito: Matemáticas + Conocimiento del
medio natural, social y cultural; segundo ámbito: Lengua vasca y literatura +
Lengua castellana y literatura + Educación artística.
• Hor. de ref por cicl y ámb 1- primer ámbito: Matemáticas + Conocimiento del
medio natural, social y cultural; + Educación artística; segundo ámbito: Lengua
vasca y literatura + Lengua castellana y literatura.
• Con otros ámbitos que el centro pueda completar.
La Educación artística podrá dividirse en dos: Música y Plástica.
Se apuesta por potenciar el área de Educación física a lo largo de toda la etapa. En los dos cursos del
primer ciclo se realizarán tres sesiones semanales de Educación física.
Como excepción a la presente normativa, la Delegación Territorial de Educación correspondiente podrá
autorizar modificaciones en el horario cuando sean absolutamente necesarias para coordinar los
servicios de transporte escolar de los alumnos y alumnas de los diferentes niveles que se impartan en el
centro o de los centros que compartan los mismos servicios de transporte y/o comedor.
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3.8. ASISTENCIA DE LAS ALUMNAS Y ALUMNOS A CLASE


Asistir a clase es un derecho y un deber de todo el alumnado.
La justificación de las faltas de asistencia deberá ser realizada por las familias o tutoras y tutores legales
ante la tutora o tutor correspondiente y aceptada por la jefatura de estudios.

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El Consejo Escolar deberá fijar en el ROF del centro la regulación de las faltas de asistencia de su
alumnado y las medidas correctoras a que pueden dar lugar, de acuerdo con lo establecido en el Decreto
201/2008, de 2 de diciembre, sobre derechos y deberes de los alumnos y alumnas de los centros
docentes no universitarios de la CAPV (BOPV de 16 de diciembre de 2008).
Las direcciones de los centros deben comunicar a la Inspección de Educación mediante la aplicación
informática la información correspondiente al absentismo de su alumnado tal y como se establece en la
circular al respecto.
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3.9. RELIGIÓN
La oferta de las religiones oficiales es obligatoria para los centros y voluntaria para el alumnado. En
consecuencia, las familias o tutores y tutoras legales manifestarán su voluntad de que se reciba o no
dicha enseñanza en las solicitudes de admisión. Esta decisión, salvo indicación expresa en contrario, se
mantendrá para el curso siguiente.
Antes de que el centro realice la planificación del curso siguiente, en el mes de abril, deberán comunicar
a través de la aplicación de admisión y matrícula la información actualizada sobre la solicitud de
enseñanzas de religión.
La enseñanza de la religión católica se ajustará a lo establecido en el Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos
Culturales suscrito entre la Santa Sede y el Estado español.
La enseñanza de otras religiones se ajustará a lo dispuesto en los acuerdos de cooperación entre el
Estado español y la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, la Federación de
Comunidades Judías de España, La Comisión Islámica de España y, en su caso, a los que en el futuro
puedan suscribirse con otras confesiones religiosas.
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3.10. ASPECTOS RELACIONADOS CON LA EVALUACIÓN DEL ALUMNADO


A la hora de gestionar la evaluación, serán referentes:
- ORDEN de 22 de enero de 2024, del consejero de Educación, por la que se regula la evaluación
en Educación Infantil y la evaluación, la promoción y la titulación, en su caso, en Educación
Básica y en Bachillerato.
- Documentación académica de fin de curso ( 2023-2024)
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3.11. EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA


Las evaluaciones de diagnóstico constituyen, según el artículo 41 del Decreto del currículo de las
enseñanzas básicas, una responsabilidad compartida entre el Departamento de Educación y todos los
centros escolares, y deben ser entendidas como una posibilidad de mejora y un reto para los centros
escolares y el conjunto del sistema educativo vasco.
Dentro de este contexto, es responsabilidad tanto del equipo directivo como del resto de miembros de
la comunidad educativa garantizar su desarrollo y hacer un tratamiento adecuado de la información

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aportada. Ésta se tratará con la mayor discreción y no podrá ser en ningún caso hecha pública de forma
individual o colectiva por ningún miembro de la comunidad educativa del centro.

3.11.1. EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA DE FINAL DE ETAPA


En el curso 2024-2025 se realizará la evaluación diagnóstica de mitad de etapa de carácter censal.
Esta evaluación diagnóstica es de obligado cumplimiento, pero sin consecuencias académicas para el
alumnado. Se realizará en todos los centros sostenidos con fondos públicos y tiene como objetivo
acreditar el nivel de competencia y establecer las medidas oportunas para su mejora. Corresponde a la
Inspección de Educación supervisar el desarrollo del proceso de evaluación del alumnado y de la
enseñanza.
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4. PROFESORADO Y PERSONAL EDUCATIVO
El perfil competencial del profesorado está recogido en el artículo 20 del Decreto 77/2023 y en el artículo
17 del Decreto 75/2023. Además, para este apartado se tendrá en cuenta lo previsto en: La Ley 11/2022,
de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco; el artículo 91 de la LOE; y el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público (especialmente en lo relativo a derechos y deberes del funcionariado, faltas y sanciones, código
deontológico, etc.), así como los acuerdos y convenios laborales vigentes.
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4.1. ORGANIZACIÓN DEL PROFESORADO

4.1.1. Ordenación de la actividad docente


Compete al equipo directivo organizar los equipos docentes y decidir, al inicio de cada curso escolar, los
criterios conforme a los cuales se asignará al profesorado a las unidades del centro.
Antes del comienzo del curso, el equipo directivo asignará al profesorado a los niveles, ciclos, áreas y
grupos de alumnos, teniendo en cuenta las características de los grupos de alumnos y alumnas y las
competencias del profesorado. Entre los criterios a tener en cuenta, se favorecerá la asignación con
destino definitivo en aquellos grupos que impliquen mayor dificultad o requieran la estabilidad del
equipo docente.
Aprobación del horario del centro y exposición al público
El profesorado está obligado a cumplir el horario confeccionado por la jefatura de estudios y aprobado
por el director o directora. Cualquier reclamación al respecto será resuelta por la Delegación Territorial,
previo informe de la Inspección de Educación.
Los horarios de los miembros de la dirección, profesorado y profesionales de la educación estarán en un
lugar visible para que todos los miembros de la comunidad escolar puedan conocerlo e informarse sobre
los siguientes puntos: horario de tutorías dirigidas a padres y madres, guardias, participación en
comisiones locales y seminarios de formación comarcales, etc.
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4.1.2- Jornada anual


Independientemente de los tipos de jornadas y calendario, el régimen de dedicación docente será de
1.462 horas.
La práctica de la jornada semanal, su distribución en horario de impartición del currículo, así como el
complementario y de permanencia, son regulados igualmente en la presente Resolución.
El acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario docente no universitario de
la Comunidad Autónoma de Euskadi (artículo 34) y el Estatuto Básico del Empleado Público (artículo 50)
establecen el derecho del personal funcionario docente a disfrutar de unas vacaciones retribuidas de
veintidós días hábiles por año natural, o de los días que proporcionalmente correspondan, si el tiempo
de servicios prestados fuera inferior a lo largo del año. A esos efectos, los sábados no se considerarán
días hábiles.

80
Este periodo de vacaciones se determinará en el mes de agosto de cada año. El primer día laborable de
septiembre, todo el profesorado deberá estar en su centro y puesto de trabajo.
El periodo de disfrute de vacaciones podrá ser interrumpido si mediaran circunstancias como
enfermedad o accidente, conservando la persona interesada el derecho a completar su disfrute una vez
desaparecidas dichas circunstancias y producida el alta médica. El disfrute de tal etapa vacacional no
gozada aún se efectuará en un único periodo, preferentemente de no impartición de clases.
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4.1.3.- Jornada semanal y funciones del profesorado


La dedicación ordinaria directa al centro del profesorado será de 30 horas semanales, de las cuales 23
serán lectivas (incluido el recreo), como máximo. Estas horas de dedicación docente engloban las
destinadas a la impartición del currículo, las de tutoría con alumnado y las de refuerzo educativo.
Las 7 horas restantes se destinarán a:

• Entrevistas con padres y madres.


• Tutorías individuales.
• Reuniones de los equipos docentes en torno a los ciclos, áreas y programas educativos
que se realizan en los centros.
• Reuniones de todos los profesionales expertos dedicados a la atención a la diversidad.
• Proyectos estratégicos incluidos en el Proyecto Educativo del Centro.
• Sesiones de evaluación.
• Claustros.
• Asistir a los órganos colegiados del Gobierno y participar en las comisiones específicas
creadas en la comunidad educativa y aprobadas por el Consejo Escolar.
• Actividades de formación.

Para favorecer la coordinación, cooperación y formación del profesorado, el horario semanal de


dedicación y permanencia en el centro será coincidente para todo el profesorado, si no se producen
excepciones vinculadas a proyectos o servicios aprobados en el centro.
Por otra parte, las que tengan la consideración de horas de no de dedicación directa al centro se
destinarán a la preparación individual de actividades docentes, corrección de exámenes,
perfeccionamiento profesional voluntario e individual y otras materias relacionadas con la función
docente. Este horario no es de presencia obligatoria en el centro.
La atención al alumnado durante el periodo o periodos de recreo será organizada por la dirección del
centro vinculada a la planificación de juegos y otras actividades destinadas a desarrollar las
competencias básicas transversales del alumnado y asignando a esta labor el número de profesores y
profesoras que sean necesarios para asegurar el cuidado y vigilancia activa de todo el alumnado que
permanece en los patios y otras estancias del centro. La ratio profesorado/alumnado se definirá en
función de la edad del alumnado, de los objetivos con los que se hayan planificado las actividades para
tales períodos de tiempo y de las características del espacio a atender. Los centros elaborarán un
protocolo que se incorporará al programa de actividades docentes del PAC en el que se recojan: las
actividades de aprendizaje diseñadas; la identificación de los espacios de recreo que requieran especial

81
cuidado; la asignación de profesorado a los espacios de especial cuidado y al resto del recinto escolar, y
la actuación que debe seguirse ante las incidencias que surjan.
El centro escolar dispone de un crédito horario y, en consecuencia, de una dotación de profesorado que,
además de cubrir las necesidades de atención docente al alumnado, permite dar respuesta a la
planificación, coordinación y realización de actividades y proyectos que han sido propuestos por la
comunidad educativa a fin de alcanzar las metas definidas en el PEC. Estas responsabilidades y tareas
serán contempladas en el PAC.
Corresponde al equipo directivo, tras haber consensuado con el claustro y el personal implicado, la
gestión de dicho crédito horario, asignando a cada profesor o profesora tanto la actividad docente como
la tarea específica que debe desarrollar. Para ello tendrán en cuenta las siguientes prioridades:
Los órganos unipersonales dispondrán de tiempo para el desempeño de las tareas propias del cargo.

• El equipo directivo, teniendo en cuenta la organización del centro y el funcionamiento


de los órganos y/o comisiones pedagógicas que existan en el mismo, adjudicará a los
coordinadores y coordinadoras de ciclo el número de horas adecuado para realizar sus
funciones.
• En el centro escolar, durante el horario de actividad docente, siempre habrá un o una
representante del equipo directivo.

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a) Apoyo educativo
El Plan de Atención a la Diversidad del centro (que estará recogido en el PAC) indicará el crédito horario
que se dedicará a esta tarea, y las acciones y estrategias más adecuadas para responder a esta diversidad
desde una perspectiva inclusiva, por ejemplo:

• Presencia de más de un profesor o profesora en un grupo de actividades.


• Respuesta al alumnado que, promocionado de ciclo, no ha adquirido algunas de las
competencias del ciclo anterior.
• Reforzar la educación fuera del horario escolar habitual del alumnado con dificultades de
aprendizaje.
• División de grupos en algunas materias.
• Atención pedagógica a alumnos y alumnas con necesidad de enseñanza domiciliaria.
Coordinación establecida.
• Posibilidad de modificaciones del crédito horario para atender a lo largo del curso escolar a
las necesidades que se originen con motivo de nuevas escolarizaciones.

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b) Profesorado con reducción de jornada


Cuando la reducción de jornada haya sido solicitada para la conciliación de la vida familiar y laboral, las
direcciones de los centros harán lo posible para que el horario de la persona interesada responda a la
conciliación solicitada, siempre que ello no tenga una repercusión negativa en la atención al alumnado.

Reducción de 1/2 de la jornada

82
En los casos de reducción de 1/2 de la jornada efectiva, los profesores y profesoras de Educación
Infantil y Primaria tendrán una jornada semanal de 15 horas de dedicación directa al centro. De
éstas, 12 horas semanales serán lectivas que se distribuirán con un mínimo de 2 horas de
permanencia en el centro cada día y, al menos, durante 4 días a la semana.
El resto del horario semanal, contemplado como de dedicación no directa al centro, se destinará
a la preparación de actividades docentes, corrección de exámenes, perfeccionamiento
profesional del profesorado y otros temas ligados a la función docente.

Reducción de 1/3 de la jornada

En los casos de reducción de 1/3 de la jornada efectiva, los profesores y profesoras de Educación
Infantil y Primaria tendrán una jornada semanal de 20 horas de dedicación directa al centro. De
éstas, 15 horas semanales serán lectivas que se distribuirán entre todos los días de la semana
(de lunes a viernes), con un mínimo de 2 horas de permanencia en el centro cada día.
El resto del horario semanal, contemplando como de dedicación no directa al Centro, se
destinará a la preparación de actividades docentes, corrección de exámenes, perfeccionamiento
profesional del profesorado y otros temas ligados a la función docente.

Horario de profesorado con un 1/3 de la jornada

El horario para este profesorado será de 10 horas semanales, de las que 8 serán lectivas. Este
horario deberá complementar el del profesorado titular, de forma que la atención de los
alumnos y alumnas quede garantizada.

Profesorado con reducción de jornada por problemas graves de salud

El profesorado con problemas graves de salud que tenga concedida una reducción de un tercio
de su jornada podrá reducir las horas de docencia directa en 6 horas semanales. Esta reducción
no significa reducción del horario de permanencia en el centro.
Deberá dedicar estas horas de reducción a la realización de tareas, atención a la biblioteca,
colaboración en la organización de actividades extraescolares y complementarias, tareas de
atención educativa y otros trabajos similares que le sean encomendados por la dirección del
centro. Las horas que se dediquen a estas actividades se harán constar en su horario personal.

Profesorado con permiso para la atención a familiares con enfermedad crónica

El profesorado que tenga concedido el permiso para atender a un familiar hasta el 2º grado,
recogido en el Acuerdo regulador vigente, dispondrá de hasta 50 horas por curso escolar. El
disfrute de este permiso deberá realizarse en coordinación con la dirección del centro, de forma
que las necesidades del servicio que preste el o la solicitante queden cubiertas y, a la hora de su
materialización, deberá garantizarse la necesaria coherencia pedagógica y organizativa.
En la confección de los horarios del profesorado, para la distribución de las horas de dedicación
no directa al alumnado se tendrán en cuenta las necesidades manifestadas por las personas que
tengan concedido ese permiso. Este permiso no significa derecho a la modificación del horario
previamente establecido.

83
En aquellos supuestos en que puedan producirse divergencias entre el o la solicitante y la dirección
del centro para acordar la materialización de dicho disfrute y el interesado o interesada no esté de
acuerdo con la decisión de la dirección, podrá reclamar ante la Delegación Territorial quien
resolverá, previo informe de la Inspección de Educación.
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c) Profesorado coordinador de proyectos y programas


Dado el valor que se atribuye a la participación del profesorado en programas y proyectos de formación
e innovación, el equipo directivo dispondrá que el profesorado coordinador de proyectos y programas
aprobados por el Departamento de Educación pueda tener la dedicación necesaria para el desempeño
de su función.
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d) Profesorado itinerante
Las jefaturas de estudio y/o direcciones de los centros de itinerancia acordarán el horario en que deberá
estar presente el profesorado itinerante en cada centro. En este sentido, se adaptará su permanencia
en los centros de itinerancia en función de la característica de la itinerancia a realizar, de los grupos y/o
alumnos y alumnas que deba atender en cada uno de ellos y de las áreas que imparta.
A efectos de cumplimiento del calendario, el profesorado itinerante deberá cumplir el calendario de los
centros en los que imparte docencia.
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e) Profesorado específicamente formado para atender la diversidad desde una


perspectiva inclusiva

Profesorado orientador

Asesorará y apoyará a los tutores y tutoras y al equipo docente en la atención a la diversidad del
alumnado y en la respuesta a las necesidades específicas de apoyo educativo (NEAE). Asimismo,
asesorará y apoyará, junto con el coordinador o coordinadora de ciclo, la elaboración y
desarrollo del plan de acción tutorial, especialmente en las actuaciones vinculadas a la iniciativa
Bizikasi. Además, participará como miembro activo en el Equipo BAT del centro.
Sus funciones son las recogidas en el artículo 53 de la Orden de 30 de julio de 1998 por la que
se establecen criterios de escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales
(BOPV de 31 de agosto), y su desarrollo deberá contextualizarse en tareas concretas.

Funciones Tareas

Analizar e identificar junto con el tutor o tutora las


a) Ayudar al tutor o tutora a identificar
diferentes variables que inciden en el
estrategias para el éxito del alumnado
funcionamiento del grupo-aula, sus dificultades y
NEAE.
necesidades educativas.

84
Determinar con el equipo docente las
adaptaciones metodológicas y organizativas del
aula, así como la atención individualizada, en su
caso, a los alumnos y alumnas que lo precisen.
Colaborar con el equipo directivo en la
planificación y organización de la respuesta a la
diversidad.

Planificar y valorar, junto con el equipo directivo,


la asignación de recursos para el desarrollo de las
intervenciones.
b) Asesorar y colaborar con el profesorado
tutor en la elaboración y desarrollo de las Colaborar con el equipo docente y resto de
adaptaciones curriculares individuales y de personas profesionales implicadas en la
los Planes de Actuación Personalizados. elaboración, desarrollo y seguimiento de las
adaptaciones curriculares individualizadas y de los
Planes de Actuación Personalizados para el
alumnado con NEE.

Mejorar las competencias del profesorado para


dar respuesta a la diversidad del alumnado
c) Intervenir en el aula, de forma conjunta promoviendo acciones para la eliminación en el
y coordinada con el tutor o tutora, centro de las barreras al aprendizaje y a la
actuando ambos profesionales en el grupo participación.
o como un docente más en un momento Ayudar al profesorado tutor en una evaluación
determinado en una estructura de individual, interactiva y contextualizada del
agrupamientos flexibles. alumnado centrada en sus capacidades y
necesidades con la finalidad de reorientar el
proceso y el programa.

Identificar, junto con el profesorado, los


d) Asesorar y colaborar con el profesorado
elementos que facilitan los procesos de enseñanza
en la evaluación educativa, tanto del
y aprendizaje, dinámica en el aula, flexibilización
individuo como del contexto educativo.
curricular, aprendizaje autónomo, PAP, ACI,...).

Acciones del equipo directivo y profesorado con


e) Intervención individual con alumando su correspondiente asesor/a NEAE del
de necesidades educativas especiales en Berritzegune
entornos ordinarios compartidos o Atender directamente al alumnado en el aula
específicos. ordinaria y sólo de forma muy ocasional fuera de
ella.

85
Promover y dinamizar programas de intervención
global de centro, etapa o ciclo en la respuesta a la
f) Impulsar y coordinar los programas de
diversidad.
atención a la diversidad.
Iniciar, impulsar y participar, de acuerdo con el
equipo directivo, en la respuesta a la diversidad y
programas de formación en NEAE.

g) fomentar la coordinación:
- Con las familias Cuando sea necesario para el adecuado
seguimiento del alumnado, para garantizar el
- PAS bienestar y el éxito académico.
- Diputación Foral/Servicios Sociales
- Servicios sanitarios

El profesorado orientador distribuirá su jornada en torno a tres grandes grupos de


intervenciones: intervenciones de asesoramiento al profesorado del centro, intervenciones de
cooperación en el entorno ordinario del aula para la asistencia educativa al alumnado e
intervenciones de manera individualizada en contextos de apoyo con el alumnado con
necesidades educativas, dedicando a este último tipo de intervenciones un máximo de 7 horas.
En Educación Infantil asesorará y colaborará con el profesorado tutor en la detección e
intervención tempranas y se coordinará con aquellos agentes del ámbito social o sanitario que
también estén interviniendo con el alumno y alumna y su familia. Esta coordinación se realizará
en colaboración con las asesorías de NEAE.
Índice

Profesores y profesoras de apoyo al alumnado con necesidades educativas especiales (NEE)

Tienen sus funciones detalladas en la Orden del consejero de Educación, Universidades e


Investigación de 30 de julio de 1998 (BOPV de 31 de agosto). Desarrollarán su jornada laboral
como el resto del profesorado, dedicando su horario al cumplimiento de todas y cada una de las
funciones indicadas, y con preferencia a la intervención con el alumnado.
La intervención de estas personas profesionales se realizará, salvo excepciones, en el contexto
del aula ordinaria. Las citadas excepciones deberán ser garantizadas por la Inspección de
Educación, y se justificarán debidamente en la propuesta educativa para el alumno o alumna.
No obstante, cuando concurran circunstancias que exijan la realización de la intervención en un
espacio distinto al del aula ordinaria, ésta podrá ser vista externamente.
Índice

Profesorado de audición y lenguaje

Este personal realizará sus funciones con el alumnado con NEAE manifestadas en el ámbito de
la comunicación y lenguaje que lo precise, en colaboración con el resto de los y las profesionales

86
que intervienen en la respuesta educativa, en el marco de un plan de actuación curricular o un
Plan de Actuación Personalizado.
En la ayuda de acceso al currículo, el entorno de intervención preferente será el aula. Son
profesionales especializados en el apoyo al uso de los Sistemas de Comunicación Aumentativos
y Alternativos (SCH), en colaboración con otros profesionales.
Índice

Profesionales específicos de apoyo a las necesidades educativas especiales

Las direcciones de los centros deben garantizar el trabajo coordinado entre todos estos
profesionales (profesorado PT, profesorado de audición y lenguaje, fisioterapeutas, terapeutas
ocupacionales, especialistas de apoyo educativo, profesionales de los IBT-CRI, profesionales
mediadores en sordoceguera, coordinadores y coordinadoras de personas sordas…) en la
planificación (plan, horario…), coordinación (reuniones) y seguimiento del alumnado.
En lo que se refiere a especialistas en apoyo educativo (EAE), especialistas en fisioterapia,
especialistas en terapia ocupacional, intérpretes de lengua de signos (ILS) y logopedas
pertenecientes al personal laboral educativo y profesorado de audición y lenguaje (PAL), el
centro tomará en consideración las Instrucciones de la directora de Diversidad e Inclusión
Educativa para la organización del curso escolar.
Índice

g) Profesorado de refuerzo lingüístico y profesorado Eusle


La dirección del centro designará al PRL entre el profesorado del claustro que, salvo excepciones
debidamente motivadas, cumpla los siguientes requisitos:
• Haber impartido más de dos cursos completos en el centro docente
• Profesorado con experiencia en la enseñanza de idiomas o con una actitud positiva
hacia la materia.
Además,
• La dirección del centro garantizará un tiempo de coordinación entre el profesorado de
refuerzo lingüístico y el resto de profesionales (profesorado tutor, profesorado
orientador, etc.), reflejándose en el DAE
• La dirección del centro garantizará un tiempo de coordinación entre el profesorado de
refuerzo lingüístico y, en su caso, el profesorado de Eusle, reflejándose en el DAE, para
trabajar con los criterios metodológicos acordados por ambos profesionales.
• La intervención educativa del profesorado de refuerzo lingüístico deberá reflejarse en
el Plan de Atención a la Diversidad (cursos, alumnado atendido, tipo de intervención,
seguimiento y evaluación coordinada con el resto de profesionales…) y en el Plan anual
del centro.

87
• El profesorado de refuerzo lingüístico participará en la formación inicial y/o continua
que se organice desde el Berritzegune Nagusia.
• Adecuar la programación lingüística a las necesidades del alumnado y orientarla hacia
el nivel A2
• La labor docente directa deberá realizarse con grupos de alumnos y alumnas (no de
modo individual), y se deberán impartir un mínimo de 5 sesiones lectivas a cada
alumno o alumna.

El profesorado Eusle ejercerá, además de las funciones anteriores, las siguientes:


• Dedicar toda su jornada a la atención y necesidades del alumnado del aula Eusle
• Realizar una valoración inicial (bienestar emocional, lenguaje y matemáticas) en
coordinación con el resto del profesorado
• En el caso de alumnado nuevo no alfabetizado o en proceso organizar la intervención
junto con el profesorado de Pedagogía Terapéutica o profesorado orientador del centro
• Formar parte del Equipo Dinamizador del centro
• Adecuar la programación lingüística a las necesidades del alumnado y orientarla hacia
la consecución del nivel A2.
• Participar en las sesiones formativas del programa y del centro.
• Puesta en marcha y, en su caso, adaptación de la programación y materiales didácticos
que se propongan dentro del programa y creación de nuevos, de acuerdo con los
principios metodológicos del programa.
Índice

h) Profesores y profesoras de religión


Forman parte del claustro a todos los efectos y tienen los mismos derechos y obligaciones que el resto,
con las salvedades establecidas en la legislación y en la normativa vigentes y las derivadas de sus
circunstancias contractuales específicas.
El profesorado de religión impartirá las horas que le correspondan de esta asignatura y, en caso
necesario, completará su horario con otras actividades docentes que le asigne la dirección del centro.
Índice

4.2. CARGOS DIRECTIVOS Y OTROS CARGOS

4.2.1. El equipo directivo


El equipo directivo estará compuesto por el director o directora, el jefe o jefa de estudios y el secretario
o secretaria, y, en su caso, el administrador o administradora.
En los centros en los que, una vez calculadas las reducciones para cargos directivos y otros cargos de
acuerdo con lo dispuesto en esta resolución, exista disponibilidad horaria suficiente, podrá existir una
88
directora adjunta (vicedirectora) o director adjunto (vicedirector), una jefa de estudios adjunta o jefe de
estudios adjunto y una secretaria adjunta o secretario adjunto.
Índice

4.2.2. Otros cargos no directivos


También existirán en los centros los siguientes cargos no directivos:
a) Figura BeA y profesorado BODI
b) Persona coordinadora del equipo BAT
c) Persona coordinadora del programa Eraldatzen
d) Mentoras y mentores
Los centros podrán establecer otros cargos de coordinación, según los criterios y procedimientos
establecidos en su propio ROF. Las reducciones horarias de este profesorado serán determinadas
contando con las disponibilidades horarias del propio centro.

a) Figura BeA y profesorado BODI


La información sobre estas figuras está recogida en las Instrucciones sobre las figuras responsables de
innovación educativa de los centros públicos (figuras BeAs) para el curso 2024-2025. Cualquier
modificación en el nombramiento de las figuras BeA durante el curso escolar deberá ser aprobada por
la comisión de validación regulada en las instrucciones.
Si una directora o director necesita cambiar su figura o figuras BeA por alguna razón sobrevenida, deberá
solicitar este cambio a la responsable del eragingune correspondiente. El cambio debe estar
debidamente justificado, y la persona propuesta como nueva figura BeA debe cumplir los requisitos
establecidos en las Instrucciones de las figuras BeA para el curso 2024-2025.
En caso de que una figura BeA tenga una baja durante el curso escolar, como criterio general, no se
sustituirá, a menos que se dé alguna de estas dos circunstancias (o ambas):

- Si la figura BeA tiene horas de dedicación docente, estas horas se cubrirán con una
persona sustituta, siguiendo la normativa general de sustituciones.

- Si se prevé que la baja de la figura BeA durará dos meses o más, la directora del centro
deberá proponer a un miembro del claustro que cumpla las condiciones para ser
nombrado figura BeA. Esta solicitud se dirigirá a la responsable del eragingune
correspondiente y a la responsable de innovación pedagógica del territorio histórico
correspondiente. Una vez aprobada la solicitud, se realizarán las gestiones necesarias para
que se envíe una persona sustituta al centro, quien asumirá las horas de dedicación
docente directa de la nueva figura BeA.

Este procedimiento se aplicará de manera similar en el caso del profesorado BODI.


Índice

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b) Coordinador o coordinadora del equipo BAT
El Coordinador o la coordinadora del equipo BAT desempeñará las siguientes funciones:
o Gestionar, establecer y dinamizar los momentos de coordinación y trabajo común del
equipo BAT: convocatorias, actas, contenido de las sesiones…
o Llevar a cabo el seguimiento de las intervenciones en los casos de acoso, así como
colaborar en su resolución
o Velar porque las intervenciones se realicen de modo ordenado, ágil, confidencial y
pertinente, tanto en relación con el alumnado como con las familias y el equipo
docente
o Participar en el seminario de formación organizado desde el Berritzegune Nagusia y en
las actividades formativas organizadas por el Departamento de Educación y asegurar
que la formación recibida se comparte entre los miembros del equipo
Índice

c) Persona coordinadora del Programa Eraldatzen


Los centros que estén desarrollando el programa Eraldatzen seguirán el camino iniciado. Para ello, el
centro asignará una persona coordinadora del programa Eraldatzen, que deberá ser una profesora o
profesor estable en el centro.
Las funciones de esa persona coordinadora serán las siguientes:
• Dinamización del programa en el centro.
• Coordinar y dirigir las reuniones del grupo motor definido en el centro.
• Participar en las reuniones periódicas de la red Eraldatzen, así como en las sesiones
formativas específicas que se pudieran organizar.
• Contacto fluido con los responsables del equipo técnico del programa Eraldatzen.
• Establecer las acciones que propone la red Eraldatzen en coordinación con el grupo motor
del centro.
• Colaborar en el diseño, gestión e impartición de formación para el profesorado del centro
• Tutorizar las acciones de apalancamiento que se establezcan en el centro.
• Recopilar y facilitar los datos requeridos por la Administración.
• Colaborar con la secretaria o secretario del centro en la gestión económica de la partida
económica asignada para este programa (control de facturas, justificantes de pagos...).
Índice

d) Mentorías Adi. (Programa Eskola Adimentsua)


En el curso 2022-2023 se constituyó la Red de Mentorías (DigCompEdu Gelan). Esta red ha sido una
iniciativa que se enmarca en el Plan de Reforma Educativa del Gobierno Vasco y ha tenido una duración
de dos cursos, que finalizará a finales del curso 2023-2024. A partir de la experiencia de las y los

90
mentores digitales, se liberarán en la red pública los mentores ADI de apoyo al programa Eskola
Adimentus para el curso 2024-2025.
Tareas en el curso 2024-2025:
 La persona mentora seleccionada dedicará su jornada de trabajo exclusivamente a tareas de
mentoría en red ADIE.
 Un tercio de la jornada laboral de las personas mentorss se dedicará a las tareas del centro
de origen, siempre con el fin de alcanzar los objetivos del programa Eskola Adimentsua en el
propio centro.

 En los otros dos tercios se dedicarán al desarrollo del Programa Adi en el Sistema Educativo
Vasco. En estas horas se incluyen las coordinaciones, tareas de formación (NOOC, seminarios,
talleres...) y demás requerimientos, siempre en colaboración con las asesorías del
Berritzegune Nagusia.

 Cada persona mentora será la compañera de referencia de un grupo de centros. Asesorará a


los centros a los que pertenecen (participen o no en el seminario) para integrar el
pensamiento computacional, la programación o la robótica en sus centros.

 Trabajo de mentorización (reuniones, visitas, dudas, etc.): se realizarán a través de las


jefaturas de estudios de cada uno de los centros correspondientes (deberán programar un
mínimo de 3 reuniones por curso, no necesariamente presenciales).
 Conocer las características de cada centro y generar valoraciones y propuestas de los recursos
necesarios en función de los mismos (colaborar en la ejecución de la dotación de recursos).

 Reunión semanal de coordinación (jueves). En estas reuniones se llevará a cabo el


seguimiento de las tareas, la preparación, la evaluación y la coordinación de los trabajos.
 Además de las reuniones de coordinación, para que el programa ADI avance eficazmente, si
se necesitan más momentos de encuentro, las personas mentoras ADI priorizarán estas
tareas y acordarán momentos de encuentro con las asesorías del BN.

 Al comienzo de curso, durante la realización de seminarios y cursos y al final de los mismos,


se realizará la evaluación y seguimiento de las acciones, actividades, etc. Con toda la
información recibida, a final de curso cada persona mentora redactará un informe en el modo
y con la forma que determine el Berritzegune.
 Seguimiento, adaptación y puesta en común de los retos, recursos pedagógicos, guías, etc.
que surjan, con el resto de personas mentoras Adi y con las asesorías de BN, aprovechando
estas reuniones de coordinación.
 Identificar y compartir y promover la difusión de buenas prácticas de pensamiento
computacional, programación y robótica. Para ello, Digitalde ofrecerá pautas para evaluar las
buenas prácticas a través de criterios compartidos, con el fin de extenderlas a todos los
centros.
 Participar en las acciones que se organicen para impulsar el pensamiento computacional, la
programación y la elaboración de la robótica.

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 Otras tareas requeridas en esta área de la Digitaldea para cubrir las necesidades del sistema,
previo acuerdo y coordinación.
Centro de trabajo: El centro de trabajo de las personas mentoras será el centro al que estén adscritas
en el curso 2024-25. Por ello, estos centros garantizarán a este profesor o profesora un entorno y
herramientas de trabajo adecuadas para las tareas de mentoría, es decir, reuniones online y posibles
presenciales, comunicación telefónica eficaz y todas las tareas de su trabajo.
El Berritzegune Nagusia proporcionará a las personas mentoras la formación y el apoyo necesarios para
el cumplimiento de sus obligaciones. En el caso de que alguna de ellas desee participar en alguna otra
formación (cursos, jornadas,), lo comunicará previamente a la dirección de su centro y al digitalde para
su visto bueno.
A lo largo del curso escolar, en la medida en que se vayan identificando mejor las necesidades de los
centros, se pueden adaptar las tareas y pautas recogidas en este apartado, así como la relación de
centros de referencia, para adecuar la atención a las especializaciones y experiencias de las personas
mentoras, y responder a los retos de los centros.
Índice

4.2.3. Horario de los cargos directivos


El horario de los cargos directivos debe prever la presencia de algún cargo directivo en el centro durante
el horario de clase del alumnado y durante la jornada de permanencia habitual del profesorado.
Se podrá flexibilizar el calendario y el horario de presencia obligatoria de los cargos directivos en el
centro para compensar el tiempo dedicado a las actividades realizadas fuera del horario y calendario
habituales del centro para el desempeño de las tareas propias del cargo, siempre que esas funciones
estén recogidas en el Plan Anual del Centro, asegurando la presencia de una persona representante del
equipo directivo en el horario de actividad docente, en cumplimiento de la normativa que lo regula.
La dirección y la jefatura de estudios reservarán los jueves de cada semana para garantizar la asistencia
a las reuniones a las que fueran convocadas.
Los directores o directoras asistirán todos los meses a un seminario organizado en los distintos
eraginguneak. Estos seminarios tendrán lugar los jueves , y su objetivo será profundizar en temas
relacionados con el ejercicio de la función directiva. En estos seminarios pueden participar todas las
personas directivas (tanto las de nombramiento con carácter extraordinario como las direcciones con
proyecto de dirección), y, a pesar de tratarse de una actividad formativa optativa dentro de la formación
inicial y permanente de las direcciones, lo recomendable es asistir a los mismos.
El jefe o jefa de estudios tendrán seminarios, organizados en los distintos eraginguneak. A pesar de
tratarse de una actividad formativa optativa, se recomienda la participación de la jefatura de estudios.
Índice

4.3. ASISTENCIA DEL PROFESORADO. Control del cumplimiento de la jornada


Se utilizará la aplicación “Documento de actividad escolar (DAE)/Cuadros horarios”. Para ello, se utilizará
la ficha “Absentismo del profesorado”. Una vez dentro de dicha ficha, se indicará el profesor o la
profesora que se ausente, el día en que se produce la ausencia, su duración y los motivos de la ausencia.

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En el DAE aparecerá un desplegable con TODAS las posibles causas de ausencia, y se seleccionará la que
corresponda.
En el caso de ausencias sin justificación, la dirección del centro elegirá este motivo en el desplegable de
ausencias del DAE, y la aplicación enviará automáticamente una comunicación al inspector o inspectora
de referencia, quien iniciará los procedimientos previstos en la Ley de Empleo Público Vasco. En estos
casos el profesor o profesora podrá realizar las alegaciones que considere oportunas ante la Delegación
Territorial de Educación, que resolverá en última instancia.
Cuando se produzcan ausencias justificadas por otros motivos diferentes de los señalados en el Acuerdo
Regulador de las condiciones de trabajo, la dirección del centro elegirá este motivo en el desplegable de
ausencias del DAE, y además el profesorado implicado deberá cumplimentar el documento “Anexo III”
(en el apartado “Ausencias del personal docente y del personal laboral educativo”) en el siguiente
enlace:https://www.euskadi.eus/personal-docente-licenciaspermisos/web01-a3hklair/es/
La firma de la dirección del centro en el “Anexo III” supondrá que ésta avala la explicación ofrecida en el
mismo, otorgándole credibilidad y validez. Dicho anexo se archivará en el centro, a disposición de la
Inspección de Educación.
Todas las ausencias del profesorado habrán de ser debidamente justificadas y, siempre que sea posible,
acreditadas documentalmente ante la dirección, sin que ésta tenga que requerirlo y en función de lo
establecido en el acuerdo regulador vigente.
Todos los justificantes de las ausencias se archivarán en el centro y estarán a disposición de la Inspección
de Educación. Los justificantes indicarán el día, intervalo horario y la causa de la ausencia. Estos deberán
ser originales y claros.
En el caso de ausencias conocidas y previstas, el profesorado deberá comunicar con la suficiente
antelación y por escrito a la jefatura de estudios del centro las actividades a realizar por el alumnado de
los distintos grupos afectados por dicha ausencia, los materiales y las instrucciones necesarias para que
el profesorado de atención educativa que le supla pueda desarrollar adecuadamente dichas actividades.
Como se venía haciendo en cursos anteriores, la dirección del centro deberá registrar las ausencias del
profesorado antes del día 5 del mes siguiente, para que estén a disposición de la Inspección de
Educación.
En caso de huelga, la dirección del centro comunicará a la Inspección la incidencia y los datos de la misma
mediante la aplicación “Documento de actividad escolar (DAE)/Cuadros horarios”, en el apartado
“Datos Huelga” de la ficha “Absentismo del profesorado”. En estos casos organizará la mejor atención
posible del alumnado con los recursos humanos disponibles.
Asimismo, si se observara en algún profesor o profesora un incumplimiento manifiesto en las
obligaciones de entradas y salidas en su horario, la dirección procederá a requerirle para que se ajuste
al mismo. En caso de persistir en sus incumplimientos, serán puestos en conocimiento de la Unidad de
Personal de la Delegación Territorial y de la Inspección de Educación, a efectos de que se adopten las
medidas oportunas.
Para la correcta gestión de las ausencias del profesorado se tendrán en cuenta los puntos siguientes:

• Es obligación del profesorado presentar oportunamente los justificantes de ausencia


al director o directora, sin esperar a ser requerido por éste o ésta

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• El profesorado que se encuentre realizando cursos de IRALE y otros similares fuera del
centro docente presentará los justificantes de las faltas de asistencia a estos cursos en
aquellos lugares donde los estuvieran realizando
• El Consejo Escolar deberá ser informado del procedimiento establecido en el centro
para la atención del alumnado cuando se producen ausencias del profesorado en período
de clase habitual
• Cualquier alteración en la impartición normal de las clases deberá ser comunicada
inmediatamente por teléfono a la Inspección
• Todos los justificantes de las ausencias se archivarán en el centro y estarán a
disposición de la Inspección de Educación. Los justificantes indicarán el día, intervalo horario
y la causa de la ausencia. Estos deberán ser originales y claros

Todas las licencias y permisos que los centros gestionan habitualmente con las unidades de personal de
las delegaciones territoriales se continuarán gestionando según las instrucciones emanadas de estas
unidades.
Algunos centros, además del profesorado, cuentan con personal laboral educativo y/o laboral del
Departamento de Educación. Para registrar las ausencias de estas personas, los centros podrán
introducir sus datos a través de la misma pestaña del DAE que se utiliza para el registro de las ausencias
del profesorado.
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4.4. EQUIPOS DE CICLO/ETAPA


En los centros de Educación Infantil y Primaria, dependiendo de sus características, pueden constituirse
equipos de trabajo que agrupen al profesorado que actúa en un mismo ciclo educativo, con la finalidad
de mejorar su coordinación actividad pedagógica.
Los equipos de ciclo realizarán la coordinación didáctica del profesorado que integra dichos ciclos. Se
reunirán bajo la dirección del coordinador o coordinadora del mismo, y su finalidad será garantizar la
coordinación entre el profesorado que imparte distintas áreas en un mismo ciclo o etapa educativa. La
labor de estos equipos y el trabajo que realizan es responsabilidad de todos sus miembros.
Dentro de esa coordinación, con carácter general, el equipo de ciclo revisará la programación de las
distintas áreas con tres prioridades excepcionales:

• La adaptación de la programación de cada nivel para incorporar elementos esenciales del


nivel anterior no trabajados pero necesarios.
• La adaptación de la programación de cada nivel para reforzar elementos del nivel anterior
claves para una adecuada evolución en el nuevo nivel.
• La adaptación de la programación para eliminar elementos accesorios que no resultan a la
luz de las anteriores prioridades significativos o que se incluyen de manera reiterada en las
programaciones de niveles posteriores.

Índice

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4.4.1. Coordinadores y coordinadoras de ciclo/etapa
En cada equipo docente de la etapa de Educación Infantil y de cada ciclo de Educación Primaria,
constituido por cuatro o más profesores o profesoras, existirá el cargo de coordinador o coordinadora
de etapa o ciclo. El número máximo en un centro que imparta Educación Infantil y Educación Primaria
es de cuatro; uno para Educación Infantil y uno para cada uno de los tres ciclos de Educación Primaria,
si bien cuando haya tres o más líneas en Educación Infantil el centro puede tener un coordinador o
coordinadora más en esa etapa.
Serán nombrados por la dirección del centro entre el profesorado de etapa o de ciclo que no desempeñe
ningún otro cargo directivo, quedando constancia de dicho nombramiento en acta de claustro y en el
DAE.
Funciones de los coordinadores y coordinadoras:

• Organizar, convocar y dirigir las reuniones del equipo docente de etapa o ciclo, y
garantizar que se recogen en el acta las resoluciones adoptadas.
• Dinamizar la elaboración y/o revisión de la determinación curricular de etapa tomando
en consideración las propuestas formuladas por el equipo docente.
• Participar como miembro en la Comisión de Coordinación Pedagógica del centro.
• Coordinar las funciones de tutoría de los alumnos y alumnas de la etapa o ciclo.
• Coordinar la enseñanza de la etapa o ciclo de acuerdo con el proyecto curricular.
• Coordinar las actividades complementarias.

Realizar aquellas otras funciones que le encomiende la jefatura de estudios en el área de su


competencia, especialmente las relativas a refuerzo educativo, adaptaciones curriculares y actividades
complementarias.
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4.4.2. Reuniones y tareas del equipo de ciclo/etapa


En el horario del centro se deberá reservar el tiempo necesario, bien semanal o quincenalmente, para
que todos los miembros de los equipos de ciclo puedan reunirse. La jefatura de estudios deberá tener
en cuenta esta circunstancia en el momento de confeccionar los horarios. La asistencia a estas reuniones
es obligatoria para todos sus miembros.
Los equipos de ciclo/etapa, según lo indicado en el ROF del centro, colaborarán en el proceso de
elaboración de documentos estratégicos para el centro. Además, coordinarán la elaboración de las
programaciones didácticas de las áreas y/o ámbitos a impartir durante el curso, de acuerdo con lo
establecido en el PEC del centro.
La programación podrá tomar como referencia para su desarrollo la “Guía para la elaboración de las
programaciones didácticas”, disponible en el portal curriculumgunea.
Las programaciones didácticas deberán reflejar los cambios que se vayan introduciendo en los centros
en el uso de metodologías que faciliten el logro de competencias. Asimismo, deberá ponerse el foco en
la evaluación de las competencias. Las programaciones deben incluir criterios de evaluación específicos,
múltiples instrumentos de evaluación y diferentes tipos de evaluación, así como los criterios que se
utilizarán para la calificación. En este sentido, todas las programaciones didácticas seguirán avanzando,

95
partiendo del trabajo realizado en el curso anterior, con el objetivo de generalizar el diseño de las
unidades didácticas, tareas o proyectos que incluyan situaciones de aprendizaje o retos. (Los anexos de
las guías referidas podrán servir de ayuda en su diseño).
Todas las programaciones didácticas deberán recoger los objetivos relacionados con la competencia
para la comunicación verbal y no verbal y digital, dando prioridad a la comprensión escrita y oral.
Para ello, la persona responsable de Innovación (BeA) prestará apoyo al claustro de su centro. Por otra
parte, la figura BeA contará con los seminarios incluidos en el programa de formación BeAK Trebatzen y
con el apoyo y asesoramiento de sus asesores y asesoras y personas responsables, que asumirán de
forma prioritaria dicho asesoramiento. Por su parte, la Inspección de Educación tendrá entre sus
objetivos prioritarios de actuación la comprobación de la adecuación del desarrollo curricular a la
normativa actual. Para ello, analizarán las programaciones didácticas y visitarán las aulas.
A tal efecto, los centros podrán solicitar el asesoramiento del Berritzegune correspondiente. Los
Berritzegunes asumirán este asesoramiento de manera preferente. Por su parte, la Inspección de
Educación tendrá entre sus objetivos de actuación la comprobación de la adecuación del desarrollo
curricular a la normativa actual. Para ello, analizarán las programaciones didácticas.
A los equipos de ciclo o etapa les corresponderá también:

• Analizar los resultados de la aplicación de las programaciones diseñadas para los grupos
de alumnos y alumnas que constituyen el ciclo educativo y proceder a sus
modificaciones.
• Unificar los criterios del profesorado en el desarrollo de la actividad educativa.
• Dinamizar la elaboración, puesta en marcha y evaluación del PAC.
• Proponer proyectos de formación o de innovación al equipo directivo.
• Colaborar en la elaboración de los proyectos y planes del centro educativo.
• Ejercer las demás funciones que les encomienden por parte de los órganos
competentes del centro educativo.

Índice

4.5. EQUIPOS DE NIVEL Y TUTORÍAS


El equipo docente de nivel constituye el eje para la intervención con el alumnado. La coordinación de
este equipo es fundamental para lograr que dicha intervención sea coherente y para compartir el
seguimiento de los logros y las dificultades que muestra el alumnado, así como las posibles
intervenciones para adaptar el proceso de enseñanza-aprendizaje.

4.5.1. Designación de tutores y tutoras


En cada centro de Educación Infantil y/o Educación Primaria deberá haber un tutor o tutora por cada
grupo didáctico. La designación de cada tutor o tutora será realizada por la dirección del centro.
Índice

4.5.2 Funciones del tutor o tutora


Cada tutor o tutora es responsable de su grupo didáctico. Le corresponde coordinar el profesorado que
imparte el resto de materias en el mismo, así como establecer una comunicación eficaz con las familias

96
y/o tutores o tutoras legales de sus alumnos y alumnas, a fin de colaborar en la tarea educativa que
compete a ambos. Corresponde al tutor o tutora:

• Elaborar y desarrollar el Plan de Acción Tutorial con el apoyo del asesor o asesora y del
coordinador o coordinadora de ciclo.
• Realizar el seguimiento de las aptitudes e intereses de los alumnos y alumnas, con objeto
de orientarles más eficazmente en su proceso de aprendizaje y toma de decisiones
personales y académicas.
• Realizar la tutoría grupal con los alumnos y alumnas, incluyendo las acciones de orientación
recogidas en su programación de tutoría, así como la tutoría individual.
• Dentro del Plan de Acción Tutorial, llevar a cabo el desarrollo de las propuestas didácticas
determinadas en la Iniciativa Bizikasi.
• En los casos de acoso escolar en los que su grupo-clase se viera implicado, el profesorado
tutor participará con el equipo BAT del centro en su proceso de resolución.
• Facilitar la integración del alumnado en su grupo y en el conjunto de la vida escolar y
fomentar el desarrollo de actitudes participativas.
• Elaborar un Plan de Actuación Personalizado para aquellos alumnos y alumnas que han
promocionado de ciclo sin haber alcanzado el grado de desarrollo de las competencias del
ciclo anterior. Otro tanto para aquellos alumnos y alumnas que deban permanecer un año
más en el mismo ciclo.
• Coordinar la acción educativa de todos los profesores y profesoras que componen el equipo
docente del grupo, organizar y presidir las reuniones del mismo, así como las sesiones de
evaluación de su grupo.
• Coordinar el proceso de evaluación continua del alumnado y adoptar, junto con el equipo
docente, las decisiones que procedan acerca de la evaluación y promoción de cada alumno
y alumna, de acuerdo con los criterios que, al respecto, establezcan la normativa vigente y
el PCC.
• Coordinar junto con el profesorado de apoyo y, en su caso, el asesor o asesora, las
adaptaciones curriculares y la intervención educativa con los alumnos y alumnas que
presenten necesidades educativas especiales.
• Informar periódicamente a las familias y/o tutores o tutoras legales sobre el proceso
educativo de los alumnos y alumnas y solicitar su colaboración.
• Emitir un informe de orientación escolar individual al finalizar la etapa (o cuando le exijan
circunstancias extraordinarias como la no promoción de ciclo o etapa).
• Garantizar la correcta cumplimentación de la documentación académica del alumnado a su
cargo.
• Hacer el seguimiento de las faltas de asistencia de los hijos para las familias, según lo
establecido en el protocolo.
• Cuantas otras se determinen en el Plan de Acción Tutorial del centro. De acuerdo al Plan
Director para la coeducación y la prevención de la violencia de género en el sistema
educativo, una de esas funciones es incluir en los planes de acción tutorial propuestas para
trabajar la igualdad y la prevención de la violencia de género.
• Se coordinará con el profesorado asesor y con los agentes sociales y sanitarios que ofrezcan
atención temprana (o se encuentren en proceso de valoración).

97
Índice

4.5.3. Control de faltas de asistencia


Todos los profesores y profesoras tienen la obligación de controlar la asistencia de los alumnos y
alumnas a sus clases respectivas, así como de comunicar al tutor o tutora las faltas de asistencia que se
produzcan. El tutor o tutora por su parte es el o la responsable del seguimiento de las faltas de asistencia
de los alumnos y alumnas.
La comunicación a las familias de las faltas de asistencia de los alumnos y alumnas se realizará según lo
dispuesto en el ROF del Centro. Si ese ROF no especificara ninguna normativa al respecto, el Consejo
Escolar deberá establecer los plazos de comunicación a las familias de manera que se garantice una
información puntual y correcta sobre las faltas de asistencia.
La jefatura de estudios arbitrará los medios para que dichas faltas sean comunicadas a las familias en los
plazos fijados, dando la dirección las instrucciones pertinentes a los tutores y tutoras.
Así mismo, las direcciones de los centros deben comunicar a la Inspección de Educación, mediante la
aplicación informática Notas y faltas, los datos de absentismo de su alumnado tal y como se establece
en la circular al respecto.
Índice

4.5.4. Reuniones con padres, madres o tutores legales


El centro deberá organizar sesiones informativas con las familias facilitando la asistencia de padres y
madres a las mismas.
El carácter de estas reuniones con las familias (abiertas, generales, por grupos, individualizadas, etc.),
así como su organización, se ajustará a lo dispuesto en el ROF del centro. Si el citado reglamento no
contemplara estos temas, deberán ser definidos por el equipo directivo. En todo caso, al inicio de cada
etapa educativa se garantizará, al menos, una entrevista individual, otra entrevista individual a lo largo
del curso escolar y una reunión colectiva al inicio del curso. En el caso de los alumnos y alumnas con Plan
de Actuación Personalizado, se actuará de la misma forma, siendo la línea principal de estas reuniones
el mencionado plan.
Asimismo, podrán celebrarse otras reuniones con los padres, madres o tutores o tutoras legales de todo
el grupo, a iniciativa del tutor o tutora, a petición de un grupo de padres y madres significativo o según
el criterio de la dirección del centro.
Índice

4.6. TUTORIZACIÓN DE ALUMNADO UNIVERSITARIO EN PRÁCTICAS


El Decreto 33/2018, de 6 de marzo, sobre el prácticum de los estudios universitarios que habilitan para
el ejercicio de la profesión docente en los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma
de Euskadi, así como el correspondiente a la formación equivalente para quienes no pueden acceder a
un máster por razón de titulación, establece los requisitos para la realización, en centros docentes
sostenidos con fondos públicos de la CAPV que imparten enseñanzas no universitarias, del prácticum de
los títulos de máster que habilitan para el ejercicio de las profesiones de profesor o profesora de
Educación Secundaria Obligatoria, de Bachillerato y de Formación Profesional, entre otras.

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Igualmente, es objeto de dicho Decreto establecer los requisitos para el reconocimiento de los centros
de formación en prácticas y la acreditación del profesorado tutor del alumnado en prácticas. El
prácticum sólo podrá realizarse en centros que hayan sido reconocidos por el departamento
competente en materia educativa como centros de formación en prácticas.
Índice

4.7. PERIODO DE PRÁCTICAS DEL PROFESORADO SELECCIONADO EN LOS


PROCEDIMIENTOS SELECTIVOS
El equipo directivo del centro que cuente con funcionarios o funcionarias en prácticas a principio de
curso asesorará e informará a los funcionarios y funcionarias en prácticas. Asimismo, el personal
funcionario en prácticas desarrollará el periodo de prácticas bajo la tutela del profesorado
experimentado. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en la correspondiente resolución anual.
Se promoverá la visita del profesor o profesora tutor al aula del funcionario en prácticas para que realice
propuestas que contribuyan a mejorar la competencia docente del funcionario o funcionaria en
prácticas, así como la visita del personal funcionario en prácticas al aula del profesor o profesora tutor.
Para posibilitar estas observaciones dentro del aula, se preverán momentos de coincidencia en el horario
de tutores y tutoras y en el del personal funcionario en prácticas.
. Índice

4.8. PERSONAL ESPECÍFICO


En este apartado se hace mención a miembros de la comunidad educativa que desarrollan tareas en el
entorno escolar, dentro o fuera del aula, y están directamente involucrados en el proceso de aprendizaje
formal, en algunos casos, y aprendizaje no formal en la mayoría de ellos.
La dirección del centro deberá garantizar la coordinación y el trabajo en equipo con las personas
profesionales que aparecen mencionadas en los siguientes apartados en beneficio del aprovechamiento
por parte del alumnado de los contextos en los que ejercen sus funciones.
. Índice

4.8.1. Encargado o encargada del comedor


La prestación del servicio de comedor escolar de gestión directa, es decir, a través del propio centro,
afecta funcionalmente a diversos órganos gestores, de carácter colegiado o unipersonal, entre los que
se encuentran el Consejo Escolar, el equipo directivo, la comisión de comedor, la encargada o encargado
del comedor, etc.
Le corresponden, por delegación del equipo directivo, las siguientes funciones, tal y como se recogen
en la Orden de 22 de marzo de 2000, por la que se regulan los comedores escolares de los centros
docentes públicos no universitarios (BOPV de 28-03-2000).

• Organizar el servicio de comidas y hacer el seguimiento de menús, con criterios de


sostenibilidad y evitando el despilfarro de alimentos. En definitiva, deben promoverse, en
la medida de lo posible, buenas prácticas alimentarias saludables y sostenibles,
promoviendo la selección de alimentos de origen local, de temporada y con certificados de

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calidad medioambiental y reduciendo en el servicio de comedor el uso de envases de
plástico y envoltorios.
• Ejercer la jefatura del personal del Departamento de Educación adscrito al servicio de
comedor, y la funcional del personal ajeno, sin perjuicio de las relaciones laborales
existentes, en su caso, entre las empresas suministradoras y su personal.
• Realizar el seguimiento de los pagos a realizar por los y las comensales, tanto de los y
las comensales de su centro como del resto de centros que utilizan el servicio. En el caso de
comedores compartidos, la gestión económica será única e integrada en la gestión
económica general del centro en el que se encuentre ubicado el comedor.
• Llevar el control directo y continuado de los fondos del comedor.
• Ejercer tareas de supervisión. Se entenderá por tarea de supervisión, entre otras
cuestiones, la presencia en las instalaciones del centro durante la prestación del servicio,
responsabilizándose de la convivencia y del correcto funcionamiento del comedor.
• Proponer al Consejo Escolar la adopción de programas de participación del alumnado.
• Elaborar y actualizar periódicamente el inventario del menaje y su reposición.
• Presentar al Consejo Escolar informe sobre las características y calidad del servicio de
la empresa contratada y proponer las obras y mejoras de las instalaciones.
• Controlar la higiene de los alimentos y de los locales y garantizar la recogida selectiva
de todos los residuos del comedor.
• Vigilancia del comedor en horas de funcionamiento en caso de existir personal
reubicado (Decreto 197/1998, de 28 de julio).
• Cualquier otra función necesaria para el correcto desarrollo del servicio, así como
aquellas que se le encomienden por la normativa vigente.
• Además, sería adecuado que propusiera al equipo dinamizador de Bizikasi iniciativas
que ayuden a mejorar el clima de convivencia durante el horario del servicio de comedor.
• Las funciones de gestión y administración del comedor se podrán realizar a través de
dos tipos de personal:
o Encargado o encargada de comedor procedente de bolsa de personal
reubicado, en aplicación de las medidas previstas en el Decreto 197/1998, de 28 de
julio (BOPV 08-09-1998).
o Responsable de comedor propio del centro.

El porcentaje de jornada dedicado por la persona encargada a la:

Comensales Jornada dedicada al servicio de comedor Horas presenciales

Hasta 30 Un tercio de jornada de impartición del 1 hora diaria

De 31 a 250 Media jornada de impartición del currículo 1,5 horas diarias

Más de 250 Jornada de impartición del currículo completa 2 horas diarias

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Además de las funciones anteriormente relacionadas, deberá estar presente en las instalaciones del
comedor, así como en los recreos anterior y posterior a la comida durante el número de horas indicado
en el cuadro anterior. Durante estos períodos de observación y atención directa al alumnado, la persona
responsable del comedor puede desarrollar importantes cometidos vinculados tanto a los objetivos de
inclusión y de convivencia, como al desarrollo y consolidación de las competencias que se están
adquiriendo.
En el caso de comedores compartidos (comensales de un centro que comparten comedor con otro
centro de distinto nivel, en el que se encuentran ubicadas las instalaciones de comedor), el centro en el
cual no exista comedor tendrá una reducción horaria de media jornada con el fin de realizar las funciones
establecidas en los puntos e), f) y j) del artículo 15 de la citada Orden de 22 de marzo de 2000. Además
de estas funciones, realizará las siguientes:

• Presencia en las instalaciones del comedor durante la prestación del servicio,


responsabilizándose de la disciplina y el correcto funcionamiento del comedor.
• Supervisión en el periodo de la comida y en los periodos anterior y posterior.
• Acompañamiento del alumnado comensal de su centro al centro que cuenta con
comedor, y regreso al mismo.

El uso del servicio del comedor suele ir acompañado de tiempos de recreo antes y después de la comida.
Es habitual que del cuidado de tales recreos se responsabilice personal ajeno a la administración
educativa. Cualquier incidencia que se produzca deberá ser comunicada a la persona responsable del
comedor. Así mismo, conviene que dicho personal sea considerado, reconocido y valorado por la labor
que realiza y por la potencialidad que conllevan estos intervalos de la jornada escolar para la
consolidación de aprendizajes y saberes que se potencian en la comunidad educativa y que aparecen
reflejados en el PEC, en el Plan de Convivencia y en el PAC.
Para apoyar la labor de las personas profesionales encargadas de los comedores escolares, cierto
alumnado de NEE requiere el apoyo de especialistas de apoyo educativo a la hora de la comida y/o en
los tiempos de recreo antes y después de la misma. Esta necesidad se deriva de la evaluación
psicopedagógica realizada siguiendo las directrices del personal asesor de NEE, y será determinada por
ese mismo personal.
. Índice

4.8.2. Encargado o encargada de la gestión administrativa


La figura del profesor o profesora encargada de labores administrativas (EGA) cobra sentido en su
función de asistencia, ayuda y colaboración en las tareas derivadas de las responsabilidades propias de
la dirección, y en especial, las que se relacionan con:

• Autorizar los gastos de acuerdo con el programa anual de gestión del centro y ordenar
los pagos.
• Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros pertinentes.

Estas funciones implican tareas de administración y gestión económica, que en todo caso se
desarrollarán bajo la supervisión y responsabilidad de la dirección, que podrá asignarle otras tareas de
carácter didáctico.

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Por ello, los procesos necesarios para la ayuda por parte del EGA a las funciones directivas se enmarcan
en un triple ámbito:

- Administrativo:
• Recepción e información a los sectores de la comunidad educativa y proveedores.
• Atención a llamadas telefónicas, fax, correo electrónico, canalizando la información.
• Recepción, clasificación, registro y reparto del correo.
• Control del inventario del centro.
• Utilización y cuidado del material de reprografía.
• Mecanografiado de escritos, cartas, certificados, avisos, listados…
• Apertura y puesta al día de expedientes académicos y otra documentación
administrativa.
• Canalizar datos a la administración correspondiente.
• Solicitud de sustitutos y sustitutas, docentes y no docentes.
• Manejo de las aplicaciones informáticas en los diferentes ámbitos de gestión del
centro.
• Comunicación a la Delegación Territorial de Educación de altas y bajas, así como
confirmación de faltas del personal a través de la aplicación.
- Económico:

El Programa Anual de Gestión se convierte en referente principal, ya que contendrá entre sus
determinaciones el presupuesto del dentro con descripción de los gastos de funcionamiento, así
como los de equipamiento e inversiones y los recursos con los que atender esos gastos. En su
elaboración deben tenerse en cuenta criterios de compra verde y sostenibilidad.
El presupuesto operativo debe recoger, con carácter previsivo, los ingresos asignados al centro, así
como los gastos, de acuerdo con el Plan general de la Contabilidad Pública, que marca una
temporalización determinada de acciones a lo largo del año natural, que demanda las siguientes
tareas:

 Elaborar el presupuesto operativo:


o Priorizar necesidades del centro
o Clasificar ingresos
o Clasificar gastos
 Modificar presupuesto por:
o Incremento o decremento de gastos y/o ingresos
o Redistribución de créditos
 Ejecutar el presupuesto:
o Preparar contrataciones y propuestas de adquisición de material
o Formalizar pagos
o Dejar constancia en libros de registro
o Elaborar el estado resumen de la ejecución
 Informar del presupuesto:
o Cumplimentar periódicamente documentación
o Presupuesto operativo del ejercicio

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o Estado resumen de la ejecución del gasto
o Análisis de tesorería

- Didáctico:

Atender a las necesidades docentes que pudieran surgir en el centro (apoyo a la docencia ordinaria,
sustituciones por ausencia del profesorado, necesidades de refuerzo educativo,
recuperaciones…) en iguales condiciones que el resto del profesorado, y sin menoscabo de la debida
atención a las actividades económico-administrativas señaladas.
El EGA depende a todos los efectos del director o directora del centro quien asume en último término
las responsabilidades de la gestión.

- Dedicación y nombramiento:

La dedicación del o de la EGA responde a los criterios definidos para la elaboración de la RPT:

• a tiempo parcial (la mitad de la jornada) en los centros de 13, 14 y 15 unidades


• a plena dedicación (la totalidad de la jornada) en los centros de 16 o más unidades

Será designado o designada por la dirección de entre el profesorado definitivo, provisional o interino del
centro que voluntariamente opte al puesto.
. Índice

4.8.3. Profesorado del programa de actividades complementarias y extraescolares


El horario personal de este profesorado será aprobado por la dirección del centro. Desarrollarán las
actividades correspondientes dentro del sistema general de distribución horaria y calendario aprobado
por el centro docente.
Este profesorado deberá llevar a la práctica las actividades extraescolares que diseña el programa, con
la intervención directa del profesor o profesora responsable con los alumnos y alumnas que
voluntariamente participen.
La distribución horaria puede variar en función de las características concretas de los proyectos y la
situación de los centros, y se mantendrá dentro de los siguientes mínimos:

• 10 horas por semana en horario escolar del centro.


• 20 horas por semana en horario extraescolar. De ellas, como mínimo, serán realizadas
2 horas diarias al finalizar la jornada de clase de los alumnos o alumnas de la tarde.

4.8.4. Personal laboral docente y educativo


El personal laboral docente y educativo se regirá por lo establecido en su convenio colectivo, registrado
y publicado mediante Resolución de 21 de mayo de 2004, del director de Trabajo y Seguridad Social
(BOPV de 17 de junio de 2004). Además, está constituida una comisión paritaria para la interpretación,
estudio y vigilancia de dicho convenio, así como para el desarrollo y seguimiento de cuantos temas
integran este instrumento jurídico y sus anexos. Las orientaciones específicas sobre el funcionamiento

103
de dicho personal son las siguientes: Necesidades específicas de apoyo educativo / Instrucciones al
personal laboral docente y educativo.
El director o directora garantizará el trabajo coordinado entre el personal docente y el educativo en la
planificación (plan, horario…), coordinación (reuniones) y seguimiento del alumnado. Entre el personal
educativo se encuentran fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales, especialistas en apoyo educativo,
profesionales del IBT-CRI, profesionales mediadores en sordoceguera, intérpretes de lengua de signos y
coordinadores y coordinadoras de personas sordas.
La realización y tramitación de los calendarios de este personal se realizan siguiendo las instrucciones
que anualmente se envían a los centros educativos.

a) Servicio de apoyo IBT-CRI


Los IBT-CRI trabajan para lograr la inclusión educativa del alumnado con discapacidad visual asesorando
e interviniendo con todos los agentes de la comunidad educativa en el diseño de la respuesta educativa
a este alumnado. Los y las técnicos de los IBT-CRI dependen orgánica y funcionalmente de las direcciones
de los Centros de Recursos para la Inclusión Educativa del alumnado con discapacidad visual, centros de
apoyo externos dependientes del Departamento de Educación del Gobierno Vasco, creados por el
Decreto 40/2005, de 1 de marzo.
La intervención de este servicio se inicia desde el momento de la detección que puede provenir bien del
propio centro educativo a través del asesoramiento de NEAE o de las familias por derivación del servicio
médico. En este último caso, la dirección del IBT-CRI informará al Berritzegune correspondiente.

b) Control del cumplimiento de la jornada del personal laboral educativo


Las funciones del personal laboral educativo tienen tal calado ético y moral en el proceso de aprendizaje
y socialización del alumnado al que cuida y atiende que su falta incide significativamente en el acceso a
la dinámica escolar de su alumnado. Por ello, se recomienda que los miembros de la comunidad
educativa reconozcan y valoren positivamente la labor clave que realizan estas personas profesionales
tanto con el alumnado al que cuidan y atienden, como con las familias y el resto de los miembros de la
comunidad educativa.
El personal laboral educativo tiene la obligación de cumplir el horario que le corresponde de acuerdo a
las funciones que desarrolle en el centro. A tal efecto, el Departamento de Educación podrá arbitrar los
oportunos mecanismos de control.
Todo incumplimiento injustificado del horario deberá ser comunicado por la dirección del centro a la
jefatura de zona de inspección correspondiente, y podrá dar lugar al descuento de haberes, de
conformidad a lo establecido en la Ley 11/2022, de Empleo Público Vasco, sin perjuicio de la
responsabilidad disciplinaria a que pudiera haber lugar.
De igual modo, en caso de huelga, la dirección del centro comunicará a la jefatura de zona de inspección
la incidencia de la misma y organizará la mejor atención posible del alumnado con los recursos humanos
disponibles.
Asimismo, si se observara en alguna o algún profesional un incumplimiento manifiesto en las
obligaciones de entradas y salidas en el horario de dedicación docente que le ha sido asignado, el
director o directora le requerirá para que se ajuste al mismo. En caso de persistir en sus incumplimientos,
estos, además de reflejarse en el parte mensual de asistencia, serán puestos en conocimiento de la

104
unidad de personal de la Delegación Territorial y de la Inspección de Educación, a efectos de que se
adopten las medidas a que haya lugar.

c) Parte de asistencia del personal laboral educativo


La dirección del centro deberá remitir a la correspondiente jefatura de zona de inspección antes del día
5 de cada mes los partes de asistencia relativos al mes anterior. En caso de huelga del personal laboral
educativo, además de la remisión del parte de asistencia citado, se enviará relación nominal del personal
que la haya secundado al día siguiente de la finalización de la huelga.
Los centros deberán elaborar los partes de asistencia a través de la aplicación informática diseñada al
efecto por el Departamento de Educación y siguiendo las instrucciones que les serán comunicadas por
la Inspección de Educación. Esa misma aplicación se utilizará para comunicar la incidencia en el caso de
huelga y para elaborar la relación nominal del personal que la haya secundado.
Estos partes mensuales deben ser entendidos como partes de asistencia de todo el personal laboral
educativo que desarrolle sus funciones en el centro. En caso de que dicho personal desarrolle funciones
en dos centros o más, será la dirección de cada centro la que envíe el parte de asistencia que le
corresponda.

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5. OTRAS NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO
5.1. UTILIZACIÓN DE LOS EDIFICIOS E INSTALACIONES DE LOS CENTROS PARA
ACTIVIDADES NO PREVISTAS EN EL PLAN ANUAL
El Decreto 76/2008, de 6 de mayo (BOPV de 19 de mayo de 2008), tiene por objeto regular el uso, tanto
por parte de administraciones y entes públicos como de cualquier otra persona física o jurídica, de los
edificios e instalaciones de centros educativos públicos no universitarios, para la realización de
actividades educativas, deportivas, culturales, u otras de carácter social no previstas en la programación
anual del centro educativo.
El Decreto concreta en su articulado, entre otros aspectos, las características de las actividades a realizar,
las instalaciones objeto de utilización, las prioridades, el régimen de responsabilidades y el
procedimiento ordinario y abreviado de solicitud y autorización.
En este sentido, se recuerda que es imprescindible que el centro se atenga a la regulación que marca el
citado decreto.

5.2. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES


Los centros educativos gestionarán los datos personales de sus alumnos y alumnas de acuerdo con lo
establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales.
La información que se genere durante el proceso de escolarización será gestionada por los centros
docentes públicos y recogida a través de las aplicaciones del Departamento de Educación. Los centros
tienen además el deber de formar a toda la comunidad educativa sobre los principios básicos y los
riesgos del tratamiento de los datos personales. La información sobre la política de protección de datos
y el plazo de conservación debe ser facilitada a las personas titulares de los datos en un lenguaje
comprensible.
El centro ha de tener actualizados estos datos permanentemente para el correcto funcionamiento de
los procesos internos. Por lo tanto, debe concienciar al alumnado para que facilite en cada momento el
cambio de datos y así poder actualizarlos.
Los datos de carácter personal que los centros educativos tratan para ejercer sus funciones no
pertenecen al centro, sino a los alumnos o alumnas, a sus familiares, a su personal o a otras personas
físicas con las cuales se relaciona. Son ellas las auténticas personas titulares de su información personal.
El personal del centro educativo debe tratar los datos personales con diligencia y respeto a la privacidad
e intimidad, anteponiendo el interés y la protección del alumnado.
Las personas usuarias podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de
sus datos, así como la limitación u oposición a su tratamiento.
En el ámbito educativo resulta especialmente importante el tratamiento de datos relativos a la salud de
los alumnos y alumnas. Así, por ejemplo, los datos referidos a necesidades educativas especiales (alguna
minusvalía) u otros como alergias e intolerancias, así como los datos contenidos en los informes

106
psicopedagógicos del alumnado, etc., tienen la consideración de datos relativos a la salud de los alumnos
y alumnas.
Es posible que los centros educativos –concretamente, su personal– tengan que saber si sus alumnos o
alumnas sufren determinadas enfermedades o alergias. Para ello, adoptarán las medidas para que esta
información se trate con las máximas garantías posibles.
Por ello, y con el acuerdo de los padres y las madres de los alumnos o alumnas afectados, o, en su caso,
de sus tutores o tutoras legales, hay que establecer los protocolos necesarios para tratar
adecuadamente esta información, tanto durante el funcionamiento normal del centro (estancia en las
aulas, horario de esparcimiento, educación física, comedor, enfermería, evaluación psicopedagógica,
etc.) como en situaciones extraordinarias (sustituciones de maestros o maestras, tutores o tutoras,
celebraciones de aniversarios, salidas, colonias, etc.).

5.3. LA PROPIEDAD INTELECTUAL EN LOS CENTROS EDUCATIVOS


La reproducción, distribución y comunicación pública de breves fragmentos de obras y de obras aisladas
de carácter plástico o fotográfico figurativo se articulará teniendo en cuenta lo establecido en el Real
Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre
la materia (véase particularmente el artículo 32).

5.4.- NORMATIVA SOBRE SALUD Y SEGURIDAD EN LOS CENTROS


La participación y colaboración de diversos agentes de la comunidad educativa en la vida escolar exige
necesariamente regular algunos aspectos vinculados a la salud y a la seguridad del alumnado,
fundamentalmente, y también de todo el colectivo que coincida en el centro escolar.

5.4.1. Situaciones de urgencia médica en un centro educativo


Ante cualquier circunstancia urgente médica, el profesorado o personal no docente se pondrá
inmediatamente en contacto con el servicio de emergencia 112, donde se darán las indicaciones
oportunas de cómo se deberá proceder.

5.4.2. Atención sanitaria durante el horario escolar


Para atender a la población escolar con necesidades sanitarias específicas, se seguirá el protocolo de
actuación acordado por el Consejo de Gobierno de 29 de noviembre de 20062.

5.4.3. Acceso de vehículos al centro escolar


De acuerdo con la normativa vigente de seguridad, está prohibido que el alumnado y los vehículos
compartan simultáneamente los mismos espacios o las mismas entradas o salidas.
Cuando el acceso esté autorizado por la dirección del centro, no podrá coincidir con las entradas, salidas
y recreos del alumnado. Además, se establecerá un procedimiento determinando horarios, recorridos y
normas de circulación en el interior del recinto escolar, así como su señalización. Este procedimiento
será registrado por escrito con la constancia del conocimiento de las personas responsables del centro
y del vehículo correspondiente.
En caso de acceso excepcional de un vehículo al centro educativo, deberá estar acompañado por la
dirección del centro o persona en quien delegue.

107
5.4.4. Obras
Es posible que en un centro escolar sea necesaria la ejecución de obras coincidiendo con el horario
docente.
Para la ejecución de las obras se incluirá en el proyecto un Estudio de Seguridad y Salud en el que se
recogerán las pautas a seguir. En el caso de obras menores, a la apertura del centro de trabajo se anexa
un Plan de Seguridad a seguir.

• De cualquier manera, será preceptiva la separación total de la zona de obras con


respecto a la zona docente. Lo que exige:
o Vallado total de la zona de obras.
o Accesos independientes tanto para vehículos exclusivos de obra, como para el
personal de obra.
o Colocación de un cartel de prohibición de acceso a toda persona ajena a la
obra.
o Colocación de un cartel de prohibición de acceso peatonal por la puerta de
entrada de vehículos.
• Exposición en zona visible tanto de entrada al centro como a la zona de obras de plano
en el que se recojan las dos zonas, perfectamente diferenciadas por colores, con sus
correspondientes accesos e indicaciones. Este plano le será igualmente facilitado a la
Dirección del centro.
• En el caso de que el acceso de vehículos de obra se tuviera que llevar a cabo por la
zona docente abierta, la persona responsable de la obra deberá disponer de personal
permanente para controlar las entradas-salidas y garantizar la seguridad de los alumnos
y alumnas y del personal del centro.

5.4.5. Tabaco y bebidas alcohólicas


La dirección del centro debe velar por el cumplimiento de la normativa vigente, que prohíbe la
expedición y consumo de tabaco y bebidas alcohólicas en los centros docentes independientemente de
la edad del alumnado y del tipo de enseñanza.

5.4.6. Utilización de laboratorios escolares


La actividad en los laboratorios deberá adecuarse a la edad y nivel de competencia del alumnado, así
como a las condiciones técnicas de las instalaciones concretas, asegurando en todo caso la seguridad de
las personas y la observancia de los protocolos vigentes al respecto.

5.5. SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES


Se recuerda que toda la información relativa a la prevención de riesgos laborales se encuentra disponible
en la web del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, o bien mediante consulta con los técnicos y
técnicas del Servicio de Prevención.

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Responsable SPRL 945 018 411

Área Higiene 945 018 451


SERVICIOS CENTRALES
Área Psicosociología 945 016 546

Área Seguridad 945 016 545

TERRITORIO ZONA ÁREA TÉCNICA ÁREA SALUD


HISTÓRICO LABORAL

ÁLAVA ZONA 1 945 01 84 51 688670550

ZONA 1 94 403 11 92
94 4031194
ZONA 2 94 403 11 93
BIZKAIA
ZONA 3 94 403 11 93

ZONA 4 94 403 11 92

GIPUZKOA ZONA 1 943 02 31 74 943 023170

943 20 84 44 943 700491


ZONA 2

5.5.1.- Colaborador o colaboradora de seguridad


Para el desempeño de sus funciones, el director o directora deberá asignar al profesor o profesora que
ejerza esas labores parte de las horas para la gestión educativa del centro. Con objeto de facilitar su
asistencia a las reuniones a las que sea convocado o convocada por el Servicio de Prevención, se
procurará que el horario de este profesor o profesora no contemple horas de dedicación docente los
martes de 8 a 11 de la mañana.
Se recuerda al equipo directivo que sería deseable que la figura del colaborador o colaboradora recayese
en un trabajador o trabajadora con una cierta permanencia en el centro, para poder darle continuidad
al trabajo.

5.5.2.- Formación del profesorado en materia de prevención


Con objeto de cumplir la obligación de formación en materia preventiva del Departamento de Educación
(artículo 19 de la Ley 31/1995), y el cumplimiento por las personas trabajadoras del artículo 29 de dicha
Ley, se reservarán para esta formación, como mínimo, 2 horas anuales de las destinadas a formación del
profesorado y/o de las horas de dedicación al centro. La formación se impartirá por el Servicio de
Prevención en cada centro en las fechas y horarios concertados con la debida antelación.

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5.5.3.- Simulacros de emergencia
Es una actividad anual obligatoria que se realizará preferentemente al inicio del curso escolar y que debe
ser incluida en el PAC. En el caso de que en el centro esté escolarizado alumnado con discapacidad, se
deben señalar las medidas específicas necesarias para su correcta evacuación. Una vez realizado, se
enviará la evaluación del simulacro exclusivamente a través del formulario web habilitado en el apartado
Seguridad – Emergencias.

5.5.4.- Botiquín portátil


De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 486/1997, por el que se establecen las disposiciones
mínimas de seguridad y salud, todo lugar de trabajo deberá disponer, como mínimo, de un botiquín
portátil que contenga desinfectantes y antisépticos autorizados, gasas estériles, algodón hidrófilo,
vendas, esparadrapo, apósitos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables.
El material de primeros auxilios será revisado periódicamente y se irá reponiendo en cuanto caduque o
a medida que vaya siendo utilizado.

5.5.5.- Accidentes de trabajo


La vigilancia de la salud y la notificación se realizarán según el esquema que aparece en el apartado
Seguridad-Accidentes laborales de la web del Departamento de Educación.
La Dirección del centro llevará un Registro de todos los accidentes, causen baja o no.
Las agresiones infringidas al personal del centro se consideran accidentes de trabajo tanto si se producen
con intencionalidad como si son involuntarias, y se incluirán en el Registro.
En el Procedimiento Protección de la Maternidad puede ser requerido tanto el registro de accidentes
como el de incidentes ocurridos en el centro.

5.5.6.- Información sobre prevención de riesgos laborales


Siguiendo lo establecido por el Procedimiento Entrega de información y Registro, el equipo directivo
facilitará la evaluación de riesgos laborales del puesto de trabajo y el plan de emergencia del centro
docente a todas las trabajadoras y trabajadores del centro.

Vitoria-Gasteiz, a la fecha de la firma

MARIA BEGOÑA Firmado digitalmente


por MARIA BEGOÑA
PEDROSA PEDROSA LOBATO -
LOBATO - 30680524L
Fecha: 2024.06.24
30680524L 17:40:36 +02'00'
Begoña Pedrosa Lobato
Viceconsejera de Educación

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