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Envio de Documentacion A La Division Acreditacion: WWW - Inn.cl

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DA-D06

ENVIO DE DOCUMENTACION A
LA DIVISION ACREDITACION Página 1 de 5

1 ALCANCE

1.1 Este documento tiene como finalidad especificar las acciones que se deben
realizar para enviar todo tipo de documentación a la División Acreditación, entre
ellos, la requerida para postular a la acreditación, mantener y renovar la(s)
acreditación(es), solicitar ampliación de alcance, solicitar reducción de alcance,
solicitar la renuncia voluntaria de la(s) acreditación(es), solicitar la renuncia a una
solicitud de postulación, en el Sistema Nacional de Acreditación del INN. También
se especifica la forma de cómo los OEC deben comunicar sus cambios durante
algunos de los procesos de acreditación señalados anteriormente.

1.2 Este documento aplica a todos los OEC postulantes y OEC acreditados,
dentro del Sistema Nacional de Acreditación del INN.

1.3 Este documento también establece el formulario de carta conductora que


deberán utilizar los OEC postulantes y OEC acreditados, en el Sistema Nacional de
Acreditación del INN.

1.4 Este documento no considera los reclamos, denuncias y apelaciones, para los
cuales está indicado su proceder en el Reglamento INN-R401.

2 DISPOSICIONES GENERALES

2.1 Las solicitudes de acreditación, solicitudes de ampliación de alcance y


solicitudes de renovación, deben ser enviadas según lo dispuesto en el numeral 3 de
esta Directriz.

2.2 Toda la documentación, distinta de la indicada en el numeral 2.1 anterior, que


se envíe a la División Acreditación deber ser acompañada por una carta conductora
utilizando el formulario FD-D06-01, disponible en el sitio Web del INN (www.inn.cl).
Toda la documentación incluyendo la carta conductora debe ser enviada en idioma
español. Si el idioma original en que se encuentran los documentos no corresponde
al español, debe enviarse debidamente traducido, por un traductor oficial del país de
origen.

Nota: Para la identificación del esquema de acreditación requerido en la carta conductora


(formulario FD-D06-01), se debe considerar:
- OCS (Organismos de Certificación de Sistemas)
- OCP (Organismos de Certificación de Productos)
- OCST (Organismos de Certificación de Servicios Turísticos)
- OI (Organismos de Inspección)
- EV (Entidades de Verificación)
- LE (Laboratorios de Ensayos)

Preparado por: Gladys Revisado por: Cristina Aprobado por: Eduardo


Aguilar O. Herrera M. Ceballos O.
Encargado de calidad Coordinador de Area Jefe División Acreditación
Versión original Versión: 04 Fecha: 2023.09.13
2009.04.08
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- LC (Laboratorios de Calibración)
- LCl (Laboratorios Clínicos)
- PEA (Proveedores de Ensayos de Aptitud)
- OCPE (Organismos de Certificación de Personas)

2.3 Toda la documentación enviada a la División Acreditación deberá ser en


formato electrónico, por medio de la plataforma Wetransfer y casilla DAC
https://inn.wetransfer.com, considerada como la Oficina de Partes DAC. Todos los
archivos deberán enviarse de manera fraccionada e independiente, y debidamente
identificados, a fin de facilitar la revisión de dichos documentos. Por ejemplo, en
archivos electrónicos separados para: carta conductora, documentación legal de
cambio de representante legal, antecedentes del personal (en forma independiente
para cada persona) cuando informan cambios de personal, entre otros. No se
aceptará un único archivo electrónico con toda la información enviada. Todos los
archivos electrónicos deberán enviarse en formato .pdf.

2.4 Toda la documentación debe ser ingresada por el OEC, a través de la


Oficina de Partes de la DAC, según lo indicado en el numeral 2.3. La documentación
enviada por correo electrónico o entregada por mano a personal interno o externo
del INN, no será considerada como ingreso al sistema de registros de la División
Acreditación del INN.

2.5 Todos los OEC postulantes y OEC acreditados deberán demostrar el


cumplimiento con la reglamentación técnica nacional relacionada con la
autorización de funcionamiento para sus actividades de evaluación de la
conformidad. La siguiente información deberá estar disponible cada vez que se
solicite para efectos de obtener o mantener la(s) acreditación(es):

(a) permisos municipales para el OEC, que evidencian que la Municipalidad


correspondiente al(los) domicilio(s) declarados por el OEC ha otorgado el permiso
de construcción, el cual indica la calificación de uso del suelo de acuerdo al plan
regulador comunal o regional;

(b) Resolución de informe sanitario vigente, emitido por la SEREMI de Salud que
corresponda a la jurisdicción en la cual se encuentre el OEC, el cual deberá entregar
el Certificado de Calificación Técnico Industrial, según Circular 95/98 del MINVU, o
la que la reemplazare, relacionado con la actividad que desarrolla el OEC,
incluyendo, cuando corresponda, la autorización de condiciones de bodega de
productos químicos peligrosos, de acuerdo al D.S. 78/10 del MINSAL, o la que la
reemplazare. No se aceptarán Resoluciones de informes sanitarios basados en
Calificaciones Técnico Industrial que no reflejen cambios en la actividad, dotación
de personal, modificación de procesos productivos, potencia instalada,
infraestructura y otros;

(c) Resolución de Recepción de obras o Regularización de obras, según D.S. 47/92


del MOP, o la que la reemplazare, y la Patente Municipal que señale el rubro y
dirección en la que se desarrollan las actividades del OEC; y

(d) en los casos que el OEC cuente con dependencias en alguna zona rural, deberá
contar con el Certificado de cambio de uso de suelo que otorga el SAG.
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Nota: En caso que se agreguen requisitos de funcionamiento para el OEC, a través de


disposiciones municipales o administrativas, sea a nivel local, regional o nacional, dichos
requisitos deberán ser cumplidos por el mismo, y podrán ser objeto de la evaluación por
parte del INN.

3 SOLICITUDES DE POSTULACION DE ACREDITACION, AMPLIACION DE


ALCANCE Y RENOVACION

3.1 El Sistema Nacional de Acreditación del INN, mantiene a disposición de


los usuarios, el Módulo “Ingreso de Solicitudes de Postulación”, a través del link
https://sdac.inn.cl/, y disponible también en su sitio Web (www.inn.cl). Este Módulo
ha sido diseñado para que los OEC postulantes y OEC acreditados puedan
completar y enviar al INN las Solicitudes de Postulación para: acreditaciones
iniciales, ampliaciones de alcance de su(s) acreditación(es) y renovación de su(s)
acreditación(es).

3.2 El Módulo de “Ingreso de Solicitudes de Postulación”, ha sido


desarrollado para que sea completado de manera intuitiva, con algunas
explicaciones en casa sección.

3.3 A modo de resumen, el Módulo requerirá que el OEC se registre con un


usuario debidamente autorizado por el Representante Legal del OEC. Este usuario
autorizado podrá crear a otros usuarios en caso de ser necesario. El usuario deberá
completar las secciones de Registro, Bienvenida y Acta de Compromiso. Posterior a
esto, el usuario estará en condiciones para completar la(s) solicitudes de
acreditación, de ampliación de alcance y de renovación, según sea el caso, para
posteriormente enviar su solicitud al INN a través del Módulo.

3.4 En el Módulo de Ingreso de Solicitudes de Postulación, cuando se


complete la sección de Solicitud de Postulación, se deberán anexar documentos en
formato .pdf, .docx, .xlsx, según sea requerido. Estos documentos no deberán
superar 3Mb de tamaño cada uno, por lo que se deberán guardar o escanear, con
dicha consideración. Esta medida es para no recargar el Sistema de manera
general, de modo tal que sea una herramienta eficaz para todos los OEC.

3.5 En la sección de Solicitud de Postulación, cuando se solicite adjuntar


documentos del Sistema de Gestión del OEC, entiéndase Manual de Calidad,
Procedimientos, entre otros, a fin de garantizar que el tamaño de dichos
documentos, no superen los 3 Mb, se aceptará que los documentos enviados en
formato .pdf, sean los documentos Word guardados como pdf, sin el escaneo del
documento controlado, el que habitualmente contiene firmas del personal del OEC.
Para esto, se deberá adjuntar también una declaración formal que dichos
documentos son equivalentes a los documentos controlados del Sistema de
Gestión.
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4 MANTENCION DE LA ACREDITACION

4.1 Toda la comunicación que se genere de parte del OEC a la División


Acreditación del INN, deberá ser comunicada por medio de la carta conductora
utilizando el formulario FD-D06-01, adjuntando cuando corresponda la información
correspondiente, según lo indicado en el numeral 2.3.

4.2 Toda la información enviada en formato electrónico deberá cumplir con lo


indicado en el numeral 2.3.

4.3 Para informar cambios en la condición de acreditado además de lo


indicado en 2.2, el OEC deberá enviar en formato electrónico en .pdf el formulario
FD-D06-10 Informa cambios escaneado, luego de ser debidamente firmado y
timbrado. En dicho formulario se deberá indicar claramente los cambios
informados. Dependiendo de los cambios informados, se deberá adjuntar la
documentación correspondiente, en formato electrónico, según lo indicado en el
numeral 2.3.

4.4. Los cambios en la condición de acreditados informados por el OEC


acreditado, serán procesados conforme a lo establecido en el Reglamento INN-
R401.

4.5 Para solicitar una reducción de alcance de la(s) acreditación(es), el OEC


acreditado deberá manifestarlo por escrito a través de la carta conductora utilizando
el formulario FD-D06-01, disponible en el sitio Web del INN, según lo indicado en el
numeral 2.3, incluyendo en detalle el(los) certificado(s) de acreditación
correspondiente(s), las actividades de evaluación de la conformidad que solicita
reducir, y los motivos por los cuales solicita dicha reducción. Además de lo indicado
anteriormente, se deberá enviar el(los) alcance(s) del(los) certificado(s) de
acreditación correspondiente(s) en formato electrónico, especificando el(los)
alcance(s) que solicitan mantener acreditado(s), utilizando el formulario
correspondiente al Esquema de Acreditación, indicado en el Anexo 2.

Nota 1: Se considera en este caso, una reducción de alcance cuando un OEC acreditado
solicita eliminar actividades de evaluación de la conformidad incluidas en el alcance de
acreditación de su(s) certificado(s) de acreditación. Por ejemplo, solicitar reducir del alcance
de acreditación un ensayo, un examen, un instrumento o sistema de medición, un tipo de
inspección, un producto a certificar, sector(es) industrial(es), entre otros.

Nota 2: En caso que un OEC acreditado solicite reducir un certificado de acreditación, o la


totalidad de las actividades de evaluación de la conformidad contenidas en el alcance del
certificado de acreditación correspondiente, se considerará como una renuncia voluntaria al
certificado de acreditación.

4.6 La solicitud de reducción de alcance será procesada conforme a lo


establecido en el Reglamento INN-R401.
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ANEXO 1

Documentos legales que debe adjuntar un OEC en el Módulo Ingreso de


Solicitudes de Postulación, para postular a la acreditación o renovación de
su(s) acreditación(es)

I. Personas Jurídicas constituidas en Chile

A. Personas Jurídicas con fines de lucro, conformación tradicional.

A.1 Sociedad Responsabilidad Limitada (SRL):


Documentos
a) Fotocopia legalizada de escritura de constitución social, fotocopia de la
publicación en Diario Oficial y fotocopia de inscripción del extracto en
Registro de Comercio.
b) Fotocopia legalizada de escritura de sus modificaciones, si las hubiere, así
como fotocopia de la publicación en Diario Oficial y fotocopia de inscripción
del extracto en Registro de Comercio.
c) Fotocopia legalizada, con no más de 30 días de antigüedad a la fecha de
entrega de la solicitud de postulación, de la inscripción en el Registro de
Comercio del extracto constitutivo, con sus anotaciones marginales.
d) Original o fotocopia legalizada del Certificado de Vigencia del Registro de
Comercio de no más de 30 días de antigüedad a la fecha de presentación de
la solicitud de postulación.

Nota: Se aceptará como original aquellos certificados digitales con firma


electrónica, tanto en su formato digital como la copia impresa.
e) Fotocopia legalizada de escritura pública donde conste la personería de su
representante legal, con constancia de su inscripción en el Registro de
Comercio, si ésta se efectuó.
Nota: Fotocopia legalizada se entenderá “conforme el original”.

A.2 Sociedad Anónima (S.A.):


Documentos
a) Fotocopia legalizada de escritura de constitución social y, fotocopia de la
publicación en Diario Oficial y fotocopia de inscripción del extracto en
Registro de Comercio.
b) Fotocopia legalizada de escritura de sus modificaciones, si las hubiere, así
como fotocopia de la publicación en Diario Oficial y fotocopia de inscripción
del extracto en Registro de Comercio.
c) Fotocopia legalizada ante Notario de la inscripción en el Registro de Comercio
del extracto constitutivo, con sus anotaciones marginales, con no más de 30
días de antigüedad a la fecha de entrega de la solicitud de postulación.
d) Fotocopia legalizada de escritura pública donde conste la personería de su
representante legal, con constancia de su inscripción en el Registro de
Comercio, si ésta se efectuó.
e) Original o fotocopia legalizada del certificado de Vigencia del Registro de
Comercio de no más de 30 días de antigüedad a la fecha de presentación de la
solicitud de postulación.
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Documentos
Nota: Se aceptará como original aquellos certificados digitales con firma
electrónica, tanto en su formato digital como la copia impresa.
Nota: Fotocopia legalizada se entenderá “conforme el original”.

A.3 Sociedad por Acciones (SpA):


Documentos
a) Fotocopia legalizada de acto de constitución social escrito (escritura pública o
instrumento privado suscrito por otorgantes, cuyas firmas sean autorizadas
por notario púbico, debidamente protocolizado).
b) Fotocopia de la publicación en Diario Oficial y fotocopia de inscripción del
extracto en Registro de Comercio.
c) Original o fotocopia legalizada del certificado de Vigencia del Registro de
Comercio de no más de 30 días de antigüedad a la fecha de presentación de
la solicitud de postulación.

Nota: Se aceptará como original aquellos certificados digitales con firma


electrónica, tanto en su formato digital como la copia impresa.
Nota: Fotocopia legalizada se entenderá “conforme el original”.

A.4 Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.):


Documentos
a) Fotocopia legalizada de escritura de constitución social y, publicación en
Diario Oficial e inscripción del extracto en Registro de Comercio.
b) Fotocopia legalizada de escritura de sus modificaciones, si las hubiere, así
como de publicación en Diario Oficial e inscripción del extracto en Registro
de Comercio.
c) Fotocopia legalizada, con no más de 30 días de antigüedad a la fecha de
entrega de los antecedentes, de la inscripción en el Registro de Comercio del
extracto constitutivo, con sus anotaciones marginales.
d) Original o fotocopia legalizada del certificado de Vigencia del Registro de
Comercio de no más de 30 días de antigüedad a la fecha de presentación de
la solicitud de postulación.

Nota: Se aceptará como original aquellos certificados digitales con firma


electrónica, tanto en su formato digital como la copia impresa.
Nota: Fotocopia legalizada se entenderá “conforme el original”.

A.5 Otra persona jurídica con fines de lucro:

Se deberá consultar a División de Acreditación el detalle de los documentos a ser


entregados, según el tipo de persona jurídica de que se trate, previo a presentar la
solicitud.
Ejemplo: Sociedad Colectiva Comercial, o Sociedad en Comandita.

B. Conformación Régimen Empresa en un Día. Ley 20.659 y Decreto 45, que


Aprueba Reglamento de la Ley N° 20.659.
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La conformación de personas jurídicas con fines de lucro conforme las disposiciones


de la Ley 20.659 deberá acompañarse a la postulación, enviando copia de los
registros que se generen por la conformación de la persona jurídica, que acrediten lo
siguiente:
- Contrato social generado
- Obtención de la personalidad jurídica del OEC
- Comprobante del registro del OEC.
Los certificados de las personas jurídicas incorporadas al Registro deben ser emitidos
por la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño.

Como mínimo, deberá acompañarse los siguientes Certificados emitidos por el


Registro Simplificado:

a) Certificado de Vigencia;
b) Certificado de Estatuto Actualizado; y
c) Certificado de Anotaciones.

Así también, deberá entregarse información sobre las modificaciones,


transformaciones, fusiones, divisiones, término o disolución de estos OEC, debiendo
cumplir con las solemnidades establecidas para estos efectos en la ley.

C. Persona Jurídica de Derecho Privado sin fines de lucro (Ej. Fundaciones,


Corporaciones).
Documentos
a) Fotocopia legalizada del Decreto de Ministerio (Justicia), que le concedió
personalidad jurídica y su publicación en el Diario Oficial. En caso de ser una
persona jurídica constituida con posterioridad a la entrada en vigencia de la
Ley 20.500, de 6 de febrero de 2011, dado que se crea el Registro Nacional de
Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, deberá acompañarse el Número de
Registro otorgado por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
b) Fotocopia legalizada de escritura de constitución y de sus modificaciones,
junto con decretos que hayan aprobado dichas modificaciones, sea que
fueren emitidos por Ministerio de Justicia o por Secretario Municipal.
c) Fotocopia legalizada de escritura pública donde conste la personería de su
representante legal.
d) Certificado de vigencia de Persona Jurídica, emitido por Servicio de Registro
Civil e Identificación.
e) Certificado de Directorio de Persona Jurídica sin Fines de Lucro, emitido por
Servicio de Registro Civil e Identificación.
Nota: Fotocopia legalizada se entenderá “conforme el original”.

D. Establecimiento de Educación Superior.


Documentos
a) Para el caso de Universidades o Institutos Profesionales privados, fotocopia
legalizada del Decreto de aprobación del Ministerio de Educación.
b) Universidad Privada: Fotocopia legalizada de la escritura pública donde
conste la personería de su representante legal.
c) Universidad Pública: fotocopia de Decreto de Ministerio de Educación donde
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conste creación de centro educacional. En caso que dicho acto sea de una
antigüedad que impida su reproducción, acompañar Minuta firmada por
abogado que informe dicha circunstancia.
d) Universidad Pública: fotocopia legalizada del Decreto de Ministerio de
Educación donde se nombre al representante legal.
Nota: Fotocopia legalizada se entenderá “conforme el original”.

E. Otros OEC (organismos públicos, asociaciones gremiales, etc.).


Documentos
a) Fotocopia legalizada de la personería de representante legal, conforme acto
administrativo que corresponda.
b) Fotocopia legalizada del Decreto de constitución o documento que
corresponda.
c) En este caso, el INN podrá resolver el envío de algún documento
complementario.
Nota: Fotocopia legalizada se entenderá “conforme el original”.

II. Personas Jurídicas constituidas en el extranjero

Para aquellos OEC que se han constituido en el extranjero, se deberá acompañar


copia legalizada o apostillada, de los documentos de constitución que corresponda,
según el régimen jurídico aplicable al país de constitución, traducido al idioma
español, y acompañados de una minuta elaborada por un abogado de dicho país, en
idioma español, que explique el régimen jurídico aplicable para la constitución de la
persona jurídica correspondiente, los elementos de existencia y validez requeridos
por la legislación correspondiente, y el pronunciamiento acerca de que los
documentos acompañados dan cuenta de dicha circunstancia (existencia y validez).

En cuanto a los documentos que demuestren la facultad de representación jurídica


por parte de los representantes legales, deberá acompañar los documentos de
personería jurídica del o los representantes legales, en copia legalizada o apostillada,
traducido al idioma español y acompañados de una minuta elaborada por un
abogado de dicho país, en español, que explique el régimen jurídico aplicable para el
debido otorgamiento de personería jurídica conforme la legislación correspondiente,
más el pronunciamiento acerca de que los documentos acompañados dan cuenta de
dicha circunstancia (existencia y validez).
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ANEXO 2

FORMATOS DE ALCANCE DE ACREDITACION SOLICITADOS SEGUN ESQUEMAS DE


ACREDITACION

Estos formatos se encuentran disponibles en el sitio Web del INN (www.inn.cl), para
cada Esquema de Acreditación, para su uso

FD-D06-02 Para laboratorios de ensayo

Ensayo Norma/Especificación Producto a que se aplica

FD-D06-03 Para Organismos de Certificación de Productos y Organismos de


Certificación de Servicios Turísticos

Producto Esquema de Norma/ Modelo de


Certificación Especificación certificación

FD-D06-04 Para Organismos de Inspección y Entidades de Verificación

Producto Norma/Especificación Método de inspección

FD-D06-05 Para Organismos de Certificación de Sistemas

Sistema de gestión Norma

Para los siguientes sectores industriales:


Sector Descripción Código NACE

FD-D06-06 Para Laboratorios Clínicos

Examen Método Matriz a que se aplica


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FD-D06-07 Para Proveedores de Ensayos de Aptitud

Producto/Matriz/Instrumento Parámetros/Magnitud Método de determinación


Sistema de Medición de valor asignado

FD-D06-08 Para Organismos de Certificación de Personas

Esquema de Certificación Norma/Especificación Especialidad a certificar


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FD-D06-09 Para Laboratorios de Calibración

Capacidad de medición y calibración Patrón de referencia usado en la


Servicio de calibración Rango del mensurando
(CMC) calibración
Instrumento Método y Condición Mín Máx. Unidades Valor Unidades Nivel de Patrón Fuente de trazabilidad
o sistema de Norma/Documento de la (mayor (menor o confianza inmediata
medición de base medición que) igual que)

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