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Contrato Con Estudio Cassagne

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ANEXO UNICO MODELO DE CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS --- En la ciudad de Senta Fe, Provincia del mismo nombre, a los ..... dias del mes de junio de 2024 se celebra el presente contrata de locaciin de servicios profesionsles entre Ig PROVINCIA DE SANTA FE, en adelante "LA PROVINCIA", representada en este acto por el St. GOBERNADOR DE LA PROVINCIA, Lic. Maximiliano Pullaro, constityyendo domicilio legal en calle 3 de Febrero no 2648 segundo piso de Ia ciuded de Sants Fe, por una parte y, por la otra, los Dres. Ezequiel Cassagne y Carlos José Laplacette, en su caracter de socios gerentes de CASS SRL CUIT N° 30-70820007-7, sociedad de servicios juridicos que se desenvuelve como "CASSAGNE Abogados", con domicilio en le ‘alle Taleahuano N." £33 — Piso 3° de la ciudad Autonoma de Buenos Aires, en adelante “EL ESTUDIO" Se conviene encuadrar el presente contrato de locacién de servicios profesionales y en un tode de acuerdo con los términos y condiciones perticulares que ‘seguidamente se enuneian. ‘CLAUSULA PRIMERA: OBJETO. EL ESTUDIO s¢ compromete a ejerer la representacién legal de la Provincia de Senta Fe, conjuntamente con Ia Fiscalie de Estado de le Provincia de Sante Fe, en la Ciudad Auténoma de Buenos Aires, en los esuntos que # continuacién se indican: Presentaci6n de una demanda contra el Estado Nacional ente la Corte Suprema de Ie Nacién con el objeto de impugnar 6! Decreto N.° 280/2024 Intervencién en el Expediente N.* “Santa Fe, Provincia c/ Estado Nacional s/ Cobro de Pesos” (CSU 4870/2023) que tramita en Is Corte Suprema de Ia Nacién A esos fines, el ESTUDIO deberd confeccionar, presentar y patrasinar los escritos necesarios para interponer la demand, producir y ofrever prueba, slegar, concurrir 8 audiencias judisiales y/o extrajudisiales tendientes @ la solucin del litigio, ejercer la procuracion de los expedientes, solicitar medidas cautelares de corresponder y cualquier ‘tre actividad administrative ylo processl que resulte necesaria haste Is culminacién de los prosesos respectivos ‘CLAUSULA SEGUNDA. DURACION DEL CONTRAT El presente contrato tendré vigencia mientras dure el tramite dé los asuntos indicados en la cldusula precedente, CLAUSULA TERCERA, HONORARIOS . RETRIBUCION: Por las tareas profesionales indicadas se conviene Ia siguiente retribucién © Honerario initial: por Is elaboracién de la demanda para is impugnacién del Deereto N.* 280/2024 de Treinta millones de Pesos ($ 20.000.000). La “2024- Afio del 20° Aniversario de la Reforms Consttucional de ls Repiblica Argentina” Se CamScanner = Provincia de Fanta Ke Par Goatve PROVINCIA se compromete @ canceler el mismo dentro de los treinta dias de la presentation de la demanda por la impugnacién del Decreto N.° 28072024. + Honorario Mensual. Por Ia tramitecién de los expedientes, y Ie elaborscién produccién y patrocinio de todos los escritos proceseles, incluidos los de prueba y los respectivos slegates, y las eventusles sudiencias, un honorario mensual que incluye los dos expedientes doscientos Cuenta Mil Pesos ($ 250.000), que seré abonado del 1 al 10 de cada mes mientras dure el tramite de uno o ambos procesos ante la Corte Suprema de Justicia de la Nacién. Dicha suma se actualizaré en forms bimestral de acuerde con Is inflacién acumulads segin IPC de Is Provincia de Santa Fe tomando el del mes anterior al calsulo. * Honorarios por el fondo del asunto, que sustituirén 2 la regulacién judicial que pudiera corresponder, equivalente 8 un porcentaje del total actualizade que perciba la Provincia, ys ses por sentencis judicial o acuerdo extrajudicial en los reclamos indicados. El honoraria seré del uno por ciento (1%) en el caso del Expediente CSU 1970/2023 y del des por ciento (2%) en caso del expediente que ‘se iniciard porel afio 2024 y periodes futuros © Honorarios generados a partir de una medida cautelar. En caso de que se solicite hiciere lugar @ una medida cautelar, un honorario de éxito del dos por ciento (2%) del total que perciba le Provincia de Santa Fe en el marco de esta incidencia En este caso, estos honorarios serén ¢ cuenta del resultado que se obtengs en el fondo del juicio. + Los aportes profesionales que se generen en cada une de los casos se abonarén conforme las regulaciones de honorarios que se determinen y de acuerdo a ls normative aplicable. ‘CLAUSULA CUARTA: EI ESTUDIO no podré reclamar otro de honorerio de LA PROVINCIA mas alld dé Io pectado en el presente, renunciando expresamente a reclamar la regulscién que pudiere comesponder, la que deberé ser cedida 2 Ia Provincia de Santa Fe. Tampoco podré reclamar ¢ LA PROVINCIA ningiin tipo de vinculecion laboral por fuera de lo convenido fen Is cldusuls precedente. El ESTUDIO actusrs inexcuseblemente sin relacién de dependencia can el Estado Provincial. ‘CLAUSULA QUINTA: EL ESTUDIO asume la responsabilidad por todos los profesionales que: intervengan declarando que se trata de profesionsles independientes y auténomos, comprendides en Is normativa legal vigente, cuyo puntual y estricte cumplimiento comer& por su cuenta exclusiva. Los derechos y obligsciones del ESTUDIO serén exelusivamente Ios squi previstos. Por consiguiente, no tendré compensacién u otro pago fuera de los estipulados ‘en el presente, “2024- Afio del 20° Aniversario de la Reforms Consttucional de ls Repiblica Argentina” Se CamScanner & : Provincia de Fanta Ke Par Goatve CLAUSULA SEXTA RESCISION: Cada una de las partes podra en todo momento, rescindir el presente natificando por escrito Ie otra parte con treints (30) diss de ant produzca previo a Ia instancia de alegatos, los honorarios profesioneles pactados en la eldusula TERCERA se reduciran a la mitad. Luego de presentados los alegatos, la rescision que se llegare 8 efeciuar no alteraré el derecho 2 percibir Is totelidad de los honorarios por el fondo del ssunto pactados en Is cléusula TERCERA en caso de produtirse los resultados alli previstos. ‘CLAUSULA SEPTIMA: CONFIDENCIALIDAD: EI ESTUDIO no podré comunicar s persona slguns, Gobiemo u otra entidad ajens, Is informacién no publicada o de carécter confidencial de que hays tenido conocimiento con motivo de la ejecucién de sus obligationes emanadas del presente contrato. Salvo que casi lo requiers su cometido o lo hubiera sutorizado LA PROVINCIA expresamente pars hacerlo. Esta obligacién de reserva o confidencislidad seguiré en rigor ain después del vencimiento del plazo, de Ia rescisién o resolucién del presente contrato, haci¢ndose responsable el contratade de los dafios y periuicios que pudiera irragar la difusién de datos o informes no publicados. ‘CLAUSULA OCTAVA DECLARACION: El ESTUDIO tiene Is obligacién de coorcinar su tarea profesional con los profesionales que designe Ia Fiscalia de Estado y de informar todos los avances, cémo minimo cada ‘seis (6) meses 0 cuando exista alguna novedad relevante al Ministerio de Gobierno & Innovaci6n Puiblica, por intermedio de le Secretaria Legal y Técnica Queda prohibido al contratado ceder o subcontratar total o parcialmente el presente ‘contrato, asumiende expresamente toda responsabilidad respecto de los empleados 0 miembros del Estudio o personal que le presie servicios y obligandose @ desobligar Is Provincia de cualquier reclamo que sé le efettuase con motivo del presents. Mas alld de lo pactado en Ia presente clausula, se prohibe al ESTUDIO asoviarse con otros estudios ‘9 profesionales para el cumplimiento del encargo. ‘CLAUSULA NOVENA: JURISDICCION. Las partes se someten a la jurisdiccién de los tribunales ordinarios de la ciudad de Santa Fe para Girimir sus eventuales controversias. Se firman das ejemplares de un solo tenor y a un mismo efecto, para constancia de las partes, en el lugar y fecha erriba indicado. “2024- Afio del 20° Aniversario de la Reforms Consttucional de ls Repiblica Argentina” Se CamScanner

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