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TAREA Contratos Mercantiles

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REVE INTRODUCCIÓN

En la empresa, existen muchos tipos de contratos mercantiles, realizar un estudio


así como analizar las bases teóricas fundamentales de los contratos más
destacados es esencial en esta área de estudio. A continuación abordaremos este
tema, también realizaremos un análisis reflexivo de sus respectivos requisitos con el
fin de realizar una retroalimentación.
CONTENIDO

1. ¿Explica cómo están definidas las obligaciones en el marco del código


civil de Nicaragua?

El código civil de Nicaragua, distingue dos tipos de obligaciones, las obligaciones


civiles que se definen como aquellas que dan derechos para exigir su cumplimiento
y las obligaciones naturales que no confieren derechos para exigir su cumplimiento;
pero cumplidas, autorizan para retener lo que se ha recibido en razón de ellas.

2. ¿Explica cómo está definido el contrato en el código civil de Nicaragua?

El código civil de Nicaragua define a los contratos como acuerdos dados entre dos o
más personas para constituir, regular o aclarar entre las mismas un vínculo jurídico.

3. Cite la clasificación de los contratos mercantiles


● ‌Contratos tradicionales: compra venta, transporte, etc./contrato de consumo.
● ‌Contratos de colaboración asociativa: contrato de sociedad.
● ‌Contratos de colaboración simple: comisión, agencia, corretaje, asistencia
técnica.
● ‌Contratos de garantía: fianza, hipoteca mobiliaria y prenda.
● ‌Contratos de cobertura de riesgos: seguros mercantiles.
● ‌Contratos atípicos: huérfanos de toda regulación legal o mixtos: Leasing,
Fideicomiso, Know
● How, Licencia, Franquicia, Tarjeta de Crédito, etc.
● ‌Contratos Bursátiles: el Reporto (contrato bursátil que adquiere la propiedad
de títulos valores).
● ‌Contratos de transferencia de tecnología: Contrato de Licencia, Contrato de
Know How, contrato de Franquicia.

4. Defina el contrato de compra venta mercantil en base al arto 341 del


código de comercio
El contrato de compraventa mercantil se define como el instrumento jurídico por
antonomasia de mediación entre lo que se produce y el consumo. Arto. 341 C.C.
Será mercantil la compra venta a las que este Código les dé tal carácter y todas las
que se hagan de bienes muebles con el objeto directo y preferente de traficar, esto
es de venderlas o alquilar su uso.

5. Conteste: ¿El contrato de Comisión Mercantil mantiene semejanzas con


el contrato de Mandato, explique?
Si tiene semejanza por qué el contrato de mandato nace a partir de la comisión
mercantil. Ambos son mandatos, son iguales La comisión está delimitada como
operaciones bancarias con ciertas facultades. El contrato de mandato puede ser
apoderada, generalísimo o especial (es para determinadas situaciones y es menos
específico en la rama Mercantil y se puede aplicar como representante de una
asamblea para situaciones protocolarias, compromisos para la empresa compra-
venta, transacciones monetarias, bancarias, extrajudicial) o especialisimo que es
para sola una ocasión (como en el caso de Matrimonios o reconocer hijos).

6. Defina Contrato de Seguro.


El contrato de seguro es la cobertura de una necesidad fortuita y valorable en
dinero. El seguro cubre las consecuencias desfavorables que genera un riesgo.

7. ¿Cómo está definido y que significa el Contrato de Know How?

Se define como un contrato comercial necesariamente escrito y a plazo determinado


por el que se transmite uso, disfrute y la explotación de un conocimiento técnico,
comercial, científico o industrial, el que es muchas veces secreto y cuyo beneficiario
se obliga a no revelar ese secreto a terceros y a un pago obligatorio que puede ser
fijo o un porcentaje sobre el valor de las ventas del usuario. Significa “Saber cómo
se hace una cosa”.

8. ¿Cuál es la naturaleza del Contrato de Franquicia, explique?

Es un sistema de cooperación entre empresas diferentes pero ligadas por un


contrato, en virtud del cual una de ella otorga a la otra, denominadas franquiciadas,
a cambio de unas contraprestaciones, el derecho a explotar una marca o una
fórmula comercial materializada en unos signos distintivos, asegurándole al mismo
tiempo la ayuda técnica y los servicios regulares necesarios a facilitar dicha
explotación.

9. ¿Cuál es el objetivo del contrato de franquicia y cuáles son los tipos de


franquicias?

Objetivos

● La licencia de una marca para su explotación comercial así como los


métodos, procedimientos y tecnología a cambio de pagos periódicos.
● Utilizar en su propio beneficio conjunto de bienes intangibles (signos
distintivos, know-how) para adelantar una empresa (format business
franchise).
● Identificarse frente a los clientes como un miembro de la red de distribución
de los productos o servicios del franquiciante y particularmente el uso de
marcas del franquiciante.
● Prestar permanente asistencia al franquiciado y determinados servicios en
relación con la instalación y explotación del negocio.
Tipos de franquicia

● Franquicia comercial.
● Franquicia industrial.
● Franquicia de producción.
● Franquicia de distribución o de producto.
● Franquicia de servicios.
● Franquicia mixta.

10. ¿Cuáles son los elementos del contrato de franquicia?

● Licencia de marca.
● Transferencia de un know how.
● Local, diseño.
● Regalías o canon.
● Territorio.
● Asistencia del franquiciante al franquiciado.
● La no competencia y/o las posibilidades de subfranquiciar.
● Confidencialidad.
● Plazo de duración de contrato.

11. Defina el contrato de licencia de patentes.

Es aquel mediante el cual el titular de la patente (licenciante), sin perder su


condición de titular, autoriza a otra persona natural o jurídica (licenciatario) para
explorar la patente en forma establecida en el contrato, durante un periodo de
tiempo, a cambio de una remuneración. El licenciatario podrá fabricar, distribuir y
vender los productos objeto de licencia. Para que la licencia pueda otorgarse, la
patente tiene que estar registrada a nombre del licenciante en el registro de
patentes.

12. ¿Qué significa o cómo surge el contrato de leasing o arrendamiento


financiero?

Es un contrato mediante el cual una persona natural o jurídica (arrendador),


traspasa a otra (arrendataria), el derecho a usar un bien físico a cambio de un pago
periódico, por un tiempo determinado, al término del cual, el arrendatario tiene la
opción de comprar el bien, renovar el contrato o devolver el bien. La aplicación de
este contrato se basa en el principio de autonomía de voluntad que rige nuestro
sistema de contratación en donde las partes pueden determinar su contenido y
efecto, siempre que no sean contrarios a la ley, moral y orden público.
13. ¿Cuáles son los elementos personales del contrato de leasing o
arrendamiento financiero?

1) El Arrendador o propietario: Es la empresa de financiamiento especializada


en prestar servicios de arrendamiento, es la Propietaria del bien que se
entrega en arriendo y conservará el derecho de dominio en tanto el
arrendatario no ejerza la Opción de compra.
2) El arrendatario o usuario: Es la persona natural o jurídica que toma en
arriendo un bien previamente determinado que debe de contribuir en el
proceso de producción de su negocio.
3) Un fabricante proveedor de bienes de equipo: Ejemplo: La empresa cliente
que necesita una maquinaria, se dirige a una empresa leasing para que le
alquile ese elemento patrimonial.

14. Explica cómo se define el contrato de fideicomiso.

Se Define al Fideicomiso como la: Operación En virtud de la cual el fideicomitente


transmite la titularidad sobre un bien o conjunto de bienes o derechos determinados
al Fiduciario, quien se obliga a administrarlos a favor del beneficiario y transmitirlos
al fideicomisario o al fideicomitente cuando Se cumpla con un plazo, condición u
otra causa de extinción de la obligación.

15. ¿Explica cuales son los sujetos que intervienen en el contrato de


fideicomiso?

● Fideicomitente o fiduciante:

Art. 16

Pueden actuar como constituyentes de fideicomiso, las personas naturales o


jurídicas, privadas, públicas o mixtas, nacionales o extranjeras, o entidades dotadas
de personalidad jurídica con capacidad para transmitir la titularidad de los bienes o
derechos objeto del fideicomiso, según sea el caso.

● Fiduciario:

Art. 24

Podrá ser fiduciario cualquier persona natural o jurídica que tenga la capacidad legal
para contratar y obligarse, y en especial, para dar a los bienes, el destino que el
fideicomiso implica. En caso de personas jurídicas, distintas a las autorizadas y
supervisadas por la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones
Financieras, deberán constituirse como Sociedades Anónimas de objeto exclusivo.
● Fideicomisario:

Art. 20

Podrá ser fideicomisario cualquier persona que tenga la capacidad necesaria para
recibir el provecho que el fideicomiso implica.

El fideicomitente puede designar varios fideicomisarios para que reciban el provecho


del fideicomiso, con la limitación señalada en el artículo 12 de esta Ley.

El incapaz para adquirir por donación o el incapaz de heredar, no podrán ser


fideicomisarios de un fideicomiso testamentario, cuando los beneficios de éste
deriven exclusivamente de la muerte del fideicomitente.

Si el fideicomiso se constituye para que sirva de base a la emisión de certificados


fiduciarios de participación, el fideicomisario será indeterminado y estará constituido
por los tomadores de los certificados, a los cuales no les será aplicable lo
establecido en el párrafo anterior.

GRUPO # 2
Se asigna el estudio del Contrato de Leasing-Arrendamiento Financiero.

1. Aspectos generales del Contrato:

Concepto: Leasing significa "alquilar" usada por un norteamericano D.P Boothe


JR. En 1952 para describir un arrendamiento de bienes que le permitió cumplir con
un suministro al ejército de los Estados Unidos sin recurrir al crédito comercial
bancario, logrando financiar la adquisición de la maquinaria.
Mediante el leasing o arrendamiento financiero, el arrendador cede el uso y disfrute
de un bien, al cliente o arrendatario, a cambio de unas cuotas periódicas que
incluyen el coste de la cesión más los intereses y gastos de la financiación.

Clasificación:
• Mercantil: Como “alquiler verificado con propósito de especulación
comercial”, por estar regulado en una ley de naturaleza mercantil, que señala que
este contrato debe celebrarse por una organización auxiliar de crédito y por las
personas que en él intervienen que, casi siempre son comerciantes.
• Formal o con forma impuesta por la ley: pues debe constar por escrito y
ratificarse ante notario o corredor.
• De adhesión: en la generalidad de los casos, en tanto que la arrendadora
financiera impone las condiciones del contrato y la arrendataria sólo se adhiere.
• Bilateral: pues produce derechos y obligaciones para las dos partes.
• Oneroso: ya que los provechos y gravámenes son recíprocos.
• En casi todos los casos son conmutativos: sólo eventualmente puede ser
aleatorio si el precio con las tasas de interés pactadas, tiene importantes variaciones
en relación a las tasas del mercado durante la vigencia del contrato y esto pueda
significar una ganancia para una parte y pérdida para la otra, por la misma causa.

Características:
• Es un contrato de tracto sucesivo y de largo plazo, ya que su cumplimiento se
prolonga en el tiempo.
• H. Es principal, en cuanto su existencia no depende de otro contrato y
obligación preexistente, es decir, tiene existencia autónoma por sí mismo.
• Es preparatorio de otro contrato: En lo atinente a LA OPCIÓN DE COMPRA.
• J. Es traslativo de uso para la arrendataria que tiene el uso y goce del bien.
No es traslativo de dominio, el traslado de dominio se efectúa por otro acto jurídico
como la compra venta.
• K. Por su función económica es un contrato de crédito y de colaboración.

Finalidad: la Superintendencia de un bancos y otras instituciones financieras como


Entidad económica de la Estado además de estar facultado por su ley acreedora
para autorizar y supervisar a las Entidades que Intermedia recursos del público vía
captación de ahorro, y también para entidades que sin ser mencionadas
expresamente en el arto 2 de la ley 125 operen con bienes y dinero del público y
desarrollen operaciones de naturaleza financiera.

Formalidad: encontramos una normativa específica en nuestro sistema que es la


Normativa para la constitución y supervisión de las entidades de Leasing o
Arrendamiento Financiero.

2. ¿Quiénes son las partes en el contrato?

En este contrato intervienen tres partes: el proveedor del bien que es el que se lo
vende a la sociedad de leasing, la sociedad del leasing que es quien ha comprado el
bien, y por último; el arrendatario que es la empresa o autónomo que va a hacer uso
de ese bien a cambio de las cuotas mensuales.

3. ¿Qué objeto es el que se contrata?


El objeto del contrato es la maquinaria perteneciente a la sociedad MASESA S.A,
destinada a ser utilizada por el arrendatario para el uso con fines distintos y sin
autorización de la empresa arrendadora, por parte de la empresa Banco de América
Central, de acuerdo con los requisitos necesarios para las determinadas
prestaciones que se presentan en el contrato.
4. ¿Según las formalidades con que se ha elaborado el presente contrato,
analiza si esto corresponde con su naturaleza y cuál sería la base que haga
necesaria esta formalidad?

El Contrato si corresponde con su naturaleza de Arrendamiento Financiero ya que


en el contrato se da el arrendamiento de un bien en este caso maquinaria para la
construcción de la edificación del Estadio Nacional de Fútbol, siendo el arrendador
MASESA S.A y el arrendatario el Banco de América Central, financiando esta
maquinaria para su uso y goce a cambio de pagos en un determinado tiempo y al
final del contrato se especifica que se le da la opción al arrendatario de ejercer al
final del arrendamiento una opción de compra, con base a un valor previamente
convenido un valor residual de C$ 250,000.00.

5. ¿Identifica la clase de leasing que se estudia? Fundamente?


● Arrendador financiero: Persona jurídica que mediante un contrato de
arrendamiento financiero se obliga a transferir temporalmente el uso y goce
de una cosa mueble o inmueble al arrendatario.

● Arrendamiento financiero: Actividad financiera realizada por una entidad de


intermediación financiera o por una empresa de arrendamiento financiero de
objetivos exclusivo u otras sociedades comerciales no especializada en su
condición de arrendador, consiste en trasladar en favor de una persona
natural o jurídica como arrendatario del derecho de uso y goce de un bien
inmueble, a cambio del pago de un canon en cuotas periódicas otorgando el
favor del arrendatario la opción de compra de dicho bien por el valor residual
del monto total pactado.

● Arrendatario financiero: Persona natural o jurídica que mediante un contrato


de arrendamiento financiero recibe del arrendador para uso y goce una cosa
mueble o inmueble.

6. Contesta ¿el fideicomiso, es un contrato formal o no? Fundamenta.

Si, por que como contrato formal, el fideicomiso es un acuerdo de voluntad a


la que se le añade a la causa, además el fideicomiso tiene lo que debe tener
un contrato para ser formal ya que hace surgir obligaciones a una de las
partes en este caso (Fiduciario) es un documento formal, unilateral, oneroso ,
se cumplen ciertas formalidades escritas, es regulado por la ley, por todo esto
es un contrato formal.
También se asigna el análisis de 2 Contratos de Seguros de Vida adjuntos a la
plataforma.

1. Aspectos generales del Contrato


Concepto: consiste en la cobertura recíproca de una necesidad fortuita y valorable
en dinero por parte de personas sometidas a riesgos del mismo género (estos
también fortuitos y valorables en dinero).

Clasificación:
• Seguro de daños: Este grupo comprende las modalidades de coberturas para
riesgos que afecten los intereses económicos de las personas naturales o jurídicas
o sea la de los ramos de: incendios y líneas anexas, automóviles, responsabilidad
civil, responsabilidad patronal o riesgos profesionales y otros ramos de riesgos
diversos.
• Seguro de personas: Este grupo comprenderá las diferentes modalidades de
cobertura para riesgos que afectan a las personas en su existencia, integridad física,
salud o vigor vital, o sea la de los ramos de la vida de accidentes o enfermedades.

Características:
Un contrato de seguro se caracteriza por:
• Consensual: las dos partes, asegurado y asegurador, deben conocer y
aceptar expresamente las condiciones del contrato.
• Bilateral: el contrato contiene obligaciones para cada una de las partes.
• Aleatorio: ninguna de las partes sabe con seguridad si ocurrirá o no la
contingencia asegurada ni cuándo se producirá ésta.
• Oneroso: el importe de la prima de un seguro siempre es inferior al importe
de la prestación o indemnización; de otro lado, el asegurado para el que no se
produzca la contingencia asegurada habrá pagado unas primas sin recibir ninguna
compensación efectiva.
• Estar basado en la buena fe: se parte de que el asegurado no provocará
circunstancias que den lugar a que se produzca el hecho asegurado.

Finalidad: según el Arto. 535 CC. El seguro es un contrato por el cual una persona
se obliga mediante una prima a indemnizar a otra de las pérdidas y daños que sufra
por consecuencia de ciertos acontecimientos fortuitos o de fuerza mayor o a pagar
una suma según la duración o los acontecimientos de la vida de una o muchas
personas. Por regla general el asegurador no responde de los riesgos de guerra, ni
de los daños causados por revueltas populares, salvo pacto en contrario, así lo
establece el Arto. 551 CC

Formalidad:
1-EL INTERÉS: La relación de contenido económico entre un sujeto y un bien;
existen tres elementos en esta relación:
a) Un sujeto; que siempre ha de existir, pero que puede ser indeterminado
b) Un tomador o contratante de seguro,
c) La prima: es la contraprestación que el tomador del seguro debe hacer a cambio
de la obligación que contrae el asegurador
2- EL DAÑO: La lesión total o parcial del interés existente (daño emergente) o
previsto (lucro cesante en sentido amplio) que se produce cuando se realiza el
riesgo asegurado.
3-EL RIESGO: Es la posibilidad de un evento dañoso que haga surgir una
necesidad pecuniaria; la posibilidad tiene diversos grados y se denomina
probabilidad a cada uno de estos grados.

2. Identifica, ¿cuál es la ley que regula este tipo de contrato, cuál es la


naturaleza de la persona jurídica que presta este servicio?

La ley que regula el contrato de seguros de vida es la ley N° 733 aprobada el 15 de


julio del 2010. El nombre de la persona que presta este servicio es asegurador, es la
persona que cubre el riesgo, suscribiendo un contrato de seguros y percibiendo la
contraprestación por adelantado.

3. Identifica las partes en el contrato


Las partes del contrato de seguro de vida son las siguientes
● Asegurador: la empresa quien es el asegurador, es la persona que soporta el
riesgo y que por tanto se obliga a indemnizar el daño sobrevenido a cambio
de la percepción de una prima.
● Asegurado: El asegurado es la persona natural o jurídica que, mediante el
pago de una prima, recibe la protección de la sociedad de seguros, lo que le
da derecho, en virtud de lo establecido en la póliza de seguro, al cobro de las
indemnizaciones que se produzcan.
● Contratante del seguro: El tomador del seguro es la persona que celebra el
contrato con el asegurador y firma con él la póliza del seguro, asumiendo las
obligaciones que del mismo se deriven.
● Beneficiario: Es la persona designada en la póliza por el asegurado o el
contratante como titular de los derechos indemnizatorios que en dicho
documento se establecen. Es un tercero a favor del cual, se estipula el
seguro y que, en virtud de su designación, está legitimado para recibir la
indemnización. En el seguro de vida la adquisición por parte del tercero de la
condición de beneficiario es autónoma y originaria.
● Intermediarios y auxiliares del seguro: Son intermediarios de seguros las
personas naturales o jurídicas autorizadas para prestar servicios como
corredores de seguros, comercializadoras de seguros masivos, agencias de
seguros, agentes de seguros y subagentes de seguros.

Las partes encontradas en el contrato de seguro 2019 son las siguientes


● Asegurador: Seguros América.
● Asegurado: Banco Ficohsa Nicaragua S.A.
● Contratante del seguro: Banco Ficohsa.
● Beneficiario:Tarjeta habitante.
● Intermediario:Seguros América.

Las partes encontradas en el contrato de vida y línea de crédito


● Asegurador: Seguros América.
● Asegurado: Banco Ficohsa Nicaragua S.A.
● Contratante del seguro: Banco Ficohsa.
● Beneficiario:Tarjeta habitante.
● Intermediario:Seguros América.

4. Identifica el bien que se asegura y el monto asegurado.

El bien que se asegura es el Seguro de vida para saldo de Deuda (PGD) y se


asegura una Suma Asegurada Máxima Individual de hasta U $35,000.

5. Realiza una análisis comparativo de los 2 contratos de seguro de vida que


analizamos para identificar qué derechos adicionales o ventajas ofrece uno
sobre el otro.
Póliza VD-000080-PDGLOC:
Ventajas:
+Cuesta menos dinero.
Desventajas:
-Cobertura hasta los 70 años.
-Es obligatorio.

Póliza VD-000072-EF:
Ventajas:
+Cobertura hasta los 80 años.
+Hasta 5 personas aseguradas.
+Documentos iniciales por reclamo de muerte más fáciles de conseguir.
+No requiere exámenes médicos, no hay pérdida de tiempo.
Desventajas
-Cuesta más dinero.
6. Analiza si el siguiente contrato se corresponde con los requisitos para su
validez.
Si, corresponden a los requisitos pues sigue los lineamientos determinados por el
código civil de Nicaragua y por tanto gozan completamente de validez para su
ejecución.
BREVE CONCLUSIÓN

Los contratos mercantiles son acuerdos de voluntad entre las partes, en los que se
establecen obligaciones, derechos y en su caso, sanciones por incumplimiento, para
validarse como tales deben cumplir con tres requisitos fundamentales y son de
utilidad en distintas operaciones mercantiles cotidianas.

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