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Unidad 4 - Bases de Datos Juridicas

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FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS, SOCIALES Y JURÍDICAS UCSE

INFORMÁTICA UNIDAD 4

1. BASES DE DATOS

CONCEPTO
Con las expresiones “base de datos” o “banco de datos” se mencionan los almacenes
electrónicos de datos y de información, que implican:
• organización electrónica de datos y de información;
• un sistema de manejo de base de datos;
• control que permite a los usuarios ingresar a él de acuerdo a sus derechos de acceso;
• administración o manejo de los datos;
• un diseño y estructura de la base de datos
• la selección e implementación del software que permite operarlo.
Las bases de datos contienen tres rasgos principales que las distinguen de otro tipo de obras,
que también podrían contener distintas obras, elementos y datos:
 Las partes que contiene la base de datos son independientes y no guardan relación entre
sí. Es decir, si se elimina alguna de las obras, elementos o datos autónomos que contiene
la base de datos, esta no se altera en su conjunto.
 A fin de cumplir su finalidad de agilitar la consulta, el contenido de las bases de datos
(obras, datos y elementos) se encuentra sistematizado y organizado. Por ejemplo, las
recuperaciones de jurisprudencia, las enciclopedias y algunas páginas web organizan sus
contenidos por áreas temáticas, a fin de facilitar su consulta.
 Debido a que las obras, elementos y datos que componen la base de datos son
independientes entre sí, se puede acceder a estos de manera individual. Este criterio de
“acceso individual” permite excluir de la categoría de base de datos a los comics, los
videojuegos o las obras audiovisuales ya que por estar compuestos por obras
interrelacionadas entre sí, no es posible acceder de manera aislada a cada uno de sus
elementos.
Se debe resaltar que estos tres elementos deben darse simultáneamente, a fin de que posibilite
la diferenciación con otros tipos de obras. Las bases de datos buscan favorecer un acceso
rápido y sencillo a la información en ellas contenidas, ofrecer datos de forma comprensible y
mantener una estructura que posibilita su adaptación.
También se destacan otras características que podrían ser añadidas a las anteriores:

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• Elimina la redundancia para mejorar los tiempos de acceso y proporcionar métodos de


recuperación de datos perdidos accidentalmente”
• la seguridad interna y externa de la base impide la manipulación de los programas y
de los datos.
• permite el añadido de nuevos tipos de datos o nuevas aplicaciones.

2. BASES DE DATOS JURÍDICAS

En nuestro país, el Artículo 1.1 del Código Civil establece como fuentes del ordenamiento
jurídico la ley, la costumbre y los principios generales del derecho.
Sin embargo, también existen lo que se denominan fuentes indirectas del derecho que serían
la jurisprudencia y la doctrina.
La principal diferencia se fundamenta en que la jurisprudencia son decisiones emanadas por
un tribunal superior que sirven como base para un caso similar, mientras que la doctrina son
las opiniones y medios que utilizan los juristas en sus argumentos (como libros, la
Constitución, las leyes, etc), y ambas tienen por función velar por la correcta interpretación de
las leyes.
Jurisprudencia, en derecho, se define como el conjunto de sentencias o resoluciones
judiciales emitidas por órganos judiciales y que pueden repercutir en sentencias posteriores.
En algunos países, la jurisprudencia puede ser una fuente del Derecho, directa o indirecta.
El sistema jurídico, es el conjunto de normas jurídicas, actitudes e ideologías vigentes en un
país sobre lo que es el Derecho, su función en la sociedad y la manera en que se crea o debería
crearse, aplicarse, comprenderse, perfeccionarse, enseñarse y estudiarse.
Entonces a partir de los conceptos anteriores, se puede definir la Informática Jurídica como
una disciplina de las ciencias de la información que tiene por objeto la aplicación de la
Informática en el Derecho. Difiere entonces del Derecho Informático, que es la regulación
jurídica de las nuevas tecnologías
En sus inicios el desarrollo de la informática jurídica acaparó la atención de los operadores del
derecho debido a la posibilidad de mejorar sus formas de trabajo e incrementar la accesibilidad
a información y documentos.

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Debido a la gran cantidad de información jurídica existente, se hizo necesario contar con algún
tipo de soporte que facilitara el acceso y consulta de ésta información, tanto a los operadores
jurídicos como a los ciudadanos.
Es así, que nace la Informática Jurídica Documental, destinada al tratamiento automatizado
de las fuentes de información jurídica: legislación, jurisprudencia y doctrina.
Teniendo presente la distinción tradicional entre fuentes materiales (causas sociales que
afectan a la creación de normas jurídicas) y fuentes formales del Derecho (medios creadores
de normas jurídicas).
En el sistema legal argentino, la jurisprudencia es una fuente formal de derecho, por lo
tanto, cuando un operador del derecho efectúa una búsqueda jurisprudencial, está buscando
reforzar su interpretación de la norma o su punto de vista; en definitiva, intenta exponer
mediante la referencia a fallos, los argumentos persuasivos necesarios para derivar el
razonamiento del juez a su favor.
La mayoría de estos sistemas de búsqueda de información jurídica, requieren un alto
conocimiento del usuario respecto al fallo que intenta encontrar, ejemplo: el año, los actores,
el tribunal, materia, entre otros.
En la mayoría de los casos, tanto en iniciativas oficiales, como en las iniciativas privadas de
las editoriales jurídicas, al momento de efectuar una búsqueda, el profesional del derecho
obtiene gran cantidad de información que puede ser irrelevante, y debe depurar su búsqueda
en reiteradas oportunidades hasta obtener el resultado deseado.
Sumada a la problemática propia de la búsqueda jurídica, se encuentra la característica de
globalidad del derecho, que aporta la dificultad de las diferentes conceptualizaciones, las
cuales están vinculadas no solo al idioma sino a la cultura particular del país o zona a la que
hace referencia ese concepto.
En respuesta a esta problemática surgen las Base de Datos Jurídicas, que contienen todos los
documentos de carácter legal actualizados (actos administrativos, leyes, conceptos,
jurisprudencia y disposiciones normativas), provenientes de entidades nacionales y regionales
sobre asuntos que inciden en las actividades de los constructores.
Una Base de Datos Jurídica, es el conjunto de documentos jurídicos básicos (legislación,
jurisprudencia, y doctrina), almacenados en soportes magnéticos o de cualquier otro material y
susceptibles de ser tratados, recuperados y transmitidos de forma total o parcial mediante

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procedimientos y medios informáticos, que con la aplicación de técnicas derivadas de la


utilización de la informática jurídica pretenden ser utilizados con una finalidad divulgadora
pública y generalizada de su contenido
Estas bases de datos electrónicas referidas a la ciencia del derecho contienen información
respecto de las normas vigentes, pronunciamientos de tribunales y opiniones de
jurisconsultos (doctrina), cuya recopilación requirió un esfuerzo intelectual comprensivo del
ordenamiento, titulados, descripciones, elaboración de índices, notas y comentarios; análisis
sobre el contenido de los textos para establecer relaciones, citas y referencias; observación de
las fuentes; una constante actualización; y, sobre todo, actividades que requieren una
importante inversión empresarial.
En la actualidad, diversas editoriales jurídicas ofrecen a sus suscriptores bases de legislación,
en soporte digital, sobre diversas materias: previsional, laboral, emergencia económica, etc.;
que requieren un trabajo creativo en cuanto a su selección, indización, coordinación interna de
contenidos, actualización con miras a su almacenamiento, procesamiento y recuperación.
El contenido de esas bases, no obstante tratarse de datos que pertenecen al dominio público, se
encuentra incluido dentro del régimen de la propiedad intelectual. Esto se debe a que la
recopilación y sistematización de leyes y resoluciones referidas a un campo específico del
derecho, gozan de protección legal.
Por ejemplo, las bases de datos electrónicas jurídicas o jurídico contables suelen contener un
digesto de normas vigentes, utilizadas en el ámbito de los profesionales del Derecho y
Ciencias Económicas, cuya recopilación requirió un esfuerzo intelectual en orden a la
selección de leyes y resoluciones administrativas pertinentes, y su procesamiento bajo normas
específicas, que involucra actividades que requieren una importante inversión empresarial, la
que merece protección legal.
La facilidad que brinda la informática de encontrar en tiempo récord con exactitud el dato
específico buscado, ha motivado que cada día sean más los operadores jurídicos que prefieran
el uso de las bases on line en lugar de la información en soporte papel.
En el caso de las sentencias colocadas On Line por las empresas proveedoras de información,
las mismas se acompañan de los llamados sumarios de jurisprudencia, que son una
expresión autónoma de cada una de las doctrinas jurídicas en que se basan los magistrados
para decidir el caso.

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El sumario de jurisprudencia, es un documento secundario, elaborado a partir de un


documento primario que es la sentencia. Este sumario es un documento que debe ser
elaborado con estricto respeto a normas de calidad (debe referirse a una sola doctrina, ser claro
y preciso, tener abstracción, respetar en lo posible la literalidad, ser fiel al documento
primario, y ser en lo posible breve), y ser el producto de un proceso controlado, a fin de que
pueda resultar confiable para el usuario.
Quien se suscribe a estos bancos de datos lo hace con la legítima expectativa de encontrar la
información necesaria y actualizada, conforme se promociona por los propios empresarios que
brindan el servicio.
El operador o el gestor de bancos de datos asume -si media un contrato-una obligación de
seguridad en cuanto al contenido, exactitud y periodicidad de la información que suministre.

TIPOS DE BASES DE DATOS JURÍDICAS


Bases de Datos Legislativas: Es aquella que se basa en la sistematización de la fuente escrita
del derecho más importante, por cuanto es la norma misma, es decir, la Ley. Ofrece
disposiciones de todos los ámbitos normativos la versión original y la vigente de las normas y
todas sus versiones, además de enlaces a las normas que han modificado cada disposición y a
las que han sido modificadas por ella.
Bases de Datos Doctrinal: Lo que se conoce como doctrina, ha sido objeto de
sistematización, sin desconocer que la opinión de los tratadistas no resulta vinculante para los
Tribunales, pero es innegable la influencia trascendental que tales opiniones merecen.
Bases de Datos Jurisprudencial: En la que se refleja el criterio de nuestro máximo Tribunal
(TSJ), para así poder aplicar la norma a la solución de los conflictos sometidos a su resolución.
Contiene resoluciones de todos los Tribunales y un análisis de cada una de ellas.

ALMACENAMIENTO DE LA PROPIA INFORMACIÓN


Para todos los operadores jurídicos (abogados, magistrados, relatores, funcionarios de todo
tipo) resulta de mucha utilidad tomar conciencia de la importancia práctica que reviste el
almacenamiento de la información que se va generando en virtud del trabajo diario.
Es muy importante la recolección de los documentos que una persona va generando para ser
colocados en un banco de datos personal, propio. La colocación de los archivos trabajados en

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directorios específicos facilita una búsqueda ulterior. También es importante la titulación o


indización de los archivos, ya que esto posibilitará encontrarlos con más facilidad. Tanto para
la profesión como para la función judicial los archivos que uno va trabajando, muchas veces
en colaboración con nuestros superiores, colegas o subalternos, pueden resultar en el futuro de
inestimable valor y facilitar la oportuna y rápida respuesta a un caso que en el futuro se nos
someta a consulta, dictamen o decisión.
Estos bancos de datos propios pueden tener existencia en el disco rígido de la PC. También
pueden colocarse en el pen drive que llevo siempre conmigo, y esto me permite transportar
físicamente la información en todos los ámbitos en que me desenvuelvo.
Pero los documentos también pueden enviarse por e mail o colocarse en “la nube” en algún
reservorio de datos, al cual puedo acceder con la clave correspondiente.
Todas estas referencias sobre la propia información apuntan a destacar que es de muchísima
utilidad el uso de buscadores para escudriñar dentro de nuestras bases de datos, y ubicar
documentos que uno ha trabajado ya y que nos pueden resultar de suma utilidad ante la
presentación de casos análogos sobre los cuales debamos emitir un dictamen o resolución, o
respecto del cual debamos confeccionar una demanda o recurso.
Para la recuperación de documentos sobre una temática en particular, dentro de nuestro
reservorio de archivos ubicado en alguno de los elementos indicados, se puede elegir una
palabra clave o expresión de conjunto de palabras y colocarla en el buscador de Windows, el
cual busca las ocurrencias de la misma dentro de los nombres de los archivos existentes en la
PC. Al final, da la opción además para buscar la palabra o expresión seleccionada dentro del
contenido de los archivos. Cuando se trata de un conjunto de palabras, se listan los archivos en
que se encuentre la expresión, incluso cuando la expresión no se encuentre en el título del
archivo.
Existe también la opción de hacer que la búsqueda se realice en el equipo en su totalidad, lo
cual involucra el examen de otras bases de datos que puedan estar en conexión con la
máquina, por ejemplo un CD o un pen drive que estén en tal situación. Con esta opción,
hacemos que el sistema busque también en tales reservorios de datos.

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3. PERSONAS QUE INTERVINIENEN EN EL TRATAMIENTO DE BASES DE DATOS

En materia informática, al igual que en cualquier otra actividad, intervienen distintos entes –
físicos o jurídicos- que desarrollan determinadas tareas en orden a un todo, como ser la
tratamiento (también llamada operatoria) de un banco de datos.
Por un lado, la Ley 25326 de Protección de Datos Personales indica quiénes son los sujetos que
intervienen en el tratamiento de datos. En su artículo 2º se diferencian:
• Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí
misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del
Responsable del Tratamiento. Es quien obtiene la información y decide sobre ella.
• Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí
misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los
datos. Es quien maneja la información según le sea proporcionada por el responsable.
• Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento. Es el sujeto
principal por cuanto se trata de la persona a quien pertenece la información.
Entonces, dentro de la relación contractual, el responsable sería el licenciatario; el encargado un
sub-licenciatario limitado por los usos que el licenciatario original le confiere; y el titular de la
imagen el licenciante.
A modo de ejemplo, la agencia de publicidad que captura la imagen de una persona sería el
responsable. Por su parte, el encargado es el medio de comunicación impresa donde va a
aparecer dicha imagen promocionando productos o servicios.
En tal sentido, para posteriormente poder delinear cuáles son las implicancias que ellos tienen
sobre los problemas y sus responsabilidades, se detectan los siguientes sujetos que participan en
el tratamiento de las bases de datos: el productor de la base de datos (es el gestor de la idea,
titular o responsable del banco de datos;) y junto a él se encuentra, el difusor informático o
difusor del banco de datos (quien sería el encargado de la generación informática de la
información), por último, como parte de este grupo central, se ubica al distribuidor (que tiene
como función distribuir la información).
Estos tres sujetos, se vinculan con otros sujetos que son necesarios para el tratamiento del banco
de datos, pero no hacen a la naturaleza propia de la base de datos, aunque garantizan el
cumplimiento de sus objetivos.
Así en relación al productor, se encuentra el proveedor del documento primario, el proveedor
del software, y el proveedor de hardware. También, como otro de los sujetos importantes para

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garantizar la operatoria del banco de datos, estaría el proveedor de mantenimiento del sistema
informático. Por último, vinculados en principio al distribuidor, aparecen los usuarios.
Todos ellos, son un conjunto de sujetos que tienen que ver con la formación de contratos
particulares, pero que tienen también estructurada una malla de relaciones contractuales en el
ámbito del tratamiento de las bases de datos, que van a definir los caracteres particulares de
responsabilidades, deberes y obligaciones, emergentes de la operatoria de los bancos de datos.
Entre todos estos sujetos surgen distintos tipos de relaciones contractuales y los distintos tipos de
modalidades de relacionarse.
Productor de la Base de Datos o Banco de Datos
El Productor, tiene diferentes denominaciones: creador del banco de datos, titular del banco de
datos, responsable del fichero, responsable del tratamiento, encargado del banco de datos y
gestor del banco de datos.
Corresponde ubicar en esta categoría a la persona física o jurídica que, frente al usuario y al
titular del dato, aparece como sujeto responsable por la actividad que desarrolla el banco de datos
en su conjunto. Es quien coordina los distintos elementos objetivos y subjetivos convergentes en
el desenvolvimiento del registro informatizado. Es, en definitiva, aquél en quien primero se
piensa como “dueño” de la base de datos de que se trate.
A los efectos del posterior estudio de las distintas relaciones contractuales que rodean la
operatoria de los bancos de datos, es conveniente resumir las funciones que caracterizan el rol
del productor:
• Concepción del proyecto: mediante la definición de sus objetivos y finalidad, determina la
naturaleza de la información a registrar (palabras, cifras, gráficos, diseños, sonido y sus
posibles combinaciones) así como el alcance de las registraciones (texto completo o
abstract), define el registro y formato del documento, organiza y coordina la producción.
• Colecta de la información.
• Elaboración de los datos: comprende el análisis, la interpretación y la indexación de los
documentos primarios.
• Organización y coordinación de la producción.
Por último, es de destacar que contra este operador, se dirigirán todos los reclamos derivados de
la labor de la base informatizada y aún de los datos contenidos en la misma.

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Difusor Informático o Encargado del tratamiento


Se caracteriza en este sujeto, a la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio o cualquier
otro organismo que, solo o conjuntamente con otros, realiza el tratamiento de los datos o
generación informática de la información.
El tratamiento de datos se toma en su más amplia concepción, abarcativa de cualquier operación
o conjunto de operaciones, efectuadas o no mediante procedimientos automatizados, y aplicada a
datos personales, como la colección, registro, organización, conservación, elaboración o
modificación, extracción, consulta, utilización, comunicación por transmisión, difusión o
cualquier otra forma que facilite el acceso a los mismos, cotejo o interconexión, así como su
bloqueo, supresión o destrucción.
Su función en el desenvolvimiento del banco de datos es de estricta técnica informática, pues se
trata del centro de cómputos que contiene digitalmente archivada la información tratada para
beneficio de los potenciales usuarios.
Quiere decir que, si bien hay una obligación de puesta a disposición del usuario la información
tratada pre-informáticamente por el productor; aparecen un conjunto de obligaciones vinculadas
a la puesta en marcha del sistema durante el horario específicamente acordado para el
funcionamiento de la base de datos, la garantía de velocidad en el acceso y la recuperación de la
información, la garantía de conectividad y fundamentalmente la garantía de velocidad en la
respuesta vinculada a la generación informática de la información provista por el productor que
necesariamente requiere el tratamiento o la generación informática definitiva.
Entre sus obligaciones también se incluye, la provisión de energía informática.
Distribuidor
Es la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio u otro organismo encargado de
comercializar el producto final a los potenciales interesados.
Las funciones que cumple el distribuidor son:
• Promoción del banco de datos: comprende las distintas formas de publicidad y las
demostraciones que conforme a la naturaleza del producto banco de datos, son de
importancia primordial.
• Contratación y facturación: el contrato entre distribuidor y usuario constituye uno de los
ámbitos contractuales emergentes de la operación de un banco de datos.
• Formación y capacitación de los usuarios.
• Servicio de posventa: atención de las dificultades del usuario en la utilización y
aprovechamiento de la información ofrecida.

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• Intermediación entre el distribuidor y el usuario: para los casos en que el usuario no recupera
en forma directa la información requerida utilizando su terminal remota.
• Transporte de la información: esta subfunción se refiere a las distintas vías de acceso al
banco de datos por medio de terminales remotas.
Agentes vinculados a los Sujetos
Junto al productor o gestor, intervienen otras entidades –físicas o jurídicas- que, generalmente
bajo la dirección y coordinación de aquél, desempeñan un segmento específico en la cadena de
actividades necesarias para el mejor desenvolvimiento del registro.
Se encuadra en esta categoría a todos aquellos sujetos que median en la puesta en marcha y en la
realización técnica del sistema, quienes aparecerían como colaboradores de quien organiza y
mantiene en actividad al sistema mismo, estén ellos vinculados con el último por una relación de
trabajo autónomo o de trabajo subordinado.
Entonces, se hace referencia, a los siguientes sujetos:
Proveedor del dato o documento primario
Es aquella persona física o jurídica, autoridad pública, servicio o cualquier otro organismo que,
solo o junto con otros, pone a disposición del banco de datos la información que será contenida
por sus archivos, sin perjuicio del procesamiento que sobre el material acercado se realice.
Por lo general, el dato, documento primario, o productos de información primaria es, en sí
mismo, un banco de datos específico, cuya información versa sobre un determinado aspecto de la
realidad correspondiente al objeto de tratamiento.
Por lo que, su principal finalidad no consistirá en brindar informes acerca del contenido de sus
archivos –informatizados o no- los cuales son mantenidos para cumplir un fin mediante una
organización especialmente dedicada de ellos, integrando la información de tal modo colectada,
la organiza y complementa a fin de abarcar un segmento de información mayor que el
eventualmente alcanzado por los datos aisladamente transmitidos.
De allí que, pueda llegar a confundirse, el concepto “proveedor de datos” con la de “banco de
datos” pero, este último se define como todo fichero documental y estructurado de datos –
específicos o complejos-, accesible con arreglo a un determinado criterio lógico-formal.
Las principales obligaciones del proveedor se concentran en los datos suministrados, los cuales
deberán reunir las mismas cualidades exigibles a la información brindada por cualquier banco de
datos en general.
En el último sentido, datos informados o provistos deben ser correctos, es decir, la información
es correcta en cuanto no resulta errónea ni defectuosa. Precisamente, el error es producto de una

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equivocación o de una falsedad. Se presenta cuando no existe correspondencia entre el hecho o


segmento de la realidad que debe representarse, y la información. Así entonces, lo falso está
asociado al engaño, a lo deliberadamente fingido o deformado, mientras que, la equivocación,
por oposición, la vinculamos a lo involuntario.
Por su parte, el defecto es la carencia o falta de cualidades propias y naturales de una cosa. Una
información defectuosa es aquella que es incompleta o no es auténtica.
La corrección de la información requiere que la misma sea adecuada, actual y completa.
La información es adecuada cuando, además de cumplir con el requerimiento formulado por el
usuario, responde a la finalidad misma y a la naturaleza del banco de datos.
La exigencia de actualidad, que supone la vigencia de la información, resulta atenuada en caso
de requerirse información histórica (con fines de investigación, estadística u otros similares).
Por su parte, la noción de completitud –de alcances relativos-, implica que el registro contiene la
totalidad de la información requerida.
La información correcta, finalmente, debe ser suministrada al usuario en tiempo útil, de manera
que pueda valerse de ella cuando la necesite utilizarla.
El SAIJ, que es el Sistema Argentino de Información Jurídica, coordina la Red Nacional de
Informática Jurídica, creada en 1995. Esta red está integrada por todas las provincias que poseen
convenios firmados con este ente. Cada provincia posee un centro cooperador que es quien se
encarga de proveer y actualizar la información jurídica provincial.
Proveedor del software
Básicamente la expresión "software" comprende tanto el algoritmo sobre la base del cual se
elabora el programa, como el programa propiamente dicho, elaborado en lenguaje de máquina y
la documentación que sirve de soporte (materiales explicativos, del funcionamiento del
programa, manuales, etc.).
El modo y la fase en la cual el error puede ser introducido en el programa, son múltiples, y en
cada una de las hipótesis la inexactitud, aun mínima, puede ocasionar la quiebra de todo el
sistema.
El programa puede ser correcto en su concepción, pero elaborado, en forma negligente (carencia
de un adecuado control o de duplicación de operaciones críticas). Además, puede ser
reabastecido por el usuario con datos de entrada inexactos, con inevitable error en la salida.
El usuario espera del Productor determinados resultados funcionales y sobre todo la plena
respuesta del equipamiento informático a las propias exigencias específicas; en síntesis, lo que
desea es encontrar una concreta y especifica solución a los problemas que le exhibe.

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Contrariamente, el Productor tiende a garantizar, no tanto el resultado esperado, sino la


correspondencia del sistema con determinadas características y especificaciones técnicas, dando
mayor énfasis a lo que el Programa puede realizar en abstracto.
En este plano, también hay que considerar y valorar adecuadamente la notables diferencia
técnica y profesional que media entre productor y cliente, por un lado, y la compatibilidad y
conformidad del software con el resto de los componentes del sistema informática del cual forma
parte.
Más allá de lo específicamente concertado en el contrato, el software debe reunir determinados
requisitos que se consideran en el marco de una adecuada prestación. Entre tales requisitos
impuestos por los usos y costumbres, se señalan:
• Debe ser coherente, esto es, realizado a partir de métodos lógicos homogéneos.
• Debe ser fiable, esto es, capaz de funcionar sin errores, dentro de los parámetros
generalmente aceptados de fallas.
• Debe ser adecuado a las necesidades expresadas por el cliente. Desde luego que tratándose
de programas a medida, tal adecuación es exigible en un plano más remarcable, por cuanto el
fabricante debe asumir una función activa en torno del reconocimiento de tales necesidades.
Pero aun tratándose de un programa Standard o de un programa hecho a medida, él debe poder
cumplir en forma satisfactoria la función para la cual se lo adaptó.
• Debe cumplir ciertas pautas mínimas de funcionamiento (número de operaciones, tiempo de
acceso, tiempo de respuesta, etc.).
• Debe ser documentado, es decir que el proveedor debe adicionar al programa la
documentación necesaria para su operación.
Usuario
Es la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio o cualquier otro organismo que solicita
la comunicación del dato.
Titular del dato
Es la persona física o jurídica a quien se refiere el dato tratado con procesos informáticos, entes
de existencia visible y de pleno ejercicio de sus derechos, no se hace extensible esta categoría a
las personas de existencia ideal, pues, una sociedad –o cualquier otra persona jurídica- podrá ser
afectada si se divulga información inexacta atinente a la misma. En todo caso, la afección no
será en su intimidad sino en algún otro aspecto propio de su naturaleza, quedando igualmente
legitimada para reclamar las responsabilidades que fueran procedentes.

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4. SERVICIOS JURISPRUDENCIALES
Los servicios de información jurídica que ofrecen los poderes judiciales provinciales y la
nación con respecto a la informatización de sus sentencias, se encuentran sistematizadas, en
Bases de datos permiten recuperar resultados por medio de varios criterios de búsqueda, o
bien presentar listados sin sistematización alguna.

DESCRIPCIÓN DE LA BASES DE DATOS


● La Corte Suprema de Justica de la Nación ofrece varias bases de datos:
- Consulta temática en sumarios: Consulta temática en sumarios a partir de Fallos
1 (año 1863). Permite el acceso a las sentencias publicadas desde Fallos 264 (año
1966) hasta Fallos 317 (año 1994) en formato imagen y a partir de allí en formato
texto. La búsqueda por título o referencia está habilitada solo desde 1987.
- Texto de fallos completos: Fallos desde 1995
- Lista de sentencias recientes
● El Ministerio Público de la Defensa a través del Centro de Jurisprudencia y
Capacitación publica fallos interesantes en su página web.
● Ciudad de Buenos Aires: Tribunal Superior de Justicia Ciudad de Buenos Aires
nos permite acceder a fallos a texto completo mediante sus Boletines Mensuales de
Jurisprudencia y el Sistema de búsqueda de Jurisprudencia por texto libre en las
siguientes bases de datos:
- SAO – Secretaría Judicial en Asuntos Originarios
- SACAYT – Secretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y
Tributarios
- SAC – Secretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas
- Electoral
- TSN – Tribunal de Superintendencia del Notariado
● Buenos Aires: Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires ofrece en su web oficial:
- Novedades Suprema Corte
- Novedades Otros Tribunales Provincia de Buenos Aires
- Acuerdos y Resoluciones Suprema Corte
- Sumarios de Fallos PBA (JUBA): Textos publicados por la CSJN, Diario
Judicial., Argentina Jurídica, El Dial, Lexis Nexis y La Ley.
- Fallos Provinciales Completos

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- Boletín InfoJUBA: es un boletin mensual de jurisprudencia agrupada por


materia.
- Tribunal de Casación Penal: Jurisprudencia, novedades, plenarios, estadísticas,
redistribución de Causas (Ley Nº 13.812)
- Sumarios de Fallos Nacionales (FANA)
- Fallos Nacionales Completos: Textos publicados por la CSJN, Diario Judicia.,
Argentina Jurídica, El Dial, Lexis Nexis y La Ley.
● Catamarca
- El poder judicial de la Provincia de Catamarca elabora un listado de fallos
relevantes comentados, agrupados por tribunal (Corte Suprema, Cámaras Civiles
y Penales) posibilitando su descarga a texto completo. También posee un Boletín
Judicial que agrupa fallos también a texto completo y en formato word.
● Tucumán
El Poder Judicial de la Provinca de Tucumán brinda la siguiente información:
- Fallos recientes: en formato HTML a texto completo
- Doctrinas Legales – Fallos destacados de 2004 a 2008: sumarios agrupados en
formato word
- Base de datos referencial de jurisprudencia
● Corrientes
La información que nos brinda el Poder Judicial de la Provincia de Corrientes es la
siguiente:
- Elabora índices temáticos agrupando las resoluciones por voces y por materia
jurídica y por referencia normativa.
- Lista “Fallos Novedosos” (de cualquier jurisdicción) y “Fallos Recientes”
(provinciales, agrupados por materia)
o Por último, posee una base de datos denominada InfoJuris cuyos campos de
búsqueda son: Texto en sumario, Fecha, Carátula / Partes, Nº de Fallo,
Referencia normativa, Materia, Tribunal emisor, Localidad
● Santiago Del Estero
El sitio web del Poder Judicial de Santiago del Estero solo presenta un listado de fallos del
Superior Tribunal de Justicia, pero podemos acceder a gran cantidad de sumarios por
medio de la base de datos JUBA de la provincia de Buenos Aires.
● Córdoba

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En la página de la justicia cordobesa, podemos ubicar:


- Un listado de los Fallos a texto completo y Acordadas Recientes del T.S.J.
divididos del siguiente modo: Acordadas del T.S.J., Fallos Sala Civil y
Comercial, Fallos Sala Laboral, Fallos Sala Penal, Fallos Sala Contencioso
Administrativa, Fallos Sala Electoral y de Competencia Originaria.
- Una base de datos de Jurisprudencia del T.S.J. que nos ofrece dos métodos de
búsqueda:
- Búsqueda Standard de Fallos: “Ud. podrá consultar, ya sea en forma
independiente o combinada, por Tipo, por Oficina de Origen, o por Fuero del o
los Fallos. También podrá seleccionar en su búsqueda el Período (fecha desde y
fecha hasta) de emisión del o los Fallos, las partes intervinientes en un Fallo:
Actor, Demandado, como así también podrá consultar por Objeto.”
- Búsqueda Temática de Fallos: “Ud. podrá consultar por voces o palabras en el
Título Principal y/o dentro de los Sumarios y/o dentro del Texto completo del o
los Fallos buscados. Además podrá seleccionar el Período (fecha desde y fecha
hasta) de emisión del Fallo.”
● Chaco
Esta provincia solo ofrece un listado de algunos Fallos y Resoluciones de su Superior
Tribunal de Justicia.
● Chubut
La provincia de Chubut presenta uno del los sitios mejor elaborados. Su base documental es
desarrollada por la Subsecretaría de Producción Documental de la Secretaría de Informática
Jurídica del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut y se encuentra
disponible por medio del sistema EUREKA.

En él podemos encontrar:
● Los fallos completos sentenciados desde el año 1994 hasta la fecha.
● Las Acordadas y Resoluciones de carácter general desde el año 2000.
● Entre Ríos
El portal de la justicia entrerriana encontramos dos vínculos:
● Jurisprudencia: aquí encontramos simplemente un listado de sumarios divididos por
materia y tribunal:
o Penal

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o Civil y Comercial
o Laboral
o Contencioso Administrativo
● Fallos principales: es una pequeña base de datos compuesta por fallos a texto
completo agrupados por tribunal.
1. Formosa
En su sitio web encontramos:
● Una base de datos de sumarios
● Fallos importantes a texto completo
● Jujuy
Su base de datos contiene “Información digitalizada: Texto completo de los fallos emitidos
por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia desde el año 1999 a la fecha. A fin de
facilitar su recuperación, los mismos se encuentran ordenados mediante índices: Temático,
por Nº de Registro, por Materia y por Apellido del Actor”. Se accede en ésta dirección y se
requiere registro previo.
2. La Pampa
La base de datos del STJ de la Pampa continene aproximadamente unos 300 fallos a texto
completo y unos 500 sumarios de jurisprudencia abarcando todas las materias y
corespondientes a los años 2003 a 2006 y -en forma parcial- 2007.
● Mendoza
El Servicio de Información Jurídica del Poder Judicial de la Provincia de Mendoza posee
una base de datos de sumarios y al algunos fallos a texto completo, divididos por tribunal
(Suprema Corte; Cámaras Civiles, Penales y Laborales; y Juzgados Correccionales). Esta
información puede recuperarse mediante dos métodos de búsqueda:
● Búsqueda simple (en toda la base de datos) por texto libre, pudiendo agregarse
fecha y referencia normativa.
● Búsqueda “avanzada” (por tribunal) sea por texto libre o por Tesauro (por voces),
incluyendo Nº de expediente, carátula, propinante, referencia normativa y fecha.
3. Neuquén
El Poder Judicial del Neuquén confecciona varios listados con las desiciones de sus
tribunales, dividiéndolos así:
● Por Organismo
● Por Categoría

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● Por Año
● Novedoso
También existe la posibilidad de realizar una búsqueda por texto libre.
Su base documental contiene fallos a texto completo con su correspondiente sumario.
4. Río Negro
Su web nos presenta dos bases de datos:
● Fallos completos de los organismos del Poder Judicial de Río Negro.
● Jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia (sumarios) cuyos campos de
búsqueda son los siguientes:
o Voces
o Texto y Número Sumario
o Carátula
o Sumarios relacionados
o Referencia Normativas
o Tipo de Jurisprudencia
5. Salta
Nos ofrece dos bases de datos:
● Jurisprudencia General a partir de febrero de 2003
● Fallos de la Corte de Justicia a partir de Abril de 2006
6. San Luis
Solo ofrece un pequeño listado de sentencias de su Tribunal Superior de Justicia
7. San Juan
El Poder Judicial de San Juan ofrece dos bases de consulta:
● Fallos de la Corte de Justicia
● Base de Datos de Fallos y Acuerdos (en construcción)
8. Santa Cruz
El Poder Judicial de la Provincia de Santa Cruz nos ofrece una base de datos de sumarios
de jurisprudencia puestos en línea por Informática Jurídica Documental del Tribunal
Superior de Justicia de la Provincia de Santa Cruz que contiene desiciones de todos sus
tribunales.
9. Santa Fe
Encontraremos en su página web listado de fallos a texto completo en formato PDF,
agrupados por tribunal:

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● Corte Suprema de Justicia


● Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 1
● Cámara de lo Contencioso Administrativo N° 2
● Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Rosario
● Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario
● Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario
● Cámara de Apelación en lo Penal de Venado Tuerto
● Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe
● Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Reconquista
● Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Venado Tuerto

10. Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur


El Poder Judicial de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlantico Sur nos dice sobre su
base de datos: “En este sitio encontrará, en forma referencial, todas las sentencias
definitivas e Interlocutorias del Superior Tribunal de Justicia, en su texto completo a partir
de fines del 2002. Con anterioridad a esa fecha podrá acceder a una selección de fallos,
hasta tanto sean incorporados en su totalidad.” Puede consultarse en ésta dirección y se
requiere registro previo para poder realizar una búsqueda.

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CONSULTA Y RECUPERACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE JURISPRUDENCIA

La base de datos facilita el acceso, exploración y recuperación de la información de manera


ágil, por parte de los distintos operadores, es el enlace entre ellos y la información contenida
en un documento jurídico.
Los buscadores jurídicos, se consideran una herramienta inteligente indispensable para el
profesional del derecho actual
Los usuarios que gozan del servicio de una base de datos jurídica, tienen que como un paso
previo a formular su estrategia de búsqueda, “definir sus necesidades”, en otras palabras
aclarar bien que es lo que se necesita, delimitar el tema que le interesa en general y bajo qué
aspectos.
Esto resulta importante a la hora de poder identificar conceptos, elegir la base de datos a la
que se accederá, definir las palabras claves, obtener los sinónimos, combinar los términos (a
través del uso de operadores), evaluar los resultados y en su caso redefinir la estrategia de
búsqueda.
La circunstancia del caso determinará si se requiere un buscador específico, que permita
recuperar menos información pero más pertinente o bien optar por uno más sensible que
permita encontrar más información sobre el tema que se está buscando aunque no toda la
información que se rescate sea relevante.

ACCESO A LA BASE DE DATOS


El acceso a la base de datos puede ser libre, sin condicionamiento alguno, como es el caso de
los sitios oficiales (SAIJ, CSJN) o bien pagos como (La Ley, Lex Doctor), en los cuales, para
poder navegar, el usuario requerirá una clave de usuario y contraseña.
En este último caso, los Centros de Información jurídica pagas, están administradas de manera
tal que los permisos a usuario están categorizados, es decir se conceden distintos permisos,
para utilizar ciertos productos o servicios de la base de datos, que se encuentran restringidos
para otros usuarios.

RECUPERACION DE LA INFORMACION
La elección de una u otro servicio depende de las necesidades del usuario y la familiaridad
que tenga con ellos. La mayoría de los buscadores jurídicos desarrollan motores de búsqueda
que comprenden dos canales básicos:
Buscador General

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Se presenta generalmente como una plantilla inicial que permite al usuario introducir uno o
varios términos. En este caso la herramienta individualiza los conceptos contenidos en los
términos buscados, sin que sea necesario conocer el campo específico de ubicación de la
información deseada. Este tipo de consulta ofrecerá al usuario un registro de resultados, que
en general se presentan ordenados por su relevancia en cuanto al tema buscado.
Por esta vía, el que utiliza el servicio, puede introducir en el recuadro un término o
varios, por separado o bien unidos, formulando diferentes ecuaciones mediante los
operadores lógicos (Y, O, SIN, *, “ “, ( ), &, etc).
La herramienta puede presentar la opción de encontrar los documentos que contengan:
• todas las palabras ingresadas;
• alguna palabra;
• una palabra cercana;
• o bien encontrar la frase exacta.
En esta misma opción de búsqueda global, a fin de ir refinando hacia un resultado más
específico, también puede contener la posibilidad de utilizar diferentes filtros o atajos, lo que
permitirá reducir la cantidad de documentos encontrados. Por ej. el caso de búsqueda de
Jurisprudencia, podemos filtrar por Tribunal Emisor, o en el caso de la fuente normativa,
filtrar por Estado de Vigencia.
Buscador Avanzado
Aunque inicialmente la plantilla de búsqueda avanzada puede parecer un poco compleja,
resulta sencilla si se analizan sus componentes. Esta opción ofrece al usuario un formulario
web específico, que permite completar o seleccionar diferentes campos con datos concretos.
Estos formularios pueden ir variando de elementos contenidos, según el conjunto documental
sobre el que se esté navegando. Por ejemplo en la consulta de:
Jurisprudencia, contiene los campos o criterios de búsqueda: Tipo, Carátula, Tribunales
Emisores, Jurisdicciones, Texto del Sumario, Texto completo del Fallo, Tema, Rango de
fechas, etc..
Legislación, contiene los campos o criterios de búsqueda: Tipo de norma, Número,
Jurisdicción, Título, Tema, Rango de fechas, estado de vigencia, Texto de la norma, etc..
Doctrina, contiene los campos o criterios de búsqueda: Título, Autor, Tema, Rango de fechas,
Texto, etc..

OPERADORES LÓGICOS DE BÚSQUEDA

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Los operadores lógicos o conectores son términos o signos que permiten formular distintas
relaciones o combinaciones con las palabras o voces, haciendo que el proceso de búsqueda
sea más eficiente.
Se explican algunos de ellos, pese a que cada instructivo de uso suele hacer una referencia
específica sobre la posibilidad de utilizar o no operadores booleanos:
Y - Es el operador de intersección, que permite buscar documentos que tengan varios
términos de búsqueda relacionados entre sí. Por Ej. Si queremos encontrar documentos
referidos a la responsabilidad del Estado: Responsabilidad Y Estado. c) - El operador
por defecto, en caso de incluir varios términos separados por un espacio muchas veces
es el de intersección (Y).

O - Es el operador de Unión. Este operador permite buscar documentos que tengan al


menos uno de los términos de búsqueda (no es obligatorio que incluyan todos los
términos). Ej Tasa O impuesto.
SIN - Operador de negación. Cuando el usuario quiera encontrar un término en un
documento, pero a la vez, no quiere encontrarse otro, es decir excluirlo. Ej. Prestación
NO dineraria.
" " Operador de adyacencia. Cuando queremos buscar dos o más términos que estén
juntos y además si queremos encontrar todos los documentos que tengan una expresión
exacta por ej. “Responsabilidad patrimonial”.
* Operador para truncar. Permite realizar búsquedas de palabras que empiecen por una
determinada raíz, es decir recupera palabras que pertenecen a una misma familia. Por
ejemplo, Sal*, permite localizar todos los documentos con términos que empiecen por
sal, salario, salarial, etc.

TESAURO DE VOCES
Muchos buscadores ofrecen como herramienta en el proceso de recuperación, un nomenclador
de voces jurídicas que permite convertir el lenguaje natural al jurídico.
Por la gran cantidad de documentos que generalmente contienen las bases de datos, la
búsqueda por palabras, hace compleja la tarea de rescatar todo lo que sea pertinente para el
caso en estudio.

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Por ello la herramienta del Tesauro de Voces Jurídicas, que incluso permite incluir términos
jurídicos genéricos como específicos, hace más eficiente la recuperación de la información
jurídica cargada.
Se puede definir el Tesauro como un instrumento de control terminológico que permite
convertir el lenguaje natural de los documentos en un lenguaje controlado, ya que
representa, de manera unívoca, el contenido de estos, con el fin de servir tanto para la
indización, como para la recuperación de los documentos.
Muchas veces el nomenclador de voces funciona como un buscador predictivo, es decir al
comenzar a escribir un término de búsqueda, el buscador sugiere las palabras o frases que cree
que estás buscando. Por ej. al tipear ado se sugieren los siguientes términos adopción,
adoptado , adoptante, adolescentes, adopción plena , adopción simple, ley de adopción,
familia adoptiva, adopciones sucesivas, adopción integrativa, adopción post mortem,
apellido del adoptado, licencia por adopción, etc.. Entonces uno elige el término deseado.

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