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Unidad 4 - Bases de Datos Juridicas
Unidad 4 - Bases de Datos Juridicas
Unidad 4 - Bases de Datos Juridicas
INFORMÁTICA UNIDAD 4
1. BASES DE DATOS
CONCEPTO
Con las expresiones “base de datos” o “banco de datos” se mencionan los almacenes
electrónicos de datos y de información, que implican:
• organización electrónica de datos y de información;
• un sistema de manejo de base de datos;
• control que permite a los usuarios ingresar a él de acuerdo a sus derechos de acceso;
• administración o manejo de los datos;
• un diseño y estructura de la base de datos
• la selección e implementación del software que permite operarlo.
Las bases de datos contienen tres rasgos principales que las distinguen de otro tipo de obras,
que también podrían contener distintas obras, elementos y datos:
Las partes que contiene la base de datos son independientes y no guardan relación entre
sí. Es decir, si se elimina alguna de las obras, elementos o datos autónomos que contiene
la base de datos, esta no se altera en su conjunto.
A fin de cumplir su finalidad de agilitar la consulta, el contenido de las bases de datos
(obras, datos y elementos) se encuentra sistematizado y organizado. Por ejemplo, las
recuperaciones de jurisprudencia, las enciclopedias y algunas páginas web organizan sus
contenidos por áreas temáticas, a fin de facilitar su consulta.
Debido a que las obras, elementos y datos que componen la base de datos son
independientes entre sí, se puede acceder a estos de manera individual. Este criterio de
“acceso individual” permite excluir de la categoría de base de datos a los comics, los
videojuegos o las obras audiovisuales ya que por estar compuestos por obras
interrelacionadas entre sí, no es posible acceder de manera aislada a cada uno de sus
elementos.
Se debe resaltar que estos tres elementos deben darse simultáneamente, a fin de que posibilite
la diferenciación con otros tipos de obras. Las bases de datos buscan favorecer un acceso
rápido y sencillo a la información en ellas contenidas, ofrecer datos de forma comprensible y
mantener una estructura que posibilita su adaptación.
También se destacan otras características que podrían ser añadidas a las anteriores:
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En nuestro país, el Artículo 1.1 del Código Civil establece como fuentes del ordenamiento
jurídico la ley, la costumbre y los principios generales del derecho.
Sin embargo, también existen lo que se denominan fuentes indirectas del derecho que serían
la jurisprudencia y la doctrina.
La principal diferencia se fundamenta en que la jurisprudencia son decisiones emanadas por
un tribunal superior que sirven como base para un caso similar, mientras que la doctrina son
las opiniones y medios que utilizan los juristas en sus argumentos (como libros, la
Constitución, las leyes, etc), y ambas tienen por función velar por la correcta interpretación de
las leyes.
Jurisprudencia, en derecho, se define como el conjunto de sentencias o resoluciones
judiciales emitidas por órganos judiciales y que pueden repercutir en sentencias posteriores.
En algunos países, la jurisprudencia puede ser una fuente del Derecho, directa o indirecta.
El sistema jurídico, es el conjunto de normas jurídicas, actitudes e ideologías vigentes en un
país sobre lo que es el Derecho, su función en la sociedad y la manera en que se crea o debería
crearse, aplicarse, comprenderse, perfeccionarse, enseñarse y estudiarse.
Entonces a partir de los conceptos anteriores, se puede definir la Informática Jurídica como
una disciplina de las ciencias de la información que tiene por objeto la aplicación de la
Informática en el Derecho. Difiere entonces del Derecho Informático, que es la regulación
jurídica de las nuevas tecnologías
En sus inicios el desarrollo de la informática jurídica acaparó la atención de los operadores del
derecho debido a la posibilidad de mejorar sus formas de trabajo e incrementar la accesibilidad
a información y documentos.
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Debido a la gran cantidad de información jurídica existente, se hizo necesario contar con algún
tipo de soporte que facilitara el acceso y consulta de ésta información, tanto a los operadores
jurídicos como a los ciudadanos.
Es así, que nace la Informática Jurídica Documental, destinada al tratamiento automatizado
de las fuentes de información jurídica: legislación, jurisprudencia y doctrina.
Teniendo presente la distinción tradicional entre fuentes materiales (causas sociales que
afectan a la creación de normas jurídicas) y fuentes formales del Derecho (medios creadores
de normas jurídicas).
En el sistema legal argentino, la jurisprudencia es una fuente formal de derecho, por lo
tanto, cuando un operador del derecho efectúa una búsqueda jurisprudencial, está buscando
reforzar su interpretación de la norma o su punto de vista; en definitiva, intenta exponer
mediante la referencia a fallos, los argumentos persuasivos necesarios para derivar el
razonamiento del juez a su favor.
La mayoría de estos sistemas de búsqueda de información jurídica, requieren un alto
conocimiento del usuario respecto al fallo que intenta encontrar, ejemplo: el año, los actores,
el tribunal, materia, entre otros.
En la mayoría de los casos, tanto en iniciativas oficiales, como en las iniciativas privadas de
las editoriales jurídicas, al momento de efectuar una búsqueda, el profesional del derecho
obtiene gran cantidad de información que puede ser irrelevante, y debe depurar su búsqueda
en reiteradas oportunidades hasta obtener el resultado deseado.
Sumada a la problemática propia de la búsqueda jurídica, se encuentra la característica de
globalidad del derecho, que aporta la dificultad de las diferentes conceptualizaciones, las
cuales están vinculadas no solo al idioma sino a la cultura particular del país o zona a la que
hace referencia ese concepto.
En respuesta a esta problemática surgen las Base de Datos Jurídicas, que contienen todos los
documentos de carácter legal actualizados (actos administrativos, leyes, conceptos,
jurisprudencia y disposiciones normativas), provenientes de entidades nacionales y regionales
sobre asuntos que inciden en las actividades de los constructores.
Una Base de Datos Jurídica, es el conjunto de documentos jurídicos básicos (legislación,
jurisprudencia, y doctrina), almacenados en soportes magnéticos o de cualquier otro material y
susceptibles de ser tratados, recuperados y transmitidos de forma total o parcial mediante
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En materia informática, al igual que en cualquier otra actividad, intervienen distintos entes –
físicos o jurídicos- que desarrollan determinadas tareas en orden a un todo, como ser la
tratamiento (también llamada operatoria) de un banco de datos.
Por un lado, la Ley 25326 de Protección de Datos Personales indica quiénes son los sujetos que
intervienen en el tratamiento de datos. En su artículo 2º se diferencian:
• Encargado del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí
misma o en asocio con otros, realice el Tratamiento de datos personales por cuenta del
Responsable del Tratamiento. Es quien obtiene la información y decide sobre ella.
• Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí
misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de los
datos. Es quien maneja la información según le sea proporcionada por el responsable.
• Titular: Persona natural cuyos datos personales sean objeto de Tratamiento. Es el sujeto
principal por cuanto se trata de la persona a quien pertenece la información.
Entonces, dentro de la relación contractual, el responsable sería el licenciatario; el encargado un
sub-licenciatario limitado por los usos que el licenciatario original le confiere; y el titular de la
imagen el licenciante.
A modo de ejemplo, la agencia de publicidad que captura la imagen de una persona sería el
responsable. Por su parte, el encargado es el medio de comunicación impresa donde va a
aparecer dicha imagen promocionando productos o servicios.
En tal sentido, para posteriormente poder delinear cuáles son las implicancias que ellos tienen
sobre los problemas y sus responsabilidades, se detectan los siguientes sujetos que participan en
el tratamiento de las bases de datos: el productor de la base de datos (es el gestor de la idea,
titular o responsable del banco de datos;) y junto a él se encuentra, el difusor informático o
difusor del banco de datos (quien sería el encargado de la generación informática de la
información), por último, como parte de este grupo central, se ubica al distribuidor (que tiene
como función distribuir la información).
Estos tres sujetos, se vinculan con otros sujetos que son necesarios para el tratamiento del banco
de datos, pero no hacen a la naturaleza propia de la base de datos, aunque garantizan el
cumplimiento de sus objetivos.
Así en relación al productor, se encuentra el proveedor del documento primario, el proveedor
del software, y el proveedor de hardware. También, como otro de los sujetos importantes para
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garantizar la operatoria del banco de datos, estaría el proveedor de mantenimiento del sistema
informático. Por último, vinculados en principio al distribuidor, aparecen los usuarios.
Todos ellos, son un conjunto de sujetos que tienen que ver con la formación de contratos
particulares, pero que tienen también estructurada una malla de relaciones contractuales en el
ámbito del tratamiento de las bases de datos, que van a definir los caracteres particulares de
responsabilidades, deberes y obligaciones, emergentes de la operatoria de los bancos de datos.
Entre todos estos sujetos surgen distintos tipos de relaciones contractuales y los distintos tipos de
modalidades de relacionarse.
Productor de la Base de Datos o Banco de Datos
El Productor, tiene diferentes denominaciones: creador del banco de datos, titular del banco de
datos, responsable del fichero, responsable del tratamiento, encargado del banco de datos y
gestor del banco de datos.
Corresponde ubicar en esta categoría a la persona física o jurídica que, frente al usuario y al
titular del dato, aparece como sujeto responsable por la actividad que desarrolla el banco de datos
en su conjunto. Es quien coordina los distintos elementos objetivos y subjetivos convergentes en
el desenvolvimiento del registro informatizado. Es, en definitiva, aquél en quien primero se
piensa como “dueño” de la base de datos de que se trate.
A los efectos del posterior estudio de las distintas relaciones contractuales que rodean la
operatoria de los bancos de datos, es conveniente resumir las funciones que caracterizan el rol
del productor:
• Concepción del proyecto: mediante la definición de sus objetivos y finalidad, determina la
naturaleza de la información a registrar (palabras, cifras, gráficos, diseños, sonido y sus
posibles combinaciones) así como el alcance de las registraciones (texto completo o
abstract), define el registro y formato del documento, organiza y coordina la producción.
• Colecta de la información.
• Elaboración de los datos: comprende el análisis, la interpretación y la indexación de los
documentos primarios.
• Organización y coordinación de la producción.
Por último, es de destacar que contra este operador, se dirigirán todos los reclamos derivados de
la labor de la base informatizada y aún de los datos contenidos en la misma.
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• Intermediación entre el distribuidor y el usuario: para los casos en que el usuario no recupera
en forma directa la información requerida utilizando su terminal remota.
• Transporte de la información: esta subfunción se refiere a las distintas vías de acceso al
banco de datos por medio de terminales remotas.
Agentes vinculados a los Sujetos
Junto al productor o gestor, intervienen otras entidades –físicas o jurídicas- que, generalmente
bajo la dirección y coordinación de aquél, desempeñan un segmento específico en la cadena de
actividades necesarias para el mejor desenvolvimiento del registro.
Se encuadra en esta categoría a todos aquellos sujetos que median en la puesta en marcha y en la
realización técnica del sistema, quienes aparecerían como colaboradores de quien organiza y
mantiene en actividad al sistema mismo, estén ellos vinculados con el último por una relación de
trabajo autónomo o de trabajo subordinado.
Entonces, se hace referencia, a los siguientes sujetos:
Proveedor del dato o documento primario
Es aquella persona física o jurídica, autoridad pública, servicio o cualquier otro organismo que,
solo o junto con otros, pone a disposición del banco de datos la información que será contenida
por sus archivos, sin perjuicio del procesamiento que sobre el material acercado se realice.
Por lo general, el dato, documento primario, o productos de información primaria es, en sí
mismo, un banco de datos específico, cuya información versa sobre un determinado aspecto de la
realidad correspondiente al objeto de tratamiento.
Por lo que, su principal finalidad no consistirá en brindar informes acerca del contenido de sus
archivos –informatizados o no- los cuales son mantenidos para cumplir un fin mediante una
organización especialmente dedicada de ellos, integrando la información de tal modo colectada,
la organiza y complementa a fin de abarcar un segmento de información mayor que el
eventualmente alcanzado por los datos aisladamente transmitidos.
De allí que, pueda llegar a confundirse, el concepto “proveedor de datos” con la de “banco de
datos” pero, este último se define como todo fichero documental y estructurado de datos –
específicos o complejos-, accesible con arreglo a un determinado criterio lógico-formal.
Las principales obligaciones del proveedor se concentran en los datos suministrados, los cuales
deberán reunir las mismas cualidades exigibles a la información brindada por cualquier banco de
datos en general.
En el último sentido, datos informados o provistos deben ser correctos, es decir, la información
es correcta en cuanto no resulta errónea ni defectuosa. Precisamente, el error es producto de una
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4. SERVICIOS JURISPRUDENCIALES
Los servicios de información jurídica que ofrecen los poderes judiciales provinciales y la
nación con respecto a la informatización de sus sentencias, se encuentran sistematizadas, en
Bases de datos permiten recuperar resultados por medio de varios criterios de búsqueda, o
bien presentar listados sin sistematización alguna.
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En él podemos encontrar:
● Los fallos completos sentenciados desde el año 1994 hasta la fecha.
● Las Acordadas y Resoluciones de carácter general desde el año 2000.
● Entre Ríos
El portal de la justicia entrerriana encontramos dos vínculos:
● Jurisprudencia: aquí encontramos simplemente un listado de sumarios divididos por
materia y tribunal:
o Penal
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o Civil y Comercial
o Laboral
o Contencioso Administrativo
● Fallos principales: es una pequeña base de datos compuesta por fallos a texto
completo agrupados por tribunal.
1. Formosa
En su sitio web encontramos:
● Una base de datos de sumarios
● Fallos importantes a texto completo
● Jujuy
Su base de datos contiene “Información digitalizada: Texto completo de los fallos emitidos
por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia desde el año 1999 a la fecha. A fin de
facilitar su recuperación, los mismos se encuentran ordenados mediante índices: Temático,
por Nº de Registro, por Materia y por Apellido del Actor”. Se accede en ésta dirección y se
requiere registro previo.
2. La Pampa
La base de datos del STJ de la Pampa continene aproximadamente unos 300 fallos a texto
completo y unos 500 sumarios de jurisprudencia abarcando todas las materias y
corespondientes a los años 2003 a 2006 y -en forma parcial- 2007.
● Mendoza
El Servicio de Información Jurídica del Poder Judicial de la Provincia de Mendoza posee
una base de datos de sumarios y al algunos fallos a texto completo, divididos por tribunal
(Suprema Corte; Cámaras Civiles, Penales y Laborales; y Juzgados Correccionales). Esta
información puede recuperarse mediante dos métodos de búsqueda:
● Búsqueda simple (en toda la base de datos) por texto libre, pudiendo agregarse
fecha y referencia normativa.
● Búsqueda “avanzada” (por tribunal) sea por texto libre o por Tesauro (por voces),
incluyendo Nº de expediente, carátula, propinante, referencia normativa y fecha.
3. Neuquén
El Poder Judicial del Neuquén confecciona varios listados con las desiciones de sus
tribunales, dividiéndolos así:
● Por Organismo
● Por Categoría
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● Por Año
● Novedoso
También existe la posibilidad de realizar una búsqueda por texto libre.
Su base documental contiene fallos a texto completo con su correspondiente sumario.
4. Río Negro
Su web nos presenta dos bases de datos:
● Fallos completos de los organismos del Poder Judicial de Río Negro.
● Jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia (sumarios) cuyos campos de
búsqueda son los siguientes:
o Voces
o Texto y Número Sumario
o Carátula
o Sumarios relacionados
o Referencia Normativas
o Tipo de Jurisprudencia
5. Salta
Nos ofrece dos bases de datos:
● Jurisprudencia General a partir de febrero de 2003
● Fallos de la Corte de Justicia a partir de Abril de 2006
6. San Luis
Solo ofrece un pequeño listado de sentencias de su Tribunal Superior de Justicia
7. San Juan
El Poder Judicial de San Juan ofrece dos bases de consulta:
● Fallos de la Corte de Justicia
● Base de Datos de Fallos y Acuerdos (en construcción)
8. Santa Cruz
El Poder Judicial de la Provincia de Santa Cruz nos ofrece una base de datos de sumarios
de jurisprudencia puestos en línea por Informática Jurídica Documental del Tribunal
Superior de Justicia de la Provincia de Santa Cruz que contiene desiciones de todos sus
tribunales.
9. Santa Fe
Encontraremos en su página web listado de fallos a texto completo en formato PDF,
agrupados por tribunal:
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RECUPERACION DE LA INFORMACION
La elección de una u otro servicio depende de las necesidades del usuario y la familiaridad
que tenga con ellos. La mayoría de los buscadores jurídicos desarrollan motores de búsqueda
que comprenden dos canales básicos:
Buscador General
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Se presenta generalmente como una plantilla inicial que permite al usuario introducir uno o
varios términos. En este caso la herramienta individualiza los conceptos contenidos en los
términos buscados, sin que sea necesario conocer el campo específico de ubicación de la
información deseada. Este tipo de consulta ofrecerá al usuario un registro de resultados, que
en general se presentan ordenados por su relevancia en cuanto al tema buscado.
Por esta vía, el que utiliza el servicio, puede introducir en el recuadro un término o
varios, por separado o bien unidos, formulando diferentes ecuaciones mediante los
operadores lógicos (Y, O, SIN, *, “ “, ( ), &, etc).
La herramienta puede presentar la opción de encontrar los documentos que contengan:
• todas las palabras ingresadas;
• alguna palabra;
• una palabra cercana;
• o bien encontrar la frase exacta.
En esta misma opción de búsqueda global, a fin de ir refinando hacia un resultado más
específico, también puede contener la posibilidad de utilizar diferentes filtros o atajos, lo que
permitirá reducir la cantidad de documentos encontrados. Por ej. el caso de búsqueda de
Jurisprudencia, podemos filtrar por Tribunal Emisor, o en el caso de la fuente normativa,
filtrar por Estado de Vigencia.
Buscador Avanzado
Aunque inicialmente la plantilla de búsqueda avanzada puede parecer un poco compleja,
resulta sencilla si se analizan sus componentes. Esta opción ofrece al usuario un formulario
web específico, que permite completar o seleccionar diferentes campos con datos concretos.
Estos formularios pueden ir variando de elementos contenidos, según el conjunto documental
sobre el que se esté navegando. Por ejemplo en la consulta de:
Jurisprudencia, contiene los campos o criterios de búsqueda: Tipo, Carátula, Tribunales
Emisores, Jurisdicciones, Texto del Sumario, Texto completo del Fallo, Tema, Rango de
fechas, etc..
Legislación, contiene los campos o criterios de búsqueda: Tipo de norma, Número,
Jurisdicción, Título, Tema, Rango de fechas, estado de vigencia, Texto de la norma, etc..
Doctrina, contiene los campos o criterios de búsqueda: Título, Autor, Tema, Rango de fechas,
Texto, etc..
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Los operadores lógicos o conectores son términos o signos que permiten formular distintas
relaciones o combinaciones con las palabras o voces, haciendo que el proceso de búsqueda
sea más eficiente.
Se explican algunos de ellos, pese a que cada instructivo de uso suele hacer una referencia
específica sobre la posibilidad de utilizar o no operadores booleanos:
Y - Es el operador de intersección, que permite buscar documentos que tengan varios
términos de búsqueda relacionados entre sí. Por Ej. Si queremos encontrar documentos
referidos a la responsabilidad del Estado: Responsabilidad Y Estado. c) - El operador
por defecto, en caso de incluir varios términos separados por un espacio muchas veces
es el de intersección (Y).
TESAURO DE VOCES
Muchos buscadores ofrecen como herramienta en el proceso de recuperación, un nomenclador
de voces jurídicas que permite convertir el lenguaje natural al jurídico.
Por la gran cantidad de documentos que generalmente contienen las bases de datos, la
búsqueda por palabras, hace compleja la tarea de rescatar todo lo que sea pertinente para el
caso en estudio.
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Por ello la herramienta del Tesauro de Voces Jurídicas, que incluso permite incluir términos
jurídicos genéricos como específicos, hace más eficiente la recuperación de la información
jurídica cargada.
Se puede definir el Tesauro como un instrumento de control terminológico que permite
convertir el lenguaje natural de los documentos en un lenguaje controlado, ya que
representa, de manera unívoca, el contenido de estos, con el fin de servir tanto para la
indización, como para la recuperación de los documentos.
Muchas veces el nomenclador de voces funciona como un buscador predictivo, es decir al
comenzar a escribir un término de búsqueda, el buscador sugiere las palabras o frases que cree
que estás buscando. Por ej. al tipear ado se sugieren los siguientes términos adopción,
adoptado , adoptante, adolescentes, adopción plena , adopción simple, ley de adopción,
familia adoptiva, adopciones sucesivas, adopción integrativa, adopción post mortem,
apellido del adoptado, licencia por adopción, etc.. Entonces uno elige el término deseado.
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