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Aspectos Generales de Un Proceso de Integración

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ASPECTOS GENERALES DE UN PROCESO DE INTEGRACIÓN

El fenómeno de la integración que como tal tiene su origen en la discusión de orden


jurídico internacional, noción que se relaciona con la soberanía de los estados, bajo este
sentido siempre que se piensa en el fenómeno de integración piénsense entiende por
aquella red de estados que provocan múltiples consecuencias como una mayor
integración pero por sobre todo limita la soberanía, es decir, hasta donde un Estado
puede ceder la soberanía para poder integrarse a otros Estados, a otras culturas, a otra
economía; la palabra integración proviene de la voz latina “integratio” que significa
componer un todo con sus partes integrantes cuando pensemos en el todo pensemos en
esta red integrada de Estados y cuando hablemos de partes pensemos en cada uno de
los estados que tiene su soberanía, su idioma, su cultura su idiosincrasia, su política
económica.
Cuando se habla de integración, se manifiestan dos ámbitos totalmente distintos:
1. escenario internacional global y
2. escenarios de subsistemas regionales como por ejemplo el MERCOSUR
La integración se entiende también como un medio o una herramienta por el cual los
Estados buscan superar sus limitaciones, desde luego en forma asociada, muy diferente
a si el Estado emprende su realización en forma individual. Así pues, la integración
plantea un espacio geográfico mucho más amplio que el propio de los Estados
nacionales, por ejemplo, el enorme espacio y mercado que constituye MERCOSUR, el
cual, que trasciende las fronteras de los países que miembros para armar una zona
geográfica totalmente integrada y amplia en su disposición.
Entonces, cuáles son esas limitaciones que buscamos superar a través de proceso de
integración, podemos mencionar las siguientes:
a. Limitación al desarrollo que plantea una economía e internacional; como todos
saben estamos sumergidos en esta globalización donde las economías de escala
a nivel internacional nos proponen cada vez desafíos más difíciles y escollos más
duros de superar con esto de la tecnología avanzada, esto es lo que buscaremos
superar a través de la integración.
b. Limitaciones en la estrechez de los mercados nacionales, nosotros como mercado
nacional tenemos ciertos límites, no sólo en la cantidad de consumidores, sino
también en la calidad y en los servicios que se prestan, podemos buscar
consumidores trascendiendo a nuestros mercados y, a la vez, nosotros podemos
consumir otros productos y servicios que se nos ofrece en otros mercados.
c. Limitaciones en la escasez de capital recurrente en nuestro país y
d. Limitaciones en el alto costo del proceso de industrialización que nos impone cada
vez más estar a la altura de una economía internacional.
Para todas estas limitaciones, la integración entonces, es la respuesta del Estado que
nos permitirá salir de esta crisis y de estas limitaciones
Conceptualización de INTEGRACIÓN.
Para definir o conceptualizar lo que debe entenderse por integración se debe tomar
el estudio de tres ópticas totalmente diferentes:
1. una concepción comercialista que tratará de explicar explica la integración
desde el punto de vista de la economía, es decir, de una integración geográfica
que elimine barreras que permitan la circulación de bienes y servicios
2. una concepción funcionalista donde se aborda un aspecto proteccionista donde
lo que importa no es tanto la restricción de barreras arancelarias o discriminación
sino más bien un acompañamiento de los Estados al proceso de integración y, por
último,
3. una concepción estructural que explica que el fenómeno de la integración no es
solamente económico sino también jurídico institucional porque todas las
instituciones de un Estado acompañan esta suerte de asociativismo con el resto
de esta integración, esto en razón a que integración significa, también, ceder a
alguna de las prerrogativas de la soberanía en pos de organizarce con otros
Estados e incluso reconocer una autoridad supranacional, como por ejemplo: la
Unión Europea, donde cada uno de los Estados tiene su soberanía pero reconoce
en los órganos supranacionales tienen una autoridad superior a nivel unión
europea.

1. Integración la concepción comercialista para los comercialistas los Estados deben


entregar algunas de sus prerrogativas de soberanía para constituir un área o un
espacio geográfico dentro del cual puedan circular o discurrir libremente y reciban el
mismo trato: personas, los bienes, los servicios y los capitales. Entonces una gran
zona geográfica entre Argentina, Uruguay, Paraguay y Brasil con el MERCOSUR
donde se puede trascender la frontera sin ningún tipo de limitación, ejemplo donde
no haya restricción arancelaria en los productos y servicios que, de un país a otro,
puedan circular. Entonces la concepción comercialista por un lado propone una zona
de libre circulación y, por otro lado, esta misma concepción o corriente propone que
los estados pongan en marcha un programa o un proyecto para ir eliminando,
gradualmente, barreras o lo que se le llama las discriminaciones al comercio exterior,
ya sean aranceles u otras restricciones.

Entonces la concepción comercialista aspira hacia una economía de mercado a la


libre concurrencia la eliminación de las barreras arancelarias.

2. Integración la concepción funcionalista la mirada pasa a ser de una ideología


o política liberal (concepción comercialista) a una política más bien integracionista,
protectora, intervencionista del Estado, por eso es que el concepto se centra a raíz
de que la integración consiste en que un grupo de países que persiguen su
desarrollo se reúnan para dar un trato preferencial y recíproco a sus producciones,
pero no queda allí, sino que la concepción funcionalista concibe a la integración
como la coordinación y el aporte de políticas internas y externas a ciertos
problemas económicos. Es esa intersección de políticas internas y externa de cada
uno de los Estados y por eso esta concepción toma a la integración no solamente
desde el punto de vista comercial o económico.

3. Integración la concepción estructural, por último, no solamente marca el terreno


desde lo económico o comercial, sino también implica la integración en un proceso
solidario de las economías participantes.

Hablar de un proceso estructural de integración no significa los pactos y acuerdos


desde la economía, sino también, es un pacto donde las partes ceden aún más
las prerrogativas soberanas e institucionales, realizan acuerdos conjuntos y ponen
en juego la institucionalidad, por eso la estructura. ¿Como un Estado se adapta a
la integración con otros? Sencillamente, acoplando su legislación e incorporando
la legislación de otros países, celebrando tratados que, para nosotros a través de
la constitución, son ley fundamental pero para que sean ley fundamental debemos
receptarlos conforme a nuestra constitución a través de una ley de la Asamblea
Legislativa Plurinacional; entonces, en la medida en que flexibilicemos la relación
con los otros países, habremos de estar llegando al buen camino del proceso
integracionista adaptando nuestra legislación y nuestras instituciones a ellos.
Veamos ahora, ¿cuáles son los rasgos que distinguen la integración?, ¿cuándo estamos
en presencia de la integración?, en primer lugar, la integración debemos concebirla como
la agrupación o el agrupamiento voluntario de los Estados no tiene que ser forzado bajo
ninguna circunstancia o que sea fruto de una intimación, sino más bien, el rasgo es el
agrupamiento voluntario, por eso podemos concebir la integración como un proceso o
como un estado de situación; en segundo lugar, el proceso de integración implica una
serie de pasos para llegar a un fin determinado, es el camino para llegar a un fin, mientras
que el estado de situación es el proceso acabado es un estatus de la integración; en
tercer lugar debemos distinguir lo que significa relación de interdependencia y solidaridad
porque la solidaridad implica un acuerdo voluntario, un proceso de integración voluntario
donde estén en juego varios factores: culturales, étnicos e incluso religiosos,
institucionales que se dan entre varios Estados, pero, una relación de interdependencia,
puede suponer acuerdos bilaterales entre dos o más Estados donde no tengamos ningún
tipo de solidaridad.
Hablar de integración, significa nueva forma de organización económica para adaptarnos
al mundo, para adaptarnos a esta globalización y, desde luego, también tiene que estar
intervenida por el Estado ya que es el sujeto y protagonista fundamental en este proceso,
el Estado va a intervenir como sancionador las leyes, como ejecutivo en los actos de
integración, firmando convenios, adaptando nuestras instituciones y demás.
Por último, los objetivos, es decir, ¿qué es lo que nos proponemos para integrarnos con
otros Estados?, ¿Qué es lo que se propone la integración?
Para ampliar las dimensiones de los mercados nacionales circunscriptos, no solamente
a los límites geográficos, sino a las necesidades de consumo de bienes y servicios, con
la integración buscamos promover el desarrollo y el crecimiento económico de un Estado
y cuidar de los productores de bienes y servicios, buscamos maximizar la capacidad de
desempeño en el plano internacional porque, obviamente, al constituir una dimensión de
mercado mayor podremos insertarnos en el mundo de mejor forma que como si Estado
aislado; y desde luego reducimos los desniveles nacionales en el desarrollo económico,
social, político y jurídico.
ASPECTOS JURÍDICOS DE LA INTEGRACIÓN LATINOAMERICANA
El mundo de la postmodernidad presenta dos grandes tendencias, las que se
complementan y no necesariamente se excluyen: la globalización o
internacionalización de la economía, las comunicaciones, la protección del medio
ambiente y otras manifestaciones de la vida humana y la regionalización o
integración que envuelve la conformación de bloques de Estados.
Una y otra tienen diversas manifestaciones jurídicas y han significado una notoria
evolución jurídica e institucional:
JURÍDICA, por cuanto se presenta una tendencia a cambiar el principio de la
competencia territorial de los Estados en el sentido de que ya el Estado no es el único
generador del derecho que regula las relaciones entre los habitantes de su territorio, lo
cual a su vez lleva a la necesaria revisión del criterio absoluto de la soberanía;
INSTITUCIONAL, pues después de la Segunda Guerra Mundial y aparejado con el
proceso descolonizador el mundo ha observado la aparición de muchos y muy
importantes organismos internacionales que buscan precisamente institucionalizar e
impulsar esa tendencia globalizadora.
Nótese cómo la realidad actual presenta diversas manifestaciones jurídicas contrarias a
la competencia territorial de los Estados, que ha sido hasta ahora la regla de oro de las
relaciones internacionales y del principio de la soberanía; en efecto, el derecho
comunitario, aquel generado por los órganos supranacionales de una Comunidad y cuyo
gran desarrollo se ha dado en Europa, implica que es un derecho de aplicación directa a
todos los habitantes de los Estados miembros, esto es, que un ente distinto al Estado
está generando derecho vinculante a los asociados.
Piénsese también en el derecho comercial internacional, conformado por convenciones
internacionales, como instrumento que los particulares tienen a su disposición en sus
relaciones internacionales a fin de regular éstas, superándose así en buena medida la
referencia a leyes nacionales catalogadas como ley del foro e incluso solucionando las
controversias no con jueces nacionales sino con árbitros internacionales, dado el
creciente desarrollo del arbitraje comercial internacional.
Se tiene también el fenómeno de las normas con efectos extraterritoriales, tendencia
creciente en la que normas nacionales (leyes de Estados, por ejemplo) empiezan a tener
efectos más allá de su territorio y sobre habitantes de otros Estados, aunque esta nociva
intención de algunas potencias ha venido siendo rechazada por la mayoría de Estados
por considerarla, con razón, violatoria de su soberanía.
Esas dos tendencias, GLOBALIZACIÓN Y REGIONALIZACIÓN han sido de recibo en
Latinoamérica, razón por la cual los diversos Estados han venido realizando sendas
prácticas en ese contexto y han suscrito gran cantidad de instrumentos jurídicos que
reflejan esa realidad internacional. Desde los años sesenta, por décadas se ha venido
planteando en Latinoamérica la necesidad de desarrollar un proceso de integración de
los Estados y pueblos latinoamericanos, máxime teniendo en cuenta los elementos
históricos comunes que líderes de la independencia y republicanos, cuales fueron
Bolívar, San Martín y Morazán, plasmaron en su momento al pregonar la necesidad de
unión de las naciones recién independizadas de España.
La integración latinoamericana en su concepción moderna se inicia con el Tratado de
Montevideo de 1980, por el que se constituyó la Asociación Latinoamericana de Libre
Comercio - ALALC. Desde entonces el proceso ha contado con importantes reformas, ha
venido modernizándose, flexibilizándose, adaptándose a las necesidades nacionales y
sub regionales pero alejándose de la real construcción de un esquema de integración al
nivel latinoamericano a punto tal que es indispensable rediseñar la estrategia de
integración o asumir la clara consecuencia de que no será viable la construcción del
bloque latinoamericano.
Ahora bien, es importante tener presente varios elementos de integración en torno a su
aplicación en América Latina. Lo primero es dilucidar qué se integra: ¿los pueblos o los
Estados? la historia ha demostrado que ambos tenían la razón pues el proceso de
integración europeo se ha dado entre sus pueblos y sus Estados: el ser humano está en
el centro de la integración. Una primera conclusión que se presenta es cómo hasta ahora
el parco y lento proceso de integración en América Latina se ha realizado entre los
Estados y en buena medida de espaldas a sus pueblos, lo cual parcialmente puede
explicar sus hasta ahora limitados resultados, reflejados casi exclusivamente en un
importante incremento del comercio intralatinoamericano que no corresponde con un
fortalecimiento real del bloque latinoamericano como tal.
Otro aspecto a tener en cuenta, ¿cuáles son los principales resultados esperados con la
integración?, la integración tiene cuatro grandes resultados, los cuales deben analizarse
en el respectivo encadenamiento en que se dan, pues por supuesto estos resultados
varían en su importancia de un bloque a otro:
• Uno de ellos es la paz (causa última del derecho internacional), la cual ha tenido
una destacable importancia en el atormentado contexto europeo, pleno de guerras
a gran escala.
• Otro es el desarrollo, también presente en el proceso de integración europeo que
parte de la necesaria reconstrucción de Europa luego de la Segunda Guerra
Mundial, objetivo éste de gran importancia en el orden latinoamericano inserto en
el Tercer Mundo, aquel de los países en vías de desarrollo.
• Otro es de potenciar la presencia internacional de los Estados miembros, por la
evidente razón de que el bloque como tal es más poderoso e importante en la
comunidad internacional, lo que es fundamental para la Latinoamérica del futuro.
• Otro es el afianzar, implementar y preservar la plena vigencia del Estado Social de
Derecho, con plena eficacia de sus principios de supremacía de la constitución,
separación de los poderes, principio de legalidad y preservación de los derechos
humanos en sus tres generaciones: civiles y políticos, económicos y sociales y
colectivos; ello se refleja en las exigencias que realiza la Unión Europea al
respecto para la admisión de nuevos miembros, en la cláusula de estabilidad
democrática pactada en los acuerdos de integración en virtud de las cuales, el
acuerdo se suspende o termina frente a aquellos Estados que pierdan su condición
de democracias, en las progresivas reformas dadas en el seno de la Unión
Europea, buscando la reducción del llamado déficit democrático de las
instituciones comunitarias, en la protección de los derechos humanos ante las
autoridades comunitarias y en la subordinación jerárquica del derecho comunitario
ante los derechos humanos.
Fundamental es tener presente el modelo de integración comunitario europeo para
aplicar a la Comunidad Latinoamericana, en contraposición al modelo librecambista. El
modelo es aquel que debe iluminar la construcción de Latinoamérica como bloque. Esto
implica entender que el fenómeno comunitario es más complejo y conlleva la aceptación
de una integración no limitada a lo comercial y económico sino enriquecida con aspectos
políticos, culturales, ecológicos, educativos y tantos otros aspectos de la vida humana.
Importante también a tener en cuenta es el hecho de que un Estado puede pertenecer
simultáneamente a varias zonas de libre comercio, pero sólo puede pertenecer a una sola
Comunidad; este aserto hace que para el futuro de la integración de América Latina se
tenga presente que los Estados Latinoamericanos pueden pactar acuerdos de
complementación económica y libre comercio con Estados no latinoamericanos, pero
sólo podrían pertenecer a la Comunidad Latinoamericana y no a otra Comunidad.
En sentido general, se pueden acoger estrategias de globalización con varios Estados
y/o bloques de Estados en forma simultánea pero sólo se puede realizar la integración
comunitaria con un mismo y único grupo de Estados y Pueblos, en nuestro caso el
Latinoamericano. La integración latinoamericana debe entenderse como una integración
cuyos objetivos fundamentales son la paz, el desarrollo económico, la potenciación
geopolítica de Latinoamérica y la realización plena del Estado Social de Derecho por
nuestros pueblos; una integración que debe realizarse entre los Estados y entre los
pueblos de América Latina; una integración que debe realizarse con el modelo
comunitario europeo adaptado a las realidades latinoamericanas; una integración que
debe surgir de la actual ALADI, por ejemplo, pero extenderse a los otros Estados de
Latinoamérica, particularmente a Centroamérica y el Caribe; una integración abierta a la
participación de los actores sociales y no limitada a las altas esferas estatales y
empresariales; una integración de amplia dimensión humana y no limitada a lo comercial.

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