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Informe N 1106-2022 Intervencion Economica Obra Pumamarca
Informe N 1106-2022 Intervencion Economica Obra Pumamarca
Informe N 1106-2022 Intervencion Economica Obra Pumamarca
TAMBOBAMBA
Oficina de Supervisión y Liquidación de Obras
“Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional”
I. Antecedentes:
De la Suspensión de Plazo Solicitada / Reinicio de Obra:
En fecha 18 de Diciembre del 2021, el residente de obra del consorcio sol andino, Ing.
Rolando Condori Mar, informa la suspensión de plazo por temporada de lluvias,
reiniciándose las actividades en fecha 07/07/2022.
De la Ejecución de Obra
Verificado el avance físico por esta inspección se tiene un monto al mes de Julio del 2022 de
S/.5088.70 soles, aplicado el I.G.V es de S/. 6,965.41 soles, pero, debido a las deudas por
reajustes conciliados entre la entidad y el contratista, se informó a la inspección de ello, por
lo que, se aprueba dicho monto conciliado de valorización más reajustes de S/.238,431.81
soles, en el cual la entidad por disponibilidad presupuestal en consenso con el contratista
aceptara el monto valorizado de S/. 95,000.00 nuevos soles, el cual, el saldo de reajustes se
pagaran en la liquidación de obra.
III. Análisis:
Se tiene la base siguiente:
Se tiene un avance físico acumulado al mes de Julio del 2022 de 96.10%, equivalente a S/.5,400,836.75
(CINCO MILLONES CUATROCIENTOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 75/100 SOLES).
De acuerdo al análisis del cronograma presentado, solo se muestra el avance actual de obra
hasta el mes de mayo de 96.10%, y al tener un acta de suspensión de plazo de ejecución,
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL COTABAMBAS-
TAMBOBAMBA
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“Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional”
Por otro lado, de acuerdo a la valorización revisada, se tiene hasta la fecha un avance físico
realizado del 96.10 %, por el cual, la obra se considera ATRASADA y De acuerdo al Decreto
supremo N°350-2015-EF, de la Ley de Contrataciones del Estado N°30225 y la Directiva N°
013-2019-OSCE/CD, se evalúa que, las causales son las siguientes:
A falta de que el contratista, tiene que cumplir con la culminación de la obra por contrata, y
debido a casos fortuitos por fuerza mayor (precipitaciones pluviales). y, según lo que ordena
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TAMBOBAMBA
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“Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional”
el Artículo 204; Ítem 204.1 de la ley de contrataciones del estado, la entidad esta en el
derecho de hacer una INTERVENCION ECONOMICA para cuidar los intereses de la entidad
en pro de cumplir las metas para la obra por contrata por concluir.
Por lo que, la entidad mediante la Oficina de Supervisión y Liquidación de Obras de la
Municipalidad Provincial de Cotabambas – Tambobamba, al analizar y verificar estas
causales, solicita una INTERVENCIÓN ECONÓMICA para la obra: “MEJORAMIENTO Y
AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO EN LOS
ANEXOS COTANERAE, CHACACANTA, HUAYLLAHURQUI, ÑUÑOPATA,
CONCHAPALLANA, CURANCO, TASTAYOC, HUICHO, VENTANA, PUMAMARCA Y
ÑUÑUHUAYOC DEL C.P. PUMAMARCA.”
Asimismo, el área usuaria deslinda la responsabilidad total al contratista, debido a que este
no cumplió con los plazos justificados, así como de que, la entidad, así como el área usuaria
cumplió con los informes correspondientes para los pagos al contratista.
IV. Conclusiones:
La Oficina de Supervisión y Liquidación de Obras, concluye lo siguiente:
- De acuerdo a las causales analizadas, el retraso inminente de las actividades de obra por
caso fortuito (precipitaciones pluviales), y retrasos injustificados de obra, explicados
anteriormente, la Oficina de Supervisión y Liquidación de Obras hace la recomendación de
hacer una INTERVENCIÓN ECONÓMICA dentro del marco legal de la Ley de
Contrataciones del Estado para la obra: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO
DE SANEAMIENTO BASICO EN EL ANEXO AÑOCALLA DEL CENTRO POBLADO DE
ASACASI, DISTRITO DE TAMBOBAMBA, COTABAMBAS, APURIMAC”
Sin otro particular, es todo cuanto informo a usted para su conocimiento y fines pertinentes.
Atentamente,