Contestacion Alimentos y Guarda y Custodia
Contestacion Alimentos y Guarda y Custodia
Contestacion Alimentos y Guarda y Custodia
Por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 5.40 del
Código de Procedimientos civiles para el Estado de México, vengo en tiempo y forma a
dar contestación a la totalmente falsa y por demás improcedente demanda interpuesta
en contra del suscrito, dando contestación a las siguientes:
PRESTACIONES
MEDIDAS PREVICIONALES
C.- El suscrito no tiene inconveniente alguno con la medida solicitada, ya que jamás he
molestado a la actora y mucho menos a sus familiares.
PRUEBAS
DERECHO
En cuanto al fondo del asunto son de aplicarse las disposiciones contenidas en los
artículos 4.126, 4.130, 4.135, 4.136, 4.138 y 4.228 y demás relativos y aplicables del
Código Civil en vigor para el Estado de México.
SEGUNDO.- Tener por señalado domicilio para oír y recibir notificaciones y tener por
autorizados para oír y recibir todo tipo de notificaciones a los profesionistas que se
mencionan en el cuerpo del libelo.
TERCERO.- Se tengan por ofrecidas y admitidas las pruebas propuestas.
PROTESTO LO NECESARIO
ESTADO DE MEXICO A DIECISIETE DE ENERO DE DOS MIL VEINTITRES
ABOGADO PATRONO
ALFREDO CALDERON GONZALEZ
CON CEDULA PROFESIONAL 12558417